LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

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3 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Representa más de 187 millones de salarios mínimos anuales. El incremento nominal respecto de la Ley de ingresos de la federación 2015 es del 1.47%. En tanto que el incremento en la recaudación esperada es del 21.66%.

4 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Durante el ejercicio fiscal de 2016 el Gobierno Federal estima recaudar, ingresos por la cantidad de $4,763, (en millones de pesos), dentro de los que destacan los siguientes rubros por ingresos tributarios, los cuales mostramos en forma comparativa con el ejercicio fiscal de 2015: impuesto Millones de pesos Porcentaje (%) incremento Impuesto sobre la renta 1,249, ,059, Impuesto al valor agregado (IVA) 741, , Impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) 348, , Impuesto al comercio exterior 36, , Otros 31, , total 2,407, ,978,

5 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Tasa de recargos mensuales (Art. 8). Sin cambios 0.75 % mensual Tratándose de recargos por prórroga para el pago de créditos fiscales (1.13 en mora mensual, según el art. 21 del Código Fiscal Federal). La tasa de recargos que incluye la actualización por pagos a plazos en parcialidades: -hasta 12 meses 1% -de 13 a 24 meses 1.25% -de mas de 24 meses 1.50%

6 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Infracciones a disposiciones aduaneras previas a 2016 Créditos fiscales en materia aduanera (Articulo 15) Se mantiene la facilidad para que las autoridades fiscales no determinen créditos fiscales por infracciones a las disposiciones aduaneras; Si no se ha puesto la sanción, no se impondrá cuando el crédito no exceda de 3,500 Unidades de Inversión o su equivalente en moneda nacional al 1 de enero de Continuan los Estímulos, Exenciones, Condonaciones y Reducciones; nuevos: - Crédito IEPS diésel minería y turismo - Crédito 50% del peaje para turismo - RIF Reducción IEPS e IVA; 100% para ingresos de $300,000

7 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Reducción de multas (art. 15) Durante 2016 los contribuyentes a los que se les impongan multas por infracciones derivada de incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas de las de pago, excepto por declarar pérdidas fiscales en exceso, que corrijan su situación fiscal pagaran: 1. El 50 % de la multa, si se efectúa el pago después de que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de sus facultades de comprobación, y antes de que se levante el acta final de la visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones correspondiente. 2. El 60% si la multa se paga después de los supuestos pero antes de que se notifique la resolución que determine el monto de las contribuciones omitidas o la resolución definitiva.

8 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Estímulos fiscales (artículo 16) Para el ejercicio fiscal de 2016 se mantienen vigentes los siguientes estímulos fiscales: 1.- Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a contribuyentes con actividades empresariales. Los empresarios que puedan deducir el diésel para consumo final en maquinaria y vehículos marinos, acreditaran contra ISR o retenido del mismo ejercicio el IEPS que cause el enajenante (artículo 2, fracción I, inciso d).

9 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2.- Disminución de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) en pagos provisionales. Estímulo fiscal a contribuyentes personas morales de régimen general relativo a la disminución de la PTU en la utilidad fiscal de los pagos provisionales de ISR de mayo a diciembre. El monto de PTU que se disminuya en ningún caso será deducible de los ingresos acumulables del contribuyente, asimismo el estímulo fiscal se aplicará hasta por el monto de la utilidad fiscal determinada en cada pago provisional, y tampoco en ningún caso se deberá recalcular el coeficiente de utilidad con motivo de la aplicación del presente estímulo.

10 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 3.- Deducción adicional en contratación de personas con discapacidad 25% del salario gravado pagado Siempre que se cumpla con el seguro social, con la retención y entero y se obtenga el certificado de discapacidad emitido por el instituto mexicano del seguro social (IMSS). Esta aplicación es excluyente del artículo 186 de la ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) (acreditar retenciones). DEDUCCIÓN ADICIONAL PARA ISR POR DONACIÓN DE BIENES A BANCOS DE ALIMENTOS POR EL 5%DEL CV.

