Propuestas de Política Familiar
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- Ángel Olivera Pinto
- hace 6 años
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1 Propuestas de Política Familiar Federación Madrileña de Familias Numerosas
2 PROPUESTAS DE POLÍTICA FAMILIAR DE LA FEDERACION MADRILEÑA DE FAMILIAS NUMEROSAS I.- CONSIDERACIONES GENERALES La Federación Madrileña de Familias Numerosas (FEDMA) es una entidad independiente, sin ánimo de lucro de asociaciones de familias numerosas de la Comunidad de Madrid. Agrupa actualmente a un conjunto de 22 asociaciones circunscritas a ésta Comunidad Autónoma, que luchan unidas para conseguir un mayor reconocimiento social y protección para estas familias. La FEDMA lleva la voz de las familias numerosas ante las administraciones públicas trasladando sus problemas, inquietudes y necesidades. En la actualidad son familias asociadas en posesión del carnet PLAN+FAMILIA que las acredita como pertenecientes a la Federación. Preocupada por defender los intereses de la familia en general, y de las familias numerosas en particular, ha elaborado una batería de medidas para que sean tenidas en cuenta por los distintos grupos parlamentarios a la hora de confeccionar sus respectivos programas electorales. La FEDMA defiende desde sus propuestas el establecimiento de la justicia social para con las familias con hijos y la libertad de los ciudadanos para elegir libremente el número de hijos que quieran tener. Del mismo modo, resalta el inmenso valor social que supone para cualquier sociedad el desarrollo de una política familiar enfocada a esta libertad, fomentando la conciliación laboral y la familiar, implicando de manera práctica a los agentes empresariales y poderes públicos en la conquista de esta necesidad social. Por ello propugna: 1. El derecho a la libertad de poder tener los hijos que se desee en el proyecto familiar escogido. 2. La no discriminación por razón del número de hijos. 3. La igualdad de oportunidades de los miembros de familias numerosas respecto el resto de ciudadanos. 4. El reconocimiento de la aportación de las familias con más hijos al progreso del país con la compensación solidaria de los costes. 5. La equiparación progresiva con las medidas de apoyo que reciben las familias con hijos del resto de países de la Unión Europea. Nuestras reivindicaciones las creemos debidas en justicia, no en la asistencia social, y están fundadas en el art. 39 de la Constitución, y en la consideración de la familia con hijos como pilar básico de la convivencia social, de acuerdo con la declaraciones internacionales más relevantes.
3 El art. 39 de la Constitución dispone, como principio rector de la política social y económica, que la protección social, económica y jurídica de la familia debe ser asegurada por los poderes públicos. La Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, en su art. 16.3, establece que "la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado". La Comisión de Desarrollo Social de la ONU, en su Reunión de Viena de 1989 añade: la familia es una institución fundamental de origen natural, que se distingue por su carácter unitario de amor y de vida, y que, al formar a sus miembros en la individualidad, constituye la primera escuela de relaciones sociales. Por todo ello, la Federación Madrileña de Familias Numerosas plantea las siguientes propuestas: II.- PROPUESTAS DE POLÍTICA FAMILIAR Revisión de los límites de renta en el acceso a prestaciones para evitar las discriminaciones de las familias numerosas en los límites de ingresos que se prevén en las ayudas a las familias (son tan bajos que la mayoría de familias numerosas son sistemáticamente excluidas), hacer una revisión de todas las prestaciones existentes estableciendo sólo dos situaciones posibles: universalidad o límite de renta per capita. Prestación universal por hijo a cargo, para todas las familias, sin límite de renta. VIVIENDA Hacer obligatoria y no meramente facultativa, la construcción de V.P.O. de hasta 120 metros, para familias numerosas, en el cupo o porcentaje que señale la Administración competente, y ampliar a 150 m2 el límite para las VPO destinadas a familias numerosas. Reserva de un cupo obligatorio de viviendas de tamaño superior (120 m2) en todas las promociones de viviendas de protección oficial, públicas o privadas, destinadas a familias numerosas. Favorecer la promoción de vivienda para Cooperativas de Familias Numerosas. Facilitar el cambio a otra vivienda protegida de mayor superficie cuando se produzca una ampliación del número de miembros de la familia numerosa.
