BASES DE LICITACIÓN SEGUROS GENERALES BANCO CENTRAL DE CHILE GERENCIA DE SERVICIOS LOGISTICOS

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1 BASES DE LICITACIÓN SEGUROS GENERALES BANCO CENTRAL DE CHILE GERENCIA DE SERVICIOS LOGISTICOS ABRIL

2 I.- BASES ADMINISTRATIVAS ÍNDICE 1. Introducción 4 2. Características y condiciones de la oferta 5 3. Estudio de los antecedentes 7 4. Responsabilidad por el estudio de los antecedentes 7 5. Calendario de actividades 7 6. Interés en participar 7 7. Consultas y aclaraciones a la propuesta 8 8. Plazo y forma de presentación de las propuestas 8 9. Apertura de ofertas Condiciones especiales para todos los ramos seguros cotizados Confidencialidad Conflicto de Intereses Publicidad de aspectos de la Licitación, oferentes, ofertas recibidas y Pólizas Constitución y estructura vigente de la Compañía Resolución de conflictos Domicilio 14 II.- BASES TÉCNICAS Seguros Grupo Incendio y Adicionales Terrorismo Todo Riesgo Objetos Valiosos Instalaciones Electrónicas Avería Maquinaria Responsabilidad Civil Vehículos Motorizados Responsabilidad Civil Vehicular en Exceso Accidentes Personales (Asiento Pasajero) Accidentes Personales 48 2

3 2.2 Seguros Grupo Todo Riesgo Bienes Físicos Todo Riesgo Valores Responsabilidad Civil Profesional Bankers Blanket Bond (BBB) 58 III.- ANEXOS Anexo Técnico 1 63 Anexo Técnico 2 86 Anexo A: Calendario de Actividades 88 Anexo B: Declaración de Confidencialidad 89 Anexo C: Declaración de Conflicto de Intereses 90 Anexo D: Constitución Vigente y Estructura de la Sociedad. 91 Anexo E: Formularios de Cotizaciones 92 3

4 I.- BASES ADMINISTRATIVAS BANCO CENTRAL DE CHILE 1. Introducción El presente documento contiene las bases de licitación que regulan la presentación de las ofertas para cotizar opciones de un programa de Seguros Generales para el Banco Central de Chile, en adelante los seguros, de acuerdo con las especificaciones técnicas de los seguros contenidas en numeral II, Bases Técnicas. Los seguros a cotizar incluidos en esta licitación son los siguientes: Seguros Grupo 1 1. Incendio y Adicionales 2. Terrorismo 3. Todo riesgo Objetos Valiosos 4. Instalaciones Electrónicas 5. Avería Maquinaria 6. Responsabilidad Civil 7. Vehículos Motorizados 8. Responsabilidad Civil Vehicular en Exceso 9. Accidentes Personales (Asiento Pasajero) 10. Accidentes Personales Seguros Grupo 2 1. Todo Riesgo Bienes Físicos 2. Todo Riesgo Valores 3. Responsabilidad Civil Profesional 4. Bankers Blanket Bond (BBB) En adelante, la empresa invitada se mencionará como la Compañía o la empresa o "el oferente" y el Banco Central de Chile, como "el Banco". Forman parte integrante de estas bases de licitación: a. Las Bases Administrativas, b. Las Bases Técnicas, 4

