95 ESCUELA DE TRABAJO SOCIAL
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- Héctor Cordero Blanco
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1 SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 95 Que los Estudios de Posgrado constituyen una instancia académica para elevar la calidad académica a nivel superior y lograr una adecuada proyección en beneficio de la sociedad guatemalteca. Que el Trabajo Social es una disciplina de las ciencias sociales que existe en el país desde mil novecientos cuarenta y nueve formando profesionales que brindan sus aportes a través de las instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales vinculándose a poblaciones urbanas y rurales, en diferentes áreas de intervención como: salud, educación, organización, desarrollo comunitario, educación popular, promoción social, bienestar social, y otras, asumiendo funciones de investigación, organización, promoción social, planificación y gestión del desarrollo. Que los Estudios de Posgrado tienen su base legal en el Reglamento del Sistema de Estudios de Posgrado, aprobado por el Consejo Superior Universitario en el año dos mil. Que la Escuela de Trabajo Social crea los Estudios de Posgrado con la finalidad de especializar la formación profesional en esta área, a continuación se presentan las normas básicas que complementan a nivel de la Unidad Académica lo establecido en el Artículo 1º. De la creación de los Estudios de Posgrado en Trabajo Social La Escuela de Trabajo Social crea los Estudios de Posgrado según consta en el punto Tercero del Acta No , de sesión celebrada por el Consejo Directivo de la Escuela de Trabajo Social, el día 9 de septiembre de 2003, para ofertar diversas opciones de profundización y especialización en el conocimiento teórico-práctico de las diferentes áreas de intervención. Para el efecto crea el Departamento de Estudios de Posgrado, según acuerdo específico contenido en el Punto Tercero del Acta citada en su inciso El Normativo de los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, fue aprobado en el Punto Tercero del Acta No , de sesión celebrada por Consejo Directivo, el día 5 de febrero de 2004, con la Ampliación al Punto del Acta de sesión celebrada el día 9 de septiembre de Artículo 2º. Base legal. Los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, tienen su base legal en su acuerdo de creación y en el Reglamento del Sistema de Estudios de Artículo 3º. Objetivos. Los objetivos del Normativo de los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, son los siguientes: 3.1. Objetivos generales Insertar los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social al Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala con el fin de responder a la problemática de la sociedad guatemalteca mediante el aporte de profesionales con excelencia académica que contribuyan al desarrollo social del país Normar todo lo referente a los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, en sus aspectos técnicos y administrativos para garantizar su adecuado funcionamiento y la calidad de la formación que se brinda a los egresados. 3.2 Objetivos específicos: Organizar los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social de acuerdo a la naturaleza de la profesión, las demandas de la sociedad y a las normas establecidas en el
2 Crear las condiciones básicas para formar profesionales con excelencia académica y comprensión de la realidad nacional, que con sus conocimientos y habilidades cognoscitivas, psicomotoras y afectivas contribuyan a elevar las condiciones de vida de la población guatemalteca Definir los requisitos mínimos para el ingreso y promoción de estudiantes a fin de garantizar su respuesta al perfil de egreso propuesto, mediante el desarrollo de las diferentes actividades contempladas en el Programa de Estudios de Posgrado y sus formas evaluativas correspondientes Prever todos los aspectos relacionados al desarrollo de los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social que en el corto, mediano y largo plazo se implementen, garantizando una concepción moderna sobre la organización, planificación ejecución y control de los procesos formativos participativos, incluyentes y sostenibles, que permitan la aplicación de las herramientas técnico-científicas necesarias en bien de la sociedad guatemalteca. Artículo 4º. Niveles de Formación que ofrece la Escuela de Trabajo Social a través de los Estudios de La Escuela de Trabajo Social implementará en el corto, mediano y largo plazo, los siguientes niveles de formación de posgrado, reconocidos y definidos por el Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala: 4.1 Cursos de Actualización 4.2 Estudios de Especialización 4.3 Estudios de Especialidad 4.4 Estudios de Maestría 4.5 Estudios de Doctorado Artículo 5º. De la implementación de los Estudios de Posgrado 5.1 Los Estudios de Posgrado se implementarán según lo establecido en el Posgrado de la Universidad de San Carlos, para brindarle al estudiante la formación en investigación, simultáneamente a la orientación y especialidad seleccionada. Artículo 6º. De la excelencia académica. 