SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES SUBGERENCIA DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS

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1 Hoja: 1 de 327 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBGERENCIA DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos El objeto de la Licitación es: ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN Nombre y Dirección de la Convocante: PEMEX-Exploración y Producción Subdirección de Administración y Finanzas Gerencia de Recursos Materiales Ubicada en Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5 Col. Los Morales Polanco, México, D.F. C.P Nomenclatura empleada en esta convocatoria: Para los efectos de la presente Convocatoria se entenderá por: PEP: Pemex-Exploración y Producción. LPM: Ley de Petróleos Mexicanos. RLPM: Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos. DAC: Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios de las actividades sustantivas de carácter productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. DOF: Diario Oficial de la Federación. OIC: Órgano Interno de Control

2 Hoja: 2 de 327 CONTENIDO DE REGLAS DE LAS BASES DE LICITACIÓN 1.- Información General 2.- Glosario de términos 3.- Cronograma del Procedimiento de Contratación. 4.- Reglas, Requisitos e Instrucciones 4.1 Requisitos para presentar propuestas. 4.2 Condiciones de entrega Lugar de entrega de los bienes Plazo de entrega e instalación de los bienes Ejercicios Fiscales Tipo y alcance del contrato 4.3 Condiciones de Precio Moneda en que se cotizará 4.4 Anticipos. 4.5 Subcontratación 4.6 Condiciones de pago 4.7 Idioma de presentación de las Propuestas 4.8 Propuestas Conjuntas. 4.9 Vigencia de las Propuestas 4.10 Programa de Cadenas Productivas 4.11 Junta de Aclaraciones y Modificaciones a las bases de licitación 4.12 Forma de Integración de las Propuestas 4.13 Acto de Presentación y Apertura de Propuestas Evaluación de las propuestas 4.15 Causas de Desechamiento de las Propuestas 4.16 Criterio de Adjudicación del Contrato 4.17 Declarar desierta la Licitación 4.18 Cancelar la Licitación 4.19 Suspensión o Nulidad 4.20 Fallo 4.21 Formalización del Contrato 4.22 Cumplimiento de Obligaciones Fiscales 4.23 Garantías de Cumplimiento y vicios ocultos 4.24 Información Confidencial de las Propuestas 4.25 Responsabilidad por Recursos o Inconformidades infundadas 4.26 Rescisión Administrativa 4.27 Leyes y Tribunales para la Licitación 5 Modelo de Contrato

3 Hoja: 3 de 327 DOCUMENTO DA-01 INDICE DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LAS BASES CONCEPTO Bases a considerar en la licitación Referencia en bases ASPECTOS LEGALES ADMINISTRATIVOS DA-02 DA-03 DA DA-04 DA-05 DA-07 DA-08 DA-10 DA-11 DA-11-A DA-12 DA-14 DA-15 DA-16 DA-17 DA-18 DA-19 DA-20 Modelo de Contrato de Adquisición de Bienes Manifestación Escrita en el que el firmante manifiesta bajo protesta de decir verdad su interés en participar y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o su representada para intervenir en los actos del procedimiento de licitación (Inscripción a la licitación) Identificación Oficial (Cartilla del SMN, Pasaporte, IFE, Cedula Profesional, etc) Formato de carta de Poder Simple de la Persona que entrega la proposición (Opcional) Nota: Si no es el representante legal que firma la proposición. Formato para la Manifestación escrita de conocer y aceptar la LPM, su Reglamento, las DAC, la convocatoria, las especificaciones generales y particulares de los (servicios, trabajos, etc.), las bases de la licitación (incluyendo las adecuaciones y modificaciones realizadas durante las juntas de aclaraciones) y los documentos que la integran. Nivel de Inspección que requiere PEP. Convenio privado de participación conjunta Escrito de información básica legal del licitante (Acreditamiento de la personalidad del licitante). Documento de compromisos con la transparencia entre el licitante y PEP. Formato para la manifestación escrita para la declaración de integridad Manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren la Fracción V del Artículo 53 de la LPM, su Reglamento, así como el Artículo 12 de las DAC. Manifestación relativa a lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. DOCUMENTACIÓN ADICIONAL Formato para presentación de preguntas en la Junta de Aclaraciones Formato para constancia de entrega-recepción de la documentación que integran las propuestas (proposición). Formatos para el trámite de Registro de Acreedores de PEP. Formato de Garantía de Cumplimiento y Vicios Ocultos Instrucciones con respecto al artículo 32-D del CFF y Modelo de carta para residentes en el extranjero Manifestación sobre el cumplimiento de obligaciones migratorias No se incluye

4 Hoja: 4 de 327 DOCUMENTO DT-01 DT-02 ASPECTOS TECNICOS Requisitos y Criterios de Evaluación Técnica Especificaciones, características técnicas detalladas de los bienes a adquirir y criterios de evaluación técnica y Anexo de Calculo, Acreditación y Declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados. Especificaciones y Características Técnicas detalladas del(los) Bien(es) ofertado(s) por el Licitante Referencia en bases DOCUMENTO DE-01 DE-02 Criterios de Evaluación Económica ASPECTOS ECONÓMICOS Catalogo de Conceptos, Precios Unitarios e Importe de los Bienes Referencia en bases DOCUMENTO V.I V.II Anexo S DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN CONOCER LOS LICITANTES DOCUMENTO V Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE) Información sobre el Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera S.N.C. Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Pemex Exploración y Producción. Anexo RSH Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios Referencia en bases DOCUMENTO INFORMACIÓN QUE DEBE ENTREGAR EL LICITANTE GANADOR Documentación que acredite la información proporcionada en el Documento DA-10, tal como, RFC, acta constitutiva y modificaciones, poder notarial del representante, comprobante de domicilio fiscal, identificación oficial Registro de Acreedores, llenado con firma y sello de la Institución Bancaria, utilizando los formatos contenidos en el Documento DA-17. W Garantía de Cumplimiento y vicios ocultos Para licitantes Nacionales el Acuse de recepción de la consulta de opinión sobre el Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante el SAT; o bien, Modelo de carta 32-D para residentes en el extranjero, utilizando el formato contenido en el Documento DA-19. Manifestación sobre el Cumplimiento de Obligaciones Migratorias utilizando el formato contenido en el Documento DA-20

5 Hoja: 5 de 327 Documento DA-01 BASES A CONSIDERAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN INTRODUCCIÓN 1.- Información a considerar en las presentes bases de la licitación. Pemex-Exploración y Producción es un organismo descentralizado de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dependiente de Petróleos Mexicanos, con domicilio en la Ciudad de México, D.F., el cual tiene por objeto la exploración y explotación del petróleo y gas natural; su transporte, almacenamiento en terminales y comercialización. La presente licitación se realiza bajo el marco legal de la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y demás disposiciones aplicables. Queda asentado para todos los efectos legales, que ni el proceso de licitación a que se refieren estas bases ni el contrato que en su caso se adjudique como resultado de dicho proceso, implican compromiso alguno de PEP en relación con la producción, explotación, extracción, uso y destino de los hidrocarburos que en su caso se produzcan, los cuales son propiedad exclusiva de la nación mexicana. Toda la información que se genere de la Licitación formará parte de las Bases y se publicará en la página electrónica de PEMEX Exploración y Producción; dicha publicación surtirá efectos de notificación personal a los licitantes, por lo que será responsabilidad de éstos revisar, conocer, analizar y considerar dicha información durante todas las etapas del proceso de Licitación. La información detallada de los bienes a adquirir se encuentra incluida en el Documento DT-01 de las presentes bases de licitación. Áreas que participan. El área Administradora del Proyecto es la Subdirección de Gestión de Recursos Técnicos. El área Responsable de la Administración y Supervisión del Contrato es la Subdirección de Infraestructura Tecnológica (diseño del contrato, de las bases técnicas, de la evaluación técnica de las proposiciones que se reciban y supervisora de los servicios). El área Responsable del Procedimiento de Contratación es la Gerencia de Recursos Materiales.

6 Hoja: 6 de 327 Formas de participación en la licitación: En esta licitación solamente se podrá participar en forma presencial, por lo que los licitantes deberán presentar personalmente sus ofertas. Sin embargo, podrán remitir sus preguntas para las juntas de aclaraciones por los correos electrónicos que se señalan en el apartado correspondiente en estas bases. Impedimentos para participar en la licitación: No podrán presentar propuesta ni celebrar contratos en la licitación, las personas físicas o morales que se encuentren en cualquiera de los supuestos a que se refieren el artículo 53 fracción V y 59 de la LPM, así como el Artículo 12 de las DAC. En el caso que un licitante presente proposición por sí mismo o como parte de un grupo que presenta una proposición conjunta, no podrá presentar otra proposición. Observadores.- Las cámaras, colegios, asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y en general cualquier persona interesada, pueden asistir a los actos públicos de esta licitación, en calidad de observadores, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Tipo de licitación: La presente celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y podrán participar únicamente licitantes de nacionalidad de los Países con los cuales México tenga suscrito un tratado de libre comercio con capítulo de compras gubernamentales y los bienes sean de cualquiera de esos países. Consulta y forma de adquisición de las bases. Las bases de la licitación estarán disponibles para su consulta en Internet en la dirección electrónica: en el menú de licitaciones, en la opción Licitaciones en proceso ; o bien, podrán ser consultadas en el domicilio de la Convocante en la Subgerencia de Contratación de Suministros ubicada en Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5, Col. Los Morales Polanco, México, D.F. C.P , en días hábiles de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 14:00 horas, para que los interesados en participar obtengan información y revisen las bases. Costo de la bases.- Las bases de la licitación podrán ser adquiridas por los licitantes a título gratuito a través de la dirección electrónica o bien en el domicilio de la Convocante antes citado. Se podrá proporcionar copia de dichas bases en archivo electrónico, para lo cual los interesados deberán contar con sus propios dispositivos de almacenamiento (USB o CD-W o CD-RW). Inscripción de Licitantes.- Los licitantes que se considerarán inscritos y con todos los derechos para participar en la presente licitación, serán aquellos que hayan entregado a la convocante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, su interés en participar en la

7 Hoja: 7 de 327 licitación, los datos generales de la empresa y los del representante, así como que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mediante Documento DA-03 el cual forma parte integrante de las presentes bases de licitación. 2. Glosario de términos Para los efectos de las presentes bases, se entenderá por: PEP: PEMEX Exploración y Producción LPM: Ley de Petróleos Mexicanos RLPM: Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos DAC: Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios AP: Administradora de Proyectos RP: Responsable de Procedimiento RASEC: Responsable de la Administración, Supervisión y Ejecución del Contrato ER: Evaluadora de Riesgos UAJ: Unidad Administradora Jurídica LICITANTE: Persona que participa en el procedimiento de Licitación. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público. DOF: Diario Oficial de la Federación RFC: Registro Federal de Contribuyentes. IVA: Impuesto al Valor Agregado. PYME: Pequeña y Mediana Empresa.

