núm. 128 martes, 9 de julio de 2013 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS SECRETARÍA GENERAL Notificaciones pendientes 4

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1 núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS SECRETARÍA GENERAL Notificacions pndints 4 MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO Jfatura Provincial d Tráfico d Burgos Notificación d rsolución d xpdints 5 Notificación d iniciación d xpdints 6 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Oficina Trritorial d Trabajo Convnio Colctivo d la mprsa Grupo Antolín Ara, S.L. 7 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCOCERO DE MOLA Convocatoria para la najnación dl aprovchaminto d madra d chopos n paraj «San Andrés» 22 AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS Y SERVICIOS Incoación d xpdint d ordn d jcución para adcntaminto d vallado sito n call La Mil, n.º

2 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 sumario AYUNTAMIENTO DE BURGOS CONCEJALÍA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR Bass por las qu s rgirá l concurso d méritos para la provisión d pustos d trabajo prtncints a la Escala d Administración Espcial, Subscala Técnica, clas Técnico Suprior, plaza Ingniro Industrial, Grupo A, Subgrupo A1 24 GERENCIA MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES, JUVENTUD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Concurso para contratar la gstión d los programas d promoción social y otros n los quipamintos d proximidad d los Cntros Cívicos y Cntros d Acción Social (CEAS) 32 SECCIÓN DE HACIENDA Y CONTRATACIÓN Convocatoria para contratar l alquilr d maquinaria para obras públicas ralizadas por st Ayuntaminto 35 AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE LA REINA Cunta gnral dl jrcicio d AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DE SAN CLEMENTE Cunta gnral dl jrcicio d AYUNTAMIENTO DE HONTORIA DE LA CANTERA Cunta gnral corrspondint al jrcicio d AYUNTAMIENTO DE MELGAR DE FERNAMENTAL Aprobación provisional d la modificación d la ordnanza fiscal rguladora d la tasa por participación n sculas dportivas 41 AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE CUESTA URRIA Solicitud d licncia d obras y ambintal para compartición d instalacions consistnts n stación bas d tlfonía móvil n Nofunts 42 AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DEL AGUA Y TORDUELES Rsolución d bajas d oficio por inclusión indbida n l Padrón Municipal d Habitants 43 AYUNTAMIENTO DE RABANERA DEL PINAR Aprobación dfinitiva d la modificación d la ordnanza fiscal rguladora dl IVTM 44 AYUNTAMIENTO DE TÓRTOLES DE ESGUEVA Convocatoria para la dsignación d Juz d Paz sustituto 45 AYUNTAMIENTO DE VALDORROS Convocatoria para la lcción d Juz d Paz titular y sustituto 46 2

3 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 sumario AYUNTAMIENTO DE VALLE DE MENA Corrcción d rror n las bass d la convocatoria d dos plazas d la catgoría d Agnt dl Curpo d Policía Local publicadas n l «Boltín Oficial» d la provincia n.º 98, d 27 d mayo d AYUNTAMIENTO DE VILVIESTRE DEL PINAR Aprobación inicial dl Rglamnto municipal d Régimn Intrior dl Cntro d Atnción Social «Hnars» 48 JUNTA VECINAL DE BARCENILLAS DEL RIVERO Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d JUNTA VECINAL DE HERMOSILLA Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d JUNTA VECINAL DE MONTOTO Cunta gnral d los jrcicios d 2009, 2010, 2011 y Aprobación inicial dl prsupusto para los jrcicios d 2009, 2010, 2011, 2012 y JUNTA VECINAL DE SAN MILLÁN DE SAN ZADORNIL Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d JUNTA VECINAL DE SANTOVENIA DE OCA Aprobación dfinitiva dl prsupusto gnral para l jrcicio d JUNTA VECINAL DE VALDEAJOS DE LA LORA Aprobación provisional dl prsupusto gnral para l jrcicio d Aprobación provisional dl prsupusto gnral para los jrcicios d 2009, 2010, 2011 y JUNTA VECINAL DE VILLANUEVA DE MENA Aprobación inicial dl prsupusto para los jrcicios d 2009, 2010, 2011, 2012 y Cunta gnral d los jrcicios d 2009, 2010, 2011 y IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SALAS DE LOS INFANTES Expdint d dominio. Inmatriculación 381/

4 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS SECRETARÍA GENERAL C.V.E.: BOPBUR Habindo rsultado imposibl fctuar las prsnts notificacions n l domicilio d los intrsados, s procd conform a lo dispusto n los artículos 58, 59, 60 y 61 d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común, a fctuar las mismas a través d dictos n l «Boltín Oficial» d la provincia, pudindo formular algacions o proponr prubas, si lo stiman convnint, n l plazo d quinc días a contar dsd la publicación dl prsnt anuncio. S notifica la fas dl procdiminto sancionador qu s indica, l cual s ncuntra n l Dpartamnto d Sancions d la Subdlgación dl Gobirno. N.º xpt. Fas Nombr y apllidos Idntif. Domicilio/Localidad Prcpto infringido Sanción propusta 1356/2013 Acurdo d iniciación Aljandro Portugal Estban G C/ Bailén 8 4 A Burgos Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana Incautación y dstrucción d sustancia 1361/2013 Acurdo d iniciación Hldr Ricardo d Castro Frnands X B C/ Bilbao 68 7 Iz Miranda d Ebro (Burgos) Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana 360,62 y dstrucción d sustancia 1362/2013 Acurdo d iniciación Juan Luis Ramajo Gurrionro R C/ Mayor 48 San Pdro d Rozados (Salamanca) Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana Incautación y dstrucción d sustancia 1367/2013 Acurdo d iniciación José Luis Morno Pérz E Avda. Cantabria 79 3.º B Burgos Art L.O. 1/92 Sg. Ciudadana 300,52 y dstrucción d sustancia Burgos, a 24 d junio d El Subdlgado dl Gobirno, José María Arribas Andrés 4

5 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO Jfatura Provincial d Tráfico d Burgos C.V.E.: BOPBUR D conformidad con lo dispusto n los artículos 59 y 61 d la Ly 30/92, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común (B.O.E. 285, d 27 d novimbr d 1992), s hac pública notificación d las rsolucions dictadas por l Jf Provincial d Tráfico d la provincia qu, una vz tramitados los corrspondints xpdints, dclaran la pérdida d vigncia d las autorizacions administrativas para conducir d qu son titulars las prsonas qu a continuación s rlacionan, ya qu habiéndos intntado la notificación n l último domicilio conocido, ésta no s ha podido practicar. Contra stas rsolucions podrá intrponrs rcurso d alzada dntro dl plazo d un ms, contado a partir dl día siguint al d la publicación dl prsnt dicto n l Boltín Oficial o Diario Oficial corrspondint, ant l Dirctor Gnral d Tráfico. Estas rsolucions son inmdiatamnt jcutivas, d acurdo con lo stablcido n l artículo 94 d la Ly d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común, por lo qu las prsonas rlacionadas no podrán conducir dsd l día siguint a la publicación dl prsnt dicto n l Boltín Oficial o Diario Oficial corrspondint. Los corrspondints xpdints obran n la Jfatura Provincial d Tráfico. Burgos, a 20 d junio d El/la Jf/a Provincial d Tráfico, Raúl Galán Sgovia * * * EXPEDIENTE CONDUCTOR D.N.I./N.I.F. LOCALIDAD FECHA LUCIANO CLOTORIO VASQUEZ X F ARANDA DE DUERO 23/05/ ANDREI CRINEL DOBRICAN X J CARIÑO 23/05/ JUAN RAUL DIAZ HERRERA CONDADO DE TREVIÑO 30/05/ FRANCISCO AGUSTIN MERAYO PONFERRADA 30/05/2013 5

