Capacitación Socialización. Supervisión Evaluación. Monitoreo Control MSPAS DRPSA AG509/2001 1ER NIVEL 2DO NIVEL 3R NIVEL ENTES PRIVADOS

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2 ACREDITACIONES PROFESIONALES Y PMDSH 1ER NIVEL Capacitación Socialización PLANTAS DE TRATAMIENTO MSPAS DRPSA AG509/2001 ENTES PUBLICOS AREAS DE SALUD 2DO NIVEL Supervisión Evaluación 3R NIVEL Monitoreo Control ENTES PRIVADOS

3 Regulación Sanción por incumplimiento de norma Asistencia Técnica Evaluación, Monitoreo, Control Entes Privados Evaluación, Monitoreo y Control Entes Públicos

4 Creación de comités Clasificación y manejo adecuado Cumplimiento de normativa vigente Elaboración e implementación de PMDSH Ing. Ochaeta - Sep '08

5 Gestión de Desechos Sólidos Hospitalarios

6 COMITÉ PARA DSH Comité de vigilancia epidemiológica, control de infecciones nosocomiales, gestión ambiental y/o desechos sólidos hospitalarios Integración multidisciplinaria Personal médico Personal de enfermería Personal operativo Personal técnico Personal administrativo

7 ACCIONES DEL COMITÉ DE DSH Capacitar en forma continua al personal del hospital respecto al manejo adecuado de DSH, normas de bioseguridad y control de infecciones nosocomiales. Velar por el adecuado cumplimiento de la norma en las instalaciones del ente generador Velar por la existencia de insumos y sistema de tratamiento, necesarios para dar cumplimiento a la norma.

8 Manejo de Desechos Sólidos Hospitalarios

9 FUNDAMENTO LEGAL Ley Const. Constitución Política de la República de Guatemala Ley Orgánica Código de Salud Ley de Protección y Mejoramiento del Ambiente Ley Ordinaria Reglamento Interno del MSPAS DGRPS DRPSA AG Normativos Acuerdos Ministeriales para acreditación de profesionales, de PMDSH y licencias de operación. Otras regulaciones Protocolos Manuales Normas internas del ente generador Ing. Ochaeta - Sep '08

10 CLASIFICACIÓN DE DSH DSH COMUNES PELIGROSOS ESPECIALES BIOINFECCIOSOS FARMACEUTICOS INFECCIOSOS QUIMICOS PATOLÓGICOS PUNZOCORTANTES Ing. Ochaeta - Sep '08

11 Rotulación y Señalización

12 ACUMULACION Los contenedores (bolsas, cajas, galones o contenedores rígidos), una vez llenos a dos tercios de su capacidad, se cierran, sellan, etiquetan y colocan en un lugar apropiado, dentro del servicio, en espera de su recolección. Luego, se colocan contenedores y bolsas nuevos en su lugar.

13 RECOLECCION Una persona de intendencia, limpieza o servicios varios estará a cargo de pasar, en un horario establecido, a recoger los contenedores en el punto de acumulación. Esta persona deberá contar con el equipo y vestimenta adecuados conforme normas de bioseguridad.

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15 CENTRO DE ACOPIO Cuartos separados para desecho comun y desecho peligroso Señalización adecuada Facilidad de acceso Puertas metálicas Iluminación Chorro para lavado y drenaje Aristas internas redondeadas y piso liso e impermeable Techo Ventilación natural

16 RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO Existen diversos sistemas de tratamiento, entre los cuales los más recomendados son: Incineración desechos bioinfecciosos Desinfección combinada (autoclave y trituración) desechos punzocortantes Trituración desechos especiales Enterramiento (disposición final) desechos comunes

17 Responsabilidades derivadas del marco legal

18 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Debe dictar las normas técnicas que regulen el etiquetado, embalaje y disposición final de los desechos radiactivos en general, particularmente los considerados como de nivel medio o alto.

19 DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA SALUD Y AMBIENTE Establece los mecanismos de control, coordinación y regulación de las disposiciones del reglamento (AG ). Para el efecto, realiza en cualquier tiempo las inspecciones necesarias a los entes generadores para establecer su eficaz cumplimiento, aplicando las sanciones correspondientes. (Art. 4 y 7) Acredita a profesionales especializados para asistir a los entes generadores y las empresas de disposición. (Art. 6)

20 Certifica el Plan de Manejo de Desechos Sólidos Hospitalarios (PMDSH) de los entes generadores; y de la misma forma, cancela temporalmente el Certificado otorgado, cuando los entes incumplen con el manejo adecuado de los desechos de conformidad con el plan aprobado. (Art. 7)

21 Inspecciona a los entes generadores con el objeto de constatar el funcionamiento del PMDSH, previo a extender la emisión del Certificado. (Art. 7) Diseña el procedimiento y lleva un registro de los entes generadores a los que se ha otorgado Certificado PMDSH. (Art.7)

