DOC-2 DOCUMENTO DE ORDENACIÓN. MEMORIA DESCRIPTIVA, JUSTIFICATIVA y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS PLANOS DE ORDENACIÓN

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2 DOC-2 DOCUMENTO DE ORDENACIÓN MEMORIA DESCRIPTIVA, JUSTIFICATIVA y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS PLANOS DE ORDENACIÓN 2

3 Miembros del equipo técnico-jurídico: Dirección Inés Esteve Sebastia Arquitecta especialidad Urbanismo Coordinación área urbanístico-patrimonial Jose Ignacio Casar Pinazo Jose Manuel Montesinos Pérez Arquitecto especialidad Urbanismo Arquitecto Técnico e Ingeniero de la Edificación. Coordinación área de formalización grafica y tratamiento Informático Nuria Moya Llorens Arquitecta especialidad Edificación Coordinación área histórico-documental Concha Camps García Licenciada en Historia-Arqueóloga Coordinación área jurídico-normativa Garrigues Abogados Realizado con la colaboración de: Vicent Calabuig Montesinos Teresa Huesa Arnau Sheila González Pérez Luis Calvete Rodrigo Arquitecto Arquitecta Arquitecta Arquitecto 3

4 I. GENERALES ÍNDICE I. 1.- Antecedentes normativos: urbanístico-patrimoniales. I.1.1- Desde el punto de vista patrimonial I.1.2- Desde el punto de vista urbanístico I.1.3- Desde el punto de vista paisajístico II. RELATIVO AL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LOS ENTORNOS DE LOS BB. II. CC. PEP-EBIC II. 1.- Objeto del Plan II. 2.- Definición ámbito del PEP-EBIC II. 3.- Documentos que integran el PEP-EBIC y CATÁLOGO III. RELATIVO A LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN III. 1.- Descripción de las características del Entorno de Protección. III Valores Históricos III Relación de Planos Cartografía Histórica e ilustraciones III Valores Paisajísticos III Descripción Usos y Actividades características III Identificación de edificios y elementos Impropios III Identificación de elementos que suponen deterioro visual o ambiental del Entorno de Protección III. 2.- Justificación de los elementos incluidos en el ámbito del PEP-EBIC III. 3.- Justificación regulación de los actos de edificación, usos del suelo y actividades que afecten a los inmuebles y a su entorno de protección. III Justificación de la adaptación del ámbito vigente como Entorno de Protección de los Bienes de Interés Cultural y su entrada en vigor. III Regulación del Patrimonio Arqueológico. III Actuaciones de Rehabilitación Urbana. Implantación de dotaciones o usos públicos que contribuyan a la rehabilitación inmuebles y a la puesta en valor y disfrute social del conjunto. III Fuera de ordenación por afección patrimonial y régimen especifico de intervenciones admisible en estas construcciones. III Justificación regulación Derribo Sustitutorio III Condiciones regulación para las edificaciones Catalogadas III Condiciones regulación para las edificaciones no Catalogadas III Condiciones de regulación para los espacios libres y viarios III Condiciones regulación publicidad y señalización III Documentación técnica necesaria para evaluar la idoneidad y trascendencia patrimonial de cada intervención. III Desarrollo y régimen competencial. III. 4.- Unidades de Gestion. IV. RELATIVO AL CATÁLOGO IV. 1.- Relación documentos que integran el Catálogo. 4

5 IV. 1.- Descripción del contenido de la Ficha pormenorizada. IV. 2.- Descripción elementos incluidos en el Catálogo. IV Bienes inmuebles, muebles y arqueológicos (áreas y espacios de protección arqueológica) IV Bienes Inmuebles de Relevancia Local IV Bienes Inmuebles declarados de Interés Cultural IV Listado de elementos incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios protegidos IV. 3.- Determinaciones Justificativas: IV Ordenación estructural y pormenorizada IV Modificaciones de Catálogo IV Descatalogación. IV Incorporación de nuevas catalogaciones. IV Justificación de los criterios de catalogación IV Definición de los Niveles de Protección IV Intervenciones y obras permitidas V. ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS V.1.- Justificación de los criterios aplicados para la redelimitación de los entornos de protección. VI. RELACIÓN DE PLANOS DE ORDENACIÓN 5

