CAPITULO II DE LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA

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1 REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI) CONTENIDO CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETIVOS CAPITULO II DE LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA CAPÍTULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA CAPITULO IV DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS Y ESTRUCTURA DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA CAPITULO V ASPECTOS ECONÓMICOS, ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS La Presidenta y demás miembros integrantes del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), designados mediante Resolución N" 74 de fecha 12 agosto de 2008 publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N* de fecha 13 de agosto de 2008, actuando de conformidad con lo previsto en el Decreto N con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N de fecha 21 de agosto de 2008, y de acuerdo a lo aprobado mediante Sesión levantada en Acta N 03/09 de fecha 20 de abril de 2009, deciden dictar el siguiente, REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI) CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETIVOS Creación Articulo 1. El Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), es un ente creado mediante el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, el cual se rige por su ley de creación, así como por las directrices y políticas dictadas por su órgano rector. Objeto Articulo 2. El presente Reglamento Interno, tiene por objeto regular la estructura organizativa del INAPYMI, señalando las atribuciones y competencias de sus unidades y dependencias internas. El INAPYMI es una institución cuya creación y funcionamiento auspicia el Estado venezolano para promover el desarrollo de la pequeña mediana industria y las unidades de propiedad social en todos los ámbitos de la República Bolivariana de Venezuela. Domicilio Articulo 3. El INAPYMI tendrá su domicilio en la ciudad de Caracas, y podrá establecer oficinas o representaciones en otras ciudades o regiones de la República, de conformidad con la Ley.

2 Tutela Articulo 4. La tutela administrativa y los mecanismos de control sobre el INAPYMI las ejercerá su órgano rector de conformidad con la Ley. Objetivo Articulo 5. El INAPYMI, aparte de los objetivos que se deriven de las políticas, planes y proyectos para el desarrollo de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, tendrá los objetivos siguientes: 1. Ejecutar las políticas y estrategias de fomento, recuperación, promoción, desarrollo económico y social, que en materia de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social dicte el Ejecutivo Nacional, a través del órgano rector. 2. Financiar los proyectos de inversión del sector, desde la concepción hasta la fase de comercialización, intercambio solidario y consumidor final de manera preferente a pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, mediante el uso de sus propios recursos, los asignados por el Ejecutivo Nacional y terceros, basados en la eficiencia productiva. 3. Financiar y canalizar con recursos propios o de terceros, a través de órganos y entes de la Administración Pública e instituciones privadas que acometen acciones en esta materia, programas sociales o especiales conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social, este Reglamento y lo que disponga el Ejecutivo Nacional. CAPÍTULO II DE LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA Articulo 6. Para cumplir con sus objetivos fundamentales, el INAPYMI realizará las siguientes funciones: 1. Elaborar, coordinar, ejecutar y supervisar el Plan de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, el cual debe contener los objetivos a ser alcanzados en el corto, mediano y largo plazo en cada una de las áreas prioritarias de desarrollo para el sector de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 2. Elaborar, coordinar y supervisar los programas y proyectos dirigidos al fomento y la promoción del sector de la pequeña y mediana industria, y unidades de propiedad social, contenidos en el Plan de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 3. Asesorar al Ministerio del ramo en todas las actividades de fomento, promoción y fortalecimiento del sector de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 4. Administrar y gestionar el Sistema de Información Industrial. 5. Identificar las necesidades de asistencia financiera y técnica del sector de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 6. Elaborar los diagnósticos, estudios técnicos y de factibilidad requeridos por el sector de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, para el financiamiento de sus proyectos de desarrollo. 7. Conceder ("mandamiento bajo modalidades especiales para la pequeña y mediana industria, y unidades de propiedad social en condiciones y términos de tasas de interés y plazos preferenciales, sin menoscabo de las ofrecidas al sector por otras entidades financieras. 8. Promocionar los programas de financiamiento preferencial de los entes financieros públicos y privados para la instalación y el desarrollo de la pequeña y mediana industria, y unidades de propiedad social para los planes de inversión en proyectos de innovación tecnológica del sector, previstos en el plan de desarrollo de la pequeña y mediana industria. 9. Desarrollar programas de asistencia técnica integral para el mejoramiento competitivo de las pequeñas y medianas industrias y unidades de propiedad social. 10. Mantener una base de datos de consultores especializados y debidamente calificados para la atención de las necesidades de asistencia técnica y financiera de las pequeñas

3 y medianas industrias, y unidades de propiedad social, así como de todas las instituciones de apoyo al sector. 11. Promover e instrumentar los mecanismos de incentivos y beneficios, que coadyuven al desarrollo integral el sector de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 12. Definir las políticas, programas y acciones tendentes a la promoción desarrollo de infraestructura y parques industriales existentes, incluyendo el desarrollo de nuevas unidades, como plataformas de infraestructura y servicios básicos para el desarrollo de las pequeñas y medianas industrias y unidades de propiedad social, así como la inversión en proyectos de innovación, por medios de fondos, Sociedades de Capital de Riesgo. 13. Suscribir convenios y demás acuerdos con instituciones públicas o privadas para la coordinación de políticas, programas y proyectos de desarrollo de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 14. Coordinar con los entes la elaboración de informes de evaluación del sector. 15. Desarrollar programas de adiestramiento y capacitación en todas las áreas de gestión de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 16. Apoyar las iniciativas que mantengan como objeto el fomento, creación y desarrollo de pequeñas y medianas industrias y unidades de propiedad social en aquellos sectores considerados prioritarios en el Plan de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 17. Ejercer las funciones de control, inspección y fiscalización necesarias para el cumplimiento de sus objetivos. 18. Rendir informes periódicos al ministerio del ramo sobre su gestión y funcionamiento. 19. Prestar en el área de asistencia técnica asesoramiento por medio de instituciones públicas y privadas en materia de administración, de gestión, desarrollo y adecuación de productos y procesos, en el desarrollo de redes de subcontratación, en el apoyo a la cooperación entre empresas, para el mejoramiento de los sistemas de calidad, asesorar para la valoración del impacto ambiental de la pequeña y mediana industria, diagnóstico y formación de planes de negocios para la creación de nuevas empresas. 20. Someter las operaciones del Instituto al examen y control posterior Contraloría General de la República. 21. Presentar al término de cada ejercicio anual al Ejecutivo Nacional, por medio del ministerio del ramo, un Balance General, una memoria de sus actividades en el periodo considerado y el Balance mensual de comprobación. 22. Las demás que deriven de la Ley. CAPÍTULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA Sección Primera Del Consejo Directivo Consejo Directivo Articulo 7. La Dirección del INAPYMI será ejercida por un Consejo Directivo integrado por cinco (5) miembros: Un (1) Presidente o Presidenta y por cuatro (4) Directores o Directoras con sus respectivos suplentes, de libre nombramiento y remoción, designadas por el órgano rector del INAPYMI, previa consulta con la Presidenta o Presidente de la República. El Consejo Directivo funcionará de conformidad con el Reglamento Interno que a tal efecto se dicte. Competencias del Consejo Directivo Articulo 8. Son competencias del Consejo Directivo del INAPYMI: 1. Autorizar a la Presidenta o Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, para someter a la consideración y aprobación del órgano rector el Proyecto del Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de la Pequeña y

