PLAN DE ACCIÓN PARA EL CONTROL DEL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS AÑO Región de Murcia

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1 PLAN DE ACCIÓN PARA EL CONTROL DEL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS AÑO 2012 Región de Murcia Abril 2012

2 INDICE A. ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA APARICIÓN DE RHYNCHOPHORUS FERRUGINEUS (PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS) A.1 Antecedentes A.2 Normativa reguladora A.3 Descripción del agente nocivo A.3.1 Biología A.3.2 Síntomas y daños B. PLAN DE ACCIÓN CONTRA EL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS. MEDIDAS A DESARROLLAR POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA B.1 Objetivo del plan de acción B.2 Ámbito de aplicación B.2.1 Definiciones B.2.2 Centros de producción, comercialización e importación de especies sensibles B.2.3 Movimiento de palmeras C. MEDIDAS O ACTUACIONES A DESARROLLAR POR LAS CORPORACIONES LOCALES EN EL PLAN DE ACCION CONTRA EL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS DENTRO DE SU ZONA DEMARCADA C.1 Censo de especies sensibles C.2 Prospecciones C.3 Actuaciones de control de la plaga C.3.1 Actuaciones de formación y divulgación C.3.2 Trampeo C.3.3 Procedimiento para la eliminación de palmeras afectadas C Gestión de palmeras privadas C.3.4 Labores de poda y encapuchado C.3.5 Tratamientos fitosanitarios D. ACCESO A LA INFORMACION E. ANEJOS E.1 Listado de focos declarados por picudo rojo en la Región de Murcia E.2 Mapa de focos y áreas demarcadas en la Región de Murcia E.3 Mapa de distribución de las trampas de captura para picudo rojo en la Región de Murcia. 2

3 A. ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA APARICIÓN DE RHYNCHOPHORUS FERRUGINEUS (PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS) A.1 ANTECEDENTES El picudo rojo, Rhynchophorus ferrugineus, es actualmente uno de los insectos más dañinos para las palmeras en el mundo, provocando por lo general, la muerte de la palmera. Este curculiónido es originario de las regiones tropicales del Sureste Asiático y Polinesia, comenzó su expansión hace 25 años atacando a palmeras datileras de los países del sur de Asia, Península Arábiga e Irán. Fue introducido en el norte de África a través de Egipto en el año 1992, continuando su expansión hacia los países europeos: Italia, Francia, Portugal y España, y siempre ligado a la importación de palmeras. DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA En España, el primer foco se detectó en el año 1995 en Granada (Andalucía), continuando su expansión a través del territorio nacional y apareciendo posteriormente en la Comunidad Valenciana (2004), Cataluña y Región de Murcia (2005), Islas Baleares e Islas Canarias (2006), y más recientemente se han llegado a encontrar palmeras afectadas en la Ciudad Autónoma de Ceuta (2009) y en la Comunidad Autónoma de Aragón (2010) con motivo de la importación de material de palmáceas para la exposición universal. En la Región de Murcia se detecta por primera vez en el verano de 2005, en la pedanía murciana de Sangonera La Seca en las proximidades de un área de servicio situada en la autovía Murcia-Almería y cerca de un depósito de palmeras. Posteriormente (octubre de 2005) se detectan nuevas palmeras afectadas por Rhynchophorus dentro del casco urbano de la pedanía de Balsicas (Torre Pacheco), con características de localización similares al primer foco. 3

4 En años sucesivos se ha producido una diseminación natural de la plaga, potenciada por la introducción de palmeras procedentes de zonas endémicas como es el caso de Egipto. Los focos declarados en la Región de Murcia y la distribución de los mismos se encuentran enumerados en los Anejos I y II. Como consecuencia de la notificación de la presencia de Rhynchophorus ferrugineus en España a la Comisión, se adoptaron medidas de emergencia para evitar que el organismo siguiera introduciéndose y propagándose en la Comunidad (Decisión 2007/365/CE). Las medidas adoptadas en esta Decisión no han sido suficientes, y dado que se ha avanzado en el conocimiento sobre los métodos de control, contención y erradicación del organismo, se han realizado modificaciones en la legislación. La Decisión 2010/467/UE recoge, entre otros aspectos, la obligación por parte de los Estados miembros de establecer zonas demarcadas, y elaborar y poner en práctica un plan de acción en ellas. Para facilitar un planteamiento integrado de la erradicación o contención del organismo, dicho plan de acción debe contener todas las medidas oficiales que se van a aplicar en la zona demarcada, y exponer las razones en las que se basen las medidas que vayan a ponerse en práctica, describiendo la situación y los datos científicos y los criterios en función de los cuales se han escogido tales medidas. A.2 NORMATIVA REGULADORA Como ya se ha mencionado, mediante la Decisión 2007/365/CE, la Comisión Europea adoptó una serie de medidas de emergencia para evitar que el organismo siguiera introduciéndose y propagándose en la Comunidad. Y posteriormente, la Decisión 2010/467/UE establece la obligación por parte de los Estados Miembros de establecer zonas demarcadas, y elaborar y poner en práctica un plan de acción en ellas. A nivel autonómico la legislación fitosanitaria respecto a esta plaga se encuentra regulada por la Orden de la, de 24 de enero de 2006 (BORM numero 28 de 3 de febrero), por la cual declara oficialmente la existencia de la plaga Rhynchophorus ferrugineus (Olivier 1790) en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se califica de Utilidad Publica la lucha contra el Genero Rhynchophorus spp., se establecen las medidas fitosanitarias para su erradicación y control y se fijan las indemnizaciones para compensar a los perjudicados por dichas medidas. Esta orden autonómica posteriormente fue modificada en el año 2008 al objeto de lograr una mejor distribución de los fondos asignados para la contención de la plaga, eliminándose las indemnizaciones a los propietarios afectados por la adopción de medidas fitosanitarias obligatorias, dictándose la Orden de 9 de diciembre de 2008, de la (BORM numero 288 de 13 de diciembre). 4

