ÍNDICE PRÓLOGO... 4 PRÓLOGO INTRODUCCIÓN IMPORTANCIA DE LA RESTAURACIÓN DESCRIPCIÓN DEL SECTOR EXTRACTIVO EN ARAGÓN...
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- José Francisco Adolfo Rivero Franco
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5 ÍNDICE PRÓLOGO PRÓLOGO INTRODUCCIÓN IMPORTANCIA DE LA RESTAURACIÓN DESCRIPCIÓN DEL SECTOR EXTRACTIVO EN ARAGÓN EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA MINERÍA Aspectos generales Proyectos sometidos al procedimiento de evaluación Contenido del estudio de impacto ambiental Procedimiento administrativo Impacto ambiental del sector de los áridos en Aragón La minería a cielo abierto en zonas ambientalmente sensibles EL PLAN DE RESTAURACIÓN Marco legal/obligaciones Contenido del plan de restauración La restauración integrada en el proyecto minero ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES A CONSIDERAR DURANTE LAS OPERACIONES DE RESTAURACIÓN ELECCIÓN DEL TIPO DE RESTAURACIÓN Y USO FINAL Tipo de restauraciones/usos finales Criterios a considerar en la elección del tipo de restauración DESARROLLO PRÁCTICO DE LA RESTAURACIÓN El Suelo Retirada del suelo Acopio del suelo Acondicionamiento y relleno del hueco minero Gestión del agua Integración paisajística de los frentes y bermas Acondicionamiento de escombreras Acondicionamiento de balsas y presas Demolición de estructuras y cimentaciones Reconstitución del suelo Creación de lagunas Reposición de la vegetación y de la fauna Señalización y cerramiento Mantenimiento y control Equipamientos Abandono y clausura: Sostenibilidad de la restauración EL PAPEL DE LOS TRABAJADORES OTROS EJEMPLOS DE RESTAURACIONES ANEXO: EL MEDIO AMBIENTE EN ARAGÓN Elementos de la biodiversidad GLOSARIO BIBLIOGRAFÍA Referencias bibliográficas Páginas web Legislación ÍNDICE DE TABLAS Y GRÁFICOS
6 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón PRÓLOGO Cualquier actividad humana repercute en mayor o menor medida sobre los valores del medio en el que se desarrolla. La conservación de la calidad de suelos, aguas y paisajes, así como el respeto por los seres vivos que en ellos habitan ha de constituir un objetivo primordial integrado en el diseño de la actividad principal. Los proyectos de eplotación minera tienen dos características que los hacen peculiares frente a otros proyectos industriales. Por un lado, el emplazamiento de los trabajos mineros está condicionado por la distribución natural de los materiales geológicos con valor desde el punto de vista minero; por otro, se trata de labores encaminadas al aprovechamiento de recursos naturales, es decir, al consumo de los mismos. Arturo Aliaga López Consejero de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón Si bien estas cuestiones pueden dificultar a priori el ejercicio de esta actividad en condiciones de máima consideración sobre el medio ambiente, éstas han de ser tomadas por los técnicos como auténticos retos que han de ser afrontados y resueltos con soluciones ingeniosas, económicamente viables y respetuosas con el entorno. En el presente libro se eponen ideas sobre procedimientos, técnicas y soluciones óptimas para la restauración de eplotaciones mineras a cielo abierto que, sin duda, serán de gran utilidad a la hora de proyectar el aprovechamiento de los recursos minerales. Esta obra se ajusta a la perfección a una actuación administrativa de fomento, al ser una iniciativa manada del sector empresarial que es apoyada desde el sector público en régimen de estrecha colaboración, con el fin de conseguir un objetivo común: una minería sostenible en Aragón, acorde con el alto grado de sensibilización social que eiste sobre la conservación de los valores ambientales. 4
7 Prólogo PRÓLOGO Hemos avanzado mucho hacia una mayor concienciación ambiental de la sociedad. Empresas, instituciones, asociaciones y ciudadanía aragonesa en general tenemos cada vez más presente que el desarrollo, si no es sostenible, no es real. Las empresas no deben limitarse a cumplir la legislación vigente, sino que deben ir más allá en su compromiso social. Y no por una mera proyección de imagen empresarial, que también, sino por convicción y responsabilidad. La colaboración entre ANEFA y el Gobierno de Aragón es un buen camino para alcanzar estos objetivos. La cooperación entre la Asociación, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y el Departamento de Industria, Comercio y Turismo busca favorecer una gestión ambiental adecuada en un sector sensible, imprescindible para la actividad socioeconómica, pero cuyos impactos hay que prevenir, minimizar y restaurar con agilidad y eficacia. Alfredo Boné Pueyo Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón Es una satisfacción, como consejero de Medio Ambiente, que el INAGA, primera entidad pública en nuestro país especializada en la tramitación de epedientes ambientales, esté sirviendo, además, para la correcta asesoría a los diversos sectores. La colaboración entre los ámbitos público y privado sigue dando sus frutos. Juntos seguimos construyendo un Aragón sostenible. 5
