Precios de Transferencia Una Obligación Real. Nicaragua Noviembre 2015

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1 Precios de Transferencia Una Obligación Real Nicaragua Noviembre 2015

2 Agenda Introducción y coyuntura: Precios de Transferencia en Nicaragua Estudio y métodos de precios de transferencia (PT) Precios de transferencia y planificación fiscal Experiencia PT en Centroamérica BEPS 2

3 Introducción y coyuntura: Precios de Transferencia en Nicaragua. 3

4 Introducción Precios de Transferencia en Nicaragua En el año 2009, el Gobierno de Nicaragua intentó promulgar lo que seria reformas fiscales, como parte del compromiso adquirido con Organismos Internacionales, y en ésta, introducir reglas de Precios de Transferencia. La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, valoró en su momento en dictamen a la iniciativa de ley mencionada, al respecto de la introducción de normativa de Precios de Transferencia, como la herramienta novedosa para contrarrestar el registro de gastos excesivos entre empresas relacionadas, práctica que afectaba la recaudación tributaria. Reglas Generales de Precios de Transferencias fueron introducidas con la Ley 822, Ley de Concertación Tributaria, publicada en La Gaceta No. 241 del 17 de Diciembre del 2012, y que en su articulo 303 dispuso una vaccatio o fecha de aplicación de regulaciones de precios de transferencia a partir del 1 de enero del 2016, a la fecha no se ha promulgado reglamentación alguna. 4

5 Definición y Principio de Libre Competencia (Art. 93 y 96 LCT) Concepto Como regla general, se establece en el arto. 93 de la LCT, que las operaciones que se realicen entre partes relacionadas, así como las adquisiciones o transmisiones gratuitas, serán valoradas de acuerdo con el principio de libre competencia. Libre Competencia Las operaciones que se realicen entre partes relacionadas se valorarán por el precio o monto que habrían acordado partes independientes en operaciones comparables en condiciones de libre competencia, incluso cuando las mismas deriven de rentas de capital y ganancias y pérdidas del capital. El valor así determinado, deberá reflejarse en los libros y registros contables del contribuyente. 5

6 Sujetos obligados a preparar Estudio de PT (Art. 95 LCT) Son sujetos de la aplicación de regulaciones de PT: Operaciones que se realicen entre partes relacionadas. Entre residente y un no residente. Entre un residente y aquellos que operen en régimen de Zonas Francas. Que pudiesen tener efectos en la determinación de la renta imponible del periodo fiscal en el que se realiza la transacción. 6

7 Criterios de vinculación PT (Art. 94 LCT) Parte relacionada 1. Dos personas se consideran partes relacionadas: a. Cuando una de ellas dirija o controle a la otra, o posea, directa o indirectamente, al menos el 40% de su capital social o de sus derechos de voto; b. Cuando cinco o menos personas dirijan o controlen a estas dos personas, o posean en su conjunto, directa o indirectamente, al menos el 40% de participación en el capital social o los derechos de voto de ambas personas; y c. Cuando sean sociedades que pertenezcan a una misma unidad de decisión. Se entenderá que, dos sociedades forman parte de la misma unidad de decisión si una de ellas es socio o partícipe de la otra y se encuentra en relación con ésta en alguna de las siguientes situaciones: i. Posea la mayoría de los derechos de voto; ii. Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración; 7

8 Criterios de vinculación PT (Art. 94 LCT Continuación ) Parte relacionada iii. Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con otros socios, de la mayoría de los derechos de voto; iv. Haya designado exclusivamente con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración; y v. La mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. Cuando dos sociedades formen parte cada una de ellas de una unidad de decisión respecto de una tercera sociedad de acuerdo con lo dispuesto en este literal c, todas estas sociedades integrarán una unidad de decisión. 8

9 Criterios de vinculación PT (Art. 94 LCT Continuación ) Parte relacionada 2. A los efectos del numeral 1, también se considera que una persona física posee una participación en el capital social o derechos de voto cuando la titularidad de la participación, directa o indirectamente, corresponde al cónyuge o persona unida por relación de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado. 3. También se considerarán partes relacionadas: a. En un contrato de colaboración empresarial o un contrato de asociación en participación cuando alguno de los contratantes o asociados participe directa o indirectamente en más del 40% en el resultado o utilidad del contrato o de las actividades derivadas de la asociación; b. Una persona residente en el país y un distribuidor o agente exclusivo de la misma residente en el extranjero; c. Un distribuidor o agente exclusivo residente en el país de una entidad residente en el exterior y esta última; 9

10 Criterios de vinculación PT (Art. 94 LCT Continuación ) Parte relacionada d. Una persona residente en el país y sus establecimientos permanentes en el extranjero; y e. Un establecimiento permanente situado en el país y su casa matriz residente en el exterior u otro establecimiento permanente de la misma o una persona con ella relacionada. 10

11 Materialidad y disponibilidad del Estudio PT (Art. 103 y 104 LCT) Materialidad Todas las transacciones deberían de ser evaluadas, en tanto que la Ley no establece mínimos de monto en transacciones que deban ser excluidas del Estudio de Precios de Transferencia. Disponibilidad del Estudio de PT con la Declaración de IR La regla general establece la obligación del contribuyente de tener disponible al tiempo de la presentación de la Declaración Anual de IR, la información, los documentos, y el análisis suficiente para valorar sus operaciones con partes relacionadas, de forma individual o como grupo empresarial. Debiendo aportarla en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de requerimiento. 11

