EN CICLOS FORMATIVOS CURRICULO DE CICLOS FORMATIVOS

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1 EN CICLOS FORMATIVOS CURRICULO DE CICLOS FORMATIVOS 1

2 PROYECTO CURRICULAR DE CICLOS FORMATIVOS ÍNDICE 1. Introducción. 2. La formación profesional específica y el I.E.S. San Juan Bosco 3. Adecuación de los objetivos generales de la F.P.E. al contexto socioeconómico y cultural del instituto y a las características de los alumnos 4. Oferta educativa del centro. Su ubicación en los niveles de formación profesional 5. Características del alumnado 6. Decisiones de carácter general sobre metodología didáctica 7. Criterios generales sobre evaluación de los aprendizajes y promoción de los alumnos 8. Periodo de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. 9. Número de convocatorias, anulación de matrícula, renuncia a la convocatoria y reclamación de calificaciones 10. Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza y la práctica docente de los profesores 11. Criterios y procedimientos para organizar la atención a la diversidad de los alumnos de Formación Profesional Específica 12. Las programaciones de los departamentos 2

3 1. INTRODUCCIÓN La LOE y la Formación Profesional. Hasta el año en el que aparece la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), la Formación Profesional Reglada, está regulada por la Ley General de Educación de (L. G. E.), estructurada en dos ciclos largos, el Primer Grado con dos cursos académicos y el Segundo Grado con tres cursos académicos, contemplando la misma tres vertientes formativas: formación general, formación profesional básica y formación profesional específica. Esta oferta formativa se configuró como vía alternativa a la general del Bachillerato y C. O. U, anterior a los estudios universitarios y estaba articulada de forma distinta y singular en: centros, planes de estudio, equipamientos y hasta el propio profesorado. Con el modelo contenido en la LOGSE se producen cambios sustanciales en la estructuración y ordenación de la Formación Profesional Reglada. En primer lugar se conciben comunes para todos los alumnos, y se integran en el tronco común de las enseñanzas secundarias, impartidas en un único tipo de centros y con una misma tipología del profesorado, las dimensiones relativas a la formación general y a la formación profesional básica. En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, se singulariza únicamente la dimensión relativa a la formación profesional específica, estructurándose ésta en ciclos cortos 1400 horas y ciclos largos de 2000 horas, flexibles y organizados modularmente. En tercer lugar, la LOGSE establece -por primera vez en el ordenamiento de la Formación Profesional Reglada- la obligatoriedad de un periodo de formación en centros de trabajo (módulo de FCT). En cuarto lugar, la LOGSE concibe el diseño y planificación de la Formación Profesional Reglada de manera participativa entre administraciones educativas y agentes sociales, para conseguir una formación concertada. Finalmente la Formación Profesional Reglada definida por la LOGSE se ordena y estructura a través de: - La Formación Profesional Básica (F. P. B.): conjunto de conocimientos, aptitudes y capacidades básicas, relacionadas con un conjunto amplio de profesiones, que están incluidos en la Enseñanza Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato. - La formación Profesional Específica (F. P. E.): conjunto de conocimientos, habilidades, capacidades, destrezas y actitudes, (establecidas en los propios proyectos curriculares de 3

4 los Ciclos Formativos), particularmente vinculados a una determinada competencia profesional, que culmina la preparación para el ejercicio profesional. La nueva LEY ORGANICA, 2/2006, de 3 de Mayo, de EDUCACIÓN, en su CAPITULO V hace referencia a la formación profesional, la regulación contenida en esta Ley se refiere a la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo. Los ciclos formativos serán de grado medio y grado superior, estarán referidos al Catálogo Nacional de cualificaciones, cuyo currículo de estas enseñanzas se ajustará a las exigencias derivadas del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Los estudios de Formación Profesional regulados por esta Ley podrán realizarse tanto en los centros educativos que en ella se regulan como en los centros integrados y de referencia nacional a los que se refiere el articulo 11 de la LEY ORGANICA 5/2002, de 19 de Junio, de las cualificaciones y de la Formación Profesional. La nueva ordenación general de la formación profesional del sistema educativo regulada por REAL DECRETO 1538/2006, de 15 de Diciembre establece: títulos, ciclos formativos, módulos 2. La formación profesional específica y el I.E.S. San Juan Bosco profesionales, evaluación, acceso, enseñanza de formación para personas adultas, enseñanzas de formación profesional a distancia, convalidaciones, etc. Una de las novedades de este Real Decreto en su capitulo ll, articulo 12, es la incorporación en los ciclos formativos de grado superior el módulo profesional de proyecto que es necesario su superación para la obtención del titulo y se evaluara una vez cursado el módulo profesional de centros de trabajo. En el curso 1998 / 99 el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca se incorpora a la reforma, ofertando en dicho curso las enseñanzas correspondientes al SEGUNDO CICLO DE LA E.S.O. y LA FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA, con un Ciclo Formativo de Grado Superior de Curtido (CFGS) y un Ciclo Formativo de Grado Medio de Cuidados Auxiliares de Enfermería (CFGM). 3. Adecuación de los objetivos generales de la F.P.E. al contexto socioeconómico y cultural del instituto y a las características de los alumnos Para tal fin, se hizo imprescindible disponer de un documento que contuviese el PROYECTO CURRICULAR DE CICLOS FORMATIVOS (F.P.E.), donde se recogiesen las líneas de actuación, con las directrices y decisiones generales que son aplicables a toda la Formación Profesional Específica. Por tanto, el Proyecto Curricular de Ciclos Formativos, tiene como objetivo fundamental garantizar una actuación coherente, coordinada y progresiva a lo largo de la F.P.E., que favorezca al máximo el desarrollo de los alumnos, en cuanto a la adquisición de capacidades y competencias 4