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9 Introducción 0 INTRODUCCIÓN La consideración de los criterios del desarrollo sostenible en las eplotaciones mineras a cielo abierto supone que éstas han de concebirse, desde el proceso de diseño, como una serie de fases integradas, donde se conjuguen las labores etractivas con el respeto por el medio ambiente. El manual de MANUAL DE RESTAURACIÓN DE EXPLOTACIONES MINERAS A CIELO ABIERTO DE ARAGÓN describe algunas recomendaciones que pueden ayudar a realizar proyectos de restauración de eplotaciones en los que se consideren todas las variables necesarias para asegurar el éito de la actuación. Frente de cantera restaurado Además de criterios para ayudar a determinar las acciones que se requieran, en cada caso, con el fin de lograr una restauración que cumpla con los objetivos medioambientales y/o sociales del área donde se encuentre ubicada la eplotación, se recogen medidas que han de llevarse a la práctica para una adecuada protección del medio ambiente durante las distintas fases de la restauración de los terrenos. Ha de quedar claro, sin embargo, que no todas las medidas propuestas son universalmente aplicables. Dependiendo de las circunstancias concretas de cada eplotación, las empresas, previamente, deberían analizar técnicamente la efectividad y viabilidad de implantar una determinada actuación. Otro rasgo a tener en cuenta, en todos los casos, es la situación de partida de la eplotación a la hora de acometer los trabajos de restauración de forma acorde con lo establecido en los proyectos aprobados. Vista general de gravera restaurada El desarrollo de las labores de etracción de los recursos, conforme al proyecto de eplotación, ha de tener en consideración la futura restauración de los terrenos afectados por la actividad etractiva. En cualquier caso, las recomendaciones que aquí se recogen pueden servir como elementos para refleionar sobre una mejor gestión de los aspectos medioambientales en las eplotaciones mineras a cielo abierto y, en particular, de las restauraciones de terrenos. Humedal y biodiversidad 7
10 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón Finalmente, debe destacarse que el éito de la mejora de las empresas, en este ámbito, está basado en que el compromiso de la Dirección trascienda y sea hecho suyo por los trabajadores, responsables directos de la implantación sobre el terreno, día a día, de las medidas preventivas o correctoras previstas. Bancos restaurados 8
11 Importancia de la Restauración 1 IMPORTANCIA DE LA RESTAURACIÓN El aspecto más destacado, en cuanto a las afecciones que produce la actividad etractiva a cielo abierto sobre el medio natural, está relacionado con la alteración o modificación del terreno en la fase de eplotación, lo que supone la pérdida transitoria de la capa vegetal y, en menor medida, de la fauna. Sin embargo, con una adecuada gestión y aplicación de las medidas correctoras eistentes, este impacto estará debidamente controlado durante la operación de la eplotación y será corregido durante la fase de restauración de los terrenos. En España, la legislación minera obliga, desde 1982, a que todas las actividades etractivas realicen trabajos de restauración y establece las garantías necesarias para asegurar que lo dispuesto en el Plan de Restauración aprobado por la Administración competente, previamente al inicio de la actividad, será llevado a la práctica. Estos avales suponen una garantía real de que se cumplirá lo aprobado en el Plan de Restauración, lo que es preciso insistir, sólo ocurre en la industria etractiva. Vista aérea de eplotación de áridos y áreas restauradas La normativa reguladora sobre esta materia se contiene en el RD 2994/82 sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras, la Orden del 20 de noviembre de 1984 que desarrolla el RD 2994/1982, y el RD 1116/1984 sobre restauración del espacio natural afectado por las eplotaciones de carbón a cielo abierto y el aprovechamiento racional de estos recursos energéticos, así como la Orden de 13 de junio de 1984 sobre normas para la elaboración de los planes de eplotación y restauración del espacio natural afectado por las eplotaciones de carbón a cielo abierto y el aprovechamiento racional de estos recursos energéticos. Relleno del hueco de eplotación El término restauración El término más comúnmente empleado y etendido para designar la labor de devolver al entorno aquellos terrenos afectados por las actividades etractivas es el de restauración, empleado en el Real Decreto 2994/1982 sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras. Sin embargo, el uso de ese término que, según el Diccionario de la Real Academia Española, lleva implícito el significado de volver a poner una cosa en el estado que antes tenía, puede dar lugar a una cierta confusión sobre el propósito real de estos trabajos. 9
12 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón En. efecto,. la. propia. esencia. de. la. actividad. minera.(etracción. de. recursos. naturales. para. su. puesta. al. servicio. de. la. sociedad),. supone.la.creación.de.huecos.y,.por.lo.tanto,.una.modificación.de.la. morfología.y.de.las.características.del.terreno.que.los.trabajos.de. recuperación.nunca.pueden.compensar..en.este.sentido,.el.término. restauración.puede.crear.falsas.epectativas.entre.los.profanos.por. su. connotación. de. devolver. esos. terrenos. a. su. condición. inicial,. cuando. la. realidad. muestra. que,. inevitablemente,. se. alcanza. un. estado.del.terreno.distinto.del.original. Acondicionamiento de taludes Por. ello. parecería. más. adecuado. la. utilización. de. otros. vocablos. como.recuperar.o.reacondicionar,.esto.es,.respectivamente,. volver. algo.a.un.estado.de.normalidad..y. dar.cierta.condición.o.calidad,. mucho. más. acordes. con. la. situación. real. y. más. próimos. de. los. conceptos.franceses. réaménagement.y. remise.en.état.o.inglés. land.reclamation. Zona restaurada con plantación de pinos Remodelación morfológica del suelo Áreas revegetadas La restauración Con. independencia. de. la. terminología. aplicada,. el. principio. básico. a. considerar. es. la. necesidad. de. concebir. la. eplotación. minera.como.una.serie.de.fases.integradas.desde.el.proceso.de.diseño.de.la.misma.donde.se.conjuguen.las.labores.etractivas. con.las.de.protección.del.medio.ambiente..entre.éstas,.destacan.el.control.de.los.efectos.medioambientales.de.la.actividad,.la. integración.paisajística.de.la.eplotación.y.la.recuperación.del.terreno.eplotado. Las. diferencias. de. los. métodos. de. eplotación. que. se. aplican. en. las. canteras. y. las. graveras,. se. reflejan,. normalmente,. en. la. intensidad.de.las.actuaciones.de.restauración.realizadas.. En.este.aspecto,.es.preciso.destacar.que,.en.las.canteras,.por.la.naturaleza.del.yacimiento,.el.proceso.de.restauración.es. más.complejo.puesto.que,.en.general,.no.es.posible.efectuarlo.totalmente.hasta.las.etapas.finales.de.la.vida.útil.de.la. eplotación,.a.no.ser.que,.en.el.diseño.preliminar.de.las.mismas,.se.haya.previsto.esta.circunstancia..esto.se.pone.de. manifiesto.especialmente.en.las.canteras.anteriores.a.la.entrada.en.vigor.de.esta.eigencia. 10
