EUROPA EUROPA EUROPA EUROPA EUROPA EUROPA EN MOVIMIENTO EL VII PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LA UNIÓN EUROPEA ( )

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1 EUROPA EUROPA EUROPA EUROPA EUROPA EUROPA EN MOVIMIENTO EL VII PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LA UNIÓN EUROPEA ( )

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3 EUROPA EUROPAEUROPA EUROPA EN MOVIMIENTO EUROPAEUROPA EL VII PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LA UNIÓN EUROPEA ( )

4 ÍNDICE 1. Introducción 5 2. Panorama histórico 6 3. Qué es el VII Programa Marco de Investigación y Desarrollo? 8 4. Cómo está estructurado el VII Programa Marco? Programa cooperación Programa ideas Programa personas Programa capacidades Programa euratom Acciones no nucleares del centro común de investigación El presupuesto del VII Programa Marco Quiénes pueden participar en el VII Programa Marco? Qué son los «regímenes de financiación»? Financiación del VII Programa Marco Cuáles son los pasos a seguir para recibir financiación del VII Programa Marco? La participación de España y Andalucía en el Programa Marco de Investigación y Desarrollo Puntos de información y apoyo para la presentación de propuestas Bibliografía 25

5 >>Uno de los problemas latentes en la UE es la falta de reflejo del conocimiento y los descubrimientos científicos en patentes de inventos 1. INTRODUCCIÓN Hoy en día, la Unión Europea está ante el gran reto de seguir siendo competitiva, aprovechando la ciencia y la tecnología para potenciar el crecimiento económico, la creación de empleo, la calidad de vida y la resolución de los retos sociales. Frente a ella están grandes competidores como Estados Unidos, Japón, Corea del Sur o China, con una fuerte inversión en Investigación y Desarrollo (I+D), que no podrá ser equiparado a menos que los Estados miembros aúnen sus esfuerzos en este sentido. En 2005, la inversión en I+D en los Estados miembros ascendió al 1,84% del PIB y la de España ascendía al 1,13% del PIB, muy lejos del 3% del PIB que la UE se ha planteado conseguir como objetivo para el Para alcanzar este objetivo, será clave que se incentive la aportación de las empresas a la financiación de I+D. En la actualidad, la participación del sector privado sólo supone el 1% del PIB, cuando lo deseable sería que, para alcanzar este objetivo del 3% del PIB destinado a I+D, el sector privado ejecutara un 67% del gasto en I+D y el 33% restante lo realizara el sector público. Otro de los problemas latentes en la UE es la falta de reflejo del conocimiento y los descubrimientos científicos en patentes de inventos, así como la inadecuación de la formación y capacitación del sistema educativo y lo que las empresas demandan. La UE se propone resolver esta deficiencia mediante un planteamiento integrado de las políticas de investigación e innovación, de manera que la importancia de la I+D quede inmersa en todas sus políticas, desde las ayudas estatales hasta la protección eficaz de la propiedad intelectual, la educación y el uso coordinado de incentivos fiscales para fomentar la I+D. Con este documento, se pretende ofrecer una información básica sobre los Programas Marco de I+D, instrumentos con los que se pretende superar las carencias citadas. 5

6 HISTÓRICO 2. PANORAMA HISTÓRICO La Política Comunitaria de Investigación y Desarrollo Tecnológico (IDT), aunque aparecía regulada ya en el Tratado de la Comunidad Europea (TCE), el Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y el Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), no tuvo un título propio hasta que se aprobó en 1986 el Acta Única Europea, que en su Título XVIII Investigación y Desarrollo Tecnológico, la dotó de un fundamento nuevo, basado explícitamente en el concepto de Programa Marco. Los objetivos de la política de la Comunidad Europea de Investigación y Desarrollo Tecnológico (IDT) son: 1. La Comunidad tiene por objetivo fundamental el fortalecimiento de las bases científicas y tecnológicas de su industria y favorecer el desarrollo de su competitividad internacional (Art. 163 TCE). 2. En segundo lugar, el art. 164 TCE, explicita que para conseguir tales objetivos la Comunidad realiza las siguientes acciones: a) ejecución de programas de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración, promoviendo la cooperación con las empresas, los centros de investigación y las universidades, y de estas entidades entre sí; b) promoción de la cooperación en materia de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración comunitarios con los terceros países y las organizaciones internacionales; c) difusión y explotación de los resultados de las actividades en materia de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración comunitarios; d) estímulo a la formación y a la movilidad de los investigadores de la Comunidad Estas acciones se coordinan entre la Comunidad y los Estados miembros con el fin de garantizar la coherencia recíproca de las políticas nacionales y de la política comunitaria. (art. 165 TCE)

7 Esta es la base jurídica que permite el diseño de la estructura de la Política Comunitaria de Investigación y Desarrollo Tecnológico, que se desarrolla a través de proyectos en los que están involucrados organismos públicos, empresas (incluyendo pequeñas y medianas empresas) y universidades de los distintos países europeos y terceros países. Desde 1984, las actividades de IDT de la UE se han articulado a través de Programas Marco plurianuales, que establecen los objetivos, prioridades y el marco financiero de las ayudas para un período de varios años (normalmente de 5 años). Los Programas Marco se han superpuesto con el fin de mantener una continuidad.

