PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DEL CENTRO MUNICIPAL CARLOS CASTILLA DEL PINO DE ALCORCÓN

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1 Página 1 de 13 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DEL CENTRO MUNICIPAL CARLOS CASTILLA DEL PINO DE ALCORCÓN I. OBJETO El presente pliego tiene por objeto describir el contenido de los servicios de atención a personas con discapacidad intelectual con dependencia moderada en Centro Ocupacional y discapacidad intelectual con gran dependencia en Centro de Día y establecer las obligaciones, condiciones técnicas y actividades específicas que deben ser asumidas y desarrolladas por la entidad que pueda ser adjudicataria de la prestación del mismo. El Servicio se prestará en el Centro de titularidad Municipal Carlos Castilla del Pino, sito en la avenida de las Retamas nº 1 de Alcorcón (Madrid). El número de plazas para la atención a personas con discapacidad intelectual con dependencia moderada y severa objeto del presente contrato es de 110 en Centro Ocupacional y 30 en Centro de Día respectivamente. En la actualidad son 103 plazas de Centro Ocupacional las que están autorizadas pero se van a iniciar los trámites de forma inmediata para la autorización de 7 plazas adicionales de Centro Ocupacional. II. DEFINICIÓN DEL SERVICIO A- RESPECTO AL CENTRO OCUPACIONAL 1. Definición de Centro Ocupacional. A los efectos de este Pliego se entiende por Centro Ocupacional de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual Moderada, el equipamiento especializado de estancia diurna destinado a proporcionarles la habilitación profesional, el desarrollo personal y social, a fin de conseguir el máximo desarrollo de sus capacidades personales, laborales y posibilidades de integración social. 2.- Objetivos del Centro Ocupacional. -Facilitar la integración social y laboral de las personas adultas con discapacidad intelectual moderada, promoviendo la inserción laboral, cuando sea posible, bien en Centro Especial de Empleo, o en empresas ordinarias sin o con apoyo. -Facilitar su desarrollo personal para la superación, dentro de las posibilidades de cada uno, de los obstáculos que la discapacidad les supone para la integración sociolaboral. -Orientar a los usuarios hacia los recursos comunitarios beneficiosos para su desarrollo personal (educación, deportes, actos culturales etc.) -Facilitar el acceso y uso de los recursos comunitarios especializados en aquellos casos que sea necesario (servicios sanitarios y hospitalarios, servicios de salud mental etc..).

2 Página 2 de 13 -Ofrecer los servicios específicos del área ocupacional, inserción laboral y habilitación personal y social de modo coordinado tanto entre sí, como con el resto de servicios que la persona con discapacidad pueda recibir fuera del Centro Ocupacional. -Facilitar la información y/o colaboración de empresarios, asociaciones, instituciones u organizaciones sindicales en la tarea de aumentar las oportunidades de inserción laboral o social de los usuarios. 3. Áreas del Centro Ocupacional : El Centro prestará a los usuarios los servicios que englobados en las siguientes áreas se relacionan a continuación: -Área Ocupacional. -Área de Apoyo Personal y Social: -Atención Psico-Social -Formación Permanente -Habilitación para la Vida Diaria -Área de Inserción Laboral. 4. Descripción de los servicios Como base de todos los servicios que a continuación se describen estará el Programa Individual de habilitación laboral, personal y social que debe tener todo usuario de un Centro Ocupacional. 1.- Área Ocupacional Dado que uno de los objetivos del Centro Ocupacional es preparar a las personas con discapacidad intelectual para que se integren laboralmente, el medio para conseguirlo es el trabajo en un régimen lo más parecido posible al trabajo en un Centro Especial de Empleo o de una empresa ordinaria. No obstante, los Centros Ocupacionales no presuponen la integración laboral de todos los usuarios, bien porque según las características de los mismos puedan participar de un proceso o actividad productivo no estrictamente rentable, derivando de ello un beneficio al usuario traducido en un incentivo a su rendimiento, o bien porque sus necesidades deben ser atendidas desde un enfoque terapéutico-habilitador y que partiendo de una atención individualizada pueda acceder a programas de adaptación al grupo y a ciertas tareas en el ambiente de un taller ocupacional. Las actividades del área ocupacional deben ser tan variadas como las capacidades e intereses de los usuarios, así como la demanda socio-laboral determine. 2.- Área de Apoyo Personal y Social Junto a las actividades ocupacionales o laborales, el Centro Ocupacional ofrecerá servicios facilitadores de una mayor habilitación personal y una mejor adaptación a la comunidad en que viven Atención Psico-Social: Conjunto de tratamientos y actividades, encaminados al bienestar psíquico y social de la persona con discapacidad psíquica y que deben tener en cuenta a la persona, su salud, el cuidado de su cuerpo, su equilibrio psicológico, sus conflictos personales, problemas conductuales, vida de relación familiar, sexual y comunitaria a fin de que el usuario mejore su calidad de vida y se integre socialmente.