5 A.3 DESCRIPCION DEL AGENTE NOCIVO A.3.1 BIOLOGIA Este coleóptero perteneciente a la familia de los curculiónidos presenta las siguientes características morfológicas: HUEVO: Los huevos miden de 1 a 2,5 mm, son de color blanco brillante, lisos y de forma ovalada, estos se depositan de forma individual por la hembra. Los cuales son introducidos en los tejidos más blandos de la palmera, presentando como zona más sensible los cortes de poda, cerca de la corona. Estos son depositados por las hembras clavando su oviscapto, pudiendo llegar a poner de 300 a 400. LARVA: Las larvas neonatas se desarrollan en su totalidad en el interior de la palmera, para lo cual atraviesan distintos estados larvarios (de 4 a 6, según diversos autores) hasta alcanzar su tamaño definitivo (de 3 a 5 cm) antes de empupar. En sus primeros estados de desarrollo estas son de coloración blanquecina y posteriormente conforme van desarrollándose adquieren una tonalidad más oscura con tonalidades crema o amarillenta-anaranjada. Diferencias entre larvas de gusano blanco y picudo El cuerpo tiene una forma piriforme, de aspecto rechoncho y sin patas (siendo esta una característica fundamental para distinguirla de otras orugas que se encuentran colonizando las palmeras). Su cabeza es de color marrón-rojiza, fuertemente quitinizada, con unas potentes mandíbulas características de esta familia de coleópteros. PUPA: Una vez desarrollado completamente todos los estados larvarios, las larvas tejen un capullo o pupa (conocidas coloquialmente como croquetas en otras regiones) con las fibras de la palmera que emplean al alimentarse. Estas se localizan 5

6 preferentemente en la base de las palmas, insertadas en las galerías que excavan las larvas en las propias palmas e incluso en el interior de la palmera en la zona afectada. Estas pupas de forma cilíndrica y ovalada, tienen un tamaño considerable de 4 a 6 cm y son fácilmente visibles al observar las palmeras atacadas, incluso se pueden localizar en el suelo cerca de la base de las palmeras. En su interior se produce la metamorfosis del insecto, para lo cual pasa por distintos estados puparios, en los cuales son fácilmente distinguibles los rudimentos que constituirán posteriormente las alas y patas. Una vez completada esta transformación encontramos en su interior los adultos. ADULTO: Una vez completado su desarrollo, los adultos rompen las pupas para salir al exterior. Se trata de un escarabajo de gran tamaño (de 2 a 5 cm. de longitud) y de aspecto muy vistoso, debido a su color rojizo (ferruginoso). Este color vivo e intenso se pierde una vez que estos mueren adquiriendo una tonalidad parda. En el protórax aparecen una serie de manchas negras de distinta intensidad y formas variadas, los elitros presentan una serie de acanaladuras o estrías que adquieren una pigmentación negra, la cual contrasta con el color rojo de resto del cuerpo. Otra característica de estos adultos es la presencia de un pico o rostro en el extremo de su cabeza (característico de los curculiónidos), a cuyos lados se sitúan las antenas que finalizan en unas protuberancias en forma de maza. Este pico sirve para distinguir las hembras de los machos, ya que estos últimos presentan en el extremo superior del rostro una serie de pelos cortos y densos a forma de peine, mientras que las hembras carecen de él, como se puede apreciar en la siguiente imagen. Imagen macho y hembra CICLO BIOLÓGICO: En las condiciones de vida que se presentan en nuestra Comunidad, precisa al menos de 3 a 4 meses para completar todo su ciclo (huevo a adulto), presentando una media de 3 generaciones al año. 6

7 El tiempo que tarda en eclosionar el huevo es variable dependiendo de la temperatura, de 3 a 5 días. Las larvas emergidas evolucionan en los distintos estadios durante un periodo comprendido entre los 45 a 60 días, hasta que alcanzan su máximo desarrollo, a partir del cual inician la ninfosis (formación de la pupa), que dura unas tres semanas. Los machos emergidos realizan galerías de alimentación y emiten una feromona de agregación que facilita la copulación. Las hembras, una vez fecundadas, realizan en la base de las palmas una serie de galerías mixtas (de puesta y alimentarias). La vida media de los adultos es de unos dos meses. Al abrir una palmera afectada es muy frecuente el encontrar diversas generaciones solapadas, lo que da lugar a una continua emergencia de adultos. Los adultos que emergen permanecen alrededor de la palmera afectada y a pesar de poder volar, no suelen abandonarla hasta que se encuentra totalmente seca o podrida sin tejido vegetal que les pueda servir de alimento. No obstante, su capacidad de vuelo se sitúa entre los 3 a 5 kilómetros. Nada más emerger, las hembras son receptivas a ser copuladas por los machos y por lo tanto inmediatamente inician las puestas, sobre las heridas encontradas. A este respecto, es de destacar que las podas severas generan un hábitat muy adecuado para facilitar su puesta, por dos motivos: primero el encontrar un material vegetal propicio en cuanto a textura para clavar su aparato reproductor y en segundo lugar por la secreción de un olor (kairomona) que atrae a los adultos de este insecto. CICLO BIOLOGICO LARVA HUEVO 3 a 5 días 60 a 90 días 45 a 60 días ADULTO PUPA 20 a 24 días 7

