MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO

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1 Página0 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO VALIDADO MEDIANTE OFICIO NÚMERO SGP/DS/CGMGP/CDPGP/000791/IV/2016 DE FECHA 05 DE ABRIL DE 2016, FIRMADO POR EL M.E.A.P. GONZALO A. HERRERA CASTILLA, SECRETARIO DE LA GESTIÓN PÚBLICA.

2 Página1 INDICE I. Presentación Pág. 2 II. Antecedentes Pág. 3 III. Misión y Visión Pág. 4 IV. Marco Jurídico Pág. 5 V. Atribuciones Pág. 10 VI. Estructura Orgánica Pág. 13 VII. Organigrama Estructural Autorizado Pág. 15 VIII. Objetivo Pág.16 IX. Facultades de la/él Oficial Mayor Pág. 17 X. Funciones de las Unidades Administrativas Pág. 22 XI. Apartado de Firmas Pág. 72

3 Página2 Capítulo I DE LA PRESENTACIÓN I.- PRESENTACIÓN El presente Manual de Organización es el documento administrativo que permite conocer como está estructurada orgánicamente la Oficialía Mayor, las atribuciones que le han sido conferidas según la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, las cuales deberá desempeñar con eficiencia, eficacia y productividad, para el logro de su misión. La finalidad del Manual de Organización de la Oficialía Mayor, es fijar las funciones a cada unidad administrativa, delimitar su responsabilidad y el ejercicio de su autoridad, obedeciendo a una estructura orgánica funcional que señala los niveles jerárquicos y las interrelaciones entre éstos, así también, agrupa los procedimientos con un objetivo común, detalla en forma ordenada y sistemática las actividades que componen cada uno de ellos, y representa gráficamente estas actividades en los diagramas de flujo, a fin de facilitar la lectura y comprensión de los mismos procedimientos; constituyendo además, una primera versión formal de las actividades que realizan todos los trabajadores al servicio de la Oficialía Mayor. La actualización del Manual de Organización, se da tomando como base, al nuevo Reglamento Interior de la Oficialía Mayor publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el día 10 de Octubre del 2014, y estará en permanente proceso de mejoramiento acorde con las políticas de modernización continua de la Administración Pública, y así proporcionar mejores servicios gubernamentales a las Dependencias del Ejecutivo y a su vez, a la sociedad quintanarroense.

4 Página3 Capítulo II DE LOS ANTECEDENTES II.- ANTECEDENTES La conformación legal de la Oficialía Mayor tuvo sus orígenes desde el ejercicio de Gobierno siendo Quintana Roo Territorio Federal, ejerciendo funciones simplificadas y con un reducido número de trabajadores, que no se requería de un auténtico Manual de Organización; y aún cuando el 8 de Octubre de 1974, se convierte en Estado Libre y Soberano, continuó conservando la misma designación, así como las funciones y responsabilidades para administrar los Recursos Humanos y Materiales del Gobierno del Estado, para el mejor cumplimiento de las funciones de Gobierno al servicio a la Ciudadanía, elaborándose un Manual de Organización que permitió organizar y estructurar dichas responsabilidades. Fue el 17 de Marzo de 1995, que al modificarse la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, se le denominó Secretaría de Administración, prácticamente con las mismas funciones. Sin embargo, en la publicación del Periódico Oficial del Estado del día 8 de septiembre del 2000, al readecuarse la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, vuelve a denominarse oficialmente como Oficialía Mayor; actualizándose el Manual de Organización en Junio del 2005, fortaleciendo las atribuciones de ésta, en la fracción décima primera, de su artículo19 y en su artículo 41º, en sus 18 fracciones, destacándose su responsabilidad para promover la Modernización de la Administración Pública en los términos que señalaba el Plan Básico de Gobierno La última actualización del Manual de Organización vigente de la Oficialía Mayor, se dio en Junio del El presente Manual ha sido revisado y readecuado al nuevo Reglamento Interior de la Oficialía Mayor publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el día 10 de Octubre del 2014, a partir del Plan Quintana Roo , en el cual, se definen políticas públicas de eficiencia gubernamental, bajo la práctica de un buen Gobierno, fomentando la reestructuración en busca de una mejor calidad en el ejercicio de la administración pública. Con fecha 19 de Agosto del 2013, se publicó en el periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, vigente hasta hoy en día; Por lo que, se hace imperativo estar acorde con las políticas de eficiencia gubernamental, actualizando el Manual de Organización de la Oficialía Mayor, readecuando estructuralmente su funcionamiento y organización interna, que garanticen una eficiente distribución del trabajo, así como una mejora sustancial en las responsabilidades que son de su competencia.

5 Página4 Capítulo III DE LA MISIÓN Y VISIÓN III.- MISIÓN Y VISIÓN MISIÓN: Siendo la Dependencia del Poder Ejecutivo, facultada para normar, la administración de los recursos, contribuimos a satisfacer las necesidades de las Dependencias de la Administración Pública Estatal en el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, administrando el Capital Humano, y proporcionando los Recursos materiales y servicios generales, en términos de eficacia, eficiencia, economía, calidad, transparencia, legalidad, confiabilidad y oportunidad, y en apego a la política de igualdad de oportunidades. VISIÓN: Enfrentando los retos de la modernidad, en el 2016, seremos una Dependencia estratégica, moderna, innovadora, de vanguardia y con igualdad de oportunidades; Líder en el modelo de gestión de calidad, con procesos simplificados en la administración y profesionalización del Capital Humano para el servicio público; altamente responsable, confiable y transparente en la adquisición y suministro de bienes y servicios para el eficiente funcionamiento de la Administración Pública; con la capacidad de proporcionar los servicios generales de alta calidad y de mejora continua, fortaleciendo la imagen de credibilidad y confianza de la ciudadanía hacia su Gobierno.