6 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO Jfatura Provincial d Tráfico d Burgos C.V.E.: BOPBUR D conformidad con lo dispusto n los artículos 59 y 61 d la Ly 30/92, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico d las Administracions Públicas y dl Procdiminto Administrativo Común (B.O.E. 285, d 27 d novimbr d 1992), s hac pública notificación d la iniciación d los xpdints para dclarar la pérdida d vigncia d las autorizacions administrativas para conducir d qu son titulars las prsonas qu a continuación s rlacionan, y qu son instruidos por la Jfatura Provincial d Tráfico, ya qu habiéndos intntado la notificación n l último domicilio conocido, ésta no s ha podido practicar. Los corrspondints xpdints obran n la Jfatura Provincial d Tráfico, ant la cual ls asist l drcho d algar por scrito lo qu n su dfnsa stimn convnint, con aportación d las prubas qu considrn oportunas, dntro dl plazo d diz días hábils, contados dsd l siguint al d la publicación dl prsnt dicto n l «Boltín Oficial» d la provincia. Transcurrido dicho plazo sin qu s haya hcho uso dl drcho para formular algacions y/o aportar prubas, s dictarán las oportunas rsolucions. Burgos, a 20 d junio d El/la Jf/a Provincial d Tráfico, Raúl Galán Sgovia * * * EXPEDIENTE CONDUCTOR D.N.I./N.I.F. LOCALIDAD FECHA ALEJANDRO HERNANDO LOPEZ ARANDA DE DUERO 07/06/ RODRIGO INES CUBILLO BURGOS 11/06/ LUIS HUMBERTO RAMOS ESPINOSA X X BURGOS 08/06/ FCO. JAVIER MILLA PASCUAL MIRANDA DE EBRO 08/06/2013 6

7 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Oficina Trritorial d Trabajo C.V.E.: BOPBUR Rsolución d fcha 24 d junio d 2013 dl Jf d la Oficina Trritorial d Trabajo d Burgos, por la qu s dispon la inscripción y publicación dl Convnio Colctivo d la mprsa Grupo Antolín Ara, S.L. C.C Visto l txto dl Convnio Colctivo d Trabajo d la mprsa Grupo Antolín Ara, S.L., suscrito d una part, por la rprsntación d la mprsa, y d otra, por l Comité d Emprsa, n rprsntación d los trabajadors, l día 14 d junio d 2013, prsntado n sta Oficina Trritorial, por mdios lctrónicos, l día 17 d junio d 2013, d conformidad con lo dispusto n l art y 3 dl R.D. Lgislativo 1/1995, d 24 d marzo, qu apruba l txto rfundido d la Ly dl Estatuto d los Trabajadors, n rdacción dada por la Ly 3/2012, d 6 d junio, d mdidas urgnts para la rforma dl mrcado laboral, R.D. 713/2010, d 28 d mayo, sobr Rgistro y Dpósito d Convnios y Acurdos Colctivos d Trabajo (BOE ), R.D. 831/95, d 30 d mayo, sobr traspaso d funcions y srvicios d la Administración dl Estado a la Comunidad d Castilla y Lón n matria d trabajo y Ordn d 21 d novimbr d 1996 (BOCyL ) d las Consjrías d Prsidncia y Administración Trritorial y d Industria, Comrcio y Turismo, por la qu s dfinn las funcions d las Oficinas Trritorials d Trabajo. Esta Oficina Trritorial d Trabajo acurda: Primro: Ordnar su inscripción n l Rgistro d Convnios d st Organismo, con notificación a la Comisión Ngociadora. Sgundo: Disponr su publicación n l «Boltín Oficial» d la provincia d Burgos. Burgos, a 24 d junio d El Jf d la Oficina Trritorial d Trabajo, Antonio Corbí Echvarrita * * * 7

8 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 CONVENIO COLECTIVO DE GRUPO ANTOLÍN ARA, S.L. Artículo 1. Parts contratants. AÑO 2013 CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES El prsnt txto d st Convnio Colctivo d Trabajo ha sido stablcido librmnt y d mutuo acurdo ntr la rprsntación mprsarial d Grupo Antolín Ara, S.L. y la rprsntación d los trabajadors d la misma, intgrado por l Comité d Emprsa, a los qu rconoc la mprsa plna rprsntación y capacidad para ngociar n nombr d sus rprsntados. Artículo 2. Ámbito trritorial. El prsnt Convnio Colctivo srá aplicabl al cntro d trabajo d Grupo Antolín Ara, S.L., sito n Burgos, call Lópz Bravo, númro 71 (Pol. Villalonquéjar) y ncuadrado n actividads sidromtalúrgicas (Industria Auxiliar dl Automóvil), así como a los cntros d trabajo d dicha mprsa qu pudiran abrirs n l futuro con la misma dnominación social. Artículo 3. Ámbito funcional. Los prcptos contnidos n l prsnt Convnio Colctivo rgularán las rlacions laborals ntr la mprsa y los trabajadors afctados por l mismo. Las stipulacions d st Convnio, n cuanto s rfir a condicions, drchos y obligacions n l mismo contnidas, rvocan y sustituyn a cuantas normas y compromisos n tals matrias s hayan stablcido, cualquira qu fur su funt d orign dsd la fcha d ntrada n vigor. Artículo 4. Ámbito prsonal. El prsnt Convnio afcta a todo l prsonal prtncint a la plantilla qu prst sus srvicios n Grupo Antolín Ara, S.L., mdiant contrato vrbal o scrito con inclusión dl Prsonal Técnico Suprior, Diplomado Univrsitario, Mdio, Jfs d Dpartamnto, Mastros y asimilados, xcpto n las matrias conómicas salarials rfridas al prsonal dscrito antriormnt. Artículo 5. Ámbito tmporal. El prsnt Convnio ntrará n vigor l 1 d nro d 2013 y tndrá una duración d un año, s dcir hasta l 31 d dicimbr d Artículo 6. Dnuncia. Est Convnio s considra dnunciado por ambas parts n timpo y forma con un ms d antlación a la fcha d su vnciminto. Artículo 7. Garantía «ad prsonam». S rsptarán las situacions prsonals qu con caráctr global xcdan dl Convnio, mantniéndos strictamnt «ad prsonam». 8