8 8 3. QUÉ ES EL VII PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO? 1 Los Programas Marco han constituido, tradicionalmente, el principal instrumento financiero para apoyar la investigación y desarrollo tecnológico en la Unión Europea desde que fueron creados en Respecto al actual, la Comunicación de la Comisión Europea Ciencia y Tecnología, las claves para el futuro de Europa- Guía para la futura política de apoyo a la investigación 2, supuso el inicio del debate para el diseño del VII PM, que abarcará el período El VII Programa Marco de IDT es el principal instrumento de la Unión Europea en materia de financiación de la investigación en Europa, y es el resultado de años de consultas llevadas a cabo con la comunidad científica, centros de investigación e instituciones políticas, con la única intención de superar los fallos y deficiencias de sus antecesores y de dar un verdadero impulso a esta política en Europa. Este programa contiene una serie de elementos importantes comunes a toda la Política de I+D europea: el énfasis en la creación de consorcios de socios europeos, la colaboración transfronteriza, VII PROGRAMA la coordinación abierta, la flexibilidad, la excelencia de la investigación. Es más amplio y más exhaustivo que programas anteriores e introduce una serie de novedades: a) Aumento de su presupuesto (en un 63% respecto al marco anterior); b) Delimitación de temas concretos considerados como prioritarios; c) Creación del Consejo Europeo de Investigación; d) Institución del concepto de regiones del conocimiento que agrupa a varias entidades investigadoras de distinta naturaleza de una región determinada; e) Establecimiento de un mecanismo de financiación de riesgo compartido para inversores privados. f) Introducción del concepto de iniciativas tecnológicas conjuntas para grandes proyectos; g) Creación de un Servicio de Asistencia Técnica. 1. DECISIÓN Nº 1982/2006/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 18 de diciembre de 2006, relativa al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración ( ), en DOUE L412/1. 2. COM (2004) 353.

9 4. CÓMO ESTÁ ESTRUCTURADO EL VII PROGRAMA MARCO? ESTRUCTURADO La estructura del VII Programa Marco está basada en prioridades, que están recogidas, a su vez, en varios programas específicos 3 : 4.1. PROGRAMA COOPERACIÓN Este programa es calificado como el núcleo del VII Programa Marco, dado que es el componente más fuerte y el mejor dotado económicamente. El Programa Cooperación fomenta la colaboración en la investigación en toda Europa y con otros países socios, conforme a varios campos temáticos fundamentales: 1. salud; 2. alimentos, agricultura y pesca y biotecnología; 3. tecnologías de la información y la comunicación; 4. nanociencias, nanotecnologías, materiales y nuevas tecnologías de producción; 5. energía; 6. medio ambiente (incluido el cambio climático); 7. transporte (incluida la aeronáutica); 8. ciencias socioeconómicas y las humanidades; 9. el espacio; 10. la seguridad. Este programa apoya: La investigación necesaria para desarrollar la formulación, aplicación y evaluación de las políticas comunitarias en estos diez campos citados. Las actividades centradas en la difusión y transferencia de conocimiento. Una mayor participación de las PYMES. Iniciativas tecnológicas conjuntas que permiten una asociación público-privada a largo plazo para emprender grandes proyectos. La coordinación de programas de investigación no comunitarios. 3. Anexo I de la Decisión nº1982/2006/ce del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 relativa al VII Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración ( ). 9