6 Página5 Capítulo IV DEL MARCO JURÍDICO IV.- MARCO JURÍDICO El Marco Jurídico que sustenta la operatividad de la Oficialía Mayor, se encuentra fundamentado en la Constitución, Leyes y Decretos Federales y Estatales, y sus reformas correspondientes. DISPOSICIONES FEDERALES Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. LEYES Ley Federal del Trabajo. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público Federal. Ley del I.S.S.S.T. E. Ley del Impuesto Sobre la Renta. Ley General de Bienes Nacionales. Ley del Impuesto al Valor Agregado. Ley Sobre el Contrato de Seguro. DISPOSICIONES FEDERALES (Reglamentos) Código Fiscal de la Federación.

7 Página6 Reglamento del Impuesto Sobre la Renta. Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del régimen del ISSSTE. Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público. Normas Oficiales Mexicanas. DISPOSICIONES ESTATALES Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. LEYES ESTATALES Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo. Ley de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo. Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Quintana Roo. Ley del Servicio Público de Carrera del Estado de Quintana Roo. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Quintana Roo. Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo. Ley de Egresos del Estado de Quintana Roo. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Quintana Roo. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo.

8 Página7 Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo. Ley del Sistema de Documentación del Estado de Quintana Roo. Ley del Patrimonio del Estado de Quintana Roo. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Ley de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo. Ley del proceso de Entrega y Recepción de los Recursos asignados a los Servidores Públicos, SENTRE. REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Oficialía Mayor. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo. Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Quintana Roo. Reglamento de la Ley del Patrimonio del Estado de Quintana Roo. Reglamento Interior del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo. Reglamento Interno del Subcomité Sectorial de Modernización Pública del COPLADE. DECRETOS Decretos del Presupuesto de Egresos del Estado de Quintana Roo. CONVENIOS Convenio de Afiliación Gobierno del Estado y FONACOT.

9 Página8 ACUERDOS Acuerdos y Convenios Sindicales. Acuerdo mediante el cual se regula la expedición del Manual para el Otorgamiento de Remuneraciones y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal y Manual. Acuerdo por el que se establecen lineamientos para el uso, resguardo y control de vehículos oficiales. Acuerdo por el que se establecen lineamientos a los que se sujetaran las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública en la elaboración de proyectos de Reglamentos Interiores y Manuales Administrativos. Acuerdo por el que se crea la Comisión Técnica para la Revisión, Evaluación y Dictaminación de Estructuras Orgánicas y Organigramas. Acuerdo por el que se crea la Unidad Administrativa denominada Representación del Gobierno del Estado de Quintana Roo en la ciudad de México, D.F. Acuerdo por el que se crean la Coordinaciones Administrativas del Gobierno del Estado de Quintana Roo, en las ciudades de Mérida Yucatán y en la ciudad de Cancún, Quintana Roo. LINEAMIENTOS Plan Estatal de Desarrollo Quintana Roo Lineamientos para la elaboración del Programa Operativo Anual y el Anteproyecto de Presupuesto, POA. Lineamientos para la Operación, Seguimiento y Evaluación del Programa Operativo Anual, FEPOA.

10 Página9 Lineamientos para el proceso de Entrega y Recepción de los Recursos asignados a los Servidores Públicos, SENTRE. Lineamientos para el Sistema en Línea del SENTRE. Lineamientos para el inventario, control, vigilancia, afectación, baja y destino final sobre los bienes muebles de dominio privado del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo. MANUALES Manual de Organización de la Oficialía Mayor. Manual de Procedimientos de la Oficialía Mayor. Manual para el Registro de Trámites y Servicios en Línea. Manual para el otorgamiento de remuneraciones y procedimientos para la administración de los recursos humanos de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal.

11 Página10 Capítulo V DE LAS ATRIBUCIONES V.- ATRIBUCIONES I.- Establecer y difundir las normas, políticas, sistemas, funciones, programas y procedimientos vinculados con la Administración de los Recursos Humanos, Materiales y de los Servicios Generales que deberán aplicar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado, para el manejo de sus recursos y servicios, de acuerdo con los programas y presupuestos a cargo de las mismas y en cumplimiento de los acuerdos de desconcentración que se establezcan bajo las directrices del Ejecutivo del Estado; II.- Emitir las normas y lineamientos que permitan la pronta y eficiente desconcentración de sistemas y procedimientos, vinculados con la administración de los recursos precitados, hacia las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, asegurando su adecuado control bajo criterios de austeridad, racionalidad y transparencia en la administración del gasto corriente; III. Proporcionar los servicios regionales de administración, en coordinación con las dependencias que operen en las regiones respectivas, procurando su vinculación con el modelo de organización y desarrollo regional del Estado y bajo criterios de eficiencia, productividad y ahorro en el gasto público y mayor cercanía y calidad de servicios a la población; IV. Instrumentar los mecanismos de coordinación con las diversas unidades administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, procurando transferirles la operación en la administración de los recursos y servicios, proporcionándoles la asistencia y apoyo que requieran para el desarrollo de sus funciones; V. Participar en los programas y acciones que en materia de descentralización celebre el Gobierno del Estado con la Federación, para el desarrollo administrativo de los servicios a cargo de sus Dependencias y Entidades; VI. Regular y contratar al personal de la Administración Pública del Estado; así como tramitar y registrar en coordinación con la dependencia correspondiente, los nombramientos, promociones, licencias, jubilaciones y pensiones de los servidores públicos; así como vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales estatutarias que rijan las relaciones con dichos trabajadores;

