ARBITRAJE ANTECEDENTES
|
|
- Eugenio Benítez Miranda
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Rd.:B-05/06 AR/mr ARBITRAJE Alfredo Reina i Jiménez, designado árbitro en materia de elecciones sindicales mediante resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 4 de mayo del 2005, en virtud de designación efectuada de común acuerdo por las organizaciones sindicales CONC y UGT, para conocer de las impugnaciones que se produzcan en esta materia dentro del ámbito territorial de la provincia de Barcelona, según lo dispuesto en el articulo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el articulo 31 del Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, que aprueba el Reglamento de Elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, emite el siguiente laudo: ANTECEDENTES Primero.- En fecha 28 de octubre de 2005 el sindicato CCOO presentó en la Oficina Pública de Registro, Deposito y Publicidad de Barcelona el preaviso para la realización de elecciones sindicales (numero 1940/05) con motivo de realizarlas en la empresa KONECTA BTO Contactcenter, S.A. en el centro de trabajo domiciliado en la calle Mallorca 606, séptima planta de BARCELONA, habiéndose señalado como fecha de inicio del proceso electoral, el 28 de noviembre. Segundo.- En fecha 18 de enero de 2006 la Sra. M. d l H. d S., en representación de KONECTA BTO Contactcenter, S.A., solicita arbitraje en relación al proceso electoral, en el que manifiesta sustancialmente lo siguiente: Que en fecha 28 de noviembre se procedió a la constitución de la mesa electoral, utilizándose los modelos normalizados para la elección de delegados de personal. Que en fecha 30 de noviembre de 2005 vía fax tenemos conocimiento de la reclamación previa interpuesta por el Sr. P. C. en representación de CCOO, la empresa también interpone reclamación previa en la que confirma que el número
2 de trabajadores no supera los 50, ello a efectos de continuar el proceso electoral conforme a los modelos y plazos legales para la elección de Delegados de Personal. La mesa no ha comunicado a la empresa la resolución sobre la reclamación previa efectuada dentro de los plazos legalmente establecidos. Que en fecha 30 de noviembre vía fax la empresa recibe la lista de presentación y aceptación de tres candidatos a Delegados de Personal. Que del acta facilitada el día 2 de diciembre de escrutinio de las votaciones realizadas el día 1 de diciembre se puede comprobar que la trabajadora Sra. S. E. es la delegada de personal con mayor número de votos y por lo tanto es la delegada elegida que junto con los dos anteriores delegados ya existentes, completarían los tres delegados de personal correspondientes. Que con fecha 5 de enero de 2006 se recibe vía fax copia del escrito de entrada en la Oficina Pública de la Generalitat correspondiente al registro del acta presentada en fecha 30 de diciembre de Como consecuencia de la citada comunicación la empresa ha tenido conocimiento de la celebración de votaciones para constituir un comité de empresa, teniendo por elegidos los tres candidatos que inicialmente se habían presentado para la elección de un delegado de personal, de manera que junto a los dos delegados ya existentes constituirían un comité de empresa compuesto por cinco miembros. Por todo lo expuesto anteriormente impugna la votación efectuada como consecuencia de la existencia de vicios graves que afectan a las garantías del proceso electoral desarrollado, así como la falta de correlación entre el número de trabajadores que figuran en el acta de elecciones y el número de representantes elegidos. De manera que a efectos del presente proceso electoral sea elegido únicamente un delegado de personal que junto a los dos ya existentes completan los tres delegados que corresponden a una plantilla inferior a 50 trabajadores. Tercero.- En fecha 20 de enero de 2006 se traslada al árbitro el escrito de solicitud de arbitraje y se adjunta una copia del expediente. Quarto.- El día 25 de enero de 2006 se mantuvieron reuniones con los representantes de la empresa Sra. M. d l H. d S. y de CCOO Sr. E. A. A., con la finalidad de conocer sus alegaciones respecto al tema debatido, de acuerdo con lo que establece el articulo 76.6 del Estatuto de los Trabajadores. En esta reunión la Sra. M. d l H. reitera y se ratifica en las manifestaciones que contiene su escrito de impugnación y, añade que la empresa no pretende cuestionar el órgano de representación de los trabajadores que corresponde elegir, si bien, de acuerdo con el censo electoral y los modelos utilizados han de ser tres delegados de personal.