6.1 El Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social organiza los estudios superiores inherentes en su campo, con excelencia académica, para que los egresados alcancen la cualificación necesaria para el desarrollo de las competencias que faciliten el dominio de su especialidad y su competitividad en el campo profesional. 6.2 El Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social ofrecerá opciones de formación de alto nivel, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a los requerimientos de la sociedad guatemalteca y del Sistema Profesional. Artículo 7º. De los estudiantes de Posgrado: 7.1 Requisitos de admisión: Realizar una preinscripción Acreditar un alto rendimiento académico a nivel de licenciatura Llenar la solicitud de ingreso correspondiente adjuntando curriculum vitae Elaborar un ensayo al solicitar su admisión, conforme lo estipulado por el Departamento de Estudios de Realizar entrevista en la Coordinación de los Estudios de Obtener una carta de aceptación en el Programa de Posgrado al que aspira Acreditar dominio de Windows y Office al inicio de la carrera Asumir el compromiso de acreditar el idioma inglés al término de la carrera para fines de graduación Suscribir compromiso de pago con la Escuela de Trabajo Social. 7.2 Requisitos de inscripción: Acreditar el grado de licenciatura en Trabajo Social o una disciplina afín Presentar constancia de aprobación del ciclo propedéutico Presentar carta de aceptación del Programa de Posgrado específico Realizar los pagos correspondientes de matrícula, inscripción en los cursos y cuotas mensuales o trimestrales correspondientes.
3 SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO Realizar el pago de otras cuotas establecidas de acuerdo al programa de posgrado Respetar y efectuar los procedimientos de inscripción oficial que establezca el Departamento de Registro y Estadística de la Universidad de San Carlos de Guatemala en coordinación con el Sistema de Estudios de Posgrado y el Programa de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social Presentar original y copia fotostática del documento completo que acredite el grado académico del solicitante, además de cualquier otra documentación requerida por el departamento de registro y control académico de la Universidad y la Escuela de Trabajo Social (solvencias de biblioteca, tesorería, identificación personal, etc.) 7.3 Para ser estudiante activo de Posgrado se requiere: Observar fielmente lo establecido en el presente normativo Estar al día en sus pagos mensuales o trimestrales correspondientes Cumplir con los requisitos establecidos Participar y colaborar en todas las actividades programadas por el Programa de Observar un comportamiento ético y académico dentro de las actividades en que participe Artículo 8º. Estructura administrativa de los Estudios de Posgrado 8.1 Del Departamento de Estudios de Integración y Dependencia. El Departamento de Estudios de Posgrado dependerá directamente de la Dirección de la Escuela de Trabajo Social, para cuestiones administrativas, gozando de autonomía en cuanto a su conducción académica, de acuerdo a lo estipulado en el reglamento del Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala y al Normativo específico de los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social. 8.2 De los Programas de Cada Programa de Estudios de Posgrado se organiza y funciona de acuerdo a lo establecido en el presente Normativo y en el Posgrado, como parte del Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social. 8.3 Creación de la Coordinación de los Estudios de Para la administración de los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, se crea la Coordinación del Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Dicha Coordinación depende directamente de la Dirección de la Escuela de Trabajo Social. 8.4 De la Coordinación del Departamento de Estudios de Posgrado Definición: La Coordinación del Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social constituye el órgano encargado de administrar y dirigir los estudios que a ese nivel se implementen La Coordinación del Departamento de Estudios de Posgrado: Estará a cargo de un profesional de Trabajo Social con grado de Maestro o Doctor nombrado por el Consejo Directivo de la Unidad Académica, conforme el Estatuto de la Carrera Universitaria, parte Académica y de acuerdo a lo estipulado en el Posgrado en su artículo Atribuciones del Coordinador del Departamento de Estudios de Planificar y dirigir el funcionamiento de los Estudios de Posgrado de la Unidad Académica Elaborar los proyectos curriculares de los Estudios de Posgrado y someterlo a consideración del Consejo Directivo de la Unidad Académica para su autorización Proponer a la autoridad nominadora los nombramientos del personal docente y administrativo necesario Elaborar el presupuesto anual de los diferentes Programas de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social Elaborar la memoria de labores del Departamento de Estudios de Coordinar y orientar las actividades académicas en los diferentes Programas del Departamento de Estudios de Establecer y mantener comunicación con los coordinadores y estudiantes de los diferentes Programas de Posgrado de la Unidad Académica.