10 PROGRAMA IDEAS Este programa fortalece el dinamismo, la creatividad y la excelencia de la investigación europea en las fronteras del conocimiento. Para ello, apoya la investigación impulsada por investigadores, tanto del sector público como del sector privado. La investigación puede realizarse en cualquier ámbito científico o tecnológico, incluida la ingeniería, las ciencias socioeconómicas y las humanidades, pero con especial hincapié en los campos emergentes. Las propuestas serán evaluadas teniendo como criterio único la excelencia del proyecto. >> Las Acciones Marie Curie apoyan a los investigadores en todas las etapas de su carrera, desde la formación inicial a la formación permanente El programa se plantea varios objetivos para mejorar la competitividad de Europa: aumentar la excelencia, el dinamismo y la creatividad de la investigación europea; hacer de Europa un polo de atracción para los mejores investigadores europeos y de los países terceros, así como para las inversiones de las empresas de investigación; llevar la investigación europea a la vanguardia del progreso científico; abrir el camino a nuevos avances científicos y tecnológicos; impulsar la circulación de ideas; intentar explotar mejor las posibilidades de la sociedad europea del conocimiento. Este programa está siendo ejecutado por el Consejo Europeo de Investigación (CEI), institución que está formada por un consejo científico que planifica la estrategia científica, establece el programa de trabajo, controla la calidad y lleva a cabo actividades informativas. Sus miembros son nombrados por la Comisión, tras un procedimiento de selección independiente y transparente, por un período de cuatro años. 4.3 PROGRAMA PERSONAS Este programa tiene como objetivo fortalecer, cuantitativa y cualitativamente, el potencial humano de la investigación y la tecnología en Europa, estimulando a las personas jóvenes a que sigan la carrera de la investigación, evitando la fuga de cerebros e incitando a quienes investigan en terceros países a desarrollar su carrera en Europa. Para ello, se pondrá en marcha una serie de Acciones Marie Curie, que apoyan a los investigadores en todas las etapas de su carrera, desde la formación inicial a la formación permanente y el desarrollo de sus carreras en los sectores público y privado. También hace un especial esfuerzo por fomentar el principio de igualdad de oportunidades y las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral. 4.4 PROGRAMA CAPACIDADES El objetivo de este programa es fortalecer las capacidades de investigación e innovación en toda Europa y asegurar su óptimo aprovechamiento. Este objetivo persigue: La optimización del aprovechamiento y desarrollo de las infraestructuras de investigación. El fortalecimiento de las capacidades innovadoras de las PYME y de su potencial de aprovechamiento de la investigación. El apoyo al desarrollo de agrupaciones regionales impulsadas por la investigación. El pleno despliegue del potencial investigador de las regiones comunitarias de convergencia y ultraperiféricas. El acercamiento entre ciencia y sociedad para la integración armoniosa de la ciencia y la tecnología en la sociedad europea. El respaldo a un desarrollo coherente de las políticas de investigación. Las acciones y medidas horizontales de apoyo a la Cooperación Internacional.

11 >>Programa EURATOM, destinado a la Investigación nuclear y las Acciones no nucleares del Centro Común de Investigación 4..5 PROGRAMA EURATOM Aparte de los cuatro programas principales, el VII Programa Marco incluye también el Programa EURATOM, destinado a la Investigación nuclear y las Acciones no nucleares del Centro Común de Investigación, cuyo periodo de ejecución difiere del resto de los programas ( ). El principal objetivo que se plantea este programa específico, es el de desarrollar de forma sostenible la energía de fusión y responder a las necesidades de la fisión nuclear en materia de seguridad, gestión de residuos, eficiencia y competitividad. Para ello se divide en dos subprogramas: a) Investigación en materia de fusión nuclear, la energía de fisión nuclear y la protección contra las radiaciones. b) Actividades que realizará el Centro Común de Investigación, a través de proyectos de Cooperación Transnacional en el ámbito nuclear ACCIONES NO NUCLEARES DEL CENTRO COMÚN DE INVESTIGACIÓN Con este programa, el Centro Común de Investigación pretende prestar apoyo científico y técnico, adaptado a las necesidades demandadas por los clientes, para el diseño, ejecución y control de las actuales políticas comunitarias y responder a las nuevas necesidades que se planteen. Los temas políticos que se consideran como prioritarios son: la prosperidad en una sociedad intensiva en conocimientos; la solidaridad y gestión responsable de los recursos; la libertad, seguridad y justicia Europa como socio mundial. 11

12 >>El presupuesto del VII Programa Marco asciende a millones de euros para el período PRESUPUESTO PRESUPUESTO 5. EL PRESUPUESTO DEL VII PROGRAMA MARCO El presupuesto del VII Programa Marco asciende a millones de euros para el período (siete años), lo que supone una media anual de millones de euros, lo que representa un incremento del 165% respecto al Marco anterior, dotado un presupuesto total de millones para el periodo de los cuatro años que abarcaba, es decir, millones de euros anuales dedicados a I+D. El presupuesto del actual Programa marco se distribuye entre los distintos programas de la forma que se refleja en el siguiente gráfico: Presupuesto del VII Programa Marco ( ) millones de euros a precios actuales Millones de euros En este gráfico incluye el presupuesto del programa EURATOM. Cooperación CCI Ideas Personas Capacidades Euratom

