CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL. LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente. Radicación No Acta No.
|
|
- Nicolás Moya Quintana
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 República de Colombia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente Radicación No Acta No. 03 (2011). Bogotá D.C., ocho (8) de febrero de dos mil once Se procede a resolver la impugnación presentada por LUZ DAICY MUÑOZ CORREA, mediante apoderado judicial, contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la el 25 de noviembre de 2010, dentro de la acción de tutela que la recurrente instauró contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, al que fue vinculado el JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad. I. ANTECEDENTES 1
2 La accionante presentó el amparo porque considera vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, aplicación de la ley sustancial y tutela judicial efectiva, en la providencia proferida el 18 de agosto de 2010 por la autoridad judicial accionada dentro del proceso de restitución de inmueble arrendado que le inició Leasing Banco de Colombia S.A., al incurrir ésta en falta de apreciación objetiva del material probatorio ( ) y violación del deber legal de proteger la Ley sustancial artículos 29 y 229 de la Constitución Política de Colombia. Pide en consecuencia, se ordene al accionado revoque la decisión cuestionada. Afirmó que ante su incumplimiento en el pago del canon de arrendamiento del contrato de Leasing Financiero que celebraron las partes, Leasing Banco de Colombia S.A. promovió el proceso antes señalado, con la finalidad de la recuperación del bien inmueble objeto de dicho acuerdo, sin embargo, paralelamente inició proceso ejecutivo con identidad de sujetos para hacer efectiva la totalidad del contrato de Leasing premencionado ante el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de de esta ciudad. Adujo que el Juzgado Noveno Civil de Circuito de Bogotá dictó sentencia el 8 de febrero de 2010 que declaró terminado el contrato de arrendamiento plurimencionado y ordenó la restitución del inmueble. Inconforme con la decisión, la demandada presentó recurso de alzada y el Tribunal tras haber solicitado las copias del proceso ejecutivo 2
3 que se adelanta ante el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito, el 18 de agosto de 2010 confirmó la decisión del a quo. Indicó que la providencia cuestionada violó normas del derecho sustancial cuando avala que el Leasing Colombia S.A. pueda iniciar dos acciones civiles entre las mismas partes y por los mismos hechos comerciales basados en el contrato de arrendamiento financiero. II. TRÁMITE Mediante proveído del 12 de noviembre de 2010, la Sala de Casación Civil de la avocó el conocimiento de la acción de tutela y ordenó notificar al Despacho judicial accionado y a las partes e intervinientes involucrados en el proceso de restitución de inmueble cuestionado, y vincular al Juzgado Noveno Civil del Circuito de Bogotá, para que hicieran uso del derecho de defensa. Dentro del término de traslado, el Despacho judicial vinculado hizo un recuento de la actuación procesal y pidió declarar improcedente la presente acción de tutela, toda vez que no se ha vulnerado derecho fundamental alguno de la accionante, pues la decisión cuestionada está edificada en los medios probatorios allegados al proceso y las normas que gobiernan el caso objeto de estudio. III. EL FALLO IMPUGNADO 3
4 La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia de 25 de noviembre de 2010, resolvió negar por improcedente la acción de tutela impetrada al considerar que las decisiones adoptadas por los jueces de instancia encuentran asidero, sin que se vislumbre el quebrantamiento al derecho fundamental alegado. IV. LA IMPUGNACIÓN La actora impugnó la anterior decisión, para lo cual manifestó que la Sala Civil de la ( ), cae en el mismo yerro del Tribunal, al asimilar el convenio de Leasing al contrato de arrendamiento general y darle las mismas condiciones jurídicas, cuando en realidad son completamente diferentes, tanto en su origen, elementos y condiciones, que llevan a que los resultados jurídicos sean en muchas ocasiones opuestos. V. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Reiteradamente ha sostenido la jurisprudencia de la Sala que al juez constitucional le está vedado injerirse en asuntos del exclusivo resorte de los jueces naturales, para examinar el juicio hermenéutico que sobre las normas hagan los mismos, y mucho menos para acoger la que estime más plausible entre las diferentes interpretaciones posibles, por cuanto mal puede intervenir en las 4