12 PT y Código Tributario (Art. 89 y numeral 4 Art. 160) Sistema de determinación de la Obligación Tributaria: El numeral 4 del articulo 160 CTr, establece como sistema de determinación de obligación de tributaria, método de precios de transferencias establecidos en la ley. Carga de la Prueba: En los procedimientos tributarios administrativos o jurisdiccionales, quien pretenda hacer valer sus derechos o pretensiones, deberá probar los hechos constitutivos de los mismos. 12

13 Régimen sancionatorio (Art. 131 CTr) Régimen sancionatorio: No se encuentra establecida en reglas de PT fijada en la LCT penalidad especifica por determinación de ajustes de precios de transferencia, no obstante, se entenderá aplicable la establecida por el CTr. El Código Tributario establece multa por incumplimiento de los deberes y obligaciones de los contribuyentes responsables de hasta un 25% del monto ajustado, más intereses moratorios que oscila entre 2.5% y 5% mensual. Sanciones por Incumplimiento de Deberes Formales de Precios de Transferencia aplican las de los artículos 124 y 135 del Código Tributario. 13

14 Métodos para aplicar el Principio de LC (Art. 100 LCT) Métodos: 1. Del precio comparable no controlado 2. Del costo adicionado 3. Del precio de reventa Cuando por debido a complejidad de operaciones o por falta de información no pueda aplicarse los anteriores, se aplicarán los siguientes: 1. De la partición de utilidades 2. Del margen neto de la transacción 14

15 Qué hace falta? Deloitte Touche & Arias Seminario Precios de Transferencia: Una obligación real 15

16 Qué hace falta? 1. La reglas de PT en la LCT no consideran como base los principios establecidos en el modelo de PT de la OCDE, por lo tanto, toda regulación, directriz o disposición relativa a PT, debería crearse mediante e proceso de formación de la Ley (art. 114 y 115Cn). 2. Reglas de PT en la LCT no establecen criterios de materialidad, a como lo establecen legislaciones de PT en otros países, a los fines de simplificar las obligaciones formales e identificar situaciones de mayor riesgo. 3. La norma es clara en que puede realizar ajustes en materia de aduana y no solo renta, lo que implica poder comprobar los valores inclusive ante la Administración Aduanera, sin embargo, no establece o indica que las modificaciones puedan realizarse en materia de IVA. 4. No existe normativa o reglamentación, que adicione una sección en la Declaración Anual de IR, en la que puedan incluirse transacciones vinculadas, que permita a la Administración Tributaria poder identificar magnitudes y riesgos derivado del traslado de utilidades. 5. Pendiente regulación de los Acuerdos de Precios por Anticipado (APA). 16

17 Estudio y métodos de precios de transferencia 17

18 Estudio y métodos de precios de transferencia Qué son los Precios de Transferencia? Cuando las empresas independientes negocian entre sí, las fuerzas del mercado determinan las condiciones de sus relaciones comerciales y financieras. Puede que no ocurra lo mismo cuando las empresas asociadas operan entre sí. Los precios de transferencia son los valores a los cuales las empresas vinculadas realizan sus operaciones de ventas u otras transferencias de productos, servicios y/o propiedades intangibles. Cuando los precios de transferencia no responden a las condiciones del mercado y al principio de plena competencia, puede ocurrir una distorsión en las deudas tributarias y en la recaudación tributaria. Los beneficios de empresas asociadas deben ajustarse para corregir tales distorsiones y asegurar que se cumple el principio de plena competencia. Dicho ajuste se logra determinando las condiciones de las relaciones comerciales y financieras susceptibles de encontrarse entre empresas independientes, en operaciones y circunstancias comparables. 18

19 Estudio y métodos de precios de transferencia Qué regulan los Precios de Transferencia? Los precios máximos a los cuales las empresas pueden comprar bienes y/o servicios de empresas vinculadas y/o empresas domiciliadas en refugios fiscales. Los precios mínimos a los cuales las empresas pueden vender bienes y/o servicios a empresas vinculadas y/o empresas domiciliadas en refugios fiscales. (**) Para efectos del Impuesto a la Renta, aduanas e IVA. Los Precios de Transferencia otorgan un tratamiento fiscal equitativo para empresas multinacionales y empresas independientes. El trato igualitario a efectos fiscales entre empresas asociadas e independientes que propicia el principio de plena competencia evita que surjan ventajas o desventajas fiscales que, de otra forma, distorsionarían la posición competitiva relativa de cada tipo de entidad. 19

20 Estudio y métodos de precios de transferencia Origen y fundamentos El principio de Plena Competencia es el estándar internacional sobre precios de transferencia acordado por los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para su utilización, a efectos fiscales, por los grupos multinacionales y las administraciones tributarias. Artículo 9 Modelo de convenio para evitar la doble imposición. "(Cuando)... dos empresas (asociadas) estén, en sus relaciones comerciales o financieras, unidas por condiciones aceptadas o impuestas que difieran de las que serían acordadas por empresas independientes, los beneficios que habrían sido obtenidos por una de las empresas de no existir dichas condiciones, y que de hecho no se han realizado a causa de las mismas, podrán incluirse en los beneficios de esa empresa y someterse a imposición en consecuencia". 20

