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1 PALÀ Advocats & Assessors Rambla Catalunya, 49-51, 4º 1ª Barcelona Telf Fax: Delegación Gurealde -

2 ÍNDICE 1.- PALÀ ADVOCATS Y GUREALDE GUREALDE OBJETIVOS FUNCION DE GUREALDE COMO LLEGAR AL CLIENTE 6 5.-QUE PREGUNTAR AL CLIENTE CASADOS/CONVIVE MARITALMENTE HIJOS MENORES INCAPAZ HEREDEROS NO FORZOSOS EMPRESA FAMILIAR/PACTOSUCESORIO SERVICIO DE TESTAMENTARIAS SÍ O SÍ CLIENTES MAYORES DE 65 AÑOS DONACIONES RELACIONES DE CONVIVENCIA MUTUA BONIFICACIONES FISCALES SERVICIO DE TESTAMENTARIAS PROCEDIMIENTO PLANTILLAS

3 1.-PALÀ ADVOCATS / GUREALDE PALÀ ADVOCATS & ASSESSORS somos los delegados de Gurealde en Catalunya Especializados en el ámbito sucesorio, estableciendo una planificación patrimonial y sucesoria. 3

4 2.- OBJETIVOS Cubrir las necesidades de sus clientes en la planificación patrimonial en el ámbito sucesorio. Fidelizar si cabe aún más al cliente. Ofrecer un servicio a Kutxabank sin coste, que le permita a su vez conocer mejor el patrimonio de sus clientes. 4

5 3.LA FUNCIÓN DE GUREALDE Seleccionar estrategias adecuadas y acordes que permitan planificar el patrimonio en el ámbito sucesorio. Realizar una buena gestión legal y fiscal de los activos de manera que la continuidad y la transmisión del patrimonio se haga de manera efectiva y planificada. La protección del patrimonio, tanto en función del propio retiro, como de su transferencia hereditaria. 5

6 4.- CÓMO LLEGAR AL CLIENTE: TESTAMENTO Tienes testamento? 6

7 NO SERVICIO TESTAMENTARIAS 7

8 5.-Que preguntar al cliente 5.1-Primero.-Está usted casado o convive maritalmente SI TESTAMENTO Protección pareja frente a los hijos Blindar el patrimonio familiar 8

9 NO TESTAMENTO -Nuda propiedad a los hijos -Usufructo a la pareja Autorización judicial / Consejo familiar El cónyuge pierde el control y disposición del patrimonio 9

10 Supuesto Práctico: Blindar el Patrimonio Familiar. Carlos que ha heredado de sus padres un gran patrimonio, desea que transmita a sus hijos a su fallecimiento. Si no firmase un testamento en este sentido el patrimonio familiar lo heredaría su cónyuge o pareja. Protección cónyuge / pareja. Si lo que pretende Carlos es salvaguardar el patrimonio a favor de su cónyuge, sería imprescindible firmar un testamento a su favor, en caso contrario los hijos heredaría la nuda propiedad y sería necesario obtener una autorización judicial o consejo familiar para disponer de los bienes. 10

11 5.2-Segundo.- HIJOS MENORES TUTOR ADMINISTRADOR 11

12 Supuesto Práctico TUTOR/ ADMINISTRADOR: 12 Carlos y su cónyuge o pareja disponen en su testamento que el patrimonio que reciban sus hijos, en el caso de ser menores de edad, esté tutelado por Javier y en el caso de que sean mayores de edad, sea administrado por Javier hasta que tengan la edad de 23/25 años. Si no nombrasen a un tutor/administrador, y los hijos fuesen menores de edad, sería el Juez quien nombraría el tutor, pudiendo recaer dicho nombramiento en persona non grata para los padres/testadores. En el caso de que los hijos fuesen mayores de edad, podrían disponer del patrimonio heredado y dilapidarlo rápidamente, no obstante, si se ha nombrado a un administrador, será éste el que se encargue de adminístralo.

13 5.3-Tercero.- Incapaz Hermanos o Cuidador Patrimonio Protegido Testamento Ejemplar Fundación Y Albacea 13

14 PATRIMONIO PROTEGIDO. Se forma mediante aportaciones iniciales y posteriores de dinero, bienes y derechos. Pueden aportarse cualquier tipo de bienes que pueda generar rendimientos económicos. Se debe constituir por documento público. Efectos para el discapacitado: Para el beneficiario de estas aportaciones, tendrá la consideración de rendimiento de trabajo hasta el importe de anuales por cada aportante y anuales en conjunto. La parte de las aportaciones que exceda de los máximos anuales ( o ) no se considera rendimientos del trabajo y estará sujeta al Impuesto de Sucesiones. Efectos para el aportante: Los parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, cónyuge o tutor, podrán reducirse en la base imponible del IRPF hasta anuales. 14