5 funciones asignadas por la Constitución y por el legislador al funcionario de conocimiento. En efecto, la Sala de Casación Civil de esta Corporación, luego de precisar el asunto que debía resolver, y tras valorar las pruebas recaudadas, denegó el amparo impetrado al considerar que las providencias cuestionadas están cimentadas bajo los supuestos jurídicos que se encuadran en la situación fáctica presentada; igualmente argumento que lo pretendido en el presente amparo se identifica con lo ya dilucidado en las instancias por los jueces naturales. Analizada la sentencia censurada, considera la Sala que en el presente caso el Tribunal accionado no vulneró los derechos fundamentales invocados por la accionante, toda vez que su decisión está soportada en las pruebas y en la interpretación de las normas que gobiernan el asunto sometido a su consideración frente a la situación fáctica que razonablemente dilucidó, al considerar que la obligación de restituir el inmueble por incumplimiento de la obligación de pagar los cánones mensuales de arrendamiento en nada se opone a la obligación de pagar las sumas que correspondan en virtud a esos cánones; obligaciones que no obstante tener un origen común habrán de coexistir en lo que no se opongan, tal como lo previene el inciso 2º del artículo Así las cosas, habrá de confirmarse el fallo impugnado, pues las razones expuestas en la impugnación, no resultan viables para proceder de una manera distinta. 5
6 En mérito de lo expuesto, la, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE PRIMERO.- CONFIRMAR el fallo de tutela impugnado. SEGUNDO.- NOTIFICAR a los interesados telegráficamente o por cualquier otro medio expedito. TERCERO.- REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Notifíquese y cúmplase. LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN 6
7 GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Aunque comparto la decisión adoptada, debo aclarar que en mi opinión la acción de tutela no procede contra providencias judiciales, en virtud de los principios de autonomía e independencia de los jueces, columna vertebral de todo Estado de Derecho, tal como durante mucho tiempo y de manera pacífica y reiterada lo consideró esta Sala de la Corte Suprema de Justicia, con apoyo en varios argumentos jurídicos sólidos que mantienen plena vigencia. Para no abundar en esas serias razones, suficientemente conocidas y que ahora no son compartidas por la mayoría, estimo suficiente remitirme a lo que argumentó la Sala en fallo del 29 de octubre de 1998: Conforme lo ha dicho en múltiples ocasiones esta Sala de la Corte Suprema de Justicia, la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 11, 12 y 40 del Decreto 2591 de 1991, en los cuales se permitía el ejercicio de la acción de tutela contra providencias judiciales, retiró de nuestro ordenamiento jurídico el único aparente fundamento que existía para la 7
8 procedencia de dicha acción contra cualquier providencia que en desarrollo de un proceso o actuación judicial se profiera. Como la misma Constitución Nacional establece en su artículo 243 que los fallos que la Corte Constitucional dicta en ejercicio del control jurisdiccional "hacen tránsito a cosa juzgada constitucional", disponiendo igualmente que "ninguna autoridad podrá reproducir el contenido material del acto jurídico declarado inexequible por razones de fondo, mientras subsistan en la Carta las disposiciones que sirvieron para hacer la confrontación entre la norma ordinaria y la Constitución", se cae de su peso, o por lo menos así lo considera esta Sala de la, que mientras no sean modificados los artículos 1º, 228, 229 y 230 de la Constitución en vigor, no es posible "reproducir el contenido material del acto jurídico declarado inexequible por razones de fondo", vale decir, el contenido material de los artículos 11, 12 y 40 del Decreto 2591 de 1991, ni tampoco soslayar el efecto de cosa juzgada constitucional del fallo de la Corte Constitucional mediante el expediente de calificar la sentencia o la providencia judicial que le pone fin al proceso, de ser algo distinto a lo que por su naturaleza, forma y contenido son dichas actuaciones judiciales. Con el acostumbrado respeto, Fecha ut supra. GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA 8
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Bogotá D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil once (2011). Tutela 26840 CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE Magistrado Ponente Acta No. 32 Procede la Corte
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE PEREIRA SALA PENAL. Magistrada Ponente: Aprobado Acta No. 108 TUTELA DE SEGUNDA INSTANCIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE PEREIRA SALA PENAL Magistrada Ponente: MARÍA CONSUELO RINCÓN JARAMILLO Aprobado Acta No. 108 TUTELA DE SEGUNDA INSTANCIA Pereira, veinticinco (25) de febrero
Más detallesCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL
Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Radicación No. 25281 Acta No. 30 Bogotá D.C., cuatro (4) de agosto de dos mil
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA LABORAL ACCIÓN DE TUTELA MAGISTRADO PONENTE: JULIO CÉSAR SALAZAR MUÑOZ
2013-00539-00 Providencia: Sentencia del 18 de diciembre de 2013 Radicación Nro. : 66001-31-05-005-2013-00539-01 Accionante: Lyda Natalia Duque Murierl Accionado: Unidad de Atención y Reparación Integral
Más detallesACCIÓN DE TUTELA/Hecho superado/la CNSC resolvió reclamación en su web por medio de aplicativo.