8 A.3.2 SINTOMAS Y DAÑOS Los daños son producidos por las larvas que realizan galerías en el interior de la palmera, alimentándose de sus fibras. Estos daños se inician en las axilas de las palmas o hijuelos y afectan a las zonas colindantes. Los daños y síntomas son diversos según la especie atacada. Así en Phoenix canariensis, los daños se localizan fundamentalmente en la zona superior de la palmera (estípite y balona). Las palmeras afectadas muestran la yema terminal u ojo desplazado (aspecto decaído), mientras las hojas centrales aparecen amarillentas y marchitas. Estas palmas centrales aparecen en ocasiones mordidas y roídas en su raquis central, incluso en ocasiones se doblan o parten. Pueden presentar perforaciones y zonas aserradas o a modo de punta de flecha que son producidas cuando estas son jóvenes, como se observa en la imagen de la izquierda. Daños en palmas Dado que el inicio de los ataques se localiza en las axilas de las palmas, estas ceden por su propio peso, adquiriendo la palmera finalmente un aspecto abierto (a modo de paraguas), con el centro completamente hueco. Palmeras canarias afectadas por picudo rojo 8

9 Las palmas afectadas se desprenden con suma facilidad, presentando su base la fibra totalmente descompuesta, con presencia de galerías e incluso pupas incrustadas. Al diseccionar la corona de estas palmeras encontramos en su interior la fibra completamente descompuesta, con gran presencia de larvas de distinta edad, pupas e incluso adultos. En las palmeras de escaso tamaño y en la especie Phoenix dactylifera, los daños son algo diferentes, fundamentalmente por la zona de localización. Estos se sitúan en la parte de la base de la palmera o alrededor de la zona de emisión de las raíces aéreas, ya que al emitir numerosos hijuelos, los ataques se inician en la zona de inserción de estos. Hijuelo de palmera datilera afectado Así las larvas, tras atacar la zona de la base de la palmera, realizan galerías hacia otras zonas de la palmera, desplazándose hacia el exterior cuando se encuentran próximas a empupar. En estos casos los adultos y pupas se encuentran incrustados en los tocones de las palmas secas (anteriormente podadas) y en los rebrotes existentes (los cuales se desprenden con facilidad). Si se realiza el afeitado de la palmera podemos encontrar una serie de orificios que corresponden a la salida de los adultos, los cuales en ocasiones se encuentran recubiertos con un exudado espeso de color marrónrojizo, el cual puede llegar a chorrear por el tronco. 9

10 Exudaciones en el fuste Destacar que en muchos de estos casos la corona de la palmera no muestra sintomatología alguna (véase la siguiente imagen), y por consiguiente el realizar prospecciones únicamente sobre la zona con presencia de palmas nos puede dar lugar a conclusiones erróneas. En todos los casos y sobre cualquier especie la fibra atacada se muestra totalmente descompuesta, formando una masa de tejido en fermentación que desprende un olor fétido (ácido) característico. 10

11 B. PLAN DE ACCIÓN CONTRA EL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS. MEDIDAS A DESARROLLAR POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA B.1 OBJETIVO DEL PLAN DE ACCION El objetivo de este plan de acción es el control de la plaga en las zonas demarcadas y posible erradicación de los nuevos focos de picudo rojo de las palmeras, para lo cual se establecen los mecanismos de coordinación y las competencias de los distintos órganos de la administración, empresas y particulares en el desarrollo del mismo. Se considerará un nuevo foco aquellos casos de palmeras infestadas que aparezcan fuera de las zonas demarcadas (Véase plano del Anejo II). Este plan irá unido al mantenimiento de medidas de contención y reducción de la presencia del organismo dentro de las zonas demarcadas ya existentes en donde se ha constatado la imposibilidad de erradicar el organismo. Las herramientas de ejecución de este plan se basan en el seguimiento intensivo del organismo mediante las inspecciones y prospecciones en las zonas demarcadas, el control en el movimiento del material vegetal, la realización de medidas de control fitosanitario en palmeras de la CARM y en aquellas que representen un foco nuevo, así como cualquier otra medida que pueda ayudar a erradicar o contener el organismo. B.2 AMBITO DE APLICACION B.2.1 DEFINICIONES A los efectos del presente Plan de Acción, y de acuerdo con la normativa se entenderá por: 1. Especies sensibles; las establecidas en la normativa comunitaria, española o autonómica. A fecha de redacción del Manual son las incluidas en el artículo 1 de la Decisión 2008/776/CE de la Comisión, de 6 de octubre de 2008, que son las plantas, excepto los frutos y semillas que tengan un diámetro de tallo en la base superior a 5 cm, de Areca catechu, Arecastrum romanzoffianum (Cham) Becc, Arenga pinnata, Borassus flabellifer, Brahea armata, Butia capitata, Calamus merillii, Caryota maxima, Caryota Cumingii, Chamaerops humilis (excepto en sus localizaciones y formas naturales) Cocos nucifera, Corypha gebanga, Coripha elata, Elaeis guineensis, Howea forsteriana, Jubea chilensis, Livistonia australis, Livistona decipiens, Metroxylon sagu, Oreodoxa regia, Phoenix canariensis, Phoenix dactylifera, Phoenix theophrasti, Phoenix sylvestris, Sabal umbraculifera, Trachycarpus fortunei y Washingtonia spp. 2. Zona infestada; zona en la que se haya confirmado la presencia del organismo y en la que se encuentren todas las plantas sensibles que muestran síntomas causados por el organismo y en su caso, todas las plantas sensibles que pertenezcan al mismo lote en el momento de la plantación, extendiéndose en un radio de 1 kilómetro (en adelante, km). En el caso de que en el radio de 1 km se incluya uno o varios núcleos de población será zona infestada todo el núcleo o núcleos de población al completo. 11