5 de cada Ciclo Formativo, Perfil y Especialidad. Todo esto requiere que las distintas actuaciones formativas que incidan sobre ellos, vayan orientadas en una misma dirección para garantizar su eficacia y el equilibrio personal de los alumnos. Objetivos generales de la F.P.E. La Formación Profesional dentro del ámbito educativo previsto en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de educación (LOE), art.39, tiene por finalidad preparar a los alumnos y alumnas para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática. Para lograr esta finalidad se formulan los siguientes objetivos fundamentales: Desarrollar la competencia general correspondiente a la/s cualificación/es objeto de los estudios realizados. Comprender la organización y las características del sector productivo correspondiente, así como los mecanismos de inserción profesional; conocer la legislación laboral y los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales. Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas. Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo. Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social. Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales. Resumiendo, la formación profesional deberá capacitar para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. La Ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio de las Cualifaciones y de la Formación Profesional recoge que la Constitución en su art. 40 exige de los poderes públicos el fomento de la formación y readaptación profesionales para hacer realidad el derecho al trabajo, la libre elección de profesión u oficio o la promoción a través del trabajo. La Unión Europea postula estrategias para el empleo orientadas especialmente hacia la obtención de una población activa cualificada y apta para la movilidad y libre circulación que se adapte al actual panorama de de GLOBALIZACION de los mercados y al continuo avance de la información. 5

6 Contexto socioeconómico y cultural del instituto. El contexto socioeconómico y cultural de Instituto queda definido en el Capitulo I del Proyecto Educativo del Centro La planificación de la oferta de F.P. en el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca debe permitir hacer realidad, con las garantías de calidad exigibles, el sistema de Formación Profesional. Para ello debemos actuar en las siguientes direcciones: 1. Adaptando la oferta de nuestro Centro a la realidad del sistema productivo del territorio socioeconómico de nuestra comarca, teniendo en cuenta: - La evolución de los distintos sectores productivos y de servicios de la comarca, relacionados anteriormente. - Incentivar el espíritu emprendedor de los jóvenes que les ayude a crear su propio puesto de trabajo, y en lo posible una pequeña empresa. - La evolución industrial de Lorca, que ha evidenciado un impulso en los últimos años, con la creación de nuevas, medianas y pequeñas industrias, mediante la inversión privada, creándose de varios Polígonos Industriales muy importantes, uno al Sur de la ciudad con dirección a Puerto Lumbreras, otro al Norte en la Ctra. de Caravaca, y un tercero en la diputación de la Hoya, entre otros más pequeños. También cabe mencionar la iniciativa Turística de Lorca Taller del Tiempo. 2. Favoreciendo el acceso de colectivos no procedentes del sistema escolar a esta oferta formativa. 3. Promoviendo la dotación adecuada de recursos humanos y materiales y su adaptación a los nuevos requerimientos. En la sociedad actual, es muy posible que el trabajador tenga que cambiar de trabajo varias veces a lo largo de su vida laboral, debido entre otras causas a las nuevas técnicas e innovaciones tecnológicas, a los continuos cambios del sector productivo y a la flexibilidad laboral. El trabajador preparado o con capacidad para adaptarse fácilmente a los cambios, conserva o encuentra el puesto de trabajo a través de un proceso de reciclaje o reconversión. Como respuesta, el I.E.S. San Juan Bosco pretende dar formación polivalente al trabajador dentro de cada profesión, de manera que le permita adaptarse a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de su vida, capacitándole para evolucionar dentro del proceso de autoformación permanente. Atenderá las demandas de cualificación del sistema productivo del entorno industrial de la comarca, manteniendo un flujo de información continuo empresa-profesor, reciclando al profesorado en la empresa, en caso necesario, y reciclando al operario que necesite una nueva ubicación dentro de la propia empresa. Por todo ello, el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca, consciente de la especialización necesaria de la mano de obra, que conduzca a la mejora de la competitividad de nuestra industria y a una mayor diversificación, puede aportar una colaboración muy importante en esta parcela, ya que dispone de una oferta educativa en Formación Profesional, adecuada a las necesidades y expectativas, con la consiguiente colaboración de las empresas del entorno, en la formación de los alumnos que finalizan sus estudios en nuestro Centro. 6

7 Dentro de la tipología de centros diseñada por Consejería de Educación y Cultura el IES San Juan 4. Oferta educativa del centro. Su ubicación en los niveles de formación profesional Bosco se encuentra definido en la red de Secundaria para impartir enseñanzas de Educación Secundaria, tanto Secundaria Obligatoria como Bachillerato y Formación Profesional Específica. Así mismo, dentro de las categorías de centros donde se implante Formación Profesional Específica, el I.E.S. San Juan Bosco, está dentro de aquellos centros que disponen de una propuesta importante de F.P.E., es decir de los que ofertan un número de Ciclos Formativos y de familias profesionales suficientemente amplio y por tanto identificado con la formación profesional de la Región. La oferta educativa del I.E.S. San Juan Bosco de Lorca contempla tal categoría de Centro de F.P.E. de referencia, comprendiendo los siguientes niveles educativos: Formación Profesional Específica. Los ciclos formativos que se oferta en el Centro son: * CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Mecanizado. (Fabricación Mecánica). Instalaciones eléctricas y automáticas. (Electricidad y Electrónica). Electromecánica de vehículos. (Mant. Vehíc. Autoprop.). Carrocería (Mant. Vehíc. Autoprop.). Sistemas microinformáticos y redes (Informática). Atención Sociosanitária (S. Sociocul. y a la Com.). 7