21 Las normas de Precios de Transferencia buscan asegurar que las utilidades se graven en las jurisdicciones correspondientes. 21

22 Las normas de Precios de Transferencia proporcionan a las administraciones tributarias y a las Empresas Multinacionales una herramienta para determinar qué utilidades deben asignarse a las jurisdicciones cuando se trata de transacciones entre partes relacionadas. 22

23 Operaciones usualmente sujetas a análisis Propiedad tangible (bienes) Compra de materias primas Compra de productos terminados Compra de activos fijos Compra y venta de empresas Compra y venta de acciones Cesiones y usufructos Propiedad intangible Licencias y Regalías por uso de intangibles Compra venta de intangible Cesiones y usufructos Servicios Asignación de costos de Casa Matriz Garantías de Cumplimiento Servicios contractuales Cargos corporativos (servicios administrativos, regalías) Arrendamiento de activos Servicios tercerizados Rembolso de gastos (con o sin mark up) Comisiones Cost Sharing (acuerdo de reparto de costos) Finanzas Préstamos intercompañía Cash pooling (gestión de tesorería) Factoraje Garantías en Préstamos Pago de intereses 23

24 Estudios de Precios de Transferencia Qué tengo que Hacer? 24

25 Estudio de Precios de Transferencia Fases Descripción del Negocio Análisis Funcional Análisis Económico Conclusiones y Anexos. 25

26 Estudio y métodos de precios de transferencia Contenidos del estudio Lista de activos fijos utilizados en las operaciones vinculadas Una descripción de la política del grupo en materia de precios de transferencia, si la hubiera; Descripción de la estructura organizativa y operativa del contribuyente y del Grupo Identificación del contribuyente, así como de las entidades vinculadas con las que realizó operaciones Descripción general de la empresa, del contribuyente y sus relacionadas Descripción general de la naturaleza e importe de las operaciones entre empresas del grupo Actividades Desarrolladas por el contribuyente Estados Financieros Riesgos inherentes a la actividad; Contratos Análisis de operaciones comparables Motivos de elección del método o métodos escogidos y la especificación del valor o intervalo de valores. 26

27 Estudio y métodos de precios de transferencia Contenidos del estudio El análisis de comparabilidad permite determinar si las operaciones vinculadas objeto de estudio, cumplen con el principio de plena competencia. Para la realización del análisis de comparabilidad se debe considerar como mínimo los siguientes elementos: Las características de las operaciones, productos y servicios. Las funciones o actividades, incluyendo los activos utilizados y riesgos asumidos en las operaciones de cada una de las partes involucradas en la operación. Términos o condiciones contractuales. Circunstancias económicas, información financiera, valoración del entorno en el que el grupo económico desarrolla su actividad, el sector productivo, aspectos macroeconómicos, condiciones de mercado, entre otros. Las estrategias empresariales o de negocios, incluyendo las relacionadas con la penetración, permanencia y ampliación del mercado. Identificación y análisis de precios de transacciones comparables, tanto internos como externos.. 27

28 Métodos De Precios de Transferencia. 28

29 Métodos de Precios de Transferencia Generalidades OCDE 1. Método del precio libre comparable 2. Método del coste incrementa do 3. Método del precio de reventa 4. Método de la distribución del resultado 5. Método del margen neto operacional Local 6. Método de valoración de los bienes con cotización internacional (importaciones y exportaciones) 29

30 Métodos de Precios de Transferencia Enfoque Basado en transacciones comparables Transaccional Permite comparaciones directas Generalmente favorable A menos que los comparables directos requieran ajustes subjetivos Funcional Basado en compañías comparables Transacciones se validan basadas en su resultado, lo cual es una medida indirecta. 30

31 Métodos de Precios de Transferencia Enfoque Métodos Métodos tradicionales basados en las operaciones Métodos basados en el resultado de las operaciones Método del Precio libre comparable Método del Precio reventa Método del Costo Incremental Método de la Distribución del Resultado Método del margen neto operacional Análisis de Aportación Análisis Residual 31

32 Métodos de Precios de Transferencia Selección del mejor método Necesita considerar los distintos métodos Debe desagregar la comparabilidad entre transacciones con relacionados y terceros Proporcionan la medida más fiable del resultado de libre competencia dados los hechos y circunstancias - Funciones - Términos contractuales - Riesgos - Condiciones económicas - Naturaleza de los bienes y servicios Calidad de los datos y supuestos - Exactitud de los datos - Confiabilidad de los supuestos - Sensibilidad al error en los puntos anteriores Parte en prueba: simplicidad - Función más rutinaria - Menos intangibles Identificación de la parte en prueba ayuda a determinar la escogencia del método. La escogencia del método y la parte en prueba interactúan con la identificación de los comparables, por ejemplo con las transacciones de compañías no relacionadas. La escogencia del método interactúa con el indicador del beneficio.. 32