12 3. Zona tampón; abarcará una distancia de 10 km del límite de la zona infestada. En el caso de que varias zonas tampón se superpongan o estén geográficamente cercanas, se establecerá una zona demarcada más amplia que incluya las zonas demarcadas correspondientes y los espacios entre ellas. 4. Zona demarcada; será la suma del territorio abarcado por la zona infestada y la zona tampón. El establecimiento de una nueva zona demarcada se realizará en base a lo establecido en el articulo 4, apartado 1 Las áreas de protección y de especial vigilancia de la Orden de la de 24 de enero de 2006 (BORM de 3 de febrero), mediante Resolución del Director General de Industria. B.2.2 CENTROS DE PRODUCCIÓN, COMERCIALIZACIÓN E IMPORTACIÓN DE ESPECIES SENSIBLES Una vez detectada la presencia del organismo en un nuevo foco, el Servicio de Sanidad Vegetal de la procederá de forma inmediata a verificar que todos los productores, comerciantes e importadores de plantas sensibles se encuentran registrados, y los huertos o campos de producción de plantas sensibles se encuentran censados para su control oficial en la aplicación la Decisión de la Comisión de 17 de agosto de 2010 por la que se modifica la Decisión de 2007/365/CE de 25 de mayo. Al objeto de determinar la situación fitosanitaria de las palmeras respecto a la presencia del picudo rojo se realizará una visita de control cada tres meses por el personal técnico designado por el Servicio de Sanidad Vegetal para esta finalidad. Las plantas sensibles originarias de la Comunidad o importadas en ella, con arreglo a la Decisión 2007/365/CE, únicamente podrán ser trasladadas si van acompañadas de un pasaporte fitosanitario elaborado y expedido con arreglo a la Directiva 92/105/CEE de la Comisión y cumplen los siguientes requisitos: A. han sido cultivadas en todo momento en un Estado miembro o tercer país en el que no se ha detectado el organismo; B. han sido cultivadas en todo momento en un lugar de producción situado en una zona declarada libre de la plaga por el servicio oficial responsable del Estado miembro o por el servicio fitosanitario nacional del tercer país de acuerdo con las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias pertinentes, o C. han sido cultivadas, durante un período de dos años antes del traslado, en un lugar de producción situado en un Estado miembro y, en ese período: c.1) han sido colocadas en un sitio con completa protección física frente a la introducción del organismo o en el cual se aplican tratamientos preventivos apropiados, y c.2) no han mostrado signos del organismo en inspecciones oficiales realizadas al menos cada tres meses; 12

13 D. En el caso de importaciones de material sensible, este habrá sido cultivado durante un periodo de al menos un año antes de su traslado en un lugar de producción y, en ese periodo: d.1) han sido colocadas en un sitio con completa protección física frente a la introducción del organismo o en el cual se aplican tratamientos preventivos apropiados, y d.2) no han mostrado signos del organismo en inspecciones oficiales realizadas al menos cada tres meses. Los centros de cuarentena para el depósito de material importado deberán ser previamente aprobados por el Servicio de Sanidad Vegetal una vez evaluadas las características del cerramiento y el riesgo fitosanitario que supone la ubicación propuesta. Cualquier material vegetal de palmáceas existente en un vivero o garden deberá disponer de la documentación acreditativa de su origen y con su correspondiente pasaporte fitosanitario. En caso de palmeras denominadas de recuperación (palmeras de uso no comercial, procedentes de parcelas o propietarios particulares), deberán disponer de la preceptiva autorización establecida en la Orden de 24 de enero de 2006 de la, emitida por el Servicio de Sanidad Vegetal, que garantiza que el material vegetal no está afectado por picudo rojo. Así mismo cualquier planta adquirida a productores o comerciantes de palmeras deberá ir acompañada de un pasaporte fitosanitario que identificará su origen y que el material vegetal ha estado sometido a un control oficial en origen. Respecto a los huertos o campos de cultivo de palmeras con una alta densidad de plantación (1 palmera por cada 4 metros cuadrados) que no estén inscritos en el registro de productores de plantas de vivero, se les notificará que si el destino de las palmeras es su traslado mediante cesión y/o comercialización, estos deberán estar inscritos en dicho registro y sometidos a control oficial durante al menos dos años antes de recibir autorización para su traslado, habiendo realizado los tratamientos fitosanitarios adecuados para la protección de las palmeras. En aquellos huertos de palmeras en los que se detecten síntomas evidentes de plantas sensibles afectadas por la plaga, se procederá a inicio de expediente administrativo para la adopción de medidas fitosanitarias obligatorias, de acuerdo con la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal. B.2.3 MOVIMIENTO DE PALMERAS El traslado o movimiento de plantas sensibles procedentes de zonas demarcadas queda prohibido. Solamente se autorizará el traslado de palmeras dentro de las zonas demarcadas bajo autorización y control oficial, mediante solicitud dirigida al Servicio de Sanidad Vegetal de la. El Servicio de Sanidad Vegetal autorizará, previa inspección, el movimiento siempre que sea seguro y controlará el movimiento de especies sensibles. 13