9 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 Artículo 8. Condicions pactadas. Las condicions pactadas n st acurdo forman un todo orgánico indivisibl y, a fctos d su aplicación práctica, srá considrado n su totalidad, a xcpción d la garantía «ad prsonam» qu s indica n l artículo antrior. Artículo 9. Facultads d la Dircción d la Emprsa. Son facultads propias d la Dircción d la Emprsa: La contratación dl prsonal, la dcisión sobr los productos a fabricar, l stablciminto d los programas, los métodos, procsos, mdios d producción y la organización dl trabajo, dntro d la xtnsión y limitacions contnidas n l prsnt Convnio y n la lgislación vignt. Sin mrma d la facultad aludida n l párrafo antrior, los rprsntants d los trabajadors tndrán funcions d orintación, propusta, misión d informs, tc., n lo rlacionado con la organización y racionalización dl trabajo, d conformidad con la lgislación vignt (artículos 41 y 64 dl Estatuto d los Trabajadors). Artículo 10. Calidad total. El objtivo fundamntal para la continuidad d la mprsa s l aumnto d la comptitividad qu dpnd d la obtnción d la calidad total, y stá basada n la mjora prmannt y l progrso continuo; por llo las mjoras d productividad qu san obtnidas con los programas d mjora continua srán incorporadas inmdiatamnt, sin qu llo rprsnt para l trabajador un mayor sfurzo físico ni prjuicio conómico. Artículo 11. Formación. La formación s un objtivo fundamntal d la mprsa, y s considra imprscindibl para dsarrollar la calidad total, ya qu llo rdundará n l dsarrollo prsonal y profsional d los trabajadors. S abonarán «horas d formación» a las prsonas qu asistan a los cursos con caráctr voluntario fura d la jornada laboral, xcpto al Grnt y Jfs d Dpartamnto. La cuantía d la hora d formación srá d 5 uros/hora durant la vigncia dl Convnio. Artículo 12. Rtribucions brutas. CAPÍTULO II. RETRIBUCIONES Las tablas salarials d 2013 tanto n salario bas y rtribución complmntaria s adjuntan n l Anxo I y las tablas d incntivos n l Anxo II dl prsnt Convnio. Estas tablas corrspondn dsd Pón Espcialista a Oficial d 1.ª n Tallrs y dsd l Prsonal Subaltrno hasta Técnico d Organización, tanto n Técnico como Administrativos n Oficinas. El import d los mismos son brutos d forma qu sobr llos s fctuarán las corrspondints dduccions por cuotas a la Sguridad Social, I.R.P.F., y cualquir otra qu n lo sucsivo pudira stablcrs lgalmnt. El salario bas no podrá sr, n ningún caso, infrior al qu s stablzca n l Convnio Provincial dl Mtal, dtrayéndos la cantidad ncsaria d la rtribución complmntaria para igualar dicho salario bas. 9

10 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 Para l prsonal d oficinas s limina l concpto d «incntivo fijo», incorporándos sta cantidad a la rtribución complmntaria. Artículo 13. Aumnto salarial. Para l año 2013: Conglación salarial. La part corrspondint al incntivo fijo s ha aplicado a la rtribución complmntaria n l jrcicio antrior. Artículo 14. Rvisión salarial. No s aplica n l año Artículo 15. Pagas xtraordinarias. La paga d primavra s quiparará a un salario mdio mnsual d un oprario Polivalnt d U.E.T. con dos quinqunios y con una prima d producción al 120. La cobrarán todos los trabajadors qu stén d alta n la mprsa y srá proporcional al timpo d prmanncia n la misma durant l corrspondint año. S abonará l 15 d marzo rspctivo. Aqullos trabajadors qu no stén d alta l 15 d marzo, pro sí algún timpo durant l año n curso, cobrarán al final dl año o n la liquidación, n caso d dspido, la part proporcional corrspondint. Las pagas d vrano y Navidad srán d 30 días y s pagará l 100% dl salario bas, antigüdad, rtribución complmntaria, incntivo y plus d absntismo. El plus d absntismo s abonará proporcionalmnt al rgistrado n los mss d nro a mayo para la paga d vrano y d julio a novimbr para la d Navidad. El import dl incntivo srá la mdia d los días trabajados al 120 d productividad d los trs mss antriors, s dcir: Marzo, abril y mayo para la d vrano y sptimbr, octubr y novimbr para la d Navidad. S abonarán l 15 d junio y l 15 d dicimbr, rspctivamnt. Al prsonal qu ingrs o cs n la mprsa a partir d la ntrada n vigor d st Convnio s l abonarán stas gratificacions n proporción al timpo trabajado, prorratándos cada una d llas por smstrs naturals dl año n qu s otorgan. Artículo 16. Paga d sptimbr. La mprsa abonará al colctivo d trabajadors a fcha 15 d sptimbr una paga consolidabl con las siguints cantidads: Año 2013: 450 uros brutos. Aqullos trabajadors qu no stén d alta l 15 d sptimbr, pro sí algún timpo durant l año n curso, cobrarán al final dl año o n la liquidación, n caso d dspido, la part proporcional corrspondint. Artículo 17. Paga d vacacions. La paga d vacacions srá d trinta días y s pagará l 100% dl salario bas, antigüdad, rtribución complmntaria, absntismo incntivo. 10

11 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 El import dl incntivo srá la mdia d los días trabajados al 120 d productividad d los mss d marzo, abril y mayo. Para l prsonal vntual qu no haya trabajado l año complto, cobrará la part proporcional al timpo trabajado rspcto a los 365 días dl año. Si por ncsidads d producción l prsonal vntual disfrutara d la totalidad d las vacacions prvistas n l calndario, la difrncia xistnt ntr éstas y las qu l corrspondn srá rcuprada d acurdo a las ncsidads d la mprsa. Las vacacions d los trabajadors d Grupo Antolín Ara, S.L. dvngarán d 1 d nro a 31 d dicimbr. Artículo 18. Horas xtraordinarias. En caso d ralización d horas xtraordinarias sgún xtrma ncsidad, la hora xtraordinaria s disfrutará al 175% n timpo libr, si así lo dcid l trabajador. Si stas horas xtraordinarias s ralizaran n sábados, domingos o fstivos, s disfrutará al 175% n timpo libr + 1 plus d 3 uros/hora o s cobrará sgún fórmula + 1 plus d 3 uros/hora. Si las horas xtraordinarias corrspondiran a una jornada d 8 horas, los 15 minutos d bocadillo s considrarán timpo fctivo d trabajo, calculándos la prima d producción sobr 7,75 horas igual qu una jornada habitual. Las horas xtraordinarias s calcularán n función d la fórmula siguint y aplicando una antigüdad mdia dl 2,9%. S. bas + antigüdad (2,9%) + rtribución complmnt. x % Horas d calndario El timpo libr acumulado por la ralización d horas xtraordinarias s dispondrá para l disfrut d mutuo acurdo ntr l mprsario y l trabajador. Artículo 19. Antigüdad. La antigüdad s calculará por quinqunios dl 5% sobr l salario bas. Los aumntos priódicos por años d srvicios prstados comnzarán a dvngars l 1 d nro dl año qu s cumpla cada quinqunio, si la fcha d vnciminto s l primr smstr y l 1 d julio si la fcha d vnciminto s l sgundo smstr. Artículo 20. Nocturnidad. Todo trabajador qu ralic trabajos nocturnos rcibirá un complmnto salarial consistnt n l 32% dl salario bas, rtribución complmntaria y antigüdad. Si l trabajo s raliza d luns a virns s cobrará también l sábado, domingo y los fstivos intrmdios si los hubir. El horario d trabajo srá d 22:00 a 6:00 horas. No afcta l plus d nocturnidad a aqullos contratos qu s ralicn con prsonal para cubrir l pusto d guarda o vigilant. 11