4 Mediana Industria y unidades de propiedad social, el proyecto de presupuesto anual, el plan operativo anual y el balance financiero anual del referido Instituto. 2. Autorizar a la Presidente o Presidenta del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, para otorgar poderes de representación judicial y extrajudicial, para la mejor defensa de los derechos e intereses del mismo. 3. Autorizar a la Presidente o Presidenta del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, para la suscripción de contratos de arrendamiento, comodato, permuta, compraventa, de crédito y demás convenios e instrumentos jurídicos de interés para el Instituto, dentro del ámbito de sus competencias, así como para la adquisición de bienes o prestación de servicio, cuyo monto sea superior a cinco mil unidades tributarias (5000 UT) y de ejecución de obras superior a veinte mil unidades tributarias ( UT). 4. Aprobar las propuestas que se sometan a la consideración del órgano rector, sobre las modificaciones presupuestarias. 5. Aprobar las prioridades para el otorgamiento de créditos bajo modalidades especiales, con tasas de interés y plazos preferenciales, así como lo referido a financiamientos internacionales, por medio de los órganos y entes financieros públicos y privados, para la instalación y desarrollo de las pequeñas y medianas industrias y unidades de propiedad social. 6. Adoptar las medidas necesarias para la promoción, desarrollo y fomento de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, de conformidad con lo dispuesto en Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social. 7. Aprobar los programas o proyectos, presentados por la Presidenta o Presidente, en materia de capacitación, asesoramiento y acompañamiento integral en el área técnica; financiera y de comercialización en los términos previstos en la Ley, asi como los reglamentos, manuales e instructivos dictados al efecto. 8. Evaluar la ejecución de los programas o proyectos aprobados. 9. Aprobar la estructura organizativa del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, previa conformación del órgano rector, a través del reglamento dictado al efecto. 10. Autorizar a la Presidenta o Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, para otorgar directamente a los beneficiarios de programas sociales o especiales y asumir la cobertura del riesgo crediticio hasta un cien por ciento (100%). 11. Aprobar la memoria y cuenta anual del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 12. Las demás que deriven de la Ley y el Reglamento respectivo. Convocatoria Articulo 9. El Consejo Directivo se reunirá periódicamente, por lo menos una vez al mes, para tratar los asuntos previstos en la correspondiente agenda. También podrá reunirse extraordinariamente, a solicitud de la mayoría de sus miembros, para tratar asuntos específicos que se establezcan en la convocatoria correspondiente. El Presidente o Presidenta del INAPYMI preside el Consejo Directivo, a tales efectos convocará anticipadamente a los miembros del Consejo, por órgano de la Secretaría del Consejo Directivo a las sesiones de trabajo. Inicio de las Sesiones Articulo 10. La Secretarla del Consejo Directivo para iniciar la sesión de trabajo presentará la agenda de la misma a los miembros del Consejo Directivo para su consideración; seguidamente hará lectura del Acta de la Sesión anterior, la cual suscribirá en forma conjunta con los Miembros del Consejo Directivo. Se podrá incluir puntos adicionales a la agenda de la sesión cuando sus miembros lo consideren por mayoría. El Consejo Directivo, cuando lo considere conveniente, podrá sesionar en cualquier lugar de la República.

5 Sección Segunda Del Presidente o Presidenta Atribuciones del Presidente o Presidenta Articulo 11. El Presidente o Presidenta es la autoridad representativa del INAPYMI, ejerce la representación legal y extrajudicial de la misma, correspondiéndole las siguientes atribuciones: 1. Ejercer la máxima dirección, administración y representación legal del Instituto, suscribiendo sus decisiones. 2. Presidir y convocar las sesiones del Consejo Directivo. 3. Otorgar poderes para representar judicial y extrajudicialmente al Instituto, para la mejor defensa de derechos e intereses del mismo, previa autorización del consejo Directivo. 4. Ejecutar y hacer cumplir los actos de efectos generales y particulares que dicte el Consejo Directivo. 5. Suscribir contratos de arrendamiento, comodato, permuta, compraventa, de crédito y demás convenios e instrumentos jurídicos de interés para el Instituto, dentro del ámbito de sus competencias y para la adquisición de bienes o prestación de servicio, cuyo monto sea de hasta cinco mil unidades tributarias (5.000 UT) y de ejecución de obras hasta veinte mil unidades tributarias ( UT). 6. Celebrar contratos de crédito con los beneficiarios del sector regulado por la Ley que rige al Instituto, que requieran asistencia financiera y técnica, previo cumplimiento de las normas técnicas, manuales y demás condiciones generales de financiamiento internas del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, los cuales deberán ser sometidos a la aprobación del Consejo Directivo. 7. Conformar las fianzas y cualquier otra garantía hipotecaría, prendaria o mercantil, para el cumplimiento de las obligaciones de los diversos contratos donde sea parte el Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 8. Ejercer la máxima autoridad en materia de personal del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 9. Ejecutar y coordinar los programas o proyectos en materia de capacitación, de asesoramiento técnico o financiero, con el objeto de promover y promocionar la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 10. Someter a consideración del Consejo Directivo, para su aprobación y posterior presentación al órgano rector, el anteproyecto del Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y unidades de propiedad social, el proyecto de presupuesto, el plan operativo el balance general del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 11. Garantizar el cumplimiento de los objetivos del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 12. Expedir la certificación de documentos existentes en los archivos del mencionado Instituto, de conformidad con las normas generales sobre la materia. 13. Delegar atribuciones de manera expresa en la funcionaria o funcionario del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, que ésta o éste designe, para la gestión y firma de determinados actos administrativos de efectos particulares, así como el conocimiento de tos recursos administrativos interpuestos contra ellos y demás funciones señaladas específicamente en las resoluciones de delegación respectivas. En todo caso, los actos dictados en ejercicio de la delegación otorgada, se considerarán dictados por la Presidenta Presidente del citado Instituto. 14. Presentar a la consideración y aprobación del Consejo Directivo, el Proyecto del Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y unidades de propiedad social, el proyecto de presupuesto anual del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 15. Certificar el pago total del monto adeudado, producto del financiamiento concedido por el Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, a los fines de liberar las garantías prestadas por los beneficiarios de créditos. 16. Elaborar y presentar a la consideración del Consejo Directivo, el informe semestral de todas las actividades y operaciones del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria.

6 17. Presentar a la consideración y aprobación del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, el otorgamiento de créditos de forma directa a beneficiarios de programas sociales o especiales con la cobertura del riesgo crediticio de hasta un cien por ciento (100%). 18. Adoptar medidas de estimulación social dirigidas a beneficiarios de financiamientos de dicho ente, a quienes superen las condiciones de responsabilidad comunal y las metas de producción. 19. Emitir certificados de la pequeña y mediana industria, una vez cumplidos los parámetros establecidos en el Reglamento del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social. 20. Presidir el Comité de Planificación del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria. 21. Las demás que le atribuye el Consejo Directivo, los reglamentos y las normas operativas. Faltas absolutas Articulo 12. Las faltas absolutas del Presidente o Presidenta, o de cualquiera de los Directores, mediante nuevas designaciones efectuadas por el órgano rector del INAPYMI. Faltas Temporales Articulo 13. Las faltas temporales del Presidente o Presidenta serán suplidas por el Gerente o funcionario que a tales efectos designe el Presidente o Presidenta del INAPYMI. Sección Tercera De los Requisitos para ser Miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria Miembros del Consejo Directivo Articulo 14. Para ser Integrante del Consejo Directivo del INAPYMI se requiere: 1. Ser venezolano o venezolana. 2. Mayor de edad. 3. No estar sometido o sometida a interdicción civil ni a inhabilitación política. 4. Poseer titulo universitario y tener experiencia en las áreas a las cuales se refiere la Ley que rige al INAPYMI. Sección Cuarta Del Régimen de Personal Funcionarios Públicos Articulo 15. Los funcionarios o funcionarias tendrán carácter de funcionarios públicos con los derechos y obligaciones que les corresponde por tal condición, incluyendo lo relativo a su seguridad social y se regirán por lo dispuesto en la ley de Administración Pública en todo lo que no se regula en las normas especiales, sobre ingreso, remuneración, clasificación de cargos, ascenso, traslado, suspensión, extinción de la relación de empleado público. Obreros Articulo 16. Los obreros al servicio del INAPYMI se regirán por la Ley Orgánica del Trabajo. Obligaciones de los funcionarlos y funcionarlas Articulo 17. Sin perjuicio de los deberes que impongan las leyes y reglamentos especiales, los funcionarios o funcionarias del INAPYMI están obligados a: 1. Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida para el cumplimiento de las funciones que tengan encomendadas. 2. Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones con los diversos niveles del INAPYMI y el público en general, toda la consideración y cortesía debidas. 3. Guardar la reserva y ei secreto que requieran los asuntos relacionados con su trabajo.