14 C. MEDIDAS O ACTUACIONES A DESARROLLAR POR LAS CORPORACIONES LOCALES EN EL PLAN DE ACCION CONTRA EL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS DENTRO DE SU ZONA DEMARCADA Las autoridades municipales competentes en materia de parques y jardines con focos declarados en su término municipal, una vez evaluada la situación fitosanitaria respecto a la presencia de la plaga y en base a optimizar los medios disponibles, elaborará un Plan de Acción, el cual contendrá las medidas fitosanitarias enumeradas a continuación. Así mismo colaborará con el Servicio de Sanidad Vegetal en cualquiera de las actuaciones que se programen dentro de esa área demarcada. Una vez elaborado dicho Plan, deberá presentarse ante el Organismo Oficial Responsable en materia de Sanidad Vegetal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para su evaluación y aprobación. C.1 CENSO DE ESPECIES SENSIBLES Al objeto de dimensionar las acciones que contempla este plan de acción, se hace necesaria la realización de un censo o inventario de las palmeras existentes, representando su ubicación mediante un plano, y definiendo las zonas de cultivo, masas forestales y ejemplares singulares. Dicho censo precisará de una catalogación de las palmeras en la que figure la especie, dimensiones aproximadas y estado fitosanitario de las mismas, características que serán recogidas en una base de datos informática. Se deben localizar con especial atención: - Viveros y centros de comercialización de palmeras - Campos de producción de palmeras - Zonas de distribución natural - Propiedades de titularidad pública y privada (jardines, paseos, carreteras, etc.) C.2 PROSPECCIONES Los servicios de parques y jardines realizarán prospecciones sistemáticas dentro del área demarcada con objeto de detectar la presencia del organismo, determinar el origen de nuevos focos, y así poder establecer dentro de este plan de acción aquellas medidas presenten una mayor eficacia. Las inspecciones consistirán en la revisión visual de los ejemplares de especies sensibles en zonas públicas y en propiedades privadas, previa autorización de los propietarios, afectando las mismas a los parques y jardines, alineaciones sitas en urbanizaciones, calles, plazas o carreteras; instalaciones deportivas y especialmente en las masas forestales y palmerales, con especial incidencia en aquellos de interés histórico. 14

15 El número mínimo de inspecciones a programar anualmente será de 4 visitas o itinerarios realizados de forma trimestral a todas las zonas que se encuadren dentro de la zona demarcada y con presencia de plantas sensibles a la plaga. Para el desarrollo de las mismas se empleará el material necesario con objeto de facilitar las labores de observación, como plataformas elevadoras, prismáticos, escaleras, etc. En caso de detectar un foco nuevo (fuera del área demarcada) en el transcurso de dichas inspecciones, el Ayuntamiento correspondiente procederá inmediatamente a informar al Servicio de Sanidad Vegetal de la de la existencia del mismo para la adopción de las medidas fitosanitarias oportunas, teniendo como objetivo la coordinación, formación e información a todos los agentes implicados con el fin de lograr el mayor número de personas involucradas en el plan de erradicación. C.3 ACTUACIONES DE CONTROL DE LA PLAGA C.3.1 ACTUACIONES DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN EN LOS NUEVOS FOCOS Entre estos agentes se encuentran: técnicos y operarios de las diferentes administraciones públicas, jardineros de complejos turísticos, empresas de jardinería, viveristas, asociaciones de vecinos, etc. Para ello, se facilitará toda la información necesaria para el conocimiento de la plaga Rhynchophorus ferrugineus, de los daños y síntomas que causa en las palmeras, y de los métodos necesarios para la identificación precoz de ejemplares afectados. Esta información incluirá fichas técnicas de la plaga, charlas informativas sobre el picudo rojo, etc. Desde la Consejería de Agricultura se organizarán conjuntamente con el Ayuntamiento afectado jornadas de información y divulgación, propiciando la participación de todos los agentes implicados en labores de mantenimiento de jardines, tanto públicos como privados, técnicos, asociaciones de vecinos y todos aquellos ciudadanos que puedan estar interesados. C.3.2 TRAMPEO Bajo el asesoramiento y en coordinación con el Servicio de Sanidad Vegetal, se podrá diseñar una red de trampeo para captura masiva y/o monitoreo con trampas de feromonas y kairomonas en las zonas infestadas. Con ello se pretende conseguir: - Atraer los adultos de picudo hacia el centro de los focos para así evitar su dispersión. - Realizar capturas masivas de los mismos como medida para la erradicación de la plaga. - Monitorear las poblaciones, para determinar el mejor momento de aplicación de fitosanitarios en los focos. 15