5 c. Anexo Técnico 1 d. Anexo Técnico 2 e. El Anexo A: Calendario de Actividades f. El Anexo B: Declaración de Confidencialidad g. El anexo C: Declaración de Conflicto de Intereses h. El anexo D: Constitución Vigente y Estructura de la Sociedad. i. El Anexo E: Formularios de Cotizaciones 2. Características y condiciones de la oferta 2.1. Sólo podrán participar de este proceso de licitación Compañías de Seguros clasificadas a enero de 2014 a lo menos en categoría A, conforme la calificación que otorga la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, para estas Compañías El programa de seguros generales deberá ser cotizado con una vigencia de 12 meses, y podrá ser renovado automáticamente por igual período, con un máximo de hasta 2 renovaciones, en cuyo caso el plazo de vigencia máximo de la póliza correspondiente será de 36 meses, contados desde su fecha de inicio. La renovación de la póliza operará en forma automática, a menos que el Banco comunique por escrito a la Compañía su intención de no renovar, con a lo menos 60 días de anticipación a la fecha de vencimiento del período anual que corresponda. En su cotización, la Compañía deberá indicar la tasa anual, para cada uno de los seguros ofrecidos, la cual se deberá mantener para las 2 eventuales renovaciones, salvo que la Compañía indique alguna disminución en el evento que el Banco opte por una renovación automática de los seguros. De aplicarse la cláusula de renovación automática, la tasa anual para la siguiente vigencia no podrá ser superior a la establecida para el primer período en la oferta presentada. La Compañía podrá informar aumentos respecto de las tasas originalmente cotizadas, para lo cual deberá comunicarlo mediante carta dirigida al Gerente de Servicios Logísticos con a lo menos 120 días corridos de anticipación al vencimiento del período anual que corresponda. Respecto de este aumento, el Banco podrá manifestar su disconformidad, lo que deberá hacer por escrito dentro de los 20 días hábiles bancarios siguientes a la recepción de la carta de la Compañía, la que podrá presentar una última reconsideración de sus condiciones a más tardar 10 días hábiles bancarios después de la comunicación de el Banco. 5

6 En este último caso, el Banco dentro de los 5 días hábiles bancarios siguientes informará de su decisión sobre la renovación o no de la póliza para el próximo período Las ofertas deberán presentarse en forma individual para cada ramo o seguro a que se refiere el numeral 1.1, considerando lo siguiente: a) Se deberán indicar tasas y primas, tanto netas como brutas, expresadas en Unidades de Fomento, de acuerdo con los formularios contenidos en el Anexo E, que se adjunta a la presentes Bases y considerando las coberturas, deducibles y condiciones particulares señaladas en las presentes Bases de Licitación, siendo posible adicionalmente cotizar otras alternativas. b) Asimismo, en cada formulario se deberá indicar el porcentaje de descuento por pago contado, y la prima bruta con el descuento incluido. El pago contado se entenderá a 30 días corridos contados desde la recepción de la factura, y la póliza correctamente emitida. En el caso de las pólizas expresadas en UF, éstas se cancelarán en pesos conforme el valor de la UF a la fecha de facturación. c) Estas bases se entenderán completamente aceptadas por la Compañía, salvo las observaciones que se indiquen en los Cuadros de Observaciones, incluidos en los formularios de Cotización del Anexo E, por lo que no se aceptarán observaciones posteriores Se aceptará la presentación de ofertas en la modalidad de coaseguro, con un máximo de 3 compañías involucradas, siempre y cuando el que presente la oferta sea el líder del coaseguro y se indiquen claramente las compañías involucradas y el porcentaje de participación de cada una de ellas. Asimismo, el líder deberá responder por el 100% de la pérdida determinada en el evento de un siniestro, aceptándose única y exclusivamente a Compañías de Seguros clasificadas a enero del 2014 a lo menos en categoría A, conforme la calificación de estas Compañías en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile Es condición para todos los seguros de esta Licitación que los certificados de cobertura estén emitidos y entregados a más tardar 5 días hábiles bancarios después de la adjudicación del seguro correspondiente. 6