7 4. Vigilar, conservar y salvaguardar los documentos, bienes e intereses del INAPYMI confiados a su guarda, uso o administración. 5. Atender a las actividades de adiestramiento y capacitación destinadas a mejorar el nivel profesional o especialidad respectiva. 6. Poner en conocimiento de los niveles respectivos las iniciativas que estimen útiles para el desarrollo de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social. 7. Las demás ordenadas por su supervisor inmediato y/o autoridades competentes y de mayor jerarquía. Cargos de Alto Nivel Articulo 18. Serán cargos de alto nivel y por tanto, de libre nombramiento y remoción, los cargos del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, señalados a continuación: Presidenta o Presidente, Consultor Jurídico, Gerentes Generales, Gerentes, Coordinadores, Jefes de Unidades, Jefes de Equipo de Trabajo, Jefes Estadales y Secretario del Consejo Directivo. Cargos de Confianza Articulo 19. Serán cargos de confianza y por tanto, de libre nombramiento y remoción, los cargos del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria señalados a continuación: Asistentes de Presidencia, Secretaria o Secretario al Presidente, Secretaria o Asistentes de los Gerentes Generales, y Asistentes de los Gerentes. CAPÍTULO IV DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS Y ESTRUCTURA DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA Sección Primera De las Unidades Organizativas del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria Dependencias Articulo 20. Las funciones directivas, de apoyo, administrativas y operativas del INAPYMI se realizarán a través de las Gerencias Generales, Gerencias operativas. Coordinaciones, Unidades y Equipos de Trabajo a los cuales les corresponde la gestión de los procesos de la organización. Creación de Dependencias Articulo 21. Para el cumplimiento de los fines del INAPYMI, se estructuran Gerencias Generales, Gerencias, Coordinaciones, Unidades y Comités, quedando a discreción del Consejo Directivo aprobar la modificación de las mismas, integrarlas, eliminarlas, o crear otras, de acuerdo a la dinámica organizacional del INAPYMI. Recursos Articulo 22. Las Gerencias Generales, Gerencias, Coordinaciones, Unidades y Equipos de trabajo dispondrán de los recursos necesarios para su funcionamiento. Sus gastos generales serán cubiertos con cargo al presupuesto del INAPYMI. Cuerpos Colegiados Articulo 23. Los Gerentes Generales, Gerentes, Coordinadores y Responsables de Unidades se reunirán en cuerpos colegiados para atender los asuntos comunes a dichas unidades organizacionales. Organigrama Articulo 24. La estructura organizativa del INAPYMI es de carácter flexible, adaptativa, orientada por procesos, proyectos, equipos de trabajo y apoyada por unidades funcionales. Principios y Niveles Articulo 25. Con el propósito de satisfacer las exigencias y características del INAPYMI, la estructura organizativa se establece como un complejo de procesos que concilie las variables de eficacia, eficiencia, planificación, coordinación, control, adaptabilidad y simplicidad, para lo cual se contemplan tres niveles: Dirección, Apoyo y Operativo.

8 Sección Primera Del Nivel Directivo Políticas Articulo 26. EL nivel directivo cristaliza la formulación de las políticas de la institución y los procesos de la alta gerencia destinados a la dirección, planeación, control, coordinación, formulación de objetivos y metas. Autoridades Articulo 27. El nivel directivo está conformado por el Consejo Directivo, a la que corresponderá fijar la política general y las normas de la actividad del INAPYMI y por la Presidencia, como autoridad representativa del Instituto. Sección Segunda Del Nivel de Apoyo Unidades de Apoyo Articulo 28. El nivel de apoyo está conformado por las Gerencias. Coordinaciones, Unidades y Equipos de Trabajo, que tienen carácter permanente o especial, que por sus características y funciones sirven de soporte a la acción que desarrolla el INAPYMI a través de otros niveles. Conformación de Unidades de Apoyo Articulo 29. En el Nivel de Apoyo se incluyen aquellas unidades organizacionales que coadyuvan al cumplimiento de los objetivos del INAPYMI, las relaciones institucionales y divulgación de las actividades de la organización. Las mismas aseguran la legalidad de las operaciones, para salvaguardar la posición jurídica de la organización, garantizar la transparencia en todas las transacciones que se realicen y establecer el trabajo de equipos, con el propósito de lograr el compromiso de todos con los fines y procesos que deben implantarse. Incluye: Auditoria Interna, Oficina de Atención al Ciudadano, Oficina de Relaciones Institucionales, Oficina de Recursos Humanos, Oficina de Gestión Administrativa, Oficina de Observatorio PYMI, Consultarla Jurídica, Oficina de Planificación y Presupuesto y la Oficina de Tecnología y Organización. De la Auditoría Interna Objeto Articulo 30. La Unidad de Auditoria Interna tiene por objeto evaluar el sistema de control interno, ejercer la vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes del Instituto, así como las operaciones relativas a este, cuyas actuaciones se orientan a la realización de auditorias, inspecciones, fiscalizaciones, exámenes, estudios, análisis e investigaciones de todo tipo y de cualquier naturaleza en el ente sujeto a su control, para verificar la legalidad, exactitud, sinceridad y corrección de sus operaciones, así como para evaluar el cumplimiento y los resultados de los planes y las acciones administrativas, la eficacia, eficiencia, economía, calidad e impacto de su gestión. Atribuciones Articulo 31. La Unidad de Auditoria Interna tiene atribuidas las siguientes actividades: a. Evaluar el cumplimiento y los resultados del sistema de control interno, el grado de operatividad y eficacia de los sistemas de administración y de información gerencial, proponiendo a la Máxima Autoridad, recomendaciones para mejorarlos. b. Examinar los registros y estados financieros, para determinar su pertinencia y confiabilidad. c. Realizar auditorias, inspecciones, fiscalizaciones, exámenes, estudios, análisis e investigaciones de todo tipo y de cualquier naturaleza en el ente sujeto a su control. d. Evaluar el cumplimiento y resultados de los planes y las acciones administrativas y financieras del INAPYMI. e. Iniciar, mediante auto motivado, los Procedimientos Administrativos de Determinación de Responsabilidad, cuando surgieren elementos de convicción o prueba que pudieran