12 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 Artículo 21. Jornada. CAPÍTULO III. CALENDARIO Y HORARIO DE TRABAJO Durant l año 2013 las horas d trabajo fctivo srán para l prsonal a turno y para l prsonal d jornada partida. La jornada d vrano para l turno d oficinas corrspondrá a los mss d junio, julio y sptimbr, d 8 a 15 horas hasta compltar las horas d calndario. Para l prsonal qu trabaj a turnos, l timpo d bocadillo s considrará como d trabajo fctivo. Artículo 22. Bolsa d horas. Si por causa d furza mayor (como por jmplo hulga d transport, condicions climatológicas advrsas ) s ncsita suspndr uno o varios turnos d trabajo, s crará una bolsa d horas d la siguint manra: 2 días año Estas horas si s rcupran fura d jornada srán a 1,75 horas. Si s imposibl rcuprarlas s dscontarán al final dl año. (S dscontarán sgún salario d cada trabajador con la fórmula siguint: Salario bruto anual dividido ntr 216 jornadas). CAPÍTULO IV. SISTEMAS DE INCENTIVOS DE PRODUCCIÓN Artículo 23. Comisión Paritaria d productividad. La Comisión Paritaria d productividad xist para studiar los aspctos rlativos a mjoras d productividad. Esta comisión stará formada por 2 mimbros dl Comité y 2 mimbros qu nombr la Dircción d la Emprsa. Las posibls mjoras qu s produzcan n los pustos d trabajo tndrán qu sr informadas a la Comisión Paritaria o a los rprsntants d los trabajadors ants d su implantación para intntar solucionar los problmas d métodos y timpos por part d la mprsa y d los rprsntants d los trabajadors. Artículo 24. Normas a aplicar. Los timpos stablcidos como dfinitivos/xigibls no podrán sr modificados, mintras no haya cambios sustancials n los sistmas d producción. S tndrán n cunta las siguints normas: a) La Comisión Paritaria stará formada por dos mimbros dl comité y dos mimbros por part d la mprsa n cada turno d trabajo, los cuals studiarán y solucionarán todos los casos rlacionados a métodos y timpos. b) La Comisión Paritaria crada atndrá cuantas rclamacions n l sistma d Incntivos a la producción puda habr y s compromtrá a dar una solución consnsuada n 15 días. 12

13 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 c) Los análisis d cronomtraj starán a disposición dl Comité d Emprsa. d) Los trabajos nuvos no tndrán xigibl hasta qu no hayan sido cronomtrados y stablcido su método d trabajo. Caso d xistir algún trabajo sporádico y d corta duración, l Dpto. d Métodos y Timpos propondrá un xigibl qu dbrá aprobar la Comisión Paritaria. ) En todos los trabajos d una hora o mnos d duración, la opración s ralizará a no control. Simpr qu l timpo mplado no supr l 10% dl timpo cronomtrado s pagará la mdia dl ms antrior; n caso d dsacurdo s somtrá a la Comisión Paritaria. Los días qu por circunstancias spcials (falta d trabajo, tc.) s pagará la mdia d cada trabajador. f) Si por razón d ncsidads d la producción a un productor qu sté ralizando un trabajo cronomtrado s suspnd ést y s dsplaza a otro sin control d timpo, s aplicará a st trabajo la misma actividad qu vnía obtnindo n l trabajo prcdnt. g) Las hojas d rclamacions srán contstadas n un timpo máximo d 48 horas. Durant st priodo l oprario sguirá a control, abonándos n caso d tnr razón la difrncia con fctos rtroactivos. h) En los pustos d trabajo s irán ponindo paulatinamnt los métodos instruccions d trabajo corrspondints. i) Los tiqus s ntrgarán n un plazo d 48 horas. Artículo 25. Priodos d adaptación n pustos d trabajo. a) Durant l priodo d adaptación s pagará la mdia dl ms antrior para todo l prsonal con antigüdad n la mprsa y para todo l prsonal nuvo n fábrica s abonará al 100 d rndiminto. b) S informará al Comité d Emprsa cuando s introduzcan nuvas tcnologías. c) La modificación o introducción d nuvas tcnologías no supondrá la dstrucción d mplo fijo. Artículo 26. Primas al prsonal indircto. El prsonal indircto qu s puda asimilar a una scción cobrará la mdia d sta scción. Al rsto dl prsonal indircto la prima l srá asignada por l mando, d la siguint forma: La mdia d la prima dl rsto dl prsonal indircto srá igual a la mdia dl prsonal dircto tomando como bas los sis mss antriors simpr qu la variación d la plantilla no sa sustancial. 13

14 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 CAPÍTULO V. VARIOS Artículo 27. Complmnto por accidnt. En caso d accidnt, s abonará l 100% dl salario bas, rtribución complmntaria, antigüdad, plus d absntismo incntivo dl ms antrior por la totalidad d los días d baja, xcluyndo las lumbalgias, artritis d rodilla, tobillos y manos, junto con lumbociáticas. Artículo 28. Complmnto por nfrmdad. Durant l 2013 s pagará l 100% dl salario bas, rtribución complmntaria, antigüdad incntivo dl ms antrior, dsd l primr día d baja. En nro d 2013 s hará l studio dl absntismo por nfrmdad dl año 2012 y si st supras l 2% sin incluir las bajas d larga duración, s dcir las supriors a 20 días, s volvrá al sistma d pagar l 100% d los salarios cuando la nfrmdad dur 7 días, pagándos incluido l día 7. Los trabajadors ntrgarán los parts d baja por IT o d accidnt con un plazo máximo d 72 horas. Artículo 29. Sguro d vida y accidnts. La mprsa tin stablcido un sguro colctivo, para todos los trabajadors y con los costs a cargo d la misma, con las siguints cobrturas y límits: Póliza d vida: Fallciminto por cualquir causa: uros. Fallciminto por accidnt: uros. Fallciminto por accidnt d circulación: uros. Invalidz absoluta y prmannt: uros. Invalidz profsional total y prmannt: uros. Estas garantías no son acumulativas. Póliza d accidnts: Invalidz prmannt parcial por accidnt: uros. S considrará la invalidz n sus grados d absoluta, total o parcial, cuando lo dictamin la Comisión d Evaluación d Incapacidads d la Sguridad Social y n l caso d invalidz parcial s tndrá drcho a prcibir la indmnización n función dl barmo stablcido n la póliza. Artículo 30. Consultas médicas. S dispondrá dl timpo ncsario para consultar a médicos spcialistas d la Sguridad Social justificando la ausncia. Artículo 31. Prmisos y licncias. El trabajador prvio aviso con 24 horas d antlación (simpr qu no haya una causa mayor) y justificación podrá ausntars dl trabajo con drcho a rmunración por alguno d los motivos y por l timpo siguint: 14