8 * CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR: Automoción (Mant. Vehíc. Autoprop.). Sistemas de Regulación y Control Automáticos. (Electricidad y Electrónica.) Sistemas de telecomunicaciones e Informáticos (Electricidad y Electrónica.) Administración de Sistemas Informáticos. LOGSE (Informática) Administración de Sistemas Informáticos en Red. LOE_ (Informática) Educación Infantil (S. Sociocul. y a la Com.) Integración Social (S. Sociocul. y a la Com.) Prevención de Riesgos Profesionales (Mant. Serv. a Prod) Estudios de E.S.O. En este curso 2006 / 2007 se imparten enseñanzas correspondientes a la E.S.O. (de 1º a 4º), donde se cuenta con seis grupos de primero, cinco grupos de segundos, seis grupos del tercer curso,y cuatro grupos del cuarto curso, un grupo de diversificación de tercero y dos de cuarto. Aunque no existe una adscripción rigurosa de colegios el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca, se nutre principalmente de alumnos que provienen de los siguientes centros de primaria: C. P. Pérez de Hita, C.P. Andrés García Soler, C. P. El Campillo, C. P. La Torrecilla, C.C. Petra González, C.P. Alfonso X El Sabio, C.P. Sagrado Corazón, siendo actualmente la Comisión de Escolarización de Lorca, la que distribuye los alumnos a los institutos. La formación Profesional de Base deberá estar asegurada en la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.) por áreas relacionadas con los sustratos científicos, técnicos y aptitudinales de las profesiones. Particularmente para un gran número de profesiones por el área de Tecnología y por los contenidos de optatividad que se ofrecen al alumnado, lo que permitirá el acceso a conocimientos relacionados con multitud de campos profesionales. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior las Optativas de Iniciación Profesional que se ofertan en el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca, tanto para 3º como para 4º de la E.S.O. son : - Iniciación Profesional Sanitaria. - Iniciación Profesional de Textil, Confección y Piel. - Iniciación Profesional de Electricidad. - Iniciación Profesional de Informática. - Iniciación Profesional de Fabricación Mecánica. Debe ser a partir de esa oferta multidisciplinar en la Educación Secundaria Obligatoria, que en el caso del I.E.S. San Juan Bosco de Lorca es lo suficientemente amplia, donde se configure la correspondiente a los Ciclos Formativos de grado medio. Actualmente, los Ciclos Formativos que oferta el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca se relacionan perfectamente con el tejido productivo de la zona donde se ubica el Centro, y por otra parte, se da la ligazón suficiente entre los perfiles 8

9 ofrecidos con las áreas troncales de la E.S.O. y con el espacio de optatividad que contempla esta correspondencia. 5. Características del alumnado Bachillerato. Se cuenta en la actualidad con las siguientes modalidades: - Ciencias y Tecnología. - Humanidades y Ciencias Sociales. Programas de Cualificación Profesional Inicial Operaciones Auxiliares de Instalaciones Electrotécnicas y de comunicación. Operaciones de Cortinaje y Complementos de Decoración. Servicios Auxiliares de Cocina. Operaciones Auxiliares de Servicios Modalidad Especial. Los programas de Cualificación Profesional Inicial están vinculados a las materias optativas de la E.S.O. y relacionados con las posibles adaptaciones curriculares que se realicen en esta etapa y guardando correspondencia con los Ciclos Formativos de grado medio. Teniendo en cuenta la ordenación general del sistema educativo establecida y la ubicación de las enseñanzas de formación profesional, tanto en su grado medio como en su grado superior, los posibles demandantes de este tipo de enseñanzas podrán tener las siguientes procedencias: * Grado medio: Graduados en Enseñanza Secundaria escolarizados en el año que se considera. Alumnos procedentes de la Formación Profesional reglada de primer grado (Técnicos auxiliares). Alumnos que abandonan los estudios de Bachillerato (con segundo de BUP completo como mínimo). 9

10 Alumnos procedentes de programas de cualificación profesional inicial (con 17 años cumplidos mediante prueba de acceso). Trabajadores mayores de 17 años que superan la prueba de acceso. Otros titulados con acceso establecido por la ley. * Grado superior: Titulados de bachillerato escolarizados en el mismo año considerado. Alumnos procedentes de la F. P. 2, en posesión del título de Técnico Especialista, o equivalente a efectos académicos. 6. Decisiones de carácter general sobre metodología didáctica Alumnos que han superado el COU o Preuniversitario. Alumnos con estudios universitarios parciales. Alumnos con estudios universitarios terminados. Otros titulados con acceso establecido. Alumnos con 19 años mediante prueba de acceso o 18 años si tiene el título de Técnico de Grado Medio Los alumnos que cursan la Formación Profesional Específica en el I.E.S. San Juan Bosco de Lorca hasta el momento, responden al siguiente perfil: a) Ciclos Formativos de Grado Medio: Alumnos que han tenido una trayectoria de fracaso en algunos o varios cursos durante la secundaría obligatoria, alumnos de prueba de acceso que siguieron un programa de iniciación profesional o cualificación profesional inicial, alumnos que intentaron el bachillerato y no les fue bien (unos tres o cuatro por grupo), alumnos con secundaría terminada (son la mayoría) y alumnos no cualificados que vuelven del mundo laboral. Suelen venir de Lorca ciudad mayoritariamente y seguido por orden de importancia Águilas, Puerto-Lumbreras, Totana, Mazarrón, y pueblos limítrofes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La edad de acceso suele ser de 16 a 17 años b) Ciclos Formativos de Grado Superior: Alumnos de bachillerato, que son la gran mayoría, alumnos de formación profesional (L.G.E.) (incluidos los que vienen del mundo laboral, con estos estudios a fin de reciclarse), alumnos de la universidad con titulación o sin ella, dos a tres por curso, para incorporarse al mundo del trabajo, algún alumno que supera la prueba de acceso. Lo normal en cuanto a edad de acceso suele estar entre 18 a 20 años. 10

