I.- Análisis de conceptos relacionados con la determinación del FUT

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1 FUT

2 CLASE Nº 1

3 I.- Análisis de conceptos relacionados con la determinación del FUT

4 Luis Alberto Guerrero Alvarado Agente Comercial y Viajante Contador Contador Auditor Ingeniero Comercial Magíster (E) en Gestión Tributaria Diplomado en Legislación Tributaria Diplomado en Gestión de Empresas Diplomado en Docencia Universitaria Diplomado en IFRS Profesor Especialista en Educación de Adultos

5 INICIO DEL F.U.T. A contar del 1º de enero de Año Tributario (Ley Nº , D.O. 31 de enero de 1984). Resolución Ex. Nº 891, de D.O

6 t ORIGEN DEL FUT Ley N publicada en el D. O. de fecha Base de Tributación Accionistas Socios Base de Tributación Accionistas Socios Percibido Devengado Percibido Percibido Empresa 1 Categoría Devengo Empresa 1 Categoría Devengo Doble Tributación Crédito Socio Global Complementario Percepción Socio Global

7 Tributación de las Sociedades de Personas, Empresas Individuales, Socios y Empresarios Individuales vigente hasta el Utilidad Financiera según Balance Empresas: - Individuales - Sociedades de personas Ajustes extracontables de acuerdo a la Ley de la Renta Renta Líquida Imponible Tasa 10% Impuesto Primera Categoría Empresario Individual Socio Persona Natural Impuesto Global complementario o Adicional por rentas Percibidas o Devengadas

8 Cómo era el antiguo sistema de tributación de las empresas hasta antes del 31 de diciembre del año 1983? La tributación de los contribuyentes de Primera Categoría que estaban obligados a determinar sus rentas en base a un balance general hasta el 31 de diciembre del año 1983, consistía básicamente en que se afectaban con impuestos en el período de la generación u obtención de las rentas. Así, las empresas estaban afectas con el Impuesto de Primera Categoría sobre sus rentas, tanto percibidas como devengadas. Fuente: Soluciones FUT año tributario 2013

9 Tributación aplicable a los Socios y Empresarios Individuales hasta el Empresa Generadora de Renta Renta Líquida Imponible Impuesto de Primera Categoría Socio o Empresario Individual Realiza o no realiza el retiro de la R.L.I. Impuesto Global Complementario

10 SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO Filosofía hasta el Soc. de personas Socio Socio G.C. o Impuesto Adicional Base Proporcional EMPRESA Primera Categoría Base Percibida o Devengada

11 Cómo tributaban los dueños de las Sociedades de Personas, empresario individual o socios, antes de que se creara el FUT? El empresario individual o socios debían cumplir con la obligación tributaria de sus impuestos personales sobre la totalidad de tales beneficios, es decir, la base imponible proporcional a cada socio junto con la proporción de los Gastos Rechazados, gravándolos finalmente en la misma oportunidad que las empresas, en las bases imponibles de los Impuestos Global Complementario o Adicional, según correspondiera. Fuente: Soluciones FUT año tributario 2013

12 Tributación de las Sociedades Anónimas y Accionistas Sociedades Anónimas Utilidad Financiera según Balance Renta Líquida Imponible Tasa 10% Impuesto Primera Categoría Ajustes extracontables de acuerdo a la Ley de la Renta Ajustes (Tasa Adicional Art. 21) - Agregados - Deducciones Distribución Dividendo Impuesto Tasa Adicional Tasa 40% Impuesto Tasa Adicional Afecto a Global complementario Crédito contra el Impuesto

13 SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO Filosofía hasta el Sociedad Anónimas G.C. o Impuesto Adicional Accionista Accionista Base Percibida Tasa Adicional SOCIEDAD ANONIMA Primera Categoría Base Percibida o Devengada

14 Tributación aplicable a los Accionistas hasta el Sociedad Anónima Renta Líquida Imponible Impuesto de Primera Categoría AJUSTES Base Imponible Tasa Adicional Impuesto Tasa Adicional Ex Art. 21 CRÉDITO Accionistas Perciben Dividendos Impuesto Global Complementario