13 Importancia de la Restauración Sin.embargo,.el método de minería de transferencia.que.se.aplica.en las graveras permite ejecutar,.de.forma.casi. simultánea,. las labores de etracción con la restauración de las áreas ya eplotadas,. lo. que. permite. minimizar. la. superficie.afectada.y.restituir.más.rápidamente.los.terrenos.a.otros.usos. Esquema del proceso de eplotación / restauración. A. Estado inicial; B: Retirada de la tierra vegetal; C: Etracción; D:Relleno; E: Reconstitución del suelo; F: Restauración de la vegetación Como puede verse en este Manual, cada vez son más las empresas del sector que, con ejemplos reales, demuestran que conjugar las medidas de protección del medio ambiente con el desarrollo del proceso productivo es posible, sin disminuir la rentabilidad de la empresa, independientemente del tamaño de ésta. El. diálogo. con. los. habitantes. de. la. zona. está. adquiriendo. una. importancia.creciente,.permitiendo.al.empresario.informar.sobre. las.acciones.correctoras.implantadas.para.la.protección.del.medio. ambiente.e.incluso,.en.determinados.casos,.ajustar.los.objetivos.de. restauración.propuestos.a.las.necesidades.de.la.sociedad. El.entorno.eistente.en.las.proimidades.de.la.eplotación,.tanto. desde. el. punto. de. vista. paisajístico. como. humano,. junto. con. los. aspectos. de. ordenación. territorial,. son. elementos. decisivos. a. la. hora.de.plantear.los.usos.futuros.del.terreno. El.tipo.de.restauración.específica.a.realizar.en.cada.caso.dependerá. de.las.circunstancias.concretas.de.cada.eplotación,.ya.que.es.difícil. hablar.de.actuaciones.universalmente.aplicables. Taludes revegetados Actualmente,.la.gran.mayoría.de.las.restauraciones.que.se.efectúan. en.aragón,.o.que.están.previstas,.tienen.por.finalidad.la.recuperación. del. paisaje. y. de. la. flora. y. la. fauna. autóctona,. así. como. el. uso. agrícola.(cereales,.frutales,.viticultura,.etc.). Un. porcentaje. más. reducido. contempla. un. uso. final. para. ocio. o. deporte,. pesca,. senderismo,. golf,. áreas. de. escalada,. etc.,. o. bien. la. restitución. para. usos. urbanos. o. industriales,. siendo. posible. la. combinación.de.diversas.alternativas. Cartel informativo sobre las características de la flora y la fauna de la eplotación 11
14 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón En. algunas. ocasiones. la. restauración. prevé. dejar. al. descubierto. estructuras. geológicas. de. gran. valor. mientras. que,. en. otras,. se. aprovechan.los.nuevos.espacios.creados.para.usos.culturales,.tales. como.auditorios.o.cines.al.aire.libre. Los.volúmenes de residuos mineros inertes adecuados.que.se. generan.en.la.producción.de.áridos.se gestionan íntegramente dentro del proceso, al.emplearse.habitualmente como relleno en los trabajos de restauración de los terrenos. Como. se. ilustra. en. los. siguientes. capítulos. de. esta. publicación,. hoy. en. día. eisten. numerosas actuaciones de restauración. que. están. siendo. puestas en práctica por las empresas del sector. Trabajo de preparación superficial del suelo Antigua estructura del primario reconvertida en mirador. Detalle de la replantación Humedales restaurados con gran riqueza ecológica 12
15 Descripción del Sector Etractivo en Aragón 2 DESCRIPCIÓN DEL SECTOR EXTRACTIVO EN ARAGÓN Las empresas mineras que conforman el sector minero de Aragón rinden un gran servicio a la Sociedad, etrayendo unos recursos naturales que son propiedad del Estado, pues el abastecimiento de materias primas es esencial para el desarrollo económico y, por ende, para la calidad de vida de esta Comunidad Autónoma. A lo largo de los últimos años se viene consolidando la tendencia que hace de los áridos el sector minero de Aragón más importante en cuanto a volumen de producción, número de eplotaciones y empleo total generado, directo más indirecto. Esta relevancia es superior, si cabe, considerando que los áridos producidos son imprescindibles para que pueda desarrollarse la construcción, uno de los principales motores de la economía de la Comunidad. Las empresas mineras están cada vez más concienciadas de la necesidad de integrar todas las consideraciones medioambientales dentro de su actividad cotidiana, cumpliendo de esta forma con las eigencias que establece la Sociedad. Planta de tratamiento de áridos Garantizar en el futuro el acceso a los recursos debe ser una prioridad de todas las partes implicadas, pues el abastecimiento de materias primas es esencial para el desarrollo económico y, por ende, para la calidad de vida de esta Comunidad. Puede decirse que las empresas mineras rinden un gran servicio a la Sociedad etrayendo unos recursos naturales que son propiedad del Estado. Etracción en el frente de cantera Eplotaciones, valor de la producción y empleo Según la última Estadística Minera de España 1, eisten 256 eplotaciones mineras en Aragón, de las que en 20 se producen minerales no metálicos, en 9 productos energéticos y en 226 rocas industriales. De estas últimas, 63 son de roca ornamental, 44 de otros productos de cantera y 120 de áridos. Se estima que únicamente se encuentran activas 95 eplotaciones de áridos, de las que unas 30 son canteras (32 %) y unas 65 son graveras (68 %) Trabajadores de una cantera en el frente de eplotación 13