11 Atendiendo al artículo 18.4 del Real Decreto 1538/2006, 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, la metodología didáctica de las enseñanzas de formación profesional integrará los aspectos científicos, tecnológicos y organizativos que en cada caso correspondan, con el fin de que el alumnado adquiera una visión global de los procesos productivos propios de la actividad profesional correspondiente. Así, el profesorado, en su actuación didáctica, tomará una serie de decisiones sobre tres aspectos determinantes: planteamiento metodológico, estrategias de enseñanza y actividades de aprendizaje. Todas ellas encaminadas a promover en el alumno, mediante la necesaria integración de los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos de esta enseñanza una visión global y coordinada de los procesos productivos en los que debe intervenir. La enseñanza en la Formación Profesional, ha de ser fundamentalmente de carácter teóricopráctico, lo que implicará que el docente, aún sin abandonar del todo su papel de transmisor, debe ser, sobre todo, un organizador del proceso de aprendizaje, de forma que el alumno/a pueda adquirir conocimientos teóricos y procedimentales de forma significativa y adaptada al contexto sociolaboral donde va a desempeñar sus funciones como técnico. Para ello, el profesor podrá utilizar diversos métodos de aprendizaje (inductivo, deductivo, constructivo, etc.) a fin de ofrecer la ayuda pedagógica que el alumno necesite, la adaptación a las capacidades terminales y a los contenidos propuestos. El profesor debe proporcionar las experiencias adecuadas, diseñar y seleccionar actividades y crear situaciones que faciliten el proceso de aprendizaje de los alumnos. En todo caso la metodología a emplear atenderá a la diversidad del alumnado. Para ello cada departamento adaptará las programaciones de sus módulos con objeto de que todo alumno cumpla con los objetivos generales del Título. Actividades. La planificación de las actividades del proceso de enseñanza-aprendizaje, en cuanto a su selección, organización y secuencia en cada Unidad de Trabajo, constituye un elemento esencial en la elaboración y desarrollo del currículo del Módulo Profesional. Puesto que el objetivo es facilitar el aprendizaje de los alumnos para alcanzar las capacidades terminales de cada módulo, deberemos programar actividades que sirvan para adquirir la competencia profesional del Ciclo, ya que esas son las capacidades que pretendemos alcanzar en la nueva Formación Profesional. 1. Estas actividades de formación no deben ser aisladas, sino que deben relacionarse con situaciones de trabajo. En este sentido hemos de tener en cuenta que las actuales tendencias de cambio en las competencias profesionales se muestran, entre otros factores, en el desplazamiento de la división del trabajo en equipo, del de ejecución al más planificador, del dirigido por otros al dirigido por uno mismo, de la organización, control y responsabilidad ajenos a los propios. 2. Ante tales exigencias profesionales en la actualidad no basta con la competencia técnica, además serán necesarias competencias relacionadas con los métodos, con las relaciones sociales y con la cooperación. Todo esto deberemos tenerlo presente a la hora de planificar 11

12 las actividades de enseñanza-aprendizaje. La transmisión de competencia profesional a través de actividades, es un proceso de aprendizaje en el que los alumnos adquieren su competencia paso a paso, adoptando las correspondientes formas de comportamiento y trabajo. 3. Las actividades las podemos clasificar en actividades iniciales (detección de ideas previas, consulta de fuente de información, de orientación o adquisición de destrezas básicas), actividades de adiestramiento (desarrollan habilidades cognitivas y destrezas más complejas, por ejemplo: actividades de análisis, experimentación, organización, etc.) y actividades de generalización (desarrollan capacidades transferibles a otras situaciones, por ejemplo: de resolución de problemas, elaboración de informes, toma de decisiones, planificación, etc.). 4. Además, dentro de éstas, se deben tener de una forma equilibrada y según sea el contenido organizador de la Unidad de Trabajo, actividades que sirvan para alcanzar capacidades de tipo conceptual, de destrezas y actitudes. 5. Todas las actividades de enseñanza-aprendizaje que se propongan en el desarrollo curricular de los Módulos Profesionales de los diferentes ciclos formativos de la Formación Profesional Específica, tendrán en cuenta estos métodos y tipos de actividades, tratándolos de forma equilibrada y estudiándolos para alcanzar los elementos de capacidad que se proponen en cada uno de ellos. Atención a las diferencias de alumnos. En los ciclos formativos se deben de adquirir las capacidades terminales (LOGSE) o resultados de aprendizaje (LOE) indicadas en cada uno de los Títulos, por ello las adaptaciones curriculares significativas no están contempladas y se realizarán cuando sea necesario adaptaciones no significativas. Para aquellos alumnos que presenten alguna discapacidad, se tomarán las medidas adecuadas para que pueda alcanzar los objetivos del ciclo. De cualquier manera en este tipo de alumnos serán evaluados de forma previa a fin de determinar si dicha discapacidad le permite o no adquirir la competencia profesional exigida por el Titulo de que se trate. La evaluación debe ser llevada a cabo por el departamento interesado en reunión ordinaria, asesorado por el departamento de orientación del centro. Como resultado de dicha evaluación se emitirá un informe motivado, si es negativo se pasara copia a la Jefatura de Estudios, para remitir a la inspección. Si la discapacidad no impide que el alumno pueda alcanzar los objetivos de ciclo, el informe debe orientar sobre las actividades o metodología más adecuada para este tipo de alumnado. En general se atenderá las diferencias de los alumnos proponiendo dos tipos de actividades para cada objetivo de manera secuencial: La primera, común para todos los alumnos, en la que resuelven un cuestionario conceptual, unos problemas o una práctica con el fin de asimilar los contenidos mínimos necesarios. La segunda será diferente para los alumnos: para los que hayan alcanzado los objetivos previstos en la primera actividad, realizarán una segunda más compleja o menos detallada donde profundicen en los conocimientos adquiridos, mientras que los que no hayan alcanzado esos mínimos, realizarán otra diferente, durante el mismo período de tiempo, más sencilla, más secuenciada o con otra metodología, o utilizando alguna otra estrategia en la que el alumno sea capaz de alcanzar los fines propuestos. 12