4 Organizar y supervisar el funcionamiento del control académico, la secretaría y demás instancias que conformen la estructura funcional del Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, conforme los lineamientos del Sistema de Estudios de Resolver en primera instancia los problemas inherentes a la administración, docencia y otros que se presenten en el Departamento de Estudios de Posgrado, además de resolver los casos no previstos en el presente normativo, o trasladarlos a la Dirección o Consejo Directivo según el caso Observar y velar porque se ejecuten los normativos necesarios para la organización y buen funcionamiento del Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social Presentar los informes requeridos por el Consejo Directivo de la Unidad Académica Participar en las reuniones de las instancias que correspondan en la Unidad Académica y en el Sistema de Estudios de Artículo 9º. De la Metodología Docente: 9.1 En cada curso se realizarán exposiciones magistrales, complementadas con la realización de laboratorios, talleres, exposiciones, investigaciones individuales y colectivas, construcción de escenarios y experiencias de planificación estratégica. En cada curso se combinarán aspectos teóricos y prácticos. Los créditos se asignarán a los estudiantes que obtengan un rendimiento adecuado, asistan a las actividades presenciales y que desarrolle las actividades extraaula asignadas. 9.2 Propósito de los Estudios de El propósito de los Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social es garantizar que la formación con la orientación adecuada permita al estudiante alcanzar competencias como las siguientes: Visión de totalidad, dominio del estado del arte en el campo de conocimiento que aborda, capacidad para vincular la ciencia y la tecnología con la sociedad, habilidad para comunicar los impactos de la ciencia, disposición para asumir la investigación como un asunto de utilidad pública, capacidad para trabajar en redes y convertir la información en conocimiento y disposición para mantener la autonomía, la confianza y la sensibilidad intelectual De los créditos académicos. Cada crédito equivale a 16 horas de teoría, o 32 horas de actividades prácticas supervisadas. Para la asignación de los créditos se requiere haber participado por lo menos en el 80% de las actividades presenciales y no presenciales De las actividades presenciales. Se enfocarán de tal forma que permitan optimizar las horas de trabajo dentro del aula con la tutoría del profesor asignado y que cada asignatura sea direccionada de tal forma que se optimice la interacción docente - estudiante y se obtengan los objetivos propuestos bajo la dirección y orientación de los docentes De las actividades extra-aula. El estudiante al ser aceptado en uno de los Programas de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, asume la responsabilidad de dedicar el tiempo necesario para el cumplimiento de las tareas asignadas a nivel individual y colectivo, para el efectivo desarrollo del curso, seminario, taller o investigación que incluya el programa respectivo. Además el estudiante asume el compromiso de fortalecer el proceso de su autoformación. 9.6 Del pensum de estudios. Los cursos del pensum de estudios se organizarán por trimestre a fin de dedicar la atención necesaria según la intensidad horaria requerida, la modalidad asumida y a los créditos asignados. Al finalizar cada trimestre se tendrá un período de descanso de dos fines de semana, dentro del cual se subsanarán los trámites administrativos necesarios para la promoción estudiantil y la organización del siguiente trimestre. Artículo 10º. De la evaluación y promoción estudiantil De la escala evaluativa y promoción estudiantil. La evaluación es un proceso que valora la participación en clase, laboratorios, investigaciones, talleres, exposiciones, seminarios, comprobaciones de lectura, eventos especiales, trabajos en grupo, además de las pruebas orales y escritas que el docente considere necesarias, siempre que sean aceptadas por la Universidad de San