11 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 4.- Estímulos por aportaciones a producciones y distribuciones cinematográficas Se aprueba el estímulo del artículo 189 contra pagos y no solamente contra ISR del ejercicio. 5.-estimulos a retenedores de ISR e IVA Se libera de la obligación de expedir constancia de retenciones de ISR e IVA por pagos de servicios profesionales y/o arrendamientos a personas físicas, siempre que el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) expedido reúna los requisitos y tenga los datos de la retención.

12 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Exenciones Artículo 16-B 1.- Se elimina el pago del ISAN a personas físicas o morales que enajenen al público en general o importen de manera definitiva automóviles cuya propulsión se a través de baterías eléctricas recargables o eléctricos que además cuentes con motor de combustión interna o accionados por hidrogeno. 2.- Se exime del pago de derecho de trámite aduanero que se cause por importación de gas natural.

13 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN REDUCCIÓN PARA RIF EN IVA E IEPS. (Art. 23) Las PF del RIF podrán optar por pagar el IVA y el IEPS de las actividades con público en general, conforme a lo siguiente: Fracc. I, inciso a). Aplicaran los siguientes porcentajes a la actividad señalada del bimestre que trate: Los RIFS que en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $300,000.00, aplicaran el 100% de reducción durante cada uno de los años en que tributen en el RIF. Fracc. III. El presente beneficio no se considerará como ingreso acumulable para ISR.

14 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Transitorios Continúan el régimen de compensación por régimen de pequeños contribuyentes (repecos) e intermedios para las entidades federativas. Asignación equivalente a recaudación esperada por IEPS de bebidas saborizadas a salud, prevención y abasto de agua.

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16 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Reformas por correlación Definición de Sistema Financiero. Cambio de Sociedades de Inversión a Fondos de Inversión: Artículos 7,8,29,45,54,55,62,74,78,79,80,81,85,86,87,88,89,124,126,151, fracción III y 192, fracción III. Cambio de Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES) a Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES): Artículos 27, fracción VII y 1666, fracción II, inciso a).

17 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Requisitos de las deducciones Artículo 27, fracción VII Deducciones condicionadas al pago Se adicionan las erogaciones que a su vez sean ingresos de personas morales con actividades primarias (agricultura, ganadería, silvicultura y pesca) son deducibles hasta que sean efectivamente pagadas. En ley del 2014 se omitió, ahora se incluye.

18 Previsión Social

19 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Requisitos de las deducciones Eliminación del cálculo del promedio aritmético Artículo 27, fracción XI Previsión social Se deroga el cuarto párrafo, que especifica la determinación del cálculo de promedios aritméticos para comparar deducciones a sindicalizados y no sindicalizados. (Se elimina el cálculo de la previsión social) Reforma el séptimo parrado, para eliminar la referencia a partidas que no computan en la comparación de prestaciones entre sindicalizados y no sindicalizados. Se deroga último párrafo que contenía la limitante a 10 salario mínimos a prestaciones de no sindicalizados cuando no había empleados sindicalizados.

20 Capitalización Delgada

21 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Capitalización delgada (Art. 28 fracc. XXVII) Con la Reforma en materia de energía eléctrica (20 dic 13) No se incluyen dentro de las deudas que devengan intereses para el cálculo del monto en exceso de ellas al triple de su capital contable, las contraídas para la construcción, operación o mantenimiento de infraestructura productiva vinculada con áreas estratégicas para el país o para la generación de energía eléctrica Podrán deducir los intereses que pagan por créditos con partes relacionadas en el extranjero ni observar la limitante de LISR.

22 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Deducción de inversiones Se incrementa el límite para deducir inversiones en automóviles de $130, a $175, No hay artículo transitorio por lo que a partir de 2016 este será el nuevo límite para los autos que se deduzcan, no solo para los que adquieran a partir de dicho ejercicio.