15 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d días naturals n caso d naciminto d hijos. 5 días naturals por fallciminto d cónyug. 4 días naturals por fallciminto d padrs, padrs políticos hijos. 3 días naturals por fallciminto d hrmanos y hrmanos políticos. 1 día natural por fallciminto d tíos, sobrinos, primos carnals y políticos. 1 día natural por asistncia a bodas d: Padrs, hijos o hrmanos, incluso políticos. 8 horas para acompañar al cónyug o hijos a cntros clínicos spcializados públicos o privados. 15 días naturals n caso d matrimonio. 2 días laborabls n los casos d nfrmdad grav u hospitalización d parints hasta sgundo grado d consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo l trabajador tnga qu dsplazars, l plazo srá d 4 días. El rsto d los prmisos, como l Estatuto d los Trabajadors y la lgislación vignt. La rmunración comprndrá l salario bas, antigüdad, rtribución complmntaria, incntivo promdio y absntismo. A stos prmisos tndrán drcho tanto los matrimonios formalizados por vía rligiosa o civil como las parjas d hcho. Artículo 32. Garantías sindicals. El Comité d Emprsa podrá dsmpñar librmnt sus funcions sindicals. Por l timpo mplado durant las horas d trabajo, s rtribuirá l incntivo a la mdia dl día. Las 20 horas mnsuals podrán sr flxibls acumulabls ntr 15 y 25 horas/ms. Artículo 33. Ropa d trabajo. La mprsa provrá al trabajador d dos buzos, batas, pantalons, chaqutilla, así como botas, guants y dmás lmntos d protcción qu ncsitn, adcuado a su pusto d trabajo. Esta ropa srá d uso obligatorio. Artículo 34. Sguridad higin. S ralizará una rvisión médica anual por los srvicios médicos d la mprsa, y otra sgunda rvisión a los pustos qu s dfinan, dándos a conocr los rsultados a los intrsados. Exist un Comité d Sguridad y Salud Laboral, conform a lo stablcido por la lgislación vignt. Artículo 35. Plus d absntismo. El plus d absntismo srá d 30,33 uros para cada ms. Lo cobrarán todos aqullos trabajadors qu no sobrpasn l 2,5% d absntismo sobr las horas d trabajo d cada ms. 15

16 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 S considrará absntismo: a) Baja por nfrmdad dsd l momnto n l qu l trabajador dj d asistir al trabajo. b) Todas aqullas faltas qu no pudan sr rcupradas n l ms siguint d la fcha d la baja. No s prdrá l absntismo por prmisos d asistncia médica. Artículo 36. Fondo social. Est fondo stará formado por uros qu administrará l Comité d Emprsa, dando conociminto d su uso a la Dircción y a los trabajadors. La mprsa abonará n concpto d ayuda spcial una paga d 50 uros/ms por cada hijo d trabajador qu acrdit una discapacidad suprior al 33% y qu no ralic actividad laboral rmunrada. La mprsa stablc una ayuda d 10 uros al ms a partir dl 2.º hijo y hasta cumplir los 3 años d dad. En l caso d matrimonio ntr trabajadors d la mprsa, la prcibirá sólo uno d llos. La acrditación s ralizará mdiant la prsntación dl libro d familia. Artículo 37. Jubilacions. Plan d jubilación parcial: Los trabajadors qu a continuación dtallamos incluidos n l ámbito prsonal d aplicación dl prsnt Convnio/Pacto colctivo, vignt hasta qu causn drcho a la pnsión d jubilación ants dl 1 d nro d 2019, podrán accdr a la jubilación parcial anticipada cuando la mprsa así lo considr oportuno y rúnan las condicions prvistas por la Ly. A stos trabajadors, n virtud dl artículo 8 dl Ral Dcrto-Ly 5/2013, d 15 d marzo, d mdidas para favorcr la continuidad d la vida laboral d los trabajadors d mayor dad y promovr l nvjciminto activo, ls srá d aplicación la rgulación d la pnsión d jubilación vignt ants d la ntrada n vigor dl mncionado Ral Dcrto-Ly. Por lo tanto, los rquisitos d accso, condicions y las rglas d dtrminación d las prstacions qu dtrminarán l drcho d los trabajadors incluidos n st Anxo a la pnsión d jubilación parcial anticipada srán los stablcidos n l artículo 166 d la Ly Gnral d la Sguridad Social n la rdacción dada por l art. 4 d la Ly 40/2007, d 4 d dicimbr, d mdidas n matria d Sguridad Social y normas postriors qu la han modificado. A sabr: a) Habr cumplido la dad d 61 años, o d 60 si s trata d los trabajadors a qu s rfir la norma 2 dl apartado 1 d la disposición transitoria trcra, sin qu, a tals fctos, s tngan n cunta las bonificacions o anticipacions d la dad d jubilación qu pudiran sr d aplicación al intrsado. 16