16 Una vez diseñada la red de trampeo por parte de los Ayuntamientos dentro de su zona demarcada y aprobada por el Servicio de Sanidad Vegetal de la Consejería de Agricultura y Agua, el servicio municipal competente facilitará a la Dirección General de Industria los siguientes datos: Plano de situación de la red de trampeo. Localización mediante GPS de las trampas que configuran la red de trampeo. Mensualmente se enviarán los datos de las capturas observadas al Servicio de Sanidad Vegetal, según los modelos facilitados al efecto. En ningún caso se aplicarán redes de trampeo en las nuevas zonas afectadas si se tiene la certeza de haber erradicado la plaga en esa zona. Si donde se encontraba la palmera infestada, hay más palmeras susceptibles de tener infestación, además de realizar un tratamiento fitosanitario preventivo, se colocarán trampas en un radio de m. del lugar donde se detectó dicha palmera. También se realizarán capturas masivas de los mismos como medida para la erradicación de la plaga y se monitorearán las poblaciones, para determinar el mejor momento de aplicación de productos fitosanitarios en los focos. En base al análisis de las capturas obtenidas y de las prospecciones realizadas, periódicamente se deberá efectuar una reubicación de las trampas. Las trampas están compuestas por un envase de plástico, una feromona, una kairomona, melaza o restos vegetales y agua. El envase puede diferir en el color y en la forma. En nuestra red de trampeo contamos con tres modelos distintos: -Trampas en forma de cubo color amarillo y naranja con malla romboidal. Se suelen colocar sobre el suelo o semienterradas si el terreno lo permite. -Trampas en forma de cubo color blanco. Se colocan siempre semienterradas. -Tramas en forma de cono. Se colocan siempre sobre el suelo. Los distintos modelos se muestran a continuación: Trampa amarilla en forma de cubo 16

17 Trampa blanca en forma de cubo Trampa en forma de cono En cuanto a la forma de la trampa, el modelo cónico presenta unas ventajas frente a las trampas tradicionales con forma de cubo: evapora menos agua, por lo que su mantenimiento es menor, evita que por la lluvia o por escorrentía se llenen de agua (en cubos tradicionales favorecía la salida de los adultos capturados) y además facilita la entrada del picudo rojo por el diseño de la misma. Ensayos comparativos que se están realizando, muestran que las trampas en forma de cono capturan 4 veces más que las tradicionales. En cuanto a las especificaciones técnicas de los atrayentes; la feromona utilizada es el 4-methyl-5-nonanol, que actúa como feromona de agregación, es decir atrae tanto a machos como a hembras. En cuanto a esta sustancia no hay variación comercial, es decir, todas las empresas suministran la misma sustancia y lo que si es necesario evaluar es la carga y la vida útil de cada formato comercial. Nuestros datos de capturas realizadas con trampeo coinciden con los resultados obtenidos por otros investigadores (SANSANO JAVALOYES et al., 2008), observando que hay mayores capturas de hembras que de machos, siendo por lo general un 70% de hembras frente a un 30% de machos. La kairomona, por lo general es ethyl acetate y atrayentes minoritarios de la palmera. En la actualidad se están realizando ensayos comparativos entre trampas con y sin kairomona y a fecha de hoy no hay diferencias entre ambos tratamientos. Por ello pensamos que la kairomona no es un componente indispensable de la trampa. La melaza o los restos vegetales añadidos en el interior de la trampa (caña de azúcar, restos de palma, dátiles, etc.) conocido como cebado, no son indispensables aunque si recomendados para disponer de una trampa de calidad. El agua es importante en las trampas ya que hace que el insecto una vez en el interior de la trampa le sea imposible salir de ésta, dado que al mojarse no puede volar y con el tiempo termina ahogándose. La falta de agua en las trampas en forma de cubo provoca que los adultos no ahogados puedan escapar de la trampa volando. Además confiere una cierta sensación de humedad y favorece la fermentación de los restos vegetales aportados como cebado. La revisión de las trampas se realizará durante todo el año (cada días), teniendo en cuenta que los periodos más importantes para las capturas masivas son los comprendidos entre abril y noviembre. 17

18 La eficacia de las trampas no es del cien por cien, no obstante son una muy buena medida complementaria. En foros especializados entre la comunidad científica se ha llegado al consenso de que no todos los adultos atraídos por las trampas terminan entrando en las mismas. Es difícil evaluar en la realidad este proceso, dado los diversos factores que influyen en este proceso, con lo cual se desconoce el porcentaje de rechazo que los adultos presentan a las trampas. Por ello se recomienda que las trampas no se coloquen junto a las zonas de palmeras libres de picudo y menos aun si éstas no están recibiendo tratamiento preventivo. En el Anejo III se muestra un plano de la actual red de trampeo existente dentro de los focos declarados en la Región de Murcia. C.3.3 PROCEDIMIENTO PARA LA ELIMINACIÓN DE PALMERAS AFECTADAS Las palmeras afectadas de picudo rojo deben ser obligatoriamente eliminadas por sus propietarios, según la Orden de 24 de enero de 2006, por la que se declara oficialmente la existencia de la plaga Rhynchophorus ferrugineus en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia siguiendo un protocolo de actuación. En el caso de nuevos focos se procederá al corte inmediato por parte de la. Respecto a los ejemplares que se encuentren dentro de zonas demarcadas y en los cuales ha quedado constatada la imposibilidad de su erradicación, se informará de esta obligación al titular de los mismos, ya sean los ayuntamientos, empresas de jardinería, particulares o a cualquier otra persona o entidad. El protocolo de actuación para proceder al corte y eliminación de palmeras infestadas, es el siguiente: Tratamiento fitosanitario, previo al corte, con productos autorizados para tal fin, del ejemplar afectado (y de los ejemplares colindantes). Eliminación de las palmas. Se procederá a la eliminación de todas las palmas con el uso de herramientas de corte o motosierra. Conviene extender una malla o un plástico en el suelo alrededor de la palmera de manera que sea más sencillo recoger todos los restos vegetales, los cuales deberán ser empaquetados en plásticos o tapados con una red durante el trasporte a vertedero. Corte de la corona y estípite. Tratamiento fitosanitario de la balona, una vez se han eliminado las palmas. 18