33 Métodos de Precios de Transferencia Método del Precio Comparable no controlado Consiste en valorar el precio del bien o servicio en una operación entre personas relacionadas al precio del bien o servicio idéntico o de características similares en una operación entre personas independientes en circunstancias comparables, efectuando, si fuera preciso, las correcciones necesarias para obtener la equivalencia, considerando las particularidades de la operación. Factores a considerar - Similitud de los productos (Tipo, calidad, cantidad, etc.) - Estacionalidad - Etapa de la cadena de mercado - Mercado geográfico - Intangibles asociados - Términos contractuales - Otros factores que puedan afectar la comparabilidad. 33

34 Métodos de Precios de Transferencia Método del Precio de Reventa Consiste en sustraer del precio de venta de un bien o servicio, el margen de utilidad habitual que aplica el propio revendedor en operaciones idénticas o similares con personas independientes o, en su defecto, el que personas independientes aplican a operaciones comparables efectuando, si fuera preciso, las correcciones necesarias para obtener la equivalencia, considerando las particularidades de la operación. Se considera margen de utilidad habitual el porcentaje que representa la utilidad bruta respecto de las ventas netas. Factores a considerar - Utilizado con frecuencia en casos que involucren compra y reventa de tangibles - El revendedor no modifica físicamente el producto, ni le da un valor agregado - Empaque, etiquetado o ensamble menor son aceptables - Revendedor no aporta intangibles - Similaridad de politicas contables es requerida 34

35 Métodos de Precios de Transferencia Método del Costo Adicionado Consiste en incrementar el valor de adquisición o costo de producción de un bien o servicio en el margen de utilidad habitual que obtenga el contribuyente en operaciones idénticas o similares con personas independientes o, en su defecto, en el que personas independientes aplican a operaciones comparables efectuando, si fuera preciso, las correcciones necesarias para obtener la equivalencia, considerando las particularidades de la operación. Se considera margen de utilidad habitual el porcentaje que representa la utilidad bruta respecto de los costos de venta. Factores a considerar Costos deben incluir todos los costos asociados con el proceso (manufactura y servicios) i)directos, materiales, mano de obra ii) Indirectos Overhead El margen aplicado al total de costos es comparado contra los márgenes de los comparables. (Funciones y diferencias contables deben ser consideradas) Estructura de costes Experiencia de negocio Eficiencia gerencial Funciones realizadas Productos Intangibles 35

36 Métodos de Precios de Transferencia Método de la distribución del resultado Consiste en asignar la utilidad de operación obtenida por las partes vinculadas, en la proporción que hubiera sido asignada con o entre partes independientes Análisis de aportaciones: la confiabilidad se determina con base en qué tan bien ha sido segregada la aportación de cada parte. Análisis residual: la confiabilidad se ve afectada por la confiabilidad de la información contable y las presunciones asumidas. La suma de las porciones del pie no pueden ser mayor al pie completo. Porciones a ser separadas Utilidad en manufactura Utilidad en distribución Utilidad en intangibles Utilidad en otras funciones. 36

37 Métodos de Precios de Transferencia Método del Margen Neto Transaccional Consiste en atribuir a las operaciones realizadas con una persona relacionada el margen neto que el contribuyente o, en su defecto, terceros habrían obtenido en operaciones idénticas o similares realizadas entre partes independientes, efectuando, cuando sea preciso, las correcciones necesarias para obtener la equivalencia y considerar las particularidades de las operaciones. El margen neto se calculará sobre costos, ventas o la variable que resulte más adecuada en función de las características de las operaciones. Factores a considerar Potencialmente aplicable a todas las transacciones Los márgenes netos son más tolerantes a las diferencias funcionales y se ven menos afectados por las diferencias contables. Método más indirecto Cuenta con la debilidad que el margen neto puede verse afectado por factores que no influyen en los precios. La confiabilidad se ve afectada por el grado de comparabilidad (activos, funciones y riesgos) de las entidades que son comparadas. Este método se puede ver significativamente afectado por estructuras de costos, diferencias en la experiencia del negocio y la eficiencia gerencial. 37

38 Selección del método Confiabilidad de los factores de precios de transferencia Algunosfactoresafectanla confiabilidadde los métodosde preciosde transferencia Métodos basados en las trasacciones Las directrices de la OCDE prefieren los métodos basados en trasacciones que los basados en los resultados. Metodo Precio Libre Comparado - Alto grado de comparabilidad de productos y funciones es requerido -Diferenciasson permitidassolo si: 1) no afectanmaterialmenteel precioenel mercadoabierto, 2) el efectoenel preciopuedeserconfiablementemedibley calculable. Método Precio de Reventa -El revendedorno alterafísicamenteel productoo agregavalor de forma sustacial - El revendedor no aplica activos intangibles que añadan valor - Similaridad en funciones y políticas contables 38

39 Selección del método Confiabilidad de los factores de precios de transferencia Método del coste incrementado La confiabilidadde estemétodose reduce pordiferenciasentre transacciones controladas y no controladas respecto de: -Intangibles -Estructura de costes -Experiencia de negocio -Eficiencia gerencial -Funciones realizadas -Productos Métodos basados en las trasacciones Método de la distribución del resultado Análisisde aportaciones: la confiabilidadse determinacon base enquétan bien ha sido segregada la aportación de cada parte. Análisisresidual: la confiabilidadse veafectadaporla confiabilidadde la información contable y las presunciones asumidas. 39

