COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS BASES DEL CONCURSO

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1 COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS BASES DEL CONCURSO PROCESO DE SELECCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS CENTRALIZADA PRINCIPAL Febrero 2009

2 INDICE 1 ASPECTOS GENERALES Convocatoria Objeto del concurso Antecedentes Definiciones Marco legal del concurso PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO Registro de los postores Agentes autorizados y representante legal Agentes Autorizados Representante Legal Consultas u observaciones Circulares Cronograma del Concurso Propuestas Forma de presentación Contenido Validez y vigencia de la oferta Responsabilidad del postor Recepción de propuestas y apertura de sobres Sesión de recepción de los Sobres N 1 y N 2, y de apertura del Sobre N Sesión de apertura del Sobre N Criterios de evaluación de propuestas Suscripción del Contrato Gastos Reservas REQUISITOS DEL POSTOR Identificación Solvencia financiera Independencia Experiencia Nacionalidad Confidencialidad Carta fianza de seriedad de la oferta REQUISITOS TÉCNICOS

3 4.1 Descripción de la solución técnica aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) Requerimientos funcionales Base de Datos y Archivos VISTAS DE LAS BASES DE DATOS SISTEMA DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICO (STE) Gateway de Comunicaciones REPORTES Rol del Administrador de la Base de Datos Centralizada-Principal (ABDCP) Procesos Requerimientos generales, de infraestructura, desempeño y calidad de servicio Características Generales Arquitectura del Hardware Arquitectura del Software Comunicaciones Características de desempeño y calidad de servicio Implementación y Operación Plan de Implementación Plan de Pruebas Aceptación del Sistema Operación y Mantenimiento Actualización y Mantenimiento del Sistema Capacitación Soporte Técnico CONDICIONES ECONÓMICAS Propuesta de precios Condiciones Precio Tope por Transacción de Portabilidad ASPECTOS ADICIONALES Subsanación de propuestas Cancelación del proceso Proceso desierto Tributos y alcance de las propuestas Penalidades...44 ANEXO 1: FORMATOS...45 FORMATO N 1: CARTA DE PRESENTACIÓN DEL POSTOR...45 FORMATO N 2: DECLARACIÓN JURADA DE CONSTITUCIÓN

4 FORMATO N 3: DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA O DE NO ENCONTRARSE VINCULADA CON LOS CONCESIONARIOS MÒVILES QUE OPERAN EN EL PERÚ...48 FORMATO N 4: DECLARACIÓN JURADA DE EXPERIENCIA EN PORTABILIDAD...50 FORMATO N 5: CARTA COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD...51 FORMATO N 6: MODELO DE CARTA FIANZA DE SERIEDAD Y VALIDEZ DE LA OFERTA...53 FORMATO N 7: MODELO DE CARTA FIANZA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO...54 FORMATO N 8: DETALLE DE LAS CONDICIONES DE IMPLEMENTACIÓN Y MANTENIMIENTO...55 ANEXO 2: CONTRATO MODELO...57 ANEXO 3: BANCOS INTERNACIONALES DE PRIMERA CATEGORÍA...85 ANEXO 4: NORMATIVA SOBRE PORTABILIDAD

5 PROCESO DE SELECCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS CENTRALIZADA PRINCIPAL 1 ASPECTOS GENERALES 1.1 Convocatoria La Comisión de Selección del Administrador de la Base de Datos -conformada mediante Resolución de Consejo Directivo N CD/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de setiembre de convoca a concurso para seleccionar a una entidad que administre la base de datos centralizada principal de la solución técnica denominada All Call Query para la portabilidad numérica en los servicios públicos móviles. La presente convocatoria será publicada en la página web institucional del OSIPTEL y por una sola vez en un diario de circulación nacional. 1.2 Objeto del concurso El objeto del concurso es seleccionar a una entidad que administre la base de datos centralizada principal de la solución técnica denominada All Call Query para la portabilidad numérica en los servicios públicos móviles. 1.3 Antecedentes A partir del 01 de enero de 2010 entrará en vigencia en el Perú la portabilidad numérica en los servicios públicos móviles. Para su implementación se ha definido la solución técnica denominada All Call Query - Consulta de Todas las Llamadas con una base de datos centralizada principal y con bases de datos locales correspondientes a cada concesionario móvil. La base de datos centralizada principal debe ser administrada por una entidad independiente de los concesionarios móviles, por lo que para elegirla se conformó la Comisión de Selección del Administrador de la Base de Datos, garantizándose así la neutralidad, transparencia y predictibilidad del proceso. Como parte del proceso se han aprobado las presentes bases del concurso que contienen las reglas aplicables para la selección, el detalle de las condiciones de contratación del servicio y el modelo de contrato que deberá ser suscrito por el Administrador de la Base de Datos Centralizada Principal y cada una de las empresas operadoras de los servicios públicos móviles. El ganador del concurso deberá realizar las implementaciones que sean necesarias para el funcionamiento óptimo de la base de datos centralizada principal que participará en los procedimientos administrativos referentes a la portabilidad de los servicios móviles, de acuerdo a las reglas establecidas en el marco normativo vigente. Asimismo, deberá estar en condiciones de participar en la realización de las pruebas previstas en el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles. 1.4 Definiciones Se tomarán en cuenta además de las establecidas en el contrato modelo las siguientes definiciones: ABDCP: Entidad independiente que administra la base de datos centralizada principal de la portabilidad numérica en los servicios móviles. 5