19 Conviene envolver con un plástico de espesor superior a 200 galgas la cabeza de la palmera, para evitar la salida de adultos al exterior. Separación de la corona del estípite con una motosierra. El estípite se podrá mantener sin gestionar si no se constata su afectación, sellando el corte con mástic de poda o pintura asfáltica con insecticida; o bien, podrá cortarse por la zona más cercana al nivel del suelo, a unos 20 cm de las raíces. El tocón resultante se sellará con mástic o pintura asfáltica. En caso de que la infestación se localice en la base del estípite y no en la corona, se deberá también eliminar esta parte de la palmera. Limpieza de la zona y transporte. Se recogerán todos los restos del suelo, mediante cepillado o rastrillado, asegurando que no queden restos (adultos, pupas, material vegetal, etc.), y serán depositados en el vehículo destinado al transporte, aplicándole un nuevo tratamiento fitosanitario. En el transporte, los restos deberán ir protegidos por una lona o una malla que evite el riesgo de propagación de la plaga. Depósito del material: Depositar el material y restos de poda en gestores autorizados que las destruyan mediante trituración o las valoricen mediante compostaje, usos bioenergéticos u otros, siempre que se garantice la eliminación eficaz de posibles reservorios de plaga que pudieran existir en dicho material. Enterramiento de restos de la palmera. En el caso que sea excesiva la distancia a los vertederos, se procederá al enterramiento de los restos de la palmera. Se depositarán todos los restos en una zanja de al menos 2 metros de profundidad, se les dará un tratamiento fitosanitario y se enterrará con materiales compactables. A ser posible se apisonará el enterramiento. Debido a la estructura del material vegetal de las palmeras, no se admite la quema de los troncos o estipites como método de eliminación, ya que no asegura la destrucción de las pupas, larvas y adultos de la plaga que puedan encontrarse alojados en ellos. 19

20 C Gestión de palmeras privadas Para el caso de palmeras de particulares y en parcelas que dispongan de terreno para la eliminación de la palmera en la propia parcela, se puede proceder al enterrado del material afectado por picudo, que en el caso de palmeras canarias, suele ser la corona y la base de las palmas, siendo este el material que debe ser triturado, o bien enterrado, mientras que las palmas (excepto la base) pueden destruirse mediante su quema y el resto del tronco o estípite que no está afectado por picudo puede dejarse en la parcela, evitando de esta forma el traslado a un gestor autorizado, con lo cual el coste de eliminación se reduce considerablemente. Si la palmera no puede eliminarse en la parcela, bien por que no dispone de terreno o por que el suelo esta enlosado, u otro motivo, la palmera deberá ser eliminada a través de una empresa autorizada por el Servicio de Sanidad Vegetal para la tala de palmeras afectadas de picudo rojo, la cual trasladará los restos a gestor autorizado. El mejor sistema de eliminación de palmeras afectadas es la trituración in situ, con lo cual se evita durante el transporte el riesgo de dispersión de escarabajos. Triturado in situ de restos de palmera afectados C.3.4 LABORES DE PODA Y ENCAPUCHADO Las labores de poda se realizarán siguiendo una serie de normas: - Podar tan solo las hojas secas. - Se prohíbe el cepillado de los estípites o troncos de las palmeras. 20

21 - Si fuera necesario el corte de palmas verdes por motivos de seguridad ciudadana, se sellarán los cortes con aceite mineral y posteriormente se aplicará un mástic de poda. Si es posible también se debe realizar inmediatamente después un tratamiento fitosanitario con productos autorizados. - Los cortes deberán ser siempre limpios y no deberán provocar desgarros. - Estas labores sólo se ejecutarán en los meses de diciembre a febrero. - Los restos de poda deberán ser tratados y transportarse tapados con material plástico o similar hasta el vertedero autorizado. Encapuchado de palmeras. Durante los últimos años, se ha culpado del estado deteriorado de los palmerales al aprovechamiento masivo de la palma blanca, con el consiguiente encapuchado de la palmera. Además, durante estas operaciones se libera una sustancia, la kairomona, que favorece la atracción del picudo rojo. Ante esta situación, algunos ayuntamientos de la Región en los que esta práctica es habitual, han redactado una ordenanza municipal que recoge las buenas prácticas en el manejo del encapuchado de las palmeras, con el objeto de proteger sus palmerales. C.3.5 TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS Los tratamientos fitosanitarios utilizados contra Rhynchophorus ferrugineus Olivier en palmeras deberán tener fundamentalmente carácter preventivo, ya que los tratamientos curativos estudiados hasta ahora no son lo suficientemente efectivos en algunos casos. Las materias activas son las autorizadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. El tratamiento se realizará a todos los ejemplares de plantas sensibles existentes en la zona del foco. Se tendrán en cuenta los vientos dominantes para determinar la estrategia de tratamiento. Se puede utilizar una mezcla de un insecticida con un aceite de verano para mejorar la eficiencia del tratamiento, y se alternarán las sustancias activas al objeto de evitar la aparición de resistencias. Los tratamientos fitosanitarios se deben realizar siguiendo las indicaciones siguientes: 1. Localización de la aplicación: Los tratamientos se dirigirán por lo general a la corona de las hojas de las palmeras y cambiando cuando sea necesario la posición del chorro, con el fin de garantizar que el producto llegue a toda la planta, ya que dependiendo de la especie de palmera de que se trate, habrá que aplicar el insecticida en una u otra zona preferentemente. 21