3 Página 3 de Formación Permanente: Conjunto de actividades tendentes al desarrollo de las capacidades de los usuarios, destacando entre otras: Apoyo en la comunicación y el lenguaje y habilitación física. Adquisición de un nivel de información general adecuado a sus posibilidades Habilitación para la Vida Diaria: Conjunto de actividades tendentes a conseguir la normalización en las actividades de la vida diaria Hábitos personales: Autonomía personal, aseo, vestido, alimentación, salud, evitar peligros, etc... Hábitos sociales: Interacción social, saber estar y desenvolverse ante los demás, comunicarse, respetar los derechos de los otros, hacer valer los suyos, desenvolverse en la ciudad, barrio, etc.. Hábitos domésticos: Tareas relacionadas con el hogar o lugar donde reside, cocinar, arreglo de su habitación, participación en la economía familiar, etc... Fomento de actividades deportivas y de ocio y tiempo libre, facilitándoles a los usuarios el aprendizaje y la práctica de deportes y la utilización de su tiempo libre, haciendo uso siempre que sea posible de los recursos comunitarios. 3.- Área de Inserción Laboral El fin principal de esta área es la inserción laboral, siendo los medios para conseguirlo la formación y el conocimiento de las funciones y tareas en el puesto de trabajo. Los procesos formativos dirigidos al desarrollo global del trabajador y posibilitar su adaptación al puesto de trabajo, se ejecutan en dos niveles: Proceso formativo interno, vinculado al centro ocupacional, a través de los talleres y programas de formación específicos. Proceso formativo externo que conlleva el conocimiento de las funciones y tareas en el puesto de trabajo dentro del ámbito de los Centros Especiales de Empleo y la empresa ordinaria sin o con apoyo, así como la preparación a través de cursos de carácter institucional. Objetivos del área: -Conseguir un empleo ordinario, real y remunerado. -Formar en las tareas propias del puesto en el lugar donde se desarrolla el trabajo -Integrar en el trabajo y, por tanto, en la sociedad, a personas con discapacidad intelectual normalizando su actividad. -Mantener al trabajador en el puesto mediante un seguimiento sistemático de su actividad laboral. Competencias de área: -La relación con la organización del centro ocupacional. -La relación con el mercado de trabajo. -La relación con la persona en proceso de inserción laboral