13 En el siguiente cuadro, se resume la estructura del VII PM, según las partidas presupuestarias asignadas a cada uno de los programas y, a su vez, en los temas que abordan. Las cantidades se expresan en millones de euros. Desglose del presupuesto del VII Programa Marco de la Comunidad Europea ( ) y Euratom ( ) (en millones de euros) TEMAS (*) Salud Alimentación, agricultura y pesca, y biotecnología Tecnologías de la información y la comunicación COOPERACIÓN Nanociencias, nanotecnologías, materiales y nuevas tecnologías de producción Energía Medio ambiente (incluido el cambio climático) Transporte (incluida la aeronáutica) Ciencias socioeconómicas y humanidades 623 Seguridad Espacio TOTAL COOPERACIÓN IDEAS Consejo Europeo de Investigación PERSONAS Acciones Marie Curie Infraestructuras de investigación Investigación en beneficio de las PYME Regiones del Conocimiento 126 CAPACIDADES Potencial de investigación 340 Ciencia y Sociedad 330 Apoyo al desarrollo coherente de políticas de investigación 70 Actividades específicas de cooperación internacional 180 TOTAL CAPACIDADES Acciones no-nucleares en el Centro Común de Investigación TOTAL Comunidad Europea Euratom (*) Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 Fuente: Conozca el 7PM, CORDIS, Comisión Europea.

14 14 6. QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR EN EL VII PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO? Generalmente, la participación en el VII PM está abierta a una amplia gama de organizaciones e individuos procedentes de todo el mundo, aunque las normas de participación pueden variar según la iniciativa de investigación de que se trate. TIPO DE PARTICIPANTES EN EL VII PROGRAMA MARCO DE I+D Grupos de investigación de universidades o institutos de investigación Empresas que deseen innovar Pequeñas y medianas empresas (PYME) Asociaciones o agrupaciones de PYME Administración pública (a nivel municipal, regional o nacional) Investigadores en la fase inicial de su carrera (estudiantes de postgrado) Investigadores experimentados Instituciones que estén a cargo de infraestructuras de investigación de interés transnacional Organizaciones e investigadores de terceros países Organizaciones internacionales Organizaciones de la sociedad civil PARTICIPAR Este Programa establece diferencias entre los distintos países respecto a los procedimientos de participación y las posibilidades de financiación. Los países que pueden participar son: Estados miembros de la UE. Países asociados al VII PM: realizan aportaciones al presupuesto global del VII PM y participaron en marcos anteriores. Países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega, Liechtenstein). Países candidatos a la adhesión como Croacia, Turquía y Macedonia. Israel y Suiza. Países socios con los que se tengan suscritos acuerdos en el marco de la cooperación internacional (como Rusia y Países de Asia Central, países en vías de desarrollo, países socios mediterráneos, países de los Balcanes Occidentales).

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16 REGÍMENES 7. QUÉ SON LOS «REGÍMENES DE FINANCIACIÓN»? El VII Programa Marco se lleva a la práctica a través de distintos tipos de acciones. Son los denominados regímenes de financiación 4, que se caracterizan por lo siguiente: a) Proyectos en colaboración Apoya proyectos de investigación realizados por consorcios con participantes de diferentes países, destinados a desarrollar nuevos conocimientos, nuevas tecnologías y productos, actividades de demostración o recursos de investigación comunes. b) Redes de excelencia Financia programas de actividades conjuntas, es decir, ejecutados por varios organismos de investigación que integran sus actividades en un campo determinado y a cargo de equipos de investigación que trabajan mediante formas de cooperación a largo plazo. c) Acciones de coordinación y apoyo Hay acciones complementarias que no se ocupan de la investigación propiamente dicha, sino de coordinar y conectar entre sí los proyectos, los programas y las políticas. Ejemplo de ello son: la constitución de redes, intercambios, acceso transnacional a infraestructuras de investigación, estudios, congresos, etc. >>Hay acciones complementarias que no se ocupan de la investigación propiamente dicha, sino de coordinar y conectar entre sí los proyectos, los programas y las políticas Anexo II de la Decisión nº1982/2006/ce del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 relativa al VII Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración ( ).

17 d) Apoyo a la investigación en las fronteras del conocimiento Destinado a proyectos realizados por equipos de investigación nacionales o transnacionales individuales. e) Apoyo a la formación y al desarrollo de las carreras de los investigadores Destinado a la puesta en práctica principalmente de las acciones Marie Curie. f) Investigación en beneficio de grupos específicos (especialmente PYME) Proyectos de investigación donde el grueso de la investigación y del desarrollo tecnológico corre a cargo de universidades, centros de investigación u otras entidades jurídicas, en beneficio de grupos específicos, especialmente PYMES. Estos proyectos podrán completar su financiación con otras fuentes como el Banco Europeo de Inversiones.