23 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Definición de coordinados (Art. 72 y Segundo DT fracción XIV) Son incorporadas las reglas y de la RMISC 2015 a la LISR para definir a los contribuyentes dedicados exclusivamente al sector de autotransporte de carga y pasajeros, aquellos cuyos ingresos por dichas actividades representa cuando menos el 90% de sus ingresos totales. No se consideran coordinados cuando presten servicio preponderante a una parte relacionada Aplicable a partir del 1-Ene-2014 y presentar aviso de actualización de actividades el 31- Mar-2016

24 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Limitante de ingresos exentos para Ejidos y Comunidades (Art. 74 y Segundo DT, fracción I) Se aclara que el límite de exención para personas morales de 200 veces el salario mínimo no es aplicable a ejidos y comunidades (5 331, en 2016) Aplicable a partir del 1-Ene-2014, en caso de saldo a favor solo será compensable, no dando la opción de solicitarlo en devolución.

25 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Pequeños productores del campo personas físicas (Art. 74-A). Se adiciona el Art. 74-A para exentar del ISR los ingresos que obtienen las personas físicas provenientes de actividades AGAPES hasta por un monto de 1 SMG elevado al año, siempre que sus ingresos totales sean de hasta 8 veces el citado salario (213, en 2016 ) y los ingresos por las actividades referidas representen cuando menos el 25% de sus ingresos totales en el ejercicio sin incluir los ingresos por enajenación de activos fijos o activos fijos a terrenos que hubiesen estado afectos a las citadas actividades. Aplicable a partir del 1-Ene-2014

26 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Tres declaraciones anuales informativas nuevas. Art. 76 LISR Vencimiento: cierre de ejercicio posterior 2016 al 31 de diciembre de 2017 (segundo transitorio, fracción III). Las nuevas informativas serán: - Informativa Maestra de Partes Relacionadas del Grupo Empresarial Multinacional. - Informativa Local de Partes Relacionadas. - Informativa País por País del Grupo Empresarial Multinacional. La información es sobre las empresas y no sobre los precios, por lo que estas informativas son adicionales a las ya existentes de precios de transferencia.

27 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Nuevas declaraciones informativas por operaciones con partes relacionadas Artículo 76-A Aplica a contribuyentes obligados a presentar declaración informativa de la situación fiscal del contribuyente, excepto por operaciones con residentes del extranjero: Ingresos mayores a $644,599, (Grandes contribuyentes) Art. 32-H Tributen en régimen de grupos Paraestatales Establecimiento permanente en México de residentes en el extranjero.

28 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Declaración Informativa adicional (Art. 76-A) I. Declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional, que contenga: Estructura organizacional. Descripción de la actividad, intangibles y actividades fin con partes relacionadas. Posición financiera y fiscal. II. Declaración informativa local de partes relacionadas, que contenga: Estructura organizacional, actividades estratégicas y de negocio así como sus operaciones con partes relacionadas. Información financiera del contribuyente obligado y de las operaciones o empresas utilizadas como comparables.

29 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Declaración Informativa adicional (Art. 76-A) III. Declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional, que contenga: Información a nivel jurisdicción fiscal de la distribución mundial de ingresos e impuestos pagados. Indicadores de localización de las actividades económicas en las jurisdicciones fiscales en las que opera el grupo. Listado de todas las entidades integrantes del grupo. La declaración informativa señalada en la fracción anterior será presentada cuando: - Sean PM controladoras multinacionales. - PM RM ó RE con establecimiento en México que hayan sido designadas por el grupo para presentar dicha declaración.

30 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Cuenta de utilidad por inversión (Art. 77-A) CUFINER Beneficio a las PM dedicadas a la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de energía eficiente, que apliquen deducción de inversiones al 100%, podrán crear una cuenta de utilidad por inversión en energías renovables (CUFINER). No se esta obligado al pago de impuestos de ISR por dividendos que distribuyan de lacufiner.