13 Los criterios y procedimientos de evaluación aplicados por los profesores tendrán en cuenta: a) La competencia profesional característica del título que constituye la referencia para definir los objetivos generales del ciclo formativo. b) Los objetivos, expresados en términos de capacidades o resultados de aprendizaje según el caso que corresponda, titulación LOGSE o LOE de los módulos profesionales que lo conforman. c) La madurez del alumnado en relación con las finalidades siguientes: Adquisición de la competencia profesional de cada título. Comprensión de la organización y características del sector correspondiente, así como los mecanismos de la inserción profesional, conocer la legislación laboral básica y los 7. Criterios generales sobre evaluación de los aprendizajes y promoción de los alumnos derechos y obligaciones que se deriven de las relaciones laborales, y adquirir los conocimientos y habilidades necesarios para trabajar en condiciones de seguridad y prevenir los posibles riesgos derivados de las situaciones de trabajo. Adquisición de una identidad y madurez profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones al cambio de las cualificaciones. El proceso de evaluación de la Formación Profesional Específica implica, al menos, tres tipos de actuaciones: Evaluación de cada módulo profesional, tomando como referencia las capacidades o resultados de aprendizaje según el caso que corresponda, titulación LOGSE o LOE y criterios de evaluación establecidos para el mismo. Antes de iniciar la Formación en Centros de Trabajo, evaluación de todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. Al finalizar la Formación en Centros de Trabajo, evaluación final del ciclo formativo completo. Por su parte, la evaluación propiamente dicha de cada módulo profesional requiere la evaluación continua que se realiza a lo largo de todo el proceso de aprendizaje. Esta evaluación continua es la que permitirá la evaluación final de los resultados conseguidos por el alumno al término de dicho proceso. La aplicación de la evaluación continua requiere la asistencia regular a las clases y actividades programadas para cada módulo, todo alumno que falte (justificadamente e injustificadamente) un número de sesiones superior al 30% del total de horas lectivas asignadas a un módulo perderá el derecho a evaluación continua. Si se pierde este derecho, se someterá a una evaluación extraordinaria convenientemente programada, que será establecida de forma pormenorizada en la programación didáctica de cada uno de los módulos, según ORDEN de 1 de junio del 2006 de la conserjería de educación y cultura. Al menos se celebrará una sesión de evaluación y calificación cada trimestre lectivo. 13

14 7.1.-Evaluación de los aprendizajes y promociones de alumnos en ciclos L.O.G.S.E. Decisiones del equipo educativo sobre evaluación y calificación en el proyecto curricular del ciclo. En el mes de septiembre, antes de comenzar un ciclo formativo, el equipo educativo encargado de impartir el primer curso elaborará, bajo la coordinación del jefe de departamento de Familia Profesional, el Proyecto Curricular del ciclo formativo que formará parte de la Programación general anual del centro e incluirá, además de lo previsto en el Reglamento Orgánico de Institutos de Educación Secundaria, las siguientes decisiones: a) Los módulos profesionales susceptibles de ser evaluados en convocatoria extraordinaria, teniendo en cuenta la carga horaria de cada uno de ellos y las posibilidades de que el alumno pueda realizar las actividades de recuperación de forma autónoma. Se justificará la decisión adoptada. b) Las pautas generales que orienten la programación de las actividades de recuperación. c) Los periodos de las actividades de recuperación y las fechas en las que tendrá lugar las evaluaciones extraordinarias d) El plan de tutoría y orientación profesional actuará en las siguientes líneas generales: Facilitar el conocimiento adecuado del mundo laboral y de las distintas opciones que se ofrecen al finalizar el ciclo formativo. Favorecer en el alumnado un conocimiento ajustado y realista de las propias potencialidades personales, aptitudinales y profesionales. Facilitar el desarrollo de expectativas positivas sobre las propias posibilidades de encontrar un empleo, anticipando posibles dificultades y conociendo la manera de superarlas. Procurando que el alumno se encuentre preparado profesional y anímicamente para emprender la tarea de buscar un empleo con la autoconfianza suficiente. Estos acuerdos se adoptarán por el departamento de Familia Profesional y se harán constar en un acta que firmarán todos sus miembros. Las programaciones que realicen cada uno de los profesores del equipo educativo del ciclo formativo tomarán en cuenta las decisiones incluidas en el Proyecto Curricular y estarán organizadas y secuenciadas de modo que el alumno pueda alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo. 14