4 Favorecer mediante créditos blandos o bonificaciones en el interés de los préstamos para la adquisición de viviendas para familias numerosas y destinar ayudas públicas a familias numerosas para alquiler de vivienda. FISCALIDAD, PRESTACIONES Y PRECIOS PÚBLICOS Aumento de las deducciones por hijo, en un 20% el primer y segundo hijo y en un 50% a partir del tercero y sucesivos, que son los que garantizarán el relevo generacional, con una actualización anual mínima equivalente al IPC. Mejorar la progresividad en la reducción de las retenciones en el IRPF en función del número de hijos que tenga la familia. Establecer bonificaciones fiscales o subvenciones para las familias numerosas por la compra de un vehículo. La adaptación a la normativa europea sobre sistemas de retención infantil y asientos homologados para niños con el objeto de asegurar la protección familiar, incide en la necesidad de adquirir vehículos de gran tamaño a precios elevados y mayor fiscalidad. Establecer bonificaciones en el IVTM, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para familias numerosas y bonificaciones en el impuesto de matriculación y circulación. El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales permite establecer bonificaciones y exenciones en determinados supuestos; sin embargo no contempla la posibilidad de establecer bonificaciones para familias numerosas en el IVTM. En la mayoría de los casos estas familias se ven en la necesidad de disponer de uno o más vehículos y con mayor capacidad de transporte (monovolúmenes) para el traslado de sus hijos, por lo que el impuesto que se les cobra es superior en función de la potencia del vehículo y su incidencia en el medio ambiente. Restablecimiento y aumento de las deducciones fiscales por compra de vivienda, construcción o ampliación de vivienda habitual. Promover deducciones fiscales por alquiler de vivienda para familias numerosas. Pacto de estado que fije una bonificación mínima del 40% en el IBI para familias numerosas. Actualmente, la Ley Reguladora de Haciendas Locales permite establecer una bonificación del 90% en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) El conjunto de ayudas a las familias con hijos deben situarse en términos equivalentes a la media de la EU-15, es decir, por encima del 2 por ciento del PIB.
5 Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para aquellos trabajadores con hijos menores de 18 años, en proporción al número de hijos de la unidad familiar. Restablecer la cuantía de 500 euros para los hijos menores de 5 años y no limitar la prestación por hijo a cargo a 291 euros actuales que afecta a aquellas familias con hijos acogidos a cargo menores de 18 años y con un límite de renta de euros por hijo menor acogido a cargo y euros en el caso de familias numerosas, con tres hijos a cargo. Estos límites de renta excluyen prácticamente a la mayoría del colectivo de poder acogerse a esta prestación. El decreto Ley de 20 de mayo ( art. 7 RDL 8/2010, de 20 de mayo de 2010) redujo casi a la mitad este reconocimiento para las familias con hijos menores de 5 años a cargo. Universalización de la paga de los 100 euros, para que llegue a todas las madres con hijos de 0 a 3 años. Prestación por nacimiento del tercer hijo, universal y directa, igual que la que existe por parto múltiple. El nacimiento del tercer hijo, que ayudará a compensar la pirámide de población, debería ser considerado y compensado económicamente por el Estado. Hay que equiparar las prestaciones económicas directas a las familias con hijos que existen con carácter universal con las de los países europeos (la media a la UE es de 150 euros mensuales por hijo): estableciendo una gradación según el rango del hijo. Pensar, como hace Francia, en que la prestación empiece a partir del segundo hijo. Poner el límite de edad para recibir la prestación hasta los 18 años y sin límite de renta de la unidad familiar. Ampliación de la aplicación del bono social para familias numerosas en