31 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Exención en venta de casa habitación Se reduce el plazo del requisito durante el cual una persona no puede enajenar una casa habitación a 3 años inmediatos anteriores. Anteriormente eran 5 años inmediatos anteriores. (Art. 93, fracción XIX, inciso a)

32 Régimen de Incorporación Fiscal

33 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RIF Básicamente las reformas se efectuaron para integrar diversas reglas de la RM y reconocer procedimientos que ya se venían aplicando en la práctica.

34 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Reducción IEPS e IVA; 100% para ingresos de $300,000 (LIF). Operaciones público en general inferior a $250.00, comprobante global Abandono RIF No presentar declaración bimestral dos veces en forma consecutiva o en tres ocasiones durante seis años. Adquirente Negociación o activos tributa Por los años que le faltan al enajenante y aplicar reducciones que éste tenía. Aviso.

35 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Podrán tributar en este régimen: Articulo 111 En caso de copropiedad, se podrá nombrar representante común que cumpla con las obligaciones. Se permite la obtención de ingresos por sueldos, arrendamientos e intereses, siempre que junto con el ingreso empresarial no se exceda del límite. (3.13.1) Se permite tributar en el régimen a pesar de ser socio, accionista o integrante de una persona moral no contribuyente, siempre que no se perciba remanente distribuible. (3.13.2) Se permite tributar en el régimen a pesar de ser socio, accionista o integrante de una sociedad de ahorro y préstamo, siempre que sus ingresos empresariales aunados a los intereses que de esta perciba no excedan del límite para tributar en la sección.

36 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Se permite tributar en el régimen a pesar de ser socio, accionista o integrante asociaciones deportivas, siempre que no se perciban ingresos de ellas. Se considera que no hay vinculación entre conyugues o parientes, siempre que no exista una relación comercial o influencia de negocios que derive en algún beneficio económico. Se establece como plazo para pagar PTU los 60 días siguientes a la fecha en que deba presentarse la declaración del sexto bimestre. El sexto bimestre se debe presentar a más tardar el 17 de enero, por lo que el vencimiento para pagar la PTU será el 18 de marzo o 17 en caso de que año sea bisiesto.

37 LEY LEY DEL DEL IMPUESTO IMPUESTO SOBRE SOBRE LA LA RENTA RENTA 2016 RIF Obligaciones Articulo 112 Se modifica el segundo párrafo de la fracción IV para establecer que en operaciones con el público en general por montos menores a $250.00, no se estará obligado a expedir comprobante fiscal cuando el cliente no lo solicite debiendo emitir uno global por las operaciones realizadas con el público en general.( )

38 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RIF Forma de pago de las erogaciones Se modifica la fracción V (112) para establecer que las erogaciones superiores a $5, podrán se deberán cubrir: Mediante transferencia de cuenta del RIF. Cheque nominativo de cuenta del RIF. Tarjeta de crédito, débito o de servicios. Monedero electrónicos autorizados por el SAT. Combustibles a la regla general (no deben pagarse en efectivo)

39 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Abandono del régimen por falta de declaraciones Cuando no se presentan en plazo dos declaraciones consecutivas. Cuando en un plazo de 6 años se incumpla con 3 (antes 5) declaraciones.

40 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Articulo 113 Adquirente de un RIF Podrá continuar tributando en RIF quien adquiera una negociación que tribute en RIF, siempre que dentro de los 15 días siguientes a la operación presente aviso en el que señale: -la fecha de adquisición. -los años en que el enajenante tributo en el RIF. El adquirente podrá continuar en el RIF por el tiempo que le restaba al enajenante.

41 Deducciones Personales

42 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Deducciones personales Articulo 151 Se autoriza la deducción sin computar para límite, los gastos derivados de atención medica por incapacidades: Contar con certificado o constancia de incapacidad, emitida por institución pública. Contar con certificado de reconocimiento y clasificación de discapacidad, emitido por institución publica. En caso de incapacidad temporal, solo será aplicable cuando esta sea mayor a un 50% Los comprobantes deberán indicar que son gastos relacionados con la atención de incapacidad o discapacidad.