17 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 b) Acrditar un priodo d antigüdad n la mprsa d, al mnos, 6 años inmdiatamnt antriors a la fcha d la jubilación parcial. A tal fcto s computará la antigüdad acrditada n la mprsa antrior si ha mdiado una sucsión d mprsa n los términos prvistos n l artículo 44 d la Ly dl Estatuto d los Trabajadors, o n mprsas prtncints al mismo grupo. c) Qu la rducción d su jornada d trabajo s hall comprndida ntr un mínimo d un 25% y un máximo dl 75%, o dl 85% para los supustos n qu l trabajador rlvista sa contratado a jornada complta mdiant un contrato d duración indfinida y s acrditn, n l momnto dl hcho causant, sis años d antigüdad n la mprsa y 30 años d cotización a la Sguridad Social, computados ambos n los términos prvistos n las ltras b) y d). Dichos porcntajs s ntndrán rfridos a la jornada d un trabajador a timpo complto comparabl. d) Acrditar un príodo prvio d cotización d 30 años, sin qu, a stos fctos, s tnga n cunta la part proporcional corrspondint por pagas xtraordinarias. ) Qu, n los supustos n qu, dbido a los rqurimintos spcíficos dl trabajo ralizado por l jubilado parcial, l pusto d trabajo d ést no puda sr l mismo o uno similar qu l qu vaya a dsarrollar l trabajador rlvista, xista una corrspondncia ntr las bass d cotización d ambos, d modo qu la corrspondint al trabajador rlvista no podrá sr infrior al 65% d la bas por la qu vnía cotizando l trabajador qu accd a la jubilación parcial. Rglamntariamnt s dsarrollarán los rqurimintos spcíficos dl trabajo para considrar qu l pusto d trabajo dl trabajador rlvista no puda sr l mismo o uno similar al qu vnía dsarrollando l jubilado parcial. f) Los contratos d rlvo qu s stablzcan como conscuncia d una jubilación parcial tndrán, como mínimo, una duración igual al timpo qu l falt al trabajador sustituido para alcanzar la dad d ssnta y cinco años. Los trabajadors afctados son los siguints: Hrmosilla Hrmosilla Francisco, Álvarz Pérz José María, García Custa Gnadio, Barcina Gonzálz Jacinto, Tobar García José Tomás, Mcrrys Manso Albrto, Lázaro Morno José Antonio, Sadornil Hirro José Antonio, Saiz Mna Santiago, Blázquz Barrants Ángl, Gutiérrz Duñas Aracli, Brmjo Dlgado Francisco Javir, Gonzálz Moro Manul Pdro, dl Pozo Morals Brmúdz Aljandro, Santillán Barrio Ángls, Sadornil García Elicr, Santos Francés Amlia, Carranza Lópz María Pilar, Ortga Lara Flip, Gonzálz Gonzálz Alfonso, Santiust García Lopoldo, García Custa Félix, Mozas Armntros José Félix, Páramo Páramo Eusbio, Martín Martín Trsa, Asnjo Custa Pdro, Arnaiz Arnaiz Alfrdo, Dlgado Dlgado Carlos Ángl, García Pampliga Pascual, Santamaría Galrón Justino, Angulo Manso María Ginbra, Gutiérrz Pérz Ricardo y Dolz Blinchón Félix. Si n l futuro la Ly lo prmit l acurdo s irá rnovando año a año. S stablc un prmio d jubilación, consistnt n una mnsualidad, qu s cobrará n l momnto d la jubilación dl trabajador. 17

18 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 Artículo 38. Contratos indfinidos. a) Por las bajas d mplados fijos qu s produzcan s formalizarán igual númro d contratos indfinidos. b) Las contratacions qu s hagan a partir d la firma dl Convnio no harán discriminación d sxo y atndrán xclusivamnt a la capacidad profsional. c) La mprsa dclara su intnción d continuar con su política d cumpliminto d la Ly d insrción laboral d prsonas con discapacidad. Artículo 39. Extinción d la rlación laboral/finiquitos. Todas aqullas prsonas qu causn baja laboral durant l año tndrán drcho a prcibir los atrasos gnrados por aplicación d st Convnio y s pagarán n nro dl año siguint. En la rdacción d los finiquitos s tndrá n cunta st artículo. Artículo 40. Oprario Polivalnt UET. Durant l 2001 s cró la catgoría profsional d Oprario Polivalnt d UET. Las funcions básicas dl Oprario Polivalnt d UET son, ntr otras, las siguints: 1) Actividads qu xijan rgulación y pusta a punto o manjo d cuadros, indicadors y panls. 2) Taras d automoción, instrumntación, montaj o soldadura, cosido, cort, mcánica, pintura con capacitación para actualizar aspctos rlacionados con su actividad productiva y cambios tcnológicos. 3) Taras d vrificación, consistnts n la comprobación visual y/o mdiant patrons d mdición dircta (plantilla autocontrol, poka-yoks ) ya stablcidos, d la calidad d los componnts y lmntos simpls n procsos d montaj y acabados d conjuntos y subconjuntos, dcidindo sobr l rchazo n bas a normas fijadas, tomando accions corrctoras para solucionar problmas xistnts, n un primr nivl y cualsquira otros rlacionados con l control d calidad. 4) Ralizar trabajos n máquinas-hrramintas prparadas por otro n bas a instruccions y/o croquis sncillos. 5) Ralizar trabajos d cort, doblado, stampado, rmachado u otros análogos, utilizando maquinaria adcuada a dichos trabajos. 6) Taras d transport y paltización ralizadas con lmntos mcánicos y carrtillas lvadoras. 7) Adcuación d la rotación y polivalncia a ncsidads y/o stratgias d la organización y ciclo productivo d la mprsa. 8) Implicación n trabajos o taras rlacionadas con la calidad total, basadas n la mjora prmannt y l progrso continuo (colaboración n grupos d mjora, propustas d mjora, dsarrollo d TPM, mjoras d actividads productivas, actividads mdioambintals ). El rsultado d stas mjoras pud sr incluido n l método d trabajo. 18

19 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 La capacitación d la nuva catgoría s ralizará sobr l grado d cumpliminto d las siguints funcions: a) Polivalncia, n trs o más pustos. S studiarán los casos concrtos sgún los pustos sin polivalncia por intrss organizativos. b) Rotación. c) Taras d vrificación y autocontrol, consistnts n comprobacions visuals y/o patrons d mdición. d) Capacidad para actualización d aspctos rlacionados con su actividad productiva y cambios tcnológicos. ) Implicación n taras rlacionadas con la calidad total. Los concptos salarials d sta catgoría aparcrán rcogidos n l Anxo I. A los Oprarios Polivalnts d UET qu ralicn opracions d soldadura, si así lo solicitan, s ls rfljará n nómina la dnominación «Oficial d 3.ª» sin djar por llo d asumir funcions rlativas a la polivalncia. Artículo 41. Procso d capacitación dl Oprario Polivalnt d UET. S ralizarán por part d los Dpartamntos implicados y RR.HH. las prubas sñaladas para valuar la capacitación d los trabajadors con catgoría d Pón Espcialista qu hayan trabajado n la mprsa durant al mnos 36 mss. Para l ordn d ralización d sta pruba s tomará como critrio la antigüdad n la mprsa. Suprada la mncionada pruba, s informará d los rsultados al Comité d Emprsa y l trabajador adquirirá la catgoría profsional d Oprario Polivalnt d UET. La difrncia salarial ntr la catgoría d Pón Espcialista y la dl Oprario Polivalnt d UET l srá abonada con fcto rtroactivo d primro dl ms n l qu haya suprado la pruba. Las prsonas qu, cumplindo l rquisito d antigüdad d 36 mss, no hubisn suprado las prubas corrspondints podrán pdir su nuva valuación cada sis mss, pasando dsd l momnto qu suprn las prubas a tnr la rtribución corrspondint a la catgoría profsional d Oprario Polivalnt d UET. Artículo 42. Prmio a la fidlidad n l trabajo. La mprsa ralizará un acto d rconociminto a toda prsona qu llv prstando sus srvicios 25 años o más n su vida laboral. Artículo 43. Mdidas d igualdad. Igualdad d oportunidads. D acurdo con l artículo 85.1 dl Estatuto d los Trabajadors y l artículo 45.1 d la L.O. 3/2007 para la Igualdad fctiva d Mujrs y Hombrs s stablcn los siguints objtivos d la igualdad d oportunidads n l trabajo. Las parts firmants coincidn qu son objtivos importants para l logro d una igualdad d oportunidads sistmática y planificada los siguints: 19