6 Comisión: Comisión de Selección del Administrador de la Base de Datos conformada mediante Resolución de Consejo Directivo N CD/OSIPTEL. Contrato: Cada uno de los contratos que suscribirá el postor que resulte ganador del concurso con los concesionarios móviles. Control Efectivo: Se entiende que una persona natural o jurídica ostenta o está sujeta al control efectivo de otra persona jurídica o sometida a control común con ésta, cuando: - Existe control, de manera directa, de más del cincuenta por ciento (50%) de su capital social con derecho a voto; y - Existe, de manera directa o indirecta, una representación en su directorio u órgano equivalente, superior al cincuenta por ciento (50%) de sus integrantes; o - Por cualquier otro mecanismo o circunstancia (contractual o legal), controla el poder de decisión en la otra empresa de manera efectiva. Empresa Afiliada: Es aquella empresa que tiene una matriz común. Empresa Matriz: Es aquella empresa que posee el control efectivo de otra. También está considerada en esta definición aquella empresa que posee el control efectivo de una empresa matriz, tal como ésta ha sido definida, y así sucesivamente. Empresa Subsidiaria: Es aquella empresa cuyo control efectivo es ejercido por otra empresa. Empresa Vinculada: Se considerará como tal a cualquier empresa afiliada o subsidiaria. Participación Mínima: Es aquella requerida por el postor ganador constituido por una persona jurídica extranjera o por la empresa miembro de un consorcio que cuenta con la experiencia prevista en el numeral 3.4 de las Bases del Concurso, para mantener el control efectivo durante toda la vigencia del contrato en la empresa subsidiaria que suscribirá el contrato como administrador. Postor: Participante en el proceso de selección del administrador de la base de datos centralizada principal debidamente registrado. 1.5 Marco legal del concurso El 02 de febrero de 2007 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N MTC que incorporó el Título I Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú al Decreto Supremo N MTC. El numeral 12 establece que, a efectos de promover la competencia en beneficio de los usuarios móviles, a partir del año 2010 se implementará la portabilidad numérica en los servicios móviles. El 04 de abril de 2007 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N 28999, Ley de Portabilidad Numérica en los Servicios Móviles. El artículo 1 consagra el derecho de todo usuario a mantener su número móvil aun cuando cambie de empresa operadora del servicio móvil y el artículo 2 otorga fuerza de ley al numeral 12 de la norma citada en el párrafo anterior y dispone que la portabilidad entrará en vigencia el 01 de enero de El 18 de noviembre de 2007 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N MTC que aprobó las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad Numérica de los Servicios Públicos Móviles en el País. El artículo 2 dispone que su implementación será de aplicación y observancia obligatoria en 6

7 todo el territorio nacional por los operadores del servicio público móvil; asimismo, el artículo 6 establece que tal implementación se realizará en tres etapas: elección de la solución técnica, determinación de las especificaciones y realización de pruebas. El 14 de mayo de 2008 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N MTC-03 que aprobó la solución técnica de la portabilidad numérica de los servicios públicos móviles, denominada All Call Query - Consulta de Todas las Llamadas con una base de datos centralizada principal y con bases de datos locales correspondientes a cada operador móvil. Acorde con el artículo 2, la Base de Datos Centralizada - Principal será administrada por una entidad independiente de los operadores móviles y el OSIPTEL aprobará los procedimientos, directrices y otros aspectos relacionados con la implementación y operación de dicha base de datos. El 24 de setiembre de 2008 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo N CD-OSIPTEL que conformó la Comisión de Selección del Administrador de la Base de Datos Centralizada Principal, dentro del marco de la implementación de la portabilidad numérica en los servicios públicos móviles. El 01 de enero de 2009 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo N CD-OSIPTEL, que aprobó el Reglamento de Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles. El 07 de enero de 2009 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Viceministerial N MTC/03, que aprobó el Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles. 2 PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO 2.1 Registro de los postores Los interesados en participar deberán registrarse mediante el envío de una solicitud, la misma que podrá ser remitida por cualquiera de las siguientes vías: a) A la siguiente dirección electrónica: concursoportabilidad@osiptel.gob.pe. b) Al siguiente número de fax: c) A las oficinas del OSIPTEL, ubicadas en calle de La Prosa N 136 San Borja, Lima, Perú. La solicitud deberá contener la denominación o razón social del postor, el nombre y documento legal de identificación de los agentes autorizados, domicilio, dirección de correo electrónico y número telefónico. Asimismo, a dicha solicitud se deberá adjuntar los poderes con las formalidades requeridas en los acápites ó 2.2.2, según corresponda. 2.2 Agentes autorizados y representante legal Agentes Autorizados Cada postor podrá designar hasta dos personas naturales, con domicilio común en la ciudad de Lima o Callao, como sus agentes autorizados a efectos del concurso. Su designación deberá hacerse mediante una carta poder simple suscrita por el representante legal del postor, en la cual se señale expresamente sus facultades, la cual deberá estar dirigida a la Comisión. 7

8 Los agentes autorizados debidamente designados podrán actuar individual o conjuntamente y serán las únicas personas facultadas por el postor, para: a) Representar al postor ante la Comisión durante todo el proceso, sobre todos los asuntos que no sean de competencia exclusiva del representante legal de acuerdo con el acápite b) Responder, en nombre del postor y con efecto vinculante para su poderdante, todas las preguntas que, de ser el caso, la Comisión formule. c) Recibir notificaciones. Todas las comunicaciones dirigidas al postor se realizarán a cualquiera de los agentes autorizados a la dirección electrónica materia de la solicitud de registro a que se refiere el 2.1 y al domicilio a que se refiere el primer párrafo del presente acápite. El postor, previa comunicación escrita dirigida a la Comisión, podrá sustituir a cualquiera de los agentes autorizados, en cualquier momento, o variar el domicilio, número telefónico o dirección de correo electrónico señalados para los agentes autorizados debiéndose tener en cuenta que el nuevo domicilio debe ser fijado dentro de la ciudad de Lima o Callao. La designación de los agentes autorizados o la variación de su domicilio, teléfono o correo electrónico, según sea el caso, surtirá efectos a partir del día hábil siguiente de la fecha en que la Comisión reciba la comunicación Representante Legal Cada postor podrá designar hasta dos representantes legales para que lo representen individual o conjuntamente. Los documentos presentados en los Sobres N 1 y N 2 y, en general, todos los documentos que un postor presente con relación al concurso, deberán estar firmados por su o sus representantes legales que se encuentren debidamente facultados al efecto, de conformidad con lo dispuesto en este acápite. El poder mediante el cual se nombre a los representantes legales deberá contener las facultades otorgadas a cada uno de ellos, las cuales deberán ser lo suficientemente amplias como para que cualquiera pueda firmar, en nombre y representación de su poderdante, todos los documentos que así requieran las bases, incluyendo el contrato. El nombramiento de un nuevo representante legal sólo entrará en vigor a partir de la fecha en que la Comisión reciba los documentos que comuniquen dicho nombramiento. Las formalidades exigidas para los poderes del representante legal serán las siguientes: a) En el caso de los poderes otorgados en el Perú: Copia de la escritura pública donde consta el poder otorgado o copia certificada notarialmente del documento emitido por el órgano societario donde consta el poder otorgado. b) En el caso de los poderes otorgados en el extranjero: Copia del documento donde conste el poder otorgado. 8