43 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Nuevo límite de deducciones personales Articulo 151 Aumenta del 10% al 15% del total de los ingresos. Aumento de 4 a 5 anualidades del salario mínimo. No se incluyen para el límite: Gastos médicos relacionados con atención e incapacidad o discapacidad. 477 LFT Donativos Aportaciones adicionales para el retiro o planes de retiro. Estímulos de diferimiento, articulo 185, por aportaciones a cuentas especiales para el ahorro.

44 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA TRANSITORIOS Con el objeto de acelerar el proceso de desconsolidación se establecen beneficios a través de mecanismos Pérdidas fiscales pendientes de amortizar incorporadas en el resultado fiscal consolidado. Pérdidas fiscales por enajenaciones de acciones, considerados en el resultado fiscal consolidado Dividendos contables (auditoria en tiempo real, desistirse de medio de defensa en relación con el impuesto diferido consolidado, no participar en el régimen opcional de grupo de empresas.

45 Repatriación de Capitales

46 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA TRANSITORIOS Repatriación de capitales PF y PM que hayan obtenido ingresos de inversiones directas o indirectas que hayan mantenido hasta el 31 de diciembre de 2014, podrán optar por pagar el ISR por dichos ingresos, cumpliendo requisitos.

47 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Los recursos que se retornen no se considerarán para la Discrepancia fiscal Retorno recursos a través de instituciones de crédito o casas de bolsa del país, deberá coincidir el remitente con el beneficiario Requisito no haber estado sujeto a facultades de comprobación debe cumplirse antes de la fecha de retorno No aplicable a ingresos producto de una actividad ilícita o cuando puedan ser utilizados para este tipo de actividades, conforme al Código Penal Federal

48 Deducción inmediata y de inversiones

49 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL Estímulos fiscal deducción inmediata Artículo 3 transitorio de vigencia temporal, fracción II Sujetos Con ingresos de hasta $100 mdp ejercicio anterior. En ejercicio de inicio estimar ingresos: Personas morales de titulo II. Personas físicas empresarias o prestadoras de servicios profesionales de titulo IV, capitulo II, Sección I. Consiste en efectuar la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo, deduciendo en el ejercicio en que se adquirieron, la cantidad que resulte de aplicar al MOI los % que establece una tabla durante 2016 y 2017.

50 Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

51 Ley del impuesto especial sobre producción y servicios Cuota fija a combustible Artículo 2, fracción I Toda vez que a partir del ejercicio 2016 inicia el proceso de liberación del precio de los combustibles automotrices, se sustituye la aplicación de la tasa variable del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), para establecer cuotas fijas a los combustibles automotrices fósiles gasolina y diésel) y no fósiles. Dichas cuotas se actualizarán posteriormente en forma anual de acuerdo con la inflación.

52 Ley del impuesto especial sobre producción y servicios 0% a la exportación de alimentos no básicos Artículo 2, fracción III Se establece la tasa del 0% de IEPS para fabricantes o productores de los alimentos no básicos, con alta densidad calórica, únicamente tratándose de la exportación definitiva de dichos bienes. Para tales efectos se establece como requisito que dichos contribuyentes hayan utilizado insumos gravados correspondientes a los alimentos no básicos. Con tal modificación, los contribuyentes podrán acreditar el IEPS que les sea trasladado y en consecuencia el mismo ya no repercutirá en el costo de los bienes que enajena.

53 Código Fiscal de la Federación

54 Código Fiscal de la Federación Procedencia de la devolución El ejercicio de facultades de comprobación para verificar su procedencia se sujetará a lo previsto por el artículo 22-D. (procedencia de solicitudes de devolución). Se reestructura el procedimiento para comprobar su viabilidad, por ende, se incorporan ciertas formalidades a fin de brindar certeza a los contribuyentes Las facultades de comprobación únicamente serán para verificar la procedencia del saldo a favor sin que se pueda determinar un crédito fiscal a cargo.