3 El Sr. E. A. se opone a las pretensiones de la representante de la empresa, tanto por lo que respecta al fondo de la cuestión suscitada, como a la falta de cumplimiento de los requisitos formales del proceso de impugnación que establece la normativa vigente. Respecto a la cuestión de fondo, en primer lugar, es necesario tener presente que el preaviso es parcial y por incremento de plantilla y en segundo lugar, contrariamente a lo que sostiene la representante de la empresa, el número trabajadores es superior a 50. El censo laboral facilitado por la empresa contabiliza 34 trabajadores con contrato superior a un año y 23 trabajadores con contrato inferior a un año, estableciendo que a los efectos que prevé el artículo 72 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 9.4 del Reglamento de Elecciones, el número de trabajadores con contrato inferior a un año a considerar para determinar el número de representantes a elegir son 14 trabajadores. Entendemos que la interpretación realizada por la empresa no es ajustada a derecho, ya que a estos efectos se han de contabilizar las jornadas realizadas por todos los trabajadores en el año anterior a la promoción, esta interpretación es la que motiva nuestra reclamación previa ante la mesa de fecha 30 de noviembre de 2005 y la oposición de la empresa mediante escrito de reclamación previa a la mesa de la misma fecha. La inclusión de estas jornadas trabajadas, es lo que comporta que se haya de elegir tres delegados además de los dos existentes, por incremento de plantilla, ya que a estos efectos corresponden cinco representantes de los trabajadores. Respecto al incumplimiento por parte de la empresa de los requisitos que establece el procedimiento arbitral, se ha de tener presente que la mesa electoral estima nuestra reclamación de fecha 30 de noviembre y consecuentemente rechaza la de la empresa, de pretensión contraria. Por lo tanto y de acuerdo con lo que dispone el articulo 9.4 del Reglamento de Elecciones, la empresa debería de haber iniciado el procedimiento arbitral una vez desestimada su reclamación en el plazo de tres días, no después de más de un mes y medio desde la resolución de la mesa. La empresa, de no compartir la decisión de la mesa, tenía que haber reclamado la composición del censo, ya que- la mesa establece el número de representantes a elegir en base al cómputo de la totalidad de las jornadas realizadas en el año anterior por los trabajadores con contrato inferior a un año; y no saltarse todos los requisitos que establece la normativa vigente, esperándose a recibir la comunicación del acta para y sin reclamación previa iniciar directamente el procedimiento arbitral.
4 FUNDAMENTOS JURÍDICOS 1- La controversia que se plantea en el presente arbitraje se refiere a la posible discordancia entre el acta registrada por la Oficina Pública y el desarrollo del proceso electoral y concretamente al número de representantes a elegir. II.- Que con carácter previo a cualquier otra consideración que afecte al fondo de la impugnación, se ha de analizar la alegación del representante de CCOO referente a la falta de los requisitos mínimos que ha de cumplir el escrito de impugnación presentado por la empresa y su extemporaneidad. En este sentido el artículo 37 f) del Real Decreto 1844/1994 de 9 de septiembre, exige que la parte impugnante del proceso electoral acredite haber efectuado la reclamación previa ante la mesa electoral en los plazos previstos en el articulo 30.1 de la misma norma. Por su parte, el artículo 38.1 de la citada norma establece un plazo de tres días hábiles para presentar el escrito de impugnación, contados desde el día siguiente a aquel en que se hubiesen producido los hechos o resuelto la reclamación por la mesa. III.- En el caso que nos ocupa, la empresa manifiesta que tuvo conocimiento de la discordancia entre el desarrollo del proceso y el número de representantes elegidos en el momento que la Oficina Pública le comunica el acta electoral el día 5 de enero de 2006 y, por tanto, de acuerdo con lo que establece el artículo 38.3 del Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, el escrito de impugnación reúne los requisitos que establece la normativa aplicable. Que de acuerdo con el propio relato de los hechos que contiene el escrito de impugnación, posterior ratificado ante el árbitro, queda constatado que la cuestión controvertida es conocida y impugnada por la misma el día 30 de noviembre. Que en la determinación del número de representantes a elegir no se establece el día de la votación, sino que se hace en el momento de desarrollo del proceso electoral que la empresa impugnó y por tanto, esta tendría que haber iniciado el procedimiento arbitral dentro del plazo establecido, desde el momento que expresa o tácitamente la mesa deniega su reclamación del día 30 de noviembre, es decir, en los primeros días de diciembre de IV.- Que sin ignorar las diferentes interpretaciones que suscita el articulo 72.2 b) del Estatuto de los Trabajadores y el articulo 9.4 del Reglamento, es lo cierto, que una mínima diligencia por parte de la impugnante hubiese sido interesarse por la resolución de la mesa sobre las reclamaciones previas presentadas, dado el carácter contradictorio de sus pretensiones y las repercusiones que para el desarrollo del proceso electoral implicaba; dado que se estaba dirimiendo el número de