40 Selección del método Confiabilidad de los factores de precios de transferencia Método del margen neto operacional La confiabilidadse veafectadaporel gradode comparabilidad(activos, funciones y riesgos) de las entidades que son comparadas. Este método se ve menos afectado por las diferencias transaccioneales que otros casos como el Precio Libre Comparable. Este métodose puedeversignificativamenteafectadoporestructurasde costos, diferencias en la experiencia del negocio y la eficiencia gerencial. 40

41 Acuerdos de Precio Anticipados (APA) Qué es un APA? Es un acuerdo con el fisco para fijar el precio de una determinada transacción. Existen dos tipos de APA: bilateral y unilateral. APA bilateral: acuerdo de precio anticipado en donde se pacta el precio de una determinada transacción entre el contribuyente y los fiscos involucrados en la transacción. APA unilateral: acuerdo de precio anticipado en donde se pacta el precio de una determinada transacción entre el contribuyente y un fisco. Una vez aprobado, surte efecto hasta un máximo de 3 años. Beneficio: El fisco debe tomar el precio fijado en el APA como el precio de valor de mercado, por lo que la transacción acordada no podrá ser objeto de fiscalización.. 41

42 Acuerdos de Precio Anticipados (APA) Deventajas: Si el precio de mercado posterior al APA es más conveniente para el contribuyente, se debe acatar lo establecido en el APA. Para solicitar un APA, se necesita cumplir con un requerimiento de información extenso. Si la Administración Tributaria no aprueba el APA, la misma estaría pendiente de los precios que utilice el contribuyente. 42

43 Precios de Transferencia y Planificación Fiscal 43

44 Precios de transferencia y planificación fiscal Uso y Aplicación Optimización de la cadena de valor Diagnóstico de la empresa /Grupo para analizar el comportamiento del mercado Cumplimientos formales (presentación declaraciones, preparación estudio de PT, medio probatorio en fiscalizaciones) Precios de Precios Transferencia de Transferencia Planificaciones fiscales Definiciones de políticas de remuneración entre empresas relacionadas Definición de estrategias de negocio Identificación de riesgos 44

45 Precios de transferencia y planificación fiscal Uso y Aplicación Antes /durante el ejercicio fiscal Después del cierre del ejercicio fiscal EF 1 EF 2 Optimización de la cadena de valor Planificaciones fiscales Diagnósticos Definiciones de políticas de remuneración Estrategias de negocio Identificación de riesgos Cumplimientos formales obligatorio cumplimiento: Estudio de PT del EF1 Declaraciones EF1 45

46 Precios de transferencia y planificación fiscal Objetivo de las planificaciones fiscales Jurisdicción de baja imposición Tasas impositivas - Estas estrategias estarán más limitadas con las acciones del BEPS Funciones Riesgos Activos Decisiones estratégicas Jurisdicción de alta imposición Tasas impositivas + 46

47 Precios de transferencia y planificación fiscal Planificación fiscal Países cuya tasa de gravamen de ISR se sitúa en los rangos más altos y que mantienen operaciones vinculadas con entidades en países con tasas impositivas inferiores: País Tarifa Kuwait 55% Alemania 45% India 40% Polonia 40% Bélgica 39% República Checa 39% Canadá 38% Irlanda 38% Rumania 38% Japón 37,5% Italia 37% Australia 36% Portugal 36% Colombia 35% 47

48 Precios de transferencia y planificación fiscal Planificación fiscal País Tarifa Austria 34% Dinamarca 34% México 34% Panamá 34% Suiza (promedio) 34% Venezuela 34% Francia 33,3% Reino Unido 33% Argentina 30% Costa Rica 30% China 30% País Tarifa Guatemala 31% Malasia 30% Nicaragua 30% Paraguay 30% Perú 30% Corea 28% Singapur 26% Bolivia 25% Ecuador 25% República Dominicana 25% Taiwán 25% 48

49 Precios de transferencia y planificación fiscal Planificación Fiscal Empresa A Empresa B Grupo Tasa Impositiva 18% 30% Margen del 10% Ingresos Costos y gastos Utilidad de operación Impuestos 1, ,8 Utilidad Neta 8, ,2 Empresa A Empresa B Grupo Tasa Impositiva 18% 30% Margen del 40% Ingresos Costos y gastos Utilidad de operación Impuestos 7, ,2 Utilidad Neta 32, ,8 49

50 Precios de transferencia y planificación fiscal Planificación fiscal sin perjuicio al fisco Empresa A Empresa B Grupo Tasa Impositiva 30% 30% Margen del 10% Ingresos Costos y gastos Utilidad de operación Impuestos Utilidad Neta Empresa A Empresa B Grupo Tasa Impositiva 30% 30% Margen del 40% Ingresos Costos y gastos Utilidad de operación Impuestos Utilidad Neta