ACCIÓN DE TUTELA/Hecho superado/la CNSC resolvió reclamación en su web por medio de aplicativo. En ese orden de ideas, si bien es cierto se demostró que para la época en que se instauró la presente acción,
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA LABORAL ACCIÓN DE TUTELA MAGISTRADO PONENTE: JULIO CÉSAR SALAZAR MUÑOZ
2015-00133-00 Providencia: Sentencia del 13 de mayo de 2015 Radicación Nro. : 66001-31-05-003-2015-00133-01 Accionante: Alvaro Arturo Sánchez Escalante Accionado: Colpensiones Proceso: Acción de Tutela
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL CAUCA
ACCIÓN DE TUTELA/ Derecho de petición/hecho superado/verificación del Juez por vía telefónica respecto de la respuesta de la Entidad tutelada, en virtud de la informalidad de la tutela. En ese orden de
Más detallesDECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Aplicación/CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Autoridad pública del orden nacional
Auto 301/02 DECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Aplicación/CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Autoridad pública del orden nacional Referencia: ICC-589. Conflicto de Competencia suscitado entre
Más detallesFUENTE FORMAL: LEY 1437 DE ARTICULO 103 / COGIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTICULO 318
AUTO QUE DECLARA PROBADA EXCEPCION PREVIA DE INEPTA DEMANDA - Es apelable y aunque en su contra se interponga por error otro recurso, a este se le debe imprimir el trámite pertinente para garantizar el
Más detallesCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL. Magistrado Ponente: William Namén Vargas
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: William Namén Vargas Bogotá, D. C., cinco (5) de noviembre de dos mil ocho (2008) Discutida y aprobada en Sala de veintinueve (29) de
Más detallesBogotá, D.C., dos (2) de febrero de dos mil doce (2012).
Auto 016/12 Referencia: Recurso de súplica contra la decisión adoptada en la sentencia T-802 de 2011 (Expediente T-3101570). Acción de tutela instaurada por María Neiffe Ayala de Montaño contra la Caja
Más detallesCorte Suprema de Justicia
República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Magistrado Ponente SL12453-2015 Radicación No. 46464 Fallo de Instancia Acta
Más detallesDECRETO 1382 DE (julio 12) Diario Oficial No , del 14 de julio de 2000 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
DECRETO 1382 DE 2000 (julio 12) Diario Oficial No. 44.082, del 14 de julio de 2000 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Por el cual establecen reglas para el reparto de la acción de tutela. Resumen de
Más detallesDECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Aplicación
Auto 117B/02 DECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Aplicación Referencia: expediente ICC- 415 Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 4 Penal del Circuito de Neiva y el Tribunal Contencioso
Más detallesTUTELA/Improcedencia de la acción/ Para buscar que el Gobierno Nacional, reglamente el pago de los gastos de urgencias a cargo del FOSYGA.
TUTELA/Improcedencia de la acción/ Para buscar que el Gobierno Nacional, reglamente el pago de los gastos de urgencias a cargo del FOSYGA. La Sala considera que las pretensiones de la parte actora, no
Más detallesDemandas vigentes contra Artesanías de Colombia S.A. Segundo trimestre año 2015
Demandas vigentes contra Artesanías de Colombia S.A. Segundo trimestre año 2015 Proceso Demandante Estado en que se encuentra Proceso Jairo Peña La sentencia de Ordinario Robles CASACIÓN Laboral * quedó
Más detallesDECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Aplicación
Auto 149/02 DECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Aplicación Referencia: expediente ICC - 451 Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 18
Más detallesMEDIO DE CONTROL REPARACION DIRECTA/AUTO SEGUNDA INSTANCIA/
MEDIO DE CONTROL // Apelación de auto que rechazó la adición de la demanda/los autos apelables son taxativos en la Ley 1437/También lo son los que se encuentran en normas especiales, según el Consejo de
