A N T E C E D E N T E S
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- Rosario Valverde Carrizo
- hace 8 años
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1 HONORABLE PLENO LEGISLATIVO Los suscritos Diputados integrantes de la Comisión de Salud y Asistencia Social de esta H. XIII Legislatura del Estado de Quintana Roo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33, 34, 35, 43 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y los artículos 3, 46, 50 y 55 del Reglamento de Comisiones del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo, ambos ordenamientos del Estado de Quintana Roo, nos permitimos someter a su consideración, el siguiente documento conforme a los siguientes apartados: A N T E C E D E N T E S En sesión ordinaria No. 4 correspondiente al segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional celebrada por la H. XIII Legislatura del Estado, el día 26 de febrero de 2013, se dio lectura al Acuerdo mediante el cual ésta Legislatura exhorta de manera respetuosa al Titular de la Secretaría de Salud Federal para que en el ámbito de sus facultades establezca la obligación del uso de una serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en los envases que contengan bebidas alcohólicas y en todo empaquetado y etiquetado externo de las mismas, describiendo los efectos nocivos e irreversibles del consumo de las bebidas en la salud, además de otros mensajes apropiados que contengan una serie de especificaciones que permitan concientizar a las personas sobre el padecimiento del alcoholismo, presentado por el Diputado Manuel Jesús Aguilar Ortega. En la misma fecha de su lectura, el presente acuerdo fue turnado a la Comisión de Salud y Asistencia Social, la cual en términos del artículo 18 del Reglamento de 1
2 Comisiones del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo, resulta competente para realizar el estudio, discusión y posterior dictamen, basada en las siguientes: C O N S I D E R A C I O N E S En la actualidad existe un amplio marco normativo que regula y establece diversas disposiciones legales y acciones encaminadas a la prevención y tratamiento de abuso y dependencia al alcohol, misma que encuentran su fundamento en el Artículo 4º, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra el derecho a la protección de la salud para todos los mexicanos. De este artículo Constitucional, se desprende que la Ley General de Salud, prevé el Programa contra el Alcoholismo y el Abuso de Bebidas Alcohólicas, que contempla aspectos como la prevención y el tratamiento del alcoholismo y, en su caso, la rehabilitación de los alcohólicos; la educación sobre los efectos del alcohol en la salud y en las relaciones sociales, dirigida especialmente a niños, adolescentes, obreros y campesinos, a través de métodos individuales, sociales o de comunicación masiva, y el fomento de actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la lucha contra el alcoholismo. Asimismo, en la Ley de Salud de nuestro Estado se establece que el gobierno estatal se coordinará con las Autoridades Sanitarias Federales para la ejecución del Programa contra el Alcoholismo y el Abuso de Bebidas Alcohólicas que comprenderá entre otras acciones la educación sobre los efectos del alcohol en salud y en las relaciones sociales y ejercer medios de control en los expendios de bebidas alcohólicas para prevenir su venta y consumo, a menores de edad e incapaces. 2
3 Por otra parte, el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde a la Secretaría de Salud estudiar, adaptar y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, contra las plagas sociales que afecten la salud y contra el alcoholismo. De la misma manera está facultada para actuar como autoridad sanitaria, ejercer las facultades en materia de salubridad general que las leyes le confieren al Ejecutivo Federal, vigilar el cumplimiento de la Ley General de Salud, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables y ejercer la acción extraordinaria en materia de Salubridad General. A partir de las premisas anteriores, el proponente del presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los ordenamientos señalados, plantea la necesidad de exhortar al Titular de la Secretaría de Salud Federal para que en el ámbito de su competencia, establezca la obligación del uso de una serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en los envases que contengan bebidas alcohólicas y en todo empaquetado y etiquetado externo de las mismas, describiendo los efectos nocivos e irreversibles del consumo de las bebidas alcohólicas en la salud, además de otros mensajes apropiados que contengan una serie de especificaciones que permitan concientizar a las personas sobre el padecimiento del alcoholismo. Sin duda alguna, el alcoholismo es una enfermedad que afecta al cerebro y a diferentes órganos del cuerpo humano. El consumir alcohol de manera excesiva es un factor determinante en algunos trastornos neuropsiquiátricos, como son los trastornos mentales y la epilepsia, así como enfermedades irreversibles como las cardiovasculares, la cirrosis hepática y diversos cánceres, además, la enfermedad del alcoholismo está relacionada con otras enfermedades de tipo infeccioso como 3