20 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 Qu tanto las mujrs como los hombrs gocn d igualdad d oportunidads n cuanto al mplo, la formación, la promoción y l dsarrollo n su trabajo. Qu mujrs y hombrs rciban igual salario a igual trabajo, así como qu haya igualdad n cuanto a sus condicions d mplo n cualsquira otros sntidos dl mismo. Qu los pustos d trabajo, las prácticas laborals, la organización dl trabajo y las condicions laborals s orintn d tal manra qu san adcuadas tanto para las mujrs como para los hombrs. Para l logro d stos objtivos s tndrán spcialmnt n cunta todas las mdidas, subvncions y dsgravacions qu ofrcn las distintas Administracions, así como los fondos nacionals intrnacionals. Artículo 44. Disposicions finals. a) En todo lo qu no sté prvisto n l prsnt Convnio s stará a lo dispusto n l Estatuto d los Trabajadors, Ordnanza Laboral Sidromtalúrgica, Ly Orgánica d Librtad Sindical, Convnio Provincial y dmás disposicions lgals d aplicación qu stén n vigor. b) La intrprtación y modificación dl prsnt Convnio Colctivo no podrá ralizars aisladamnt, sino d forma global, guardando l quilibrio dl conjunto d sus normas. Como conscuncia no podrá modificars ni intrprtars ninguna d sus cláusulas sin tnr n cunta l conjunto d todo lo acordado. c) Las condicions totals qu s stablcn n st Convnio no podrán sr n su conjunto infriors a las sñaladas n l Convnio Provincial d la Industria Sidromtalúrgica. d) S constituy una Comisión Mixta intrprtativa dl prsnt Convnio qu stará intgrada por l Comité d Emprsa y la rprsntación d la Dircción d la misma. Est Convnio n su totalidad ntra n vigor a partir dl 1 d nro d * * * 20

21 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d

22 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCOCERO DE MOLA C.V.E.: BOPBUR D conformidad con l acurdo adoptado por l Plno dl Ayuntaminto d Alcocro d Mola, n ssión clbrada l 11 d mayo d 2013, por mdio dl prsnt anuncio s fctúa convocatoria dl procdiminto abirto, atndindo a la ofrta conómicamnt más vntajosa, con un único critrio d adjudicación (prcio), para la najnación dl aprovchaminto d chopos propidad municipal, conform a los siguints datos: 1. Entidad adjudicataria: Ayuntaminto d Alcocro d Mola. 2. Objto: Enajnación dl aprovchaminto d madra d 426 chopos ubicados n paraj «San Andrés». 3. Duración dl contrato: Dos años. 4. Tipo bas d licitación: uros al alza. 5. Obtnción d documntación: Ayuntaminto d Alcocro d Mola. 6. Garantías: Provisional dl 3% dl tipo d licitación y dfinitiva dl 5% dl prcio d adjudicación. 7. Tramitación, procdiminto y forma: Ordinaria, abirto, ofrta conómicamnt más vntajosa con un único critrio d adjudicación (prcio). 8. Prsntación d ofrtas: 20 días naturals siguints a la fcha d publicación dl anuncio n l «Boltín Oficial» d la provincia. 9. Rsto d condicions: Vr pligo. En Alcocro d Mola, a 14 d mayo d El Alcald, Jsús M.ª Estfanía Vilumbrals 22

23 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS Y SERVICIOS C.V.E.: BOPBUR En rlación con l xpdint n.º 1348/11, qu s tramita n l Ayuntaminto d Aranda d Duro, rfrnt a procdiminto d ordn d jcución para adcntaminto d vallado, sito n c/ La Mil, n.º 6, d st municipio, y no habindo surtido fcto las notificacions intntadas por sta Administración, y d conformidad con lo stablcido n l art d la Ly 30/1992, d 26 d novimbr, d Régimn Jurídico y dl Procdiminto Administrativo Común, s procd a notificar a la afctada, D.ª M.ª Isabl Adrián Barbro, l siguint acurdo tomado por la Junta d Gobirno Local, n fcha 14 d fbrro d 2013, iniciándos l plazo, para la prsntación d los scritos o algacions qu s considrn convnints, a partir dl día siguint d la publicación dl prsnt anuncio: 8. Expt. 1348/11. Ayuntaminto. Vallado n mal stado, c/ La Mil, n.º 6. Ordn d jcución: Inicio y audincia. Visto l dictamn d la Comisión Informativa d Obras y Urbanismo, Vivinda, Mdio Ambint, Parqus y Jardins, Barrios y Srvicios, la Junta d Gobirno Local, por unanimidad, y, n votación ordinaria, acurda: 1.º Incoar xpdint d ordn d jcución para adcntaminto d vallado n inmubl, sito n c/ La Mil, n.º 6, d sta localidad, con rfrncia catastral VM4123N000MB d acurdo con la normativa d aplicación. Pintar l vallado conform a las condicions dl P.E.R.I. «Todos los solars dbrán star crrados con crca prmannt d 2 mtros d altura como mínimo, jcutado con matrials y spsors convnints para asgurar su solidz y consrvación n bun stado y cuando mnos starán trminados con rvoco y pintura acord con l color d la zona, prohibiéndos xprsamnt blanquados y ncalados». Tratar o sustituir la purta. 2.º Dar un plazo d audincia d quinc días a los propitarios afctados para qu pudan algar y prsntar los documntos y justificacions qu stimn prtinnts. 3.º Notificar l acurdo a los propitarios dl inmubl (sgún nota simpl dl Rgistro d la Propidad, y crtificación catastral). El xpdint administrativo s podrá consultar n la Oficina Municipal d Obras, Urbanismo, Srvicios Infrastructuras dl Ayuntaminto d Aranda d Duro, sitas n Plaza Mayor, n.º 13, n horario d 9:00 a 14:00 horas, d luns a virns. Aranda d Duro, a 13 d junio d El Concjal Dlgado d Obras, Urbanismo y Vivinda, José Ignacio Díz Arranz 23