15 Cómo era el antiguo sistema de tributación de los accionistas antes de que se creara el FUT? Los accionistas de sociedades anónimas o en comandita por acciones incluían dentro de sus bases imponibles únicamente las sumas percibidas de las sociedades en las que mantenían inversiones. Sin perjuicio de lo anterior, la diferencia de tributación que se producía entre un socio de sociedad de personas y un accionista de sociedad anónima tendía a compensarse o a corregirse a través del Impuesto de la Tasa Adicional del ex artículo 21 de la LIR, que se aplicaba a nivel de las S.A. Fuente: Soluciones FUT año tributario 2013

16 Tributación de las Sociedades de Personas, Empresas Individuales, Socios y Empresarios Individuales vigente a partir del Utilidad Financiera según Balance Empresas: - Individuales - Sociedades de personas Ajustes extracontables de acuerdo a la Ley de la Renta Renta Líquida Imponible Percibida Devengada Tasa 20% Impuesto Primera Categoría Fondo Utilidades Tributarias Ajustes según Resolución Exenta N del FUT Empresario, Socios (Personas Naturales) Retiros con Tope FUT Crédito contra el Impuesto Impuesto Global complementari o o Adicional

17 Tributación Sociedades Anónimas y Accionistas a partir del Utilidad Financiera según Balance Desagregados según artículo 21 de la LIR Sociedades Anónimas Impuesto Único Tasa 35% Ajustes extracontables de acuerdo a la Ley de la Renta Renta Líquida Imponible Percibida Devengada Tasa 20% Impuesto Primera Categoría Fondo Utilidades Tributarias Ajustes según Resolución Exenta N del FUT Accionista (Personas Naturales) Dividendos SIN Tope FUT Crédito contra el Impuesto Impuesto Global complementario o Adicional

18 Socio Realiza Retiros

19 SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO Filosofía desde Global Complementario Socio Socio Base Retirada o Distribuida EMPRESA Primera Categoría Ingresos Percibidos o Devengada

20 Cuál era el inconveniente del sistema de tributación que existía en Chile hasta el 31 de Diciembre del año 1983? El inconveniente que se planteaba respecto de la modalidad tributaria que existía hasta el 31 de diciembre del año 1983, es que, tal como estaba concebida la ley, se gravaban incluso las utilidades que se encontraban reinvertidas en la misma empresa. Es por ello que se estimó conveniente modificar o adecuar la estructura impositiva en cuestión, estableciéndose una nueva forma de tributación que no afectara la reinversión de utilidades a nivel de empresas, incentivando, de esta forma, la inversión en Chile y, por ende, generando crecimiento. Fuente: Soluciones FUT año tributario 2013

21 ESCENARIO DEL F.U.T. I Nivel (Empresas) Sociedad Responsabilidad Ltda. Sociedades Anónimas. F.U.T. 01/01/84 II Nivel (Dueños) Socios Accionistas Integración de Impuestos Utilización de Créditos Con lo anterior las empresas dejaron de pagar impuesto.

22 ESCENARIO DEL F.U.T. Generador de Renta Empresa F.U.T. Contribuyente Intermedio F.U.T Consumidor de Renta Dueño Final Global Complementario Impuesto Adicional La Renta es definitiva cuando ocurre el término de giro o es retirada.

23 ESCENARIO DEL F.U.T. Provisoria Acumulado en la Empresa. Renta Definitiva Término de Giro Retirada o distribuida Cuando se ha cumplido con toda la Tributación.

24

25 En que consiste el actual sistema de tributación de Chile? Consiste básicamente, en gravar las utilidades generadas por las empresas con el Impuesto de Primera Categoría, pero con carácter de crédito en contra de los Impuestos Global Complementario o Adicional, según corresponda, dejando de esta forma al Impuesto de Primera Categoría en calidad de impuesto provisional como crédito en contra de los impuestos definitivos, los cuales se devengan en la medida que los dueños de las empresas, socios o accionistas efectúen retiros o perciban dividendos. Fuente: Soluciones FUT año tributario 2013

26 Fundamentos Legales F.U.T. A contar del 1º de enero de 1984 (Año Tributario 1985) El texto del Artículo 14º de la LIR, es reemplazado por el Nº 1, del artículo 1º de la Ley Nº , publicada en el D.O. 31 de enero de 1984, y se establece la nueva estructura tributaria a que estarán afectos los contribuyentes de la 1º categoría de la LIR, que declaren su renta efectiva mediante un balance general, según contabilidad. La obligación del FUT se establece mediante la publicación de la Resolución Ex. Nº 891, de fecha , publicada en el D.O. el 02 de abril de NACE EL FUT: Con un formato o esquema sencillo, y sin las normas de utilidad bruta, utilidad neta, ni incremento de la base para efectos de calcular el crédito por impuesto de Primera Categoría.

