COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS
|
|
- Asunción Godoy Robles
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 JUAN CARLOS ZEPEDA MOLINA, ALMA AMÉRICA PORRES LUNA, NÉSTOR MARTÍNEZ ROMERO y HÉCTOR ALBERTO ACOSTA FÉLIX, Comisionado Presidente y Comisionados, respectivamente, integrantes del Órgano de Gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, con fundamento en los artículos 14, 16, 25, 26, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 43, fracción I, inciso c), 44 y 47, fracción V, de la Ley de Hidrocarburos; 2, fracción I, 3, 5, 10, 11, 22, fracciones I, II, III, XXIV y XXVII y 38 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, fracción III y 43 Ter Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 10, fracción I, y 13, fracción IV, inciso a., del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que el 11 de agosto de 2014 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los decretos por los que se expiden las leyes de Hidrocarburos y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, así como aquél por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. SEGUNDO.- Que a partir de la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, se le confirieron nuevas atribuciones a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (en adelante, Comisión), entre las que se encuentran: I. Aprobar los planes de exploración o de desarrollo para la extracción de los asignatarios y contratistas. II. Emitir regulación respecto a las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, específicamente para la elaboración de los planes de exploración o de desarrollo para la extracción. TERCERO.- Que a la fecha de emisión de los presentes Lineamientos, esta Comisión no ha suscrito contratos para la exploración y extracción, por lo que Petróleos Mexicanos continúa siendo la única empresa productiva del Estado que a la fecha cuenta con asignaciones que le permiten realizar actividades de exploración y extracción de hidrocarburos. En este sentido, es imperante brindar certeza jurídica a Petróleos Mexicanos, quien como titular de una asignación deberá contar con la aprobación de la Comisión para ejecutar algún plan de exploración o el plan de desarrollo para la extracción. CUARTO.- Que en virtud de lo anterior, y a fin de que la Comisión cuente con los elementos necesarios para emitir un dictamen respecto de los planes de exploración o de desarrollo para Página 1 de 17
2 la extracción de las asignaciones otorgadas a Petróleos Mexicanos, resulta necesario que la Comisión establezca el contenido y formalidades que deberán cumplir dichos planes. QUINTO.- Que la Comisión, ejercerá sus funciones, procurando elevar el factor de recuperación y la obtención del volumen máximo de petróleo y gas natural en el largo plazo, considerando la viabilidad económica de la exploración y extracción de hidrocarburos en el área de asignación, así como su sustentabilidad. SEXTO.- Que pertenece a la Nación la información geológica, geofísica, petrofísica, petroquímica y, en general, la que se obtenga o se haya obtenido de las actividades de exploración y extracción, llevadas a cabo por los asignatarios. En consecuencia, atendiendo al mandato legal y demás disposiciones antes señaladas, el Órgano de Gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, por unanimidad de votos, emite la siguiente: RESOLUCIÓN CNH.E /15 POR LA QUE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS EMITE LOS LINEAMIENTOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA DICTAMINAR TÉCNICAMENTE LOS PLANES DE EXPLORACIÓN O DE DESARROLLO PARA LA EXTRACCIÓN, CORRESPONDIENTES A LAS ASIGNACIONES PETROLERAS. Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los requisitos mínimos que deberán contener los planes de Exploración o de desarrollo para la Extracción que presenten los Asignatarios a la Comisión, así como el procedimiento mediante el cual la Comisión emitirá su dictamen técnico en términos del artículo 44 de la Ley de Hidrocarburos. Artículo 2. Definiciones. En singular o plural, para efectos de estas disposiciones serán aplicables las definiciones de la Ley de Hidrocarburos, su Reglamento y la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, así como las que se establecen a continuación: I. Asignatario: Petróleos Mexicanos, a través de PEMEX-Exploración y Producción. II. Comisión: La Comisión Nacional de Hidrocarburos. Página 2 de 17
3 III. IV. Indicadores de valor: Expresión cuantitativa para medir el logro de los objetivos de los programas y un referente para el seguimiento de los avances y para la evaluación de los resultados alcanzados. Ley: Ley de Hidrocarburos. V. Lineamientos: Los presentes Lineamientos por los que se establecen los requisitos y el procedimiento para dictaminar técnicamente los Planes de Exploración o de Desarrollo para la Extracción, correspondientes a las asignaciones petroleras, aprobados mediante la Resolución CNH.E /15. VI. VII. VIII. Plan de Desarrollo para la Extracción: Programa de actividades petroleras e inversiones en un campo, con el objeto de lograr producción comercial regular o incrementar su producción de Hidrocarburos, incluyendo cualquier programa de recuperación avanzada. Plan de Exploración: Programa de actividades e inversiones que describe secuencialmente las tareas de Exploración para evaluar el potencial petrolero, los recursos prospectivos y la incorporación de reservas en un área determinada. Reglamento: El Reglamento de la Ley de Hidrocarburos. Artículo 3. De la interpretación y aplicación de los Lineamientos. Corresponde a la Comisión la interpretación y vigilancia de la aplicación de los presentes Lineamientos. Capítulo II De la información Artículo 4. De la presentación de la información. Los Asignatarios deberán presentar la información documental en archivos digitales editables, en forma de texto, tablas, gráficas o estadísticas. Asimismo, se requiere que toda información geográfica se entregue en formato Shapefile (.shp), referida al Datum ITRF08 época , incluyendo datos geográficos, referencias de ubicación y localización georeferenciada de cuencas, prospectos, sísmica 2D-3D, campos, pozos, infraestructura, y los demás datos que se consideren necesarios para el análisis y óptima ubicación. Página 3 de 17