18 FINANCIACIÓN 8. FINANCIACIÓN DEL VII PROGRAMA MARCO El principio básico que rige en la financiación de las propuestas que se presentan al VII Programa Marco es la cofinanciación. La Comisión no financia íntegramente los proyectos de investigación, sino que concede subvenciones a proyectos para cubrir sólo un porcentaje de los costes totales. La contribución financiera de la Comisión Europea puede adoptar distintas formas de financiación, aunque la regla general es el reembolso de parte de los costes subvencionables de un proyecto. No obstante, puede adoptar otras formas: a) reembolso total o parcial de los costes directos o indirectos subvencionables; b) pagos a tanto alzado; c) financiación a un tipo fijo; d) beca o premio. Los porcentajes que puede alcanzar esta financiación son: Regla general para actividades de IDT: 50% de los costes subvencionables Entes públicos sin ánimo de lucro, PYME, universidades, etc: 75% Actividades de demostración: 50% Otras actividades, como creación de consorcios y redes, congresos, etc: 100 % Acciones de investigación fronteriza del Consejo Europeo de Investigación: 100% >> Los costes que se consideran subvencionables, son generalmente aquellos costes reales, económicos y necesarios para alcanzar los objetivos delimitados en el proyecto 18 Los costes que se consideran subvencionables, son generalmente aquellos costes reales, económicos y necesarios para alcanzar los objetivos delimitados en el proyecto, y nunca se subvencionarán costes como el IVA, las pérdidas por cambio de moneda, costes generados o reembolsados por otros proyectos comunitarios, gastos irresponsables o excesivos, etc.

19 9. CUÁLES SON LOS PASOS A SEGUIR PARA RECIBIR FINANCIACIÓN DEL VII PROGRAMA MARCO? Aquellas entidades o personas físicas que deseen participar en este nuevo Programa Marco, deberán seguir una hoja de ruta, cuyos principales pasos se exponen a continuación: A. El primer paso es estar alerta a la publicación, primero, de los Programas de Trabajo y, posteriormente, a las Convocatorias de Propuestas. Cada año, la Comisión Europea anuncia cómo aplicará los programas específicos en un documento denominado Programas de Trabajo, que a su vez contienen un calendario de Convocatorias de Propuestas, que se irán publicando a lo largo del año. Cada convocatoria suele cubrir áreas de investigación específicas, de modo que quizás haya que esperar cierto tiempo hasta que salga una convocatoria que trate exactamente sobre el ámbito que sea del interés de un proponente. Las Convocatorias de Propuestas se anuncian en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), mientras que los Programas de Trabajo anuales y el texto completo de cada convocatoria se podrán localizar en la sección del VII PM de la base de datos CORDIS, que es el sitio web dedicado a la Investigación dentro del Portal Europa. PASOS PASOS B. El segundo paso es responder a la convocatoria presentando una propuesta. Es importante no olvidar que la convocatoria suele fijar un plazo de finalización de recepción de proyectos y que se ha establecido una herramienta electrónica en Internet llamada Sistema Electrónico de Presentación de Propuestas (EPSS), que es el canal obligatorio para presentar las mismas. Para elaborar una buena propuesta, se recomienda utilizar la Guía para Solicitantes (GUIDE for Applicants), publicada en CORDIS en cada convocatoria, que le guiará a lo largo del proceso. No obstante, en el diseño de una propuesta de candidatura, no se pueden olvidar una serie de pautas a seguir: la búsqueda de socios que conformarán el consorcio; la definición de tareas y responsabilidades que asumirá cada uno; la confección de un presupuesto; la preparación de información técnica y administrativa (en inglés, que es la lengua de trabajo); la revisión de las propuestas siguiendo los criterios de evaluación; el envío del proyecto antes de la fecha del cierre de la convocatoria. 19