las tarifas eléctricas más allá de Adopción de medidas de protección del colectivo para la adaptación a la directiva europea 2009/72/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de Consideración de consumidores vulnerables a aquellos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del artículo 2 y de la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 6/2009 de 30 de abril; es decir, los consumidores actuales que tienen derecho a acogerse al bono social. Eliminación definitiva del recargo por exceso de consumo en la tarifa eléctrica para familias numerosas (actualmente se aplica en el bono social un recargo en el caso de que el consumo mensual exceda de 500 kw, que afecta directamente a las familias numerosas). Las familias numerosas por necesidad exceden, por lo general, de este consumo, y se les penaliza en consecuencia en su recibo de la luz. Ponderación de la factura del agua según el consumo producido y el número de miembros de la unidad familiar. Modificar la Ley Reguladora de Haciendas Locales para que se respete el principio de igualdad en la regulación de las tasas por prestación de suministros básicos evitando que, ante un mismo consumo per cápita, paguen más o sufran peor trato las familias numerosas que las personas que viven solas. El precio debería estipularse según los miembros
6 residentes en la unidad familiar; es decir, según criterios de consumo per cápita y no tarificado por tramos de consumo, ya que en este caso, penaliza a las familias numerosas, que lógicamente, por necesidades familiares, consumen una mayor cantidad de agua. EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Excedencia de 6 meses remunerada con un 60% del salario a partir del tercer hijo. La actual legislación ampara a los padres y a las madres para poder acogerse al período de excedencia por un período no superior a 3 años para atender los cuidados de cada hijo, con reserva del puesto de trabajo de 15 ó 18 meses de excedencia, según la categoría de la familia numerosa. No obstante, este permiso no está remunerado, lo que en la práctica equivale a no tener nada, porque muy pocas familias pueden prescindir de un salario durante meses. Ampliación de la baja de maternidad, hasta 6 meses, al menos a partir del tercer hijo, y en general apoyo a la maternidad, como un bien social fundamental, para que ninguna mujer vea limitado su derecho a ser madre por razones económicas, sociales y laborales. Ampliar la reducción de la jornada laboral para el cuidado de los hijos menores de 12 años, en el caso de padres de familia numerosa. Actualmente la ley establece la reducción para cuidar a los hijos menores de 8 años. Ampliar la edad hasta los 12 años, permitiría fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar para prestar una mayor atención y cuidado de los hijos menores de esta edad. Contribuiría a impulsar el empleo a tiempo parcial y crearía oportunidades de trabajo a terceros, incrementando la cotización para asegurar el sostenimiento del sistema de pensiones. Mejorar la relación de los horarios de los servicios públicos, de manera especial en las escuelas, con la jornada laboral. Mantenimiento de la posibilidad de jornada laboral reducida para el cuidado de los hijos, en el caso de padres de familia numerosa, más allá del límite actual de los ocho años y ampliar las posibilidades de reducción de la jornada de trabajo, en función del número de hijos, al igual que los permisos de paternidad y maternidad y las excedencias para cuidado de hijos con reserva del puesto de trabajo. Incentivar la contratación laboral de miembros de familias numerosas. Bonificar las empresas que lo promuevan con desgravaciones fiscales o bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Incorporar una bonificación del 50% de la cuota empresarial de la Seguridad Social para las empresas que contraten por tiempo indefinido a padres con hijos menores de seis años, y una bonificación del 25%, cuando el hijo tenga entre seis y doce años.