15 Supuesto práctico: 15 A Pedro sus padres le constituyen un patrimonio protegido, y le aportan euros cada uno de ellos, a la vez que su hermano le aporta un inmueble valorado en euros. La suma de lo aportado en total es de euros. Cuál sería la fiscalidad aplicable? Por un lado, el beneficiario del patrimonio protegido debería imputarse como rendimientos del trabajo hasta euros (ya que las aportaciones proceden de varios aportantes), y la cantidad restante hasta euros ( euros) quedaría sujeto a ISD. Si no recibe más prestaciones de otros sistemas de previsión social (planes de pensiones, seguros, etc.) tendría una exención de ,42 euros en IRPF por los rendimientos del trabajo, por lo tanto solo integraríamos en su renta la cantidad de 1.884,58 euros ( ,42). No tributará por dicha cantidad ya que en su IRPF puede aplicarse la reducción del art 20 LIRPF por obtención de rendimientos del trabajo. Por otro lado, la cantidad sujeta al ISD, euros, podrá beneficiarse aquí del 90% de reducción, es decir, solo tributará por euros.

16 TESTAMENTO EJEMPLAR: La finalidad es evitar la sucesión intestada del incapaz en caso de fallecimiento, puesto que el incapaz no tiene capacidad para testar. La particularidad de este tipo de testamento es que comprende el patrimonio entero del incapaz y no sólo el recibido del testador. 16

17 5.4-Cuarto.- Herederos no forzosos Si el causante muere sin hijos ni descendientes, sin cónyuge y sin progenitores, la herencia se difiere a los parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, tíos y primos). La problemática radica en la dificultad probatoria del parentesco para la declaración de herederos pudiendo conllevar que suceda la Generalitat de Catalunya. 17

18 5.5-QUINTO.- Empresa familiar Pacto sucesorio Requisitos Tasados Bonificaciones Del 95% Impuesto de sucesiones 18

19 PACTO SUCESORIO: Dispone que, dos o más personas pueden convenir la sucesión por causa de muerte de cualquiera de ellas y realizar atribuciones a título particular. El contenido de los pactos sucesorios sólo se pueden cambiar con el consentimiento de los otorgantes. Es un mecanismo eficaz para la planificación y organización de una ordenada sucesión en la empresa familiar. Los otorgantes establecen los principios que deben regir su actuación en el ámbito de una determinada empresa. Supuesto Práctico: Carlos constituye una pacto sucesorio con su hijo Roger, en el que establecen que éste heredará las acciones de su padre, siempre que gestione la empresa familiar atendiendo a los principios y conductas establecidos por Carlos, de no atender al protocolo exigido, Roger no heredaría la empresa familiar. 19

20 SERVICIO TESTAMENTARIAS SÍ o SÍ Solicitud de saldo bancario del titular fallecido Adquisición vivienda / Constitución préstamo hipotecario Seguro de vida Seguro de decesos Plan de Pensiones FUGA DE PATRIMONIO Disposición plena del cónyuge/pareja Garantizar devolución de donaciones/prést amos realizados por los progenitores. Bonificaciones fiscales en el impuesto de sucesiones no computable a la legitima Tranquilidad y planificación del deceso en beneficio del cliente Nombramiento de beneficiarios independientemente de los herederos 20

21 7.- Clientes mayores de 65 años Poder Preventivo / Autotutela Testamento Vital Es aquel poder otorgado en previsión de una situación de pérdida de capacidad. El poderdante puede nombrar al tutor, que, en caso de incapacidad, sea la persona que proteja y administre su persona y sus bienes, esta facultad se conoce con el nombre de Autotutela El poderdante puede nombrar a un Asistente, a causa de la disminución no incapacitante de sus facultades físicas y psíquicas para atender sus específicas necesidades. Documento en el que un individuo explicita las instrucciones que deberán tenerse en cuenta cuando su estado de salud no le permita expresarlas el mismo, especialmente en lo relativo a tratamientos médicos y posterior destino de su cuerpo y órganos. 21

22 DONACIONES Reducciones y bonificaciones del 95% de las donaciones de la empresa familiar Donaciones a hijos menores de 37 años para la adquisición de la primera vivienda habitual Bonificaciones Fiscales Donaciones con cláusula de retroversión Donaciones con reserva del usufructo vitalicio y el derecho a acrecer 22

23 Supuesto practico Carlos dona a su hijo Roger las acciones de su empresa por valor de , asesorado por Gurealde goza de los requisitos de empresa familiar y se puede beneficiar del 95% del impuesto de donación pagando la cantidad de en lugar de Carlos dona a su hijo Roger para la adquisición de su primera vivienda habitual pagaría 150 en concepto del impuesto de donaciones en lugar de Carlos dona a su hijo Roger una vivienda con cláusula de retroversión de manera que si Roger fallece antes que su padre, la vivienda volvería al patrimonio de Carlos y no a los herederos de Roger. Carlos dona su hijo Roger una vivienda reservándose el derecho de usufructo y beneficiándose del uso de la misma. 23