55 Código Fiscal de la Federación Las facultades de comprobación, concluirán en 90 días contados a partir de la notificación. 90 días para que concluya la revisión, la autoridad deberá pronunciarse con la documentación que cuente. Concluido el plazo, tendrá 10 días para notificar y otros 10 días para realizar el depósito.

56 Código Fiscal de la Federación Facultades de Comprobación El contribuyente y su representante legal tendrán el derecho a ser informados de los hechos y omisiones detectados durante una revisión de gabinete o electrónica o una visita domiciliaria. La Autoridad deberá informarlo al contribuyente 10 días antes del levantamiento del acta parcial, oficio de observaciones o resolución definitiva, acudiendo a las oficinas del SAT para el conocimiento de los hechos u omisiones. 42 CFF

57 Código Fiscal de la Federación Loterias Fiscales Facultad para celebrar sorteos a fin de fomentar el pago con medios electrónicos, fiscalización de sectores caracterizados por niveles de evasión fiscal. Intercambio Automático de Información Con la finalidad de combatir la evasión y elusión fiscal al contar con datos relevantes a las tareas de fiscalización, por lo que la se establece la obligación de implementar y cumplir con el estándar para el intercambio de información fiscal sobre cuentas financieras de cuentas abiertas al 31 de diciembre de 2015 y nuevas.

58 Código Fiscal de la Federación Nuevas Multas No proporcionar información sobre operaciones relevantes o presentarla incompleta, con errores. 140,540 a 200,090. No presentar nuevas informativas aplicables a partes relacionadas 140,540 a 200,090 No ingresar la información contable mediante la página de internet del SAT, lo haga fuera de plazos o no lo realice conforme al 28-IV del CFF 5,000 a 15, CFF

59 Código Fiscal de la Federación Revisión Secuencial El orden de la revisión secuencial no se observará sin no se proporciona la información sobre operaciones relevantes, o se hace de manera incompleta, con errores, incosistencias o en forma distinta a lo señalado en la disposiciones fiscales. Art.52-A CFF

60 Código Fiscal de la Federación Revisiones Electrónicas Se emitirá un comunicado de la autoridad al contribuyente mediante el cual se le dé a conocer los hechos observados y uno diverso que contenga la preliquidación. Respeto del derecho de audiencia. 53-B CFF

61 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

62 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Principales adecuaciones al Reglamento Artículo 3. Se mantiene sin modificación. Definición de automóvil. Artículo 6. Constancia de residencia fiscal (modificación) Para efectos de demostrar su residencia en otro país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, se aceptara la documentación emitida por la autoridad competente del país de que se trate con la que acrediten haber presentado la declaración del impuesto del penúltimo ejercicio, teniendo vigencia durante el año de calendario en el que expida.

63 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 14. Solicitud para disminución de los pagos provisionales Se mantiene la solicitud de disminución del mes del segundo semestre del ejercicio. Artículo 16. Depósitos en garantía no son ingresos acumulables Se mantiene que no se consideraran ingresos acumulables los depósitos recibidos por el arrendador, cuando estos tengan como finalidad exclusiva garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato de arrendamiento y sean devueltos al finalizar el contrato.

64 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículos que regulan los contratos de obra Artículo 17. Contratos de obra inmueble Se mantiene que también son contratos de obra las actividades de demolición, proyección, inspección o supervisión de obra, aplicación lo dispuesto a la acumulación de los contratos de obra.

65 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículos que regulan los requisitos de las deducciones Artículo 41. Erogaciones a través de terceros. Se mantiene la norma que para deducir un gasto a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, se deberán expedir cheques nominativos a favor del contribuyente, adicionando que se realicen traspasos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones de crédito o casas de bolsa, a la cuenta abierta a nombre del tercero, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, estos deberán estar amparados con comprobante fiscal a nombre del mismo.