5 trabajadores a contabilizar para determinar el número de representantes a elegir que corresponde al centro de trabajo. V.- Que habiéndose constatado que el escrito de impugnación presentado por la empresa está fuera de plazo y no cumple los requisitos exigidos para iniciar el procedimiento arbitral que establece la normativa vigente, no es necesario analizar y pronunciarse sobre el fondo de la cuestión planteada De acuerdo con lo expuesto anteriormente, corresponde dictar el laudo arbitral siguiente: PARTE DISPOSITIVA Ha DE DESESTIMARSE la impugnación realizada por la Sra. M. d l H. d S. representante de la empresa, y por tanto, tiene que declararse registrable el acta electoral correspondiente a la empresa KONECTA BTO Contactcenter, SA. El presente laudo puede ser impugnado ante los órganos de la jurisdicción social mediante el procedimiento establecido en los artículos 127 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, mediante el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. Es todo cuanto se decide en arbitraje de derecho, firmado el laudo emitido, que se notifica a los/as interasados/as y a la Oficina Pública de Registre Depósito i Publicidad de Barcelona. Barcelona, 28 de enero de 2006 El Árbitro Alfredo Reina i Jiménez
LAUDO ARBITRAL Nº 233
Procedimiento Arbitral núm. 1/2016 Empresa: XXXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 233 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallesArbitraje 21/95 HECHOS
Arbitraje 21/95 D. JOSE Mª HOSPITAL VILLACORTA, árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo establecido en el Art. 76,3 de la Ley 8/80, de 10 de Marzo, denominado Estatuto de
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 22 de septiembre de 2.011
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 22 de septiembre de 2.011 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/07/11 iniciado por Dª. XXXXXXXXX, en representación del sindicato
Más detallesBEGOÑA LEMA DE PABLO,
Arbitraje 44/2002 Dña. Mª BEGOÑA LEMA DE PABLO, Árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo,
Más detallesD. FELIPE GARCÍA DE JALÓN RAMÍREZ,
Arbitraje 32/98 D. FELIPE GARCÍA DE JALÓN RAMÍREZ, árbitro designado por la Autoridad Laboral, conforme a lo establecido en el Art.28.3 de la Ley 9/1987 de 12 de junio, en su redacción dada por la Ley
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 213
Procedimiento Arbitral núm. 23/2014 Empresa: XXXXXX. LAUDO ARBITRAL Nº 213 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallesSecretaría de Acción Sindical
ELECCIONES SINDICALES Uno de los derechos básicos de las trabajadoras y trabajadores es la participación en la empresa, como establece el artículo 4.1.g) del Estatuto de los Trabajadores (TE), la cual,
Más detallesProcedimientoArbitral 74/2015. Empresa: XXXXXX
ProcedimientoArbitral 74/2015 Empresa: XXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesProcedimiento Arbitral 15/03/2016. Empresa: EEEEEEE
Procedimiento Arbitral 15/03/2016 Empresa: EEEEEEE D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesCURSO ELECCIONES SINDICALES 2014/2015 CGT METAL MADRID
CURSO ELECCIONES SINDICALES 2014/2015 CGT METAL MADRID 1 I NORMAS DE APLICACIÓN AL PROCESO DE ELECCIONES SINDICALES 1 Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido
Más detallesJUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 ZARAGOZA DECRETO 330/2015 DEMANDANTE: UGT RESULTADO: Desistido
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 ZARAGOZA DECRETO 330/2015 DEMANDANTE: UGT RESULTADO: Desistido Procedimiento Arbitral núms. 30/2015 Empresa: ZZZZZZ LAUDO ARBITRAL N 30/2015 D. MIGUEL GUILLEN FUERTES, Arbitro
Más detallesArbitraje 1/1995 H E C H O S
Arbitraje 1/1995 FRANCISCO JAVIER MARIN BARRERO, árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo establecido en el artículo 76.3 de la Ley 8/80 de 10 de Marzo denominada Estatuto
Más detallesTEXTO 1.- ANTECEDENTES DE HECHO
LAUDO ARBITRAL: : 2265/14 LUGAR Y FECHA: MURCIA.27 de octubre de 2014 EMPRESA/CENTRO DE TRABAJO: INICIATIVAS LOCALES, S.L IMPUGNA: sindicato CCOO INTERESADOS: INICIATIVAS LOCALES, S.L y UGT CAUSA: CANDIDATURAS
Más detallesTEXTO 1.- ANTECEDENTES DE HECHO