16 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón GRÁFICA 01 EXPLOTACIONES MINERAS POR SECTORES GRÁFICA 02 DISTRIBUCIÓN DEL EMPLEO EN EL SECTOR MINERO DE ARAGÓN El.4,9%.de.la.producción.minera.total.del.país.en. términos.de.valor.económico.procede.de.aragón. En.cuanto.al.número.de.trabajadores.directos,.de. los.1948.censados,.680.corresponden.a.la.minería. energética, a. la. minería. no. metálica, a. la. roca.ornamental,.193.a.otros.productos.de.cantera. y.650.a.la.industria.de.los.áridos.. Datos del sector de los áridos El.empleo total.generado.por.el.sector.de.los.áridos.asciende,.en.aragón,.a.unos trabajadores,.distribuidos.como. sigue: Empleo directo:. Se. alcanzan. prácticamente. los.650 trabajadores en. las empresas titulares de eplotaciones, lo. que.representa.el 33 % del.total.de.trabajadores.directos.del.sector.etractivo. El.empleo directo medio por eplotación activa se.sitúa.en 6,2 trabajadores para.el.conjunto.del.sector. El.empleo indirecto: trabajadores.directamente relacionados.con.la.producción de áridos trabajadores.en.labores complementarias.a.la.actividad,.incluyendo.el.transporte de los productos. 14
17 Descripción del Sector Etractivo en Aragón Consumo de áridos Continúan.superándose.las.cotas.históricas.de.consumo.de.áridos,.de.acuerdo.con.las.estimaciones.anuales.que.realiza.ANEFA. partiendo.de.los.datos.directos.e.indirectos.disponibles 2 :. El consumo de áridos para la construcción.en.2006.fue.de.16,6 millones de toneladas.(+12,7.%).. GRÁFICA 03 CONSUMO DE ÁRIDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN EN ARAGÓN Planta de tratamiento carenada Utilización de los áridos en la construcción de carretera 2 Datos de la Estadística Minera y ANEFA 15
18 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón En ese periodo, el volumen de negocio del sector de áridos para la construcción, incluyendo transporte, ha ascendido a unos 140 millones de euros. El consumo de áridos para aplicaciones industriales tales como cementos, vidrios, cargas, filtros, industria química, siderurgia y metalurgia, etc., se estima en 2,6 millones de toneladas. Por lo tanto, el consumo total de áridos, en el año 2006, ha sido de unos 19,2 millones de toneladas. En la actualidad, el consumo de áridos para la construcción en Aragón es de un 3,4 % del total nacional. TABLA 01 ANDALUCÍA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA-LEÓN CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA C. VALENCIANA EXTREMADURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA CONSUMO DE ÁRIDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS 2006 (Millones de toneladas) Variación 06/05 % CONSUMO TONELADAS POR HABITANTE 90,8 90,9 0,2 11,4 14,7 16,6 12,7 13,1 10,1 11,0 9,4 10,3 9,7 10,5 8,1 10,7 18,7 19,5 4,2 9,9 7,0 7,6 8,6 13,5 32,4 35,2 8,8 14,0 27,4 30,3 10,7 16,0 60,4 65,6 8,6 9,4 59,8 59,9 0,2 12,8 11,6 13,4 15,6 12,4 23,3 24,8 6,2 9,0 47,8 50,7 6,0 8,5 18,6 19,9 6,8 14,9 8,3 8,7 5,2 14,7 PAÍS VASCO 16,2 16,9 4,6 8,0 LA RIOJA 3,4 4,0 17,5 13,3 TOTAL ESTATAL 460,3 485,5 5,5 11,0 16
19 Descripción del Sector Etractivo en Aragón La distribución del consumo de áridos para la construcción por provincias es la que se refleja en el cuadro siguiente: TABLA 02 CONSUMO Y PRODUCCIÓN DE ÁRIDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN (Millones de toneladas) CONSUMO 2005 CONSUMO /05 % % TONELADAS POR HABITANTE HUESCA 3,6 4,7 29,3 28,3 TERUEL 2,6 3,8 30,2 22,9 ZARAGOZA 8,2 8,2-0,7 49,4 Total ARAGÓN 14,7 16,6 12,7 100,0 21,6 26,86 8,90 13,1 El consumo per cápita de áridos para la construcción, con 13,1 toneladas por habitante y año, superior a la media europea y a la nacional, que se sitúan en torno a 7,0 y 11,0 toneladas por habitante y año, respectivamente. GRÁFICA 04 CONSUMO ANUAL DE ÁRIDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN POR HABITANTE 17
20 18 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón
21 Evaluación Ambiental de la Minería 3 EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA MINERÍA 3.1 Aspectos generales No es posible la realización de actividades mineras a cielo abierto sin originar alteraciones de entidad sobre la morfología del terreno y los usos de suelo en donde se desarrolla, modificando el paisaje del entorno y produciendo afecciones directas sobre la vegetación natural y los hábitats de las especies de fauna, así como, en determinados casos, otras derivadas, tales como la aparición de fenómenos erosivos o la contaminación de aguas superficiales. En base a lo anterior, la normativa de evaluación ambiental prevé la aplicación de diversos procedimientos administrativos, de carácter preventivo, correctores y de tipo económico previos a la autorización de la actividad. Así, la propia resolución de autorización de un aprovechamiento minero o de otorgamiento de una concesión, incluye la determinación del importe económico de la fianza de restauración de los terrenos afectados que debe quedar constituida a favor de la administración y que pretende, básicamente, asegurar que los efectos negativos de la actividad etractiva sobre el terreno sean reducidos y corregidos. Vista aérea de eplotación de áridos y áreas restauradas Este hecho es destacable ya que puede decirse que la actividad minera está obligada legalmente a integrar en su cuenta de resultados los costes ambientales de la eplotación (la restauración). En la actualidad esta práctica es común en diversos sectores económicos, una vez que la preservación del medio ambiente ha pasado de ser una preocupación romántica a un imperativo legal, lo cual se refleja en numerosos costes que han de ser absorbidos por las empresas, como los cánones de vertidos y los consiguientes costes de su depuración, los derechos de emisión de gases que deben ser adquiridos, etc., pero no lo era en 1982, año en que se reguló la obligación de restaurar los terrenos afectados por actividades etractivas. 19