27 DETALLE Parcial Subtotal Total 1) Rem. Ant. Reajustado -0-2) R.L.I. del ejercicio Menos: Gtos. Rech. pagados (Impto. 1ª Categoría) (100) ) Retiros de utilidades (900) Saldo FUT año siguiente -0-

28 ORIGEN DEL FUT Reforma Tributaria Ley /1984: Impuestos personales se afectan en base a retiros, remesas o distribuciones. Impuesto de Primera Categoría constituye crédito contra los impuestos personales.

29 t ORIGEN DEL FUT Publicación Ley N Necesidad de conocer: Año de Origen de la utilidad que se reparte La tasa de Impuesto de Categoría que en su momento la afectó Para lo cual fue necesario crear un REGISTRO

30 FONDO UTILIDADES TRIBUTABLES

31 AÑO TRIBUTARIO 1985 / 1990 DETALLE Parcial Subtotal Total 1) Rem. Ant. Reajustado 2) R.L.I. del ejercicio Menos: Gtos. Rech. pagados (Impto. 1ª Categoría) (100) ) Retiros de utilidades (900) Saldo FUT año siguiente -0-

32 POR QUÉ EL FUT? Necesidad de controlar las utilidades generadas, (obtenidas en el ejercicio o en años anteriores) y retenidas o no distribuidas en las empresas. Necesidad de controlar el crédito por impuesto de primera categoría, generado por los retiros imputados a las utilidades.

33 Utilidad Renta Bruta Impuesto Utilidad Renta Neta Neta Crédito Imputación Créditos Imputación Retiros

34 OBJETIVO DEL LIBRO FUT Controlar el retiro de las utilidades que al , habían cumplido con su tributación, las cuales quedan sujetas en todo a las normas de la Ley de la renta vigente a esa fecha. Debido control de la determinación, registro y monto de las utilidades generadas a contar del , que se encuentran en la empresa pendiente de retiro, reparto o distribución. Controlar el retiro de las utilidades generadas a contar del , las cuales se gravan con impuestos en cada ejercicio solo hasta el monto de dichas utilidades. Controlar los créditos tributarios a que dan derecho a sus propietarios, socios o accionistas las utilidades generadas por las empresas, especialmente en el caso de las Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones.

35 OBJETIVO DEL LIBRO FUT Determinar el orden sucesivo de imputación de los retiros o dividendos, debiendo ser siempre a las utilidades tributarias más antiguas existentes en el FUT. Determinar el monto máximo de tributación en Global Complementario o Adicional de los retiros anuales, esto es, hasta el tope del FUT positivo existente. Imputar retiros y dividendos al FUNT, cuando el FUT no existe o es negativo. Determinar el monto de los retiros en excesos cuando no existe FUT ni FUNT y cuya tributación queda diferida para el futuro. (Los dividendos distribuidos por las S.A. tributan en Global Complementario o Adicional aún en el caso que excedan del FUT o FUNT)

36 OBJETIVO DEL LIBRO FUT Determinar el monto del Impuesto de Primera Categoría que tiene derecho la empresa a solicitar que se le devuelva en el caso de Pérdidas Tributarias que absorban total o parcialmente su FUT (PPUA). Controlar el monto de la diferencia entre la Depreciación Normal y la Acelerada, para que tribute con Global Complementario o Adicional, en el caso de ser retirada o remesada al exterior, sin crédito. Controlar créditos por rentas provenientes del exterior (Artículos 41 A y 41 C de la Ley de la Renta).