7 2.6. Tanto las pólizas como sus endosos posteriores deberán ser emitidos en un plazo máximo de 10 días hábiles bancarios, contados desde la fecha en que les sean solicitados. 3. Estudio de los antecedentes La Empresa será responsable del estudio de los antecedentes, de los requerimientos contenidos en éstos y de la valorización de cada uno de los componentes que conforman su propuesta por los Servicios. Asimismo, la sola participación de una Empresa invitada a esta licitación, implica la aceptación pura y simple de las presentes Bases y sus Anexos. 4. Responsabilidad por el estudio de los antecedentes Si existiere alguna omisión y/o error por parte de la Compañía respecto del análisis y evaluación de los antecedentes, así como de la valorización u otros elementos de su oferta, ésta no estará eximida de la obligación de otorgar los Seguros conforme el precio y dentro de los plazos de su propuesta y de acuerdo con las especificaciones técnicas señalados en el numeral II Bases Técnicas de las presentes Bases. 5. Calendario de actividades El proceso de Licitación se ajustará al calendario de actividades señalado en el Anexo A, "Calendario de Actividades" adjunto a las presentes Bases. El Banco podrá modificar el calendario de actividades, previa comunicación por escrito a las Compañías que hayan manifestado su interés en participar en esta licitación, además de su publicación en la página web del Banco. 6. Interés en Participar Las Empresas interesadas en participar en este proceso de Licitación, deberán comunicarlo por escrito al licitaciones@bcentral.cl, con copia a enavarro@bcentral.cl, indicando en Asunto: LICITACIÓN SEGUROS GENERALES; INTERÉS DE PARTICIPAR y señalando Razón Social, RUT y domicilio de la Compañía, además del nombre, teléfono y la cuenta de de la persona de contacto, dentro del plazo señalado para estos efectos en el Calendario de Actividades del Anexo A. La Empresa deberá mantener vigente el de contacto durante el proceso de licitación o dar aviso por escrito en caso de modificación. 7

8 7. Consultas y aclaraciones a la propuesta Corresponderá a los Oferentes efectuar, hasta la fecha señalada en el Anexo A Calendario de Actividades de las Bases, las consultas y aclaraciones correspondientes a este proceso de licitación, como también sus observaciones respecto de posibles inconsistencias, omisiones u errores en las Bases y en sus Anexos. Asimismo, en esta instancia corresponderá a las Compañías manifestar cualquier condición o situación adicional o distinta de lo establecido por el Banco en estas Bases, instancia en la cual el Banco se pronunciará respecto del planteamiento efectuado. Las consultas deberán formularse por escrito a la cuenta de licitaciones@bcentral.cl, con copia a enavarro@bcentral.cl, indicando en el Asunto: CONSULTAS LICITACIÓN: SEGUROS GENERALES. En las fechas indicadas en el Anexo A, Calendario de Actividades, las aclaraciones y respuestas a las consultas serán informadas a las Empresas que hayan manifestado su interés en participar en esta licitación, utilizando la cuenta de informada por éstas, además de ser publicadas en la página web del Banco. Para todos los efectos, el o los documentos de aclaraciones y respuestas a consultas que el Banco publique, formarán parte integrante de las presentes Bases de Licitación. 8. Plazo y forma de presentación de las propuestas Las propuestas se presentarán por escrito en la Oficina de Partes del Banco, ubicada en la ciudad de Santiago, calle Morandé N 115, tercer piso, hasta la hora y fecha señaladas para tal efecto en el Anexo A Calendario de Actividades, en la forma descrita en el presente numeral. Las ofertas que fueren presentadas con posterioridad a la hora y fecha indicadas, no serán abiertas y se devolverán al proponente respectivo. La oferta deberá estar contenida en un sobre cerrado, En el sobre, el remitente debe indicar el nombre del proponente, y debe estar dirigido a: Banco Central de Chile Gerencia de Servicios Logísticos Morandé N 115, Piso 3, Santiago Licitación: SEGUROS GENERALES PARA EL BANCO CENTRAL DE CHILE. 8