4 Artículo 5. De la información en materia de Exploración. Para que la Comisión evalúe y resuelva sobre la aprobación de los Planes de Exploración y de la modificación de dichos planes, los Asignatarios deberán adjuntar a su solicitud, al menos, la siguiente información: A. Para la aprobación de nuevos Planes de Exploración: I. Información General: a. Resumen ejecutivo del Plan de exploración propuesto; b. Localización geográfica del área a explorar, con mapas de ubicación en superficie, coordenadas geográficas y batimetría o elevación del terreno según corresponda; c. Reseña de antecedentes de la exploración que describa las actividades realizadas y los resultados obtenidos, incluyendo la cobertura sísmica 2D-3D y los diferentes estudios exploratorios realizados: métodos potenciales, electromagnéticos, modelado geológico, evaluación de sistemas petroleros plays - prospectos exploratorios, reportes de la perforación de pozos exploratorios, delimitadores o de desarrollo, de campos petroleros, estimación de recursos prospectivos y estimación de reservas, y d. Mapa con la infraestructura de producción, de almacenamiento y de transporte de hidrocarburos existentes dentro de la Asignación y/o cercana a la misma. II. Información Geológica, Geofísica y geoquímica de soporte para el Plan Exploratorio: a. Contexto geológico con la descripción estratigráfica, sedimentológica, tectonoestructural y provincia petrolera; b. Columnas estratigráficas representativas de las áreas a explorar y de los prospectos exploratorios; c. Mapas de contornos estructurales de plays probados con localización de prospectos identificados; d. Líneas sísmicas o secciones extraídas de cubos sísmicos 3-D, representativas, en profundidad, de alta resolución e interpretadas, con ubicación de prospectos y/o pozos; las líneas deberán ubicarse en un mapa estructural; e. Ficha técnica de la información geofísica con que se cuente: superficie, ubicación de la sísmica adquirida, año de adquisición, procesamientos y reprocesamientos sísmicos, estudios gravimétricos, electromagnéticos, parámetros de adquisición y demás información que se considere relevante; f. Resumen, descripción y resultados de otro tipo de estudios exploratorios: métodos geofísicos, estudios geoquímicos, estudios de sistemas petroleros, Página 4 de 17
5 estudios de plays, estudios de prospectos exploratorios y delimitación de yacimientos; g. Documentos ejecutivos de los prospectos exploratorios identificados, incluyendo mapa de localización, línea sísmica representativa interpretada con la ubicación del prospecto e identificación de los objetivos, mapa estructural del objetivo principal con la ubicación de la línea sísmica, play(s) a explorar u objetivos geológicos, tipo de hidrocarburos esperados, tirante de agua o elevación del terreno, profundidad total programada, tipo de trampa, estimación de recursos prospectivos, probabilidades de éxito geológico y comercial; h. Secciones estratigráfico estructurales representativas con localización de prospectos y/o pozos; i. Resultados de evaluación de riesgo somero realizados previamente; j. Síntesis de sistemas petroleros integrando calibraciones geoquímicas y térmicas, y k. Mapas de riesgo por play. III. Plan de Exploración: a. Objetivos y alcances: i. Objetivos del Plan Exploratorio, y ii. Alcance del programa exploratorio multianual con las actividades exploratorias: reconocimiento y exploración superficial, estudios de exploración y evaluación del potencial petrolero en sitio, recursos prospectivos a nivel de plays y de prospectos exploratorios y, estimación de los volúmenes de reservas a incorporar. b. Descripción técnica: i. Cronograma de actividades; ii. Adquisición de información geofísica; iii. Procesamiento o reprocesamiento de información geofísica; iv. Estudios exploratorios: Interpretación sísmica, modelado geológico, estudios geoquímicos, evaluación de sistemas petroleros - plays - prospectos exploratorios; v. Programa de perforación de prospectos exploratorios, y vi. Proyecciones volumétricas de recursos prospectivos y de incorporación de reservas durante la vigencia de la Asignación. c. Opciones tecnológicas: Página 5 de 17
6 i. Identificación de retos tecnológicos; ii. Criterios de selección de tecnologías exploratorias, y iii. Descripción de alternativas tecnológicas a utilizar en el proceso exploratorio del área de asignación. d. Plan de inversiones: i. Inversiones en adquisición y procesamiento de información: sísmica, métodos potenciales, métodos electromagnéticos; ii. Inversiones en estudios exploratorios: Interpretación de información geofísica, estudios de sistemas petroleros, estudios de plays, estudios geoquímicos, estudios de caracterización de yacimientos, estudios geotécnicos, y iii. Inversiones en perforación de pozos exploratorios y delimitadores. e. Capacidades operativas: i. Capacidades técnicas: infraestructura tecnológica a utilizar; descripción de tecnologías maduras, nuevas o emergentes y justificación para su aplicación; ii. Capacidades financieras: inversiones para llevar a cabo todas las actividades descritas: adquisición y procesamiento de información, estudios exploratorios, pruebas de laboratorio, perforación de pozos exploratorios y delimitadores. Indicadores económicos: valor monetario esperado (VME), valor presente de la inversión (VPI), Relación VME/VPI, tasa interna de retorno (TIR), costo de descubrimiento, y iii. Capacidades de ejecución: recursos humanos especializados, organización y conformación de equipos de trabajo. f. Indicadores de desempeño histórico y de proyección, el cual deberá atender los formatos establecidos en el Anexo 1 de los Lineamientos: i. Antecedentes exploratorios: Información general, información de plays, información de pozos perforados, información de oportunidades, prospectos y localizaciones exploratorios, y ii. Plan de Exploración: Actividades físicas en exploración, recursos prospectivos a evaluar, indicadores económicos. g. Las demás que el Asignatario considere necesarias para que la Comisión evalúe y resuelva sobre la aprobación de los Planes de Exploración. B. Para la modificación de Planes de Exploración, los Asignatarios deberán remitir además de lo establecido en la fracción III del apartado A del presente artículo: Página 6 de 17
7 I. Comparativo de las modificaciones entre el Plan vigente y las modificaciones solicitadas; II. Justificación de la modificación; III. Sustento documental de la modificación; IV. Documentación soporte de la solicitud de modificación; V. Beneficios derivados de la modificación de los Planes de Exploración en términos técnicos, económicos, operativos y cualquier otro que se identifique, y VI. La demás que el Asignatario considere necesario para que la Comisión emita el dictamen respectivo. Artículo 6. De la información en materia de Extracción. Para que la Comisión evalúe y resuelva sobre la aprobación de los Planes de Desarrollo para la Extracción y de la modificación de dichos planes, los Asignatarios deberán adjuntar a su solicitud, al menos, la siguiente información: A. Para la aprobación de nuevos Planes de desarrollo para la Extracción: I. Datos generales: a. Antecedentes históricos, dentro de los cuales se deberán incluir la fecha de descubrimiento, principales características geológicas y de yacimientos, así como fecha planeada de inicio de producción; b. Asignación actual; c. Ubicación geográfica; d. Objetivo y alcance del Plan de Desarrollo para la Extracción, y e. Beneficios esperados del Plan de Desarrollo para la Extracción en términos técnicos, económicos, operativos y cualquier otro que se identifique. II. Descripción técnica del proyecto: a. Caracterización estática de yacimientos: deberá incluir la descripción de la columna geológica, modelo sedimentario, evaluación petrofísica y modelo geológico integral, tectónica regional, geología estructural, modelo geocelular integrado y cualquier otra información pertinente; b. Caracterización dinámica de yacimientos: deberá incluir estudios de fluidos con sus respectivos análisis de presión, volumen y temperatura (PVT), análisis especiales de núcleos, pruebas de presión-producción, comportamiento de pozo; Página 7 de 17