8 Hoja: 8 de Cronograma del Procedimiento de Contratación. Evento Fecha y Hora Lugar Publicación de la Convocatoria Período de adquisición de bases Juntas de Aclaraciones Presentación y Apertura de Propuestas Acto de Fallo de la licitación. 1ra Junta. Acto Recepción Propuestas Apertura Propuestas Técnicas Económicas. de de y de y 13 de noviembre de 2012 Del 13 de noviembre y hasta 24 horas antes del Acto de Presentación Apertura Proposiciones. y de 20 de noviembre de 2012 a las 11:00 horas 4 de diciembre de 2012 a las 11:00 horas 5 de diciembre de 2012 A las 17:00 horas. DOF Página de Internet: Subgerencia de Contratación de Suministros ubicada en Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5, Col. Los Morales Polanco, México, D.F. C.P Sala de Juntas de la Subgerencia de Contratación de Suministros ubicada en Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5, Col. Los Morales Polanco, México, D.F. C.P Sala de Juntas de la Subgerencia de Contratación de Suministros ubicada en Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5, Col. Los Morales Polanco, México, D.F. C.P Sala de Juntas de la Subgerencia de Contratación de Suministros ubicada en Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5, Col. Los Morales Polanco, México, D.F. C.P Para este procedimiento no habrá etapa de precalificación. PEP podrá modificar las fechas, horas y lugares establecidos anteriormente de conformidad con el Artículo 26 de las DAC. Los licitantes deberán considerar para la elaboración de su propuesta todas las modificaciones a la convocatoria o a las bases de licitación. Se sugiere a todos los licitantes, asistir con 30 minutos de anticipación a la hora establecida para iniciar los eventos correspondientes, tiempo en el cual se estima que los licitantes se identifiquen ante el personal de seguridad y obtengan el acceso a las instalaciones. 4.- Reglas, Requisitos e Instrucciones 4.1 Requisitos para presentar propuestas

9 Hoja: 9 de 327 Únicamente podrán participar en la licitación, las personas o grupos de ellas que cumplan con lo siguiente: I. Las personas físicas o morales que se hayan manifestado su interés para participar en la presente Licitación (Documento DA-03). II.- Personas de nacionalidad mexicana o de países con los que México tenga celebrado un Tratado de Libre comercio con capítulo de compras del Sector Público y los bienes a ofertar sean de esos países, para lo cual deberá entregar como parte de con su propuesta técnica el documento correspondiente al Anexo.- Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados El Licitante deberá tener en cuenta todas las circunstancias previsibles que en forma general puedan influir en el costo y plazo de ejecución de los servicios. El Licitante deberá tomar en cuenta que la información de carácter técnico y/o administrativo y/o legal que proporcione Pemex Exploración y Producción tiene como objetivo el constituir una guía para los Licitantes en la formulación de los presupuestos a ser cotizados. Toda persona o grupo de personas que conforme a lo anterior presenten una propuesta ( Licitante ) será responsable de que la misma cumpla con todos los requisitos solicitados en la Convocatoria y en las Bases de Licitación. 4.2 Condiciones de entrega Los bienes entregados a PEP, deben ser NUEVOS y el licitante debe garantizar su correcta operación y funcionamiento. Condición de entrega de los bienes.- La condición de entrega es DDP en Destino Final, según se define en los INCOTERMS 2000, para proveedor nacional y DDP VAT UNPAID para proveedor extranjero. El PROVEEDOR deberá realizar la entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Documento DT-01 de las bases de licitación. La transportación y las maniobras de carga y descarga de los bienes desde el lugar de origen hasta el lugar de entrega e instalación señalado, serán responsabilidad del PROVEEDOR, debiendo entregar los bienes embalados de tal manera que garantice a PEP, que dichos bienes no sufran daño o averías. Asimismo, deberá indicar de manera visible en todos los embarques el nombre de PEP, lugar de destino, número de contrato, numero de orden, partida, cantidad de unidades y peso. La entrega de los bienes y su instalación deberá realizarse con intervención de un representante acreditado por el PROVEEDOR, el no cumplir con lo anterior podrá ser motivo para la no recepción de los bienes por parte de PEP.

10 Hoja: 10 de 327 Inspección de los bienes.- PEP aplicará el NIVEL III de inspección, de conformidad con lo establecido en el Documento DA-07 de estas bases de licitación. El PROVEEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes entregados, y se compromete a su reposición sin costo para PEP si al ser recibidos y puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalaran en el contrato correspondiente, expresando su conformidad de que hasta en tanto ello no se cumpla, los bienes, no se tendrán por recibidos o aceptados Lugar de entrega de los bienes. El lugar donde se entregarán e instalaran los bienes objeto de esta licitación será el lugar indicado en el Documento DT Plazo de entrega e instalación de los bienes.- El plazo de entrega e instalación de los bienes será para la partida 5 es de 5 (Cinco) días naturales y para las partidas 1 a 4 de 40 (Cuarenta) días naturales, contados a partir del día siguiente de firma del contrato Ejercicio fiscales. El contrato que resulte de esta licitación abarcara los ejercicios fiscales 2012 y Tipo y Alcance del Contrato.- El tipo de contrato que se formalice derivado de la presente licitación será de Adquisición de Bienes Muebles, sus alcances se encuentran contenido en el Modelo de Contrato Documento DA-02 y en sus Anexos. 4.3 Condiciones de Precio.- Los precios de los bienes deberán cotizarse sin incluir el impuesto al valor agregado (I.V.A.), éste se deberá incorporar hasta la facturación. Los precios de los bienes serán fijos y deberán calcularse y expresarse con dos decimales, mismos que podrán ser presentados, a máquina o en impresión por computadora. Los precios de los bienes deberán cotizarse considerando la condición de entrega, DDP en Destino Final, según se define en los INCOTERMS 2000, para proveedor nacional y DDP VAT UNPAID para proveedor extranjero. El PROVEEDOR deberá considerar en sus precios los gastos de transportación, seguros y las maniobras de carga y descarga para la entrega e instalación de los bienes en el lugar

11 Hoja: 11 de 327 convenido a satisfacción de PEP, y en general cualquier gasto o costo que sea necesario para el suministro e instalación de los bienes Moneda en que se cotizará y se efectuarán las remuneraciones respectivas. Los licitantes deberán cotizar en Dólares de los Estados Unidos. Las remuneraciones se harán de acuerdo a lo señalado en el modelo de contrato anexo Documento DA Anticipos. PEP no otorgará anticipo alguno para la entrega e instalación de los bienes objeto de esta Licitación. 4.5 Subcontratación En este procedimiento de contratación no habrá subcontratación 4.6 Condiciones de pago Las condiciones y forma remuneración se realizarán conforme a lo establecido en el Modelo del Contrato, Documento DA-02 el cual forma parte integrante de estas bases de licitación, asimismo, no habrá ajuste de precios. 4.7 Idioma de las proposiciones Las proposiciones deberán presentarse en idioma español; los anexos técnicos y folletos que expresamente se soliciten en la convocatoria y sus anexos, podrán presentarse en el idioma del país de origen del documento, acompañado de una traducción simple al español, la cual se circunscribirá a las especificaciones de los bienes ofertados. Dado el caso, la falta de presentación de la traducción simple será causal de desechamiento de la partida correspondiente. Las proposiciones, las solicitudes de aclaraciones a las bases de licitación que realicen los licitantes, las respuestas de PEP y en su caso, cualquier correspondencia o documentación relacionada con las mismas, deberán redactarse en idioma español. 4.8 Propuestas conjuntas Para participar en esta licitación, dos o más personas podrán agruparse para presentar una propuesta conjunta, sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que para tales efectos, en la propuesta se establezcan con precisión y a satisfacción de PEP, la forma en que pretendan organizarse, las actividades o partes de los servicios que cada persona se obligará a ejecutar y se cumpla con los requisitos establecidos en el Articulo 24 de las DAC, entre los que destacan los siguientes:

12 Hoja: 12 de 327 I. Bastará que un integrante obtenga las bases de licitación y manifieste su interés en participar (Documento DA-03). II. Deberán celebrar entre sí un convenio privado (Documento DA-08), el que contendrá lo siguiente: a) Nombre, RFC y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación; b) Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación, y presentando identificación oficial vigente; c) Deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. d) Definición de las actividades o partes del objeto del Contrato que cada persona se obligaría a cumplir. e) Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones; f) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la Propuesta, y g) Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme. h) Estipulación expresa de la(s) persona(s) que participará(n) aportando los recursos financieros para el proyecto, y serán ellos quienes deberán cumplir en forma conjunta con el capital contable y capacidad financiera, debiendo entregar la documentación solicitada en la Integración de la Propuesta Técnica. III. Deberán adjuntar el(los) instrumento(s) que regule(n) el control del grupo que presenta la propuesta conjunta por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los integrantes del grupo y los acuerdos de indemnización entre los mismos, este documento se incluirá como parte de la Documentación Legal- Administrativa. IV. En su caso, para cumplir con la capacidad financiera requerida por PEP, los integrantes de la propuesta conjunta podrán solicitar el apoyo financiero de las Entidades que controlen o se relaciones Corporativamente, directa o indirectamente con ello, por lo que se obligaran de forma solidaria para garantizar el cumplimiento del contrato.

13 Hoja: 13 de Vigencia de la propuesta y actualización. La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de 50 días calendario, contados a partir de la fecha en que se realice el acto de presentación y apertura de propuestas de esta Licitación. En su caso, por cualquier interposición de inconformidades, recursos o procesos judiciales, por el que se suspenda este proceso licitatorio, la vigencia se entenderá prorrogada Programa de cadenas productivas Se hace de su conocimiento el acuerdo que Petróleos Mexicanos tiene concertado con Nacional Financiera, S. N. C. denominado Programa de Cadenas Productivas, el cual inició operaciones a partir del 06 de enero de 2003 y cuyo objetivo es apoyar a los proveedores, contratistas o prestadores de servicios de PEMEX y/o de los Organismos Subsidiarios, a través de operaciones de factoraje y descuento electrónico de hasta el 100% del importe de los títulos de crédito y/o documentos en que se consignen derechos de crédito expedidos por PEMEX o por los Organismos Subsidiarios, incluyendo los intereses correspondientes, siendo la misma Nacional Financiera, el canal para la recepción de los Poderes, Actas Constitutivas y Carta de Adhesión que firmen los proveedores y contratistas. Para mayor información del programa mencionado, los interesados deberán dirigirse directamente a Nacional Financiera, S.N.C. o a la información contenida en el Documento DA- V de estas bases. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en Otras Disposiciones Transitorias, artículo Décimo Cuarto de la LPM Juntas de Aclaraciones y modificaciones a las bases de licitación. El acto de la primera junta de aclaraciones sobre el contenido de estas bases de licitación, se llevará a cabo en la domicilio de esta convocante en la lugar, fecha y hora indicadas en el Cronograma del Proceso de la Licitación (Regla No. 3). En el cual se darán a conocer las respuestas a las preguntas hechas por los licitantes hasta 24 horas previas al evento, y que hayan sido entregadas personalmente o a través de correo electrónico alejandro.bolanos@pemex.com, para lo cual será obligación del licitante obtener el acuse de recibo correspondiente. Asimismo, PEP celebrara una segunda Junta de Aclaraciones en la cual se dará respuestas sobre las preguntas formuladas por los licitantes a las respuestas dadas por PEP en la Primer Junta de Aclaraciones, las cuales deberán ser enviadas por los licitantes como límite 24 horas previas a la Segunda Junta de Aclaraciones que se llevara a cabo en la fecha y horario que se señale en el acta de la Primer Junta de Aclaraciones. Cuando así lo determine PEP, podrá llevar a cabo ulteriores juntas de aclaraciones, lo cual se establecerá en las actas de las juntas de aclaraciones. Los actos serán presididos por el servidor público designado por la convocante, quién será asistido por representantes de las áreas que se consideren necesarias.

14 Hoja: 14 de 327 Las dudas y solicitudes de aclaración a las bases de la licitación que presenten los licitantes se resolverán con la información con que cuente el organismo convocante. Solamente podrán formular cuestionamientos o expresar sus dudas, las personas (físicas o morales, que se hayan inscrito, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante de inscripción (Documento DA-03); en caso contrario se les permitirá su asistencia registrándose, sin poder formular preguntas ni intervenir en cualquier forma en el acto. Se reitera que los licitantes deberán entregar con al menos 24 horas de anticipación a la fecha en que se lleve a cabo la primer junta de aclaraciones, sus preguntas en el domicilio de la convocante mediante un escrito dirigido a PEP, firmado por su representante y acompañado preferentemente de su archivo en Word; o bien, enviarlas por correo electrónico en documento firmado y escaneado; así como, preferentemente el archivo en Word y deberán adjuntar copia del comprobante de inscripción, solo en el primer envío de preguntas, al correo electrónico siguiente: alejandro.bolanos@pemex.com Las preguntas recibidas con posterioridad a los plazos antes señalados para las juntas de Aclaraciones o concluidas estas no se contestarán por considerarse presentadas de manera extemporánea. Con la finalidad de facilitar el proceso de revisión y respuesta a las preguntas y comentarios, se recomienda utilizar el Formato para presentación de preguntas para el acto de aclaración de dudas (Documento DA-15), mismo que se sugiere sea entregado adicionalmente en archivo electrónico, como se indica al pie de dicho formato. Es importante señalar que todas las preguntas formuladas y sus respuestas deberán constar por escrito en el (las) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones. PEP podrá contestar las preguntas recibidas en la primera junta de aclaraciones, en la segunda o en subsecuentes juntas de aclaraciones. De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de PEP y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y ponerse a disposición de los ausentes, en el domicilio y oficina de la convocante, así como en la página siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido, ya que tal documentación formará parte integral de las bases de licitación. Cuando ya no se haya programado otra junta de aclaraciones, el acta que corresponda indicará que se trata de la última. La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos. La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de PEP en la dirección indicada en el segundo párrafo de este punto para que le sea entregada copia del acta de la junta respectiva, o bien podrá consultar el

15 Hoja: 15 de 327 acta de dicha junta en la página de Internet Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet independientemente de que pueda acudir al domicilio de PEP Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. PEP podrá modificar los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las Bases de Licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación. Cualquier modificación a las bases de licitación derivada de la o la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de licitación, por tanto deberá ser tomada en cuenta por los licitantes para la elaboración de sus propuestas. PEP entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, en la última de ellas; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que estarán disponibles en el portal de PEP. PEP establecerá un plazo suficiente entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas Forma de Integración de las Propuestas Forma de participación Los licitantes podrán participar de manera presencial en la(s) junta(s) de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones, el acto de fallo y en general en cualquier otro acto público de este proceso de contratación. Los licitantes deberán presentar sus propuestas de manera presencial, en sobres cerrado, durante el acto de presentación y apertura de propuestas. Las propuestas se elaborarán por escrito en original, legible, sin tachaduras ni enmendaduras y debidamente firmado autógrafamente en el lugar que se indica en cada uno de los documentos que integren la proposición y en la última hoja de cada documento. La propuesta deberá ser firmada por el apoderado o representante legal acreditado (o representante común en caso de proposiciones conjuntas), autógrafamente, en la última hoja del documento que las contenga y en aquellas partes que se determinen en estas bases de licitación.