4 el VIH/sida, la tuberculosis y las infecciones de transmisión sexual, lo que se debe por un lado al debilitamiento del sistema inmunitario por efecto del alcohol y por otro lado a que éste trastorna la adherencia de los pacientes al tratamiento con antirretrovíricos. Según el Informe Mundial de la Salud, el alcohol fue la causa del 4% de la carga de morbilidad, lo cual representa 58.3 millones de años de vida ajustados a la discapacidad y el 3.2% (1.8 millones) de todas la muertes del mundo. De entre los 26 factores de riesgo evaluados por la Organización Mundial de la Salud, el alcohol fue el quinto factor de riesgo más importante en lo que respecta a muertes prematuras y discapacidades en el mundo. Asimismo, en nuestro País el alcoholismo es un problema de salud pública debido a que el 65 % de las personas ha consumido de manera habitual bebidas embriagantes. Aunado a este problema, otro factor inminente que es generado por el alcoholismo es la violencia familiar, misma que repercute de manera negativa en la salud física y/o psicológica de todos sus integrantes. Además, las estadísticas demuestran que el consumo de alcohol es la principal causa de los accidentes de vehículo de motor (incluyendo accidentes de tránsito y atropellados). Dentro de éstos, el grupo de edad de 15 a 29 años ocupa el segundo lugar en las tablas de mortalidad general. Derivado de lo anterior, los Diputados integrantes de la Comisión ordinaria de Salud y Asistencia Social, estamos convencidos de la necesidad de reeducar a la ciudadanía mexicana para que eviten consumir bebidas embriagantes debido a que sin duda alguna el alcoholismo es un problema de salud pública que en la actualidad ha permeado más en la salud de las personas jóvenes que habitan en nuestro país. 4
5 Lo anterior se demuestra con datos proporcionados por la Encuesta Nacional de Adicciones en 2011, que señala que en la población adolescente, se encontró que el consumo de alcohol aumentó significativamente. De tal manera que el consumo alguna vez pasó de 35.6% a 42.9%, en el último año de 25.7% a 30.0% y en el último mes de 7.1% a 14.5%. Esta misma tendencia se observó en los hombres y en las mujeres, especialmente en el consumo del último mes ya que se incrementó en el caso de ellos de 11.5% a 17.4% y en ellas de 2.7% a 11.6%. También se observó que de 2002 a 2011 el índice de adolescentes que consumen diario alcohol se mantuvo estable, el consumo consuetudinario disminuyó y el índice de dependientes registró un incremento significativo, que pasó de 2.1% a 4.1%, mientras que el consumo alto de 2008 a 2011 se mantuvo igual y el consuetudinario disminuyó de 2.2% a 1%. Este fenómeno en los jóvenes se debe a que la publicidad del alcohol tiene el potencial de promover actitudes a favor del consumo, reclutando nuevos bebedores e incrementando la ingesta entre las personas que beben diariamente. Los mensajes de la publicidad del alcohol muchas veces ignoran los efectos negativos del mismo como son los riesgos sociales y para la salud. En los últimos años, los vendedores de bebidas alcohólicas han direccionado aún más sus acciones hacia los bebedores jóvenes, introduciendo una gama de productos baratos como refrescos con alcohol, bebidas energéticas alcohólicas, cocteles premezclados, etc., con recetas y empaques diseñados para atraerlos. La mercadotecnia tiene un papel crucial en la convergencia global de patrones de uso de alcohol. En este sentido, esta comisión dictaminadora sostiene que es menester realizar acciones conjuntas para solucionar el problema de alcoholismo, por ello se debe 5