8 c. Modelo de yacimientos: con base en la caracterización estática y dinámica de yacimientos se deberá construir un modelo que permita reproducir y predecir el comportamiento presión-producción del yacimiento, preferiblemente mediante simulación numérica, o en su defecto detallar el modelo que se haya utilizado para obtener los perfiles de producción futuros que sustenten la reserva y la modificación al Plan de Desarrollo para la Extracción, y d. Volúmenes y reservas a nivel de campo y yacimiento los volúmenes originales: reservas certificadas y factores de recuperación a la fecha y finales, del Plan de Desarrollo para la Extracción propuesto deberán presentar a nivel de campo y yacimiento los volúmenes originales y a recuperar adicionales esperados, así como los factores de recuperación asociados. III. IV. Principales alternativas de extracción analizadas: a. Descripción de alternativas: metodología empleada para la identificación, opciones técnicas y estrategias de ejecución, estimación de producción, ingresos, inversión y costos, evaluación de alternativas, análisis de sensibilidad y costos, y b. Criterios para seleccionar la mejor alternativa (técnicos, económicos, operativos). Estrategia de desarrollo y producción: a. Descripción detallada del Plan de Desarrollo para la Extracción seleccionado, como actividades de perforaciones, su localización, reparaciones, la recuperación esperada, así como cualquier otro elemento considerado para el Plan de Desarrollo para la Extracción; b. Descripción general de las instalaciones para el manejo de producción que incluya diagramas de las instalaciones de producción (pozos, baterías, compresores, bombas, deshidratadoras) que se construirán, modificarán o actualizarán, diagramas de tubería e instrumentación (DTI s), diagramas de los elementos primarios, secundarios, terciarios y su conexión con las instalaciones de producción; c. Manejo y aprovechamiento de gas, que deberá incluir: i. El pronóstico de producción de gas asociado al aceite y la estimación de Gas Natural adicional no producido en el Área de Asignación que se requiera para la operación de los sistemas, ya sea por bombeo neumático, inyección al yacimiento; ii. El plan de acciones y programa de inversiones en instalaciones de apoyo para el aprovechamiento, conservación, transferencia o bien destrucción controlada del gas; Página 8 de 17
9 iii. iv. Un programa anual de mantenimiento de los equipos críticos para el aprovechamiento de gas, y La meta de aprovechamiento de gas anual para todo el horizonte, la cual estará conformada por el autoconsumo, uso en bombeo neumático, conservación, transferencia, gas natural producido y gas natural no producido pero utilizado en el Área de Asignación. d. Mecanismos de Medición, describiendo detalladamente los sistemas de medición correspondientes al Punto de Medición, considerando como tal el definido por el artículo 3, fracción XVII de la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos, conforme a lo siguiente: i. Política de Medición del Asignatario; ii. Programas de implementación de los mecanismos de medición. Para ello, se presentará un cronograma de implementación de los procedimientos, manuales, guías, organigramas, programas de capacitación, entre otros, así como un programa referente a la construcción, actualización y modificación de los sistemas de medición; iii. Diagramas generales de instalaciones. Isométricos de la instalación de producción, que incluye pozos, baterías, compresoras, bombas, deshidratadoras, tanques de almacenamiento, ductos de recolección y sus sistemas de medición, incluyendo su ubicación; iv. Diagramas de los instrumentos de medición. Isométricos de los instrumentos de medición que incluye su conexión con las instalaciones de producción dentro del Área de Asignación; v. Procedimientos: v.1.procedimientos de mantenimiento de los sistemas de medición y sus instrumentos de medición; v.2.procedimientos para la confirmación metrológica; v.3.elementos que tendrán que ser consideradas para la elaboración del balance de hidrocarburos, desde el cabezal de los pozos y hasta el Punto de Medición; v.4. Procedimientos para calibración de instrumentos de medición; vi. Incertidumbre. Valor de incertidumbre existente en los sistemas de medición; vii. Programa de implementación de la Bitácora de Registro. Proyecto de mecanismo por el cual se llevará a cabo el registro, control y evaluación de las actividades relacionadas con la operación de los mecanismos de medición; Página 9 de 17
10 viii. Programa de auto verificación. Programa de actividades que llevarán a cabo los Diagnosticadores internos de medición; ix. Programa de auditorías externas; x. Responsable Oficial. Datos del responsable de las actividades de los mecanismos de medición en el área de Asignación; xi. Competencias técnicas. Evidencias de competencias técnicas del personal involucrado en la medición de hidrocarburos, incluyendo certificados, evaluación de competencias y cursos, entre otros, y xii. Costo-beneficio. El análisis del costo beneficio de los mecanismos de medición, en función a las inversiones y costos de operación relativos a la reducción o mantenimiento del valor de incertidumbres. e. Recuperación primaria, secundaria y mejorada; se deberán mencionar y detallar los principales mecanismos primarios de producción, así como los métodos de recuperación secundaria y mejorada visualizados en el Plan de Desarrollo para la Extracción, así como el sustento técnico para elegirlos; f. Tecnologías a utilizar: incluir matriz de tecnologías para yacimientos, pozos, instalaciones, mencionando el plazo, impacto y beneficios de aplicarse, y g. Plan de abandono: la metodología para definición del programa y la estimación de los costos para el taponamiento de pozos, la desincorporación de infraestructura, remediación de suelos y de post-abandono del pozo. V. Información económico financiera asociada al programa de desarrollo seleccionado: a. Premisas económicas que permitan evaluar un proyecto de inversión para actividades de Extracción de Hidrocarburos, tales como supuestos de precios con sus ajustes por calidad y costos de transporte y tasa de descuento considerada; b. Indicadores económicos, tales como valor presente neto a favor del Asignatario, valor presente de los ingresos del gobierno, valor presente de las inversiones, montos de las inversiones por año, costos por barril, costo de perforación, costos de abandono y tasa interna de retorno, y c. Análisis de sensibilidad y riesgos. VI. Documentación de capacidades operativas: a. Capacidades técnicas: infraestructura tecnológica a utilizar: descripción de tecnologías maduras, nuevas o emergentes y justificación para su aplicación; b. Capacidades financieras: programa de inversión para llevar a cabo todas las actividades descritas en el Plan de Desarrollo para la Extracción, y Página 10 de 17