15 Plan de Tutoría con alumnos Debemos tener en cuenta que la tutoría de los alumnos de Ciclos Formativos no dispone de una hora específica presencial, y por tanto se debe ir desarrollando el plan de tutoría a lo largo de todo el curso, intercalando los siguientes contenidos y actividades con el desarrollo propio de los módulos profesionales que imparta el profesor/a tutor/a con el grupo tutelado. CONTENIDOS ACTIVIDADES RESPONSABLES TIEMPO ACOGIDA Dinámicas de presentación y de conocimiento mutuo Tutor/a Primeros días de curso Explicación de las funciones del delegado/a de clases. ELECCIÓN DE DELEGADOS/AS Presentación de candidatos con programa de actuación. Reflexión personal Tutor/a Primeros días de curso LA COOPERACIÓN Y EL TRABAJO EN EQUIPO ORGANIZACIÓN DEL GRUPO Y CLIMA DE TRABAJO CONOCIMIENTO PERSONAL Y AUTOCONCEPTO POSITIVO Elección. Acta de la reunión. Actividades de contenido práctico en los módulos profesionales desarrollados en los que tengan que trabajar en equipo. Proponer actividades en los distintos módulos profesionales que potencie y favorezca la configuración del grupo y un buen clima de trabajo: actividades de compartir información, materiales, actividades de búsqueda colectiva de información, actividades de consenso y acuerdos, etc. Mediante actividades de graduada complejidad, y realización individual y grupal, se deberá: Fomentar en el grupo actitudes de respeto hacia los compañeros y la autoconfianza del alumnado en sus propias posibilidades y conocimientos. Mantener una actitud positiva frente al grupo que favorezca la comunicación: ALUMNO/A - PROFESOR/A PROFESOR/A ALUMNOS/A Reforzar y valorar el esfuerzo personal del alumnado. Todo el Equipo Educativo Todo el Equipo Educativo Todo el Equipo Educativo Durante todo el curso Durante todo el curso Durante todo el curso EVALUACIÓN Y AUTOEVALUACIÓN ATENDER A LAS DEMANDAS DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO DEL ALUMNADO Ayudar al alumnado en el conocimiento de sus propias capacidades y posibilidades. Presentar de forma clara, al alumnado, los criterios y sistemas de evaluación y calificación. Realizar actividades de autoevaluación al final de cada trimestre para contrastar la consideración del alumnado con la valoración del profesorado. Siempre que lo necesite el alumnado podrá acudir al profesar/ a tutor/a o al Departamento de Orientación, para solicitar ayuda, información o asesoramiento respecto de aquellas cuestiones que tengan relación con su situación personal, laboral o académica. Todo el Equipo Educativo Tutor/a Orientador/a A principio de curso A principio de cada bloque de contenido A final de cada trimestre Durante todo el curso USO DE TÉCNICAS DE ESTUDIO Explicación de técnicas de estudio y uso de las mismas con los contenidos a impartir de las materias Todo el Equipo Educativo Durante todo el curso 15

16 Plan de Tutoría con alumnos profesores CONTENIDOS ACTIVIDADES RESPONSABLES TIEMPO CONOCIMIENTO DEL PLAN DE TUTORIA Y ORIENTACION PROFESIONAL Presentación del Plan de Tutoría y Orientación Profesional Tutor Principio de curso EVALUACION Realización de las sesiones de evaluación. Equipo Educativo PROCESO DE ENSEÑANZAAPRENDIZAJE Asesoramiento en medidas específicas de atención a la diversidad en el aula. Seguimiento de aprendizajes. Información de perfiles profesionales en el aula. Equipo Educativo Al final de cada evaluación Todo el curso a) Favorecer el contacto de los alumnos con el mundo laboral: Mediando con las empresas de prácticas que pueden ofrecer contratos a los alumnos Poniendo en contacto a los alumnos con empresas e instituciones coma la Cámara de Comercio e Industria, Sindicatos, organizaciones empresariales etc. b) Las orientaciones acerca del uso de los espacios formativos y de los medios y equipamientos. Evaluación continua de los módulos profesionales cursados en el centro educativo. La evaluación del aprendizaje del alumnado de los ciclos formativos se realizará por módulos profesionales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Los procesos de evaluación se adecuarán a las adaptaciones metodológicas de las que haya podido ser objeto el alumnado con discapacidad y se garantizará su accesibilidad a las pruebas de evaluación. En todo caso, la evaluación se realizará tomando como referencia los objetivos y los criterios de evaluación de cada uno de los módulos profesionales y los objetivos generales del ciclo formativo. En la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo, colaborará, con el tutor del centro educativo, el tutor de la empresa designado por el correspondiente centro de trabajo para el periodo de estancia del alumno. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. La calificación de los módulos profesionales será numérica, entre uno y diez, sin decimales. La superación del ciclo formativo requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que lo componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos. La nota final del ciclo formativo será la media aritmética expresada con dos decimales. Las Administraciones educativas establecerán las condiciones de renuncia a la convocatoria y matrícula de todos o de algunos módulos profesionales. La renuncia a la convocatoria se reflejará en los documentos de evaluación con la expresión de renuncia. 16

17 Al menos una vez cada trimestre lectivo se realizará una sesión de evaluación de los alumnos que integran el grupo. La fecha fijada será variable en el 2º curso de los ciclos formativos de dos cursos y tratará de garantizar que se impartan las horas lectivas establecidas para cada módulo, en el centro educativo, así como permitir que queden días suficientes, antes del 30 de junio siguiente, para poder cumplir con las jornadas y horas establecidas para el módulo de FCT. De dichas sesiones deberá quedar constancia de las calificaciones obtenidas, así como de los acuerdos adoptados. En régimen presencial, cada módulo profesional podrá ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, excepto el de formación en centros de trabajo que lo será en dos. Con carácter excepcional, las Administraciones educativas podrán establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios. Los documentos del proceso de evaluación de las enseñanzas de formación profesional son el expediente académico del alumno, las actas de evaluación y los informes de evaluación individualizados. Los informes de evaluación y los certificados académicos son los documentos básicos que garantizan la movilidad del alumnado. Los certificados académicos se expedirán en impresos oficiales normalizados, previa solicitud de la persona interesada. Evaluación ordinaria del primer curso en el centro educativo. En el mes de junio del primer curso en el centro educativo, se realizará una sesión de evaluación ordinaria de la cual se levantará Acta de Evaluación que reflejará las calificaciones obtenidas por los alumnos, conforme a lo previsto en la Resolución de 30 de abril de 1996, de la Secretaría de Estado de Educación. Los módulos profesionales que deben ser calificados se harán constar utilizando las claves asignadas a cada uno de ellos y que figuran en el anexo III de dicha Resolución. El significado de las claves aparecerá en el reverso de cada acta de evaluación. En función de los resultados obtenidos, el equipo educativo tomará para cada alumno, alguna de las siguientes decisiones que se incluirán en el acta: Promoción al segundo curso. Acceso al módulo profesional de FCT de un solo curso. Convocatoria a evaluación extraordinaria de los módulos profesionales pendientes. En este supuesto el alumno deberá estar informado de las actividades de recuperación de los módulos pendientes, del período de su realización y de las fechas en que se celebrarán las evaluaciones extraordinarias de los módulos pendientes. Repetición del curso. Promoción al segundo curso cuando el ciclo formativo contenga módulos profesionales que deban realizarse en el centro educativo. Promocionan al segundo curso los siguientes alumnos: Quienes tengan todos los módulos profesionales del primer curso superados. Los que al finalizar el primer curso tengan pendientes uno o más módulos profesionales cuya carga horaria no supere el 25 % de la duración del conjunto de los módulos de dicho curso. 17