9 El Sobre deberá ser caratulado como OFERTA TÉCNICA y ECONOMICA, y deberá contener todos los antecedentes requeridos en Anexo E Formularios de Cotización. La Oferta Económica deberá tener una validez mínima de 60 días corridos. 9. Apertura de ofertas 9.1 La apertura de las ofertas se realizará en la fecha y hora indicadas en el Anexo A Calendario de Actividades, con la presencia de un abogado de la Fiscalía del Banco y del Gerente de Servicios Logísticos o su representante, y podrá asistir también un representante de cada Oferente que desee presenciar dicho acto, procediendo a verificar la entrega de los antecedentes solicitados, levantándose un acta interna del proceso, que será suscrita por los funcionarios del Banco. De la asistencia de los representantes de los oferentes se dejará constancia con su nombre y firma en un registro habilitado para estos efectos. 9.2 Se establece que una vez entregadas y abiertas las ofertas, el Banco se reserva el derecho a solicitar mayores antecedentes o aclaraciones respecto de las ofertas presentadas. 9.3 La Compañía oferente acepta que el Banco podrá adjudicar la totalidad de los seguros a una misma compañía, o bien podrá adjudicar, a su exclusivo juicio, algunos de ellos a diferentes compañías. 9.4 Para la evaluación técnica y económica de las ofertas, el Banco considerará el grado de correlación con los requisitos exigidos, las coberturas ofrecidas, los deducibles y otras condiciones propuestas y las primas finales ofertadas. En la evaluación de las ofertas presentadas contará con la colaboración de su Corredor de Seguros Generales. De acuerdo con lo anterior y teniendo a la vista la evaluación y recomendaciones del Corredor, el Banco resolverá la(s) oferta(s) técnica(s) y económica(s) que resulte(n) más conveniente(s) para los intereses del Banco, pudiendo adjudicar total o parcialmente las pólizas de seguros generales objeto de la presente licitación, o bien, declarar desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, el Banco se reserva el derecho a elegir las propuestas que estime más convenientes a su juicio exclusivo, aceptar parcialmente una o más 9

10 propuestas o rechazarlas todas. En todos los casos, el Banco resolverá sin expresión de causa. 9.5 Las resoluciones que al efecto adopte el Banco no darán derecho a los proponentes para entablar acción o reclamo de ninguna especie en contra de éste, ni tampoco les dará derecho a indemnización o retribución alguna. 9.6 La resolución de la licitación será comunicada por escrito a cada uno de los proponentes en una fecha no superior a la indicada en el Anexo A. Una vez que la compañía aseguradora reciba la resolución de la adjudicación de los seguros, deberá presentar un certificado de cobertura, en el plazo máximo señalado en el Anexo A Calendario de Actividades, por los riesgos adjudicados, con vigencia inicial a partir de las 12:00 horas del 31 de mayo de 2014, el cual deberá ser firmado por el representante legal de la compañía de seguros y entregado en la Gerencia de Servicios Logísticos del Banco, ubicada en Morandé 115, 3er Piso, Santiago, a nombre del Jefe de Departamento Adquisiciones. 10. Condiciones especiales para todos los ramos de seguros cotizados 10.1 Durante la vigencia de la póliza, el Banco podrá efectuar prórrogas, modificaciones, incorporaciones o disminuciones a todas y cada una de las pólizas de seguros, manteniéndose las condiciones originalmente cotizadas En la eventualidad de que por cualquier motivo, el Banco o la Compañía decida poner término anticipado a la vigencia de una o más pólizas de seguro contratadas, la Compañía aseguradora deberá devolver al asegurado la parte proporcional de la prima efectivamente no consumida, correspondiente al tiempo de cobertura que falta por transcurrir hasta el término de la vigencia de la póliza En el evento que alguna de las partes (asegurado o asegurador) ponga término anticipado a la vigencia de la póliza, dicho término no podrá comenzar a regir antes de 60 días corridos desde la notificación escrita de esta comunicación, la cual deberá ser entregada en el domicilio comercial de la parte que corresponda Para una mayor agilización en la tramitación de siniestros, la Compañía adjudicada deberá proponer al Banco, para su aprobación, una terna de liquidadores. El Banco podrá objetar a uno o más de ellos, sin expresión de causa, debiendo la Compañía adjudicada proceder a su reemplazo. 10