9 2.3 Consultas u observaciones Los postores podrán efectuar consultas u observaciones respecto de las bases del concurso por cualquiera de las vías señaladas en el acápite 2.1. Estas consultas u observaciones deberán ser formuladas en idioma castellano. De considerarlo pertinente, la Comisión podrá invitar a todos los postores a una reunión destinada a aclarar el sentido de las consultas u observaciones realizadas. 2.4 Circulares Las consultas u observaciones formuladas oportunamente por los postores serán absueltas por la Comisión a través de circulares que formarán parte integrante de las presentes bases y que serán comunicadas a los postores. La Comisión no se encuentra obligada a absolver las consultas u observaciones presentadas extemporáneamente. Adicionalmente, de considerarlo pertinente, la Comisión podrá emitir circulares aun cuando no medie consulta u observación alguna a fin de aclarar precisar, ampliar o modificar las bases. Las circulares serán difundidas a través de la página web del OSIPTEL y notificadas a la dirección electrónica a la que se refiere el numeral Cronograma del Concurso Fecha Hora local Perú (GMT- Actividad 5:00) 16 de febrero de Publicación de las bases del concurso. Hasta el 25 de febrero de Registro de los postores. Hasta el 02 de marzo de Formulación de consultas u observaciones. Hasta el 09 de marzo de Comunicación de circulares que modifiquen las Bases del Concurso. 23 de marzo de :30 Recepción de propuestas y sesión de apertura del Sobre N 1. Hasta el 27 de marzo de Evaluación de propuestas. 30 de marzo de :30 Sesión de apertura del Sobre N 2 y notificación del Otorgamiento de la Buena Pro. Hasta el 15 de abril de 2009 Suscripción del Contrato. El registro de los postores y la formulación de consultas u observaciones que se presenten en las oficinas del OSIPTEL, se realizarán entre las 08:00 y las 16:00 hora local del Perú (GMT -5:00). 2.6 Propuestas Forma de presentación Los postores deberán presentar su propuesta por escrito en idioma castellano, sin tachaduras ni enmendaduras, debidamente foliada y debidamente suscrita por el representante legal del postor en cada folio. Los documentos en idioma distinto al castellano deberán ser acompañados por su correspondiente traducción oficial, con excepción de los folletos técnicos o manuales de instrucción de equipos que podrán ser entregados en inglés. 9

10 2.6.2 Contenido La propuesta deberá presentarse en dos sobres cerrados en cuyo exterior se especifique el postor al que pertenece y el número de sobre correspondiente según el siguiente detalle: a) Sobre N 1 con los requisitos del postor y con los requisitos técnicos, de acuerdo a lo establecido en los acápites 3 y 4. b) Sobre N 2 con las condiciones económicas, de acuerdo a lo establecido en el acápite Validez y vigencia de la oferta Las ofertas presentadas por los postores en el proceso de selección deberán tener validez hasta la fecha de suscripción del contrato con el postor que resulte ganador del concurso Responsabilidad del postor El postor será el único responsable ante la Comisión de la propuesta presentada. La subcontratación no implicará en ningún caso que el servicio de administración de la base de datos sea prestado por una persona distinta al postor. Todos los postores deberán basar su decisión de presentar su propuesta en sus propias investigaciones, exámenes, análisis y conclusiones sobre la información disponible y la que de manera particular haya procurado, a su propio costo y entero riesgo. 2.7 Recepción de propuestas y apertura de sobres Sesión de recepción de los Sobres N 1 y N 2, y de apertura del Sobre N 1 La sesión de recepción de propuestas y apertura del Sobre N 1 se realizará ante la Comisión y en presencia de notario público en la fecha y hora señalada en el cronograma en las oficinas del OSIPTEL, conforme con lo siguiente: a) Deberán asistir los agentes autorizados de los postores que se hayan registrado de conformidad con el numeral 2.1. b) El Presidente de la Comisión solicitará, en estricto orden alfabético a cada uno de los postores registrados, la entrega de su propuesta conforme a lo establecido en el numeral 2.6. c) En caso el participante no se encuentre presente al momento de ser llamado y no entregue la información de su propuesta conforme a lo establecido en el numeral 2.6, quedará descalificado y no podrá continuar con el presente procedimiento. d) El Sobre N 2 correspondiente a la propuesta de cada uno de los postores deberá ser rubricado por el notario público y por el Presidente de la Comisión, el cual deberá permanecer en custodia de dicho notario público hasta la sesión de apertura correspondiente. e) El Presidente de la Comisión procederá a la apertura del Sobre N 1 de cada uno de los postores, solicitando en el mismo acto que el notario público rubrique todas y cada una de las hojas de la propuesta contenida en el sobre señalado. 10