9 dar lugar a declaratoria de responsabilidad administrativa, formular reparos e imponer multas, de conformidad con lo establecido en las leyes. f. Remitir al Ministerio Público los expedientes debidamente certificados de las actuaciones preliminares o administrativas cuando se presuman indicios civiles o penales. g. Realizar el seguimiento de las acciones correctivas derivadas, tanto de las propias actuaciones, como de las efectuadas por la Contrataría General de la República o la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna. h. Informar a las Máximas Autoridades y a las Unidades involucradas los resultados de las Auditorias y demás actuaciones fiscales que realice. i. Informar a la Contraloría General de la República acerca de las acciones correctivas emprendidas por la administración activa del INAPYMI. j. Remitir a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna, los proyectos de Reglamento Interno, normas y procedimientos, así como sus modificaciones, y considerar y tramitar las recomendaciones que esos Organismos formulen. k. Atender las relaciones con la Contraloría General de la República y con la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna y otros entes del Sistema Nacional de Control Fiscal. l. Elaborar el Plan Operativo Anual de la Unidad de Auditoria Interna de conformidad con los lineamientos y actuaciones que señale la Contraloría General de!a República y la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna e indicadores de gestión. m. Establecer indicadores de gestión y control en el área de su competencia. n. Promover la preparación y actualización de los manuales técnicos y de procesos que sean necesarios para el desempeño de sus funciones y velar por su formal aprobación e implantación. o. Tramitar las consultas que se le formulen en las materias propias de su competencia. p. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo. De la Oficina de Atención Ciudadana Objeto Articulo 32 La Oficina de Atención Ciudadana tiene por objeto ejecutar la acción estratégica en el área divulgativa de los planes, programas y proyectos del INAPYMI de atención ciudadana, proporcionándoles a los usuarios la información solicitada de manera oportuna y confiable, a objeto de garantizar la profundizaron y consolidación de los objetivos y metas de la organización. Artículo 33. La Oficina de Atención Ciudadana tiene las siguientes funciones: a. Velar por el fiel cumplimiento de los estándares de la imagen del INAPYMI. b. Asesorar y suministrar a los usuarios la información debidamente autorizada de manera oportuna y confiable. c. Proyectar la imagen institucional fundamentada en la excelente atención, cordialidad y buen trato al usuario. d. Representar de la manera más responsable y eficiente, los intereses del INAPYMI, en concordancia con la prestación de un servicio guiado por la ética, la honestidad, el respeto, la igualdad y la salvaguarda de los intereses nacionales. e. Llevar las estadísticas que permitan evaluar la atención brindada a los usuarios en función de los requerimientos presentados. f. Presentar a la Presidencia, las recomendaciones que garanticen en el tiempo una excelente atención al usuario. g. Mantener contacto permanente con las demás unidades operativas del INAPYMI, para garantizar criterios confiables y uniformes en la información que se suministra al público. h. Presentar recomendaciones sobre el contenido del material informativo que se requiera para transmitir la información a los usuarios. i. Prestar asesoría y atender los requerimientos y consultas que en materia de su competencia le sean formulados.

10 j. Establecer las necesidades especificas de capacitación de los funcionarios bajo su dirección. k. Proponer la actualización del Manual de Normas y Procedimientos en su área de competencia. l. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos de Plan Operativo Anual, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Oficina de Atención Ciudadana. m. Participar en Equipos de Trabajo, permanentes o especiales, que de acuerdo a los criterios establecidos por el Consejo Directivo o la Presidencia, tengan que contar con la presencia de la Oficina de Atención al Ciudadano. n. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o la Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución. De la Oficina de Relaciones Institucionales Objeto. Articulo 34. La Oficina de Relaciones Institucionales tiene por objeto asistir a la Presidencia en la ejecución de estrategias en el área comunicacional y divulgativa en los planes, programas y proyectos del INAPYMI y coordinar acciones con los demás organismos del Poder Público, directa o indirectamente vinculados a los objetivos del Instituto, en especial con aquellos cuyas competencias sean necesarias para garantizar las actividades orientadas hacia el desarrollo del Plan Estratégico Nacional de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social en sus relaciones interinstitucionales. Articulo 35. La Oficina de Relaciones Institucionales tiene las siguientes funciones: a. Diseñar la estrategia comunicacional e informativa del Instituto, siguiendo los lineamientos del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información. b. Diseñar y garantizar la imagen institucional del INAPYMI, fortaleciendo el conocimiento institucional, divulgando y comunicando la información organizacional y promoviendo los fines de la misma con el ámbito de acción en la sociedad. c. Manejar la relación de la Institución y actuar como órgano comunicacional y de enlace con los demás órganos y entes públicos y privados. d. Revisar permanentemente, para su presentación a los niveles superiores, las informaciones reflejadas en los distintos medios de comunicación social que se relacionen con la materia de las PYMIS y las UPS. e. Coordinar acciones con otros organismos del Estado, para promover la formación, capacitación y asistencia técnica necesaria en los proyectos para el desarrollo integral que promueve INAPYMI. f. Diseñar, coordinar y realizar documentales, micros y reportajes de carácter divulgativo a nivel nacional de la labor que ejecuta el instituto. g. Coordinar la elaboración y difusión de avisos, notas de prensa, comunicados, notificaciones, documentales, micros y otros servicios escritos y audiovisuales, dirigidos al público en general. h. Fomentar las relaciones intra e interinstitucionales, con la finalidad de lograr ambientes favorables a la implementación de la Misión del INAPYMI. i. Organizar, coordinar y ejecutar el Ceremonial y Protocolo institucional que cuenten con la participación de las máximas autoridades. j. Coordinar y ejecutar las relaciones institucionales con los medios de comunicación social y con los medios de comunicación electrónica. k. Garantizar la aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas de difusión de las informaciones generadas por las distintas unidades organizativas que conforman el Instituto. l. Publicar y difundir los resultados de la opinión y valoración que tengan!as comunidades, con el fin de crear conciencia de la importancia del desarrollo de la pequeña y mediana industria y las UPS en el marco del desarrollo integral de la nación. m. Coordinar conjuntamente con la Oficina de Atención al Ciudadano, la información sobre los servicios que presta el órgano, y los trámites que debe realizar el ciudadano para acceder a los mismos.

11 n. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos del POA, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales. o. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o la Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución. De la Oficina de Recursos Humanos Objeto Articulo 36. La Oficina de Recursos Humanos tiene por objeto garantizar ia gestión de administración del recurso humano del INAPYMI, mediante la formulación, evaluación y control de los procesos de recursos humanos que coadyuven al cumplimiento de la Misión, Visión y Valores de la Institución, generando condiciones organizacionales de aplicación, desarrollo y satisfacción plena del recurso humano. Articulo 37 La Oficina de Recursos Humanos tiene las siguientes funciones: a. Implementar la aplicación de los instrumentos jurídicos vigentes que regulan la materia laboral, así como las políticas, normas y procedimientos de Recursos Humanos establecidas por la Institución. b. Elaborar los planes de Recursos Humanos, armonizándolos con los objetivos y estrategias globales de la Institución, así como dirigir, y controlar su ejecución. c. Coordinar con la Oficina de Planificación y Presupuesto, los procesos de formulación del anteproyecto y proyecto de presupuesto anual y de evaluación de la ejecución presupuestaria de los recursos financieros asignados para atender compromisos laborales. d. Dirigir, los procesos de reclutamiento y selección de personal calificado para ingresar a la Institución. e. Dirigir el proceso de evaluación de desempeño del personal y determinar las necesidades de capacitación, desarrollo y de incentivos. f. Dirigir y coordinar la ejecución de los planes de inducción, capacitación y desarrollo de personal y evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas previstas. g. Garantizar la elaboración y ejecución de la nómina del recurso humano, así como la correcta conformación de los cálculos de las asignaciones y deducciones previstas en instrumentos jurídicos. h. Responder por el mantenimiento y actualización de la base de datos del recurso humano, así como garantizar la organización, custodia, actualización y funcionamiento del archivo de expedientes del personal. i. Controlar y coordinar con las Instancias organizacionales, los diferentes movimientos de personal que se lleven a cabo en la institución. j. Garantizar el cumplimiento de las normas y medidas de Higiene y Seguridad Industrial dirigidas al personal de INAPYMI y promover el entrenamiento y motivación de los trabajadores para su aplicación. k. Proveer información estadística que permita analizar la dinámica de la administración de recursos humanos en la institución. l. Mantener actualizado el Manual Descriptivo de Cargos. m. Asesorar a las máximas autoridades en las funciones de planificación, organización, control y seguimiento de los procesos administrativos de recursos humanos. n. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos del Plan Operativo Anual, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Oficina de Gestión del Recurso Humano. o. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución.