4 Página 4 de 13 -La relación con la familia de la persona en proceso de inserción laboral La consecución de la inserción laboral, que supone el tránsito desde el centro ocupacional al empleo, bien sea en Centro Especial de Empleo o en el empleo ordinario sin o con apoyo, requiere la aportación de distintos profesionales que trabajen en conjunto y constituyan el Equipo Técnico de Orientación que estará compuesto por los siguientes profesionales del centro: -Psicólogo -Trabajador Social -Técnico especialista II o maestro de taller -Preparador laboral. El Preparador Laboral, se define como, el profesional encargado de la preparación, apoyo y seguimiento de la persona en proceso de inserción laboral, en el desempeño del puesto de trabajo, que actúa como enlace de los programas de Transición Individual coordinadamente con el Equipo Técnico de Orientación. El perfil más adecuado para esta figura es el de titulado de grado medio o superior, con conocimiento de la metodología de Empleo con Apoyo, y conocimiento de la población con discapacidad intelectual u otras discapacidades. Las funciones específicas del Preparador Laboral, con independencia de la participación como miembro del Equipo Técnico de Orientación, serán: Preparación, desarrollo, seguimiento y evaluación periódica del programa de transición individual Análisis de los diferentes registros, tomados en su contacto con la persona en proceso de inserción laboral, para contrastar algún aspecto concreto del programa. Información periódica sobre el comportamiento, adaptación y aprendizaje de las tareas a desarrollar por la persona en proceso de inserción laboral. Entrenamiento en el ámbito de trabajo, tanto en las habilidades colaterales como en las tareas propias del puesto. Apoyo y orientación al usuario en los problemas de conducta que puedan surgir en el propio puesto y que interfieran el rendimiento de su trabajo. Colaboración en la adaptación laboral preparando a sus compañeros de trabajo en el conocimiento de la persona en proceso de inserción laboral y de sus características, para facilitar el desarrollo de las relaciones interpersonales. Propuesta del horario más adecuado para la incorporación progresiva de la persona en proceso de inserción laboral hasta conseguir, si fuera posible, la plena incorporación al régimen ordinario del centro de trabajo. Implantación de métodos de trabajo que sirvan a la persona en proceso de inserción laboral como guía en el desarrollo de sus funciones.

5 Página 5 de 13 B- RESPECTO AL CENTRO DE DÍA 1. Definición de Centro de Día Se entiende por Centro de Día de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual o Física con gran dependencia, el equipamiento especializado, de carácter sociorehabilitador y estancia diurna destinado a proporcionarles atención rehabilitadora, habilitación personal y social, cuidados personales y asistencia especializada, a fin de conseguir el máximo desarrollo de sus capacidades y posibilidades de integración social. 2. Objetivos del Centro de Día: Prevenir la progresión de las situaciones de deterioro físico y psíquico. Conservar y recuperar la autonomía personal. Mantener a la persona con discapacidad en su medio habitual de vida. Apoyar a las familias que atienden a sus familiares con discapacidad. Evitar, en lo posible, la institucionalización y favorecer la convivencia con otras personas. 3. Descripción de los Servicios que han de prestarse en Centro de Día: El Centro de Día, prestará a los usuarios los servicios que se relacionan a continuación: Estancia diurna. El cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades básicas de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación, etc.) así como aquellas acciones necesarias para la protección y salvaguarda de su integridad personal. Actuaciones propias de prevención de la salud y asistenciales, sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del Sistema de Salud al que pueda estar acogido el usuario. Realización de programas de rehabilitación médico-funcional (fisioterapia, terapia ocupacional, otros). Habilitación personal y social (autonomía personal y destrezas para la vida independiente). Atención psicológica, que comprenderá la elaboración y seguimiento de los programas de atención individual y comunitaria, así como la intervención en este ámbito. Atención social. El Centro orientará y asesorará al interesado y a los familiares sobre recursos disponibles para conseguir su integración social. III. CALENDARIZACIÓN Y HORARIO El Servicio se prestará durante todo el año de lunes a viernes, excepto festivos, en horario comprendido entre las 8:30 y 16:30, y un máximo de 247 días al año. Este horario podrá modificarse durante la vigencia del contrato por causa justificada y previa autorización del Ayuntameinto. IV. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE COMEDOR Y TRANSPORTE El centro ofertará a los usuarios que lo precisen los servicios de comedor y transporte:

6 Página 6 de 13 Comedor: -Se servirá la comida del mediodía. -Los menús deberán garantizar el aporte calórico y dietético adecuado. Se atenderá a que los menús sean variados cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. -Junto con el menú ordinario deberán prepararse otros de régimen para los usuarios que lo precisen. -Las comidas llegarán a temperatura adecuada a sus destinatarios. -Los menús serán de conocimiento público de los usuarios o sus familiares con una antelación mínima de 24 horas. -Se prestará la ayuda personal necesaria si algún usuario la precisa. -El adjudicatario deberá aportar el menaje inherente a la prestación de este servicio. Transporte: El servicio de transporte consiste en proporcionar a los usuarios el traslado de ida y regreso, desde los puntos de ruta, lo más próximamente posible a su domicilio, al Centro. El transporte incluirá la ayuda y el apoyo personal y control que sean necesarios para su adecuada atención y seguridad durante la prestación del servicio. El servicio de transporte se organizará en rutas que puedan dar servicio a los usuarios del municipio de Alcorcón (Madrid), o en su defecto de los municipios colindantes. Garantizando este servicio únicamente a los usuarios de las rutas diseñadas. En caso de usuarios no residentes en el ámbito de dichas rutas, podrán acceder directamente al centro mediante transporte privado, o bien acudiendo a los puntos de ruta más cercanos. El adjudicatario dispondrá de los siguientes medios materiales para la prestación del servicio de transporte: Aportará los vehículos necesarios para la prestación del servicio, que en caso de existir usuarios en silla de ruedas, deberán estar debidamente adaptados (disponer de plataforma elevadora de acceso y sistema de anclaje), contar con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para la circulación de vehículos a motor y el transporte de personas, haber superado las inspecciones técnicas pertinentes, contar con los seguros reglamentarios y además contratar una póliza de seguro de ocupantes para tantas plazas como usuarios a transportar. Los vehículos destinados a la prestación de este servicio, deberán estar dotados de calefacción y aire acondicionado en perfecto estado de funcionamiento. El adjudicatario dispondrá, como mínimo, de los siguientes medios personales para la prestación del servicio de transporte: Además del conductor, cada vehículo deberá de contar, al menos, con un acompañante que deberá realizar las siguientes funciones: a) Ayudar a los usuarios, en el caso que lo necesiten, en la subida y bajada al vehículo así como su ubicación en los asientos. b) Prestar a los usuarios la ayuda que precisen para el traslado desde el vehículo al centro y desde este a aquel.

7 Página 7 de 13 c) Control y apoyo personal a los usuarios para su adecuada atención y seguridad durante el trayecto. d) Cumplimentar la hoja de ruta diaria con las incidencias habidas, las personas transportadas y las observaciones que se estimen oportunas en relación con el servicio prestado. El servicio de transporte se prestará con arreglo a las siguientes condiciones: a) El servicio de transporte deberá prestarse durante todo el año, de lunes a viernes, excepto festivos. El horario de prestación de este servicio será entre las ocho y nueve treinta horas y entre las dieciséis y diecisiete treinta horas, sin perjuicio de que los intervalos citados deban ajustarse y adaptarse a las necesidades de funcionamiento del centro. b) La ruta o rutas que se establezcan para la prestación del servicio de transporte se diseñarán de manera que los usuarios pasen el menor tiempo posible en las mismas y permitan su presencia en el Centro al inicio de su actividad diaria y hasta su finalización. c) Los puntos de recogida de los usuarios en cada ruta estarán situados lo más próximos posible al domicilio de los mismos. El adjudicatario deberá adoptar las medidas necesarias para mantener los vehículos en perfectas condiciones técnicas y de limpieza e higiene. El adjudicatario tendrá en el propio vehículo en el que se realiza el transporte de los usuarios hojas de reclamaciones a disposición de los mismos o de sus familiares, debiendo dar cuenta al Ayuntamiento, dentro de las 24 horas siguientes, de cada reclamación que se efectúe. En caso de que no pudiera prestarse el servicio con normalidad por circunstancias no imputables al Ayuntamiento, el adjudicatario deberá poner los medios necesarios para que el mismo se efectúe con la mínima pérdida de tiempo o, si esto no fuera posible, correr con los gastos de transporte alternativo. El tiempo empleado por el personal de apoyo necesario para la prestación de este servicio no podrá ser computado para cumplir con los requerimientos de personal y jornada establecidos en el punto X, del presente Pliego. V.- OTROS SERVICIOS Actividades de convivencia y ocio y tiempo libre El Centro elaborará anualmente un programa de actividades de animación sociocultural, que se llevará a cabo tanto dentro como fuera del mismo promoviendo la participación de los usuarios. Dicho programa se comunicará a las familias o, en su defecto, a los representantes legales. Los gastos derivados de la realización de actividades de ocio, deporte y tiempo libre, correrán a cargo de los usuarios, familias o representantes legales. En el caso de realizarse dentro del horario de atención, deberá garantizarse la misma para aquellos usuarios cuyas familias hayan decidido que no participen.