12 Página11 VII. Normar y emitir los criterios y lineamientos sobre el reclutamiento, selección, contratación, inducción y baja de los servidores públicos, elaborar y actualizar el escalafón, así como programar los estímulos y recompensas para los trabajadores de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, conforme a las disposiciones aplicables; VIII. Normar y controlar los procesos para la proveeduría de los bienes y servicios que requiera la Administración Pública Estatal para el cumplimiento de sus objetivos bajo un esquema de desconcentración y adecuada supervisión. Asimismo fijar, regular y emitir, en coordinación con las Secretarías de la Gestión Pública y de Finanzas y Planeación, los criterios y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, suministro, registro, almacenamiento y mantenimiento de bienes y servicios, materiales logísticos e informáticos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Administración Pública Estatal; IX. Normar y difundir el sistema de control de almacenes generales y de inventarios de los bienes muebles que sean patrimonio del Estado, así como establecer los lineamientos y procedimientos para su control, vigilancia, baja y destino final; X. Elaborar, controlar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles propiedad del Estado, conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado de Quintana Roo, así como administrar y asegurar la conservación y mantenimiento de los mismos; XI. Establecer las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la proyección, integración y funcionamiento del Sistema de Servicio Civil de Carrera en la Administración Pública del Estado; XII. Administrar y regular el Centro de Transporte Aéreo y los Servicios Regionales de Administración; XIII. Organizar en colaboración con las dependencias y entidades del Estado, y los sectores social y privado, los actos cívicos en la entidad; XIV. Organizar y administrar el Archivo General del Estado, determinando los lineamientos generales que permitan el desarrollo de una función desconcentrada en este rubro; XV. Coadyuvar con las Dependencias competentes en el proceso de modernización administrativa estatal, así como participar en las acciones

13 Página12 tendientes a la racionalidad y modernización de las políticas, normas, sistemas, estructuras, funciones, recursos, servicios y sectores que integran, regulan o determinan la organización y funcionamiento de la administración pública del Estado de Quintana Roo; XVI. Establecer las normas, políticas y lineamientos para regular la organización, operación y desarrollo de los programas o sistemas para la profesionalización de los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal; XVII. Coordinar la prestación del servicio social en las dependencias y órganos administrativos desconcentrados de la Administración Pública Estatal; XVIII. Establecer los criterios y lineamientos para regular la elaboración de las estructuras orgánicas y organigramas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, y emitir la autorización correspondiente previo análisis de la Comisión Técnica para la revisión, evaluación y dictaminación de estructuras orgánicas y organigramas; XIX. Normar, administrar y mantener actualizado el padrón de proveedores de bienes y servicios del Gobierno del Estado en términos de lo previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo, y XX. Las demás que le encomienden expresamente las leyes y reglamentos.

14 Página13 Capítulo VI DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA VI.- ESTRUCTURA ORGANICA Despacho de el/la Oficial Mayor Oficina de la Dirección General de Administración Dirección de Planeación y Control Presupuestal Departamento de Planeación Departamento de Control Presupuestal Departamento de Control, Gestión y Trámite Dirección de Recursos Humanos Departamento de Nóminas Departamento de Personal Departamento de Análisis de Estructuras Orgánicas y Catálogo de Puestos Departamento de Terceros Departamento de Prestaciones Económicas y Digitalización de expedientes personales Departamento de Seguridad e Higiene Dirección de Recursos Materiales Departamento de Adquisiciones Departamento de Proveeduría Departamento de Inventarios y Control Patrimonial Departamento de Concursos y Procedimientos Administración de la Casa de Gobierno de Othón P. Blanco Departamento Apoyo Administrativo Departamento de Supervisión de Servicio Administración de la Casa de Gobierno de Benito Juárez.

15 Página Coordinación de Profesionalización Departamento de Vinculación con el Sector Educativo Departamento de Operación y Seguimiento Dirección de Servicios Generales Departamento de Apoyo Logístico Departamento de Mantenimiento Departamento de Acción Cívica Cultural y Deportiva Departamento de Servicios Administrativos Unidad de la Banda de Música Dirección Jurídica y de Normatividad Departamento Jurídico Departamento de Normatividad y Enlace Departamento de Recuperación Patrimonial Dirección de Transporte Aéreo.

16 Página15 VII.- ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Capítulo VII DEL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

17 Página16 CAPITULO VIII DEL OBJETIVO VIII.- OBJETIVO: Lograr una mayor eficiencia, eficacia y economía, a través del establecimiento de normas, políticas, sistemas, funciones, programas y procedimientos, vinculados con la modernización, innovación y mejora continua de los procesos de administración y profesionalización del capital humano, de los recursos materiales, así como de los servicios generales, para la mejor funcionalidad de las Dependencias del Ejecutivo de la Administración Pública Estatal.