16 Hoja: 16 de 327 Los licitantes, en la preparación de sus proposiciones, podrán utilizar los formatos que se entregan como parte de estas bases, o bien, en sus formatos, siempre y cuando éstos contengan toda la información requerida, y preferentemente en el orden señalado. A fin de facilitar el proceso de evaluación de las proposiciones, se recomienda que las propuestas técnica y económica, se entreguen con sus hojas debidamente foliadas. En este procedimiento licitatorio no se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal, de mensajería o correo electrónico. Cada licitante sólo podrá presentar una sola proposición en esta licitación Documentos que integran la proposición: La proposición estará integrada por la propuesta técnica y la propuesta económica, según se describe más adelante, las cuales deberán estar contenidas en carpeta(s) o folder(s), respectivamente en el interior de 2 (dos) sobres cerrados, identificado cada uno por el frente, como a continuación se indica: SOBRE No. 1 SOBRE No. 2 PROPUESTA TÉCNICA (NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL LICITANTE) LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL (TLC) Dirección de la convocante: Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5 Col. Los morales Polanco, México, D.F. C.P PROPUESTA ECONÓMICA (NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL LICITANTE) LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL (TLC) Dirección de la convocante: Jaime Balmes No. 11 edificio A piso 5 Col. Los morales Polanco, México, D.F. C.P SOBRE No. 1: CONTENDRÁ LA PROPUESTA TÉCNICA. SOBRE No. 2: CONTENDRÁ LA PROPUESTA ECONÓMICA. Es conveniente que se presenten estas propuestas siguiendo el orden que a continuación se indica, y foliadas. Se aclara que la no presentación en carpeta o folder, o no seguir el orden señalado o no foliar las hojas de la propuesta, no serán motivos de descalificación, sin embargo, es conveniente para la mejor conducción del procedimiento de la licitación.

17 Hoja: 17 de 327 Presentación de las propuestas. Si la persona que entrega la documentación en el acto de presentación y apertura de propuestas es diferente del representante legal, deberá mostrar al inicio del acto de presentación, la documentación siguiente: Una identificación oficial (original y copia), la cual podrá consistir en credencial de elector, pasaporte, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional, y DA-04.- Carta poder simple, otorgada por el representante legal, que lo autorice expresamente a presentar los documentos en dicho acto. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto sin intervenir en el mismo. Entrega de la documentación complementaria (distinta a la parte técnica y económica): Los participantes deberán presentar la siguiente documentación simultáneamente con sus propuestas, dentro del sobre que contenga la oferta técnica o fuera de él, a elección del licitante: DOCUMENTO DA-03 DA DA-04 DA-05 DA-08 DA-10 DA-11 DA-11-A DA-12 DA-14 ASPECTOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS Manifestación Escrita en el que el firmante manifiesta bajo protesta de decir verdad su interés en participar y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o su representada para intervenir en los actos del procedimiento de licitación (Inscripción a la licitación) (Obligatorio) Identificación Oficial (Cartilla del SMN, Pasaporte, IFE, Cedula Profesional, etc) (Obligatorio) Formato: carta de Poder Simple de la Persona que entrega la proposición (Opcional) Nota: Si no es el representante legal que firma la proposición. Formato para la Manifestación escrita de conocer y aceptar la LPM, su Reglamento, las DAC, la convocatoria, las especificaciones generales y particulares de los (servicios, trabajos, etc.), las bases de la licitación (incluyendo las adecuaciones y modificaciones realizadas durante las juntas de aclaraciones) y los documentos que la integran. (Obligatorio) Convenio privado de participación conjunta (Cuando aplique). Escrito de información básica legal del licitante (Acreditamiento de la personalidad del licitante).(obligatorio) Documento de compromisos con la transparencia entre el licitante y PEP.(Opcional) Formato para la manifestación escrita para la declaración de integridad. (Obligatorio) Manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren la Fracción V del Artículo 53 de la LPM, su Reglamento, así como el Artículo 12 de las DAC. (Obligatorio) Manifestación relativa a lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. (Opcional) 1.- El Documento DA-16 de estas bases, en el que se relacionan los documentos que PEP requiere para efectos de la presentación de la proposición, servirá como lista de verificación de los

18 Hoja: 18 de 327 documentos que se reciban de las proposiciones, los que se harán constar en el mismo documento. El documento DA-16 de cada licitante, formará parte del acta de presentación y apertura de proposiciones de la licitación (este documento es opcional para los licitantes). 2.- Formato para manifestación de la información confidencial o reservada de los licitantes documento DA-14 (este documento es opcional). Propuesta (parte técnica): Dentro del sobre No. 1, debe incluirse debidamente separada e identificada, la propuesta técnica, debiendo integrarse preferentemente dentro de una carpeta o fólder (engargolada o con argollas) con separadores, identificada con el número de partida(s) ofertada(s), y conteniendo los documentos en original, con sus hojas foliadas consecutivamente: DOCUMENTO DT-02 ASPECTOS TECNICOS Requisitos y Criterios de Evaluación Técnica Especificaciones y Características Técnicas detalladas del(los) Bien(es) ofertado(s) por el Licitante (Obligatorio) Se aclara que la no presentación en carpeta o fólder, o no seguir el orden señalado o no foliar las hojas de la propuesta, no serán motivos de desechamiento, sin embargo, sí es conveniente para la mejor conducción del procedimiento de la licitación. Las propuestas deberán ser firmadas autógrafamente por persona facultada (representante legal), en la última hoja del documento que las contenga y en aquellas partes que se determinen en estas bases de la licitación, por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica. Propuesta (parte económica): Dentro del sobre No. 2, debe incluirse debidamente separada e identificada, la propuesta económica, debiendo integrarse preferentemente dentro de una carpeta o fólder (engargolada o con argollas), con separadores, identificada con el núm. de partida ofertada, y conteniendo los documentos en original, siguiendo el orden que se indica, con sus hojas foliadas consecutivamente: No. de Documento DE-02 Concepto Catalogo de Conceptos, Precios Unitarios e Importe de los Bienes (Obligatorio) (propuesta económica)

19 Hoja: 19 de 327 Se aclara que la no presentación en carpeta o fólder, o no seguir el orden señalado o no foliar las hojas de la propuesta, no serán motivos de descalificación, sin embargo, sí es conveniente para la mejor conducción del procedimiento de la licitación. Las propuestas deberán ser firmadas autógrafamente por persona facultada (representante legal), en la última hoja del documento que las contenga y en aquellas partes que se determinen en esta convocatoria y sus anexos, por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica Acto de presentación y apertura de propuestas El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de acuerdo a lo siguiente: I. El acto de presentación y apertura de propuestas será presidido por el servidor público designado por la convocante, quien será la única persona facultada para tomar las decisiones durante la realización del acto y se llevará a cabo en un solo acto en la dirección de la convocante y horario señalado en el punto 3.- Cronograma del procedimiento de contratación de estas Bases de licitación. II. Con el objeto de mantener el orden y respeto a los asistentes en el acto de presentación y apertura de propuestas, los asistentes deberán mantener apagados los teléfonos celulares y cualquier aparato electrónico de comunicación o captura de imágenes, video y sonido. III. Los licitantes son los únicos responsables de que la documentación requerida en esta etapa del proceso de licitación sea entregada en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de propuestas. IV. La hora del inicio de este acto, estará sincronizada con la hora de la página electrónica o con la hora de Telmex marcando el numero 030. V. A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de propuestas, no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, y se registrarán los asistentes. Una vez iniciado el acto de presentación y apertura de propuestas, no se recibirán las propuestas de los licitantes que lleguen después de la hora señalada, por lo que se recomienda a los participantes que se presenten con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, considerando el tiempo requerido para registrarse y obtener su acceso. VI. Una vez recibidas las propuestas en sobre cerrado, el servidor público facultado por la convocante para presidir el acto, procederá a realizar una revisión cuantitativa de las propuestas, y verificará que las mismas contengan los documentos requeridos en estas bases de licitación, en el caso de que algún licitante omitiere la presentación de documentos en su propuesta, o les faltare algún requisito, ésta no será desechada en ese momento; los faltantes u omisiones se harán constar en el acta del Acto de Presentación y Apertura de Propuestas. Con posterioridad, la convocante llevará a cabo la evaluación de las propuestas, haciendo la valoración que corresponda a cada

20 Hoja: 20 de 327 requisito solicitado así como en su caso, a la omisión de los mismos, y el resultado de dicha revisión o análisis se dará a conocer en el fallo correspondiente. La determinación de la convocante sobre el cumplimiento de una proposición con los requisitos de la convocatoria a la licitación se basará sólo en los documentos presentados, sin considerar ningún otro tipo de evidencia externa. VII. De entre los licitantes que hayan asistido, estos elegirán a cuando menos uno, que en forma conjunta con el servidor público que PEP designe, rubricarán las propuestas recibidas. VIII. En caso que los licitantes no se pongan de acuerdo para elegir al menos a un licitante para rubricar los documentos antes citados, el servidor público que preside el acto elegirá a cuando menos un licitante para que los rubrique. IX. Recibidas las propuestas en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se deberán considerar vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta la conclusión del mismo. X. Se verificarán las propuestas recibidas y se hará constar en el acta la documentación presentada, sin entrar en el análisis detallado de la misma. XI. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las propuestas, en la que se hará constar el importe de cada una de ellas. El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a disposición para efectos de notificación, a los licitantes en la página de Internet: siendo de su exclusiva responsabilidad obtenerla y enterarse de su contenido, la falta de firma de algún licitante, no invalidará su contenido y efectos, en dicha acta se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación. XII. Durante el plazo entre el acto de presentación y apertura de propuestas y la fecha establecida para el fallo de la licitación, PEP hará el análisis detallado de la(s) propuesta(s) recibidas Evaluación de las propuestas La convocante evaluará las propuestas utilizando los métodos y criterios de evaluación previstos en las bases de esta licitación. En todos los casos la convocante verificará que las propuestas cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria y las presentes bases de licitación, elaborando una justificación que determine la solvencia de la propuesta ganadora y el desechamiento de propuestas. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la licitación no será motivo para desechar sus propuestas. Durante el periodo de evaluación, PEP a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes aclaraciones de cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de sus propuestas. Las solicitudes de aclaración deberán ser claras y precisas y señalar la parte de la propuesta sobre la cual se

21 Hoja: 21 de 327 requiere. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de la convocante, no será motivo para desechar sus propuestas La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los Licitantes también sean por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances. La evaluación de las propuestas se hará por el método siguiente: Binario PEP procederá a evaluar las proposiciones según corresponda, conforme al Documento DA-01 para la evaluación administrativa, Documento DT-01, para la evaluación técnica y Documento DE-01 para la evaluación económica. Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la propuesta: El proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse. El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica. El no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida. Aspectos legales / administrativos: Se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos legales / administrativos solicitados en los documentos señalados como DA, de estas bases de acuerdo a lo siguiente: ASPECTOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS Documento DA-03.- Manifestación Escrita en el que el firmante manifiesta bajo protesta de decir verdad su interés en participar y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o su representada para intervenir en los actos del procedimiento de licitación (Inscripción a la licitación) (Obligatorio) Documento DA Identificación Oficial (Cartilla del SMN, Pasaporte, IFE, Cedula Profesional, etc) (Obligatorio) CRITERIO DE EVALUACIÓN Deberá presentar el documento DA-03 debidamente requisitado. Deberá presentar identificación oficial para poder cotejar nombres y firmas de la persona que firma la propuesta. CAUSAS DE DESECHAMIENTO No presentar el documento DA-03 o no presentarlo debidamente requisitado. El no presentar alguna identificación oficial de las señaladas será causa de desechamiento de la propuesta, ya que no se podría verificar la veracidad de las mismas.