8 Página 8 de 13 En todos los casos el Centro establecerá relaciones y contactos periódicos con sus familiares o allegados y comunicará, en su caso, las incidencias de interés producidas. Limpieza Los servicios de limpieza de las instalaciones del centro correrán a cargo de la entidad adjudicataria, debiendo realizarse al menos ocho horas al día de limpieza, durante los días de apertura del centro (de lunes a viernes) Mantenimiento Los gastos de mantenimiento así como las reformas o reparaciones necesarias para el funcionamiento del centro correrán a cargo del Ayuntamiento. Seguros La empresa adjudicataria deberá formalizar una póliza de seguro de continente y contenido del Centro, así como de accidentes y responsabilidad civil por daños que pudieran ocasionarse. Otros servicios En los casos que sea necesario o de urgencia, el Centro efectuará el traslado y acompañamiento de los residentes a Centros sanitarios, utilizando los medios y recursos del Sistema de Salud que corresponda y recabando la colaboración de los familiares o responsables en su caso. El traslado y acompañamiento en los casos de visitas médicas programadas corresponde a los familiares o responsables, y solo de manera subsidiaria al centro, en los casos de inexistencia de familia o imposibilidad de esta por motivos ineludibles y acreditados; en ambos casos, así como en el de ingreso hospitalario, los gastos de acompañamiento correrán a cargo del interesado, familia o representante legal. VI.- METODOLOGÍA DE INTERVENCIÓN La prestación de los servicios contemplados en este Pliego, se realizarán de acuerdo con una programación previamente establecida, debiendo revisarse con la periodicidad conveniente. Esta programación contará con la correspondiente asignación de recursos humanos y materiales, y se efectuará a diferentes niveles, debiendo existir, necesariamente, una coordinación entre ellos. Tanto dentro del Centro Ocupacional como del Centro de Día existirán los siguientes niveles de programación: a) Programación general del Centro, que hará referencia, entre otros aspectos, a los objetivos generales que han de conseguirse en el mismo, programación de actividades de carácter colectivo, coordinación de las distintas áreas de funcionamiento, optimización de los recursos humanos y materiales, horario de funcionamiento, sistemas de evaluación de los programas, etc... b) Programación por áreas o servicios, cada área debe contar con una programación específica donde se recojan los objetivos, actividades, técnicas y seguimiento de los usuarios.