22 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón En todo caso, el aspecto ambiental de mayor importancia, en cuanto a las afecciones que produce la actividad etractiva a cielo abierto, está relacionado con la alteración o modificación del terreno durante la eplotación minera, lo que supone en primera instancia la pérdida de la capa vegetal, la formación de huecos de eplotación -de diversa conformación y volumen- y el depósito de importantes cantidades de tierras que deben ocupar superficies antes eentas. Sin embargo, con una adecuada gestión de la eplotación y la aplicación de medidas correctoras específicas, es posible minimizar de forma apreciable los efectos sobre el medio de aquella y, en todo caso, la restauración posterior de los terrenos hasta un estado similar al que presentaban originalmente. Zona revegetada Humedales restaurados con gran riqueza ecológica Así pues en España, desde 1982, la legislación minera -adelantándose varios años a la normativa sobre evaluación de impacto ambiental- obliga a que todas las actividades etractivas realicen trabajos de restauración y aporten las garantías necesarias para asegurar que lo dispuesto en el Plan de Restauración aprobado por la Administración será llevado a la práctica. Estos avales suponen formalmente una garantía real de que se cumplirá lo aprobado en el Plan de Restauración, lo que es preciso insistir, sólo ocurre en la industria etractiva. En la actualidad, considerando la rápida evolución eperimentada por la normativa sobre evaluación de impacto ambiental en los últimos años desde su aparición en 1.986, adaptándose además a las diversas Directivas y Reglamentos europeos y diversificándose los aspectos reglamentarios y procedimentales de la Ley estatal, de acuerdo con las competencias de las comunidades autónomas, parece recomendable que el Plan de Restauración que ha previsto la legislación minera tienda a integrarse progresivamente en el procedimiento de evaluación del impacto ambiental de los proyectos mineros. De hecho, algunas comunidades autónomas han legislado para unificar ambos trámites en uno solo, en el de evaluación de impacto ambiental, ya que posee un ámbito conceptual más general y considerando a la restauración de los terrenos como la principal medida correctora a aplicar para corregir los impactos ambientales derivados de la actividad, procediéndose en todo caso a fijar el importe de la fianza en la misma resolución por la que se formula la Declaración de impacto ambiental. Restauraciones agrícolas Vista general de la eplotación Sin embargo, también cabe considerar que la doble tramitación ambiental -la evaluación del impacto seguida de la aprobación del plan de restauración- resulta coherente con la mayor complejidad conceptual de la evaluación del impacto de una actividad como la minería a cielo abierto, cuyos efectos ambientales pueden ser variables espacial y temporalmente durante toda la 20
23 Evaluación Ambiental de la Minería vida útil de la eplotación. De esta manera, la declaración de impacto puede establecer las grandes líneas del proyecto de eplotación, limitando en su caso las zonas a eplotar o la localización o dimensiones de las escombreras así como las principales medidas de prevención necesarias para no afectar a espacios sensibles, bienes patrimoniales o especies de flora y fauna catalogada, mientras que en el trámite siguiente la aprobación del Plan de Restauración- se procura la minimización de los efectos de menor entidad, especialmente los de tipo paisajístico, erosivos, la contaminación de las aguas o los efectos sobre la población, el uso de viales e infraestructuras, etc., aspectos que suelen quedar detallados en el Plan de Restauración. Como puede verse en la tabla del siguiente apartado, los proyectos referidos a la industria etractiva están contemplados en los aneos 2º y 3º de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón (LPAA). En consecuencia, la mayoría de las eplotaciones mineras a cielo abierto desarrolladas y proyectadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón están sujetas al procedimiento de evaluación ambiental. Considerando por otra parte el carácter de normativa básica de la legislación estatal en esta materia, los listados de proyectos sometidos a evaluación ambiental en Aragón reproduce y respeta los listados de los Aneos I y II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, por la Ley 9/2006, de 28 de abril, y por la Ley 27/2006, de 18 de julio 3. La eistencia de los dos aneos en ambas normativas persigue prevenir la aparición de distorsiones debidas a la utilización de un umbral numérico en cuanto a las dimensiones de la eplotación -además de criterios complementarios referidos a la localización de la misma- para determinar las eplotaciones obligadas a la evaluación, lo que puede inducir a los promotores al diseño de eplotaciones por debajo de su tamaño óptimo o en localizaciones no adecuadas a cambio de una tramitación de la autorización administrativa más rápida. Este sistema -previsto ya en la directiva comunitaria sobre la materia 97/11/CE- consiste en la confección de un segundo aneo para eplotaciones de menor envergadura y localizadas en zonas no sensibles, para las cuales se establece un procedimiento simplificado y de menor duración temporal, mediante el cual, el órgano ambiental resuelve someter o no someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, estableciendo, en caso de resolución negativa, el condicionado ambiental pertinente para corregir, aminorar o anular los efectos sobre el medio que aún así pudieran derivarse. Planta de tratamiento de áridos Como se ha epuesto, tras superar el trámite de la evaluación de impacto ambiental aquellos proyectos que estuvieran obligados a ello -en cualquiera de ambas modalidades descritas- todas las actividades de minería a cielo abierto contempladas en la Ley de Minas bien sean relacionadas con concesiones mineras, autorizaciones de canteras o permisos de investigación minera, están sujetos nuevamente al trámite administrativo de la aprobación del Plan de Restauración por la autoridad minera. Para ello, el Plan de Restauración deberá ser nuevamente informado por el órgano ambiental, el cual fijará además el importe mínimo de la fianza de restauración que deberá depositar el promotor como garantía de la restauración de los terrenos afectados por la actividad. Planta de tratamiento de áridos 3 Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública, y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Esta norma, además de modificar parcialmente el RDL 1302/1986, tiene entre sus objetivos promover la participación pública en el procedimiento de evaluación ambiental tanto del órgano sustantivo (autoridad minera en este caso) y del órgano ambiental, como del promotor e instituciones, entidades y personas físicas y jurídicas que pudieran resultar afectadas por el proyecto minero. 21