18 Página17 CAPITULO IX DE LA FACULTAD IX.- FACULTADES DE LA/EL OFICIAL MAYOR FACULTADES: I.- Determinar, coordinar, promover, dirigir y controlar con aprobación del Ejecutivo del Estado, las políticas y la organización de la Oficialía Mayor, así como establecer los planes y programas en términos de la legislación aplicable, señalando los objetivos que han de alcanzarse en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo denominado Plan Quintana Roo; II.- Proponer al Ejecutivo del Estado los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos de carácter general, así como emitir normas, lineamientos, circulares y demás disposiciones normativas de carácter administrativo que se refieran a asuntos de su competencia, así como de los Órganos Administrativos Desconcentrados de su sector; III.- Establecer las normas y lineamientos a que deberá sujetarse la celebración de los contratos por servicios técnicos y profesionales que requieran las Dependencias y los Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado; IV.- Dictar las políticas y criterios generales para la planeación de las adquisiciones de bienes y servicios que requieran las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo Estatal; V.- Establecer en coordinación con la Secretaría de la Gestión Pública, las políticas y lineamientos generales para la adquisición y suministro de bienes y servicios en forma no consolidada que requieran las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades del Poder Ejecutivo Estatal para su funcionamiento, de conformidad con la normatividad aplicable;

19 Página18 VI.- Fijar las disposiciones y lineamientos administrativos para el manejo de almacenes, así como el inventario, control, vigilancia, destino final y baja de bienes muebles de dominio privado de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades del Poder Ejecutivo Estatal, en los términos de la normatividad vigente; VII.- Proponer, establecer y en su caso vigilar el cumplimiento de las normas y procedimientos, de acuerdo a la legislación aplicable, para el uso, resguardo, control, conservación y mantenimiento de los bienes muebles propiedad o bajo encargo del Gobierno del Estado; VIII.- Establecer las políticas y lineamientos para enajenar, permutar y entregar en comodato los bienes muebles propiedad del Gobierno del Estado; IX.- Establecer las políticas y normas para la asignación de las áreas y espacios físicos que requieran las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades del Poder Ejecutivo Estatal para su funcionamiento, en términos de la legislación aplicable; X.- Contratar con las empresas de seguros, las coberturas que estimen necesarias para proteger la vida de los servidores públicos, los daños a terceros que pudieren ocasionar, así como para la protección de los vehículos y demás bienes muebles propiedad del Gobierno del Estado; XI.- Aprobar el anteproyecto del Presupuesto de Egresos de la Oficialía Mayor y, en su caso, las modificaciones al mismo, debiendo presentarlo conforme a lo establecido en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Quintana Roo ante la Secretaría de Finanzas y Planeación, así como sancionar el de los Órganos Administrativos Desconcentrados, bajo su coordinación; XII.- Aprobar la organización de la Oficialía Mayor y de los Órganos Administrativos Desconcentrados que le sean asignados sectorialmente, así como establecer los lineamientos y políticas en materia de estructuras orgánicas funcionales y de control administrativo como Dependencia globalizadora, vigilando su debido cumplimiento;

20 Página19 XIII.- Designar a los servidores públicos de la Oficialía Mayor y acordar y resolver acerca de las propuestas que los Titulares de las unidades administrativas le realicen en relación a la asignación de su personal, con base en la normatividad aplicable y asignaciones presupuestales autorizadas; XIV.- Proponer al Ejecutivo del Estado el nombramiento y remoción de los Titulares de las unidades administrativas de la Oficialía Mayor; XV.- Otorgar previo acuerdo con el Ejecutivo del Estado las remuneraciones, estímulos y recompensas a los servidores públicos de las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados XVI.- Emitir los criterios, normas, políticas y lineamientos para la contratación, remuneración, estímulos y recompensas, así como para la suspensión y terminación de los efectos del nombramiento de los servidores públicos, y para mantener al corriente el escalafón; XVII.- Emitir los tabuladores de sueldos de los servidores públicos de las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados, así como autorizar las percepciones de los puestos estableciendo la procedencia y monto de los estímulos a la productividad, eficiencia y la calidad de los trabajadores y otorgar autorización de otras prestaciones económicas con base a las asignaciones presupuestales, previo acuerdo con el Ejecutivo Estatal; XVIII.- Autorizar el catálogo de puestos de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades del Poder Ejecutivo. XIX.- Emitir y autorizar el proceso de cálculo de nómina, pago de sueldos, percepciones en general y prestaciones tales como estímulos, reconocimientos, recompensas, incentivos y pagos equivalentes a los mismos que se otorgan a los servidores públicos de las Dependencias y los Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado; XX.- Participar en los procesos tendientes a la integración de sueldos, asignación de prestaciones en efectivo, en especie y en servicios y demás percepciones de los servidores públicos de las Dependencias, Órganos Administrativos