22 Hoja: 22 de 327 ASPECTOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS Documento DA-05.-Formato para la Manifestación escrita de conocer y aceptar la LPM, su Reglamento, las DAC, la convocatoria, las especificaciones generales y particulares de los (servicios, trabajos, etc.), las bases de la licitación (incluyendo las adecuaciones y modificaciones realizadas durante las juntas de aclaraciones) y los documentos que la integran. (Obligatorio) Documento DA-08.- Convenio privado de participación conjunta (Cuando aplique). Documento DA-10.- Escrito de información básica legal del licitante (Acreditamiento de la personalidad del licitante).(obligatorio) Documento DA-11-A.- Formato para la manifestación escrita para la declaración de integridad. (Obligatorio) Documento DA-12.- Manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren la Fracción V del Artículo 53 de la LPM, su Reglamento, así como el Artículo 12 de las DAC. (Obligatorio) CRITERIO DE EVALUACIÓN Deberá presentar el documento debidamente requisitado. En caso de propuesta conjunta deberá entregar el convenio debidamente requisitado. Deberá presentar el documento debidamente requisitado. Deberá presentar el documento debidamente requisitado. Deberá presentar el documento debidamente requisitado CAUSAS DE DESECHAMIENTO El no presentar el documento o no presentarlo debidamente requisitado. Si no presenta el documento o no lo presenta debidamente requisitado en caso de propuesta conjunta.. El no presentar el documento o no presentarlo debidamente requisitado El no presentar el documento o no presentarlo debidamente requisitado El no presentar el documento o no presentarlo debidamente requisitado Aspecto técnico: Se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos solicitados en el Documento DT-01, de las bases de licitación. Aspecto económico: Se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos solicitados en el Documento DE-01 incluyéndolos en su documento DE-02, de las bases de licitación Causas de desechamiento de las propuestas: Las Propuestas serán desechadas por cualquiera de las siguientes causas: I. La presentación incompleta o la omisión de cualquier documento requerido en las Bases de Licitación, que afecten la solvencia de la oferta, como el precio, especificaciones y alcances. II. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PEP; en caso de no haber realizado las aclaraciones correspondientes. III. Si el Licitante se encuentra en cualquiera de los supuestos de la Fracción V del Artículo 53 de la LPM, su Reglamento, así como el Artículo 12 de las DAC;

23 Hoja: 23 de 327 IV. La presentación de una propuesta condicionada; V. Los actos o intentos de influir en la evaluación de las Propuestas a través de PEP o sus servidores públicos. VI. En el caso de que un licitante presente propuesta por si misma o como parte de una Propuesta Conjunta y presente otra propuesta o bien, cuando los Licitantes se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común Criterio de adjudicación del contrato Para la presente licitación no habrá abastecimiento simultáneo y los bienes serán adjudicados por partida completa de las establecidas en el Documento DE-02. Una vez hecha la evaluación de las Propuestas, se adjudicará el Contrato correspondiente al licitante cuya propuesta resulte solvente por reunir conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases de Licitación, las condiciones legales, así como las técnicas y económicas requeridas por PEP. a) Por partida completa de los conceptos contenidos en el Documento DE-02, y el contrato y se adjudicará de entre los licitantes que cumplan con todos los requisitos solicitados en las Bases de la licitación y con los criterios de evaluación legal-administrativa, técnica y económica establecidos. b) Si resultare que dos o más propuestas son solventes y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos de PEP, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta con el Importe de la propuesta más baja. Cuando derivado de la evaluación de las proposiciones, persiste el empate en el precio de dos o más proposiciones la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados Declarar desierta la licitación: De conformidad con el Artículo 36 de las DAC, PEP podrá declarar desierta la Licitación en los siguientes supuestos: I. No se presenten propuestas. II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados.

24 Hoja: 24 de 327 III. Las propuestas económicas no resulten aceptables. IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en estas bases de licitación Cancelar la licitación: De conformidad con el Artículo 37 de las DAC, PEP podrá cancelar esta Licitación o partidas incluidas en esta por cualquier causa. Los gastos y costos asociados en la preparación y entrega de Propuestas deberán ser absorbidos por los Licitantes, PEP solo reconocerá el pago de gastos no recuperables que, en su caso, procedan, y siempre que sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación correspondiente, cuando esta sea cancelada por la propia Convocante, salvo en las cancelaciones por caso fortuito, fuerza mayor o causas de interés público. El pago de los gastos no recuperables descritos en el párrafo anterior, se limitará a los siguientes conceptos I. Gastos de pasajes y hospedaje del personal que haya asistido a las juntas de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de las propuestas, al fallo de licitación, y a la firma del contrato, en el caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento; II. Costos de la preparación de la propuesta que exclusivamente corresponderá al pago de honorarios del personal técnico, profesional y administrativo que participó en forma directa en la preparación de la propuesta; los materiales de oficina utilizados y el pago por la utilización del equipo de oficina y fotocopiado, y Suspensión o nulidad: De conformidad con lo que señalan el segundo párrafo del Artículo 35 de la LPM, la Secretaría de la Función Pública (SFP) y el Órgano Interno de Control en PEP, en ejercicio de sus facultades, podrán suspender el procedimiento de Licitación o determinar su nulidad parcial o total Fallo La junta pública donde se dará a conocer el fallo de la Licitación, se celebrará en el lugar, fecha y hora señalada en el cronograma del procedimiento de contratación contenido en el punto 3 de estas Bases de Licitación, o en su defecto en el Acta de Presentación de Proposiciones y Apertura de Propuestas, a la que libremente podrán asistir los Licitantes que presentaron propuesta. En dicho acto se hará público cuales fueron las Propuestas que PEP ha declarado Solventes de acuerdo con los criterios señalados en las Bases de Licitación y el nombre del Licitante ganador, de conformidad con lo señalado en los artículos 33 y 34 de las DAC. Asimismo, se levantará el Acta de Fallo de la Licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos,

25 Hoja: 25 de 327 poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación. Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, el Licitante podrá proceder a inconformarse de acuerdo a los términos del segundo párrafo de artículo 35 de la LPM y 67 de su Reglamento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de las DAC, cuando de manera posterior a su notificación se advierta en el fallo la existencia de un error que no afecte el resultado de la evaluación realizada y siempre que no se haya firmado el contrato, PEP procederá a su corrección, mediante acta administrativa, la cual se notificará a los licitantes y a las áreas que hubieran participado en el procedimiento de contratación, así como al Órgano Interno de Control de PEP Formalización del contrato El contrato, cuyo modelo se adjunta en estas Bases de Licitación, deberá ser firmado por el licitante ganador en la fecha que se indique en el acta de fallo o en su defecto dentro de los 15 (Quince) días naturales al acto de notificación de fallo, plazo que iniciara a partir del día siguiente del mismo. De conformidad con lo establecido en el Documento W, El Licitante adjudicado deberá presentar, dentro de los 3 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, y previo a la firma del contrato los siguientes documentos: a) Registro Federal de Contribuyentes b) Acta constitutiva y modificaciones a la misma, las cuales deberán de estar inscritas en el Registro Público que corresponda. c) Poder notarial del representante legal, con facultades para actos de dominio, de administración o para suscribir contratos, el cual deberá estar inscrito en el Registro Público que corresponda, y en su caso carta del fedatario público en la que se haga constar que se encuentra en trámite la inscripción del poder en el Registro respectivo. d) Comprobante del domicilio Fiscal e) Para los efectos del artículo 32-D, favor de remitirse al documento 19. f) Deberán incluir en su consulta el correo electrónico de PEP donde podrán hacer del conocimiento del resultado de la misma. g) Escrito en papel membreteado (original) de la empresa adjudicada, que contenga los siguientes datos bancarios para efecto de pago: nombre del banco, domicilio, número de cuenta, nombre del cuenta habiente, CLABE de la cuenta, plaza, sucursal y la conformidad del banco a través de un sello y firma ambos originales, indicando que el beneficiario es el mismo a quien se le adjudicó el contrato. La información contenida en el escrito debe ser actualizada. Para facilidad se presenta formato incluido como Documento DA-17 en estas Bases de licitación

26 Hoja: 26 de 327 h) Copia Simple por ambos lados de la Identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas morales, de la persona que firmará el contrato. i) En el caso de propuestas conjuntas deberá de entregarse la documentación legal de cada una de las empresas que integraron la propuesta conjunta, así como el poder de los representantes legales de cada empresa. j) Cuando sea necesario, deberá presentar en original, los documentos que se listan a continuación: k) De conformidad con lo que señala el Artículo 53 de las DAC, para el caso de que el contrato se adjudique a una propuesta conjunta, se aplicará lo siguiente: a) Deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEP. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; b) Formarán parte integrante del contrato el o los instrumentos legales suscritos entre las personas que presentaron la propuesta conjunta para establecer las actividades a que se obliga cada una de ellas; el acuerdo que designa a aquélla que actuará como líder en la ejecución del contrato; los mecanismos que regulen el control del grupo que presenta la propuesta conjunta y la resolución de controversias entre los participantes; así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, y c) La persona moral que hubiere sido designada como líder durante la ejecución del contrato deberá ser miembro del Consorcio; asumir la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con el Organismo Descentralizado. En su caso, el contrato estipulará las condiciones para cambiar al líder previa autorización del Organismo Descentralizado. De conformidad con lo establecido en el Artículo 52 de la DAC, en caso de que el licitante ganador no firmare el contrato por causas imputables al mismo, éste podrá ser adjudicado al Licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por PEP como solvente. En el caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del Consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del párrafo anterior, salvo que el Consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en cuyo caso el Organismo Descentralizado aplicará lo dispuesto en el Artículo 54 de las DAC y podrá autorizar la sustitución de que se trate. De no autorizarla PEP, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador y será sancionado en términos del Artículo 59 de la LPM Cumplimiento de obligaciones fiscales si es proveedor nacional Para los efectos del artículo 32-D, remitirse al documento 19.

27 Hoja: 27 de 327 Deberán incluir en su consulta el correo electrónico donde podrán hacer del conocimiento del resultado de la misma. El contribuyente extranjero ganador de la licitación entregará al área contratante, un escrito bajo protesta de decir verdad, para lo cual utilizarán el formato incluido en el Documento DA Garantía de cumplimiento del contrato y vicios ocultos I.- Garantía de cumplimiento del contrato El licitante ganador deberá presentar ante y a favor Pemex Exploración y Producción, las garantías en la forma, términos y porcentajes que se indican en el clausulado del modelo de contrato que forma parte de la presente convocatoria, conforme los requisitos mínimos que deben contener las Fianzas, para lo cual se entregan el Documento DA-18 que contiene los modelos de garantía Para garantizar el debido cumplimiento de los contratos y de Carta de Crédito Stand By, que deberán ser presentar por el representante común del grupo de personas, otorgada a nombre de todas y cada una de las personas físicas o morales que lo integren Información confidencial de las propuestas PEP reconoce que la información que el licitante proporcione en su propuesta debe guardarse con carácter confidencial, toda vez que dicha información significa un esfuerzo del licitante para obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a otros licitantes en la realización de una actividad económica, es decir por tratarse en términos de la Ley de la Propiedad Industrial, de Secretos Industriales. En caso de que el licitante incluya en su propuesta información ó documentos de naturaleza confidencial, en términos de lo que señalan los Artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, podrá requisitar y entregar en el sobre que contenga su propuesta Técnica, el Documento DA-14 contenido en estas Bases de Licitación. Lo anterior en el entendido de que PEP no estará comprometida a la adopción de los medios, mecanismos, o sistemas suficientes para preservar la confidencialidad y el acceso restringido a la misma para toda aquella información proporcionada por el licitante en su propuesta que por su decisión, interés, falta de cuidado, o condición análoga sea divulgada públicamente o aquella para la que el licitante dé su autorización expresa para en su caso, hacerla pública. Cabe destacar que la presentación del Documento DA-14, no es un requisito de evaluación, sin embargo a través de dicho documento el licitante puede exponer su postura respecto de que información es de naturaleza confidencial. Por lo que al no incluir el citado documento en el sobre que contenga su propuesta, se entenderá que la información contenida en el mismo es de carácter público.