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., marzo seis (06) de dos mil ocho (2008) MAGISTRADO PONENTE : RICARDO ZOPÓ MÉNDEZ RADICADO : CLASE DE PROCESO : ORDINARIO DEMANDANTE : JORGE
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL
REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL Providencia: Auto de segunda instancia, 14 de noviembre de 2014 Radicación No: 66001-31-05-005-2013-00009-01
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA LABORAL
Providencia: Sentencia del 7 de junio de 2013 Radicación No.: 66001-31-05-002-2012-00226-01 Proceso: Ordinario laboral Demandado: Instituto de Seguros Sociales ahora Colpensiones Juzgado de Origen: Segundo
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL
REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL Radicación No: 66001-22-05-001-2011-00077-00 Referencia: Providencia: Tema a tratar: Acción de Tutela de
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA LABORAL AUTO INTERLOCUTORIO
Providencia : Auto del 20 de enero de 2015 Radicación No. : 66001-31-05-003-2009-00957-01 Proceso : Ejecutivo Laboral Demandantes : JOSÉ ORLANDO RODRÍGUEZ CALDERÓN Demandada : COLPENSIONES. Magistrada
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA
1 TUTELA/ Pensión de invalidez/procedencia/ Vulneración del debido proceso administrativo por parte del Grupo de Prestaciones Sociales del Ministerio de Defensa. Revisado el expediente y las pruebas allegadas
Más detallesCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL. Magistrado Ponente: Dr. JORGE SANTOS BALLESTEROS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Magistrado Ponente: Dr. JORGE SANTOS BALLESTEROS Bogotá D. C., diecinueve (19) de octubre de dos mil (2000).- Ref.: Expediente No. 110010203000-2000-0174-00
Más detallesCorte Suprema de Justicia
República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA Magistrado ponente AC1991-2016 Radicación n. 11001-02-03-000-2016-00639-00
Más detallesNOTIFICACION DE TERCERO CON INTERES LEGITIMO EN TUTELA NULIDAD POR FALTA DE NOTIFICACIÓN DE TERCERO CON INTERES LEGITIMO EN TUTELA
Auto 007/02 NOTIFICACION DE TERCERO CON INTERES LEGITIMO EN TUTELA NULIDAD POR FALTA DE NOTIFICACIÓN DE TERCERO CON INTERES LEGITIMO EN TUTELA Referencia: expediente T-510126 Acción de tutela instaurada
Más detallesACCION DE TUTELA CONTRA CORTE CONSTITUCIONAL- Incompetencia para conocer, tramitar y decidir
AUTO 055/11 ACCION DE TUTELA CONTRA CORTE CONSTITUCIONAL- Incompetencia para conocer, tramitar y decidir CORTE CONSTITUCIONAL-Eventual revisión de fallos de tutela/corte CONSTITUCIONAL-Puede decidir únicamente
Más detallesCONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA/ NULIDAD POR APLICACION DE DECRETO QUE ESTABLECE REGLAS DE COMPETENCIA PARA REPARTO DE LA ACCION DE TUTELA
Auto 140/01 CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA/ NULIDAD POR APLICACION DE DECRETO QUE ESTABLECE REGLAS DE COMPETENCIA PARA REPARTO DE LA ACCION DE TUTELA Referencia: expedientes Nos. T-415355 y T-415357
Más detallesACCIÓN DE TUTELA/ Derecho de petición/ Dirección de Sanidad del Ejército/Renuencia para expedir órdenes de apoyo.
ACCIÓN DE / Derecho de petición/ Dirección de Sanidad del Ejército/Renuencia para expedir órdenes de apoyo. Resulta evidente para la Corporación, que la DIRECCION DE SANIDAD - EJERCITO NACIONAL, ha sido
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL CAUCA
TUTELA/ Debido proceso/la circunstancia de que en el acto administrativo no se hayan relacionado los recursos pertinentes no obstaculiza el acceso a la vía judicial. Encuentra la Sala que el acto administrativo
Más detallesFUENTE FORMAL: LEY 1437 DE ARTICULO 243 NUMERAL 3 / LEY 446 DE ARTICULO 73 / CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 31 CONSEJO DE ESTADO
AUTO QUE IMPRUEBA UNA CONCILIACION PREJUDICIAL, JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL - No es susceptible de apelación. Ley 1437 de 2011 / AUTO QUE IMPRUEBA UNA CONCILIACION PREJUDICIAL, JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL -
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA. Popayán, diecinueve (19) de noviembre de dos mil doce (2.