20 20 La primera pauta a seguir es la de crear un consorcio compuesto por un mínimo de tres entidades con capacidad jurídica independiente. La presentación de una propuesta con posibilidades de éxito, requiere definir con qué tipo de socios vamos a trabajar para crearlo. Para ello, se tendrá en cuenta el papel que tendrá cada uno de los socios en el proyecto, su peso, la distribución geográfica y la distribución presupuestaria entre los miembros del consorcio y, por último, el valor añadido que su participación aportará al proyecto. Por tanto, antes de iniciar esa tarea de búsqueda de un socio, es necesario concretar la idea a reflejar en el proyecto y que, además de los objetivos, estén identificados los hitos, etapas, actividades y resultados principales del mismo, con el fin de que la entidad a la que se le ofrezca participar en el proyecto conozca tanto sus derechos como sus obligaciones. El compartir esta información con posibles socios puede generar el nacimiento de propuestas competidoras en el seno del consorcio, por ello se recomienda que se suscriba un acuerdo de confidencialidad con el fin de proteger tanto la idea como la información que compartan para desarrollar la misma. >>La presentación de una propuesta con posibilidades de éxito, requiere definir con qué tipo de socios vamos a trabajar para crearlo C. Una vez constituido el consorcio, el tercer paso será el de elaborar una propuesta. Para ello se empezará con la definición de un programa de trabajo que contemple las tareas y responsabilidades que asumirá cada socio en la fase de redacción de la propuesta. Hay que tener presente que, en este VII Programa Marco, el idioma de trabajo suele ser el inglés y, por lo tanto, es conveniente que la propuesta esté redactada en este idioma, que será también el idioma exigido a los evaluadores, facilitando su labor si la redacción de la propuesta se hace en esta lengua. No obstante, se permite que la propuesta se presente en cualquiera de las 23 lenguas oficiales de la UE, con un resumen del proyecto en lengua inglesa. La estructura de una propuesta se divide básicamente en dos partes: 1) Información administrativa y económica: la Comisión pone a disposición de los candidatos una serie de formularios en los que se proporcionará información general sobre la propuesta, una información básica sobre cada uno de los socios, así como un desglose del presupuesto por actividad y por socio. En esta parte se incluirá, además, un breve resumen del proyecto en inglés que refleje los objetivos y resultados esperados y las principales actividades a desarrollar, ya que ésta será la primera información que reciban y juzguen los evaluadores. 2) Información técnica del proyecto: En esta memoria técnica, se reflejarán las actividades que se pretenden llevar a cabo, las cuales se definirán en un plan de trabajo, divididas en paquetes que atenderán a objetivos comunes y resultados esperados, de forma que cada uno de estos paquetes deben dar lugar a algún resultado concreto del proyecto, ya sea intermedio o final. En esta fase, será vital atender a los criterios de evaluación de las propuestas publicadas en la Guía para candidatos y dar respuestas a todas las preguntas que se puedan plantear los evaluadores. D. Transcurrido el plazo de la convocatoria, las propuestas recibidas son evaluadas por una comisión de evaluadores independientes, especialistas en las materias incluidas en las convocatorias. Estos evaluadores juzgarán si las propuestas presentadas se adecuan a un conjunto de criterios definidos previamente en la Guía para Solicitantes. Los solicitantes, al redactar su propuesta, deben tener presente que los evaluadores siempre valorarán: a) la excelencia científica y tecnológica del proyecto y el nivel de innovación respecto a los objetivos del programa específico y las líneas de investigación definidas en la convocatoria; b) el impacto potencial que se alcanzará con el desarrollo y utilización de los resultados del mismo c) la calidad y eficiencia de la ejecución y gestión del proyecto. Para que una propuesta sea aprobada, será necesario que se alcance una puntuación mínima en cada criterio y, además, una puntuación mínima global. Una propuesta aprobada en la fase de evaluación no implica, necesariamente, que la Comisión se comprometa a financiar el proyecto, ya que esta decisión depende de las puntuaciones que hayan obtenido las otras propuestas presentadas a la convocatoria y del presupuesto disponible.

21 E. Por último, si la propuesta es aceptada, la Comisión Europea negocia con los miembros del consorcio los aspectos financieros y científico-técnicos del proyecto, culminando el proceso con la redacción de un acuerdo de subvención. Dicho acuerdo definirá los derechos y las obligaciones de los beneficiarios y de la Comunidad Europea. El siguiente diagrama de flujo resume los pasos descritos desde la presentación de propuestas hasta su aprobación definitiva: Desestimación de la propuesta NO NO envío ESR NO envío ESR Presentación de la propuesta Acuse de recibo Comprobación de elegibilidad Elegible? SI Evaluación individual Consenso Alcanza umbral? SI (*) Panel de evaluación y audiencias Clasificación por la Comisión (lista prioritaria y lista de reserva) Propuesta en lista prioritaria? SI envío ESR Negociación NO Éxito negociación? SI Decisión de financiación de la Comisión (Puede incluir consulta con el Comité del Programa si es necesario) Cuestiones éticas (*) En el caso de procesos de evaluación en dos fases, se invita a los coordinadores de las propuestas aprobadas en la primera fase, a presentar la propuesta completa a la segunda fase de evaluación. Fuente: VII PM. Guía para el participante, CDTI. Una vez suscriban el Acuerdo de Subvención, los miembros del consorcio deberán tener en cuenta una serie de cuestiones prácticas que le afectarán en el desarrollo del proyecto: a) El primer paso, será definir en la memoria científico-técnica del proyecto un modelo y unos órganos de gestión técnica y administrativa del mismo, así como una estructura de toma de decisiones dentro del consorcio. b) En el primer mes de funcionamiento del proyecto, se deberá organizar el kick-off-meeting o reunión de lanzamiento del proyecto, en donde los socios planifiquen de forma exhaustiva las actividades a desarrollar desde esa fecha hasta la próxima reunión de coordinación, delimitando tareas, responsabilidades y plazos internos. c) El consorcio, a través del coordinador, deberá presentar a la Comisión una serie de informes periódicos sobre la ejecución y desarrollo del proyecto. d) En el documento de Descripción del Trabajo, Anexo al Acuerdo de Subvención, la Comisión definirá una serie de productos, consistentes en resultados tangibles y concretos (prototipos, informes,..), que darán prueba del trabajo realizado y de su adecuación a los objetivos y resultados previstos. e) La Comisión suele llevar a cabo revisiones del progreso del proyecto con el fin de adecuarlo a los objetivos previstos. Estas revisiones, que generalmente se realizan cada 12 meses, permite a la Comisión decidir sobre si continúa o no financiando dicho proyecto. Además, tanto durante la ejecución del proyecto como una vez finalizado y por un plazo de 5 años, la Comisión puede realizar auditorias técnicas y financieras. f) Al finalizar el proyecto, el consorcio deberá presentar a la Comisión un Plan de Implementación Tecnológica que le permita realizar un seguimiento del uso y difusión de los resultados obtenidos. Quién tiene los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados de un proyecto subvencionado por este programa? La regla general es que los derechos de propiedad intelectual que se generen, por los conocimientos y resultados alcanzados en un proyecto subvencionado por este Programa Marco, pertenecerán a aquellos participantes de los cuales deriven, no a la Comisión Europea por ser la entidad cofinanciadora. Si el proyecto se realiza en beneficio de una PYME, será ésta la propietaria de los conocimientos y resultados, a menos que acuerde compartirlos con los agentes de I+D que generaron estos resultados. 21