9 Página 9 de 13 c) Programación Individual, cada usuario debe contar con un Programa Individual, en el que debe constar su evaluación inicial expresada en perfiles aptitudinales, los objetivos operativos a conseguir, las actividades a desarrollar, el tiempo que ha de permanecer en cada uno de los servicios del Centro, así como los sistemas de evaluación. En el caso de los usuarios susceptibles de integración laboral, deben aparecer los programas específicos de transición al empleo, realizando las evaluaciones pertinentes siempre que el equipo técnico lo considere oportuno. Estas programaciones, serán objeto de seguimiento, debiendo el adjudicatario remitir al Ayuntamiento cuantos datos o informes le sean requeridos al respecto. De cada usuario tanto, de Centro Ocupacional como Centro de día, deberá existir un expediente personal en el que constará toda la información sobre el programa de Atención que se siga con el usuario, así como las incidencias surgidas en su aplicación. Estos expedientes, cuyo contenido tendrá carácter confidencial, estarán a disposición del Ayuntamiento y de la Consejería, a fin de comprobar la atención prestada a los usuarios. El Centro y el personal que tenga relación directa o indirecta con la prestación a los usuarios de la atención prevista, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento, estando obligados a no hacer público o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo de vigencia del contrato. VII-RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DE LAS PLAZAS CONCERTADAS 1.- Requisitos: Podrán ser usuarios las personas de ambos sexos que reúnan los siguientes requisitos: Padecer discapacidad intelectual de carácter moderado para Centro Ocupacional, o de carácter profundo, con o sin trastornos asociados, discapacidad intelectual de carácter severo con trastornos asociados, para Centro de Día. Tener una edad comprendida entre los dieciocho y sesenta y cinco años, después de haber agotado los periodos educativos, incluidos la Formación Profesional adaptada y/o aprendizaje de tareas, o cualquier otra modalidad educativa reglada. Tener reconocida el Grado de dependencia y contar con el Programa Individual de Atención en el que se especifique el recurso asignado como modalidad de intervención más adecuada el Centro de Atención Diurna, y estar incluido en la Lista de Acceso Única. No podrán ser usuarios de dichas plazas las personas que padezcan enfermedad infecto-contagiosa en fase activa, ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en centro hospitalario.

10 Página 10 de Cobertura de las plazas y periodo de adaptación: El centro deberá aceptar a los usuarios designados por la Consejería para ocupar las plazas, existiendo un periodo de adaptación, constituido por los treinta días naturales siguientes al de su incorporación al mismo. Si durante dicho período se apreciasen circunstancias personales que impidan la atención del usuario en el centro, éste deberá ponerlo en conocimiento de la Consejería de Asuntos Sociales mediante informe razonado. El órgano competente de la Consejería adoptará la decisión que proceda, a la vista del precitado informe, y una vez oída la familia del interesado y la Comisión Mixta de Seguimiento. Transcurrido el período de adaptación, el usuario consolidará su derecho a la plaza ocupada, salvo que la concesión de la misma tenga carácter temporal, en cuyo caso dicha consolidación tendrá como límite el establecido en la Resolución de concesión. Se entiende por plaza ocupada la asignada a un usuario y ocupada por él. Se considera plaza reservada aquella que se encuentre vacante por causas no imputables al adjudicatario. También se considerará plaza reservada la ocupada por un usuario en caso de hospitalización por un periodo de tiempo superior a cinco días, o la ocupada por un usuario en caso de ausencia o vacaciones con sus familiares por períodos mínimos de cinco días y un máximo de treinta. El número máximo de días por usuario que darán derecho a reserva de plaza será de 60 al año, excepto por hospitalización y cursos de formación que no estará sujeto a límite máximo alguno. El adjudicatario, a fin de hacer sus previsiones económicas, organizar los servicios etc., deberá recabar anualmente de los usuarios o sus representantes legales y siempre por escrito, el compromiso de utilización o no de uno o ambos servicios complementarios, sin perjuicio de que ante un situación excepcional, el usuario, previa comunicación al centro, se vea obligado a actuar de forma diferente al compromiso adquirido 3.- Incidencias El Centro notificará a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, y al Ayuntamiento en el mismo día en que se produzcan, vía fax, las incidencias que surjan en la atención a los usuarios, su incorporación al centro, así como las altas y las bajas de los mismos. VIII. REGIMEN INTERIOR Los usuarios de las plazas concertadas vienen obligados a cumplir las normas de régimen interior establecido para ello. Los adjudicatarios presentarán dentro de los tres meses siguientes a la adjudicación del contrato el reglamento de régimen interior del Centro en que se encuentren las plazas concertadas. Corresponderá a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales la aplicación a las plazas concertadas de lo contemplado en la Ley 11/2002 de Ordenación de la Actividad y Mejora de la Calidad en la Prestación de Servicios Sociales, en todo lo relativo a derechos y deberes de los usuarios y régimen disciplinario.