24 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón 3.2 Proyectos sometidos al procedimiento de evaluación De conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 7/2006 de protección ambiental de Aragón, se relacionan a continuación las tipologías y umbrales de los proyectos de minería a cielo abierto que deben someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón: TABLA 03 PROYECTOS QUE DEBEN SOMETERSE A UN PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Eplotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley de Minas y normativa complementaria, cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes: Minería subterránea Dragados Etracción de petróleo y gas natural con fines comerciales Perforaciones En cualquier caso (ANEXO 2º) Eplotaciones en las que la superficie de terreno afectado supere las 25 hectáreas. Eplotaciones que tengan un movimiento total de tierras superior a metros cúbicos/año. Eplotaciones que se realicen por debajo del nivel freático, tomando como nivel de referencia el más elevado entre las oscilaciones anuales, o que pueden suponer una disminución de la recarga de acuíferos superficiales o profundos. Eplotaciones de depósitos ligados a la dinámica actual: fluvial, fluvio-glacial, litoral o eólica. Aquellos otros depósitos y turberas que por su contenido en flora fósil puedan tener interés científico para la reconstrucción palinológica y paleoclimática. Eplotación de depósitos marinos. Eplotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales o núcleos urbanos superiores a habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 kilómetros de tales núcleos. Eplotaciones situadas en espacios naturales protegidos o en un área que pueda visualizarse desde cualquiera de sus límites establecidos, o que supongan un menoscabo a sus valores naturales. Eplotaciones de sustancias que puedan sufrir alteraciones por oidación, hidratación, etc., y que induzcan, en límites superiores a los incluidos en las legislaciones vigentes, a acidez, toicidad u otros parámetros en concentraciones tales que supongan riesgo para la salud humana o el medio ambiente, como las menas con sulfuros, eplotaciones de combustibles sólidos, eplotaciones que requieran tratamiento por liiviación "in situ" y minerales radiactivos. Eplotaciones que se hallen ubicadas en terreno de dominio público hidráulico o en zona de policía de un cauce cuando se desarrollen en zonas especialemente sensibles, designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE, o en humedales incluidos en la lista del Convenio Ramsar. Etracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 kilómetros de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones aneas de cualquier eplotación o concesión minera a cielo abierto eistente. Si la paragénesis puede, por oidación, hidratación o disolución, producir aguas ácidas o alcalinas que den lugar a cambios en el ph o liberen iones metálicos o no metálicos que supongan una alteración del medio natural. Que eplote minerales radiactivos. Aquéllas cuyos minados se encuentren a menos de 1 kilómetro (medido en plano) de distancia de núcleos urbanos, que puedan inducir riesgos por subsidencia. En todos los casos se incluyen todas las instalaciones y estructuras necesarias para el tratamiento del mineral, acopios temporales o residuales de estériles de mina o del aprovechamiento mineralúrgico (escombreras, presas y balsas de agua o de estériles, plantas de machaqueo o mineralúrgicas, etc.). Dragados fluviales cuando se realicen en tramos de cauces o zonas húmedas protegidas designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE, o en humedales incluidos en la lista del Convenio Ramsar y cuando el volumen etraído sea superior a metros cúbicos/año. Cuando la cantidad etraída sea superior a 500 toneladas por día en el caso del petróleo y de metros cúbicos por día en el caso del gas, por concesión. Perforaciones geotérmicas. Perforaciones para el almacenamiento de residuos nucleares. Perforaciones para el abastecimiento de agua. Cuando lo decida el órgano ambiental en cada caso (ANEXO 3º) Instalaciones industriales en el eterior para la etracción de carbón, petróleo, gas natural, minerales y pizarras bituminosas. Instalaciones industriales en el eterior y en el interior para la gasificación del carbón y pizarras bituminosas. Dragados marinos para la obtención de arena. Eplotaciones (no incluidas en el aneo 2º) que se hallen ubicadas en terreno de dominio público hidráulico para etracciones superiores a metros cúbicos/año o en zona de policía de cauces y su superficie sea mayor de 5 hectáreas. Dragados fluviales (no incluidos en el aneo 2º) cuando el volumen de producto etraído sea superior a metros cúbicos. Cualquier modificación o etensión de un proyecto consignado en los aneos 2º y 3º (en caso de que la modificación o etensión del proyecto supere por sí solo el umbral fijado para el aneo 2º es un supuesto de evaluación). 22