22 2. Periodicidad: Estará en función de la persistencia del insecticida utilizado, recomendándose una cadencia media de 45 días. Efectuar como mínimo los tratamientos desde primavera a otoño. 3. Requisitos: Los tratamientos han de ser efectuados por empresas autorizadas y personal con el carné de manipulador y productos fitosanitarios, según corresponda. 4. Productos: Se emplearán los formulados que actualmente están específicamente autorizados en el Registro Oficial de Fitosanitarios para el control de Rhynchophorus ferrugineus. A continuación se expone una tabla con los formulados existentes autorizados en el Registro de Productos Fitosanitarios para su uso en palmáceas contra Rhynchophorus ferrugineus Olivier: Abamectina 1,8% EC Azadiractin 3,2% EC Clorpirifos 48% EC SUSTANCIAS ACTIVAS Y FORMULADOS Fosmet 50% WP Fosmet 45% CS Imidacloprid 20% SL Imidacloprid 20% OD Imidacloprid 24% OD Tiametoxam 25% WG ORGANISMOS DE CONTROL BIOLÓGICO Steinernema carpocapsae (Weiser) CONTROL INTEGRADO DEL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS Según las experiencias adquiridas desde la aparición de esta plaga en el año 2005, ninguna técnica de control existente ha demostrado por sí sola una buena eficacia para el control de la plaga, siendo por tanto conveniente el establecimiento de estrategias de control integrado que combinen los distintos métodos de control. Valoración de palmeras a tratar Es primordial para llevar a cabo una lucha integrada eficaz valorar las palmeras localizadas en el término municipal. Los tratamientos deben ir encaminados a proteger 22

23 aquellos ejemplares que presenten mayor sensibilidad al desarrollo de la plaga, que por orden de preferencia son: palmera canaria, palmera datilera y restos de palmeras. La palmera canaria además de ser la especie más sensible es donde mejor se desarrolla el insecto pudiendo dar lugar a la salida de más de mil escarabajos adultos de una sola palmera durante varios meses, por lo que resulta vital incrementar la vigilancia sobre esta especie, así como los tratamientos fitosanitarios. Tratamientos de palmeras: a) Palmeras sin síntomas: 1. De octubre a mayo: con Steinernema carpocapsae (nematodo entomopatógeno), mill. de nematodos en litros de caldo por palmera cada 45 días. 2. De junio a septiembre: con Imidacloprid 20% LS P/V, 1ml/l en litros de caldo cada 45 días, o cualquiera de los productos autorizados para el control de la plaga. b) Palmeras con síntomas: 1. De octubre a mayo: con Steinernema carpocapsae (nematodo entomopatógeno), mil. de nematodos en litros de caldo por palmera cada 45 días. 2. De junio a septiembre: con Imidacloprid 20% LS P/V, 1ml/l en litros de caldo cada 45 días, o cualquiera de los productos autorizados para el control de la plaga. 3. Durante todo el año: inyecciones al tronco con Imidacloprid 20% LS P/V, a baja presión cada 45 días, alternándolas con formulados a base de Tiametoxam y Abamectina. D. ACCESO A LA INFORMACION La de la Región de Murcia y las corporaciones locales pondrán a disposición de cualquier persona interesada información en su página Web lo más actualizada posible, acerca de aspectos generales de la plaga y de su situación, así como un correo electrónico para atender cualquier consulta. El correo habilitado por el Servicio de Sanidad Vegetal para ello es picudopalmeras@gmail.com, el cual se da a conocer tanto por publicación en la página Web de la Consejería como por distribución de folletos informativos en soporte papel que se facilitan tanto a personal técnico, jardineros, viveristas, etc., como a los particulares que poseen palmeras situadas dentro de zona demarcada. 23

24 E. ANEJOS E.1 ANEJO I: LISTADO DE FOCOS DECLARADOS EN LA REGION DE MURCIA coordenada x coordenada y Fecha detección El Algar (Cartagena) , ,33 03/02/2006 Avileses (Murcia) , ,88 03/02/2006 Sangonera la Seca (Murcia) , ,21 03/02/2006 Pozo Aledo (San Javier) , ,7 03/02/2006 Balsicas , ,41 03/02/2006 Cartagena , ,76 06/07/2006 Alhama de Murcia , ,51 13/11/2006 Mula , ,22 13/11/2006 Santa Ana (Cartagena) /01/2007 Librilla /01/2007 Pliego /01/2007 La Ribera (San Javier) /01/2007 San Pedro del Pinatar /01/2007 Alhama de Murcia /01/2007 Cañada Gallego (Mazarrón) /01/2007 Alquerías (Murcia) /01/2007 Águilas , ,21 13/02/2007 Los Alcázares , ,81 13/02/2007 Torre Pacheco /03/2008 Lorca /03/2008 Puerto Lumbreras /03/2008 La Unión /03/2008 Torres de Cotillas /03/2008 La Manga /03/2008 Cartagena /03/2008 La Aljorra (Cartagena) /03/2008 Las Palas (Fuente Álamo) /03/2008 Molina de Segura /03/2008 Alcantarilla /03/

25 Totana /03/2008 La Escucha (Lorca) /03/2008 Ulea /03/2008 Abanilla /04/2009 Fortuna /06/2010 Archena /07/2010 Calasparra /02/2011 Cieza /06/2011 Bullas /10/2011 Jumilla /11/

26 E.2 ANEJO II: MAPA FOCOS Y AREAS DEMARCADAS 26

27 E.3 ANEJO III: MAPA DISTRIBUCION DE TRAMPAS 27

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