11 Página 11 de 13 IX. REGIMEN ECONÓMICO El adjudicatario no podrá facturar a los usuarios cantidad adicional alguna por la prestación de los servicios básicos que en este proyecto se contemplan con cargo al mismo. Podrá facturar con cargo a los usuarios todos aquellos otros servicios y conceptos que en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas se contemplan explícitamente, así como aquellos otros no contemplados que puedan surgir en el plazo de ejecución del contrato, y previa conformidad de la familia o representante legal y autorización del Ayuntamiento. El importe precio plaza/día fijado en el contrato de adjudicación del Servicio será abonado al adjudicatario por mensualidades vencidas, previa presentación de facturas por las estancias causadas y, en su caso, las reservas de plaza, que serán conformadas por la Concejalía de Servicios Sociales. No procederá el abono del precio por plaza reservada cuando no esté ocupada por causas imputables al adjudicatario. En los casos de reserva de plaza el adjudicatario deberá consignar expresamente el motivo de la ausencia: enfermedad, vacaciones, cursos, etc.. X.- MEDIOS PERSONALES El adjudicatario del contrato deberá disponer los recursos humanos necesarios para la adecuada prestación de los servicios detallados en el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, y el, para articular la atención a personas en situación de dependencia con discapacidad intelectual moderada en Centro Ocupacional y discapacidad intelectual con gran dependencia en centro de día, en la adenda de modificación y prórroga para 2014 o en las posteriores que la sustituyan: Deberá tenerse en cuenta la subrogación obligatoria del personal existente en el momento de la adjudicación. El personal contratado en la fecha actual, con indicación de los tipos de contrato y antigüedad, se encuentra recogido en el Anexo I al presente Pliego. 1. Para el Centro Ocupacional: Psicólogo: Atención psicológica, con presencia de un psicólogo, durante al menos cinco horas semanales, por cada 15 usuarios o fracción menor. Preparador Laboral: un profesional a jornada completa por cada sesenta usuarios, con presencia de lunes a viernes, o la parte proporcional de jornada en el caso de fracción inferior a sesenta. Trabajador Social: Atención social, con presencia de Trabajador Social, durante al menos cinco horas semanales, por cada 30 usuarios o fracción menor. Encargado de Taller, Maestro de Taller, Profesor de Taller, Adjunto de Producción o categoría equivalente: un profesional a jornada completa para cada uno de los talleres formativos que se realicen, distribuidas diariamente de lunes a viernes. Técnico de Integración Social, Técnico Asistencial o Educador: un profesional a jornada completa por cada treinta usuarios, con presencia de lunes a viernes, o la parte proporcional de jornada en el caso de fracción inferior a treinta. Cuidadores o Técnico Socio-sanitario y/o Auxiliares de Clínica o Enfermería: un profesional a jornada completa por cada sesenta usuarios, o la parte proporcional de