25 Evaluación Ambiental de la Minería 3.3 Contenido del estudio de impacto ambiental Los proyectos que hayan de someterse a evaluación de impacto ambiental, deberán incluir un estudio de impacto ambiental que contenga, al menos, los siguientes datos e información (art. 27 LPAA): Descripción general del proyecto y eigencias previsibles en el tiempo, en relación con la utilización del suelo y de otros recursos naturales. Estimación de los tipos y cantidades de residuos vertidos y emisiones de materia o energía resultantes. Una eposición de las principales alternativas estudiadas y una justificación de las principales razones de la solución adoptada, teniendo en cuenta los efectos ambientales. Evaluación de los efectos previsibles directos o indirectos del proyecto sobre la población, la fauna, la flora, el suelo, el aire, el agua, los factores climáticos, el paisaje y los bienes materiales, incluido el patrimonio histórico artístico y el arqueológico. Las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente en el ámbito de influencia del proyecto, detallando, en especial, las referentes a usos permitidos y prohibidos, condiciones de uso y cualesquiera otras que pudieran tener relación con la actuación. Arranque y carga en el frentw Área restaurada. Al fondo, planta de tratamiento Operaciones de revisión visual de las eplotaciones Medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales significativos. Es en este punto donde se integran las acciones de restauración de los terrenos afectados por las actividades etractivas, entre otras medidas correctoras. Programa de vigilancia ambiental. Resumen del estudio y conclusiones en términos fácilmente comprensibles. Informe, en su caso, de las dificultades informativas o técnicas encontradas en la elaboración del mismo. Tanque espesador 23
26 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón 3.4 Procedimiento administrativo Las distintas fases previstas en la LPAA y demás normativa de aplicación que conforman el procedimiento administrativo para la aprobación de un proyecto relativo a una actividad etractiva sujeto a evaluación de impacto ambiental son las siguientes: Recopilación de información El promotor recaba del órgano ambiental la información necesaria para la elaboración del estudio de impacto ambiental. Para ello, el órgano ambiental tras recibir la memoria del proyecto remitida por el promotor, la somete a un trámite de consultas a las administraciones públicas titulares de competencias vinculadas a la protección del medio ambiente y a las entidades locales afectadas por la ejecución del proyecto, pudiendo ampliarlas a otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, previsiblemente afectadas por el proyecto. Una vez finalizado este trámite, el órgano ambiental se pronuncia y notifica al promotor el resultado de las mismas, debiendo pronunciarse además acerca de los contenidos y alcance del estudio de impacto ambiental, todo lo cual ha de ser tenido en cuenta preceptivamente por el promotor para elaborar dicho estudio. Arranque y carga en el frente Elaboración y presentación del estudio de impacto ambiental Una vez elaborado el estudio de impacto ambiental por el promotor, este último lo presenta ante el órgano administrativo de la Comunidad Autónoma con competencias en materia de minería junto al resto de la documentación necesaria para la autorización del proyecto minero (proyecto técnico, etc). 24
27 Evaluación Ambiental de la Minería Información y Participación Pública De acuerdo con las últimas modificaciones normativas introducidas, corresponde al órgano sustantivo (en este caso la autoridad minera) realizar el trámite de información y participación pública del proyecto (tanto en concesiones como en autorizaciones de aprovechamientos previstos en la Sección A de la Ley de Minas), con la advertencia epresa que dicho trámite debe ser puesto en práctica en aquellas fases del procedimiento en las que estén aún abiertas todas las opciones relativas a la determinación del contenido, la etensión y la definición del proyecto. (Ley 27/2006. Disposición final primera. Dos) Así mismo, y de acuerdo con la misma Ley 27/2006, durante la evacuación del trámite de información pública, el órgano sustantivo (autoridad minera) debe informar al público de forma epresa -y especialmente a las personas interesadas y a las administraciones públicas afectadas- sobre los aspectos más relevantes relacionados con el procedimiento de autorización del proyecto. Además de dichos trámites, el órgano sustantivo solicitará igualmente los informes sectoriales que sean necesarios en el procedimiento de aprobación del proyecto. Vista de eplotación Remisión de la información al órgano ambiental y formulación de la Declaración de Impacto Ambiental El INAGA, órgano ambiental competente para la realización de estos trámites administrativos en la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez recibida la documentación técnica del proyecto, el estudio de impacto ambiental, los resultados del proceso de participación pública y los informes sectoriales si los hubiere, dispondrá de un plazo de cuatro meses, en los términos que dispone la LPAA, para formular la declaración de impacto ambiental, estableciéndose en todo caso un silencio administrativo negativo en el supuesto de que no se formulara tal declaración en el referido plazo. El órgano ambiental podrá solicitar igualmente los informes que estime oportunos y que, en todo caso, deberán incluir a los de las entidades locales afectadas por el proyecto minero. La declaración de impacto ambiental deberá publicarse en el Boletín Oficial de Aragón y notificarse tanto al promotor como al órgano sustantivo (autoridad minera). Una importante novedad introducida tanto por la legislación estatal como la autonómica se refiere al plazo de vigencia de la declaración de impacto ambiental, desde su formulación hasta la efectiva ejecución del proyecto minero. Así, en el supuesto de que dicha ejecución no se llevara a cabo en el plazo determinado deberá iniciarse un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por otra parte, entre las obligaciones que se imponen al promotor del proyecto se encuentra la relativa al deber de comunicación al órgano ambiental de la fecha de comienzo de la ejecución del proyecto. 25