12 De la Oficina de Gestión Administrativa Objeto Articulo 38. La Oficina de Gestión Administrativa tiene por objeto garantizar la gestión administrativa del INAPYMI, conforme a los instrumentos legales y técnicos que regulan los procesos administrativos de Servicios Generales y Control de Bienes Institucionales, Compras, Ordenación de Pagos, Tesorería y Contabilidad Pública, así como de acuerdo a las políticas y estrategias que en el ámbito de su competencia dicten las máximas autoridades de la Institución. Articulo 39. La Oficina de Gestión Administrativa posee las siguientes funciones: a. Implementar la aplicación de las políticas de administrativas y financieras, emitidas por las máximas autoridades del INAPYMI. b. Coordinar con la Oficina de Planificación y Presupuesto los procesos de formulación del anteproyecto y proyecto de presupuesto anual y de evaluación de la ejecución presupuestaría de los recursos financieros asignados. c. Generar información confiable y oportuna que permita conocer la gestión administrativa y la situación financiera del INAPYMI. d. Garantizar la prestación de los servicios generales que demande la institución, así como el control de los bienes asignados al INAPYMI. e. Autorizar y controlar las adquisiciones de bienes y contratación de servicios que requiera la Institución para su normal funcionamiento. f. Someter a consideración de la Comisión de Contrataciones Públicas, aquellas adquisiciones y contrataciones que por su naturaleza deben ajustarse al proceso de contrataciones públicas previsto en la ley que regula la materia. g. Ordenar los pagos de obligaciones contraídas por la República Bolivariana de Venezuela por órgano del INAPYMI. h. Garantizar la transparencia y legalidad de la gestión de administración financiera. i. Ordenar y controlar la retención de impuestos correspondientes a los pagos efectuados por el INAPYMI. j. Gestionar ante las Instituciones Financieras la apertura, mantenimiento y cierre de las cuentas bancarias de la Institución. k. Administrar los recursos financieros asignados a la caja chica, en concordancia con lo previsto en los instrumentos jurídicos y técnicos vigentes. l. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos del Plan Operativo Anual, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Oficina de Gestión Administrativa. m. Asesorar a las diferentes instancias organizacionales en materia de gestión administrativa, n. Otras atribuciones que le sean asignadas por la Presidencia o el Consejo Directivo, atendiendo a las necesidades de la Institución y las leyes y reglamentos respectivos. De la Oficina de Observatorio Pymi Objeto Articulo 40. La Oficina de Observatorio IIMI tiene por objeto garantizar al INAPYMI información confiable y oportuna, acerca del estudio estadístico de los procesos de inicio, desarrollo, mantenimiento y funcionamiento de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, con domicilio principal o excluyente de cualquier otro en la República Bolivariana de Venezuela y estará sujeto a su control y gestión, de acuerdo a las disposiciones contractuales y legales vigentes. Articulo 41. La Oficina de Observatorio Pymi tiene las siguientes funciones: a. Elaborar los estudios especiales que demande el Instituto en materia de desarrollo de las PYMIS y las UPS.

13 b. Diseñar y garantizar la aplicación de los procesos de investigación estadística relacionados con el ámbito de acción del INAPYMI. c. Diseñar los Planes Estadísticos del INAPYMI, conforme a lo previsto en los instrumentos jurídicos vigentes. d. Integrar el trabajo estadístico del INAPYMI en un sistema eficiente, destinado a brindar información oportuna y confiable, elaborar estudios de diagnósticos y pronósticos de desarrollo del sector y analizar su comportamiento e incidencia en la economía nacional. e. Dirigir la elaboración de estadísticas referidas al sector, en el ámbito nacional, regional, local y comunal, esquemas macro estadísticos, demográficos e indicadores económicos y sociales. f. Participar en la elaboración de estadísticas con organismos de la Administración Pública, relacionados con el desarrollo del sector y coordinar la obtención de estadísticas producidas en fuentes no nacionales. g. Garantizar la aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas del secreto estadístico en la elaboración de estadísticas de Interés público que se le asignen. h. Publicar y difundir los resultados y las características metodológicas de las estadísticas que se elaboren. i. Prestar asistencia técnica en materia de estadística relacionada con el sector, que sea requerida por los organismos competentes. j. Evaluar el impacto de ejecución de las políticas y estrategias de fomento, recuperación, promoción, desarrollo económico y social, dictadas por Ejecutivo Nacional y relacionadas con el sector. k. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos del POA, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales. l. Las demás que le sean asignadas en los instrumentos jurídicos vigentes, por el Consejo Directivo o Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución. De la Consultarla Jurídica Objeto Articulo 42. La Consultarla Jurídica tiene por objeto asesorar y prestar asistencia jurídica en el ámbito interno, a todas las instancias y unidades del INAPYMI, con la finalidad de que todos los actos administrativos e institucionales, estén ajustados a las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, dándole viabilidad jurídica a la actividad del INAPYMI y asumiendo, previa autorización, la representación de la institución ante todo tipo de instancias administrativas y judiciales de la República Bolivariana de Venezuela. Articulo 43. La Consultora Jurídica tiene las siguientes atribuciones: a. Asesorar al Consejo Directivo y a la Presidencia, en todo lo relacionado con sus vinculaciones jurídicas con los diferentes entes del Estado y el sector privado. b. Asesorar en materia legal a las diferentes instancias organizativas de la Institución. c. Representar al INAPYMI, en todas las cuestiones judiciales y extrajudiciales que se susciten entre terceros y la misma, previa delegación de la Presidencia. d. Elaborar o participar en la preparación de proyectos de instrumentos normativos, actos administrativos y demás instrumentos jurídicos relacionados con las atribuciones de la Institución. e. Preparar y revisar los documentos legales que deba suscribir el Consejo Directivo y la Presidencia de la Institución. f. Elaborar, revisar y proponer en su contenido legal, aquellos instrumentos jurídicos que permitan documentar las operaciones del INAPYMI. g. Elaborar los dictámenes jurídicos y emitir opiniones para apoyar la acción organizacional vinculada a las actividades de la Institución. h. Compilar leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, providencias y demás instrumentos jurídicos que se demanden, vinculados con las actividades del INAPYMI. i. Garantizar la organización, custodia, mantenimiento, actualización y funcionamiento del archivo de documentos de la Consultoría Jurídica.