7 PROYECCIÓN INSTITUCIONAL Ley de Familias Numerosas, aplicarla con efectividad práctica por todas las Administraciones mediante el desarrollo de un Estatuto de Familia o Plan Nacional de apoyo a la Familia que complemente la Ley de Familias Numerosas. Mantenimiento de la condición de familia numerosa, hasta que el último de los hijos cumpla el límite de edad establecido por la ley y ampliación de éste (21 años o 25 si están estudiando), para que se corresponda con la realidad actual de los hogares españoles. Según el último estudio de La Caixa sobre "Individualización y solidaridad familiar", un 67% de los jóvenes entre 18 y 29 años sigue viviendo en casa con sus padres. Además, dada la tasa de desempleo juvenil en España (48,61%), muchos de los jóvenes siguen dependiendo económicamente de sus padres. Por tanto, la pérdida de la condición de familia numerosa cuando los hijos mayores han cumplido el límite de edad establecido por ley, perjudica a los hijos menores, que no pueden disfrutar de los beneficios que sí tuvieron sus hermanos mayores (por ejemplo, becas, ayudas al transporte, etc) y, por ende, al conjunto de la unidad familiar, que pierde todos los beneficios reconocidos cuando ostentaba la condición de familia numerosa. Creación de un Observatorio de la Familia. Este órgano debe permitir realizar estudios exhaustivos sobre la realidad de las familias, fundamentales para un buen diseño y seguimiento de las políticas familiares, y dar mayor participación a las entidades sociales. Establecimiento de un Informe o Análisis de Impacto Familiar en el proceso de aprobación de las políticas públicas que afecten la familia (sociales, educativas, de vivienda, laborales, etc.), análogo al que ya existe de Impacto Medioambiental. Acceso a todas las prestaciones y bonificaciones a través de un carnet único. Que facilitara a las familias el acceso a las prestaciones y bonificaciones, reduciendo costes a la administración. En los medios públicos de comunicación, velar por la imagen de la familia y la maternidad. Realizar campañas institucionales de valoración social de las funciones de la familia, de la maternidad y paternidad, de las responsabilidades de todos los miembros de las familias en la atención y cuidado del hogar, y de fomento de la conciliación entre trabajo y familia. EDUCACIÓN
8 Establecimiento del cheque escolar como medio para garantizar la libertad de los padres a la hora de elegir la educación de sus hijos acorde con sus preferencias. Establecer en el sistema de de préstamo de libros el baremo renta per cápita, para que todos los que podían acceder a las becas y ayudas anteriores, puedan estar también incluidos en este sistema de préstamo (familias con renta baja, familias víctimas del terrorismo y familias numerosas). Promoción de programas públicos de información, asesoramiento y ayuda a las familias con hijos, análogos a los existentes para los jóvenes. SANIDAD Establecer en el copago sanitario la exención en el pago para familias numerosas, tal como anunció el Ministerio, o en su defecto, el criterio de renta per cápita familiar, para que la distribución del gasto farmacéutico no sea discriminatorio con las familias numerosas, que es precisamente uno de los colectivos que aporta mayor número de cotizantes al sistema de la Seguridad Social, para mantener el Estado del Bienestar y uno de los más vulnerables, según el último informe de UNICEF , y con mayores riesgos de exclusión social. Financiación de los medicamentos de uso pediátrico: que cubra la Seguridad Social a los menores de 15 años que sean hijos de familias numerosas o familias con algún miembro con discapacidad. Revisar la lista de medicamentos de la Seguridad Social: se han retirado el 35% de los medicamentos de uso pediátrico que cubría la Seguridad Social. Los medicamentos infantiles no se cubren en su mayoría. TRANSPORTE Reforzar la aplicación de la Ley de Familias Numerosas en los Transportes, aplicándose los descuentos previstos en todos los billetes de metro y autobús, en todos los puntos de venta. Adaptación de vagones con espacios reservados para carritos de niño y sillas de ruedas en los transportes urbanos (bus y metro) y en los trenes de cercanías, larga y media distancia. ANEXO FAMILIAS NUMEROSAS Y POLÍTICA FAMILIAR