22 LA PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA Y ANDALUCÍA EN EL PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LA UNIÓN EUROPEA El caso español es significativo: el sistema de I+D en nuestro país es muy pequeño, tanto en lo que respecta al porcentaje del PIB que se destina a esta política, como en número de investigadores. Sin embargo, el gradual incremento de los fondos públicos, está contribuyendo a modificar esta situación. Actualmente España es uno de los países con mayor tasa de crecimiento del gasto en I+D, ya que éste ha pasado de representar un 0,79% del PIB en 1995 al 1,20% en Este aumento ha sido aún más significativo en el sector empresarial, que en el año 2006 incrementó sus gastos en I+D en un 15,9% respecto al año anterior. En España, ninguna de las Comunidades Autónomas alcanza el promedio europeo marcado por la Estrategia de Lisboa pactada por los Estados miembros de la UE, que preveía dedicar el 1,9% del PIB a I+D en 2005 y situar este indicador en el 3% en ANDALUCÍA y prioridades de la política de investigación e innovación a medio plazo, y diseña los instrumentos que garantizan su consecución, introduciendo importante novedades. Ha pasado de ser un Plan basado en áreas temáticas a constituir un Plan construido a partir de de instrumentos de actuación que se desarrollan en Programas Operativos. Estos programas persiguen los objetivos estratégicos y operativos definidos en la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCYT). Además, el Plan prevé una participación mucho más activa de las Comunidades Autónomas, mejorando la coordinación y cooperación de las actividades de I+D entre la Administración General y las Comunidades Autónomas. Por otro lado, la Política Regional diseñada para el periodo destinará una gran cantidad de recursos a alcanzar los objetivos marcados en la Estrategia de Lisboa en materia de España desarrolla la Política de I+D a través del Plan I+D. Con tal fin, en diciembre de 2007, la Comisión Europea Nacional de Investigación Científica y Desarrollo e Innovación aprobó para España el Programa Operativo Multirregional Tecnológica Este Plan establece los objetivos Investigación, Desarrollo e Innovación por y para el beneficio de las empresas. Fondo Tecnológico Este Programa está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y destina las ayudas comunitarias a todas las regiones españolas incluidas en el marco de los objetivos de convergencia y de competitividad regional y empleo. El presupuesto total del programa es de aproximadamente millones de euros, de los que proceden de los fondos FEDER.