AUTO DE RECHAZO/ Acción de cumplimiento/la acción de cumplimiento no fue establecida para disponer el cumplimiento de normas con fuerza material de ley o actos administrativos por parte de los operadores
Más detallesPor el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991 (Acción de Tutela)
DECRETO 306 DE 1992 (febrero 19) Diario Oficial No. 40.344, del 19 de febrero de 1993 MINISTERIO DE GOBIERNO Por el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991 (Acción de Tutela) Resumen de NOTA DE VIGENCIA:
Más detallesDetalle de Proceso. Cuantía de la Pretensión. Entidades Afectadas. Pretensiones. Actores. Actos Demandados
Detalle de Proceso No. Proceso 2006-01099 ID 225308 Proceso Tipo Proceso en Contra - Activo ORDINARIO LABORAL Despachos Competentes Inicial: Actual: Fechas Inicio: 2007-02-23 Último Estado: 2016-12-16
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. TRIBUNAL SUPERIOR del DISTRITO JUDICIAL de CUNDINAMARCA SALA CIVIL-FAMILIA-AGRARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR del DISTRITO JUDICIAL de CUNDINAMARCA SALA CIVIL-FAMILIA-AGRARIA MAGISTRADO PONENTE : LUIS ERNESTO VARGAS SILVA RADICACION : 2006-056-02 PROCESO : TUTELA DE SEGUNDA
Más detallesTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA SALA PRIMERA DE ORALIDAD MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ
26 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA SALA PRIMERA DE ORALIDAD MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Medellín, once (11) de julio de dos mil dieciséis (2016). REFERENCIA: DEMANDANTE: DEMANDADO:
Más detallesACCIÓN DE TUTELA/Cosa juzgada Constitucional/ el Juez no puede nuevamente resolver sobre el mismo punto de derecho.
ACCIÓN DE TUTELA/Cosa juzgada Constitucional/ el Juez no puede nuevamente resolver sobre el mismo punto de derecho. ( ) en el presente asunto, habida cuenta que el actor, con idénticas pretensiones interpuso
Más detallesFUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 ARTICULO 102 / LEY 1437 DE 2011 ARTICULO 270 / LEY 1437 DE 2011 ARTICULO 271 CONSEJO DE ESTADO
EXTENSION DE JURISPRUDENCIA Tiene como finalidad garantizar que la administración aplique de manera uniforme la ley en los términos en que fue interpretada por la jurisprudencia de unificación / EXTENSION
Más detallesDECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA DE TUTELA-Aplicación
Auto 133A/02 DECRETO REGLAMENTARIO DE COMPETENCIA DE TUTELA-Aplicación Referencia: expediente I.C.C.-412 Conflicto de competencia entre el Juzgado Doce Civil Municipal de Bogotá y el Consejo Superior de
Más detallesFUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTICULO 343 / LEY 446 DE ARTICULO 13
DESISTIMIENTO DE RECURSO - No requiere presentación personal porque no implica disposición del derecho en litigio / DESISTIMIENTO DE RECURSOS - Hace parte de las actuaciones propias del apoderado, por
Más detallesCorte Suprema de Justicia de la República Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente AUTO CALIFICATORIO DEL RECURSO CASACIÓN LABORAL Nº
Lima, nueve de marzo del dos mil once.- VISTOS; y CONSIDERANDO: Primero.- Es materia de pronunciamiento el recurso de casación interpuesto por doña María Esmeralda Castillo La Torre de Ruiz, mediante escrito
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA. Magistrado ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BÁRCENAS
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Magistrado ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BÁRCENAS Bogotá, 12 de octubre de 2016 Ref.: Expediente N : 11001-03-15-000-2016-02328-00
Más detallesMartha Lucía Lasso Pérez Vs Colpensiones Rad
Providencia: Sentencia del 26 de febrero de 2014 Radicación Nro. : 66001-31-05-001-2012-00799-01 Proceso: ORDINARIO LABORAL Demandante: Martha Lucía Lasso Pérez Demandado: Colpensiones Juzgado de Origen:
Más detallesPereira, veintiséis de marzo de dos mil quince
Providencia: Auto de 26 de marzo de 2014 Radicación Nro. 66001-31-05-003-2010-01254-01 Proceso: Ejecutivo Laboral Demandante: Francisco Javier Zapata Cuartas Demandado: Colpensiones Juzgado de origen:
Más detallesIMPUGNACION FALLO DE TUTELA-No requiere sustentación/recurso DE APELACION EN TUTELA-No puede declararse desierto
Auto 033/00 IMPUGNACION FALLO DE TUTELA-No requiere sustentación/recurso DE APELACION EN TUTELA-No puede declararse desierto Declarar desierto el recurso de apelación presentado por la entidad demandada,
Más detallesTUTELA/ Derecho de petición/ La respuesta de la Entidad se suministró con fecha posterior al fallo de primera instancia /Confirma decisión del a quo.