37 OBJETIVO DEL FONDO DE UTILIDADES TRIBUTABLES DE UNA SOCIEDAD DE PERSONA Indicar hasta que monto los retiros tributan. Ejemplo: FUT: Retiro: Conclusión: Afecto a Global o Adicional Los retiros siempre tributan hasta el tope del FUT Retiro en exceso para el año siguiente Indicar los créditos disponibles.(10%, S/C,15%,16%, 16,5% 17%, 20%)

38 Retiros tributan hasta el tope del FUT Control de Créditos

39 Factores para efectos de determinar el INCREMENTO Tasa Incremento correspondiente a la Tasa 10% 100 menos 10 = 90 10/90 = 0, % 100 menos 15 = 85 15/85 = 0, % 100 menos 16 = 84 16/84 = 0, ,5% 100 menos 16,5 = 83,5 16,5/83,5 = 0, % 100 menos 17 = 83 17/83 = 0, Desde el año 2011 la tasa es del 20% 100 menos 20 = 80 Factor Incremento 20/80 = 0,25

40 OBJETIVO DEL FUT EN SOCIEDAD ANÓNIMA Sólo indicar los créditos disponibles. Ejemplo: FUT Dividendo: Conclusión: Con Crédito en Global o Adicional Sin Crédito en Global Complementario

41 Cuál es el objetivo de llevar FUT para las S.A. De acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la LIR, para las Sociedades Anónimas el FUT es un registro cuyo único objetivo es llevar un control de los créditos asignados a las distribuciones de dividendos que las sociedades efectúan a sus accionistas.

42 Objetivo Controlar los Créditos

43 CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A LLEVAR EL LIBRO FUT PRIMERA CATEGORIA RENTA EFECTIVA CONTABILIDAD COMPLETA BALANCE GENERAL

44 CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A LLEVAR EL LIBRO FUT Los de la Primera Categoría que declaren la renta efectiva determinada mediante contabilidad completa y Balance General, ya sea, que estén obligados por la ley a dicha forma de determinación o hayan optado voluntariamente por ella. N 3 letra A del artículo 14 de la LIR

45 CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A LLEVAR EL LIBRO FUT NORMA GENERAL a) Los de la Primera Categoría, que declaren la renta efectiva mediante contabilidad simplificada. b) Los de la Primera Categoría que declaren sobre la base de una renta presunta. c) Los de la Segunda Categoría. d) Contribuyentes de la Primera Categoría acogidos al régimen del artículo 14 bis.

46 SITUACIONES ESPECIALES a) Los de la Primera Categoría que tengan un escaso movimiento operacional y que estén obligados a tributar con los impuestos Global Complementario o Adicional a base de los retiros o distribuciones. 1.- Las anotaciones correspondientes al Libro FUT deben efectuarlas en el Libro de Inventarios y Balances. 2.- Elementos a considerar para calificar a un contribuyente de escaso movimiento operacional: Escaso capital. Poco personal dependiente. La fuente generadora de la renta proviene de una sola actividad. Bajo monto de las operaciones del ejercicio. Escaso número de operaciones en el ejercicio. Percepción o devengo de no más de un tipo de renta, etc.. b) Contribuyentes de la Primera Categoría acogidos al régimen simplificado del Art. 14 bis de la LIR.

47 NECESIDAD DEL LIBRO FUT NECESIDAD Por cambio del sistema tributario vigente al a nivel de impuestos personales, pasando de una base percibida o devengada a una base retirada o distribuida.

48 QUÉ ES EL FUT? El FUT es la acumulación de las utilidades generadas por las empresas que se encuentran pendiente de tributación de los impuestos Global Complementario o Adicional, hasta cuando no sean retiradas o remesadas por el propietario, socio o distribuidas a los accionistas.

49 Acumulación de Utilidades

50 Qué es el FUT? Registro obligatorio para los contribuyentes sujetos al impuesto de primera categoría, que determinen su renta efectiva, sobre la base de un balance general según contabilidad completa. Tiene por finalidad, llevar el control de las utilidades tributarias acumuladas en la empresa y que son susceptibles de retiro, distribución o remesa a sus propietarios, socios o accionistas, para afectarse o no con los impuestos global complementario o adicional. También es aplicable para efectuar el debido control de los créditos asociados a dichas utilidades y que corresponden de acuerdo a los artículos 56 N 3 y 63 de la Ley de Impuesto a la Renta.