23 La participación de España en el VII PM se inicia con la presentación del Plan de Activación de la Participación Española en el Programa Marco, denominado Euroingenio, a principios del Está plan está dotado con 15,6 millones de euros para 2007 y ha sido considerado como la piedra angular para el arranque de la investigación española y para mejorar su posición en la Unión Europea. Con este Plan, se pretende alcanzar un volumen de retorno del 8%, cifra que supera algo de más de dos puntos porcentuales la obtenida por España en el VI PM (5,9%). Además, se tiene el objetivo de que el porcentaje destinado a la I+D alcance el 2% del PIB en el año Para España, el Programa Marco de I+D sigue constituyendo una de las principales fuentes de financiación de proyectos de I+D. Este hecho se muestra en la primera convocatoria de propuestas para participar en el VII Programa Marco en el año 2007, en la que España ha participado con propuestas, ocupando la sexta posición en el ranking de participación de la UE-27. El importe total solicitado en estos proyectos ha ascendido a 1.425,6 M. La tasa de éxito alcanzada con las propuestas presentadas ha sido del 17,3%, lo que ha significado un retorno de 237,9 millones de euros. Respecto a la distribución por Comunidades Autónomas, Madrid, Cataluña y el País Vasco presentan las tasas más altas de participación con éxito. Figura 1. Distribución de retornos del VI y VII PM por comunidades autónomas 40% 35% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% Madrid Cataluña Pais Vasco Andalucia Valencia Resto Fuente: Datos CE, CDTI (enero 2008) VI PM VII PM La distribución de retornos por tipo de entidad, está ilustrada en el siguiente gráfico: Figura 2. Distribución de retornos del VI y VII PM por tipo de entidad 40% 35% VI PM 30% VII PM 25% 20% 15% 10% 5% 0% Empresas Universidad CIT Asociaciones Otros OPIS CSIC Admon Fuente: Datos CE, CDTI (enero 2008) Poco a poco, tanto Europa como España, van alcanzando las cuotas previstas de inversión en I+D, y el número de científicos e investigadores aumentan año tras año. Sobre esta cuestión es necesario señalar que el porcentaje de población que trabaja en España en I+D está muy cerca de la media Europea, siendo el 9,1% (en UE-27 es el 10,1%), y existe una mayor proporción de investigadores respecto a la media de la UE, aunque en su mayoría trabajan en el sector público y sólo el 31,9% desarrollan su labor en el sector empresarial, frente al 48,3% de la media europea. Concretamente, la Comunidad Autónoma de Andalucía dedica en la actualidad el 0,89% de su PIB a la Investigación + Desarrollo, e intenta superar el déficit poniendo en marcha políticas y planes de apoyo a la investigación para reforzar los tres vértices del triángulo del conocimiento: educación, investigación e innovación. Para alcanzar tal fin, la Comunidad Autónoma andaluza se valdrá de una serie de instrumentos, como: la Ley Andaluza de la Ciencia y del Conocimiento 6, el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI), la Agencia Andaluza del Conocimiento, la Corporación Tecnológica de Andalucía, el nuevo modelo de financiación de las Universidades y los incentivos a la investigación de excelencia. 6. LEY 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento 23

24 INFORMACIÓN 11. PUNTOS DE INFORMACIÓN Y APOYO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS CORDIS: Toda la información y documentación necesaria para participar en el VII Programa. cordis.europa.eu/fp7/home.html y http: // erc.europa.eu FP7 Enquiry Service: Servicio de información general y consultas sobre VII Programa Marco. http//: ec.europa.eu/research/enquiries CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial): Representantes y Puntos Nacionales de Contacto de todas las áreas temáticas de Cooperación e Investigación en beneficio de las PYME del VII PM. SOST (Oficina Española de Ciencia y Tecnología en Bruselas): Apoyo y asesoramiento a la negociación de contratos. IPR-Helpdesk: Asistencia a participantes en proyectos de I+D financiados por la Unión Europea en materia de Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual. Red pymera: Apoyo integral para la presentación de propuestas y gestión de proyectos en cualquier tema del VII PM a las PYME. Servicio Europa I+D de la CRUE: Fomento de la participación de las Universidades en el Programa Marco de I+D de la UE en coordinación con las OTRI de las Universidades. idcrue.dit.upm.es 24

25 BIBLIOGRAFÍA 12. BIBLIOGRAFÍA El VII Programa Marco Folleto editado por la Comisión Europea Règles pour la soumission des propositions et les procédures connexes d evaluation, de sélection et d octroi, Comisión Europea Negotiation Guidance Notes, Comisión Europea, Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo e Innovación Tecnológica , Ministerio de Ciencia e Investigación. VII Programa Marco. Guía para el participante. Investigación y Desarrollo, en Noticias de interés, del 27 de marzo de 2008, Junta de Andalucía. María Zambonino Pulito, La incidencia del Derecho Comunitario en el Ordenamiento Jurídico español. Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica, en Noticias de la Unión Europea, Nº 267. Informe 2008 sobre Tecnología e Innovación en España, Fundación para la innovación tecnológico Cotec,

26 Este documento ha sido elaborado por el Centro de Documentación Europea de la Universidad de Sevilla, en el marco del Plan de Formación de los Empleados Públicos de Andalucía en Materia Comunitaria, FORMANUE, promovido por la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía a través de la Secretaría General de Acción Exterior, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo Diseño gráfico y maquetación: María Sabater Fotografía: Antonio Pérez Impresión: Escandón Impresores S.A.

27 27

28 Colaboran: Financiado por:

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