TUTELA/ Derecho de petición/ La respuesta de la Entidad se suministró con fecha posterior al fallo de primera instancia /Confirma decisión del a quo. De lo antedicho, considera la Sala que la Juez que
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA. Consejero ponente: JUAN ANGEL PALACIO HINCAPIE
PROCESO DE UNICA INSTANCIA - En materia tributaria para el año de 1999 eran aquellos que no superaban los $ 4 320.000 / RECURSO DE APELACION - No procede cuando la cuantía no alcanza a la establecida para
Más detallesCONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Superior jerárquico común
Auto 002/00 CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Superior jerárquico común Los conflictos de competencia que se susciten, ya sea entre los juzgados o entre estos y los tribunales, en materia de tutela, tanto
Más detallesse encontraba ejecutoriada por el ministerio de la ley, sin embargo se concedió el recurso de0l
Corte Constitucional del ecuador Caso N 1625-16-EP Juez ponente: Abogado Francisco Butiñá Martínez CORTE CONSTITUCIONAL.- SALA DE ADMISIÓN.- Quito, 11 de octubre de 2016, las 11:34.- Vistos.- De conformidad
Más detallesBogotá, D.C., veintinueve (29) de febrero de dos mil doce (2012).
Auto 040/12 Referencia: expedientes ICC-1786 Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Garantía y Conocimiento de Chiquinquirá, el Juzgado Promiscuo de Familia de
Más detallesDERECHO DE PETICION-Respuesta clara, oportuna y de fondo
Sentencia T-1171/01 DERECHO DE PETICION-Respuesta clara, oportuna y de fondo DERECHOS FUNDAMENTALES DEL INTERNO-Deben garantizarse independientemente del carácter de sindicado o condenado/derecho DE PETICION
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA CIVIL. Magistrado Ponente: MARCO ANTONIO ALVAREZ GOMEZ
TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA CIVIL Magistrado Ponente: MARCO ANTONIO ALVAREZ GOMEZ Bogotá D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil ocho (2008). Ref: Proceso ordinario No. 16200600033 02 (Discutido
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISION CIVIL-FAMILIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISION CIVIL-FAMILIA Magistrado Ponente: Gonzalo Flórez Moreno Pereira. Julio veintiséis (26) del año dos mil diez (2010). Acta No. 336 de julio 26 del
Más detallesRepública de Colombia
República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL AC223-2015 Radicación n. º 11001-02-03-000-2014-02453-00 (2015). Bogotá D.C., veintitrés (23) de enero de
Más detallesAVANCE EXTRAORDINARIO Nº 28 PRIVILEGIOS DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DEL TRABAJADOR SOBRE LOS BIENES PERSONALES DE LOS ACCIONISTAS DE LA EMPRESA
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 28 PRIVILEGIOS DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DEL TRABAJADOR SOBRE LOS BIENES PERSONALES DE LOS ACCIONISTAS DE LA EMPRESA En fecha treinta (30) de octubre de, la Sala de Casación
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ Bogotá, D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil dieciséis (2016) Radicación 11001 03 27 000 2016
Más detallesFUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Omisión argumentativa: Es deber del actor argumentar y demostrar la configuración de la causal específica que invoca / DERECHO AL DEBIDO PROCESO - Ausencia
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO PEREIRA RISARALDA MAGISTRADO PONENTE: FRANCISCO JAVIER TAMAYO TABARES
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO PEREIRA RISARALDA MAGISTRADO PONENTE: FRANCISCO JAVIER TAMAYO TABARES Radicación No.: 66594-31-89-001-2015-00127-01 Proceso: Tutela 2ª Instancia Accionante: Alba María Blandón
Más detallesCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A. INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY EN CASO CONCRETO
Página N 1 INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY EN CASO CONCRETO EXPEDIENTE 6138-2016 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, dos de octubre de dos mil diecisiete. En apelación y con sus antecedentes, se examina
Más detallesCONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA Y JUZGADO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO-Reiteración Auto 124/09
Auto 214/11 CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA Y JUZGADO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO-Reiteración Auto 124/09 FACTOR TERRITORIAL/COMPETENCIA A PREVENCION EN TUTELA-Conocimiento
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA
EXEQUIBILIDAD/ Acuerdo No. 024 de 2011Municipio de Bolívar (Cauca)/ El término de los tres (3) días para surtir el segundo debate, debe contarse después de la aprobación del proyecto en primer debate por
Más detallesI. ANTECEDENTES: 1 Folio 2 frente y vuelto del cuaderno principal.