11 c. Capacidades de ejecución: recursos humanos especializados, organización y conformación de equipos de trabajo. VII. VIII. Información y métricas de desempeño, el cual deberá atender los formatos establecidos en el Anexo 2 de los Lineamientos, los cuales contienen: a. Ficha Técnica; b. Producción; c. Reservas; d. Actividades; e. Económico-Financiero; f. Medición, y g. Aprovechamiento de Gas. Las demás que el Asignatario considere necesarias para que la Comisión evalúe y resuelva sobre la aprobación de los Planes de Exploración. B. Para los casos de modificaciones a los Planes de desarrollo para la Extracción vigentes, se deberá presentar, además de lo señalado en las fracciones II, III, IV, V, VI y VIII del apartado A del presente artículo, lo siguiente: I. Datos generales: a. Antecedentes históricos, dentro de los cuales se deberán incluir la fecha de descubrimiento, principales características geológicas y de yacimientos, fecha de inicio de producción, perfil histórico de producción de todos los fluidos del campo y yacimientos (aceite, gas y agua) así como de histórico de presión, evolución de reservas, técnicas de recuperación incremental implementadas, principales inversiones y análisis económico; b. Asignación actual y, en su caso, propuesta de modificación; mencionar los campos que están dentro del Área de Asignación y los campos que se consideran en la modificación. Respecto a la Asignación actual, mencionar a nivel de campo y yacimiento, las producciones acumuladas, producciones promedio y factores de recuperación finales, estado de los pozos perforados y terminados, así como el estado de las instalaciones para el proceso y manejo de la producción; c. Ubicación geográfica, en el cual se pueda distinguir y comparar el Área de Asignación actual con la propuesta de modificación, dicho mapa deberá incluir, de ser posible, los contornos del campo o campos incluidos en dicha Asignación, así como la extensión y coordenadas de los mismos; Página 11 de 17
12 d. Objetivo y alcance del Plan de Desarrollo para la Extracción; e. Razón por la cual se originó la modificación propuesta, y f. Beneficios derivados de la modificación del Plan de Desarrollo para la Extracción en términos técnicos, económicos, operativos y cualquier otro que se identifique. II. Comparativo de información y métricas de desempeño, el cual deberá atender los formatos establecidos en el Anexo 2 de los Lineamientos, los cuales contienen: a. Ficha Técnica; b. Producción; c. Reservas; d. Actividades; e. Económico-Financiero; f. Medición, y g. Aprovechamiento de Gas. Capítulo III Del procedimiento para la aprobación de planes y de su modificación Artículo 7. Del inicio del procedimiento. El procedimiento de evaluación y dictamen de un Plan de Exploración o de Desarrollo para la Extracción, o de su modificación, inicia con la solicitud de aprobación que presente el Asignatario a la Comisión. Artículo 8. Etapas del procedimiento. Previo a la emisión de un dictamen para la aprobación de un Plan de Exploración o de Desarrollo para la Extracción, o de la modificación de dicho Plan, la Comisión llevará a cabo lo siguiente: I. Verificación de suficiencia de información; II. Evaluación del Plan de Exploración o de Desarrollo para la Extracción, y III. Emisión del dictamen técnico respectivo. Artículo 9. Verificación de suficiencia de la información. En esta etapa la Comisión revisará y verificará que la solicitud presentada por los Asignatarios contenga los documentos solicitados en los artículos 4 y 5 o 6 de los presentes Lineamientos, según corresponda. Artículo 10. Prevención. En el supuesto de que el Asignatario no hubiere entregado la información requerida en los presentes Lineamientos de forma completa y a entera satisfacción Página 12 de 17
13 de la Comisión, la Comisión prevendrá al Asignatario por única ocasión para que en el término de 15 días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación respectiva, presente la documentación y/o información faltante. En caso de que la Comisión prevenga al Asignatario, el plazo para emitir el dictamen técnico se suspenderá y se reanudará a partir del día hábil inmediato siguiente a aquel en el que el Asignatario conteste. Lo anterior, de conformidad con el artículo 17-A, último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículo 11. Evaluación de los Planes de Exploración o de Desarrollo para la Extracción. Una vez que la Comisión cuente con toda la información a que hace referencia los artículos 4 y 5 o 6 de los presentes Lineamientos, según sea el caso, la Comisión llevará a cabo la evaluación correspondiente. Durante la presente etapa, la Comisión podrá solicitar aclaraciones o ampliaciones de la información previamente otorgada por el Asignatario. Asimismo, podrá solicitar información adicional para verificar o hacer comparativos de la información contemplada en los artículos 4 y 5 o 6 de los presentes Lineamientos. Lo anterior, atendiendo a los principios de economía, eficacia, celeridad y buena fe que rigen la actuación administrativa, en virtud de que mediante dichas aclaraciones la Comisión contará con mayores elementos para emitir su dictamen. Artículo 12. Emisión del dictamen técnico. La Comisión emitirá el dictamen técnico respecto de la aprobación del Plan de Exploración o de desarrollo para la Extracción y sus respectivas modificaciones en un plazo que no excederá de 120 días naturales contados a partir que se cuente con suficiencia documental en términos de los presentes Lineamientos. Artículo 13. De la afirmativa ficta. De conformidad con el artículo 44, tercer párrafo, de la Ley, en el supuesto de que la Comisión no se pronuncie respecto de la solicitud de la aprobación de los Planes de Exploración o de Desarrollo para la Extracción en el plazo referido, dicha solicitud se entenderá en sentido favorable. Artículo 14. Causales de desechamiento. La solicitud presentada por el Asignatario podrá ser desechada por la Comisión sólo en el caso de que no sea desahogada en tiempo y forma la prevención referida en el artículo 10 de los presentes Lineamientos. Artículo 15. De las modificaciones a los planes aprobados. Los Asignatarios podrán solicitar modificaciones a los Planes de Exploración o de Desarrollo para la Extracción Página 13 de 17
14 aprobados en términos de los presentes Lineamientos. Dicha solicitud deberá contener al menos lo siguiente: I. Apartado del Plan de Exploración o de Desarrollo para la Extracción vigente, respecto del cual se solicita la modificación; II. Justificación de la modificación; III. Sustento documental de la modificación; IV. Documentación soporte de la solicitud de modificación de conformidad con lo solicitado en los artículos 5 y 6 de los presentes Lineamientos; V. Beneficios derivados de la modificación de los Planes de Exploración o de Desarrollo para la Extracción en términos técnicos, económicos, operativos y cualquier otro que se identifique, y VI. La demás que el Asignatario considere necesario para que la Comisión emita el dictamen respectivo. Artículo 16. Del procedimiento de aprobación de la modificación. La Comisión evaluará y resolverá la aprobación de la modificación al Plan de Exploración o al Plan de Desarrollo para la Extracción en un plazo no mayor a 60 días naturales conforme al procedimiento establecido en el presente Capítulo. Capítulo IV De la Evaluación y emisión del dictamen Artículo 17. Aspectos a evaluar. Los Planes de Exploración o de Desarrollo para la Extracción serán evaluados para determinar si son acordes con las características del Área de Asignación que se esté analizando. Entre los principales aspectos que evaluará la Comisión se encuentran la generación de un mayor beneficio para el Estado y en su caso, los comparativos de los indicadores clave entre el plan vigente y la propuesta de modificación. Asimismo, se tomarán en consideración los siguientes criterios: I. En relación con el Plan de Exploración: a. Exploración eficiente de la Asignación, considerando actividades, metas exploratorias, tiempos y las inversiones a erogar; b. La observancia de las mejores prácticas en la industria petrolera a nivel internacional, para todas las etapas del proceso exploratorio, tomando en consideración la utilización de tecnologías reconocidas por su capacidad de Página 14 de 17