51 Experiencia PT en Centroamérica 51

52 Situación de los Precios de Transferencia Evolución Australia South Africa USA China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA Germany Russia Belgium Venezuela Argentina Canada UK China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA Thailand Portugal Peru India Netherlands Germany Russia Belgium Venezuela Argentina Canada UK China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA Lithuania Taiwan Hungary Colombia Malaysia Thailand Portugal Peru India Netherlands Germany Russia Belgium Venezuela Argentina Canada UK China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA Estonia Latvia Uruguay Finland Turkey Vietnam Singapore Poland Norway Kazakhstan Indonesia Ecuador Denmark Taiwan Lithuania Taiwan Hungary Colombia Malaysia Thailand Portugal Peru India Netherlands Germany Russia Belgium Venezuela Argentina Canada UK China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA Panama Greece Egypt Ireland Hong Kong Romania Estonia Latvia Uruguay Finland Turkey Vietnam Singapore Poland Norway Kazakhstan Indonesia Ecuador Denmark Taiwan Lithuania Taiwan Hungary Colombia Malaysia Thailand Portugal Peru India Netherlands Germany Russia Belgium Venezuela Argentina Canada UK China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA Luxembourg Dominican Republic Chile Angola Kenya Nigeria Guatemala Costa Rica El Salvador Malawi Puerto Rico Namibia Uganda Zambia Panama Greece Egypt Ireland Hong Kong Romania Estonia Latvia Uruguay Finland Turkey Vietnam Singapore Poland Norway Kazakhstan Indonesia Ecuador Denmark Taiwan Hungary Colombia Malaysia Thailand Portugal Peru India Netherlands Germany Russia Belgium Venezuela Argentina Canada UK China Slovakia Brazil Japan Italy New Zealand Mexico Korea France Australia South Africa USA 52

53 Situación de los Precios de Transferencia América Latina México (1994) Con normas de PT Guatemala (2013) El Salvador (2010) Colombia (2004) Ecuador (2005) Perú (2001) Honduras (2014) Rep. Dominicana (2011) Nicaragua(2016) Costa Rica (2014) Panama (2011) Puerto Rico (2013) Venezuela (1999) Considerando normas de PT (Puerto Rico) Sin normativa de PT (Belice, Bolivia, Guyana Francesa, Guyana, Paraguay, Surinam) Brasil (1997) Chile (2012) Uruguay (2009) Argentina (1999) 53

54 Situación de los Precios de Transferencia Centroamérica País Normativa Aplicable Fecha de vigencia Costa Rica D H EF 2014 Honduras D EF 2014 Métodos OCDE Nicaragua Ley de Concentración Tributaria 822 Guatemala* D EF 2016 EF 2013, 2015 El Salvador D. 233 EF 2010 Métodos Ámbito de aplicación Régimen Sancionatorio Declaración informativa Local, internacional, Métodos OCDE y zonas francas, y países Sanciones generales método de precio sin convenio de del CNPT de mercado intercambio de información Métodos OCDE Métodos OCDE y método de valuación importación y exportación Art. 199-B y Métodos OCDE Nacional, Internacional y paraísos fiscales. desde a USD Internacional y regímenes Sanciones generales de zona Franca del código tributario. Internacionales Local e internacional, así como ubicados en paraísos fiscales o países con baja tributación Sanciones generales del Código Tributario (1% de los ingresos) 0,5% del patrimonio por falta de información APA Materialidad No No No No Panamá Ley y Ley EF 2012 Métodos OCDE Internacional 1% del monto bruto total de las operaciones vinculadas No Internacional, paraísos 5-30 salarios mínimos República Dominicana R EF 2011 Métodos OCDE fiscales o países con baja y el 0,25% de los tributación ingresos * Conforme al Decreto No , el Congreso determinó la suspensión de la vigencia y la aplicación de las normas de PT para el EF 2014, las cuales volvieron a tomar efecto y aplicación a partir del 01/01/

55 Obligaciones formales Países en Centroamérica 55

56 Obligaciones Formales Costa Rica Normativa que rige la materia: Decreto de la Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda No H del 13 de septiembre de Entrada en vigor: Ejercicio fiscal Sujetos a PT: Grandes Contribuyentes (Declaración informativa y documentación); Grandes Empresas Territoriales (Declaración informativa y documentación); Entidades en régimen de Zona Franca (Declaración informativa y documentación); Todo aquel que realice operaciones con vinculados a nivel nacional o en exterior (documentación) Materialidad: Todas las transacciones deben de ser evaluadas. No hay mínimos de monto en transacciones, para efectos de no incluirse en el estudio de precios de transferencia. Formularios a declarar anualmente: Declaración informativa (pendiente de ser desarrollada por Resolución) se estima que aplicará a partir del EF 2015 y deberá presentarse 6 meses después del cierre. 56

57 Obligaciones Formales Costa Rica Documentación de precios de Transferencia: todos los contribuyentes que realicen operaciones con vinculados residentes en Costa Rica o en el exterior. El informe de PT no tiene fecha de presentación, sin embargo, debe estar a la disposición de las autoridades cuando lo requieran (10 días hábiles) Queda pendiente una resolución que regule más aspectos de la documentación de PT. Aplica para el EF La documentación deberá ser preservada por un plazo de 5 años y deberá ser en idioma castellano. Régimen sancionatorio: Sanciones establecidas en el Código de Normas y Procedimiento Tributario. En caso de incumplimiento de suministro de información se podrá aplicar una multa del 2% de los ingresos brutos con un mínimo de 10 salarios base ( ) y un máximo de 100 salarios base ( ). En caso de errores en la información suministrada, se podrá aplicar el 1% del salario base por cada registro incorrecto. 57