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISION CIVIL-FAMILIA Magistrado Ponente: Gonzalo Flórez Moreno Pereira. Abril veintitrés del año dos mil doce Acta No. 208 del 23 de abril del año 2012
Más detallesAUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
II EXP N 00674-2014-PA/TC Lima, I1 de junio de 2015 VISTO AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Recurso de agravio constitucional interpuesto por doña Sonia Adoratsky Mendoza Pineda contra la resolución expedida
Más detallesCONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA/DECRETO QUE ESTABLECE REGLAS DE COMPETENCIA PARA REPARTO DE LA ACCION DE TUTELA-Inaplicación para el caso
Auto 033/01 CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA/DECRETO QUE ESTABLECE REGLAS DE COMPETENCIA PARA REPARTO DE LA ACCION DE TUTELA-Inaplicación para el caso Referencia: expediente I.C.C.-206 Conflicto de competencias
Más detallesAVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 PARA EL EJERCICIO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD SE DEBE CUMPLIR PREVIAMENTE CON LA OBLIGACIÓN DEL REENGANCHE En fecha veinte (02) de agosto de, el Tribunal
Más detallesPRIMERO ANTECEDENTES. (Omissis) CUARTO ESCRITOS DE DEFENSAS Y ALEGATOS
CALIFICACIÓN DE DESPIDO. REENGANCHE. PAGO DE SALARIOS CAÍDOS. El patrono no podrá negarse al reenganche y pago de salarios caídos por existir una orden de alejamiento de un trabajador hacia la beneficiaria
Más detallesMexicali, Baja California, cinco de febrero de dos mil trece.
**********. VS RECTOR DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA Y OTRAS AUTORIDADES. EXPEDIENTE 825/2011 S.S. RECURSO DE REVISIÓN Mexicali, Baja California, cinco de febrero de dos mil trece. V I S
Más detallesQuito, a 5 de Julio del Las 11H
RECURSO No. 380-2010 JUEZ PONENTE: Dra. Maritza Tatiana Pérez Valencia CORTE NACIONAL DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.- Quito, a 5 de Julio del 2012. Las 11H30.--------------------------------------
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL
PRUEBAS. INTERROGATIRO DE PARTE A PERSONA JURÍDICA.. TESTIMONIO. El apoderado judicial de la sociedad demandada solicita igualmente se convoque al señor Elberto Caicedo a rendir declaración como tercero
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA
El siguiente es el documento presentado por la Magistrada ponente que sirvió de base para proferir en audiencia la sentencia de segunda instancia dentro del proceso radicado bajo el número 66001-31-05-001-2012-00330-01.
Más detallesSENTENCIA relativa al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por
SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL FEDERAL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO
Más detallesEdiciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. L. Laboral A. Extraordinario Nº AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 58
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 58 EL SALARIO MÍNIMO CORRESPONDIENTE A LA PARTE FIJA DEL SALARIO MIXTO, DEBE SER PROPORCIONAL AL NÚMERO DE HORAS LABORADAS La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,
Más detallesFUENTE FORMAL: DECRETO 01 DE 1984 ARTICULO 188 / LEY 1564 DE 2012 ARTICULO 141 CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION Causal de impedimento. Haber conocido del proceso en instancia anterior / HABER CONOCIDO DEL PROCESO EN INSTANCIA ANTERIOR Interpretación de esta causal de impedimento.
Más detallesUniversidad Libre Facultad de Derecho Bogotá. Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso segundo del artículo 22 de la Ley 1437 de 2011.
Universidad Libre Facultad de Derecho Bogotá. Honorables Magistrados CORTE CONSTITUCIONAL M.P. MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO E. S. D. REF: Expediente D-9736 Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso
Más detallesDESVINCULACION/ ACCION DE TUTELA-
DESVINCULACION/ La edad de retiro forzoso es causal valida de desvinculación del personal docente al servicio del Estado/ ACCION DE TUTELA- Improcedencia para prorrogar la vinculación de un docente hasta
Más detallesVOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA RELATIVO A LAS CONSIDERACIONES SUSTENTADAS EN EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN
VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA RELATIVO A LAS CONSIDERACIONES SUSTENTADAS EN EL AMPARO Durante la sesión de 13 de julio de 2016, esta Primera Sala de la Suprema
Más detallesTUTELA/ Pensiones/ No se demostró afectación al mínimo vital /Debe acudirse a la vía ordinaria/confirma decisión del a quo.
TUTELA/ Pensiones/ No se demostró afectación al mínimo vital /Debe acudirse a la vía ordinaria/confirma decisión del a quo. No obstante la Sala advierte que la afectación al mínimo vital y el supuesto
Más detallesDC1 - Información de uso interno
DESISTIMIENTO - Noción y alcance. Procedencia. Requisitos / COSTAS - Elementos. Procedencia / CONDENA EN COSTAS - Procede cuando estén causadas y probadas y previo análisis judicial de la conducta asumida
Más detallesSALA DE CASACIÓN CIVIL. Ponencia del Magistrado ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ.