66 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 43. Deducibilidad de salarios pagados en efectivo Las erogaciones pagadas en efectivo podrán ser deducibles, siempre que además de cumplir con todos los requisitos que señalan las disposiciones fiscales para la deducibilidad de dicho concepto, se cumpla con la obligación inherente a la emisión del comprobante fiscal correspondiente por concepto de nómina.

67 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 46. Requisitos de gastos de previsión social. Se mantiene el artículo en que la previsión social se efectué en territorio nacional, que se efectué en relación con trabajadores del contribuyente y, en su caso, con el cónyuge o la persona con quien viva en concubinato o con los ascendientes o descendientes, cuando dependan económicamente del trabajador, incluso cuando tengan parentesco civil, así como los menores de edad que satisfaciendo el requisito de dependencia económica vivan en el mismo domicilio del trabajador.

68 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 47.Excedente de gastos de previsión social. Se mantiene la regla que el excedente del monto exento en las prestaciones de previsión social será deducible si se le aplican retenciones como un ingreso gravado. Artículo 48. Promedio aritmético de trabajadores sindicalizados. Se mantiene el artículo que describe la mecánica para determinar el promedio aritmético de prestaciones deducibles de previsión social cuando se manejan trabajadores sindicalizados.

69 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 58. Conceptos deducibles por uso de autos de trabajadores Podrán deducir los gastos erogados por concepto de gasolina, aceite, servicios, reparaciones y refacciones, cuando se efectúen con motivo del uso del automóvil propiedad de una persona que preste servicios personales subordinados al contribuyente y sean consecuencia de un viaje realizado para desempeñar actividades propias del contribuyente.

70 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Artículo 70. Fondos de pensiones o jubilaciones de personal, complementarias a las que establece la Ley del seguro social y de primas de antigüedad Sobre la Renta Los rendimientos ( ) forman parte del propio fondo y deberán permanecer en el, hasta en tanto no se destinen a los fines de dicho fondo. Artículo 74. Inversiones y refacciones adquiridas para el mantenimiento de aquellas Los contribuyentes que realicen inversiones de activo fijo y conjuntamente adquieran refacciones para su mantenimiento, que se consuman en el ciclo normal de operaciones de dicho activo, podrán considerar el monto de esas refacciones dentro del monto original de la inversión del activo fijo de que se trate, pudiéndolas deducir conjuntamente con el citado activo fijo, mediante la aplicación en cada ejercicio.

71 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Artículo 85.Ajuste anual por inflación Sobre la Renta Se hacen precisiones respecto del cálculo del ajuste anual por inflación que deben efectuar las personas morales: I. Quienes realicen el pago de la contraprestación por la cesión de derechos sobre los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de inmuebles, para el cálculo del saldo promedio anual de sus créditos consideraran el valor total de la contraprestación, así como el plazo que se hubiera determinado en el contrato, y II. Quienes reciban el pago de la contraprestación por la cesión de derechos sobre ingresos por otorgar el uso o goce temporal de inmuebles, para el cálculo del saldo promedio de sus deudas consideraran el pago de dicha contraprestación como parte de sus deudas.

72 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 113. Obligaciones de declarar préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital, o aumentos de capital en efectivo superiores a $600, La obligación consiste en declarar: Prestamos Aportaciones para futuros aumentos de capital Aportaciones para aumentos de capital La obligación de declarar debe cumplirse dentro de los quince días posteriores a aquel en el que se reciban las cantidades correspondientes, que para el efecto deben ser mayor a $600,000.00, se entiende que no se trata de montos acumulados sino operaciones individuales.

73 Nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 117. Partidas no deducibles para la cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) Se mantiene el artículo que indica las partidas no deducibles para el cálculo de la cuenta de utilidad fiscal neta son las señaladas como no deducibles por la LISR, es decir, solo las del articulo 28.

74 Gracias por su atención Guadalajara Corona Boreal No. 4138, Col. Arboledas, C.P Zapopan, Jalisco, 01(33) Ciudad de México Avenida 555 No. 158, Unidad Aragón 2da. sección, C.P , Del. Gustavo A. Madero, México, D.F. 01(55)

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