28 Hoja: 28 de Responsabilidad por recursos o inconformidades infundadas En términos del Artículo 67 del RLPM los Licitantes podrán presentar inconformidades en contra de los actos que se realicen en el desarrollo de la Licitación, ante la Secretaría de la Función Pública por conducto del Órgano Interno de Control en PEP, dependiente de la Secretaría de la Función Pública, ubicado en el 10 piso de Bahía de Ballenas N 5, Col. Verónica Anzures, C. P , México, D. F Rescisión administrativa En caso de rescisión administrativa, se estará a lo dispuesto en el Modelo de Contrato en las cláusulas Suspensión del Contrato, Terminación Anticipada del Contrato y Rescisión Administrativa del Contrato y Penas Convencionales Leyes y tribunales para la licitación Esta Licitación se lleva a cabo de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LPM, su Reglamento y las DAC, y las demás Leyes y Ordenamientos Federales Aplicables. Todos los Licitantes (incluyendo miembros de un consorcio), al adquirir las Bases de Licitación y/o participar en la Licitación, renuncian a cualquier fuero que les pudiera corresponder por razón de su domicilio o nacionalidad o por cualquier otro motivo, y se someten a las leyes y tribunales federales mexicanos, para cualquier controversia que pudiera suscitarse con motivo de la Licitación y se apegaran a lo establecido en el modelo de contrato de esta licitación. 5.- Modelo de Contrato. El modelo del contrato aplicable para la presente licitación será conforme al Documento DA-02

29 Hoja: 29 de 327 DOCUMENTO DA-02 CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE CONTRATO ) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ PEP, REPRESENTADO POR, EN SU CARÁCTER DE Y POR LA OTRA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ PROVEEDOR, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR EN SU CARÁCTER DE, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S 1. PEP declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo. 1.2 C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5 de la Ley de Petróleos Mexicanos y en la fracción XIII del Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario). D) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS SUBDIRECTORES CORPORATIVOS. Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos

30 Hoja: 30 de 327 Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante de fecha. 1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato. 1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de PETRÓLEOS MEXICANOS U ORGANISMO SUBSIDIARIO). 1.7 Durante el procedimiento de contratación ni el PROVEEDOR, sus subcontratistas o empleados de éstos, le prometieron, ofrecieron o entregaron dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva con el propósito de obtener un beneficio o ventaja. 2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que: 2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS., y (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No., de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:

31 Hoja: 31 de 327 Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No., de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO: Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

32 Hoja: 32 de Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEP el (la) (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", ACUSE DE RESPUESTA, OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, ETC.), con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que PEP le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

33 Hoja: 33 de No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. Así mismo declara que durante el procedimiento de contratación no prometió, ofreció o entregó cualquier dadiva, con el propósito de obtener un beneficio o ventaja 2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s), en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato. DEFINICIONES Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: Área Administradora del Proyecto : Subdirección de Gestión de Recursos Técnicos. Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato : Subdirección de Infraestructura Tecnológica. Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante bienes ) por parte de PEP consistentes en:, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos. EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:

34 Hoja: 34 de 327 Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo que forma parte del mismo. SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como Anexo de este contrato. Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que se especifican en el Anexo que forma parte integrante del presente contrato según aplique-), a la atención de, en días hábiles y en el siguiente horario:. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEP, será a cargo del PROVEEDOR. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: partida completa. La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: y PEP estará obligado a:. 3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por PEP, o iii) por cualquier acto u omisión de PEP o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas. Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de Modificaciones al Contrato y Suspensión de este contrato. CUARTA.- REMUNERACIÓN 4.1 Monto

35 Hoja: 35 de 327 El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $ ( 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo de este contrato. La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.) 4.2 Facturación El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PEP, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única. Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en. El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. 4.3 Condiciones y forma de pago PEP pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

36 Hoja: 36 de 327 VENCIMIENTO INHÁBIL Domingo Sábado Lunes a jueves Viernes PAGO Día hábil posterior Día hábil anterior Día hábil posterior Día hábil anterior En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente. Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PEP. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PEP a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 (diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PEP, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con (número ) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero, y presentar Nota de Crédito a favor de PEP bajo el concepto de descuento por pronto pago misma que deberá reunir los requisitos fiscales

37 Hoja: 37 de 327 establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEP. TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS: Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago. PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Los pagos se efectuarán en (moneda extranjera), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el PROVEEDOR en el extranjero. EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que PEP no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato. CUANDO APLIQUE: EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE ITS:

38 Hoja: 38 de 327 El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEP. PEP procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEP. 4.6 Anticipo Para el presente contrato PEP no otorgara anticipo QUINTA.- PENALIZACIONES Las partes en el presente contrato, acuerdan que PEP le aplicará penalizaciones en los siguientes supuestos: I. Atraso en la entrega de los bienes Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente al 0.5% (equivalente a cinco al millar) sobre el valor de los bienes entregados con atraso, por cada día calendario de atraso y hasta el importe de la fianza de cumplimiento 10% (Diez por ciento). II. Incumplimiento de las obligaciones relativas a la cláusula de Contenido Nacional De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada Contenido Nacional, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo.- Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

39 Hoja: 39 de 327 III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO SSPA En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo SSPA del presente contrato, PEP aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo SSPA siguientes: GUÍA DE LLENADO, REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA y CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de 10% del monto del contrato. El PROVEEDOR acepta, que PEP aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: - Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEP, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL De acuerdo a lo establecido en el Anexo.- Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados al momento de la entrega, el PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del Anexo.- Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, PEP verificará documentalmente durante la vigencia del Contrato, de manera directa o a través de terceros, que el grado de integración nacional del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado. El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penalizaciones del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades. SÉPTIMA.- CESIÓN El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con

40 Hoja: 40 de 327 excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PEP, con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEP otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo. Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEP realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que PEP esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a PEP el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN

41 Hoja: 41 de 327 El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados. NOVENA.- GARANTÍAS GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEP, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (Diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEP. PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el % (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el % (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEP. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEP, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEP. B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub

42 Hoja: 42 de 327 júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEP. F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado. CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEP. CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el % (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el % (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el % (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de PEP. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEP salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEP, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEP.

43 Hoja: 43 de 327 B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada. C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PEP, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en: PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEP. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Que queda obligado ante PEP para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEP podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEP otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEP, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEP con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEP exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEP. B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEP, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEP.

44 Hoja: 44 de 327 C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEP. F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación. 5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados. CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de PEP. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

45 Hoja: 45 de 327 La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de ubicadas en en el horario de: en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEP detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEP, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice PEP a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. Dicha inspección se llevará a cabo en:. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEP, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida/subpartida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Invariablemente, la entrega de los bienes y/o servicios se deberá efectuar con nota de remisión, debiendo indicar el número del contrato y la partida/subpartida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en las Áreas Usuarias (Centros de Trabajo).

46 Hoja: 46 de 327 El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEP. El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 (Cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato. Cualquier gasto en que incurra PEP, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PEP bajo el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y c. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de: a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada Suspensión,,y, b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

47 Hoja: 47 de 327 Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a PEP, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula Bienes no previstos en el contrato Si durante la ejecución del contrato, PEP requiere la adquisición de bienes no previstos en el mismo, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de proveerlos, éste sólo podrá suministrarlos una vez que cuente con la autorización por escrito, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. Los precios de dichos bienes deberán ser acordados previo al suministro de los mismos. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Suspensión. En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Terminación Anticipada. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa

48 Hoja: 48 de 327 PEP podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de PEP ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de PEP ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada Contenido Nacional ; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula Anticorrupción ; l) Si no da a PEP o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; m) Si no entrega a PEP el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula Modificaciones al Contrato ; n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo SSPA de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el

49 Hoja: 49 de 327 Anexo SSPA, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo SSPA de este contrato; p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo SSPA, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEP podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PEP valorará la decisión de rescindir; q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo SSPA, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEP podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEP valorará la decisión de rescindir; r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PEP podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo SSPA ; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEP podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEP atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEP podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEP determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEP, en un plazo de ( ) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PEP, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

50 Hoja: 50 de 327 El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ( ) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PEP. PEP podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEP hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEP procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PEP notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. La determinación de PEP de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES En caso de que PEP resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PEP al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo Rescisión por causas imputables a PEP El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEP se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

51 Hoja: 51 de 327 PEP podrá terminar anticipadamente el presente contrato, por las siguientes causas: I. Por caso fortuito o fuerza mayor; II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y El PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PEP, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ( ) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma. PEP podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEP hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEP procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a PEP : Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato). Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

52 Hoja: 52 de 327 Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato. DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; PEP podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEP para la entrega de los bienes. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PEP por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEP y cuando la ejecución del contrato

53 Hoja: 53 de 327 implique riesgos para las instalaciones o el personal de PEP o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR. PARA SU INCLUSIÓN, SE DEBERÁ SOLICITAR EL VISTO BUENO DE LAS ÁREAS EVALUADORA DE RIESGOS Y JURÍDICA. PEP será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las actividades relacionadas con los hidrocarburos en los términos de los artículos 7 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y 3º de su Reglamento, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de PEP, consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, PEP repetirá en contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar PEP como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor. El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del

54 Hoja: 54 de 327 PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, PEP podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental. Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones: a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada. b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones. c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables. d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal. e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente. f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato. DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEP de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEP en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, PEP dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de

55 Hoja: 55 de 327 la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEP un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEP respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEP de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEP. Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEP o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN PEP tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PEP, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato. Cuando PEP determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre

56 Hoja: 56 de 327 que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN. Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, y el pago de los gastos se limitará a lo siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada Terminación Anticipada. VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario. VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES PEP, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PEP. CUANDO APLIQUE Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír

57 Hoja: 57 de 327 y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. En cualquier momento, por causas justificadas, PEP podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes. Dichos representantes tendrán las facultades para llevar a cabo las modificaciones a que se refiere la fracción segunda de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN PEP procederá a rescindir el presente contrato conforme a lo establecido en la cláusula denominada Rescisión del contrato, en aquellos casos en que se acredite y resuelva por autoridad competente que el PROVEEDOR, subcontratistas o los empleados de éstos, que durante el procedimiento de contratación, incurrió en alguna de las figuras consideradas como infracciones administrativas por el artículo 8 de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. El PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de PEP. El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias o cualquiera de las figuras consideradas como infracciones administrativas por el artículo 8 de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva que cause ejecutoria por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PEP podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula denominada Rescisión del contrato". Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones. Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

58 Hoja: 58 de 327 VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato. VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo.- Especificaciones y Condiciones de los Bienes Anexo.- Texto de la(s) garantía(s) Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (CUANDO APLIQUE) Anexo.- Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios (CUANDO APLIQUE) Anexo.- Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (CUANDO APLIQUE) Anexo Propuesta Técnica Económica Anexo.- Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

59 Hoja: 59 de 327 Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada Garantías PEP podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEP otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEP podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA. TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo. El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula. Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

60 Hoja: 60 de 327 Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa. Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo. Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original. El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera: El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo. La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

61 Hoja: 61 de 327 El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones. Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión. Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PEP. TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR. El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa..- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL ESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

62 Hoja: 62 de 327 El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo SSPA de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios..- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a PEP cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR). CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR)..- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PEP que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR..- CONDICIÓN SUSPENSIVA ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes..- CONFIDENCIALIDAD LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PEP, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PEP. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer

63 Hoja: 63 de 327 información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PEP. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PEP para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad. De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica. No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo..- FUENTES DE FINANCIAMIENTO ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*. * EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR. PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe

64 Hoja: 64 de 327 para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula. La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que PEP podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, El PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de PEP, inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) ( Módulo(s) de Financiamiento ) de PEP la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: ( Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable ( Módulo de Financiamiento ): a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o b) emitirá el Comprobante de Seguimiento de Documentación, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s). PEP no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. PEP podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de

65 Hoja: 65 de 327 Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEP le indique oportunamente..- FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO Recibidos físicamente los bienes, PEP a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. Si procede, PEP solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEP procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda..- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en:. El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR. La supervisión de los servicios que realice PEP no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato. LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.