18 Repetirán curso: Los alumnos que en la convocatoria ordinaria les queden pendientes módulos no susceptibles de evaluación extraordinaria con carga horaria superior al 25% de la duración del conjunto de los módulos de dicho curso. Los alumnos que tengan pendientes, al finalizar la convocatoria extraordinaria, uno o más módulos, cuya carga horaria sea superior al 25 % de la duración del conjunto de los módulos de dicho curso. Los alumnos que repitan curso sólo se matricularán de los módulos no superados. Evaluación y calificación extraordinaria de los módulos profesionales cursados en el centro educativo. La evaluación y calificación extraordinaria de módulos profesionales susceptibles de esta evaluación, tendrá lugar con carácter general en septiembre para los correspondientes al primer curso, independientemente de la duración del ciclo formativo. En los ciclos formativos con módulos profesionales de segundo curso en el centro educativo, se llevará a cabo en el mes de junio. Y siempre antes de cada evaluación final de ciclo, para aquellos alumnos que accedieron a FCT con algún módulo pendiente. Podrán ser objeto de esta evaluación extraordinaria los alumnos siguientes: Los que cursen ciclos formativos cuya duración en el centro educativo sea de un curso académico y tengan pendientes uno o varios módulos profesionales con una duración superior al 25% del conjunto de los módulos del curso y, por tanto, no cumplen los requisitos ni pueden obtener autorización para acceder al módulo profesional de F.C.T. También los que en la evaluación ordinaria hayan sido autorizados para acceder al módulo profesional de F.C.T. con un módulo profesional pendiente de una duración inferior al 25% del conjunto de los módulos del curso. Los alumnos con uno o más módulos profesionales pendientes, cuya suma horaria sea superior al 25% antes mencionado, podrán presentarse a los mismos en la convocatoria extraordinaria si los módulos pendientes son susceptibles de evaluación extraordinaria, y la junta de evaluación no estima que el alumno debe repetir el curso, en función de los acuerdos adoptados en cada proyecto curricular. Los que cursen ciclos formativos cuya duración en el centro educativo sea de dos cursos académicos y al finalizar el 2º curso en el centro educativo tengan pendientes módulos profesionales de 1º y 2º cursos: que sean susceptibles de evaluación extraordinaria. Para estos alumnos se programarán actividades de recuperación cuya duración será la del tiempo que medie entre la evaluación ordinaria del 2º curso y la finalización del módulo de FCT, momento en el que se realizará la evaluación extraordinaria, junto con la evaluación del Ciclo. Se levantará acta conforme a lo dispuesto en la instrucción segunda, pero haciendo constar su carácter de acta extraordinaria. Además, deberá ir firmada exclusivamente por los profesores que hayan participado en la evaluación y calificación extraordinaria con el visto bueno del señor director. Acceso al módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. Según contempla la Orden del 14 de noviembre de 1994, por la que se regula el proceso de evaluación y acreditación académica del alumnado que curse la Formación Profesional Específica establecida en la LOGSE (B.O.E., ), en su disposición cuarta, apartado 3, con anterioridad al inicio de la Formación en Centros de Trabajo (FCT), tendrá lugar una sesión de evaluación en la 18

19 que se formulará la calificación final de los distintos módulos profesionales cursados en el centro educativo. Por este motivo: En los ciclos formativos cuya duración es de dos cursos, esta sesión se celebrará en la primera evaluación (diciembre) y en otros casos en la segunda evaluación del curso (marzo aproxim.). En los ciclos formativos cuya duración sea de un curso, esta sesión se celebrará en la tercera evaluación (junio). El acceso al módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo se producirá cuando: a) El alumno tenga superados todos los módulos profesionales que se cursan en el centro educativo. b) Al alumno le quede pendiente un sólo módulo profesional con una duración inferior al 25% de la duración del conjunto de los módulos del curso y haya obtenido autorización del equipo educativo para dicho acceso. En el caso de que el alumno tenga pendiente módulos profesionales con una duración superior al 25% de la duración del conjunto de los módulos del curso, no podrá acceder al módulo profesional de F.C.T. Evaluación y calificación del módulo profesional F. c. T. Para valorar el grado de consecución de las capacidades terminales incluidas en el módulo de Formación en Centros de Trabajo, el profesor tutor de la F. C. T. considerará los informes emitidos por la persona designada cada una de las empresas para el seguimiento del alumno en este módulo profesional. Aquellos alumnos que tengan experiencia en el mismo campo profesional que el del ciclo formativo que vayan a cursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre (B.O.E. del 3 de enero de 2007, podrán solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de F. C. T. por su correspondencia con la práctica laboral, previa matriculación en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas dependiente de la Consejería de Educación y Cultura, siempre que se acredite una experiencia, correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionada con los estudios profesionales respectivos La experiencia laboral a que se refiere el apartado anterior se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas. Para los alumnos a los que se les convalide el módulo de F.C.T. por la práctica laboral se procederá en ese momento a evaluar el ciclo formativo, siempre que tenga superados todos los demás módulos cumplimentando un acta de evaluación extraordinaria, con el fin de que pueda proceder a solicitar la expedición del título correspondiente. Actividades de recuperación y pruebas extraordinarias. Repetición de los módulos pendientes. - En los ciclos formativos de dos cursos, la F.C.T. estará distribuida semanalmente, 19