21 Página20 Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal, en términos de las disposiciones legales correspondientes; XXI.- Establecer los lineamientos generales para la capacitación, actualización y profesionalización de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado; XXII.- Expedir los nombramientos de los trabajadores de base del nivel 5010 al 5120, de los trabajadores al servicio de cuerpos policiacos del nivel 3010 al 3100, así como del personal de confianza del nivel 500 al 1700, correspondientes a las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados, así como validar aquellos otros nombramientos que se expidan en términos de las leyes respectivas; XXIII.- Planear, coordinar y evaluar en los términos de la legislación aplicable, las actividades de los Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado que se le adscriban sectorialmente; XXIV.- Vigilar en los términos de la legislación aplicable y con los objetivos, criterios y políticas que determine el Titular del Poder Ejecutivo, el cumplimiento de las funciones de los Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos a su sector, como Dependencia globalizadora; XXV.- Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el Ejecutivo del Estado le encomiende o confiera y mantenerlo informado del desarrollo de las mismas; XXVI.- Comparecer ante la Honorable Legislatura del Estado de Quintana Roo, las ocasiones que sea requerido/a, para informar del estado que guarda su ramo o sector correspondiente o bien, cuando se discuta una iniciativa de Ley o se estudie un asunto relacionado con sus actividades; XXVII.- Suscribir los contratos de adquisiciones y de servicios técnicos y profesionales que requieran las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado para su funcionamiento, así como los de comodato de bienes muebles que determine y, en su caso, los de arrendamiento que le sean requeridos; XXVIII.- Suscribir los contratos de traslación de dominio de bienes muebles del Poder Ejecutivo, en términos de la normatividad aplicable.

22 Página21 XXIX.- Someter a la aprobación del titular del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo y vigilar su debida observancia y cumplimiento; XXX.- Autorizar, previo acuerdo con el Titular del Poder Ejecutivo, las estructuras orgánicas y organigramas de las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado, así como la creación, modificación y disolución de las unidades administrativas que se requieran y emitir las disposiciones para su regulación y funcionamiento; XXXI.- Establecer, previo acuerdo con el Titular del Poder Ejecutivo, las políticas y normas para la edición de publicaciones oficiales del Poder Ejecutivo, excepto las relativas al Periódico Oficial; XXXII.- Observar los principios de transparencia y publicidad en sus actos y respetar el derecho al libre acceso a la información pública, a toda persona que lo solicite, en los términos que establece la normatividad en la materia: XXXIII.- Otorgar, sustituir y revocar poderes generales y especiales dentro del ámbito de competencia de la Oficialía Mayor; XXXIV.- Resolver las dudas que se presenten con motivo de la interpretación o aplicación del presente Reglamento, así como los casos no previstos en el mismo; XXXV.- Las demás que le delegue el Titular del Poder Ejecutivo del Estado u otros ordenamientos legales o administrativos aplicables.

23 Página22 CAPÍTULO X DE LAS FUNCIONES X.- FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS OBJETIVO: SECCIÓN PRIMERA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Autorizar, dirigir y controlar la aplicación del Sistema Integral de Adquisiciones, en términos de racionalidad y optimización de los recursos, administrando eficientemente al Capital Humano y el patrimonio del Ejecutivo del Estado. FUNCIONES: I. Coordinar, autorizar y regular las actividades de las unidades administrativas de su adscripción; conforme a los lineamientos que determine el/la Oficial Mayor, así como coordinarse con las demás unidades administrativas de la Oficialía Mayor; II. III. IV. Organizar con el/la Oficial Mayor el despacho de los asuntos de las unidades administrativas a su cargo, así como cumplir y hacer cumplir los acuerdos del mismo; Participar en acuerdo, a los/las titulares de las unidades administrativas a su cargo y a cualquier otro servidor público subalterno, así como conceder audiencias al público; Proponer a la consideración de el/la Oficial Mayor, previa asesoría de la Dirección Jurídica y de Normatividad, los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, acuerdos, decretos, convenios, contratos y asuntos de su competencia; así como los relacionados con las demás unidades administrativas de la Oficialía Mayor; V. Autorizar y proponer a el/la Oficial Mayor el Anteproyecto del Programa Anual de Actividades y Presupuesto de Egresos que le corresponda a las unidades administrativas a su cargo, así como gestionar los recursos asignados para el eficaz desarrollo de sus funciones;

24 Página23 VI. VII. VIII. IX. Presentar a el/la Oficial Mayor los planes de trabajo con objetivos y programas de trabajo de las unidades administrativas a su cargo, así como supervisar su cumplimiento; Mantener informado el/la Oficial Mayor, de las funciones y comisiones que le encomiende y mantenerlo/a informado/a del desarrollo y cumplimiento de las mismas; Verificar que los sistemas de control presupuestal para controlar y evaluar el ejercicio del presupuesto asignado a la Oficialía Mayor, estén establecidos; Proveer la información y asesoría técnica cuando sean requeridas por las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal; así como por el Gobierno Federal, otras Entidades Federativas o por los Municipios del Estado, de acuerdo a las políticas y normas vigentes en el Estado; X. Presentar las medidas para el mejoramiento funcional y operativo de las unidades administrativas a su cargo a el/la Oficial Mayor; XI. XII. XIII. XIV. XV. Autorizar los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que por delegación de facultades o por suplencia le correspondan; Plantear la contratación del personal a el/la Oficial Mayor que sea solicitado por las Dependencias y los Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo Estatal, vigilando que cubran los requisitos establecidos en el puesto que corresponda; Verificar que disposiciones legales, convenios y contratos que rigen las relaciones de trabajo entre el Poder Ejecutivo del Estado y los servidores públicos; Formular las acciones necesarias, en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Planeación, para que las remuneraciones a los servidores públicos se entreguen en forma oportuna; Promover la Adquisición de los bienes muebles previa autorización de el/la Oficial Mayor en el ámbito de su competencia y los servicios de cualquier naturaleza que requieran las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado y participar en todas las adquisiciones con cargo al Presupuesto de Egresos, sujetándose a lo que al respecto establezca la legislación correspondiente;