58 Obligaciones Formales Panamá Normativa que rige la materia: Ley 33 de 30 de junio de 2010 introdujo la normativa de precios de transferencia en el Capítulo IX al Titulo I del Libro Cuarto del Código Fiscal. Ley 52 de 28 de Agosto de 2012: plantea importantes modificaciones a la legislación de precios de transferencia. Entrada en vigor: Ejercicio fiscal Sujetos a PT: Operaciones entre contribuyentes y entidades ubicadas en otras jurisdicciones. Materialidad: Todas las transacciones deben de ser evaluadas. No hay mínimos de monto en transacciones, para efectos de no incluirse en el estudio de precios de transferencia. Formularios a declarar anualmente: Declaración informativa Forma 930 (identificación de entidades vinculadas, importes, tipo de transacciones, método). Presentación a los 6 meses del cierre del ejercicio fiscal. 58

59 Obligaciones Formales Panamá Documentación de precios de Transferencia:. El informe de PT no tiene fecha de presentación, sin embargo, debe estar a la disposición de las autoridades cuando lo requieran (45 días hábiles) La documentación deberá ser preservada por un plazo de 5 años y deberá ser en idioma castellano. Régimen sancionatorio: La no presentación de la declaración informativa implicará una multa del 1% sobre el monto total de las operaciones con partes relacionadas. La negativa de exhibir documentos conllevará multa será de B/. 100 a B/ Por no rendir documento en un plazo de 72 horas, la multa será de B./ 1000 a B./ 5000 la primera vez y multa de B./ 5000 a B./ en caso de reincidencia. Cierre de establecimiento por 2 días la primera vez y hasta 10 días en caso de reincidencia. Si persiste, será clausura de 15 días. 59

60 Obligaciones Formales Guatemala Normativa que rige la materia: Ley de Actualización tributaria, Decreto Entrada en vigor: Ejercicio fiscal 2013, suspendido para el ejercicio fiscal 2014 y volvió a entrar en vigor para el ejercicio fiscal Sujetos a PT: Operaciones entre contribuyentes y entidades ubicadas en otras jurisdicciones Materialidad: Todas las transacciones deben de ser evaluadas. No hay mínimos de monto en transacciones, para efectos de no incluirse en el estudio de precios de transferencia. Formularios a declarar anualmente: Declaración informativa que acompaña a la Declaración de Impuesto sobre la Renta. Presentación al 31 de marzo. 60

61 Obligaciones Formales Guatemala Documentación de precios de Transferencia: vinculados residentes en el exterior. todos los contribuyentes que realicen operaciones con El informe de PT no tiene fecha de presentación, sin embargo, debe estar a la disposición de las autoridades cuando lo requieran (20 días hábiles) La documentación deberá ser en idioma castellano. Régimen sancionatorio: Sanciones generales del Código Tributario. 61

62 Obligaciones Formales El Salvador Normativa que rige la materia: Código Tributario, Decreto 233. Entrada en vigor: Ejercicio fiscal Sujetos a PT: Operaciones entre contribuyentes y entidades ubicadas en paraísos fiscales. Operaciones entre contribuyentes y entidades vinculadas o entidades situadas en territorios de régimen fiscal preferente. Operaciones con vinculados locales o residentes en el extranjero. Materialidad: Se declaran transacciones realizadas con contribuyentes que sean superiores a US$ anuales. Formularios a declarar anualmente: Declaración informativa F-982 (identificación de entidades vinculadas, importes, tipo de transacciones, método). Presentación al 31 de marzo de cada año. La declaración de la renta un mes después, deberá contar con ajustes resultantes del estudio de PT. El 31 de mayo de cada año se deberá demostrar al auditor fiscal el cumplimiento de la normativa de PT, ya que éste debe revelar en el Dictamen fiscal el cumplimiento o no con las regulaciones de PT. 62

63 Obligaciones Formales El Salvador Documentación de precios de Transferencia:. El informe de PT no tiene fecha de presentación, sin embargo, debe estar a la disposición de las autoridades cuando lo requieran. La documentación deberá ser preservada por un plazo de10 años. Régimen sancionatorio: Cuando el contribuye no cuente con un Estudio de PT, la Administración Tributaria está facultada para efectuar ajustes a los precios pactados entre Sujetos Relacionados. (Art. 62- A del Código Tributario). Los costos y gastos provenientes de operaciones con sujetos relacionados que no cuenten con documentación idónea y que cumplan con todas las formalidades exigidas, no tendrán validez para ser deducibles fiscalmente. La no presentación, presentación extemporánea o presentación incorrecta del formulario F-982, conlleva a una multa del 0.5% sobre el patrimonio o capital contable. No contar con la documentación que demuestra que las operaciones realizadas con sujetos relacionados fueron pactadas a valores de mercado, puede derivar en una multa del 0.2% sobre el patrimonio o capital contable. 63