22 Autoriza sistemas de tratamiento y disposición final de desechos sólidos hospitalarios que garanticen que los mismos no impacten negativamente en la salud y ambiente, mediante la emisión de normas técnicas. (Art. 8 y 9)

23 Aprobar el Plan de Disposición de Desechos Sólidos Hospitalarios (PDDSH), transporte, incineración, que elaboren los entes generadores. (Art. 9) Emitir Licencia de Operación (LO) a las empresas de disposición. (Art. 10/b) Prorrogar la vigencia de la LO a las empresas de disposición; para el efecto, deberá inspeccionar el cumplimientos de las disposiciones técnicas y reglamentarias. (Art.10/b)

24 Aprueba cualquier dispositivo de cierre hermético para almacenar desechos infecciosos, desechos hospitalarios especiales y desechos hospitalarios comunes. (Art. 16/a, b y c.) Emite dictamen sobre la localización del almacén temporal interno que debe existir en todo ente generador. (Art. 24.) Emite dictamen a la planificación de manejo conjunto de desechos que presentan dos o más entes generadores. (Art. 28) Impone las multas correspondientes por infracción a las disposiciones establecidas en la literal a) sub-incisos a.1), a.2), a.3), a.4) y a.6). Art. 42

25 DIRECCIONES DE AREAS DE SALUD Ejecuta y vigila el estricto cumplimiento de las disposiciones del reglamento. (Art. 4) Como representante del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, le corresponde asistir técnicamente a los hospitales públicos, distritos municipales de salud y otros niveles de atención para el establecimiento de la infraestructura sanitaria relacionada con los procesos de manejo de desechos hospitalarios, con el apoyo técnico y legal del Departamento de Regulación de los Programas de la Salud y Ambiente (DRPSA). (Art. 5)

26 ENTES GENERADORES Contar con la asistencia técnica de un profesional especializado, calificado y acreditado por el DRPSA. (Art. 6). Presentar PMDSH ante el DRPSA para su aprobación, el cual debe renovarlo cada dos años. (Art. 7). Velar por el manejo adecuado de los desechos de conformidad con el PMDSH aprobado. (Art. 7).

27 Adquirir, instalar y mantener individual o conjuntamente, incineradores para la disposición final de los desechos o contratar los servicios de una empresa de disposición autorizada por el DRPSA. (Art. 8 y 9). Elaborar un plan de disposición de desechos, transporte, lugar de incineración, el cual debe contar con aprobación del DRPSA y dictamen favorable del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. (Art. 9)

28 Capacitar al personal médico, paramédico, administrativo, personal de servicios varios o temporal, en materia de la correcta separación de los desechos, conforme la clasificación contenida en el artículo 3 del reglamento. (Art. 14) Separar todos los desechos generados en recipientes debidamente identificados y de fácil manejo. (Art. 14) Disponer un área para depósito temporal o centro de acopio de los desechos que produzcan. (Art. 19)

29 EMPRESAS DE DISPOSICIÓN Contar con la asistencia técnica de un profesional especializado, calificado y acreditado por el DRPSA. (Art. 6) Contar con aprobación del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental. (Art. 10) Contar con la Licencia de operación expedida por el DRPSA (Art. 10)

30 Contar con la infraestructura y el equipo especificado en el artículo 11 del reglamento. Mantener un registro de los resultados de las mediciones de los gases liberados al ambiente por los incineradores. (Art. 36/b) Asegurar el acceso restringido al área para la disposición de los desechos hospitalarios a personas ajenas al proceso. (Art. 29 y 30)

31 MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Aprobar el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de las empresas de disposición. (Art. 10) Emitir dictamen al entes generadores del instrumento ambiental que corresponda Modificar de manera consensuada con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social los niveles máximos permisibles de las emisiones al ambiente generados por los incineradores. (Art. 31)

32 Requerimientos derivados del Reglamento para DSH

33 REGLAMENTO PARA MANEJO DE DSH Acuerdo Gubernativo Fue publicado por el MSPAS en Diciembre del año 2001 Responde al artículo 106 del Decreto Código de Salud Responde al artículo 39 inciso (c) del Decreto Ley del organismo ejecutivo Nombre: Reglamento para el manejo de desechos sólidos hospitalarios

34 Contenido del Reglamento Acciones de Gestión Que son los DSH Acciones de Acreditación Cómo se clasifican los DSH Acciones de Tratamiento y Disposición Cómo se manejan los DSH

35 Contenido del Reglamento Capítulo I Disposiciones generales Artículo 3 definiciones Artículo 4 y 5 responsabiliza a las áreas de salud de la asistencia técnica y acciones de supervisión Artículo 6 obliga a todo ente generador a contar con un profesional acreditado por el DRPSA (Departamento de Regulación de los Programas de la Salud y el Ambiente del MSPAS) Artículo 7 obliga la elaboración de un Plan de Manejo acreditado por el DRPSA por un profesional acreditado en cada ente generador.