11 f) Se levantará un acta cerrando la sesión celebrada ese día, la misma que deberá ser firmada por los miembros de la Comisión y de los asistentes que así lo soliciten; de lo cual dará fe el notario público. Para todos los efectos correspondientes, únicamente será válido el contenido del acta Sesión de apertura del Sobre N 2 La sesión de apertura del Sobre N 2 se realizará ante la Comisión y en presencia de notario público en la fecha y hora señalada en el cronograma en las oficinas del OSIPTEL, conforme con lo siguiente: a) Deberán asistir los agentes autorizados de los postores que hayan presentado los Sobres N 1 y N 2 de conformidad con el numeral b) El Presidente de la Comisión informará el resultado de la evaluación del contenido del Sobre N 1, indicando los postores que hayan sido descalificados, a quienes se les devolverá la documentación que hayan presentado como propuesta, incluyendo el Sobre N 2 cerrado, y se les informará las causas de su descalificación conforme a lo establecido en el numeral 2.8. c) El Presidente de la Comisión procederá, en estricto orden alfabético, a la apertura del Sobre N 2 de cada uno de los postores que hasta ese momento no hayan sido descalificados, solicitando en el mismo acto que el notario rubrique todas y cada una de las hojas de la propuesta contenida en el sobre señalado. d) El Presidente de la Comisión, suspenderá la reunión por un periodo razonable, para la evaluación del contenido del Sobre N 2. e) Transcurrido el periodo señalado en el literal precedente, el Presidente de la Comisión informará el resultado de la evaluación indicando el nombre del postor ganador. f) A los postores que no hayan sido elegidos se les informará las causas por las cuales su propuesta no fue elegida; asimismo, se les devolverá la documentación que hayan presentado como propuesta, a excepción del postor que hubiera quedado en segundo lugar a quien se le devolverán los documentos con posterioridad a la suscripción del contrato. g) Se levantará un acta cerrando la sesión celebrada ese día, la misma que deberá ser firmada por los miembros de la Comisión y de los asistentes que así lo soliciten; de lo cual dará fe el notario público. Para todos los efectos correspondientes, únicamente será valido el contenido del acta. 2.8 Criterios de evaluación de propuestas La evaluación de la propuesta contenida en los sobres estará a cargo de la Comisión, la cual se realizará en dos etapas: Etapa 1: Evaluación de los Requisitos del Postor y los Requisitos Técnicos. En esta etapa se evaluará que los postores cumplan con los requisitos señalados en los acápites 3 y 4. Los postores que no cumplan con dichos requisitos serán descalificados. Etapa 2: Evaluación de las Condiciones Económicas. 11

12 En esta etapa se determinará al postor ganador del concurso que será el que presente la propuesta económica más baja de acuerdo a lo siguiente: Concepto Ponderador PT= Tramitación de la solicitud de portabilidad 90% PV= Verificación de la objeción de la solicitud de portabilidad 7% PR= Retorno de portabilidad 2% PG= Gateway de Comunicaciones 1% Se considerará como propuesta económica más baja aquella cuyo precio presente el menor valor de conformidad con lo siguiente: Precio = PT* PV* PR* PG*0.01 En caso que como resultado de la fórmula anterior se tengan precios idénticos, se escogerá al postor que posea más experiencia. En caso de un nuevo empate, se elegirá al postor que haya propuesto el menor precio por la tramitación de la solicitud de portabilidad y de subsistir el empate, se considerará a aquel postor que haya propuesto el menor precio de Gateway de comunicaciones. Finalmente, el último criterio de desempate será el capital social que posee cada postor. Mediante la presentación de los Sobres N 1 y N 2 los postores renuncian a cualquier acción contra los miembros de la Comisión, el OSIPTEL y/o los concesionarios móviles por el resultado de la evaluación. 2.9 Suscripción del Contrato Dentro del plazo establecido en el cronograma, el postor ganador deberá suscribir un contrato con cada uno de los concesionarios móviles que operan en el Perú, conforme al modelo de contrato que forma parte de las presentes bases. Adicionalmente, el postor ganador deberá suscribir contratos adicionales con cada uno de los concesionarios móviles que con posterioridad entren al mercado. La Comisión y el postor ganador podrán, de común acuerdo, modificar los términos y condiciones antes de la celebración del contrato, siempre y cuando no se vulneren las disposiciones contenidas en el marco normativo vigente, ni lo establecido en el acápite 5. Para efectos de la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar el mismo día fijado para dicho acto: a) En caso de postores cuyo representante legal o representantes legales durante el proceso de selección, hayan actuado facultados por poder otorgado por personas jurídicas constituidas en el extranjero, deberán presentar copia del acta del órgano societario o equivalente o de los directivos correspondientes donde conste el poder a su favor; la cual debe encontrarse legalizada ante el Consulado del Perú correspondiente y certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, debiendo adjuntarse la traducción oficial al castellano en caso de haberse emitido en idioma distinto. b)testimonio otorgado por Notario Público del Perú de la escritura pública donde conste: (i) En caso de personas jurídicas peruanas, que la empresa se encuentra registrada en el Perú, o (ii) En caso de personas jurídicas extranjeras que la persona jurídica que suscribirá el contrato es subsidiaria de la empresa ganadora, o (iii) En caso de consorcios, que la persona jurídica que suscribirá el contrato es subsidiaria de la empresa que cumple con el requisito de experiencia establecido en el numeral