9 En España hay familias con 3 ó más hijos, ( residen en la Comunidad de Madrid), más de tienen la consideración legal de familia numerosa; el resto no, ya que la edad de alguno de los hijos supera el límite establecido por la Ley de Familias Numerosas (21 años o 25 si está estudiando). La familia numerosa es un colectivo especialmente importante en España, debido al grave problema de población que este país tiene. Con uno de los índices de natalidad más bajos de la Unión Europea (1,46 hijos por mujer, frente al 2,1 necesario para el relevo generacional), España presenta un importante desequilibrio poblacional, motivado también por una baja tasa de mortalidad, que le conduce hacia un serio problema de envejecimiento de población. España será en unos años un país envejecido lo que, indudablemente, lastrará cualquier expectativa de desarrollo. La propia ONU vaticina que de seguir así en el año 2050 España será el segundo país más viejo del mundo (el primero será Japón). La familia es la institución mejor valorada por los españoles. Sin embargo, este reconocimiento social se traduce en un escaso apoyo real por parte de las administraciones, que le dedican pocos recursos económicos a este capítulo. España es uno de los países europeos que menos gasto social destina a la familia. Por otra parte, España es uno de los pocos países de Europa donde no existe una prestación universal por hijo a cargo. En nuestro país, existe una prestación por hijo de 24 euros al mes para hijos mayores de 3 años y menores de 18 y de 41 para hijos menores de 3 años, pero se concede sólo a aquellas familias que no superan un nivel de renta muy bajo ( ), lo que le confiere un carácter puramente asistencial. En el caso de una familia numerosa de 3 hijos, la renta anual no puede ser superior a Más del 90 % de las familias no puede acceder a esta prestación porque superan este nivel de ingresos. Las familias numerosas forman un colectivo muy heterogéneo, cuyo denominador común es el hecho de tener más de 2 hijos. Lo cierto es que todas comparten elevados gastos y necesidades de espacio, aspectos en los que el Estado debe compensarlas en contraprestación a la importante función social que desempeñan. Las familias numerosas aportan capital humano, básico para el desarrollo económico y social de cualquier Estado y, en un país como España, con un índice de natalidad tan bajo, consiguen equilibrar la pirámide poblacional y garantizar la reposición de la población, a la vez que nutren al sistema económico de la población activa necesaria para mantener la productividad y generar riqueza y progreso. Es necesario, por lo expuesto, un incremento del gasto público en familia, hasta equipararla a la media europea, para que las familias españolas dejen de estar desprotegidas frente a las europeas. Actualmente España, junto con Portugal e Italia, es uno de los países de la UE-15 que menos dinero dedica a la familia, un 1,2 % de su PIB frente al 2,1 de la media europea. QUÉ OFRECE LA FEDMA A LAS FAMILIAS NUMEROSAS?
10 La labor de la Federación Madrileña de Familias Numerosas ( es conseguir para estas familias el reconocimiento social y económico que les corresponde por su especial contribución a la sociedad y, en consecuencia, otorgarles facilidades en el acceso a bienes y servicios, tanto públicos como privados. Información A través de su red de asociaciones, la FEDMA informa a las familias de los derechos que le corresponden en materia pública (agua, impuestos, transporte, IBI, Seguridad Social, etc.) y les indican cómo acceder a ellos. Las Asociaciones integradas en la FEDMA disponen de diversos servicios de asesoramiento y apoyo en cuestiones de mediación familiar, educación de los hijos y formación de los padres. También se organizan congresos, jornadas y seminarios para generar información y conocimiento sobre la realidad de las familias numerosas y sensibilizar a la sociedad y los poderes públicos. Acuerdos con empresas Paralelamente, la FEDMA negocia con empresas y grupos empresariales de todos los sectores, para conseguir beneficios y ventajas para las familias numerosas. Actualmente la FEDMA ofrece a las familias diferentes beneficios dentro de lo que se denomina Plan +Familia, una iniciativa que puso en marcha en el año 2003 y en la que participan importantes empresas de los sectores financiero, de seguros, coches, telefonía móvil, cines, hoteles, universidades privadas, parques de atracciones, etc. El Plan +Familia pretende apoyar económica y socialmente a las familias numerosas, y cubrir con la iniciativa privada, la falta de apoyo que tienen estas familias por parte de los poderes públicos, que dedican escasos recursos a protegerlas. Para beneficiarse de las ventajas del Plan +Familia sólo es necesario ser familia numerosa y hacerse socio de una Asociación de Familias Numerosas integrada en la FEDMA. Un carné emitido por la FEDMA permite a la familia acceder a importantes descuentos y facilidades de empresas como BBVA, Movistar, Parques Reunidos, Kía, etc.
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