15 resolución y de predicción. Lo anterior con la finalidad de reducir en lo posible la incertidumbre geológica; c. La incorporación de Reservas y la delimitación del Área de Asignación; d. Evaluación integrada de capacidades técnicas, financieras y de ejecución, y e. Evaluación de la suficiencia y consistencia de la información contenida en el Plan de Exploración. II. En relación con el Plan de Desarrollo para la Extracción: a. Análisis de los diversos escenarios posibles desde el punto de vista técnico y económico; b. Escenario ganador; c. La tecnología y el plan de producción que permitan maximizar el factor de recuperación, en condiciones económicamente viables; d. El programa de aprovechamiento de Gas Natural, el cual deberá cumplir con lo establecido en la regulación vigente; e. Los mecanismos de medición de la producción de Hidrocarburos en los términos de la regulación vigente, y f. Evaluación de la suficiencia y consistencia de la información contenida en el Plan de Extracción. Artículo 18. Del contenido del dictamen. Los dictámenes de la Comisión contendrán al menos, los siguientes elementos: I. Elementos generales del plan analizado por parte de la Comisión; II. En el caso de Planes de Exploración, análisis y comentarios a las: a. Actividades programadas; b. Inversiones programadas en el proyecto; c. Indicadores de valor del Plan de Exploración, y d. Pronósticos de incorporación de reservas. III. En el caso de Planes de Desarrollo para la Extracción, análisis y comentarios respecto de: a. Actividades programadas; b. Inversiones programadas en el proyecto; c. Perfiles de producción de aceite y gas; d. Rentabilidad; e. Aprobación de los mecanismos de medición; f. Establecimiento del Punto de Medición; g. Definición de los límites entre las instalaciones de recolección y su incorporación al sistema de transporte y almacenamiento; Página 15 de 17
16 h. Definición de auditorías externas en materia de medición de hidrocarburos y su frecuencia; i. La evaluación del programa de aprovechamiento del Gas Natural, y j. Indicadores de valor del Plan de Extracción. IV. Resultado de la evaluación y determinación de la Comisión, y V. Los demás que considere necesarios la Comisión, derivado de la evaluación realizada. Artículo 19. Seguridad industrial y medio ambiente. El dictamen que emita la Comisión se realizará sin perjuicio de las disposiciones que el Asignatario deba cumplir en materia de seguridad industrial y protección al medio ambiente, ante las autoridades competentes. Capítulo V Del pago por aprovechamientos Artículo 20. Del pago. Previo a la solicitud de aprobación que presenten los Asignatarios, se deberá llevar a cabo el pago correspondiente por concepto de aprovechamientos, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Artículo 21. Del comprobante de pago. El comprobante de pago deberá remitirse a la Comisión junto con la solicitud y documentación a que hace referencia los presentes Lineamientos. TRANSITORIOS PRIMERO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su notificación a Petróleos Mexicanos a través de Pemex-Exploración y Producción. SEGUNDO. Se abroga la Resolución CNH /09, por la que la Comisión Nacional de Hidrocarburos da a conocer los Lineamientos Técnicos para el Diseño de los Proyectos de Exploración y Explotación de Hidrocarburos y su Dictaminación, aprobada el 12 de noviembre de 2009, así como sus modificaciones. TERCERO. Para efecto del dictamen del Plan de Desarrollo para la Extracción correspondiente a las asignaciones cuya nomenclatura inicie con el prefijo AR- no serán aplicables los artículos 5 y 6 de los presentes Lineamientos. Página 16 de 17
17 CUARTO. La Comisión notificará a los Asignatarios los montos correspondientes y la forma de realizar los respectivos pagos. México, Distrito Federal, a 13 de marzo de COMISIONADOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS JUAN CARLOS ZEPEDA MOLINA COMISIONADO PRESIDENTE ALMA AMÉRICA PORRES LUNA NÉSTOR MARTÍNEZ ROMERO HÉCTOR ALBERTO ACOSTA FÉLIX Página 17 de 17
Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:
El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de
Más detallesSección I Definiciones
Lineamientos para la elaboración del análisis costo y beneficio de los proyectos para prestación de servicios a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal conforme a lo
Más detallesAnálisis Costo-Beneficio
Análisis Costo-Beneficio 1 I. Resumen Ejecutivo Nombre del PPI En esta sección, deben llenarse los campos de la tabla que se muestran a continuación, a manera de resumen de las secciones que componen el
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL ANÁLISIS COSTO Y BENEFICIO DE LOS PROYECTOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A CARGO DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL ANÁLISIS COSTO Y BENEFICIO DE LOS PROYECTOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A CARGO DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CONFORME A LO
Más detallesLINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES PRIMERO.- Los presentes
Más detallesSECRETARÍA DE ENERGÍA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN CNH.03.008/12 POR LA QUE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS EMITE EL INSTRUCTIVO QUE PETRÓLEOS MEXICANOS Y SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DEBERÁN OBSERVAR PARA PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN RELACIONADA
Más detallesSECRETARÍA DE ENERGÍA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS
JUAN CARLOS ZEPEDA MOLINA, EDGAR RENE RANGEL GERMAN, JAVIER HUMBERTO ESTRADA ESTRADA, GUILLERMO CRUZ DOMINGUEZ VARGAS y ALMA AMERICA PORRES LUNA comisionado presidente y comisionados, respectivamente,
Más detallesINE/JGE96/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES
Más detallesSECRETARIA DE ECONOMIA
SECRETARIA DE ECONOMIA ACUERDO que modifica el diverso por el que se da a conocer el cupo para importar juguetes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
Más detallesMIR de Impacto Moderado
MIR de Impacto Moderado AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL REQUISITO PARA LA ADQUISICIÓN DE CERTIFICADOS DE ENERGÍAS LIMPIAS EN 2018. Tipo de MIR: Título del anteproyecto: Dependencia: Responsable Oficial:
Más detallesDel Objeto de los Lineamientos
LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL
Más detallesCLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO
CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Más detallesFicha Técnica 1. I. Información general del PPI. El presente documento está destinado a registrar: PPI Estudios de Preinversión para PPI *
1 I. Información general del PPI El presente documento está destinado a registrar: PPI Estudios de Preinversión para PPI * Nombre del PPI: Unidad Responsable: Tipo de PPI: Infraestructura económica Infraestructura
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Coordinación de Normatividad y Desarrollo Administrativo ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO TOLUCA DE LERDO, MÉXICO JUNIO
Más detallesInterpretación Resultados Evaluación MECI Vigencia 2014
Interpretación Resultados Evaluación MECI Vigencia 2014 Unidad de Auditoría Institucional "Para contribuir con el mejoramiento de los procesos, el fortalecimiento del sistema de control interno y el logro
Más detalles2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:
REGLAMENTO PARA LA APERTURA, CONVERSIÓN, TRASLADO Y CIERRE DE OFICINAS DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO 1. Alcance La presente norma es de aplicación
Más detallesRESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011
RESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011 Dirección de control Administración Central y Otro Poder Área Administración
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detallesConformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición
Conforma la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesRESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010
RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ORDENA LA EXPEDICIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SECRE-2010, ESPECIFICACIONES DEL GAS NATURAL, QUE CANCELA
Más detallesEVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA DEL PERSONAL DE OCP Y OI
Página 1 de 5 Contenido 1- Objetivo 2- Alcance 3- Responsabilidades 4- Definiciones 5- Abreviaturas 6- Referencias Documentales 7- Introducción 8- Evaluación de la Competencia 9- Documentos relacionados
Más detallesSECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto
Más detallesACTITUDES HABILIDADES CONOCIMIENTOS. - Iniciativa - Análisis y síntesis - Administración. - Perseverancia - Relaciones interpersonales - Matemáticas
INGENIERIA PETROLERA Dentro de las actividades profesionales que realiza el Ingeniero Petrolero se encuentran la planeación, proyección, diseño, construcción, mantenimiento, operación y reparación de infraestructura
Más detallesMETAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Durante el 2004, BANOBRAS buscará cumplir con su misión de financiar el desarrollo de infraestructura
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES PARA LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN Y SUPRESIÓN DE UNIDADES ACADÉMICAS UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DE CHIAPAS
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN Y SUPRESIÓN DE UNIDADES ACADÉMICAS UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DE CHIAPAS ÍNDICE I. DISPOSICIONES GENERALES II. LA PLANEACIÓN DE LAS UNIDADES ACADÉMICAS
Más detallesINSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Calendario para la implementación de los concursos y procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente Se publica
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.
Más detallesESTÁNDAR INTERNACIONAL DE OTROS SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO
ESTÁNDAR INTERNACIONAL DE OTROS SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO DISTINTOS DE AUDITORIAS Y REVISIONES DE INFORMACIÓN FINANCIERA HISTÓRICA Conferencista Jenny Marlene Sosa Cardozo Docente ISAE 3000 TRABAJOS DE
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.
Más detallesReglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria
Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer
Más detallesManual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio
Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base
Más detallesPERFIL PROFESIONAL INGENIERÍA EN TECNOLOGÍA AMBIENTAL. Universidad Politécnica de Durango
PERFIL PROFESIONAL INGENIERÍA EN TECNOLOGÍA AMBIENTAL Universidad Politécnica de Durango I. Programa Educativo II. Requerimientos del Sector Productivo Ingeniería en Tecnología Ambiental Evaluación de
Más detallesDatos del sujeto obligado
Identificación del sujeto obligado Si es organismo estatal Inciso * Unidad ejecutora Organismo desconcentrado Si es organismo no estatal Persona pública no estatal * Identificación del usuario Nombre completo*
Más detallesNombre de la Empresa LISTA DE COMPROBACIÓN ISO 9001:2008 FO-SGC Página 1 de 19 Revisión nº: 0 Fecha (dd/mm/aaaa):
Página 1 de 19 Fecha Auditoria (dd/mm/aaaa) Auditoría nº Auditado SISTEMA DE GESTIÓN DE LA 4 CALIDAD 4.1 Requisitos generales Se encuentran identificados los procesos del sistema? Se identifican y controlan
Más detallesGobierno del Estado de Guerrero (EFSL del Estado) Recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud Alcance
Gobierno del Estado de Guerrero (EFSL del Estado) Recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 12-A-12000-02-0916 GF-087 Alcance Del universo seleccionado
Más detallesTOMO CXXVI Núm. 26 Zacatecas, Zac., Miércoles 30 de marzo del 2016 SUPLEMENTO
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO. TOMO CXXVI Núm. 26 Zacatecas,
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Más detallesIdentificación, Actualización y Evaluación de Requisitos de Cumplimiento Legal
1 de 6 I. OBJETIVO: Identificar, Actualizar y Evaluar los requisitos de Cumplimiento Legal de carácter ambiental, así como otros requisitos suscritos por el ITST, relacionados con sus aspectos ambientales
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE CRÉDITO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Dirección General Propiedad del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Dirección de Crédito Av. Javier Barros Sierra No. 515, 5 Piso, Col. Lomas de Santa Fe, Delegación
Más detallesl. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue
COTECIAD-12-16 ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE APRUEBAN Y VALIDAN LAS ADECUACIONES AL SISTEMA DE CONTROL
Más detallesEspecialidad en Preparación y Evaluación de Proyectos
Especialidad en Preparación y Evaluación de Proyectos TEMARIO FASE TEÓRICA 1. Análisis contable para la evaluación de proyectos Proporcionar a los participantes las habilidades y capacidades para aplicar
Más detallesCOMISION NACIONAL DE HIDROCARBUROS
(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 7 de enero de 2016 COMISION NACIONAL DE HIDROCARBUROS DISPOSICIONES Técnicas para el aprovechamiento del gas natural asociado, en la exploración y extracción de hidrocarburos.
Más detallesAnexo 17 Principales Fortalezas, Oportunidades, Debilidades, Amenazas y Recomendaciones
Anexo 17 Principales Fortalezas, Oportunidades, Debilidades, s y Recomendaciones Nombre del Programa: S126 Programa Educativo Rural Modalidad: S Sujeto a Reglas de Operación Dependencia /Entidad: Secretaría
Más detallesESTÁNDARES SISTÉMICOS. Definición: Es un nivel de calidad de un conjunto de actividades relacionadas entre sí para cumplir un objetivo común.