11 10.5 Los daños o perjuicios que se produzcan a causa de algún siniestro, que a juicio del Banco le provoquen entorpecimiento en el desarrollo de sus funciones habituales o afecten su imagen o seguridad, serán reparados de inmediato, avisando al mismo tiempo al corredor y/o liquidador y/o asegurador, a través de la vía más rápida de comunicación (teléfono, fax o ) Por la naturaleza del Banco, el impuesto al valor agregado (I.V.A.) no es recuperable, por lo tanto, cuando corresponda, los valores a indemnizar en caso de siniestros deberán incluir dicho impuesto En el evento de que por razones fortuitas o involuntarias se incurra en algún error u omisión en los registros internos o bien en la información proporcionada a la Compañía, no se verá afectada de modo alguno la cobertura respecto de los bienes involucrados en este error u omisión Deberá regir cláusula de rehabilitación automática para todos los seguros involucrados La Compañía que se adjudique uno o más ramos, deberá emitir las correspondientes pólizas, incorporando expresamente en cada una de ellas, la totalidad de las Condiciones Especiales indicadas en los numerales 10.1 al 10.8 precedentes, ambos inclusive y los numerales 11 y 12 siguientes El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes bases administrativas producirá la nulidad de la oferta, especialmente en caso de incumplimiento de lo estipulado en los numerales 2.3, 8 y Las presentes bases y sus aclaraciones servirán de antecedente y referente para la interpretación de la póliza en caso de dudas, controversias o ambigüedades acerca de su texto, como así mismo de las ofertas de cotización que presenten las Compañías de Seguros. 11. Confidencialidad El artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, establece la obligación de reserva aplicable a esta Institución. Por consiguiente, queda expresamente establecido que todos los documentos e información proporcionada a la Compañía o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la presente Licitación y/o durante la 11

12 provisión de las Pólizas materia de la licitación, con excepción de lo que el Banco publique en su sitio web, por la naturaleza legal de la misma, tienen el carácter de confidencial y reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose por lo tanto la Compañía a mantener bajo reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos para la ejecución del suministro de las Pólizas, y a no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de cualquiera otra manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de Chile. La Compañía declara tener conocimiento que Información Confidencial o Reservada del Banco Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios, investigaciones o proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente declaración. De acuerdo con lo anterior, la Compañía deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del suministro de Pólizas llegare a conocer, entendiendo la Compañía que se exceptúa únicamente del concepto Información Confidencial o Reservada del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que dejen de tener este carácter por haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá aún después de finalizada la relación de suministro de bienes o prestación del servicio entre las partes. El Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta adquisición o contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con cualquier norma legal. La Compañía que participe en esta licitación faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las ofertas recibidas y de las pólizas que se suscriban, según corresponda. Finalmente, se deja constancia que el Banco Central de Chile se rige por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública en los términos del artículo 65 bis de la Ley Orgánica Constitucional que lo rige, por lo que resolverá las peticiones de información que se formulen sobre antecedentes de la empresa relativos a este contrato, en los términos establecidos en esa legislación. 12

13 Para los efectos señalados, la Compañía deberá suscribir una Declaración de Confidencialidad que deberá formar parte de la Oferta Técnica de la Empresa, utilizando para ello el formulario del Anexo B de estas Bases de Licitación. 12. Conflicto de intereses La Compañía deberá declarar si tiene o no conflicto de intereses para participar en esta licitación del Banco. Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que intervenga un funcionario del Banco, su cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o empresas en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un 5% o más de su capital o las sociedades o empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del Banco actúe como representante. Sin perjuicio de la presunción referida, la Compañía deberá indicar la existencia de otras situaciones que igualmente puedan considerarse como constitutivas de conflicto de intereses para participar en esta licitación, entendiéndose por tales todas aquéllas que puedan influir en la decisión que se adopte en el proceso. De igual manera, la Compañía deberá declarar si se desempeñarán en la provisión del Producto ex funcionarios o ejecutivos del Banco, o personas vinculadas a éstos en la forma antes indicada respecto de funcionarios en actual desempeño, obligación que tendrá aplicación respecto de aquellas personas que hayan dejado de prestar servicios dentro del plazo mínimo de 5 años contado desde el otorgamiento de la presente declaración. En caso que exista conflicto de intereses, en el sentido señalado precedentemente, la Compañía podrá optar igualmente por participar en esta licitación, declarando dicha situación, con la especificación correspondiente, al momento de presentar su oferta. En este caso, el Banco se reserva el derecho de evaluar las circunstancias específicas y determinar si se considerará o no elegible la oferta de la Empresa. Esta declaración deberá formar parte de la Oferta Técnica de la Empresa, utilizando para ello el formulario del Anexo C. 13. Publicidad de aspectos de la Licitación, oferentes, ofertas recibidas y Contrato. Por el solo hecho de participar en la Licitación, los oferentes declaran que aceptan y autorizan al Banco para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta 13