14 j. Preparar y revisar los aspectos jurídicos de las intervenciones o ponencias a ser presentados por el INAPYMI, en Congresos, Foros, Seminarios o cualquier otro evento nacional o internacional, cuando lo consideren conveniente las máximas autoridades la Institución, k. Participar en la discusión y negociación de convenios y acuerdos que deban suscribirse con otras organizaciones públicas o privadas, conjuntamente con las Gerencias o Dependencias cuyas atribuciones se encuentren vinculadas a dichos instrumentos. l. Ejercer la representación del INAPYMI, ante los órganos y autoridades administrativas y jurisdiccionales, previo otorgamiento de poderes respectivos. m. Dirigir y dictar los lineamientos a seguir en materia jurídica al personal que labora en el área legal, en las Oficinas Estadales del INAPYMI. n. Establecer las necesidades especificas de capacitación de los funcionarios bajo su dirección. o. Otras atribuciones que le sean asignadas en los instrumentos jurídicos vigentes o por el Consejo Directivo y la Presidencia. De la Oficina de Planificación y Presupuesto Objeto Articulo 44. La Oficina de Planificación y Presupuesto tiene por objeto dirigir, programar y controlar el desarrollo de los procesos de planificación institucional, así como de las etapas de formulación, programación, aprobación, ejecución, evaluación y control presupuestario, con sujeción a los instrumentos jurídicos que regulan las materias de planificación y presupuesto de los entes del sector público nacional. Articulo 45. La Oficina de Planificación y Presupuesto tiene las siguientes funciones: a. Participar en el Comité de Planificación e intervenir en el diseño del Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y las UPS. b. Proponer lineamientos, estrategias, políticas y acciones para formular el Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de las PYMIS y las UPS, en armonía con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y el Pian de Desarrollo Industrial. c. Evaluar el impacto de ejecución de los planes que se llevan a cabo en la Institución, el cumplimiento de los objetivos y metas previstas y proponer las modificaciones que se estimen necesarias. d. Dirigir el proceso de formulación del anteproyecto y proyecto de presupuesto anual de recursos y egresos. e. Presentar a las instancias correspondientes, para su aprobación, el proyecto de presupuesto anual. f. Evaluar y controlar la ejecución presupuestaria, así como las modificaciones al presupuesto que resulten necesarias durante su ejecución. g. Dirigir y coordinar el proceso elaboración de la Memoria y Cuenta, así como suministrar la información que se requiera para preparar el Mensaje Presidencial. h. Proveer a las máximas autoridades fundamentos legales, criterios técnicos, análisis y procedimientos generales para el soporte de la gestión de planificación y presupuesto. i. Asesorar y atender los requerimientos y consultas que en materia de planificación y presupuesto le sean formulados por las distintas instancias organizacionales. j. Garantizar la aplicación de los Instrumentos jurídicos y técnicos que regulan las materias de planificación y presupuesto, así como de las normas y procedimientos establecidos por la Institución, k. Representar al INAPYMI, en las actividades que guarden relación con su área de desempeño, previa autorización. l. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o la Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución.

15 Oficina de Tecnología y Organización Objeto Articulo 46. La Oficina de Tecnología y Organización tiene por objeto impulsar, conducir y garantizar, la gestión electrónica en el INAPYMI, en todas las dimensiones que se demanden, a partir del diseño, desarrollo e implantación de los sistemas de información, redes, comunicaciones, seguridad de datos y control de calidad, a fin de cristalizar la estrategia del gobierno en línea de forma pertinente, eficiente, eficaz y oportuna. Así como, impulsar y garantizar la función de organización como una dimensión de la administración que supone el establecimiento de una estructura intencionada y favorable y el diseño de sistemas y procesos administrativos que permitan el desempeño humano en sus labores cotidianas para el logro de los fines y objetivos estratégicos Institucionales. Articulo 47. La Oficina de Tecnología y Organización tiene como funciones: a. Dirigir el desarrollo estratégico del Gobierno Electrónico, en el INAPYMI, y entre ésta y los demás Entes del Estado. b. Impulsar, de manera estratégica y permanente la seguridad de datos del INAPYMI. c. Supervisar las coordinaciones, unidades y grupos de trabajo adscritos a esta Oficina. d. Impulsar, y supervisar, los planes y programas estratégicos del INAPYMI, relativos al desarrollo de tecnologías de información, sistemas, seguridad de datos y estándares de seguridad, orientados a soportar la actividad laboral de la organización con los más altos niveles de eficiencia y eficacia, impulsando y consolidando INAPYMI en Línea. e. Impulsar y vigiar la realización permanente de pruebas en los sistemas de información a objeto de constatar el cumplimiento de los estándares en materia de seguridad de datos. f. Impulsar, mantener y garantizar el enlace entre el Nivel Directivo y los demás niveles de la organización, en todo lo relacionado con la actualización administrativa, organizativa y tecnológica del INAPYMI, de acuerdo a las prioridades y necesidades que demanda la dinámica institucional. g. Impulsar, supervisar y garantizar el diseño de planes de contingencias en los Sistemas de Información del INAPYMI. h. Mantener actualizada la información relativa a las normas legales que regulan el uso de los medios electrónicos y telemáticos en la administración pública y transmitirla al INAPYMI. i. Garantizar e impulsar programas de adiestramiento, asistencia técnica en las diversas instancias organizacionales, así como a todo el personal del INAPYMI en materia de organización y sistemas. j. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos del POA, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Oficina de Tecnología de la Información, las Comunicaciones y Organización. k. Cumplir y hacer cumplir con la normativa legal actualmente vigente en materia de seguridad de datos, e implantar las normas dispuestas para tal fin, orientadas a eliminar la comisión de riesgos asociados a la violación de la seguridad de los datos en la Institución. l. Impulsar la valoración de alternativas técnicas que puedan ser incorporadas a la dinámica administrativa y organizativa de la Institución. m. Impulsar la estimación de los recursos necesarios para desarrollar los proyectos de tecnologías de información atendiendo a las necesidades del INAPYMI. n. Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Presidencia o el Consejo Directivo, atendiendo a las necesidades de la Institución.

16 Sección Tercera Del Nivel Operativo Unidades Operativas Articulo 48. El nivel operativo incluye las unidades organizacionales que materializan directamente los objetivos y procesos del INAPYMI y se define como el nivel responsable de producir los resultados del Instituto, en materia de apoyo a las pequeñas y medianas industrias y unidades de propiedad social. Aquí se realizan las actividades derivadas de la ejecución de los planes para el financiamiento de los proyectos y otros servicios no financieros, a través de las diversas instancias organizacionales y equipos de trabajo adecuados a la dinámica actual. Conformación de Unidades Operativas Articulo 49. En el Nivel Operativo se realizan las actividades derivadas de la ejecución de los proyectos y procesos del INAPYMI a través de las Gerencias Generales propuestas en función de los objetivos institucionales, misión y visión del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, incluye las siguientes unidades organizacionales: Gerencia General de Financiamiento y Preinversión, Gerencia de Pequeña y Mediana Industria (PYMI), Gerencia de Unidades de Propiedad Social, Gerencia de Liquidación y Cobranzas, Gerencia General de Asistencia Técnica y Formación, Gerencia de Asistencia Técnica, Gerencia de Participación Social, Gerencia de Adiestramiento y Capacitación, Gerencia General de Desarrollo Integral, Gerencia de Infraestructura, Gerencia de Comercialización, Gerencia de Desarrollo Socioproductivo y Oficinas Estadales. De la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión Objeto Articulo 50. La Gerencia General de Financiamiento y Preinversión tiene por objeto dirigir la formulación, aplicación, control y evaluación de todo el proceso crediticio de servicios financieros y de programas especiales de estímulos a los proyectos de inversión de los servicios financieros orientados a apoyar, fomentar, promocionar expandir y recuperar a la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social; así como el retomo y la recuperación de los recursos económicos y financieros relacionados con esta actividad en el ámbito nacional. Atribuciones Articulo 51. La Gerencia General de Financiamiento y Preinversión tiene las siguientes atribuciones: a. Dirigir la formulación, control, evaluación de los servicios financieros y de programas especiales de estímulos a los proyectos de inversión de los servicios financieros orientados a las PYMIS y las UPS de manera oportuna, para contribuir a impulsar el desarrollo integral del país. b. Dirigir el desarrollo y administración del proceso crediticio del INAPYMI, en el ámbito nacional, a través de un sistema integrado de actividades que permitan el cumplimiento del POA y el Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de las PYMIS. c. Dirigir la formulación de estrategias, programas y actividades orientadas a estimular la participación comunitaria en la definición de nuevos proyectos y el desarrollo de la contratarla social. d. Dirigir el fomento, promoción y financiamiento de la gestión de crédito de acuerdo a las políticas que establezca el Consejo Directivo en esta materia. e. Dirigir el desarrollo y promoción de estudios de preinversión orientados a evaluar los análisis de riesgos del financiamiento de proyectos de las PYMIS y las UPS. f. Garantizar que los estudios de preinversión estén en concordancia con las metas del INAPYMI. g. Dirigir la planificación de la gestión de crédito de acuerdo al Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y las UPS y al POA. h. Dirigir la planificación de los programas especiales de estimulo a los proyectos de inversión que demande el Instituto en materia de desarrollo de las PYMIS y las UPS.