66 Hoja: 66 de 327 Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato. El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PEP quien determinará si reúne los requisitos señalados. En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEP podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula..- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PEP. De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PEP..- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de, el día de de. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

67 Hoja: 67 de 327 POR PEP POR EL PROVEEDOR REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURIDICA

68 Hoja: 68 de 327 DOCUMENTO DA-03 (UTILIZAR PREFERENTEMENTE PAPEL CON MEMBRETE DE LA EMPRESA) Ciudad ; a de de (1) (2) Presente. CON REPRESENTANTE: Con relación a la presente celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos, No. (3), referente a: ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN en la cual mi representada, (4) tiene interés en participar, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi representada, a fin de poder intervenir en todos los actos derivados del procedimiento de licitación. SIN REPRESENTANTE: Con relación a la presente celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No. (3), referente a: ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN en la cual tengo interés en participar, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi, a fin de poder intervenir en todos los actos derivados del procedimiento de licitación. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD NÚMERO (5) INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DOCUMENTO 02 DESCRIPCIÓN 1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. 3 Indicar el número respectivo. 4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. 5 Anotar el nombre y firma del representante, o representante común en caso de proposición conjunta Nota: Este documento debe ser entregado por el licitante en forma presencial en el domicilio de la convocante, a fin de ser inscrito en la presente licitación y poder participar en cualquiera de las etapas de la misma.

69 Hoja: 69 de 327 DOCUMENTO DA-04 FORMATO DE CARTA DE PODER SIMPLE DE LA PERSONA QUE ENTREGA LA PROPOSICIÓN (OPCIONAL) NOTA: SI NO ES EL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMA LA PROPOSICIÓN. BAJO PROTESTA DE DECIR LA VERDAD, EN MI CARÁCTER DE, DE LA EMPRESA DENOMINADA. SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL DE FECHA OTORGADO ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO No. DE POR ESTE CONDUCTO AUTORIZO A PARA QUE EN NOMBRE DE MI REPRESENTADA SE ENCARGUE DE LAS SIGUIENTES GESTIONES: ENTREGAR Y RECIBIR DOCUMENTACIÓN, COMPARECER A LOS ACTOS DE APERTURA DE PROPOSICIONES Y FALLO, Y HACER LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE DICHOS ACTOS CON RELACIÓN A LA LICITACIÓN NUMERO CONVOCADA POR PEP LUGAR y FECHA DE EXPEDICIÓN NOMBRE, DOMICILIO y FIRMA DE QUIEN OTORGA EL PODER NOMBRE, DOMICILIO y FIRMA DE QUIEN RECIBE EL PODER TESTIGOS NOMBRE, DOMICILIO Y FIRMA NOMBRE, DOMICILIO Y FIRMA

70 Hoja: 70 de 327 DOCUMENTO DA-05 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN ESCRITA DE CONOCER Y ACEPTAR LA LPM, SU REGLAMENTO, LAS DAC, LA CONVOCATORIA, LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LOS BIENES A ENTREGAR, LAS BASES DE LICITACIÓN (INCLUYENDO ADECUACIONES Y MODIFICACIONES REALIZADAS DURANTE LA JUNTA DE ACLARACIONES) Y LOS DOCUMENTOS QUE LA INTEGRAN Ciudad ; a de de Gerencia de Recursos Materiales Presente Con relación a la presente celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos, No. xxxxxxxxxxxxxxxx, cuyo objeto es la adquisición de ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. Manifiesto en nombre de mi representada, conocer y aceptar la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; así como que nuestra propuesta se formula aceptando expresamente los términos contenidos en la Convocatoria, las bases de la licitación, modelo de contrato, sus anexos, así como demás formatos y documentos que forman parte integrante de las mismas, así como tener conocimiento y haber considerado en nuestra propuesta todas y cada una de las aclaraciones y modificaciones realizadas a dichas bases, de conformidad a lo establecido en la(s) junta(s) de aclaraciones celebrada(s) en la licitación de referencia. Así mismo, manifiesto que esta declaración no me exime de la responsabilidad de presentar y cubrir la información, así como los requisitos adicionales que me son requeridos en los demás puntos de las Bases de la licitación. Protesto lo necesario NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE (O REPRESENTANTE COMUN EN CASO DE PROPOSICION CONJUNTA)

71 Hoja: 71 de 327 DOCUMENTO DA-07 NIVEL DE INSPECCIÓN QUE REQUIERE PEP Nivel III Aplica a los bienes que se verifican en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en los contratos, se determina a través de la verificación documental y física de las actividades que apliquen a este nivel de inspección o de las actividades específicas que determine el área usuaria de acuerdo a sus requerimientos, siendo enunciativas más no limitativas los siguientes requisitos y actividades 1) Los requerimientos técnicos y contractuales. 2) La aplicación de las Normas, Códigos, Procedimientos o Especificaciones de los bienes terminados. 3) Certificados de aseguramiento de calidad o reportes de calidad o informes de Resultados de calidad de los bienes terminados. 4) Las pruebas finales de aceptación de los bienes terminados. 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. 6) Manuales de operación, mantenimiento y números de parte

72 Hoja: 72 de 327 DOCUMENTO DA-08 CONVENIO PRIVADO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA Convenio privado de propuesta conjunta que celebran por una parte la empresa y por la otra la empresa, para participar en la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No. XXXXXXXXXXXX, para el servicio de ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: DECLARACIONES I. Declara la empresa I.1.- Que acredita la existencia de la empresa con el testimonio de la Escritura Pública número., volumen número., de fecha de de, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de, bajo el acta número, tomo número volumen número, de fecha, otorgada ante la Fe del Notario Público número. de la Ciudad de., Lic.. I.2.- Que el Señor, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública número de fecha de de otorgada ante la fe del Notario Público número., de la Ciudad de., Lic.. I.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en: número, Colonia, Código Postal, en la ciudad de,. II. Declara la empresa II.1.- Que acredita la existencia de la empresa con el testimonio de la Escritura Pública número., volumen número., de fecha de de, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de, bajo el acta número, tomo número volumen número, de fecha, otorgada ante la Fe del Notario Público número. de la Ciudad de., Lic.. II.2.- Que el Señor, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública número de fecha de de otorgada ante la fe del Notario Público número., de la Ciudad de., Lic.. II.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en: número, Colonia, Código Postal, en la ciudad de,. III.- Las partes declaran:

73 Hoja: 73 de 327 III.1.- Que celebran el presente convenio con fundamento en el Artículo 24 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y a la regla referente a participación Conjunta de las Bases de la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos número, referente a la ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN III.2.- Las partes de este Convenio Privado de Propuesta Conjunta, nos comprometemos y obligamos a participar en forma conjunta en la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos número, referente a la ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. PRIMERA.- OBJETO. CLÁUSULAS. Las partes convienen en agruparse con el objeto de presentar propuesta conjunta para participar en la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos, número, referente al ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN SEGUNDA.- PARTES DE LOS TRABAJOS QUE CADA AGRUPADO SE OBLIGA A CUMPLIR. Las partes en este convenio se obligan a aportar, en caso de resultar su propuesta conjuntada adjudicada en la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos número lo siguiente: I. La empresa : (Indicar en este párrafo las partes de los trabajos que se obliga a ejecutar, o la participación que tendrá en el grupo) II. La empresa : (Indicar en este párrafo las partes de los trabajos que se obliga a ejecutar, o la participación que tendrá en el grupo) TERCERA.- DOMICILIO COMÚN. Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en número, Colonia, Código Postal, en la ciudad de.

74 Hoja: 74 de 327 CUARTA.- REPRESENTANTE COMÚN. Las partes convienen que la Compañía, a través de su Represente Legal, Señor, será el Representante Común, y actuará como Líder, otorgándole todo el poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante Pemex-Exploración y Producción en nombre y representación de las Partes en todos y cada uno de los actos de la Licitación referida, y los que de ella se deriven. QUINTA.- OBLIGACION CONJUNTA Y SOLIDARIA Las partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre si y ante Pemex-Exploración y Producción, para comprometerse por la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato que se firme producto de la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No.. El presente Convenio Privado de Propuesta Conjunta, se firma por las partes en dos ejemplares originales, en la Ciudad de, a los días del mes de de Empresa Representante Legal Empresa Representante Legal

75 Hoja: 75 de 327 DOCUMENTO DA-10 ESCRITO DE INFORMACIÓN BÁSICA LEGAL DEL LICITANTE (ACREDITAMIENTO DE LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE). Pemex-Exploración y Producción Subdirección de Administración y Finanzas Gerencia de Recursos Materiales Ciudad ; a de de Yo, (nombre), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No. XXXXXXXXXX, a nombre y representación de: (persona física o moral). Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.- Calle y número: Colonia: Código Postal: Teléfonos: Delegación o Municipio: Entidad federativa: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Relación de accionistas.-

76 Hoja: 76 de 327 Apellido paterno: Apellido materno: Nombre(s): Nombre, número y circunscripción del Notario o Federatario Público ante el cual se dio fe de la misma: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio: Descripción del objeto social: Estratificación por Número de Trabajadores Sector/Tamaño Industria Comercio Servicios Micro 0-10 ( ) 0-10 ( ) 0-10 ( ) Pequeña ( ) ( ) ( ) Mediana ( ) ( ) ( ) Grande Mas de 250 ( ) Mas de 100 ( ) Mas de 100 ( ) DATOS DEL APODERADO O REPRESENTANTE DEL LICITANTE: Nombre del apoderado o representante: Domicilio: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y circunscripción del Notario o Federatario Público ante el cual se otorgó: (Lugar y fecha) Protesto lo necesario. (Firma)

77 Hoja: 77 de 327 DOCUMENTO DA-11 DOCUMENTO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA ENTRE EL LICITANTE Y PEP. Compromisos con la transparencia.- Para el fortalecimiento de la transparencia en el proceso de contratación referente a la: Objeto de la licitación: ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN Que acuerdan suscribir Pemex Exploración y Producción, representado en este acto por el presidente de concurso de esta licitación, a quien en lo sucesivo se le denominará PEP y la empresa licitante, representada por en su carácter de apoderado legal, a quien en lo sucesivo se le denominará la EMPRESA, al tenor de las siguiente consideraciones y compromisos: Consideraciones 1. El Gobierno Federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una estrategia de ética y transparencia. 2. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad. 3. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares. 4. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar en influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares. 5. Se requiere la participación de las partes involucradas, para fomentar la transparencia en el proceso de contratación. 6. Este compromiso representa una responsabilidad moral, la cual se deriva de la buena voluntad de las partes. Dentro de este marco los firmantes asumen los siguientes: Compromisos I.- De la EMPRESA 1. Vigilar que sus empleados y subcontratistas que intervengan en el proceso de contratación, cumplan con los compromisos aquí pactados. 2. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el Gobierno Federal. 3. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al proyecto. 4. Conocer y aceptar el proyecto para el cual esta capacitado y considerar en su propuesta los elementos necesarios para en su caso, realizar el proyecto con calidad, eficacia y eficiencia. 5. Actuar siempre con lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación.