LAUDO ARBITRAL: 2249/2014 LUGAR Y FECHA: MURCIA. 28 de marzo de 2014 EMPRESA/CENTRO DE TRABAJO:. SAT Las Primicias IMPUGNA: U.G.T. INTERESADOS: C.C.O.O, SAT Las Primicias CAUSA: CANDIDATURAS ÁRBITRO: JOSE
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO:
En Teruel, siendo las 9,00 horas del día 3 de enero de 2017 se celebra acto de comparecencia ante este árbitro, designado de conformidad con lo establecido en el art. 76 del Texto Refundido del Estatuto
Más detallesProcedimiento Arbitral 36/2016. Empresa: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Procedimiento Arbitral 36/2016 Empresa: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Real Decreto
Más detallesDERECHO SINDICAL. Carolina Martínez Moreno Ana Luisa Rega Rodríguez Diego Álvarez Alonso
DERECHO SINDICAL Carolina Martínez Moreno Ana Luisa Rega Rodríguez Diego Álvarez Alonso DERECHO SINDICAL Carolina Martínez Moreno Ana Luisa Rega Rodríguez Diego Álvarez Alonso TEMA 9 REPRESENTACIÓN UNITARIA
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 17 de diciembre de 2.012
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 17 de diciembre de 2.012 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/05/12 iniciado por D. XXXXXXXX, en representación del sindicato
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Procedimientos Arbitrales 11/08 y su acumulado 12/08 CARMEN GOMEZ CAÑAS, Arbitro designada por Resolución de fecha 13 de octubre de 2003, de la Directora General de Empleo y Relaciones Laborales del Gobierno
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 27 de septiembre de 2.012
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 27 de septiembre de 2.012 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/03/12 iniciado por D. XXXXXXXXX, en representación del sindicato
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 14 de Julio de 2015
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 14 de Julio de 2015 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/08/15 iniciado por Dª. XXXXXXXX, en nombre y representación del
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 27 de junio de 2.012
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 27 de junio de 2.012 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/01/12 iniciado por D. XXXXXXXXXX, en representación del sindicato
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 4 de Julio de 2014
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 4 de Julio de 2014 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/08/14 iniciado por D. José Luis Cebrián Rivera, en representación
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 25 de abril de 2013
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 25 de abril de 2013 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/06/13 iniciado por XXXXXXXXX, en representación la Unión General
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 223
Procedimiento Arbitral núm. 16/2015 Empresa: DGA SAS AREA DE SALUD ZARAGOZA I (Funcionarios) LAUDO ARBITRAL Nº 223 Angel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con
Más detallesManual de ELECCIONES SINDICALES
Manual de ELECCIONES SINDICALES CONTENIDO 1. NORMATIVA REGULADORA...9 2. ÁMBITO OBJETIVO Y SUBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL... 10 2.1. La unidad electoral o circunscripción electoral...10 2.1.1. El
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 19/2015
Procedimiento Arbitral núms. 17/2015 y 19/2015 (acumulados) Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 19/2015 D. MIGUEL GUILLEN FUERTES, Arbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con los establecido
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 216
Procedimiento Arbitral núm. 21/2014 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 216 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallesProcedimiento Arbitral 32/2016. Empresa: XXXXXX
Procedimiento Arbitral 32/2016 Empresa: XXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 19 de Junio de 2015
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 19 de Junio de 2015 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/06/15 iniciado por Dª.XXXXXXXX, en nombre y representación de la
Más detallesArbitraje 16/98 H E C H O S
Arbitraje 16/98 FRANCISCO JAVIER MARÍN BARRERO, árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo establecido en el art. 76.3 de la Ley 8/80 de 10 de Marzo, denominada Estatuto de los
Más detallesOpositas Andujar, S.L. Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje. Andujar. Quien puede promover las elecciones a Delegados de Personal y Junta de Personal
ELECCIONES SINDICALES Ley 9/1987, de 12 de Junio, de órganos de representación. Los órganos de representación de los funcionarios públicos son: Delegados de Personal. Juntas de Personal. Quien puede promover
Más detallesTALLER DE ELECCIONES SINDICALES PARA COMITÉ DE EMPRESA. UGT-FICA PV.