13 c)testimonio otorgado por Notario Público del Perú de la escritura pública donde conste los poderes del representante legal de la persona jurídica que suscribirá el contrato. d) Carta fianza en original a favor de cada uno de los concesionarios móviles, conforme con el Formato N 7 por Quinientos Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ ), emitida por un banco nacional o por un banco internacional de primera categoría de acuerdo a la lista emitida por el Banco Central de Reserva del Perú, Circular N BCRP, publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2008 (Anexo Nº 3). Dicha garantía deberá tener vigencia hasta por un año luego de vencido el plazo del contrato o resuelto el mismo. La carta fianza deberá ser solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática a favor de cada uno de los concesionarios móviles. En caso el postor ganador se niegue a firmar el contrato, la Comisión podrá elegir al postor que hubiera quedado en segundo lugar, siempre que haya cumplido con la totalidad de los requerimientos de este documento, o bien asignarlo a través de un mecanismo distinto Gastos Los postores deberán sufragar los gastos, costos, derechos e impuestos, así como cualquier importe derivado de su participación en el presente proceso; por lo tanto, no podrán reclamar a la Comisión o a sus integrantes, ni al OSIPTEL, ni a los concesionarios móviles, cantidad alguna derivada de su participación. El postor ganador deberá sufragar los gastos en que se hubiera incurrido para el proceso de selección, tales como la contratación del notario para las sesiones de apertura de sobres y para la suscripción del contrato con los concesionarios móviles, a más tardar dentro de los quince (15) días calendarios de la suscripción del contrato Reservas La Comisión se reserva el derecho de: a) Verificar la veracidad de los documentos y de la información presentada por los postores, así como la factibilidad de sus propuestas. b) Revisar y evaluar por si misma y/o a través de terceros independientes a los postores, previa suscripción de un convenio de confidencialidad, la información contenida en las propuestas. c) Conservar copia de la información contenida en las propuestas, que durante el procedimiento haya sido analizada. d) Descalificar a un o varios postores. e) Rechazar una o varias propuestas. f) Cancelar el concurso. g) Declarar desierto el concurso. h) En caso el procedimiento se declare desierto, elegir al administrador de la base de datos centralizada principal a través de un mecanismo distinto. i) Interpretar el presente documento y resolver cualquier aspecto no previsto, para todos los efectos a que haya lugar. La Comisión, ni el OSIPTEL, ni los concesionarios móviles serán responsables bajo ningún término, por ninguno de los hechos establecidos en el presente numeral. 13

14 3 REQUISITOS DEL POSTOR 3.1 Identificación Los postores deberán presentar la siguiente documentación: a) Carta de presentación suscrita en original por el representante legal del postor, incluyendo declaración jurada de presentación de información fidedigna. La carta se presentará de acuerdo con el Formato N 1. b) Declaración Jurada de Constitución de la empresa presentada y suscrita en original por el representante legal, de acuerdo al Formato N 2 o, en caso de Consorcio, Declaración Jurada de Consorcio, de acuerdo al Formato N 9. c) Copia simple del poder del o de los representantes legales, conforme con los requisitos y formalidades previstos en el acápite de las Bases. 3.2 Solvencia financiera Los postores deberán presentar copia de los estados financieros auditados, debidamente firmados por el representante legal y el contador, con su respectivo balance de comprobación y las notas a los estados financieros, correspondiente al año En caso que el postor no cuente con estados financieros auditados correspondientes al año 2008, podrá presentar copia de los mismos sin auditar, con las formalidades y requisitos indicados precedentemente. El postor deberá acreditar contar con un capital social de por lo menos Dos Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ ) o su equivalente en moneda nacional. 3.3 Independencia Los postores deberán presentar una Declaración Jurada de independencia o de no encontrarse vinculada con concesionarios móviles que operan en el Perú, de acuerdo al Formato N 3. La Comisión será la encargada de determinar la falta de independencia de alguno de los postores durante el proceso de selección. Una vez suscrito el contrato, la falta de independencia será determinada por el OSIPTEL. 3.4 Experiencia Los postores deberán contar con al menos tres años de experiencia en la prestación de servicios como administrador de la base de datos centralizada para la portabilidad numérica, presentando certificaciones expedidas por un mínimo de dos entidades, sean organismos reguladores u operadores de telecomunicaciones a los que le esté proveyendo el servicio, de los lugares en los cuales hubieran prestado estos servicios. Tales certificaciones deberán estar suscritas por el presidente o representante legal de la entidad declarante y sellada con los correspondientes sellos corporativos. Las certificaciones acreditarán la experiencia de los postores y deberán: a) Contener la descripción de los servicios prestados y/o sistemas instalados. b) Incluir el tiempo de operación de estos servicios o sistemas. c) Adicionalmente, los postores deberán presentar una declaración jurada con el detalle de la experiencia, de acuerdo al Formato N 4. 14

15 3.5 Nacionalidad Los postores deberán ser personas jurídicas debidamente constituidas en el Perú, o en el extranjero, o consorcios. El postor ganador del concurso, de acuerdo a los compromisos asumidos en los Formatos N 2 o N 9, según corresponda, deberá constituir una persona jurídica en el Perú inscrita en la Oficina Registral de Lima y Callao y deberán ratificar los contratos, dentro del plazo de dos (2) meses posteriores a su suscripción. 3.6 Confidencialidad Los postores deberán presentar una carta compromiso en la que se obliguen a mantener en estricta confidencialidad la información y documentación que conozcan o a la que tengan acceso con motivo del desarrollo del presente proceso. En el mismo documento los postores se obligarán a no emitir publicidad, boletines informativos, ni conceder entrevistas con relación al proceso de selección. La carta compromiso se presentará de acuerdo al Formato N 5. La violación de la obligación de confidencialidad y difusión será causa de descalificación, sin perjuicio de las acciones legales que los concesionarios móviles puedan interponer en su contra. 3.7 Carta fianza de seriedad de la oferta Los postores deberán presentar, en original, una carta fianza a favor de cada uno de los concesionarios móviles por Ciento Sesenta y Cinco Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ ), emitida por un banco nacional o por un banco internacional de primera categoría de acuerdo a la lista emitida por el Banco Central de Reserva del Perú (Anexo Nº 3), como garantía del compromiso asumido, conforme con el Formato Nº 6. La carta fianza deberá ser solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática. Dicha garantía deberá encontrarse vigente desde la fecha de presentación de la propuesta hasta la fecha de suscripción del contrato. En el caso del postor ganador, si se tratara de una persona jurídica extranjera, la garantía deberá encontrarse vigente hasta la fecha en que se ratifique el contrato, de acuerdo a lo establecido en el acápite REQUISITOS TÉCNICOS 4.1 Descripción de la solución técnica aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) Mediante Resolución Ministerial N MTC/03 el MTC aprobó la solución técnica de portabilidad numérica en servicios públicos móviles denominada All Call Query Consulta de todas las llamadas con una base de datos centralizada principal y con base de datos locales correspondientes a cada concesionario móvil. En esta solución técnica todas las llamadas destinadas a usuarios móviles serán consultadas a una base de datos local correspondiente a cada operador del servicio público móvil para determinar el operador al que pertenece dicho usuario. Las bases de datos locales se actualizarán periódicamente desde la Base de Datos Centralizada Principal común a todos los concesionarios móviles. La Base de Datos Centralizada Principal concentrará la información de todos los números portados y se sincronizará con las bases de datos locales de los concesionarios móviles y de los concesionarios distintos a los móviles que elijan 15