20 examinándose los alumnos con un módulo profesional pendiente cuya carga horaria sea inferior al 25% de la duración de todos los módulos realizados en el 2º curso, en la segunda decena de Junio de dicho módulo (Prueba extraordinaria), debiendo realizar durante el trimestre que dure la F.C.T. las actividades de recuperación programadas, no siendo requisito indispensable la asistencia a clase. Los alumnos que no reúnan los requisitos para acceder al módulo de F.C.T. (bien porque tienen pendiente de superar 1 módulo con carga horaria superior al 25% de la duración de todos los módulos realizados en el 2º Curso, o porque han obtenido calificación negativa en más de un módulo), deberán realizar actividades de recuperación orientadas a superar el módulo o módulos pendientes antes de cursar la F.C.T., según el horario previsto para el programa de recuperación del departamento. - En los ciclos formativos cuya duración es de un año la evaluación extraordinaria para los alumnos con módulos pendientes se celebrará en los primeros días de septiembre, con el fin de que dichos alumnos, en el caso de superar dichos módulos, puedan incorporarse con el resto a la realización del módulo de F.C.T. - En el caso de los alumnos que no reúnan los requisitos ni obtengan autorización para acceder a la Formación en Centros de Trabajo (F.C.T.), la Junta de Evaluación, tal como contempla la disposición quinta, apartado 3 de la Orden de 14 de noviembre de 1994 (B.O.E. de 24 de noviembre), decidirá respecto a cada uno de ellos, si está en condiciones de realizar determinadas actividades de recuperación y acceder después a una evaluación y calificación extraordinaria de los módulos pendientes o, por el contrario, debe repetir todas las actividades programadas para los módulos que tengan pendiente de superación. - En el primer supuesto, el alumno deberá ser informado de dichas actividades de recuperación, del período de su realización y de la fecha en la que se celebrará la evaluación extraordinaria. En el segundo supuesto, deberá repetir los módulos pendientes durante el curso siguiente, matriculándose únicamente en dichos módulos. - En el supuesto de que el equipo educativo decida que el alumno realice actividades de recuperación, éstas se desarrollarán durante el período en que se efectúe la F.C.T., examinándose en junio, si el ciclo formativo es de dos años de duración, o en septiembre -antes de iniciarse la F.C.T.- si el ciclo formativo es de un año. En cualquier caso, en el proyecto curricular de cada ciclo formativo, el equipo educativo encargado de impartir dicho ciclo determinará en cuanto a la evaluación y calificación extraordinaria lo siguiente: La selección de los módulos profesionales susceptibles de evaluación en convocatoria extraordinaria. La programación de actividades de recuperación para los módulos profesionales que puedan ser objeto de evaluación y calificación extraordinaria, y el horario de asistencia obligatoria a clases de recuperación. La programación temporal de la evaluación y calificación de los módulos profesionales pendientes de superación, en convocatoria extraordinaria. 20

21 Evaluación final del ciclo formativo. Una vez terminado el período ordinario de la F. C. T., se realizará una sesión de evaluación y calificación final ordinaria del ciclo formativo, cuyos resultados se registrarán en Acta de Evaluación según el modelo establecido. Para ello se procederá del modo siguiente: 1. Se evalúa el módulo profesional de F.C.T., expresando su calificación en los términos de Apto, No apto o Exento, según proceda. También debe evaluarse el módulo profesional aún no superado por los alumnos que hayan accedido a la F.C.T. con un módulo pendiente. El acta deberá ir firmada exclusivamente por los profesores de los módulos profesionales objeto de esta evaluación, el profesor tutor de la F. C. T., y visada por el Director del centro. 2. Si la evaluación del módulo fuera positiva y el alumno tuviese superados el resto de los módulos profesionales de que consta el ciclo formativo, se obtendrá la calificación final del ciclo formativo, que será la media aritmética de las calificaciones numéricas. No se tomarán en cuenta, por tanto, los términos de Apto, Exento o Convalidado. El resultado se expresará con un número y una sola cifra decimal y se asentará en la casilla correspondiente del acta, 3. Si la calificación del módulo profesional de F.C.T. fuese No apto o, en su caso, el alumno no hubiese superado el módulo pendiente, no procederá hacer el cálculo de la calificación final y en el acta se pondrá un guión () en la casilla correspondiente. Los alumnos que consigan calificación final positiva del ciclo formativo tendrán derecho a obtener el titulo de Técnico o de Técnico Superior y la propuesta de expedición se hará constar en el acta con la palabra "SÍ". En caso contrario se pondrá en la casilla correspondiente "NO". La evaluación y calificación extraordinaria final del ciclo formativo tendrá lugar para aquellos alumnos que no hayan superado el módulo profesional de F.C.T. en período ordinario o por otras razones se hayan incorporado a realizar el módulo de F.C.T. en período extraordinario y para los que tengan aún pendiente de superación un módulo profesional. El resultado de la evaluación extraordinaria se reflejará en un acta que incluirá: Las calificaciones del módulo de F.C.T. de los alumnos que lo tengan pendiente. Las calificaciones de los alumnos que aún tengan un módulo profesional pendiente. La calificación final del ciclo formativo, cuando proceda. La propuesta de expedición del título a los alumnos que estén en condiciones de obtenerlo. Periodo de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. El módulo profesional de FCT, será realizado al final de cada ciclo formativo una vez superada la formación cursada en el centro docente, en el período que se indica en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación de 30 de abril de 1996 (B.O.E., de 17 de mayo) en la modalidad presencial régimen ordinario y para cada ciclo formativo. El número de horas de estancia en el centro de trabajo incluirá las horas de tutoría en el centro docente. El módulo profesional de FCT se desarrollará durante el período lectivo anual (de 1 de septiembre a 30 de junio, excluidos los períodos de vacaciones de Navidad y Semana Santa, a tenor del calendario escolar vigente). 21

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