TALLER DE ELECCIONES SINDICALES PARA COMITÉ DE EMPRESA. UGT-FICA PV. DIRECCIÓN TALLER: David Pino Secretario de Organización y Elecciones Sindicales UGT-FICA-PV. EXPERTA COLABORADORA: Laura Nieto. Secretaria
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 7 de octubre de 2.012
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 7 de octubre de 2.012 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/04/12 iniciado por XXXXXXXXXX, en representación del sindicato
Más detallesProcedimiento Arbitral 41/2016. Empresa: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Procedimiento Arbitral 41/2016 Empresa: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Real
Más detallesNORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA
ELECCIÓN DE LA MESA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Fecha indicada en el preaviso. ESTARÁ FORMADA POR: Presidente: el trabajador más antiguo. Vocal Secretario: el trabajador más joven. Vocal: el trabajador de
Más detallesPROCEDIMIENTO ARBITRAL: 40/2014 EMPRESA: XXXXXX
PROCEDIMIENTO ARBITRAL: 40/2014 EMPRESA: XXXXXX 1 SOFÍA BERNARDO RÓDENAS, árbitra designada de acuerdo con las disposiciones vigentes en el procedimiento arbitral 40/2014, instado por la empresa XXXXXX
Más detallesJUZGADO DE LO SOCIAL N 1 LOGROÑO Autos n 454/10 / En Logroño, a diecinueve de julio de dos mil diez. Vistos por Dña. LUISA ISABEL OLLERO VALLÉS,
JUZGADO DE LO SOCIAL N 1 LOGROÑO Autos n 454/10 / En Logroño, a diecinueve de julio de dos mil diez. Vistos por Dña. LUISA ISABEL OLLERO VALLÉS, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Social n 1 de Logroño,
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 4 de abril de 2016
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 4 de abril de 2016 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/03/16 iniciado por Dª. XXXXXXX, en nombre y representación del sindicato
Más detallesAl mismo son citados las partes; y comparecen: D. XXXXXX En representación de CC.OO. En representación de CC.OO.
En Teruel, siendo las 17,00 horas del día 1 de julio de 2015 se celebra acto de comparecencia ante este árbitro, designado de conformidad con lo establecido en el art. 76 del Estatuto de los Trabajadores
Más detallesProcedimiento Arbitral 48/2015. Empresa: XXXXXX
Procedimiento Arbitral 48/2015 Empresa: XXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 19 de julio de 2.010
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 19 de julio de 2.010 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/03/10 iniciado por D. XXXXXXXXX, en representación de la Unión
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 37/2015
Procedimiento Arbitral núms. 37/2015 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 37/2015 D. MIGUEL GUILLEN FUERTES, Arbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con los establecido en el articulo 76.3
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Procedimiento Arbitral 22/09/14 Empresa: XXXXXXXX Centro de trabajo: XXXXXX Doña NOELIA DOMÍNGUEZ VILLAFRANCA, árbitra designada con fecha 11 de diciembre de 2013, por decisión unánime de las Uniones Regionales
Más detallesNúm. 21. Boletín Oficial de Aragón
ORDEN de 28 de enero de 2015, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo Administración-Sindicatos para armonizar el proceso electoral para representantes
Más detallesARBITRAJE ANTECEDENTES
Ref.: B-67/05 E-229/05 P-229/05 A-838/05 Empresa: FUTBOL CLUB BARCELONA ARBITRAJE Dictado por Dolores Sánchez Cubel, árbitra en materia de elecciones sindicales para conocer las impugnaciones en esta materia,
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 11 de mayo de 2.011
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 11 de mayo de 2.011 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/03/11 iniciado por D. AAAAAAAAAAAA, contra el proceso electoral
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 9 de MAYO de 2014
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 9 de MAYO de 2014 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/02/14 iniciado por XXXXXXXX, en representación del sindicato Unión
Más detallesL A U D O A N T E C E D E N T E S