36 Contenido del Reglamento Capítulo II De la gestión y servicios Capítulo III De la separación y embalaje Capítulo IV Transporte interno, externo y disposición final (Obliga a contar con un sistema de tratamiento de DSH adecuado y aprobado) Capítulo VI Especificaciones técnicas para incineradores y rellenos sanitarios Capítulo VII Infracciones y sanciones

37 Qué evalúa el MARN en instituciones de salud? Existencia de un instrumento ambiental aprobado por el MARN (Estudio de impacto ambiental o Diagnóstico Ambiental) Cumplimiento de acuerdo gubernativo sobre manejo de aguas residuales Aplicación de acciones de mitigación y contingencia que prevengan la contaminación ambiental que genera la institución.

38 Qué evalúa la CGC? Cumplimiento apegado a la normativa ambiental vigente (instituciones que manejan fondos del Estado): Código de salud Reglamento de manejo de DSH Reglamento de manejo de aguas residuales Ley de protección y mejoramiento del ambiente Leyes y reglamentos sobre manejo de radiactivos En base a hallazgos se aplica SANCION a persona responsable de la institución.

39 Qué evalúa el MSPAS / DSH? El MSPAS regula a través del Departamento de Regulación de los Programas de la Salud y el Ambiente DRPSA y el Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud DRACES el cumplimiento del Acuerdo y la existencia de un Plan de Manejo Acreditado en el DRPSA, elaborado por un consultor autorizado. El cumplimiento de los requerimientos de gestión ambiental relacionados a Establecimientos de Salud.

40 Qué es un Plan de Manejo de DSH? Documento que al ser aprobado tiene validez de dos años, en el que se especifica información del ente generador y se establecen actividades con responsabilidades definidas, en cuanto al cumplimiento de las etapas de manejo de DSH que el Reglamento especifica. Da a conocer el estatus del ente generador respecto al manejo de DSH y cumplimiento de norma.

41 Qué instituciones están obligadas a contar con un Plan de manejo? Toda institución que preste servicios de salud y por tanto genere desechos hospitalarios, tanto de origen humano como animal. Toda institución que preste servicios de salud deberá presentar la acreditación del plan al solicitar la licencia sanitaria correspondiente en DRACES.

42 Quién elabora el Plan? Un profesional debidamente acreditado por el DRPSA. El listado de profesionales acreditados y requisitos para presentar el plan de manejo se puede obtener en oficinas del Departamento de Regulación de los Programas de la Salud y Ambiente DRPSA ubicado en: 2av zona 10, Guatemala ciudad Teléfonos: /

43 Procedimiento para elaboración del Plan SOLICITUD DE PLAN DE MANEJO DE DSH Contacto con consultor acreditado Preparación de papelería ASISTENCIA TÉCNICA POR PARTE DEL CONSULTOR Visita técnica de evaluación a ente generador Recomendaciones a implementar ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO Visita técnica del DRPSA al ente generador Si aprueba se emite certificado, de lo contrario se emiten recomendaciones y se regresa al paso anterior

44 Qué debe tener el Ente Generador para poder presentar PMDSH? COMITÉ CONFORMADO Y ACTIVO Listado de miembros que conforman el comité Plan de actividades y constancias de capacitación Croquis de Ente Generador con ruta de tren de aseo interno PAPELERIA DEL ENTE GENERADOR EN ORDEN Papelería legal completa autenticada Dictamen del MARN aprobado de instrumento ambiental correspondiente Certificado de Sistema de Tratamiento contratado MANEJO ADECUADO DE DSH Bolsa roja, negra, blanca y contenedor rígido ubicado adecuadamente Rotulación adecuada por tipo de desecho y señalización de tren de aseo Centro de Acopio (según art. 19 AG )

45 Resumen de requisitos para el cumplimiento de la norma

46 GESTIÓN Conjunto de actividades ADMINISTRATIVAS de planificación, coordinación, organización, diseño, aplicación y evaluación de políticas, estrategias, planes y programas de acción que generan un manejo adecuado de DSH. MANEJO Conjunto de actividades TÉCNICO-OPERATIVAS que consisten en la segregación, señalización, rotulación, transporte interno, almacenamiento, transporte externo, tratamiento y disposición final de DSH.

47 Gestión Manejo Comité integrado Señalización y Rotulación adecuada Instrumentos de autoevaluación y programa de monitoreo interno Programa de Capacitación Continua Profesional acreditado como parte del comité o externo al ente generador Equipo de Bioseguridad Insumos: Contenedor para punzocortantes, bolsa negra, roja y blanca Carros recolectores adecuados Plan de Manejo de DSH certificado Acopio temporal y Acopio General (según infraestructura) Normas de Bioseguridad Sistema de tratamiento y disposición final adecuado (Propio o Contratado)

48 MANEJO ADECUADO DE DSH Apoyo continuo de autoridades y directivos del ente generador Gestión adecuada y actitud positiva Cumplimiento de la ley

49 Producción y situación actual en DSH

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