5 SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 99 Carlos de Guatemala, de acuerdo a la naturaleza de cada curso. Para obtener el derecho a ser promovido en cada curso del pensum de estudios, además de llenar el porcentaje de asistencia requerido y el cumplimiento de tareas el estudiante deberá de obtener un mínimo de 70 puntos en una escala de 0 a 100. No existen exámenes de recuperación De las equivalencias de estudio. Se realizarán siempre que llenen los requisitos establecidos por la legislación universitaria y refieran cursos aprobados en instituciones del nivel superior de primera clase, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Sistema de Estudios de Artículo 11º. Del régimen financiero: Los Programas de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social funcionan con financiamiento complementario o parcialmente autofinanciable, de acuerdo con lo estipulado en el reglamento del Sistema de Estudios de Posgrado y a la disponibilidad de la Unidad Académica. El posgrado tendrá como opciones de financiamiento las siguientes fuentes: 11.1 De las cuotas estudiantiles: Matrícula anual: El estudiante del Programa de Estudios de Posgrado deberá pagar anualmente la matrícula fijada por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala Cuotas de cursos: De acuerdo a lo establecido por la Unidad Académica con la aprobación del Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Posgrado con base en el artículo 33 inciso e, de su reglamento Una cuota anual única para materiales, solicitada por el Programa de Estudios de Posgrado y autorizada por el Consejo Directivo de la Escuela de Trabajo Social y el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Otras cuotas: Para otros gastos administrativos se usarán las cuotas de aplicación general aprobada por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Artículo 12o. De la evaluación de los Programas de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social Propósito de la evaluación. Los procedimientos para evaluación de los programas específicos de los Estudios de Posgrado que se implementen en el Departamento de Estudios de Posgrado de la Escuela de Trabajo Social, deberán evaluar su rendimiento, la actualidad de sus contenidos, calidad académica, metodología docente y pertinencia entre otros aspectos Formas de evaluación. La evaluación constituye un componente básico para elevar la calidad de la formación brindada en cada uno de los niveles que conforman los Estudios de Posgrado, en tal sentido se aplicará una evaluación constante mediante la interrelación docente - estudiante y coordinación de los Estudios de Además se organizarán diferentes eventos evaluativos al finalizar la formación por cohorte. Además de acuerdo a los recursos disponibles se realizarán evaluaciones independientes, haciendo énfasis en la pertinencia, calidad, valor social y currículo de estudios. Artículo 13º. Disposiciones Transitorias 13.1 Casos no previstos. Los casos no previstos los atenderá y resolverá en primera instancia el Coordinador del Departamento de Estudios de Posgrado, de acuerdo al informe del Coordinador del Programa respectivo y, cuando la naturaleza del caso lo amerite, lo resolverá el Consejo Directivo de la Unidad Académica o bien el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de 13.2 Vigencia. El presente Normativo entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por la Asamblea General del Sistema de Estudios de Posgrado y deroga cualquier otra norma interna formulada por la Unidad Académica, supeditándose al reglamento del Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala El presente Normativo debe ser revisado periódicamente y puede ser modificado a propuesta del Departamento de Estudios de Posgrado, con la aprobación del Consejo Directivo de la Escuela de Trabajo Social y la autorización de la Asamblea del Sistema de
6 100 Estudios de Posgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala Será nula toda disposición que amparada en el presente Normativo, contravenga lo preceptuado en el reglamento general de la Unidad Académica y las Leyes Universitarias.
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