PROCEDIMIENTO ARBITRAL Nº 13/2010 DON ALBERTO IBARRA CUCALON, Arbitro designado por Resolución de fecha 19 de septiembre de 2002 del Director General de Empleo y Relaciones Laborales del Gobierno de La
Más detallesCONVENIO ARBITRAL. Sr., con DNI nº en, y en representación de la empresa,con domicilio en. ,C.P. con dirección en y teléfono nº Fax nº
Expediente Nº. CONVENIO ARBITRAL REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL Sr., con DNI nº en calidad de (1), y en representación de la empresa,con domicilio en,c.p. con dirección en y teléfono nº Fax nº Convenio colectivo
Más detallesTEXTO 1.- ANTECEDENTES DE HECHO
LAUDO ARBITRAL: 2244/2014 LUGAR Y FECHA: MURCIA. 10 de marzo de 2014 EMPRESA/CENTRO DE TRABAJO: TÉCNICAS Y SERVICIOS INTEGRALES DE LEVANTE, S.L. (T.S.I. LEVANTE, S.L.). IMPUGNA: U.G.T. INTERESADOS: C.C.O.O,
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 21 de diciembre de 2.011
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 21 de diciembre de 2.011 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/08/11 iniciado por el sindicato Unión General de Trabajadores,
Más detallesProcedimiento Arbitral nº 12/2013. Empresa: XXXXXX
Procedimiento Arbitral nº 12/2013 Empresa: XXXXXX D. Manuel GONZALEZ LABRADA, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con 16 establecido en los artículos 76.3 del Texto Refundido de la Ley
Más detallesLAUDO ARBITRAL. D. AAAAAA y D. AAAAAA, ambos en representación de la empresa BBBBBB; y D. XXXXXX, en representación del sindicato UGT
Procedimiento arbitral 8/2015 En Teruel, de 28 agosto de 2015 D. LUIS GIL GIL, árbitro en materia de Elecciones a Representantes de los trabajadores en la empresa, designado de conformidad con lo establecido
Más detallesAl mismo son citados las partes; y comparecen: En representación de la EMPRESA. En representación de UGT. Vocal de la Mesa Electoral.
En Teruel, siendo las 17,00 horas del día 1 de abril de 2015 se celebra acto de comparecencia ante este árbitro, designado de conformidad con lo establecido en el art. 76 del Estatuto de los Trabajadores
Más detallesProcedimiento Arbitral nº 29/2015 Empresa: XXXXXX
Procedimiento Arbitral nº 29/2015 Empresa: XXXXXX D. Manuel GONZALEZ LABRADA, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en los artículos 76.3 del Texto Refundido de la Ley
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Procedimiento Arbitral 22/07/14 Empresa: XXXXXXXXXXXXX Centro de trabajo: XXXXXXXX Doña NOELIA DOMÍNGUEZ VILLAFRANCA, árbitro designada con fecha 11 de diciembre de 2013, por decisión unánime de las Uniones
Más detallesManual de ELECCIONES SINDICALES
Manual de ELECCIONES SINDICALES MANUAL DE ELECCIONES SINDICALES Edita: Secretaría Confederal de Organización de CCOO Madrid. Abril de 2014 D.L.: AB 134-2014 PRESENTACIÓN EXIGE EMPLEO CON DERECHOS, SALARIO
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Huesca, a 3 de Enero de 2015
LAUDO ARBITRAL Huesca, a 3 de Enero de 2015 ANGEL ESCARIO SORO, árbitro nombrado conforme a la legislación vigente, en el expediente 22/10/14 iniciado por D. XXXXXXXXXX, en calidad de Presidente de la
Más detallesArbitraje 1/98 HECHOS
Arbitraje 1/98 D. JOSE Mª HOSPITAL VILLACORTA, árbitro designado por la Autoridad Laboral, conforme a lo establecido en el Art. 76,3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, denominada Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesArbitraje 14/98 HECHOS
Arbitraje 14/98 FRANCISCO JAVIER MARÍN BARRERO, árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo establecido en el art. 76.3 de la Ley 8/80 de 10 de Marzo, denominada Estatuto de los
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 25/2016 ANTECEDENTES DE HECHO:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ZARAGOZA Nº SENTENCIA: 265/2016 ESTIMA, ANULA LAUDO DEMANDANTE: UGT Procedimiento Arbitral núm. 25/2016 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 25/2016 D. MIGUEL GUILLEN FUERTES,
Más detallesCALENDARIO ELECTORAL FMB 2016
CALENDARIO ELECTORAL FMB 2016 30/05/15 - Publicación Calendario Electoral. - Convocatoria Elecciones Asamblea General, Presidente y Comisión Delegada. - Comisión Ejecutiva se constituye en Comisión Gestora.