16 esta opción, de tal manera que se asegure que las llamadas sean correctamente enrutadas después de la ejecución de la portabilidad. La Resolución Ministerial N MTC/03 estableció también que los concesionarios distintos a los móviles, a fin de encaminar en forma adecuada las comunicaciones originadas en sus usuarios con destino a abonados del servicio público móvil, tendrán la opción de elegir de acuerdo a sus requerimientos y posibilidades: i. Utilizar la información de numeración recibida a través de su relación de interconexión, para que sea programada directamente en sus redes. ii. Interactuar con la base de datos locales de los concesionarios móviles a través de una página web, que asegure la confidencialidad de la información. iii. Instalar líneas dedicadas para tener acceso a la base de datos principal. El Postor deberá describir de forma amplia y detallada la propuesta de requerimientos técnicos que permitan la implementación de la solución técnica aprobada por el MTC para la portabilidad. En caso de existir información que pudiera ser relevante de manera enunciativa mas no limitativa, versiones, funciones, servicios, sistemas operativos, protocolos, equipos, sistemas de seguridad, medios de comunicación, deberá ser incluida y referenciada con claridad. La propuesta deberá cumplir con lo siguiente: 4.2 Requerimientos funcionales Base de Datos y Archivos En general se definen 6 Bases de Datos y/o Archivos que serán utilizados en el proceso de Portabilidad. Las bases de datos y archivos definidos en esta sección son de carácter lógico, debiendo el Postor formular la estructura física correspondiente. El mecanismo de acceso a dichas bases de datos por parte de los concesionarios móviles es por medio de una línea dedicada, sobre la cual también deberá de funcionar el sistema electrónico de transferencia (STE) definido en el numeral: 4.2.3, así mismo todo ingreso a la base de datos para cualquier operación, deberá de ser registrada en la Base de Datos de Ocurrencias, definido en el numeral: Base de Datos Histórica: Deberá contener toda la información de las transacciones entre los concesionarios móviles y el ABDCP. Los campos mínimos requeridos para esta Base de Datos son: NumSol Se refiere al número de solicitud asignado por el ABDCP para la realización del trámite de que se trate. Este campo puede tomar los valores de: Solicitud: para solicitudes de Portabilidad de los números Trámite móviles. Retorno: para solicitudes que tengan por objeto revertir la Portabilidad. Solicitud NMovil Número Móvil a Portarse. Modalidad Modalidad de contratación: Prepago/Postpago. Receptor Código de Concesionario Receptor. Cedente Código de Concesionario Cedente. FyH Solicitud Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) de ingreso al STE de la solicitud de portabilidad. Estado Estado que guarda el proceso de Portabilidad: 16

17 Retorno Solicitud Iniciado/Exitoso/Rechazado/Admitido por ABDCP/Validación de ABDCP/Verificación Cedente/Objeción Cedente / Objeción Procedente/Programado. El ABDCP deberá de contemplar en su sistema, la capacidad de contar con esta información actualizada en línea. Rechazo ABDCP FyH Rechazo ABDCP Rechazo Cedente FyH Rechazo Cedente Rechazo Denegado FyH Lista FyH Prog FyH Ejec FyH Retorno NMovil Numero Original FyH Ejecución Receptor Cedente Estado Retorno Causa FER Causa por la que se rechazó la solicitud de portabilidad de conformidad con el catálogo. Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se rechazó la solicitud de portabilidad por el ABDCP. Causa de rechazo por parte del Concesionario Cedente de conformidad con el catálogo. Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se rechazó la solicitud de portabilidad por el concesionario cedente. Causa de improcedencia del rechazo de conformidad con el catálogo. Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en la que la solicitud de portabilidad está lista para ser programada. Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se programó la Portabilidad. Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se ejecutó la Portabilidad. Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se inicia el proceso de retorno. Número Móvil para el que se solicita la retorno. Número de Solicitud mediante la cual se portó(aron) el(los) número(s). Fecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se ejecutó la Portabilidad. Código de Concesionario Receptor que realizó la Portabilidad Código de Concesionario Cedente/Asignatario. Estado de la solicitud de retorno: Procedente/Improcedente/En proceso. Causa por la que se declara procedente/improcedente el retorno de conformidad con el catálogo. Fecha en que se ejecutó la retorno. La Base de Datos Histórica deberá tener la capacidad de almacenar las transacciones por un periodo de 3 años. Cabe destacar que existe la posibilidad de tener varios registros para una solicitud, dado que se puede tener varios números móviles por solicitud. Asimismo, el Postor deberá permitir que el OSIPTEL tenga acceso de consulta y descarga de todos los registros de la Base de Datos Histórica. Mientras que los concesionarios móviles, tendrán acceso restringido (sólo consulta) a ésta y sólo a los registros en los que éstos hayan participado como Concesionarios Receptores o Concesionarios Cedentes Archivo de números a portarse. Los campos mínimos requeridos para esta base de datos son: Fecha Numero NumSol NMovil Fecha en que el ABDCP creó el Archivo. La cantidad de Registros que contiene el Archivo. Se refiere al número de solicitud asignado por el ABDCP para la realización del trámite de que se trate. Número Móvil. 17