ESTÁNDARES SISTÉMICOS Definición: Es un nivel de calidad de un conjunto de actividades relacionadas entre sí para cumplir un objetivo común. Qué evaluar? Documentos que evidencien el funcionamiento del
Más detallesCONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp
(1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA
Más detallesLa Empresa. PSST Control Operacional de la SST Norma OHSAS 18001:2007
5.3.7 PSST 4.4.6 01 Control Operacional de la SST La Empresa PSST 4.4.6 01 Control Operacional de la SST Norma OHSAS 18001:2007 REGISTRO DE REVISIONES DE ESTE PROCEDIMIENTO Fecha Revisión Descripción de
Más detallesLínea 2. Certificación de Competencias Laborales
15 CONCURSO Línea 2. Certificación de Competencias Laborales Noviembre 2015 OBJETIVOS GENERAL Contribuir a la mejora de la empleabilidad de los trabajadores a través del reconocimiento formal de las competencias
Más detallesUniversidad de Guanajuato Apoyos para Saneamiento Financiero y la Atención a Problemas Estructurales de las UPES Alcance EGRESOS
Gasto Federalizado Universidad de Guanajuato Apoyos para Saneamiento Financiero y la Atención a Problemas Estructurales de las UPES Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 14-4-99011-02-0608 GF-203 Alcance
Más detallesCOMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS
LINEAMIENTOS DE PERFORACIÓN DE POZOS JUAN CARLOS ZEPEDA MOLINA, ALMA AMÉRICA PORRES LUNA, NÉSTOR MARTÍNEZ ROMERO, SERGIO HENRIVIER PIMENTEL VARGAS, HÉCTOR ALBERTO ACOSTA FÉLIX, HÉCTOR MOREIRA RODRÍGUEZ
Más detallesExperiencia México Industria de Exploración y Extracción de Hidrocarburos
Experiencia México Industria de Exploración y Extracción de Hidrocarburos Mesa Redonda Transferencia de campos de petróleo para la iniciativa privada: experiencias internacionales. Ing. Gaspar Franco Hernández
Más detallesAnálisis Costo Riesgo Beneficio
Análisis Costo Riesgo Beneficio I.- Objetivo General: Esta acción de capacitación tiene como objetivo, proveer a los participantes las herramientas y experiencia acumulada en la solución de problemas (fallas,
Más detallesELABORACION DEL PLAN DE TRABAJO INSTITUCIONAL - PTI
CODIGO: OPP-001-05 VERSION: PRIMERA AREA: OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO TITULO: ELABORACION DEL PLAN DE TRABAJO RUBRO NOMBRE FIRMA FECHA Formulado por: Equipo de Elaboración del Manual de Procedimientos
Más detallesOFS Órgano de Fiscalización Superior
OFS Órgano de Fiscalización Superior Presupuesto Basado En Resultados (PbR) Antecedentes CONSTITUCIÓN MEXICANA Artículo 134 Establece que los recursos de que dispongan los 3 ordenes de gobierno se administrarán:
Más detallesCapítulo I Disposiciones generales
Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres
Más detallesTexto Original Dirección General de Exploración. Comentarios o Justificación
LINEAMIENTOS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN, APROBACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PLANES DE EXPLORACIÓN Y DE DESARROLLO PARA LA EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS, ASÍ COMO SUS
Más detallesINFORME DE SEGUIMIENTO AL SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE LA CALIDAD UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA UNIDAD DE CONTROL INTERNO
INFORME DE SEGUIMIENTO AL SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE LA CALIDAD UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA UNIDAD DE CONTROL INTERNO Agosto - Diciembre 2013 INTRODUCCIÓN La Unidad de Control Interno realizó seguimiento
Más detallesINTERPRETACIÓN NORMA OHSAS 18001:2007 MÓDULO 1 SESIÓN 1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001:2007 DOCENTE: Ing. Dª. Ana I.
INTERPRETACIÓN NORMA OHSAS 18001:2007 MÓDULO 1 SESIÓN 1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001:2007 DOCENTE: Ing. Dª. Ana I. Menac Lumbreras Especializados 1 TEMA 1 Contenidos INTRODUCCIÓN A LA NORMA OHSAS
Más detallesNORMAS Y ESPECIFICACIONES PARA ESTUDIOS PROYECTOS CONSTRUCCIÓN E INSTALACIONES
Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa I N F R A E S T R U C T U R A E D U C A T I V A NORMAS Y ESPECIFICACIONES PARA ESTUDIOS PROYECTOS CONSTRUCCIÓN E INSTALACIONES VOLUMEN 6 EDIFICACIÓN
Más detallesINE/JGE97/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE97/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO
Más detallesNORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
USC-ADM01-2000 1/5 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
Más detallesXII.1 Desarrollo, Evaluación y Capacitación en Sistemas de Cómputo.
XII. Unidad de Servicios de Informática. Marco jurídico Con fundamento en los artículos 64, párrafo 1, inciso a) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, corresponde a la Unidad de Servicios
Más detallesSISTEMA DE TESORERIA
Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería
Más detallesMéxico D.F., 31 de enero de Unidad Responsable: Oficina de Información Pública.