25 Página24 XVI. XVII. XVIII. XIX. XX. XXI. XXII. XXIII. XXIV. XXV. Avalar, proveer y organizar los bienes y servicios a las áreas que conforman la Oficialía Mayor y sus Órganos Administrativos Desconcentrados, controlando el uso y destino adecuado de los mismos, conforme al Presupuesto de Egresos vigente; Gestionar ante la Secretaría de Finanzas y Planeación recursos para los programas de adquisiciones no consolidadas de las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado, debidamente autorizados, con el objetivo de comprometer los montos presupuestales necesarios; Presentar a el/la Oficial Mayor, las normas y políticas para la asignación, resguardos y uso de los bienes muebles para las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado; Participar como representante de la Oficialía Mayor en los Comités Ejecutivos de Adquisiciones y de Enajenaciones de las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Administración Pública Estatal; Prescribir y gestionar los pedidos correspondientes con los proveedores autorizados por el Comité Ejecutivo de Adquisiciones de las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Administración Pública Estatal; Plantear a el/la Oficial Mayor los nombramientos del personal que integren las unidades administrativas a su cargo; Desempeñar las facultades que el Reglamento Interior de la Oficialía Mayor delegue a los Titulares de las unidades administrativas a su cargo; Facultar por escrito a los servidores públicos subalternos conforme a las necesidades del servicio, para que firmen documentación relacionada con los asuntos que competan a las unidades administrativas a su cargo; Proyectar, fomentar, estructurar y dirigir los sistemas y servicios informáticos de la Oficialía Mayor, proporcionando asesoría y apoyo a sus unidades administrativas en la utilización de los mismos; Suministrar asistencia técnica a la Oficialía Mayor para la instalación de sistemas de información y sistemas de cómputo y telecomunicaciones;, así como, orientar a sus unidades administrativas en la operación y uso de los mismos;

26 Página25 XXVI. XXVII. XXVIII. XXIX. XXX. XXXI. Observar y proponer, en el ámbito de su competencia, en lo relativo con las solicitudes de adquisición, contratación, mantenimiento o reubicación de los bienes y servicios informáticos y telecomunicaciones, garantizando la integración, confidencialidad, recuperación y respaldo de la información y base de datos de las unidades administrativas que requiera la Oficialía Mayor; Plantear a el/la Oficial Mayor las normas, políticas y lineamientos para la utilización, manejo, conservación, optimización y uso racional de los recursos informáticos y de telecomunicaciones al interior de la Oficialía Mayor; Suministrar, fomentar soporte técnico y administrar en su caso, la operación de la infraestructura de telecomunicaciones y los sistemas automatizados de información e internet de las unidades administrativas de la Oficialía Mayor: Participar como representante de la Oficialía Mayor, en todas las acciones relacionadas con las actividades informáticas de la Dependencia; Proyectar y suministrar servicios de mantenimiento, protección, prevención y corrección, a sistemas, equipos de cómputo y software que requieran las unidades administrativas de la Oficialía Mayor; Las demás que le señalen otros ordenamientos legales aplicables, y las que le otorgue el/la Oficial Mayor. SECCIÓN SEGUNDA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTAL OBJETIVO: Consolidar una Planeación Estratégica con Actividades y Metas eficaces, eficientes y de economía, fortaleciendo el Sistema de Control Presupuestal Institucional, dando seguimiento a la evaluación de resultados, para retroalimentar la Toma de Decisiones de la Oficialía Mayor; y fungir como Enlace Institucional ante las Dependencias del Poder Ejecutivo que lo requieran, respecto de las funciones y responsabilidades propias de la Dirección.

27 Página26 FUNCIONES: I. Supervisar y coordinar que los Departamentos que conforman la Dirección de Planeación y Control Presupuestal, cumplan con sus funciones y responsabilidades; II. III. IV. Investigar y proponer la autorización a el/la Titular de la Dirección General de Administración, Manuales de procedimientos, así como las bases generales que deban contener los programas de trabajo de las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados sectorizados de la Oficialía Mayor; Establecer los mecanismos de gestión, control, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos de la Dependencia, así como de orientar a las unidades responsables. Proponer y coordinar las normas y políticas en materia de planeación estratégica, programación y presupuestación al interior de la Oficialía Mayor; V. Proponer el Anteproyecto del Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual para su autorización a el/la Titular de la Dirección General de Administración, y del Plan Estratégico Institucional; VI. VII. VIII. IX. Asesorar a las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados sectorizados a la Oficialía Mayor, en la elaboración y actualización de los documentos normativos Institucionales. Colaborar en el Subcomité Sectorial del Comité de Planeación para el Desarrollo (COPLADE) y en la integración del Programa Sectorial ; Observar la aplicación de los lineamientos establecidos en materia de seguimiento y evaluación del Programa Operativo Anual de las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados sectorizados. Verificar que se recopilen y procesen los informes trimestrales de evaluación, con la finalidad de retroalimentar el proceso administrativo de la planeación estratégica; X. Supervisar que el Departamento de Planeación monitoree los indicadores de gestión y eficiencia gubernamental, que han de medir y comparar los resultados obtenidos, en la evaluación de proyectos, programas y actividades;