18 FyH Ejecución Receptor Cedente Fecha y Hora de Ejecución de la Portabilidad Código de Concesionario Receptor. Código de Concesionario Cedente. El archivo es un archivo único por día, el cual se generará en formato de texto plano comprimidos y contará con mecanismos que permitan identificar y verificar la integridad de la información. Este archivo deberá generarse diariamente en días hábiles y conservarse por 7 días calendario, existan o no registros. Una vez que cada archivo termine su periodo en línea, se almacenará en una copia de respaldo. Los archivos que se encuentren en línea para consulta en el plazo establecido en el párrafo anterior, estarán disponibles en una sola dirección IP privada (no utilizando redes públicas) y el sistema se encargará de determinar el nodo del cual se obtiene. Cabe mencionar que este archivo y del numeral siguiente, contemplan aquellos que permitirán actualizar las bases de datos de las concesionarias móviles y las distintas a los móviles, para garantizar el correcto enrutamiento Archivo de números que regresen al Concesionario Asignatario. Los campos mínimos requeridos para esta Base de Datos son: Fecha Fecha en que fue creado el Archivo por el ABDCP. Numero La cantidad de Registros contenidos en el Archivo. NMovil Número Móvil a ser Retornado. Fecha y Hora Programación Fecha de Programación para la deshabilitación. des habilitación Fecha y Hora Ejecución Fecha y Hora de Ejecución de la deshabilitación. deshabilitación Fecha y Hora Fecha y Hora de comunicación al asignatario. Comunicación Código de Concesionario Receptor encargado de notificar Receptor el Retorno. Asignatario Código de Concesionario Asignatario Este archivo es único por día y se generará en formato de texto plano comprimidos y contará con mecanismos que permitan identificar y verificar la integridad de la información. Este archivo deberá generarse diariamente en días hábiles y conservarse por 7 días calendario, existan o no registros. Una vez que cada archivo termine su periodo en línea, se almacenará en una copia de respaldo. Los archivos que se encuentren en línea para consulta en el plazo establecido en el párrafo anterior, estarán disponibles en una sola dirección IP privada (no utilizando redes públicas) y el sistema se encargará de determinar el nodo del cual se obtiene. 18

19 Base de Datos Administrativa. Los campos mínimos requeridos para esta Base de Datos son: Fecha Fecha en que el ABDCP actualizó la Base de Datos. Numero La cantidad de Registros incluidos en la Base de Datos. NumSol Número de solicitud asignado para la realización del trámite. NMovil Número Móvil. Fecha y Hora Programación Fecha y Hora de Programación de la Portabilidad Portabilidad Receptor Código de Concesionario Receptor. Cedente Código de Concesionario Cedente. La Base de Datos Administrativa deberá tener la capacidad de almacenar y actualizar todos los registros de los números móviles portados. Esta información deberá generarse diariamente en días hábiles. Asimismo, deberá permitir que los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones obtengan la información de esta Base de Datos Base de Datos de Documentación. Los campos mínimos requeridos para esta Base de Datos son: NumSol Formato Factura Pago Documento de identidad Se refiere al número de solicitud asignado por el ABDCP para la realización del trámite de que se trate. La versión electrónica del Formato de solicitud de portabilidad. La versión electrónica del último recibo entregado por el Concesionario Cedente. La versión electrónica de la constancia de pago del último recibo entregado por el Concesionario Cedente. El número del documento legal de identidad del abonado. Esta Base de Datos, se almacenará por un período mínimo de treinta y seis (36) meses siguientes finalizado el proceso de Portabilidad Base de Datos de Ocurrencias. Los campos mínimos requeridos para esta Base de Datos son: Fecha y Hora ID Acción Realizada Resultado de la acción Fecha y Hora de la Ocurrencia. Identificador del Concesionario, e IDs especiales para el ABDCP y el OSIPTEL Se refiere a la acción realizada por el concesionario que accedió a la base de datos, puede ser inicio de sesión, transferencia de archivo, envío de solicitud, etc. Es el equivalente a un archivo Log. Resultado de la ejecución de la acción. Esta Base de Datos contendrá toda ocurrencia, incidencia y cualquier evento ocurrido en a la base de datos, los archivos, el STE y todos los sistemas implementados por el ABDCP para el proceso de Portabilidad, realizados por los concesionarios móviles, los concesionarios distintos a los móviles, el ABDCP y el OSIPTEL, en cualquier etapa del proceso de Portabilidad. 19