Más detallesProcedimiento Arbitral 21/2016. Empresa: XXXXXXXXX
Procedimiento Arbitral 21/2016 Empresa: XXXXXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesARBITRAJE HECHOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ARBITRAJE Dictado por Manuel Luque Parra, designado árbitro en el ámbito de!a provincia de Barcelona para conocer de las impugnaciones en materia electoral previstas en el articulo 28 de la Ley 9/1987,
Más detallesAutos n 647/99 Dª PILAR SÁEZ-BENITO RUIZ, JUEZ DE REFUERZO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL DE LA RIOJA EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA N 528
Autos n 647/99 Dª PILAR SÁEZ-BENITO RUIZ, JUEZ DE REFUERZO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL DE LA RIOJA EN NOMBRE DEL REY He dictado la siguiente SENTENCIA N 528 En Logroño, a trece de septiembre de mil novecientos
Más detallesFEDERACIÓN DE SERVICIOS UNION GENERAL DE TRABAJADORES GUÍA ELECCIONES SINDICALES
FEDERACIÓN DE SERVICIOS UNION GENERAL DE TRABAJADORES GUÍA ELECCIONES SINDICALES INDICE Página INTRODUCCIÓN 2 LAS ELECCIONES SINDICALES 3 PAPEL DEL EMPRESARIO 4 LA MESA ELECTORAL 5 QUIÉN PUEDE SE CANDIDATO?
Más detallesProcedimiento Arbitral 31/ Empresa: XXXXXX.
Procedimiento Arbitral 31/12015 Empresa: XXXXXX. D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesCONVENIO ARBITRAL EN CONFLICTO COLECTIVO DE EMPRESA O ÁMBITO INFERIOR
Expediente Núm. CONVENIO ARBITRAL EN CONFLICTO COLECTIVO DE EMPRESA O ÁMBITO INFERIOR REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES D/Dña. con NIF en su condición de (1) con domicilio a efectos de notificaciones,
Más detalles'Jurisprudencia social
'Jurisprudencia social RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS. MINISTERIO DE TRABAJO Competencias REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES En trámite de consulta la Dirección General de Trabajo señala su criterio sobre
Más detallesCLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL
El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 225
Procedimiento Arbitral núm. 27/2015 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 225 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallesBOA Número 14 1 de febrero de
BOA Número 14 1 de febrero de 2007 1465 cada Departamento las indemnizaciones por razón del servicio y que se justifiquen por los componentes de las Mesas y Representantes de la Administración en las mismas,
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 218
Procedimiento Arbitral núm. 34/2014 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 218 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallespara la constitución de la estatal de CCOO en MERCADONA, SA
Propuesta de Normas para la constitución de la estatal de CCOO en MERCADONA, SA Sección Sindical INTRODUCCION La Comisión Ejecutiva Federal, en su reunión del pasado 13 de septiembre de 2017, aprueba la
Más detallesProcedimiento Arbitral 26/2016. Empresa: XXXXXX
Procedimiento Arbitral 26/2016 Empresa: XXXXXX D. Pedro González Domínguez, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores,
Más detallesNORMAS SECCIONES SINDICALES
NORMAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS DE LAS SECCIONES SINDICALES DE LA FEDERACIÓN AGROALIMENTARIA. 1.- Definición.- La sección sindical está formada por el conjunto de afiliados y afiliadas
Más detallesReglamento asambleas congresuales
Reglamento asambleas congresuales 1. Colegios electorales El órgano convocante (sección sindical o Comisión Ejecutiva de la FSS-CCOO Madrid, en el caso de las Asambleas Agrupadas) se constituirá en colegio
Más detallesReferencia: B- 152/01 Empresa: CATERING INTERNACIONAL, SA
Referencia: B- 152/01 Empresa: CATERING INTERNACIONAL, SA ARBITRAJE Juan Ignacio Marín Arce, designado árbitro en materia electoral por las Organizaciones Sindicales Comisión Obrera Nacional de Cataluña
Más detallesPRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SELECCION DE UN TÉCNICO, LICENCIADO EN DERECHO, QUE PRESTE SERVICIOS EN LA EMPRESA PÚBLICA CANARIAS CULTURA EN RED. I.- CONDICIONES GENERALES PRIMERA.-
Más detallesConsejo Superior de Cooperativas de Euskadi- EKGK Exp. Arbitral nº 13/2009 LAUDO
LAUDO En Bilbao, a diecisiete de septiembre de dos mil diez. JAE, Abogado en ejercicio, colegiado nº 000 del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia, con despacho profesional en Bilbao, calle WWW y D.N.I.