14 Licitación, en lo referente a la individualización de los participantes, las ofertas recibidas, la designación del o de los adjudicatarios, conforme sea pertinente y los criterios en razón de los cuales fue seleccionada una determinada oferta, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su política de transparencia institucional o que ello se le demande o requiera de conformidad con cualquier norma legal, como asimismo por parte del Ministerio de Hacienda o del Congreso Nacional, a petición de éstos. En caso que un tercero solicite información proporcionada por la Empresa al Banco vinculada con esta Licitación y que no haya sido divulgada por el Banco, este último notificará a la Empresa tal requerimiento en los términos y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N , siempre que se refiera a antecedentes que puedan afectar derechos de la Empresa participante. 14. Constitución y Estructura Vigente de la Compañía La Compañía deberá presentar una declaración de la Constitución y Estructura vigente de la Sociedad, Esta declaración deberá formar parte de la Oferta Técnica de la Empresa, utilizando para ello el formulario del Anexo D. 15. Resolución de Conflictos Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación, interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución de las presentes Bases de Licitación y/o de las Pólizas respectivas, será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna de Santiago. 16. Domicilio Para todos los efectos legales que pudieren derivarse de la presente licitación, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS BANCO CENTRAL DE CHILE 14

15 li BASES TÉCNICAS Las siguientes bases han sido preparadas haciendo referencia a los textos registrados en la Superintendencia de Valores y Seguros actualmente vigentes en los seguros del Banco. Los oferentes podrán usar los textos nuevos que han registrado en la SVS a raíz de la nueva Ley de Seguros n , siempre y cuando mantengan las coberturas solicitadas en estas bases. 2.1 Seguros Grupo Incendio y Adicionales A.- Materia asegurada: Se deja expresa constancia, que la descripción de la materia asegurada señalada en las condiciones particulares, corresponde a una descripción general del tipo de materia del patrimonio de la empresa, por lo tanto, no necesariamente los contenga todos como están descritos, de esta forma la cobertura no quedará restringida a la descripción señalada, cubriendo los bienes muebles e inmuebles de toda clase que sean de propiedad del asegurado y/o terceros bajo su responsabilidad de asegurar, o por los cuales el Asegurado deba responder o responsabilizarse o respecto de los cuales haya aceptado la responsabilidad antes de la ocurrencia de un evento indemnizable en conformidad con este contrato de seguros. B.- Ubicaciones Aseguradas: La presente póliza cubre indistintamente en las ubicaciones de los riesgos indicados a continuación como las principales, o en otros lugares que destine el Banco o realice actividades, incluyendo en subterráneos. Pudiendo ser estas últimas ubicaciones propias como de terceros. Edificios: Edificios e Instalaciones en general, propios y/o de terceros bajo la responsabilidad del asegurado, arrendados o no, incluyendo si los hubieren, rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos, fundaciones, cimientos, canchas e instalaciones deportivas, artefactos de iluminación interior o exterior, transformadores eléctricos y subinstalaciones, caminos, piscinas, estanques de líquidos, muros de contención, conexiones a la red de servicios públicos, obras de drenaje, pozos y canales y toda 15