17 i. Dirigir la formulación de estadísticas referidas al sector de financiamiento, en el ámbito nacional, regional, local y comunal, así como indicadores económicos y sociales. j. Dirigir el cumplimiento y vigilancia de las normas del Modelo Socio Productivo Financiero en el seguimiento y control de la dinámica de los créditos otorgados. k. Dirigir la evaluación de los servicios financieros de la Pequeña y Mediana Industria y las UPS, a efectos de establecer nuevas líneas de acción en el logro de sus objetivos. l. Dirigir los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos asignados a esta Gerencia General, con el fin de lograr óptimos niveles de productividad, eficiencia y eficacia Institucional. m. Preparar para cada ejercicio económico-financiero los proyectos del POA, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de esta Gerencia. n. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución. Gerencia de Pequeña y Mediana Industria Articulo 52. La Gerencia de Pequeña Mediana Industria tiene por objeto asistir a la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión en la ejecución, análisis supervisión, instrumentación y dirección del proceso de Crédito desde la recepción de solicitudes hasta su aprobación, negación o diferimiento de todos los créditos relacionados con la Pequeña y Mediana Industria, de manera de cumplir con las metas y prioridades establecidas. Articulo 53. La Gerencia de Pequeña y Mediana Industria tiene las siguientes atribuciones: a. Planificar, programar, analizar, evaluar y controlar la instrumentación del proceso de análisis de créditos de todas aquellas solicitudes de las PYMIS. b. Establecer, promover y coordinar relaciones con los demás organismos del Poder Público, en materia de financiamiento. c. Participar en la integración del sistema financiero del INAPYMI en un sistema eficiente, destinado a brindar información oportuna y confiable. d. Analizar y evaluar los servicios financieros de las PYMIS, a efectos de formular nuevas líneas de acción en el logro de sus objetivos. e. Realizar y promover estudios de preinversión dirigidos a evaluar los análisis de riesgos del financiamiento de proyectos dirigidos a impulsar la pequeña y mediana industria. f. Analizar los proyectos que requieren de financiamiento para las PYMIS. g. Realizar los estudios de preinversión en concordancia con las metas del INAPYMI. h. Elaborar las propuestas de los servicios financieros al Comité de Crédito. i. Aplicar las normas y procedimientos del proceso de Gestión de Crédito aprobado en la Institución. j. Asistir y presentar al Comité de Crédito respectivo las solicitudes de Crédito introducidas al INAPYMI, para su aprobación. k. Elaborar la Agenda del Comité de Crédito. l. Supervisar la información y referencias suministradas por las PYMIS solicitantes de créditos, m. Velar que cada expediente que se presente al Comité de Crédito, presente todos los recaudos necesarios y cumpla con los requisitos y políticas del INAPYMI. n. Planificar, controlar y suministrar la información acerca de las aprobaciones de crédito a la Gerencia de Liquidación y Cobranzas, o. Elaborar y ejecutar los lineamientos emanados en materia de solicitudes y aprobación de Créditos. p. Establecer estrecha comunicación de procesos e información con las Gerencias Generales del INAPYMI. q. Coordinar los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos asignados a la Gerencia. r. Participar en la elaboración para cada ejercicio económico-financiero los proyectos de Plan Operativo Anual, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la Gerencia de la Pequeña y Mediana Industria (PYMIS). s. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo y la Presidencia, atendiendo alas necesidades de la institución.

18 Gerencia de Unidades de Propiedad Social Articulo 54. La Gerencia de Unidades de Propiedad Social tiene por objeto asistir a la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión en la ejecución, análisis, supervisión, instrumentación y dirección del proceso de Crédito desde la recepción de solicitudes hasta su aprobación o diferimiento de todos los créditos provenientes de las unidades de propiedad social; consejos comunales, unidades productivas familiares entre otras, relacionados con las Unidades de propiedad social, de manera de cumplir con las metas y prioridades establecidas. Articulo 55. La Gerencia de Unidades de Propiedad Social tiene las funciones siguientes: a. Planificar, programar, analizar, evaluar y controlar la instrumentación del proceso de análisis de créditos de todas aquellas solicitudes provenientes de las unidades de propiedad social atendiendo a las prioridades establecidas previamente en el Plan Estratégico Nacional y el Plan Operativo del sector. b. Analizar y evaluar las solicitudes de créditos introducidas por las unidades de producción social. c. Garantizar la aplicación de los lineamientos de políticas y acciones dirigidas a desarrollar las Unidades de Propiedad Social. d. Establecer, promover y coordinar relaciones con los demás organismos del Poder Público, en materia de financiamiento cuyas competencias sean necesarias para garantizar la profundización del desarrollo integral que promueve el INAPYMI. e. Participar en la integración del sistema financiero del INAPYMI en un sistema eficiente, destinado a brindar información oportuna y confiable. f. Establecer estrecha comunicación de procesos e información con la Gerencia General de Asistencia Técnica y Formación y la Gerencia General de Desarrollo Integral. g. Realizar y promover estudios de preinversión dirigidos a evaluar los análisis de riesgos del financiamiento de proyectos dirigidos a impulsar la pequeña y mediana industria. h. Realizar los estudios de preinversión en concordancia con las metas del INAPYMI. i. Aplicar las normas y procedimientos del proceso de Gestión de Crédito provenientes de las unidades de propiedad social. j. Asistir al Comité de Crédito. k. Velar que cada expediente que se presente al Comité de Crédito, provenientes de las unidades de propiedad social l. Supervisar el chequeo de la información y referencias suministradas por los microempresarios solicitantes de créditos. m. Coordinar y registrar permanentemente las operaciones de Créditos provenientes de las unidades de propiedad social. n. Planificar, controlar y suministrar la información acerca de las aprobaciones de crédito a la Gerencia de Liquidación y Cobranzas. o. Elaborar y ejecutar los lineamientos emanados a nivel central en materia de solicitudes y aprobación de créditos, provenientes de las unidades propiedad social de manera de cumplir con las metas y prioridades establecidas en el Plan Estratégico Nacional de Desarrollo de la PYMI. p. Coordinar los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos asignados a la Gerencia q. Participar en la elaboración para cada ejercicio económico-financiero en los proyectos de POA, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de la gerencia de Unidades de Propiedad Social. r. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo y la Presidencia, atendiendo a las necesidades de la Institución. Gerencia de Liquidación y Cobranzas Articulo 56. La Gerencia de Liquidación y Cobranzas tiene por objeto asistir a la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión en la ejecución, análisis, supervisión, instrumentación y dirección del proceso de Liquidación y Cobranza de los Créditos otorgados por la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social, de manera de cumplir con