24 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR CONCEJALÍA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR Bass por las qu s rgirá l concurso d méritos para la provisión d pustos d trabajo prtncints a la Escala d Administración Espcial, Subscala Técnica, clas Técnico Suprior, plaza Ingniro Industrial, Grupo A, Subgrupo A1 La Concjala d Prsonal, actuando por dlgación d la Junta d Gobirno Local acordada n ssión clbrada l día 29 d dicimbr d 2011, mdiant rsolución d fcha 6 d junio d 2013, adoptó l siguint acurdo: Aprobar las Bass, cuyo txto íntgro s adjunta al prsnt acurdo, qu han d rgir l concurso d méritos para la provisión dl pusto d Jf d Scción dl Dpartamnto d Patrimonio Ingniría Industrial. Igualmnt, mdiant rsolución d la misma fcha, adoptó l siguint acurdo: Convocar concurso d méritos para la provisión dl pusto d Jf d Scción dl Dpartamnto d Patrimonio Ingniría Industrial, dbindo rgirs sta convocatoria por las Bass aprobadas l día 6 d junio d Primra. Objto. B A S E S Es objto d stas Bass la fijación d los critrios por los qu s ha d rgir l concurso convocado para la provisión dl pusto d trabajo sñalado n l Anxo I d la prsnt convocatoria, sin prjuicio d lo dispusto n la normativa qu rsulta d aplicación. 1. Podrán participar n l prsnt concurso todos los funcionarios d carrra dl Excmo. Ayuntaminto d Burgos, prtncints a la Escala d Administración Espcial, subscala Técnica, grupo A, subgrupo A1, qu ocupn plaza d Ingniro Industrial, cualquira qu sa su situación administrativa, xcpto los suspnsos n firm mintras dur la suspnsión, simpr qu rúnan las condicions gnrals xigidas y los rquisitos dtrminados n sta convocatoria n la fcha qu trmin l plazo d prsntación d las solicituds d participación. 2. Los funcionarios dbrán habr prmancido n cada pusto d trabajo d dstino dfinitivo un mínimo d dos años para podr participar n st concurso. Est rquisito gnral d prmanncia n cada pusto d trabajo d dstino dfinitivo stará sujto a las xcpcions qu contmpla la normativa aplicabl. 3. Los rquisitos stablcidos para podr participar n l prsnt concurso s dbrán cumplir n la fcha n qu trmin l plazo d prsntación d solicituds y dbrán mantnrs durant todo l procdiminto concursal. 24

25 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 Sgunda. Méritos y barmo. Los méritos qu s tndrán n cunta para la adjudicación d los pustos d trabajo objto dl prsnt concurso, así como l barmo utilizado para la valoración d cada mérito, srá l qu s rcog a continuación. a) Grado prsonal. S adjudicará un máximo d 2,00 puntos por la possión d un dtrminado grado prsonal consolidado como funcionario d la Escala a la qu prtncn los pustos objto d sta convocatoria, d la forma siguint: Por posr un grado prsonal suprior n dos nivls (o más) al nivl dl pusto solicitado: 2 puntos. Por posr un grado prsonal suprior n un nivl al nivl dl pusto solicitado: 1,5 puntos. Por posr un grado prsonal d igual nivl al nivl dl pusto solicitado:1 punto. Por posr un grado prsonal infrior n un nivl al nivl dl pusto solicitado: 0,50 puntos. Por posr un grado prsonal infrior n dos o más nivls al nivl dl pusto solicitado: 0,10 puntos. b) Valoración dl trabajo dsarrollado. S adjudicarán hasta un máximo d 2,50 puntos por la valoración dl trabajo dsarrollado, qu s cuantificará tnindo n cunta l timpo d prmanncia n pustos d trabajo d cada nivl, d la forma siguint: Prmanncia n la misma scción a la qu s concursa: 1 puntos, por cada dos años d prmanncia n los últimos diz años; 0,90 por cada dos años d prmanncia n priodos antriors. Prmanncia n distinta scción a la qu s concursa: 0,5 puntos, por cada dos años d prmanncia n los últimos diz años; 0,4 por cada dos años d prmanncia n priodos antriors. El timpo d srvicios dsmpñado n virtud d nombraminto n comisión d srvicios o n adscripción tmporal d funcions srá tnido n cunta como timpo d prmanncia n l pusto qu s ocupa provisionalmnt. c) Cursos d formación y prfccionaminto suprados. S adjudicará hasta un máximo d 2 puntos por la ralización d cursos d formación y prfccionaminto qu vrsn sobr matrias dirctamnt rlacionadas con las funcions propias d los pustos d trabajo solicitados, cuya duración hubira sido igual o suprior a 15 horas, qu s hubiran organizado por l Excmo. Ayuntaminto d Burgos, por otras Administracions Públicas o por las Organizacions Sindicals, simpr qu, n l caso d éstas últimas, corrspondan a Acurdos d Formación Continua, con la siguint distribución: 25

26 boltín oficial d la provincia núm. 128 marts, 9 d julio d 2013 S computará a 0,003 puntos por hora d curso ralizado n los últimos 15 años. S computarán a 0,0015 puntos por hora d curso los ralizados con antrioridad a dicho priodo. No s puntuarán aqullos cursos qu no tngan crtificadas las horas d duración documntalmnt. En l caso d qu un funcionario haya asistido varias vcs a un mismo curso, solo s valorará una vz la asistncia, xcpto n aqullos cursos qu xistan varios nivls d dificultad n los qu s puntuará la asistncia a cada nivl. A los fctos d su cómputo s tomará como rfrncia la fcha d finalización dl plazo d prsntación d instancias. d) Antigüdad. S adjudicará hasta un máximo d 2,50 puntos, sgún l siguint critrio: 1. S valorará a razón d 0,20 puntos por cada año d srvicio complto n la Escala d Administración Espcial, Subscala Técnica, Clas Técnico Suprior plaza Ingniro Industrial, Grupo A Subgrupo A1, o quivalnt, como funcionario d carrra. S podrán sumar priodos d timpo valorabls por st apartado para compltar años d srvicios. 2. S valorará a razón d 0,18 puntos por cada año d srvicio complto n la Escala d Administración Espcial, Subscala Técnica, Clas Técnico Suprior plaza Ingniro Industrial, Grupo A Subgrupo A1, o quivalnt, qu s hubiran prstado n condición distinta a la d funcionario d carrra (funcionario intrino, contratado n régimn d drcho laboral tc ).S podrán sumar priodos d timpo valorabls por st apartado para compltar años d srvicios. 3. Si la prstación d srvicios s hubira ralizado o rconocido n Grupo/Subgrupo funcionarial distinto al ncsario para l dsmpño dl pusto qu s solicita, s valorará a razón d 0,05 puntos por año complto si lo furon como funcionario d carrra y d 0,02 puntos por año complto n otro caso (funcionario intrino, contratado n régimn d drcho laboral tc.). S podrán sumar priodos d timpo valorabls por st apartado para compltar años d srvicios. 4. Para compltar años d srvicios, pudn sumars priodos d timpo qu, cada uno por sparado, s valoran con distinta puntuación, n cuyo caso s valorarán a razón d: 0,18 puntos por año complto si consistirn n la suma d los priodos rfridos n los apartados d) 1 y d) 2 0,02 si consistirn n la suma d los priodos rfridos n l apartado d) 3. 0,05 para cualquir otra situación distinta d las antriors. ) Conciliación prsonal y familiar. 26

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