28 Manual de Restauración de Eplotaciones Mineras a Cielo Abierto de Aragón Autorización del proyecto El órgano sustantivo podrá autorizar el proyecto una vez superado el trámite de evaluación del impacto ambiental, debiendo hacer constar en la resolución autorizatoria lo siguiente: Las principales razones y consideraciones en las que se basa la resolución administrativa de autorización del proyecto. Las observaciones y opiniones epresadas durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Cuando resulte necesario, una descripción de las principales medidas a adoptar por el promotor para reducir, evitar o anular los principales efectos adversos de la actividad etractiva. 3.5 Impacto ambiental del sector de los áridos en Aragón La actividad de etracción de rocas o minerales a cielo abierto, en sentido estricto, reúne las características propias de actividad primaria, puesto que etrae directamente los recursos minerales desde la zona de depósito o acumulación de los mismos en diversos puntos de la corteza terrestre. De acuerdo con lo anterior, resulta innegable que posee efectos ambientales que pueden caracterizarse como de importancia y magnitud elevada -con carácter general- ya que se trata además de efectos directos, continuos (mientras dura la eplotación) y en buena parte de los casos irreversibles (aunque normalmente recuperables). Transporte Por otra parte, y tal como se ha epuesto en el capítulo anterior, la actividad minera es importante en Aragón, tanto en relación a la movilización de recursos como a la renta generada y a los puestos de trabajo que sustenta. En algunos casos y en determinadas comarcas o zonas aragonesas, además, la actividad minera resulta ser la única entre las de carácter no agrario que puede llevarse a cabo en condiciones de rentabilidad económica, dada la ausencia de recursos o potencialidades para otras actividades, contribuyendo por tanto de forma importante al pulso socioeconómico del territorio. Así mismo, la actividad minera y en concreto el sector de los áridos, es especialmente sensible a los ciclos económicos, con períodos de pujanza y de decaimiento de la actividad, dependientes de la marcha económica regional. Estos aspectos también pueden influir notablemente en el desarrollo de los trabajos posteriores de restauración de los terrenos afectados. La tabla siguiente resume de forma teórica y ordenada según los elementos ambientales los efectos esperables de las eplotaciones mineras. Se trata lógicamente de una revisión de tipo general, no ehaustiva, ya que según el tipo de eplotación y los terrenos sobre los que se desarrolla aparece una amplia casuística en relación con la caracterización y valoración de los impactos, puesto que éstos dependen en gran parte de factores como los siguientes: Las características concretas de la eplotación, especialmente en relación con la etensión superficial de la zona de actuación o el volumen total de materiales movilizado. La profundidad (en caso de huecos en superficie). La eistencia de eplotaciones próimas que puedan originar efectos sinérgicos. La proimidad a núcleos urbanos y la visibilidad de la eplotación desde éstos o desde vías de comunicación. 26
29 Evaluación Ambiental de la Minería La afección a zonas protegidas o zonas sensibles (espacios naturales y de la red Natura 2000, humedales, cursos fluviales, montes y vías pecuarias) El acarreo o laboreo con materiales inestables (sulfuros y otros compuestos reducidos) que puedan originar riesgos para la salud humana. Un análisis detallado de todos ellos permite tipificar de forma concreta el efecto ambiental de cada eplotación minera. TABLA 04 IMPACTO AMBIENTAL EN EL SECTOR DE LOS ÁRIDOS ELEMENTOS PROCESOS EFECTOS ATMÓSFERA SUELO Y RELIEVE HIDROLOGÍA CUBIERTA VEGETAL COMUNIDAD FAUNÍSTICA USOS DEL SUELO Producción de polvo y partículas en suspensión Emisión de ruidos y vibraciones Creación de huecos y escombreras Destrucción suelos fértiles Afloramiento capas freáticas Vertidos y escorrentías Destrucción habitats de vegetación natural Alteración y antropización del hábitat Efectos directos (eplosivos, ruidos) Ocupación de suelos Disminución de la calidad del aire. Efectos sobre la vegetación por deposición de polvo sobre las hojas. Efectos sobre el paisaje de elevada persistencia (mayor en climas secos o semiáridos). Aparición de efectos erosivos por modificación de drenajes naturales. Pérdida de fertilidad edáfica. Contaminación de aguas subterráneas. Modificación de la circulación de las aguas freáticas. Contaminación de las aguas superficiales. Normalmente por la producción de vertidos y liiviados de carácter ácido así como por materias en suspensión o metales. Desaparición de la cubierta vegetal. Talas. Efectos erosivos derivados. Afección sobre las comunidades vegetales (hábitats de vegetación). Efectos sobre especies catalogadas. Afección sobre la biodiversidad de fauna por alteración o destrucción de sus hábitats. Efectos sobre áreas de nidificación o campeo. Especialmente sobre especies catalogadas. Perdida de aprovechamientos agroganaderos o forestales. Afecciones sobre otras actividades como el turismo. Molestias a la población. Deterioro de viales. Afecciones al patrimonio. Riesgo de accidentes. 3.6 La minería a cielo abierto en zonas ambientalmente sensibles Las zonas sensibles en Aragón están relacionadas en la LPAA. Básicamente comprenden, por una parte, los espacios naturales protegidos y las áreas incluidas en planes de ordenación de recursos naturales (PORN), así como los ámbitos espaciales de los planes de recuperación o conservación de especies de flora y fauna amenazadas. Por otra, los espacios de la Red Natura 2000, es decir los lugares de interés comunitario (L.I.C.s) y las zonas de especial protección para las aves (Z.E.P.A.s). Unos y otros, que se solapan espacialmente en buena medida, se etienden por casi ha, así, aproimadamente el 30% del territorio aragonés se encuentra catalogado en alguna de las figuras citadas. 27
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