20 4.2.2 VISTAS DE LAS BASES DE DATOS. El Postor deberá de dar el acceso a los concesionarios móviles a determinada información de la base de datos, que en un principio tiene acceso restringido, sin embargo, es de suma importancia el conocimiento de dicha información para el proceso de portabilidad Vista de Números en Proceso Los campos mínimos requeridos para esta Vista, realizada sobre la base de la base de datos histórica definida en el numeral son: Fecha Hora NMovil Estado Fecha y Hora de Ingreso de Solicitud Número Móvil Estado de Solicitud El acceso a esta vista es para todos los concesionarios móviles, y sólo para los registros cuyo valor en el campo Estado Solicitud tenga los valores: Rechazado, Admitido por ABDCP, Validación de ABDCP, Verificación Cedente, Objeción Cedente, Objeción Procedente y Programado SISTEMA DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICO (STE) El Postor deberá describir el diseño de un Sistema de Transferencia Electrónico y fundamentar la elección de su solución. La comunicación se realizará por medio de mensajes, cada uno de estos mensajes contendrá un campo que identifica el tipo de mensaje, para estos efectos el ABDCP deberá proponer y acordar con los concesionarios móviles un Catálogo de Códigos. Existe la posibilidad de cambio por acuerdo de partes. El STE deberá soportar el estándar XML para el contenido de los archivos, el codeset deberá de ser ASCII, así como el estándar de encriptamiento SSL de 128 bits, garantizando integridad y consistencia para procesos en batch. Así mismo, los mensajes transmitidos y recibidos por medio del STE, deberán de ser almacenados por el ABDCP de manera permanente, para lo cual deberá de provisionar el espacio de almacenamiento suficiente para ello, y se deberá de dar acceso al OSIPTEL a dicha información. El Postor deberá presentar una propuesta de medio de transmisión síncrono y asíncrono FUNCIONALIDADES Las funciones del STE serán al menos las siguientes: I) Recibir Solicitudes de Portabilidad por parte del Concesionario Receptor, ya sea en línea o en proceso batch. Campos en el STE: Ingreso de una solicitud de portabilidad Los campos que el STE recibirá para procesar una solicitud de portabilidad, al menos serán los siguientes: Servicio Móvil MENSAJE: Ingreso de solicitud de portabilidad DE: CONCESIONARIO RECEPTOR A: ABDCP 20

21 Campo a) Fecha y Hora del Mensaje b) Código de Mensaje c) Número secuencial generado por el concesionario receptor: ID+dd+mm+aaaa+xxxxx Descripción Longitud: 7 bytes Tipo: Fecha y Hora Autogenerado Longitud: 4 caracteres Tipo: Numérico Longitud: 15 caracteres Tipo: Numérico d) Código del concesionario Longitud: 2 caracteres cedente Tipo: Numérico e) Código del concesionario Longitud: 2 caracteres receptor Tipo: Numérico f) Cantidad de documentos Longitud: 1 carácter adjuntos asociados Tipo: Numérico g) Cantidad de Números en la Longitud: 4 caracteres Solicitud Tipo: Numérico h) Número(s) móvil(es) a portar (este campo se puede repetir Longitud: 12 caracteres las veces indicadas en el Tipo: Vector campo g) anterior.) i) Modalidad de contratación j) Documentos Digitales Longitud: 1 caracter Tipo: Vector Correspondencia: 1 prepago 0 postpago Longitud: variable Tipo: BLOB Documentos Digitales en el STE: Ingreso de una solicitud de portabilidad El STE deberá permitir la recepción de los archivos electrónicos en formato.gif,.pdf,.tif o cualquier otro formato de uso común que se acuerde entre el ABDCP y los concesionarios móviles, de conformidad con los siguientes criterios: Cuando la modalidad de contrato se establezca como de postpago, el STE deberá exigirle al concesionario receptor que adjunte los siguientes archivos electrónicos: - Último recibo entregado por el concesionario cedente. - Constancia de pago del último recibo entregado por el Concesionario Cedente. NOMENCLATURAS DE ARCHIVOS ADJUNTOS A LA SOLICITUD DE PORTABILIDAD Recibo y/o Factura Númeroconsecutivo-F Constancia de Pago Númeroconsecutivo-P ID+dd+mm+aaaa+xxxxx Donde: ID:código del concesionario receptor que inicia el trámite dd: mm: aaaa: día mes año xxxxx: número consecutivo asignado por el concesionario receptor y que se reinicia cada día. 21

22 II) Verificación de la integridad del ingreso de una solicitud de portabilidad El STE deberá verificar automáticamente la integridad de todos los campos de la solicitud de portabilidad de conformidad con la descripción establecida para cada uno de los campos. En caso de que alguno de los campos esté vacío, o la información contenida no cuente con la descripción establecida o esté en un formato incorrecto, el STE deberá enviar un mensaje de error al concesionario receptor indicando la omisión o falla, y desechar el mensaje de Ingreso de solicitud de portabilidad en la modalidad postpago o prepago, según sea el caso. MENSAJE: No Integridad DE: ABDCP A: CONCESIONARIO RECEPTOR Campo Descripción Longitud: 7 bytes a) Fecha y Hora del Mensaje Tipo: Fecha y Hora Autogenerado Longitud: 4 caracteres b) Código de Mensaje Tipo: Numérico c) Número secuencial generado por el concesionario receptor o error en número secuencial. En este último caso se enviarían 15 ceros, y se descarta sin incluir campos adicionales. d) Causa de Rechazo e) Fecha y Hora de Recepción del Mensaje Anterior Longitud: 15 caracteres Tipo: Numérico Campo Erróneo identificando el número del campo equivocado Longitud: 4 caracteres Tipo: Numérico Longitud: 7 bytes Tipo: Fecha y Hora Para aquellos mensajes que no hayan sido rechazados, el STE deberá generar un Número de Solicitud que permita identificar cada solicitud de portabilidad durante todo el proceso, de conformidad con lo siguiente: Para las transacciones individuales en línea, es decir una solicitud por requerimiento, se deberá de cumplir con los indicadores detallados en la sección : Transacciones en proceso batch, se podrá definir el envío de varias solicitudes en un bloque: respuesta en un máximo de 15 minutos. MENSAJE: Asignación de Número de Solicitud DE: ABDCP A: CONCESIONARIO RECEPTOR Campo Descripción Longitud: 7 bytes a) Fecha y Hora del Mensaje b) Código de Mensaje c) Número secuencial generado por el concesionario receptor: ID+dd+mm+aaaa+xxxxx d) Número de solicitud mm/aaaa+ número Tipo: Fecha y Hora Autogenerado Longitud: 4 caracteres Tipo: Numérico Longitud: 15 caracteres Tipo: Numérico Longitud: 12 caracteres Tipo: Numérico 22

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