28 Página27 XI. XII. XIII. XIV. XV. XVI. XVII. XVIII. Implementar los métodos para el control, seguimiento y evaluación del Programa Sectorial del Plan Estatal de Desarrollo, referente a las actividades que en materia de planeación estratégica y modernización administrativa de la Oficialía Mayor, en relación con los objetivos, estrategias y líneas de acción previstos; Regular la integración de los informes y cuadros estadísticos que deban rendirse al Titular del Poder Ejecutivo del Estado y de los resultados de las evaluaciones que se practiquen a las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados sectorizados, para la elaboración del informe anual de gobierno; Coordinar la integración, evaluación y actualización de los Manuales de Organización y de Procedimientos de las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, verificando la aplicación de los lineamientos y guías vigentes. Atender la función de Enlace que le asigne el/la Oficial Mayor, ante las Dependencias del Poder Ejecutivo que lo requieran, en relación con las funciones y responsabilidades propias de la Dirección; Verificar que el Departamento de Control Presupuestal cumpla con un sistema de registro y control presupuestal para la administración y evaluación del ejercicio del presupuesto autorizado y asignado a la Oficialía Mayor; Presentar a el/la Titular de la Dirección General de Administración, los proyectos de convenios con diversos prestadores de servicios de transporte aéreo y terrestre, renta de vehículos, hospedaje y alimentación, para su análisis y autorización; Verificar que se cuente con los controles internos para registrar, canalizar y dar seguimiento oportuno a las diferentes solicitudes de los servicios de transporte aéreo y terrestre, renta de vehículos, hospedaje, alimentación, apoyos diversos, radicación de recursos y pago de viáticos; Supervisar que estén controlados y programados los compromisos de apoyos diversos y pago a proveedores del Gobierno del Estado de Quintana Roo, en las ciudades de Cancún, de México y Mérida, Yucatán; XIX. Realizar las gestiones necesarias para dotar de recursos y radicarlos a la representación del Gobierno del Estado en la ciudad de México,; así como en las Coordinaciones Administrativas en la ciudad de Cancún y en la ciudad de Mérida, Yucatán;

29 Página28 XX. XXI. Validar los tramites de los fondos revolventes de las Casas de Gobierno en Othón P. Blanco y Benito Juárez, para que puedan cubrir sus requerimiento y; Las demás que le señalen otros ordenamientos legales, le otorgue el/la Oficial Mayor y/o el/la titular de la Dirección General de Administración, así como las que competan a las áreas a su cargo DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN OBJETIVO: Elaborar el Programa Operativo y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos Anual, evaluando resultados, manteniendo actualizados los manuales administrativos de la Dependencia y participar en la readecuación del Programa Sectorial derivado del Plan Estatal de Desarrollo; y apoyar al Titular de la Dirección en la función de Enlace Institucional ante las Dependencias del Ejecutivo. FUNCIONES: I. Elaborar el Plan Estratégico Institucional; II. III. IV. Coordinar e Integrar el Programa Operativo Anual Institucional; Supervisar y realizar el Seguimiento y Evaluación del P.O.A.; Verificar los Indicadores de Gestión y Eficiencia Gubernamental; V. Dar el Seguimiento y Evaluación del Programa Sectorial del Subcomité del COPLADE; VI. VII. VIII. Elaborar el Informe de actividades en el Sistema SEIGE para integrar el Informe Anual de Gobierno; Monitorear y actualizar la información los Trámites y Servicios en Línea en el Portal de la Oficialía Mayor; Actualizar e integrar el Manual de Procedimientos del RETyS en Línea; IX. Unificar los criterios y elaborar el Manual Institucional de Organización y los de Procedimientos;

30 Página29 X. Llevar la Representación Institucional en los actos de Entrega y Recepción de las Dependencias; XI. XII. XIII. Preparar los Actos Protocolarios de Entrega y Recepción Institucional (SENTRE); Monitorear la actualización de la información en el Sistema de Entrega y Recepción en Línea (SENTRE); Coordinar y llevar a efecto el procedimiento de Baja e Incineración de Expedientes (SENTRE); DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL OBJETIVO: Establecer un sistema que permita que el control presupuestal se opere con eficiencia y eficacia y proporcionar un servicio de excelencia a las unidades responsables de la Oficialía Mayor, para dar fluidez al trámite documental y manteniendo un control permanente de los procesos de Gestión. FUNCIONES: I. Preparar la Información para la elaboración del Presupuesto Financiero de la Oficialía Mayor, incluyendo sus Órganos Desconcentrados. II. III. IV. Coordinar e Integrar la documentación para la elaboración del Presupuesto Financiero de la Oficialía Mayor y sus Órganos Desconcentrados Tramitar oportunamente toda la documentación que las unidades responsables de la Oficialía Mayor, envían para su afectación presupuestal y su captura en el Sistema de Administración Gubernamental de la Secretaría de Finanzas y Planeación. Gestionar oportunamente ante la Secretaria de Finanzas y Planeación, las ampliaciones presupuestales que se requieran en la Oficialía Mayor. V. Atender y solventar las observaciones relativas al ejercicio del presupuesto de las Auditorias que realice la Secretaria de la Gestión Pública a la Oficialía Mayor y sus Órganos Desconcentrados,