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 215
Procedimiento Arbitral núm. 25/2014 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 215 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 227
Procedimiento Arbitral núms. 43-44 y 46/2015 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 227 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3
Más detallesGUÍA ELECCIONES SINDICALES
FEDERACIÓN DE SERVICIOS, MOVILIDAD Y CONSUMO GUÍA ELECCIONES SINDICALES PARA MIEMBROS DE MESAS ELECTORALES ÍNDICE Página INTRODUCCIÓN 3 LAS ELECCIONES SINDICALES 4 PAPEL DEL EMPRESARIO 5 LA MESA ELECTORAL
Más detallesEXPTE. NÚM.: /2011
, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.051/2011 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 7 de Julio de 2011, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
1 Procedimiento Arbitral 02/2013 CARMEN GOMEZ CAÑAS, Arbitro designada por Resolución de fecha 13 de octubre de 2003, de la Directora General de Empleo y Relaciones Laborales del Gobierno de La Rioja,
Más detallesEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL
CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO FEDERACIÓN ESTATAL DE SINDICATOS DE LA INDUSTRIA METALÚRGICA - FESIM Vía Laietana 18 9ª 08003-Barcelona - Tf: 93 310 33 62 Correo: fesim.cgtmetal@gmail.com www.cgt.es/fesim/
Más detallesASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria
Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea
Más detallesRESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS
RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción
Más detallesLAUDO ARBITRAL Nº 224
Procedimiento Arbitral núm. 21/2015 Empresa: XXXXXX LAUDO ARBITRAL Nº 224 Ángel Luis de Val Tena, árbitro designado por la Autoridad Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.3 del Texto
Más detallesProcedimiento Arbitral 12/2015. Entidad: DGA. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (PERSONAL FUNCIONARIO).
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 ZARAGOZA SENTENCIA: 154 /2015 DEMANDANTE: Comisiones Obreras FALLO: Confirma el Laudo arbitral. Procedimiento Arbitral 12/2015 Entidad: DGA. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (PERSONAL
Más detallesJUZGADO DE LO SOCIAL N 1 LOGROÑO Autos n 876/10 En Logroño, a once de febrero de dos mil once. Vistos por Dña. LUISA ISABEL OLLERO VALLÉS,
JUZGADO DE LO SOCIAL N 1 LOGROÑO Autos n 876/10 En Logroño, a once de febrero de dos mil once. Vistos por Dña. LUISA ISABEL OLLERO VALLÉS, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Social n 1 de Logroño, los
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Procedimiento Arbitral 22/03/14 Empresa: XXXXXXXXXXXXX Centro de trabajo: Huesca Doña NOELIA DOMÍNGUEZ VILLAFRANCA, árbitro designada con fecha 11 de diciembre de 2013, por decisión unánime de las Uniones
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.: 190/2016 RECLAMANTE: RECLAMADA: Ditestock Online, S.L. (Itecnomarket) Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL VOCALES Propuesto por la Federación de Usuarios
Más detallesEsta Guía Práctica proporciona información a los usuarios de los servicios financieros sobre los siguientes aspectos:
GUÍA PRÁCTICA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS, QUEJAS Y RECLAMACIÓNES ANTE EL SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES. La presente guía se publica con la finalidad
Más detallesExcepción archivo: en el 5º supuesto, ya que se permite su aceptación en un momento posterior, como indicamos más arriba.
PROCEDIMIENTO ARBITRAL DE CONSUMO (RD 231/2008 SOBRE SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO) Normas aplicables en la solución del conflicto Resolución en Derecho El arbitraje se decidirá en equidad, salvo que las
Más detallesSiendo las : horas del día de de 20, en los locales de la Empresa, dio comienzo la ASAMBLEA DE REVOCACIÓN de. ASISTENTES: NOMBRE Y APELLIDOS DNI FIRMA
Siendo las : horas del día de de 20, en los locales de la Empresa, dio comienzo la ASAMBLEA DE REVOCACIÓN de. ASISTENTES: NOMBRE Y APELLIDOS DNI FIRMA En primer lugar, se nombró Secretario de Acta de la
Más detallesANEXO A LAS NORMAS CONGRESUALES CONGRESO EXTRAORDINARIO CCOO REGION DE MURCIA FEDERACIÓN AGROALIMENTARIA DE CCOO DE MURCIA NORMAS GENERALES
ANEXO A LAS NORMAS CONGRESUALES CONGRESO EXTRAORDINARIO CCOO REGION DE MURCIA FEDERACIÓN AGROALIMENTARIA DE CCOO DE MURCIA NORMAS GENERALES En cumplimiento de la Resolución del Expediente X/156/2015, se
Más detallesRegistro de actas de elecciones a órganos de representación de los trabajadores y documentación complementaria
Registro de actas de elecciones a órganos de representación de los trabajadores y documentación complementaria Preguntas frecuentes relacionadas con este procedimiento Delegados de personal Qué son? Constituyen
Más detalles