16 supra o infraestructura física ubicada indistintamente en las direcciones de los riesgos indicados, incluyendo subterráneos. Contenidos: Contenidos en general, propios y/o de terceros en cualquier calidad o bajo su responsabilidad, ubicados indistintamente en las direcciones de los riesgos indicados o en otros lugares que destine el Banco o realice actividades, incluyendo subterráneos. Ubicaciones principales. Santiago: Agustinas 1180 San Pablo Avda. Ricardo Cumming 852 Morandé 115, pisos 1 al 3, parcialidad del 5to y 7to piso San Martín N 50 La Reina Príncipe de Gales 6030 Pudahuel Avenida Los Vientos N 20239, Ciudad de Los Valles, El Quisco: Avda. Isidoro Dubournais 1931 C.- Coberturas - Incendio según condiciones generales de la póliza de Incendio, inscrita en el registro de pólizas bajo el código POL Daños materiales causados por aeronaves. - Daños materiales causados por vehículos motorizados - Daños materiales causados por roturas de cañerías o por desbordamiento de estanques matrices. - Incendio y Explosión a consecuencia directa de huelga o desorden popular - Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular. - Saqueo durante huelga o desorden popular. - Daños materiales causados por Viento, Inundación y Desbordamiento de cauces. - Daños materiales causados por salida de mar. 16

17 - Avalanchas, aluviones y deslizamientos. - Incendio y Daños materiales causados por sismo. - Daños materiales causados por explosión. - Daños Materiales por Incendio a causa de Combustión espontánea. - Daños materiales causados por peso de nieve o hielo. - Incendio a consecuencia de fenómenos de la naturaleza. - Daños Materiales por construcción/demolición de edificios colindantes. - Remoción de escombros, demoliciones, o traslados de muebles hasta la suma de UF (Según se indica en las Extensiones de cobertura Pto G) - Daños materiales a consecuencia de colapso de edificios. - Honorarios profesionales hasta por UF (Según se indica en las Extensiones de cobertura Pto. G) - Gastos de combate hasta por UF (Según se indica en las Extensiones de cobertura Pto. G) - Riesgos eléctricos UF (Según se indica en las Extensiones de cobertura Pto. G) - Incorporación automática de nuevos activos, (Según se indica en las Extensiones de cobertura Pto. G) - Inhabitabilidad del o los edificios siniestrados, (Según se indica en las Extensiones de cobertura Pto G) - Robo Contenido, robo con fuerza en las cosas y/o violencia en las personas hasta la suma de UF D.- Montos Asegurados Cotizar en base a Full Value: Montos asegurados Edificios UF Instalaciones UF Total Edificios e Instalaciones UF Contenidos UF Monto total asegurado UF

18 E.- Deducibles: Sismo: 2% del monto asegurado por ubicación, con un máximo de UF Robo con fuerza en las cosas y/o robo con violencia en las personas: 10% de la pérdida a indemnizar, sujeto a un mínimo de UF 10.- en toda y cada pérdida. Otros deducibles: UF 3 / Alternativa UF 100 F.- Las condiciones que se mencionan a continuación en las letras G y H, prevalecerán sobre cualquier condición distinta o que se contraponga a lo aquí indicado, sea que esté contenida en las Condiciones Generales de la Póliza POL (Incendio Ordinario) o en cualquiera de las Cláusulas Adicionales (CADs). G.- Extensiones, aclaraciones y sublímites de Cobertura 1. Vehículos Motorizados No obstante lo dispuesto en la Cláusula adicional CAD , se deja expresa constancia que la cobertura se extiende a cubrir cualquier daño material que causen a los bienes, objeto del seguro, vehículos de propiedad del Asegurado o de sus Concesionarios, Usuarios, Contratistas, Subcontratistas o de cualquier persona que circule por sus recintos. Lo anterior, es sin perjuicio del derecho que tendrán los Aseguradores para subrogarse en los derechos del Asegurado y repetir por lo pagado en contra de quienes aparezcan como responsables de los perjuicios, solo si no están autorizados a ingresar. 2. Explosión Se deberán cubrir los daños por explosión aunque provenga de bienes no asegurados. Se deberá dejar sin efecto la definición de explosión, indicada en el párrafo N 2 de la Cláusula 2, letra a, de la POL