24 RELACIONES DE CONVIVENCIA.-RELACION DE CONVIVENCIA MUTUA MUTUA Personas mayores de edad unidas por vínculos de parentesco en línea colateral ( hermanos, sobrinos, primos, tíos, yernos/nueras) sin límite de grado y los que tienen relaciones de simple amistad o compañía 24

25 Supuesto Práctico: María y Elena son amigas y conviven en una misma vivienda habitual compartiendo gastos comunes y trabajo domésticos y formalizan notarialmente su relación( relación convivencial de ayuda mutua).maría, propietaria de la vivienda valorada en fallece testando a favor de su amiga Elena y ésta hereda la vivienda bonificándose del 99% del impuesto de sucesiones. Si no se hubieran constituido como relación convivencial, Elena habría pagado en el impuesto de sucesiones. 25

26 10.-BONIFICACIONES EN EL IMPUESTO DE SUCESIONES 1.- Reducción parentesco: o o o o GRUPO I - adquisiciones por descendientes menores de 21 años ; más por cada año de menos de 21. GRUPO II - adquisiciones por descendientes de 21 años o más, cónyuge, pareja estable y ascendientes, relaciones de convivencia ayuda mutua: - cónyuge/pareja hijo resto de descendientes ascendientes GRUPO III adquisiciones por colaterales de 2º y 3º grado y por ascendientes y descendientes; hermanos, tíos y sobrinos 8000 GRUPO IV adquisiciones por colaterales de 4º grado o más distantes y por extraños sin reducción. * Los grupos I y II pueden aplicar la bonificación desde el 99% al 57,37% de la cuota tributaria a pagar dependiendo de la base imponible. 26

27 BONIFICACIONES EN EL IMPUESTO DE SUCESIONES 2.- Reducción por discapacidad: o Grado minusvalía es igual o superior al 33% reducción o Grado minusvalía es igual o superior al 65% reducción de Reducción para personas mayores: o En las adquisiciones por causa de muerte por personas del grupo II de 75 años o más se aplica una reducción en la base imponible de Reducción por la adquisición de la vivienda habitual de la persona difunta: o 95% del valor de la vivienda 27

28 TESTAMENTO Tienes testamento? 28

29 SI SERVICIO TESTAMENTARIAS Revisión Testamento / Modificación de circunstancias 29

30 TRANQUILIDAD-CONFIANZA El Servicio de testamentarías, un pequeño trámite, una gran tranquilidad. 30

31 PROCEDIMIENTO Cómo procederemos en el servicio de TESTAMENTARÍA 31

32 Ofrecimiento del servicio al cliente se incide en las grandes ventajas que conlleva y la gratuidad de la primera visita sin ningún compromiso por parte del cliente. Si el cliente acepta, se firmará el contrato que a tal fin tiene preparado Kutxabank en el que se indica el nombre del cliente, teléfono de contacto, número de oficina, tipo de servicio: Testamento o Herencia y se deberá enviar por a marquetingsegmentos@kutxabank.es y a info@gurealde.es Tras la firma del contrato, Gurealde concertará visita con el cliente. 32

33 33

34 - BENEFICIOS Y VENTAJAS DEL SERVICIO Ventaja competitiva: Empresa cuya actividad se desarrolla en el ámbito de las particiones de herencias y testamentos, lo que conlleva un alto grado de especialización en la materia Ventajas para KUTXABANK : Diferenciación respecto a la competencia al tratarse de una entidad que ofrece a sus clientes este servicio. Mantenimiento del capital del fallecido en la entidad, evitando así fugas a otras entidades. Captación del capital del fallecido procedente de otras entidades. Comisión: Por cada operación liquidada, Kutxabank se beneficia de un porcentaje de la facturación. Satisfacción del cliente ante el servicio recibido. 34

35 Beneficios para el CLIENTE : Beneficio jurídico y fiscal. Beneficios para KUTXABANK: Ahorro de tiempo, delegar en Gurealde el asesoramiento respecto a las testamentarias desde el momento en que el cliente manifiesta su necesidad de asesoramiento en este campo. Una vez liquidada la participación de herencia, el gestor es informado de ello. Empleados de Kutxabank y sus cónyuges, disfrutarán de un descuento del 50% sobre el asesoramiento y la gestión. Tranquilidad y seguridad de dejar su patrimonio según su deseo. Primera cita gratuita. Un solo interlocutor para gestionar todas sus necesidades, lo que agiliza la duración del trámite. Asesoramiento personalizado ofrecido por profesionales con gran experiencia, atendiendo a las peculiaridades e intereses de cada cliente. Confidencialidad plena. En situaciones donde existe un conflicto familiar, el asesor de Gurealde media, de forma objetiva, como un agente externo, siendo uno de sus fines la obtención del mejor acuerdo para todas las partes 35

36 36

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