78 Hoja: 78 de Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, la realización del proyecto. 7. Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o de la nación. 8. Manifestar de que por si mismo o a través de interpósita persona, se abstengan de adoptar conductas para que los servidores públicos de PEP, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación con los demás participantes y evitar arreglos compensatorios o contribuciones destinadas a influenciar o asegurar la contratación para si o para terceros. 9. Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceros. II.- De PEP 1. Exhortar que los servidores públicos que por razón de su actividad intervengan en el proceso de contratación, cumplan con los compromisos aquí pactados y difundir el presente compromiso entre su personal, así como terceros que trabajen para PEP, que por razones de sus actividades intervengan en el proceso de contratación. 2. Desarrollar sus actividades en el proceso de contratación dentro del código de ética y conducta. 3. Evitar arreglos compensatorios o contribuciones destinadas a favorecer la contratación del proyecto. 4. Rechazar cualquier tipo de compensación que pudiera predisponer a otorgar ventajas en el proceso de contratación. 5. Actuar con honestidad y transparencia durante el proceso de contratación. 6. Actuar en todo momento con imparcialidad en beneficio de la institución y sin perjuicio de la empresa. 7. Llevar a cabo sus actividades con integridad profesional, sin perjudicar los intereses de la sociedad y la nación. El presente Compromiso con la transparencia se firma en la ciudad de a las : horas del día del mes de de Por los servidores públicos de PEP que intervienen en este proceso licitatorio Por la EMPRESA Nombre y firma Nombre y firma

79 Hoja: 79 de 327 DOCUMENTO DA-11-A FORMATO PARA LA MANIFESTACION ESCRITA PARA LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN SUBGERENCIA DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS P R E S E N T E México D.F., a de de. Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de PEP, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar. A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

80 Hoja: 80 de 327 DOCUMENTO DA-12 Manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren la Fracción V del Artículo 53 de la LPM, su Reglamento, así como el Artículo 12 de las DAC. PEMEX-Exploración y Producción Subdirección de Administración y Finanzas Gerencia de Recursos Materiales Presente.,, a de de Quien suscribe, Sr. (escribir el nombre de la persona física) representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acredito con (datos del documento que acredite su personalidad), y con relación a la celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No. xxxxxxxxxxx relativa al ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, y para los efectos de la presente propuesta y en su caso poder celebrar el contrato que resultare con asignación favorable a mi representada, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi poderdante no se encuentra en ninguno de los supuestos que impedirían mi participación, de acuerdo a las fracciones señaladas en el Artículo 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y Artículo 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, teniendo total conocimiento de sus alcances e implicaciones legales. Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo Necesario. (Nombre y firma de la persona física o del representante legal).

81 Hoja: 81 de 327 DOCUMENTO DA-14 MANIFESTACIÓN RELATIVA A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 18 FRACCIÓN I Y 19 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL PEMEX-Exploración y Producción Subdirección de Administración y Finanzas Gerencia de Recursos Materiales Presente. Lugar, A DE DE 20. De conformidad con las reglas de licitación, en este formato, el licitante podrá señalar, los documentos que contengan la información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables. La omisión de la manifestación requerida no será motivo de desechamiento de la propuesta del licitante.

82 Hoja: 82 de 327 DOCUMENTO DA-15 FORMATO DE PREGUNTAS PARA LA JUNTA DE ACLARACIONES celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No. RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE: PREGUNTA DEL LICITANTE PREGUNTA No. 1 REFERENCIA: (Ubicación en la convocatoria, del motivo de la duda o pregunta). RESPUESTA DE PEP PREGUNTA No. 2 REFERENCIA: PREGUNTA No. 3 REFERENCIA: PREGUNTA No. 4 REFERENCIA: ETC. NOTAS: 1.- Según se indicó en la regla 4.11, Los licitantes podrán enviar sus preguntas a través de medios remotos de comunicación electrónica; o bien entregarlas personalmente a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Se recomienda entregarlas en archivo en formato Word. 2.- Favor de utilizar un número para cada pregunta. 3.- Para su participación se deberá anexar copia del comprobante de inscripción Documento DA-03 RAZÓN SOCIAL: N O M B R E: F I R M A: C A R G O: F E C H A:

83 Hoja: 83 de 327 DOCUMENTO DA-16 FORMATO PARA CONSTANCIA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRAN LAS PROPUESTAS (PROPOSICIÓN). INDICE DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LAS BASES DOCUMENTO DA-01 CONCEPTO Bases a considerar en la licitación Referencia en bases DA-02 DA-03 DA DA-04 DA-05 DA-07 DA-08 DA-10 DA-11 DA-11-A DA-12 DA-14 ASPECTOS LEGALES ADMINISTRATIVOS Modelo de Contrato de Adquisición de Bienes Manifestación Escrita en el que el firmante manifiesta bajo protesta de decir verdad su interés en participar y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o su representada para intervenir en los actos del procedimiento de licitación (Inscripción a la licitación) Identificación Oficial (Cartilla del SMN, Pasaporte, IFE, Cedula Profesional, etc) Formato de carta de Poder Simple de la Persona que entrega la proposición (Opcional) Nota: Si no es el representante legal que firma la proposición. Formato para la Manifestación escrita de conocer y aceptar la LPM, su Reglamento, las DAC, la convocatoria, las especificaciones generales y particulares de los (servicios, trabajos, etc.), las bases de la licitación (incluyendo las adecuaciones y modificaciones realizadas durante las juntas de aclaraciones) y los documentos que la integran Nivel de Inspección que requiere PEP. Convenio privado de participación conjunta Escrito de información básica legal del licitante (Acreditamiento de la personalidad del licitante). Documento de compromisos con la transparencia entre el licitante y PEP. Formato para la manifestación escrita para la declaración de integridad Manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren la Fracción V del Artículo 53 de la LPM, su Reglamento, así como el Artículo 12 de las DAC. Manifestación relativa a lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. No se incluye

84 Hoja: 84 de 327 DOCUMENTACIÓN ADICIONAL DA-15 DA-16 DA-17 DA-18 DA-19 DA-20 Formato para presentación de preguntas en la Junta de Aclaraciones Formato para constancia de entrega-recepción de la documentación que integran las propuestas (proposición). Formatos para el trámite de Registro de Acreedores de PEP. Formato de Garantía de Cumplimiento y Vicios Ocultos Instrucciones con respecto al artículo 32-D del CFF y Modelo de carta para residentes en el extranjero Manifestación sobre el cumplimiento de obligaciones migratorias DOCUMENTO DT-01 DT-02 ASPECTOS TECNICOS Requisitos y Criterios de Evaluación Técnica Especificaciones, características técnicas detalladas de los bienes a adquirir, criterios de evaluación técnica y Anexo de Calculo, Acreditación y Declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados. Especificaciones y Características Técnicas detalladas del(los) Bien(es) ofertado(s) por el Licitante Referencia en bases DOCUMENTO DE-01 DE-02 Criterios de Evaluación Económica ASPECTOS ECONÓMICOS Catalogo de Conceptos, Precios Unitarios e Importe de los Bienes Referencia en bases DOCUMENTO V.I V.II Anexo S DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN CONOCER LOS LICITANTES DOCUMENTO V Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE) Información sobre el Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera S.N.C. Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Pemex Exploración y Producción Anexo RSH Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios Referencia en bases

85 Hoja: 85 de 327 DOCUMENT O W INFORMACIÓN QUE DEBE ENTREGAR EL LICITANTE GANADOR Documentación que acredite la información proporcionada en el Documento DA-10, tal como, RFC, acta constitutiva y modificaciones, poder notarial del representante, comprobante de domicilio fiscal, identificación oficial Registro de Acreedores, llenado con firma y sello de la Institución Bancaria, utilizando los formatos contenidos en el Documento DA-17. Garantía de Cumplimiento y vicios ocultos Para licitantes Nacionales el Acuse de recepción de la consulta de opinión sobre el Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante el SAT; o bien, Modelo de carta 32-D para residentes en el extranjero, utilizando el formato contenido en el Documento DA-19. Manifestación sobre el Cumplimiento de Obligaciones Migratorias utilizando el formato contenido en el Documento DA-20

86 Hoja: 86 de 327 DOCUMENTO DA-17 FORMATOS PARA EL TRÁMITE DE REGISTRO DE ACREEDORES DE PEP Nombre ó Razón Social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio Fiscal: (Calle, Número exterior e interior): Colonia: Código Postal: Delegación, Ciudad y Estado: Teléfono (s): Fax: Nombre del Representante Legal: R.F.C.: Correo Electrónico del Representante: Registro otorgado por PEMEX CORPORATIVO (Sí se tiene): TIPO: Industria ( ) Comercio ( ) Servicios ( ) Número de empleados: Micro: ( ) Proveedor: ( ) Clasificación de la empresa: Pequeña: ( ) Contratista: ( ) Giro de la empresa: Mediana: ( ) Prestador de Servicios: ( ) Grande: ( ) Sociedad donde se solicita su alta: PEP: ( ) MT01: ( ) PI01: ( ) Región donde se solicita su alta: SMEX: ( ) RMNE: ( ) SVHA: ( ) RMSO: ( ) RN: ( ) RS: Cámara o Asociación donde esta inscrito ( ) DATOS BANCARIOS Institución Bancaria: No. de Cuenta: Sucursal: No. de Referencia: Plaza (No. y Ciudad): Clabe Firma del Proveedor: Lugar y Fecha:

87 Hoja: 87 de 327

88 Hoja: 88 de 327 DOCUMENTO DA-18 TEXTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO DE FECHA Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

89 Hoja: 89 de 327 LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACEEXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL

90 Hoja: 90 de 327 FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

91 Hoja: 91 de 327 TEXTO DE FIANZA PARA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE PEMEX, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDOPARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO. EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.

92 Hoja: 92 de 327 C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES

93 Hoja: 93 de 327 FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO

94 Hoja: 94 de 327 DOCUMENTO DA-19 INSTRUCCIONES CON RESPECTO AL ARTÍCULO 32-D DEL CFF Y MODELO DE CARTA PARA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas I Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300, sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la regla II En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago. Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de 15 días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo. Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio. CFF 32-D, 65, 66-A, 141, RMF 2012 I , II , II Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales II Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

95 Hoja: 95 de 327 I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción "Mi Portal", con la CIECF. II. Una vez elegida la opción de la del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta. a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante: 1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que la clave del RFC este activa y el domicilio localizado. 2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior, así como las declaraciones informativas de IEPS a que se refieren las reglas II , II , II , II , II , II , II , II , II y II No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales. 4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF. b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos: 1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada. 2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF 3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales. Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

96 Hoja: 96 de 327 Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados. CFF 65, 66-A, 141, RMF 2012 I , II , II , II , II , II , II , II , II , II , II CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. En acatamiento a lo que dispone el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación en la Regla I Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación para 2012, publicada en el DOF el día 28 de diciembre de 2011, la persona física o moral que resulte con asignación de Contrato con monto superior a $ 300, pesos, sin incluir el IVA, deberá: o Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente. La opinión positiva que emite el SAT al momento de solicitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sólo será exigible a la persona que resulte adjudicada. La opinión positiva que emite el SAT se deberá presentar previo a la formalización del contrato. La formalización del contrato se llevará a cabo en los términos establecidos en estas Bases de licitación, y en ningún caso quedará supeditada a la emisión de la opinión del SAT. Si PEP, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, PEP se abstendrá de formalizar el contrato y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato por causas imputables al adjudicado. Es responsabilidad del contribuyente solicitante de la opinión, verificar mediante consulta en la página de Internet del SAT, en la opción Mi portal, la

97 Hoja: 97 de 327 respuesta o la solicitud de información adicional que requiera la autoridad, a partir de la fecha sugerida que se informa en el acuse de la solicitud de servicio. (El siguiente texto solo aplica para contribuyentes residentes en el extranjero sin obligación de inscripción en el RFC ni de presentar declaraciones periódicas) El contribuyente extranjero ganador de la licitación entregará al área contratante, un escrito bajo protesta de decir verdad, para lo cual utilizarán el formato incluido en este apartado.