SALA DE CASACIÓN CIVIL Ponencia del Magistrado ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ. En el juicio por cobro de letra de cambio iniciado ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
Más detallesDERECHO DE PETICIÓN EN ASUNTOS PENSIONALES/CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE TÉRMINOS.
DERECHO DE PETICIÓN EN ASUNTOS PENSIONALES/CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE TÉRMINOS. De conformidad con reiterada jurisprudencia de la H. Corte Constitucional, las empresas encargadas de garantizar el acceso
Más detallesen uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los numerales 5 y 13 del artículo 6 del Decreto 1128 de 1999,
RESOLUCION 1875 DE 2002 (noviembre 20) MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Por la cual se establece el procedimiento para la inscripción en el registro sindical del acta
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016) Radicación: 08001
Más detallesRECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA.
RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA. La competencia para conocer las acciones de nulidad contra los actos administrativos dictados con ocasión a la LOPCYMAT, no corresponden a la jurisdicción
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ Bogotá D.C., trece (13) de mayo de dos mil quince (2015). Radicación número: 73001233300020140024501
Más detallesMinisterio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión
Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto
Más detallesCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL. Magistrado Ponente: ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ
República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ Bogotá, D.C., nueve (9) de agosto de
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCION A. Consejero Ponente: Dr. ALFONSO VARGAS RINCON
ACTO DE EJECUCION Ordena el cumplimiento de una sentencia. Acto no demandable / ACTO DE EJECUCION No cumple con lo ordenado en la sentencia es un nuevo acto administrativo / ACTO ADMINISTRATIVO Nace a
Más detallesFUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 ARTICULO 231 / CONSTITUCION POLITICA ARTICULO 238
SUSPENSION PROVISIONAL DE ACTO ADMINISTRATIVO Se presenta cuando la violación de las normas superiores surja del análisis del acto demandado o del estudio de las pruebas allegadas con la solicitud / SUSPENSION
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA
APELACIÓN AUTO/Medio de control Reparación directa/ley 1437/11/ El auto por medio de cual se declara la falta de jurisdicción y se remite al juez competente no es susceptible del recurso de apelación -
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA
Providencia : Auto del 29 de abril de 2013 Radicación No. : 66001-31-05-004-2009-00108-01 Proceso : EJECUTIVO LABORAL Demandante : OCTAVIO QUINCHIA GRISALES Demandado : ROSALBA GRAJALES DE RENDÓN Magistrado
Más detallesIII. Estadísticas jurisdiccionales
III. Estadísticas jurisdiccionales I. Cuadros generales II. Procedimientos de inconstitucionalidad, conflictos constitucionales, impugnaciones y declaraciones III. Recursos de amparo IV. Datos comparados
Más detallesSentencia Nº de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 25/05/06.
JURISPRUDENCIA Formalización y fundamentación de la apelación. Sentencia Nº 01370 de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 25/05/06. "En virtud de la declaratoria contenida
Más detallesCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL. Bogotá D. C., treinta y uno de mayo de dos mil trece.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D. C., treinta y uno de mayo de dos mil trece. Rad.: 11001-02-03-000-2013-00590-00 Se resuelve el conflicto negativo de competencia suscitado entre
Más detallesLa Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, dicta el siguiente AUTO
Auto 180/07 Referencia: solicitud de nulidad de la Sentencia T-258 de 2007, proferida por la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, presentada por Coloca International Corporation S.A. Magistrada
Más detallesEn ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
DECRETO 1983 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Por el cual se modifican los artículos 2.2.3.1.2.1, 2.2.3.1.2.4 y 2.2.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario
Más detallesACCIÓN DE TUTELA/ Internos/ El plantear nuevos hechos en la impugnación de la tutela, vulnera el derecho de defensa del demandado.
ACCIÓN DE TUTELA/ Internos/ El plantear nuevos hechos en la impugnación de la tutela, vulnera el derecho de defensa del demandado. En el caso objeto de estudio, el actor sólo indicó como hechos en la demanda
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA. Consejera Ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA Bogotá, D. C., primero (1º) de agosto de dos mil dieciséis (2016) Radicación
Más detallesCorte Suprema de Justicia
República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Magistrada Ponente Radicación n 31274 Acta No. 06 (2013). Bogotá, D.C.,
Más detallesRepública de Colombia. libertod yorden MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. DEC16SEP~iÓ155
2) J~~'{ ';U~t1l 'A rn.~ ~~~~: \,'i ~~e í~i#fr~1. 4&la;~~~ República de Colombia ~._. ~, I>,.
Más detalles