México D.F., 31 de enero de 2011. Unidad Responsable: Oficina de Información Pública. INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL LISTADO DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Más detallesContenidos Mínimos del Estudio de Factibilidad de un Proyecto de Inversión Pública en fase de preinversión
Contenidos Mínimos del Estudio de Factibilidad de un Proyecto de Inversión Pública en fase de preinversión 1 Para la elaboración de un estudio de factibilidad, se debe tomar como punto de partida el estudio
Más detallesREGLAS DE OPERACIÓN PARA ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ASF (2AD7101)
REGLAS DE OPERACIÓN PARA ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ASF (2AD7101) CAPÍTULO II. DE LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN II.2.1. INVESTIGACIÓN
Más detallesMarco Regulatorio Sector Hidrocarburos
Taller Aspectos Generales sobre los Pozos Inyectores en la Exploración y Producción de Hidrocarburos Marco Regulatorio Sector Hidrocarburos Agencia Nacional de Hidrocarburos ANH Junio de 2014 Producción
Más detallesPlan Anual de Desarrollo Archivístico 2015
1 Índice 1. Marco de referencia 3 2. Justificación 4 3. Objetivos 5 4. Planeación 5 5. Requisitos 6 6. Alcance 7 7. Entregables 7 8. Actividades 7 9. Recursos Humanos 9 10. Recursos materiales 10 11. Tiempo
Más detallesProceso de Acreditación HRR Noviembre 2015 PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS CLÍNICOS EN HOSPITAL REGIONAL RANCAGUA
PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS CLÍNICOS EN HOSPITAL REGIONAL RANCAGUA Página: 1 de 7 1. OBJETIVO Estandarizar el proceso de adquisición Hospital Regional Rancagua. 2. ALCANCE Aplica a la Unidad
Más detallesProcedimiento de Revisión por la Dirección del Sistema de Gestión Integral
Página: 1 de 1 Hoja de Control de Emisión y Revisiones. N de Revisión Páginas Afectadas Motivo del Cambio Aplica a partir de: 0 Todas Generación de documento 15-Agosto-2009 1 Todas Mejora del documento
Más detallesManual para la Administración y Uso del Servicio de Telefonía Celular
Lic. Luis Antonio Hevia Jiménez, Oficial Mayor del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán; Con las atribuciones y facultades que me confieren los artículos 27 fracción III y 31 fracciones II,
Más detallesPROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2005 ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA
ENTIDAD : T4L Pemex Exploración y Producción Página 1 de 5 Misión Maximizar el valor económico a largo plazo de las reservas de crudo y gas natural del país, garantizando la seguridad de sus instalaciones
Más detallesMIR de Impacto Moderado
MIR de Impacto Moderado Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos. Tipo de MIR: Título
Más detallesSISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD
PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento
Más detallesCONSIDERANDO. Acuerdo
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICACIONES DE SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS DISPOSICIONES PARA SU OPERACIÓN (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio
Más detallesSistema de Gestión Ambiental ISO Luis Antonio González Mendoza Luis E. Rodríguez Gómez
Sistema de Gestión Ambiental ISO 14001 Luis Antonio González Mendoza Luis E. Rodríguez Gómez Beneficios para la 0rganización Ahorro de costes Incremento de la eficacia Maores oportunidades de mercado Maor
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA INSTAURACION DEL PROCESO DE MEJORA CONTINUA
S I S T E M A D E G E S T I Ó N D E C A L I D A D CODIGO EDICION NIVEL DE REVISION FECHA DE EMISION 0 FEBRERO 010 NIVEL DE REVISION CONTROL DE MODIFICACIONES ACTUALIZACIONES Y MEJORAS CAUSA DE LA DESCRIPCION
Más detallesProyectos: Formulación y evaluación
Pág. N. 1 Proyectos: Formulación y evaluación Familia: Editorial: Autor: Ingeniería Macro Luis Angulo Aguirre ISBN: 978-612-304-335-3 N. de páginas: 440 Edición: 1. a 2016 Medida: 17.5 x 24.8 Colores:
Más detallesPLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) DECRETO: Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Artículo 4
Más detallesGerencia de Proyectos
3. Planificación y Dirección del Proyecto a. Plan del Proyecto b. Proceso de Dirección 1 Esfuerzo Ciclo de vida del proyecto Ciclo de vida del proyecto Imagen tomada de: http://www.formasminerva.com/bancoproceso/c/como_administrar_proyectos_de_desarrollo_de_software/como_administrar_proyectos_de_desarrollo_de_software.asp?codidioma=esp
Más detallesDecreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias
Más detallesMANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ INDICE
INDICE PRESENTACION. I. FUNDAMENTO LEGAL II. DEFINICIONES III. OBJETIVOS IV. INTEGRACION DEL COMITÉ V. FUNCIONES DEL COMITÉ VI. POLITICAS DE OPERACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS SECIONES VII. DESCRIPCION
Más detallesSISTEMA DE CONTROL INTERNO GENERALIDADES.
PÁGINA: 1 de 6 INTRODUCCION El Sistema de Control Interno se incorpora al Sistema Integral de Gestión de la Cámara de Comercio de Duitama y comprende el conjunto de las normas legales, planes, métodos,
Más detallesMINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014.
MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. REFORMA A LOS ARTÍCULOS. 25, 27 Y 28 CONSTITUCIÓN. Artículo 25 El sector público tendrá a su cargo las áreas estratégicas. Gobierno
Más detallesMunicipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS INDICE PAGINA INTRODUCCIÓN 3 OBJETIVO 4 RED DE PROCESOS 5 PROCEDIMIENTOS
Más detalles4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo
4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 0137 Grado: 21 Número de Cargos: 04 Cargo del Jefe Inmediato:
Más detallesSECRETARÍA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN CNH.09.001/10, POR LA QUE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS DETERMINA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE LA OPINIÓN PARA EL OTORGAMIENTO, MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DE ASIGNACIONES PETROLERAS.
Más detallesB A S E S. Sobre las promociones
ANEXO Convocatoria para que los miembros del Servicio Profesional Electoral participen en el proceso para el otorgamiento de las promociones en rango que derivan del modelo del Estatuto de 2010, correspondiente
Más detallesRESOLUCIÓN Núm. RES/974/2015
RESOLUCIÓN Núm. RES/974/2015 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA APRUEBA AL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DEL GAS NATURAL EL MONTO POR CONCEPTO DE COSTOS
Más detallesLa presentación de la propuesta de los Planes de Producción Más Limpia deberán contener:
La presentación de la propuesta de los Planes de Producción Más Limpia deberán contener: I - Descripción de la Línea de Base de la empresa (revisión inicial) 1. Descripción del establecimiento. a. Memoria
Más detallesESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA DEL PROYECTO BANCO MUNDIAL
ESPECIALISTA EN GESTION FINANCIERA DEL PROYECTO BANCO MUNDIAL Perfil Título Académico de tercer nivel en Contabilidad y Auditoría, Administración, Economía o cualquier otro título afín al propósito de
Más detalles26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013
26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013 ACUERDO por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado Básico (SSB) para los Municipios con Menos de
Más detallesGUÍA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DEL INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIA (IEC)
1 GUÍA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DEL INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE NORMALIZACIÓN CÓDIGO N-DPSN-GT-04 2010 "Aprobada mediante Acuerdo COMERI/4ª SE/03/2010, por
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.
BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V., comunica que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número 313-114752/2014 de fecha 15 de mayo de 2014, autorizó la reforma al Reglamento
Más detallesLEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL
LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación
Más detallesMARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO,
MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 45, fracción II, y 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos
Más detallesGUIA PARA LA PREPARACION Y EVALUACION DE PROYECTOS DE INVERSION
GUIA PARA LA PREPARACION Y EVALUACION DE PROYECTOS DE INVERSION 1. ANTECEDENTES DEL PROYECTO Políticas, planes de desarrollo y estrategias de la empresa Desarrollo histórico del proyecto u otros afines
Más detallesFORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL
FORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios: De conformidad con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos
Más detalles