98 Hoja: 98 de 327 FORMATO DE LA MANIFESTACIÓN ESCRITA DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, QUE EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO (32-D C.F.F.) Utilizar preferentemente papel con membrete de la empresa.,, a de de. ORGANISMO CONVOCANTE (NOTA PARA EL ÁREA CONTRATANTE): Describir el nombre del área contratante a la que el licitante dirigirá este documento) (Nombre de Representante o Apoderado Legal) en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal y correo electrónico) de la Empresa denominada (Denominación o Razón Social), cuya Actividad Preponderante es y con domicilio fiscal en, adjudicada en la licitación pública internacional No., respecto del contrato número, por el concepto de, (adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública), con un monto a contratar de ($ M.N o USD, etc.) sin incluir I.V.A., por medio del presente escrito, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente: Que en cumplimiento a lo dispuestopor el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y las disposiciones aplicables de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo Federal, en los Estados Unidos Mexicanos, mi representada no se encuentra obligada a presentar lo siguiente: Solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro; Declaraciones periódicas en México. Ni cuenta con créditos fiscales firmes o no en México. A T E N T A M E N T E (Nombre y firma autógrafa original del apoderado o representante legal). NOTA: En el supuesto de que el proveedor se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

99 Hoja: 99 de 327 DOCUMENTO DA-20 MANIFESTACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES MIGRATORIAS [En papel membretado del licitante], a [ ] de [ ] de [ ] Pemex-Exploración y Producción Subdirección de Administración y Finanzas Gerencia de Recursos Materiales PRESENTE Por este medio hago referencia a las bases de contratación de la Internacional (TLC) celebrada bajo los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados de libre comercio y al amparo de la Ley de Petróleos Mexicanos No., que PEMEX Exploración y Producción llevó a cabo para la adjudicación del contrato de, para la ADQUISICIÓN DE SOLUCIÓN DE ALTA DISPONIBILIDAD PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS OPERATIVOS E INDUSTRIALES EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. Sobre el particular, y con la debida representación de la empresa [ ], manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad que mi representada tomará todas las medidas necesarias para asegurarse de que cualquier extranjero que sea contratado por mi representada o por mis Subcontratistas o proveedores involucrados en el proyecto de que se trate, para efectos del desarrollo, implementación y puesta en marcha del proyecto, contará con la autorización del Instituto Nacional de Migración para internarse en la República Mexicana con la calidad y característica migratoria que le permita trabajar en las actividades para las que haya sido contratado, de conformidad con la Ley General de Población y su Reglamento. Asimismo, manifiesto que mi representada y mis Subcontratistas o proveedores, se comprometen, a dar aviso a la Secretaría de Gobernación en un término de 15 días contados a partir de la fecha en que tengan conocimiento de cualquier circunstancia que altere o pueda modificar las condiciones migratorias a las que se encuentra sujeto cualquier empleado de nacionalidad extranjera a nuestro servicio, obligándonos a sufragar los gastos que origina la expulsión del extranjero de que se trate cuando la Secretaría de Gobernación así lo ordene, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley General de Población. Atentamente, [Nombre]: [Representante Legal]

100 Hoja: 100 de 327 DOCUMENTO V V.I.- Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE) El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación la primera ya fue aprobada en donde un grupo de expertos verificará entre otros: La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en: Profundizar las reformas legales que inició en Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa. Los contadores públicos: realizar auditorías no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales. Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia pero también por otros medios como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

101 Hoja: 101 de 327 En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: Articulo 222 Cometen el delito de cohecho: III. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquier otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y IV. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, o promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicaran en beneficio del Estado. Capitulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquier otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I. A un servidor público extranjero o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión. II. A un servidor público extranjero, o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público lleve a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial o en un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este articulo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral

102 Hoja: 102 de 327 V.II.- INFORMACIÓN SOBRE EL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA SNC Proveedores de (Petróleos Mexicanos) Presente Nacional Financiera S.N.C. es una banca de desarrollo dedicada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y al desarrollo del Mercado Financiero. Actualmente realiza su labor basándose en el uso de la más alta tecnología, lo cual le ha permitido ofrecer servicios empaquetados, como lo es el Programa de Cadenas Productivas. Petróleos Mexicanos, es una de las entidades incorporadas a con la finalidad de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia a los pagos, así como apoyar a que los proveedores consigan los siguientes beneficios: Acceder a liquidez en forma inmediata, basada en el descuento electrónico de sus documentos por cobrar con Petróleos Mexicanos (no hay evaluación crediticia). Financiamiento oportuno. Recibe pago el día que opera en Cadenas Productivas. Realizar las transacciones desde su oficina en un sistema amigable y sencillo. Tasa de interés competitiva. Sin garantías. Mejor administración de sus flujos efectivo. Creación de historial crediticio. Capacitación y Asistencia Técnica sin costo. Con el programa de Cadenas Productivas, NAFIN ofrece y administra toda una infraestructura tecnológica para garantizar la operación del esquema, permitiendo que los diversos participantes interactúen con la máxima seguridad en todo el proceso de la operación. La documentación necesaria para el alta en el programa es: Convenio Pyme (Emite Nafin) Convenio lf (Emite Nafin) Copia de la Identificación Oficial del Representante Legal Copia del RFC Copia del Alta de Hacienda R-1 o R-2 con la dirección fiscal actual Copia del Comprobante de Domicilio (con no mas de 3 meses de vigencia) Copia de Estado de Cuenta (cuenta donde se depositaran los recursos con no mas de 3 meses de vigencia) Copia simple del Acta Constitutiva y Reformas Con el sello de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles) Incluir todas las reformas a la sociedad Copia simple del Acta de poderes de dominio Debe corresponder al (los) representante(s) legal(es) o administrador(es) único(s) Con el sello de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles) Por lo anterior se les hace una cordial invitación a afiliarse a dicho programa y de esta forma poder acceder, en caso de así requerirlo, a los beneficios anteriormente mencionados. En apoyo a lo anterior un representante de NAFIN se encuentra a sus órdenes para aclarar cualquier duda al respecto y/o llevar a cabo el proceso de afiliación. Favor de ponerse en contacto con el Lic. Ricardo Olivares Medina (rolvares@nafin.gob.mx) al teléfono ATENTAMENTE

103 Hoja: 103 de 327 Programa de Cadenas Productivas del Gobierno Federal El programa de Cadenas Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios: Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos. Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedores del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedores. Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas. Identifica oportunidades de negocio, a! conocer las necesidades de compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos. Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al o al sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de Internet

104 Hoja: 104 de 327 CADENAS PRODUCTIVAS Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en internet. A través de Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos. Cadenas Productivas ofrece: Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico o Obtener liquidez para realizar más negocios o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo o Agilizar y reducir los costos de cobranza o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, wwnafin.com o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del CalI Center y NAFINSA ( ) Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita Recibir información Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal Características descuento o factoraje electrónico: Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento) Descuento aplicable a tasas preferenciales Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia.

105 Hoja: 105 de 327 DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Dudas y comentarios vía telefónica, Llámenos al teléfono ó al NAFINSA ( ) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur 1971 Col. Guadalupe lnn 01020, México, D.F. LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS 1.- Carta Requerimiento de Afiliación. Debidamente firmada por el área usuaria compradora 2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa). Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de a Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas. 3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa) Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc., Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Completa y legible en todas las hojas. 4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio. Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas. 5.- Comprobante de domicilio Fiscal Vigencia no mayor a 2 meses Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)

106 Hoja: 106 de 327 Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato. 6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros) La firma deberá coincidir con la del convenio 7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT. 8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul) 9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos Sucursal, plaza, CLABE interbancaria Vigencia no mayor a 2 meses Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio. La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente: A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas Firmado por el representante legal con poderes de dominio. 2 convenios con firmas originales B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero. Firmado por el representante legal con poderes de dominio. (** Únicamente, para personas Morales) Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al NAFINSA ( ) ó al ; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en: Av. Insurgentes Sur No. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P , Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes. Estimado Proveedor del Gobierno Federal: Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.

107 Hoja: 107 de 327 Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva Cadena(s) a la que desea afiliarse: * Número(s) de proveedor (opcional): * Datos generales de la empresa. Razón Social: Fecha de alta SHCP: R.F.C.: Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad: Teléfono (incluir clave LADA): Fax (incluir clave LADA): Nacionalidad: Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura: Datos del Registro Público de Comercio Fecha de lnscripción: Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio: Fecha del folio: Libro: Partida: Fojas: Nombre del Notario Público: No. de Notaria: Entidad del Corredor o Notario: Delegación o municipio del corredor o Notario: Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral): (Acta de poderes y/o acta constitutiva) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura: Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( ) Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral): Fecha de inscripción: Entidad Federativa: Delegación o municipio: Folio: Fecha del folio:

108 Hoja: 108 de 327 Libro: Partida: Fojas: Nombre del Notario Público: No. de Notaría: Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor o Notario: Datos del representante legal con actos de administración o dominio: Nombre: Estado civil: Fecha de nacimiento: R.F.C.: Fecha de alta SHCP: Teléfono: Fax (incluir clave LADA): Nacionalidad: Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 6 FM3 extranjeros ( ) No. de la identificación (si es IFE poner el No. que esta en la parte donde esta su firma): Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad: Datos del banco donde se depositarán recursos: Moneda: pesos ( X ) dólares ( ) Nombre del banco: No. de cuenta (11 dígitos): Plaza: No. de sucursal: CLABE bancaria:(18 dígitos): Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Órgano colegiado ( ) Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves: Nombre: Puesto: Teléfono (incluir clave LADA): Fax: Actividad empresarial: Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado: Actividad ó giro: Empleos a generar: Principales productos:

109 Hoja: 109 de 327 Ventas (último ejercicio) anuales: Netas exportación: Activo total (aprox.): Capital contable (aprox.) Requiere Financiamiento SI NO Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2010 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO MODIFICACIONES a las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría de la Función Pública. ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 31 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 20 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y CONSIDERANDO Que el Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, constituye un instrumento de apoyo para el fomento a las micro, pequeñas y medianas empresas, al facilitarles el acceso al financiamiento, asistencia técnica, capacitación e información que requieran y, adicionalmente, es un mecanismo de apoyo para que los proveedores o contratistas de la Administración Pública Federal, en general, puedan contar con los beneficios que ofrece dicho programa; Que el 28 de febrero de 2007 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, con el objeto de establecer el procedimiento para incorporarse al Programa de Cadenas Productivas y registrar en el mismo las cuentas por pagar a sus proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública, con el propósito de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos; Que a efecto de dar cumplimiento al artículo 19 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el 6 de abril de 2009, las modificaciones a las Disposiciones Generales a que se refiere el párrafo anterior, consistentes principalmente en dar mayor promoción al Programa de Cadenas Productivas por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; establecer de manera

110 Hoja: 110 de 327 preferente la utilización de la plataforma electrónica de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, en los procedimientos de adjudicación directa, así como en señalar el plazo máximo que habrá de considerarse entre la recepción de los bienes o servicios de que se trate y la obtención de las facturas correspondientes, y Que derivado de las reformas a las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2009, relativas, entre otras, a establecer la participación de testigos sociales en los procedimientos de licitación pública efectuados al amparo de los referidos ordenamientos, así como a reducir el plazo para efectuar el pago a los proveedores, una vez entregada por éstos la factura respectiva, hemos tenido a bien emitir las siguientes: MODIFICACIONES ARTICULO UNICO.- Se REFORMAN los numerales 4, fracción XII; 6, fracción I, tercer párrafo, y 9, fracción II, segundo párrafo, y se ADICIONA el numeral 4, con una fracción XII Bis, de las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal En el Sitio http// De la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2010 Este documento También esta disponible por INTERNET para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007 y modificadas el 6 de abril de 2009, para quedar como sigue: 4. I. a XI.... XII. Pagos que se realicen a través de carta de crédito comercial irrevocable; XII Bis. Pagos que se realicen por concepto de contraprestación a los testigos sociales que participan en los procedimientos de licitación pública, en términos de las disposiciones aplicables, y XIII I.... Asimismo, las Dependencias y Entidades entregarán a los Proveedores y Contratistas la información relativa al Programa de Cadenas Productivas que NAFIN les proporcione, así como la solicitud para su afiliación al mismo. Dicha información se podrá acompañar a la convocatoria a la licitación pública, o a la invitación que se formule en los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, o a las solicitudes de cotización para los casos de adjudicación directa; II. a VI

111 Hoja: 111 de 327 I.... II.... Una vez recibida la factura o documento análogo, las Dependencias y Entidades, contarán con un plazo máximo de 9 días naturales para registrarlo en Cadenas Productivas. Dicho plazo quedará comprendido en los 20 días naturales previstos en el artículo 51, primer párrafo, de la LAASSP, y III TRANSITORIOS PRIMERO.- Las presentes modificaciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Las Dependencias y Entidades que realicen contrataciones mediante el procedimiento de adjudicación directa podrán emplear preferentemente la Plataforma Compras Electrónicas, hasta en tanto se concluyan las adecuaciones al sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNet, de conformidad con el artículo décimo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y del Código Penal Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de Dado en la Ciudad de México, a los 12 días del mes de abril de El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Javier Cordero Arroyo.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica.

112 Hoja: 112 de 327 ANEXO RSH REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

113 Hoja: 113 de 327

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