6 dar un giro total a la mercadotecnia que se utiliza actualmente para publicitar el consumo de bebidas alcohólicas y también tomar otras medidas para lograr la concienciación de las personas en cuanto a que el alcoholismo no solamente tiene consecuencias fatales como violencia familiar y accidentes de tránsito sino que también es una enfermedad que va causando detrimento irreversible en la salud de quien consume tanto excesiva como eventualmente bebidas embriagantes. En este sentido los Diputados que dictaminamos, apoyamos el presente Acuerdo que se analiza debido a que es necesario reeducar y concientizar a los ciudadanos sobre los efectos del alcohol en la salud y en las relaciones sociales, dirigida especialmente a niños y adolescentes, a través de métodos individuales, sociales o de comunicación masiva. En este tenor y en observancia a lo establecido en la Ley General de Salud en su apartado denominado Bebidas Alcohólicas que prevé que toda bebida alcohólica, deberá ostentar en los envases, la leyenda: "el abuso en el consumo de este producto es nocivo para la salud", escrito con letra fácilmente legible, en colores contrastantes y sin que se invoque o se haga referencia a alguna disposición legal, además que la Secretaría de Salud, en su caso, publicará en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual podrán establecerse otras leyendas precautorias, así como las disposiciones para su aplicación y utilización, los que integramos esta comisión dictaminadora aprobamos el presente acuerdo motivo de estudio y dictamen con la finalidad de emitir un exhorto al Titular de Salud a nivel Federal para que en el ámbito de sus facultades establezca la obligación del uso de una serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en los envases que contengan bebidas alcohólicas y en todo empaquetado y etiquetado externo de las mismas, describiendo los efectos nocivos e irreversibles del consumo de las bebidas alcohólicas en la salud, 6
7 además de otros mensajes apropiados que contengan una serie de especificaciones que permitan concientizar a las personas sobre el padecimiento del alcoholismo. Para efecto de lo anterior, se proponen algunas especificaciones que en caso de que la autoridad exhortada considere conveniente sería importante se incluyan en los envases y etiquetados de bebidas alcohólicas. Pictograma: La imagen del pictograma deberá cubrir cuando menos el 30% de la etiqueta del envase. Mensaje sanitario: Debe establecerse en letras visibles y que su contenido literal cite leyendas que permitan concientizar al consumidor de bebidas alcohólicas sobre las consecuencias irreversibles que éstas ocasionan en la salud; es decir que promuevan el alcoholismo como una enfermedad de salud pública. Por último, debe establecerse de manera literal el contenido de cada envase especificando todas las sustancias que lo componen. Sin duda alguna estamos convencidos de que las políticas de control de la alcoholemia pueden fortalecerse y ser prioritarias para el gobierno de nuestro país, a pesar del fuerte impacto del alcohol en la sociedad llevando a cabo acciones como la planteada en la propuesta que se dictamina. Por lo anteriormente expuesto, tenemos a bien someter a la consideración de este Alto Pleno Deliberativo, la aprobación de los siguientes puntos de: 7
8 ACUERDO PRIMERO. La Honorable XIII Legislatura del Estado exhorta de manera respetuosa al Titular de la Secretaría de Salud Federal para que en el ámbito de sus facultades establezca la obligación del uso de una serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberán figurar en los envases que contengan bebidas alcohólicas y en todo empaquetado y etiquetado externo de las mismas, describiendo los efectos nocivos e irreversibles del consumo de las bebidas alcohólicas en la salud, además de otros mensajes apropiados que contengan una serie de especificaciones que permitan concientizar a las personas sobre el padecimiento del alcoholismo. SEGUNDO. Remítase el contenido del presente acuerdo al Titular de la Secretaría de Salud Federal para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO. Remítase el presente acuerdo a los Titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas y al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para conocimiento. CUARTO. Remítase el presente acuerdo a los Congresos Estatales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que en caso de así considerarlo se adhieran al mismo. SALA DE COMISIONES CONSTITUYENTES DE 1974 DEL PODER LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE CHETUMAL, CAPITAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE. 8
9 COMISIÓN DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL NOMBRES A FAVOR EN CONTRA DIP. DEMETRIO CELAYA COTERO DIP. MARILYN RODRIGUEZ MARRUFO DIP. MARIANA ANAHI ARANDA ARJONA DIP. LUCELLY MARIANELA ROLDÁN CARRILLO DIP. ALONDRA M. HERRERA PAVÓN 9
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