19 las metas establecidas en el Plan Operativo Anual, atendiendo a las disposiciones reglamentarias de normas y procedimientos establecidos por la Institución para tal fin. Articulo 57. La Gerencia de Liquidación y Cobranzas tiene las siguientes funciones: a. Planificar, programar, analizar y controlar el proceso de Cobranza de los Créditos otorgados por el INAPYMI de manera de cumplir con las metas establecidas en el POA. b. Mantener informada a la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión, a las Gerencias PYMIS y de Unidades de Producción Social y a las Oficinas Estadales de la situación de los créditos. c. Establecer los mecanismos necesarios de coordinación con las instituciones financieras donde se domicilie la cuenta del beneficiario de manera tal de llevar a cabo las operaciones de Liquidación y Cobranza y sus respectivos registros de manera oportuna. d. Elaborar un Balance General de las operaciones de Liquidación y Cobranzas que realiza la Gerencia. e. Proponer a la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión, nuevas líneas de acción en las operaciones de liquidación y cobranzas. f. Realizar recomendaciones que permitan mejorar los procedimientos a la Gerencia General de Financiamiento y Preinversión. g. Establecer, promover y coordinar relaciones con los demás organismos del Poder Público, en materia de financiamiento cuyas competencias sean necesarias para garantizar la profundización del desarrollo integral que promueve INAPYMI. h. Participar en la integración del sistema financiero del INAPYMI en un sistema eficiente, destinado a brindar información oportuna y confiable. i. Coordinar los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos asignados a la Gerencia. j. Participar en la elaboración para cada ejercicio económico-financiero en los Proyectos de POA, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria Cuenta de la Gerencia de Liquidación y Cobranzas. k. Otras atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o Presidencia atendiendo a las necesidades de la Institución. l. De la Gerencia General de Asistencia Técnica y Formación Objeto Articulo 58. La Gerencia General de Asistencia Técnica y Formación tiene por objeto Garantizar, impulsar, dirigir, mantener y orientar, la asistencia técnica y la formación integral, para el mejoramiento de la eficiencia y eficacia productiva de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, atendiendo a sus necesidades y en concordancia con la ley que rige la materia, a objeto de fortalecer el desarrollo y la consolidación de actividades productivas en manos del pueblo y a su único servido. Atribuciones Articulo 59. La Gerencia General de Asistencia Técnica y Formación tiene las siguientes fundones: a. Garantizar la información y divulgación a las PYMIS y las UPS, del Modelo Socioeconómico asumido en el país. b. Garantizar la coordinación de actividades para la asistencia técnica y formación integral de las PYMIS y UPS, en las diversas áreas socio/productivas, con otros entes del Estado. c. Garantizar la asistencia técnica, capacitación integral a las PYMIS y UPS, tendente a expandir su capacidad productiva, en el ámbito nacional e internacional. d. Garantizar la realización de diagnósticos y evaluación de los programas de asistencia técnica, adiestramiento y capacitación a las PYMIS y UPS.

20 e. Garantizar, y difundir ante las PYMIS y UPS, el conjunto de mecanismos productivos, que permitan la elaboración de productos que incorporen equipos, maquinarias, instrumentos, procedimientos y métodos que cumplan con lo establecido en la legislación vigente para la preservación del medio ambiente. f. Diseñar y garantizar el desarrollo de programas de mejoramiento de los niveles de calidad y productividad de las PYMIS y UPS, en los aspectos técnicoproductivos, gestión de proyectos, administrativo, contable, fiscal, legal, entre otros. g. Planificar y ejecutar actividades que permitan el establecimiento de una red de instituciones, públicas y privadas, en las diversas áreas socio/productivas. h. Asistir técnicamente a los solicitantes o beneficiarios de los financiamientos, contribuyendo a la elaboración, diseño y supervisión de los proyectos de inversión y su factibilidad, atendiendo a las normativas legales y operativas. i. Programar y desarrollar programas de asistencia técnica, adiestramiento y capacitación en todas las áreas que demande la gestión de las PYMIS y UPS, en coordinación con el INCES. j. j. Dirigir y ofrecer el Sistema de Información de las PYMIS y UPS, que tendrá como objeto el generar, mantener y facilitar el acceso a una base de datos centralizada, con información actualizada, confiable y oportuna en materia de procesos, espacios de intercambio, productos, tecnología y proyectos. k. Orientar y asesorar a las PYMIS y UPS, acerca de las medidas adecuadas que permitan asumir el compromiso social con las comunidades y el país. l. Promover, estimular, alertar y orientar a las PYMIS y UPS, acerca del uso de tecnologías limpias socialmente apropiadas para el desarrollo de sus actividades productivas, que contribuyan a la protección y aseguramiento del medio ambiente. m. Garantizar la implementación de los sistemas de evaluación y control de sus dependencias organizacionales. n. Preparar para cada ejercicio económico-financiero en coordinación con las gerencias adscritas a la misma, los proyectos del Plan Operativo Anual, de Presupuesto de Recursos y Egresos y de Memoria y Cuenta de esta Gerencia General. o. Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Presidencia o el Consejo Directivo, atendiendo a las necesidades de la Institución. Gerencia de Asistencia Técnica Articulo 60. La Gerencia de Asistencia Técnica tiene por objeto planificar, programar, desarrollar, implantar, evaluar y controlar la asistencia técnica integral en todas las áreas de gestión de la pequeña y mediana industria y unidades de propiedad social, en el ámbito nacional e internacional, atendiendo a sus requerimientos y necesidades, a objeto de alcanzar máximos niveles de su eficiencia productiva, tendentes a fortalecer el modelo productivo de la República Bolivariana de Venezuela. Articulo 61. La Gerencia de Asistencia Técnica tiene las siguientes fundones: a. Garantizar el desarrollo de las actividades de aprendizaje, información, divulgación a las PYMIS y las UPS, de los contenidos de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social. b. Impulsar y realizar el diagnóstico de las necesidades de formación técnica integral y desarrollo de actividades de las PYMIS y las UPS. c. Planificar y diseñar programas de la formación técnica integral y desarrollo de actividades por áreas de las PYMIS y las UPS, en lo relacionado con lo técnico productivo, gestión de proyectos, administrativo, entre otros aspectos. d. Contribuir a programar, desarrollar y ejecutar programas asistencia técnica y capacitación en todas las áreas que demande la gestión de las PYMIS y las UPS, en coordinación con el INCES. e. Impulsar y contribuir a las evaluaciones permanentes de los resultados de los programas de formación técnica y capacitación dirigidos a las PYMIS y las UPS. f. Impulsar la realización de reuniones en el ámbito nacional, regional, estadal y local a objeto de impulsar el desarrollo de actividades productivas en las PYMIS y las UPS. g. Impulsar, planificar, conducir e implantar, la formación técnica integral y desarrollo de actividades de las PYMIS y las UPS.

Nombre del Puesto. Jefe Departamento de Presupuesto. Jefe Departamento de Presupuesto. Director Financiero. Dirección Financiera

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