64 Obligaciones Formales República Dominicana Normativa que rige la materia: Ley 11-92, Reglamento Entrada en vigor: Ejercicio fiscal Sujetos a PT: Operaciones entre contribuyentes y entidades ubicadas en paraísos fiscales. Operaciones entre contribuyentes y entidades vinculadas o entidades situadas en territorios de régimen fiscal preferente. Operaciones con vinculados residentes en el extranjero. Materialidad: En el Decreto Ejecutivo establece que no tendrán obligación de documentación y presentación de declaración informativa aquellos contribuyentes cuyas operaciones no superen en conjunto RD (US$ aprox.). Formularios a declarar anualmente: Declaración informativa incluida en la declaración del impuesto sobre la Renta. Esta se debe presentar dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la declaración de impuesto sobre la renta. 64

65 Obligaciones Formales República Dominicana Documentación de precios de Transferencia:. El informe de PT no tiene fecha de presentación, sin embargo, debe estar a la disposición de las autoridades cuando lo requieran dentro del plazo de 10 días hábiles. El informe de PT debe ser preparado en idioma español. Régimen sancionatorio: No se encuentra reglamentada penalidad por determinación de ajustes de precios de transferencia. El Código Tributario establece multa por incumplimiento de los deberes y obligaciones de los contribuyentes responsables de hasta un 25% del monto ajustado, más intereses moratorios que oscila entre 2.5% y 5% mensual. Sanciones por Incumplimiento de Deberes Formales de Precios de Transferencia aplican las de los artículos 124 y 135 del Código Tributario.. 65

66 Obligaciones Formales Honduras Normativa que rige la materia: Decreto Entrada en vigor: Ejercicio fiscal Sujetos a PT: Medianas o Grandes Empresas que hayan realizado operaciones con vinculados locales o en el exterior. Contribuyentes con operaciones llevadas a cabo con entidades ubicadas en Paraíso Fiscal. Contribuyentes que hayan efectuado operaciones superiores a US$ (en total en el año) con vinculados locales cuando no encajen en los supuestos anteriores. Materialidad: Bajo comunicación del DEI, se estableció un ubral de materialidad de operaciones superiores a los US$ para aquellos contribuyentes que no son Medianas o Grandes Empresas Comunicación DEI materialidad 30/04/2015 Formularios a declarar anualmente: Declaración informativa según comunicación del DEI a presentarse el 30 de abril (día de presentación de la declaración de ISR). Dicha declaración ha sido pospuesta hasta que se publique Reglamento que regule la materia. 66

67 Obligaciones Formales Honduras Documentación de precios de Transferencia:. El informe de PT no tiene fecha de presentación, sin embargo, debe estar a la disposición de las autoridades cuando lo requieran dentro del plazo de 10 días hábiles. Régimen sancionatorio: No aportar o aportar datos falsos o manifiestamente incompletos o inexactos será multado por la suma de US$ Declarar una base imponible inferior a la que hubiera correspondidos debido a una valoración convenida distinta de la que habrían acordado circunstancias comparables, salvo que exista documentación que compruebe o justifique la veracidad de lo declarado, será sancionado con una multa del 15% sobre el importe del ajuste realizado por la Administración. Si esto se acompaña de la conducta anteriore, la sanción se eleva al 30% o US$ Cualquier otro incumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley puede resultar en una multa de US$

68 Obligaciones Formales Ejemplos Contenido Declaraciones Informativas Información generalmente presentada en las declaraciones informativas Persona o entidad vinculada, cédula jurídica Apellidos y nombre /razón social Criterio de vinculación Régimen tributario al que pertenece. Tipo de operación Ingreso / pago Método valoración Importe operación Código provincia / país de residencia de la relacionada Tipo de contribuyente Código SIC al que pertenece la entidad Indicador financiero aplicado Elementos utilizados para los ajustes Resultado del análisis (ubicación de la transacción frente al rango intercuartil). 68

69 Plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de Beneficios (BEPS) 69

70 BEPS Plan de acción de la OCDE Acción 1: Acción 2: Hacer frente a los desafíos fiscales que plantea la economía digital Neutralizar los efectos de los dispositivos híbridos Doble tributación, doble deducción, diferimiento a largo plazo Acción 3: Acción 4: Acción 5: Acción 6: Reforzar las normas sobre transparencia fiscal internacional Limitar la erosión de la base imponible vía deducción de intereses y otros pagos financieros Incrementar la eficiencia de las medidas para contrarrestar las prácticas fiscales perjudiciales, teniendo cuenta la transparencia y la sustantividad Impedir el abuso de los convenios para evitar la doble imposición (CDI). 70

71 BEPS Plan de acción de la OCDE Acción 7: Acciones 8-10: Impedir la evitación deliberada de la condición de establecimiento permanente Garantizar que los resultados en materia de precios de transferencia tengan correspondencia con la creación de valor Intangibles Riesgo y capitales Operaciones de alto riesgo Acción 11: Acción 12: Establecer métodos para la recopilación y análisis de datos sobre erosión de la base imponible, traslado de beneficios y medidas para abordar esta cuestión Requerir a los contribuyentes que comuniquen sus mecanismos de planificación fiscal agresiva 71

72 BEPS Plan de acción de la OCDE Acción 13: Nuevo análisis de la documentación sobre precios de transferencia Reporte local Reporte maestro Reporte país a país (CbC) Acción 14: Acción 15: Hacer más efectivos los mecanismos para la resolución de controversias (procedimientos amistosos) Desarrollar un instrumento multilateral para la aplicación de las medidas desarrolladas. 72

73 73

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