12 Página 12 de 13 jornada en el caso de fracción inferior a sesenta, con presencia de lunes a viernes. En el supuesto de que no se alcanzaran sesenta usuarios, se garantizará, en cualquier caso, la presencia de, al menos, un profesional durante toda la jornada del Centro. 2. Para el Centro de día : El adjudicatario, como mínimo, contará con el siguiente personal, para 30 usuarios: Nº CATEGORÍA JORNADA 1 MÉDICO 2 horas al día 1 PSICÓLOGO Media 1 FISIOTERAPEUTA Media 1 TRABAJADOR SOCIAL Media 1 A.T.S/DUE Media 2 CUIDADORES 1 Completa y 1 Media Jornada 2 EDUCADORES 1 Completa y 1 Media Jornada 1 LIMPIADOR Media Respecto a la figura del Director se deberá cumplir con lo establecido en la Ley 11/2002 de 18 de diciembre, modificada por la Ley 8/2009 de 21 de diciembre. 3. En relación a todo el personal del centro 1. El personal contará con la adecuada preparación técnica, para la atención a las personas con discapacidad que ocupen las plazas objeto de este Convenio. 2. El adjudicatario mantendrá informado al Ayuntamiento de las modificaciones en la relación de personal dedicado a la atención de los usuarios. 3. El Ayuntamiento será totalmente ajeno a las relaciones laborales de los trabajadores del Centro. 4. En caso de incremento o disminución del número de plazas de la atención que constituye el objeto del contrato, el personal mínimo se incrementará o disminuirá, en su caso, de modo proporcional al número de plazas nuevas o eliminadas. 5. El adjudicatario prestará los servicios de cocina y transporte mediante personal propio o a través de una subcontratación, sólo autorizada para estos dos servicios. XI.-PREVISIONES EN CASO DE HUELGA

13 Página 13 de 13 En el caso de huelga legal, el adjudicatario deberá mantener puntualmente informado al Ayuntamiento sobre la incidencia de la misma en la prestación del Servicio. Se podrán practicar las deducciones que procedan del importe a facturar por el adjudicatario en el periodo afectado, en función del grado de incumplimiento y la repercusión en la normal prestación de aquel. XII.-COORDINACIÓN, CONTROL, SUPERVISIÓN E INFORMACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 1.-El adjudicatario designará un responsable del Servicio a su cargo, quien coordinará y supervisará su prestación. Dicho responsable recibirá y ejecutará las indicaciones que el Ayuntamiento estime oportuno impartir en relación con la prestación del Servicio y deberá tener atribuciones suficientes para adoptar, en su caso y al momento, las decisiones necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo. 2.-El adjudicatario viene obligado a informar al Ayuntamiento, a través del responsable citado en el punto anterior, sobre cualquier incidencia o modificación significativa que se produzca en el desarrollo y la prestación del servicio y a facilitar puntualmente cuanta información le sea requerida en relación con la misma, o relativa a la prestación de los servicios, personal, o de cualquier otro aspecto relacionado con la ejecución del contrato, En todo caso elaborará, en los dos primeros meses de cada ejercicio, una memoria anual sobre la prestación del mismo en el ejercicio inmediato anterior. 3.- Con el objeto de supervisar la correcta ejecución de las actuaciones objeto de este contrato, se constituirá una Comisión Mixta de seguimiento formada por un responsable del Ayuntamiento, otro de la empresa adjudicataria y el Director /a del Centro. 4.- Funciones del Comité de Seguimiento. Corresponderá al Comité: - La supervisión de la correcta ejecución del contrato y la propuesta, en su caso, de las modificaciones que convenga introducir. - El control sobre el cumplimiento de los compromisos establecidos en el contrato. - El análisis y resolución de las posibles incidencias que se produzcan a lo largo del contrato. - La propuesta de medidas dirigidas a la mejora de la calidad de la prestación. - Cuantas actuaciones sean necesarias para el correcto funcionamiento del servicio. Alcorcón, 11 de abril de 2014 La Coordinadora Fdo.: Emiliana Vicente González

1/25 ÍNDICE I.- OBJETO II.- DEFINICIÓN DEL SERVICIO. 1. Centro Ocupacional 2. Objetivos III.- RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN

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