31 Página30 VI. VII. Formular el reporte trimestral del Formato Evaluatorio del Programa Operativo Anual (F.E.P.O.A.) correspondiente al Avance Financiero de la Oficialía Mayor y sus Órganos Desconcentrados, así como el correspondiente al Avance Programático del Departamento de Control Presupuestal. Integrar y mantener actualizada la información en el Sistema de Entrega y Recepción (SENTRE); así como el correcto archivo y clasificación de la documentación generada por el Departamento de Control Presupuestal DEPARTAMENTO DE CONTROL, GESTIÓN Y TRÁMITE OBJETIVO: Registrar, canalizar y dar seguimiento oportuno a los trámites relacionados con los servicios de transporte aéreo y terrestre, renta de vehículos, hospedaje, alimentación, apoyos diversos, radicación de recursos, pago de viáticos, fondos revolventes y gastos a comprobar. FUNCIONES: I. Registrar, canalizar y dar seguimiento oportuno a los trámites relacionados con los servicios de transporte terrestre, aéreo, renta de vehículos, hospedaje, alimentación, apoyos diversos, radicación de recursos y pago de viáticos. II. III. IV. Tramitar los proyectos de convenios con diversos prestadores de servicios de transporte terrestre, aéreo, renta de vehículos, hospedaje y alimentación. Aplicar la metodología para registrar y gestionar el trámite oportuno de las solicitudes de transporte terrestre y aéreo, renta de vehículos, hospedaje, gastos a comprobar, radicación de fondos, fondos revolventes, viáticos y ayudas. Supervisar y tramitar ante las instancias correspondientes los compromisos de apoyos diversos y pago a proveedores en la Representación del Gobierno del Estado en la ciudad de México, y en las Coordinaciones Administrativas de Cancún y Mérida. V. Aplicar los Procedimientos para el Otorgamiento, comprobación y cancelación de Fondos Revolventes de Oficialía Mayor. VI. Tramitar los gastos a comprobar, para los servicios básicos, eventos, proveedores, gastos médicos y emergentes.

32 Página31 VII. Gestionar y trámitar apoyos, radicaciones, pago de facturas, recuperación de adeudos por gastos a comprobar. SECCIÓN TERCERA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS OBJETIVO: Establecer, aplicar y vigilar la aplicación de las normas, sistemas, procedimientos y políticas para la administración y desarrollo de los recursos humanos hacia el interior de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal. FUNCIONES: I. Proponer las normas correspondientes para regular la administración de los recursos humanos en concordancia con el presupuesto autorizado que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal; II. III. IV. Desarrollar, emitir, difundir y asegurar la operación de los manuales, las políticas y los procedimientos autorizados en materia de recursos humanos de aplicación en la Administración Pública Estatal; Vigilar el cumplimiento de las políticas y lineamientos, disposiciones legales, convenios y contratos que rigen las relaciones de trabajo entre el Poder Ejecutivo y los/las servidores/as públicos/as, en coordinación con las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados que correspondan; Mantener comunicación permanente con las organizaciones sindicales y laborales de los /Ias servidores/as públicos/as al servicio del Gobierno del Estado; V. Coordinarse con otras Dependencias, Instituciones y Organizaciones Sindicales y Laborales, para promover el desarrollo de las actividades culturales, recreativas y sociales del personal al servicio del Poder Ejecutivo, para la integración familiar; VI. Analizar y validar las propuestas de los movimientos de personal que le sean solicitados por las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados;

33 Página32 VII. VIII. IX. Actualizar los catálogos de puestos; así como los tabuladores de sueldos del Poder Ejecutivo; Actualizar las plantillas de plazas y de personal de las Dependencias del Poder Ejecutivo; así como registrar las plantillas de las Entidades de la Administración Pública; Gestionar ante el Instituto de Seguridad Social la afiliación y movimientos del personal para otorgarle servicio médico, así como el otorgamiento de prestaciones económicas; X. Intervenir y dar seguimiento a las demandas que presentan los/las servidores/as sobre los servicios médicos que proporcione el Instituto de Seguridad Social; XI. XII. XIII. XIV. XV. XVI. XVII. XVIII. Llevar los registros de los/las servidores/as públicos/as de las Dependencias del Poder Ejecutivo y elaborar todo lo relativo a los nombramientos, protestas del cargo, ascensos, cambios de adscripción, licencias, vacaciones y bajas; proporcionar documentos de identificación; así como realizar los trámites respectivos ante el Instituto de Seguridad Social; Integrar y mantener actualizada la información de archivos de carácter laboral y de naturaleza presupuestal relativos al personal; Integrar y difundir los programas de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene; Recopilar, clasificar y distribuir la correspondencia que generen las Dependencias y Órganos Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo; Proponer y vigilar el cumplimiento de las políticas y lineamientos de los programas de estímulos y recompensas para los servidores públicos de las Dependencias del Poder Ejecutivo; Vigilar el cumplimiento de las sanciones administrativas y económicas establecidas en la legislación laboral vigente; Certificar el ingreso, desarrollo y permanencia del personal de las Dependencias del Poder Ejecutivo; Proponer y vigilar el cumplimiento de las políticas que debe observar la integración de la nómina del Poder Ejecutivo;

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