19 3. Daños materiales causados por viento, inundación o desbordamiento de cauces. Se deberán cubrir antenas de radio, televisión o comunicaciones. 4. Daños por agua o fluidos No obstante lo dispuesto en las cláusulas adicionales CAD (Daños materiales causados por rotura de Cañerías o Desbordamiento de Estanques Matrices), CAD (Daños materiales causados por viento, inundación y desbordamiento de Cauces) y CAD (Avalanchas, Aluviones y Deslizamientos), se acepta y conviene que el presente seguro cubre los daños materiales causados por el ingreso de agua o de cualquier otro fluido a un edificio o recinto asegurado. Se deberán cubrir construcciones, edificios, estructuras, instalaciones, equipos y contenidos en subterráneos. Contrariamente a lo estipulado en la letra c) de las exclusiones de este adicional, se extiende a cubrir los daños por inundaciones o desbordamientos de origen sísmico, volcánico o cualquier otra que ocurra a causa de algún evento de la naturaleza. Se deberá cubrir los daños por la acción del agua, barro, u otros elementos. 5. Combustión espontánea Se cubre bajo el código CAD Riesgo eléctrico No obstante, lo dispuesto en las letras e) y f) de la Cláusula 4 de las Condiciones Generales de la Póliza POL (Incendio Ordinario), se deja expresa constancia que el presente seguro cubre incendio o daños materiales por fenómenos inherentes a la electricidad, incluyendo pero no limitado a: su falta de suministro o deficiencia, arcos de cortocircuito, sobretensión o sobrecarga, falla de aislación, inducción o electricidad estática. Se incluyen en esta cobertura los daños al bien en el cual se hubiesen originado dichos daños o perjuicios, sean de propiedad del asegurado, de terceros o bajo su responsabilidad de asegurar, para lo cual se establece un sublímite distinto al de Bienes Físicos por UF

20 7. Bienes Asegurables solo en forma expresa No obstante, lo dispuesto en las letras e), f), g) y h) de la Cláusula 3 de las Condiciones Generales de la Póliza POL (Incendio Ordinario), se deja expresa constancia que el presente seguro, se extiende a cubrir rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos, fundaciones, cimientos, canchas e instalaciones deportivas, artefactos de iluminación interior o exterior, transformadores eléctricos y subinstalaciones, caminos, piscinas, estanques de líquidos, muros de contención, conexiones a redes de servicio público, árboles, plantas, arbustos, jardines incluyendo su diseño; obras de drenaje, pozos, canales y, en general, cualquier obra civil, construcción o instalación que forme parte del activo fijo del Asegurado, sea que se encuentre sobre la Superficie del terreno, o bien sea subterránea. 8. Ubicación del Riesgo Las ubicaciones indicadas en esta póliza corresponden a las principales, pudiendo en el hecho haber otras dentro del territorio nacional, según las necesidades operacionales del asegurado, todas las cuales se mantienen cubiertas por esta póliza. 9. Trabajos de Construcción Se acuerda y conviene que se entienden cubiertos el incendio y daños materiales accidentales a la materia asegurada que sean consecuencia directa de trabajos de construcción, mantención, reparación y remodelación de edificios e instalaciones y/o montaje de maquinarias, ya sea que dichos trabajos sean realizados por contratistas o personal del asegurado. 10. Cesación de Cobertura No obstante, lo dispuesto en la Cláusula 10 de las Condiciones Generales de la póliza POL (Incendio Ordinario), se deja expresa constancia que los bienes asegurados por el presente seguro podrán entregarse en concesión, comodato, arrendamiento o en cualquier otra forma que involucre su explotación por parte de terceros, caso en el cual la cobertura se mantendrá vigente en los mismos términos y condiciones bajo las cuales ha sido pactada. 11. Nuevas Adquisiciones El asegurado dispondrá de sesenta (60) días corridos, contados desde su recepción material, para incorporar al seguro cualquier nuevo bien mueble o inmueble que pudiese adquirir durante la vigencia del presente seguro, como asimismo para aumentar los montos asegurados a un bien determinado que haya sido sometido a 20

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