51 Utilidad Renta Bruta Impuesto Utilidad Renta Neta Neta Crédito Imputación Créditos Imputación Retiros

52 QUE REPRESENTA EL FUT El FUT representa el monto de las utilidades tributables susceptibles de retiro o distribución por parte del propietario, socio o accionistas y afectas a los impuestos Global Complementario o Adicional, y los créditos a que dan derecho en contra de dichos tributos.

53 Qué se registra en el FUT? De conformidad con lo establecido en el artículo 14, letra A, N 3, de la Ley de la Renta y en la Resolución Ex. N 2.154, de 1991, del Servicio de Impuestos Internos, las partidas que se deben registrar en el Fondo de Utilidades Tributables son las que a continuación se señalan: -Remanente de utilidades de ejercicios anteriores, debidamente reajustado - Renta Líquida Imponible de 1 Categoría, depurada de Gastos Rechazados pagados que constituyan retiros presuntos de utilidades. -SE AGREGARÁN

54 A.- REGISTRO EN CONJUNTO R.L.I. Primera Categoría o Pérdida Tributaria del ejercicio... $ (+) SE AGREGA: Rentas exentas del Impuesto de Primera Categoría percibidas o devengadas... $ (+) Participaciones sociales y dividendos ambos percibidos... $ (+) Todos los demás ingresos, beneficios o utilidades percibidos o devengados que no estén formando parte de la R.L.I. Primera Categoría y que se encuentren afectos a los impuestos Global Complementario o Adicional cuando sean retirados o distribuidos.. $ (+) SE AGREGA O SE DEDUCE Los remanentes de utilidades tributables o los saldos negativos de ejercicios anteriores, reajustados... SE DEDUCEN Las partidas del Art. 21de la LIR... $ (+) $ (-) Los retiros o distribuciones efectuados en el ejercicio, reajustados. $ (-) =====

55 Cuadro Esquemático del FUT vigente hasta el Participación Gastos Rechazados Otras empresas INGRESOS AL FUT -Renta Líquida Imponible (incluye rentas presentas) -Depreciación acelerada (2001 y siguientes) -Dividendos percibidos -Participaciones percibidas o devengadas en otras empresas de 1 categoría con contabilidad simplificada -Reinversión de Utilidades -Traspaso de FUT devengado (Sólo Soc. P) Global Complementario o Adicional Gastos Rechazados Rentas Presuntas -Personas Naturales Retiros Presuntos -Sociedad de Personas (Incluye E.I.R.L., Sociedades de Hecho, comunidades, en Comandita Simple) FUT FUNT -Sociedades Anónimas (Incluye las SPA) Retiros FUT Exentas Impuesto Único No Renta Retiros FUNT Tasa % 10% 0% 10% 15% 16% 16,5% 17% 20% IMPUESTO Años comerciales Y sgtes No se declaran Factor 0, , , , , , , ,25 Dividendos FUNT Dividendos FUT Gastos Rechazados Préstamos a accionistas de S.A. cerradas Retiros Presuntos Participación Gastos Rechazados Otras empresas No se declaran Exentas Impuesto Único No Renta Global Complementario Impuesto Único Art. 21 LIR 35%

56 Cuadro Esquemático del FUT vigente desde el Gastos Rechazados pagados no afectos al Impuesto Único del 35% ni al Impuesto Global Complementario o Adicional Global Complementario o Adicional Retiros FUT Exentas Impuesto Único No Renta Retiros FUNT No se declaran INGRESOS AL FUT -Renta Líquida Imponible (incluye rentas presentas) -Depreciación acelerada (2001 y siguientes) -Dividendos percibidos -Participaciones percibidas o devengadas en otras empresas de 1 categoría con contabilidad simplificada -Reinversión de Utilidades -Traspaso de FUT devengado (Sólo Soc. P) -Personas Naturales -Sociedad de Personas (Incluye E.I.R.L., Sociedades de Hecho, comunidades, en Comandita Simple) FUT FUNT -Sociedades Anónimas (Incluye las SPA) Tasa % 10% 0% 10% 15% 16% 16,5% 17% 20% IMPUESTO Años comerciales Y sgtes Factor 0, , , , , , , ,25 Gastos Rechazados pagados no afectos al Impuesto Único del 35% ni al Impuesto Global Complementario o Adicional Dividendos FUT Dividendos FUNT Global Complementario Exentas Impuesto Único No Renta No se declaran

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