6 I.1.- Antecedentes normativos: urbanístico-patrimoniales. El presente Plan Especial de Protección del Entorno del Bien de Interés Cultural, es un instrumento normativo urbanístico y patrimonial que ha de regir por lo dispuesto en las siguientes normas: Desde el punto de vista patrimonial La Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (en adelante LPCV). Ley 7/2004, de 19 de octubre, de la Generalitat, por la que se modifica la LPCV. La Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la LPCV. La Ley 10/2012, de 21 de diciembre, que modifica la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. Los Decretos que declaran los bienes objeto del presente PEP-EBIC como Bienes de Interés Cultural, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la LPCV. En concreto, por los siguientes: - Decreto de 3 de junio de Publicado: GM Número 155 que declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Nacional (MHAN) la Iglesia Catedral Basílica Metropolitana de Santa Maria, - Decreto de 3 de junio de Publicado: GM Número 15 declara Monumento Histórico- Artístico (MHA la Lonja de Valencia. - El Palau de la Generalitat, se declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) con el nombre de Palacio de la Diputación, en Valencia, por Decreto de 3 de junio de Publicado: GM Número 155. Por orden de la Conselleria de Cultura y Deporte de 29 de julio de 2008, publicada en el DOCV de se complementa la declaración del BIC. - Decreto de 24 de febrero de Publicación: BOE Número 64, que declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) el Palacio del Marqués de Dos Aguas. Además el Decreto 474/1962 de 1 de marzo, publicado en el BOE de 9/3/1962, Número 59, que declaró monumento histórico-artístico el Museo de Cerámica de Valencia afectando también esta declaración al edificio en que se halla instalado, en tanto se destinen a la expresada finalidad. - Decreto de 10 de abril de Publicación: BOE Número 114, declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) la Iglesia de San Juan de la Cruz (antigua parroquia de San Andrés). - Decreto de 5 de abril de Publicación: BOE Número 106, declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) la Iglesia de San Juan del Hospital. - La Casa del Almirante, se declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) por Real Decreto de 26 de enero de Publicación: BOE Número Decreto de 26 de enero de Publicación: BOE Número 47 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Provincial (MHAN) el edificio Baños del Almirante. - Decreto de 21 de febrero de Publicación: BOE Número 57, declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) la Iglesia Parroquial del los Santos Juanes. - Decreto de 22 de julio de Publicación: BOE Número 62 declara Monumento Histórico-Artístico (MHA el palacio del Marqués de la Scala. Por otra parte el Decreto 474/1962 de 1 de marzo, publicado en el BOE de 9/3/1962, Número 59 declaró bien de interés cultural el Museo Histórico de la Ciudad, que en aquellos momentos se encontraba localizado en la sede principal del Ayuntamiento en la plaza del Ayuntamiento. La colección municipal ha sido reorganizada y reubicada entre otros en el Palacio del Marqués de Campo. - Decreto de 14 de septiembre de Publicación: BOE Número 287 declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) la iglesia parroquial de San Esteban. - Decreto 2261 de 24 de julio de 1963, publicado en el BOE 215 de 7 de septiembre de 1963 declara Monumento Histórico-Artístico La Torre adosada al Lienzo de Muralla, existente entre las Calles del Ángel y de Beneito y Coll. - Decreto 1151/1966 de 21 de abril. Publicación: BOE Número 111 declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) el Palacio-Casa de los Escrivá, 6

7 - Decreto 520/1969 de 13 de marzo. Publicación: BOE Número 78 declara Monumento Histórico-Artístico (MHA) el Antiguo Almudín. - Real Decreto 1056/1981 de 27 de marzo. Publicación: BOE Número 135 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Nacional (MHAN) el Templo y Torre de Santa Catalina Mártir. - Real Decreto 1753/1981 de 5 de junio. Publicación: BOE Número 190 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional (MHAN) la Basílica de Nuestra Señora de los Desamparados. - Real Decreto 1757/1981 de 5 de junio. Publicación: BOE Número 190 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional (MHAN) la Iglesia de San Nicolás de Bari y San Pedro Mártir. - Real Decreto 2877/1981 de 2 de octubre. Publicación: BOE Número 290 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional (MHAN) la Universidad de Valencia. - Real Decreto 556/1982 de 15 de enero. Publicación: BOE Número 66 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Provincial (MHAN) la Iglesia de Santo Tomas y San Felipe Neri. - Real Decreto 1511/1982 de 14 de mayo. Publicación: BOE Número 165 declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Provincial (MHAN) la Iglesia de las Escuelas Pias. - La Casa Vestuario, se declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Provincial (MHAP) por Orden de 26 de octubre de Publicación: BOE Número Real Decreto 426/1983 de 12 de enero, Publicado: BOE Número 55 que declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Nacional (MHAN) el Teatro Principal de Valencia. - Real Decreto 528/1983 de 19 de enero, publicado: BOE Número 63 que declara Monumento Histórico-Artístico de carácter Nacional (MHAN) la Iglesia parroquial de San Martin. - El Decreto de 169/2007, de 28 de septiembre, del Consell, publicado en el DOGV 5614 de 5 de octubre de 2007, que culmina la primera fase de actualización y adaptación de la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano con la declaración como Bienes de Interés Cultural de determinados bienes inmuebles entre los que se encuentran: El Real Colegio Seminario del Corpus Christi, declarado también monumento históricoartístico en tanto se destine a Museo por Decreto 474/1962 de 1 de marzo, publicado en el BOE de 9/3/1962, Número 59. La Iglesia del Santísimo Cristo del Salvador El Mercado Central El Palacio del Marqués de Campo Palacio de los Boil de Arenós Palacio de los Catalá de Valeriola. Decreto 62/2011, de 20 de mayo, del Consell por el que se regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de Relevancia Local. Desde el punto de vista urbanístico La Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (en adelante LUV). El Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (en adelante ROGTU). La Ley 8/2007, de 28 de mayo, Estatal del Suelo. Artículos en vigor del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana aprobado por RD Leg. 1/ 1992, de 26 de Junio (TRLS-92). Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo Ordenación Urbana aprobado por Real Decreto 1346/ 1976, de 9 de Abril (TRLS-76), vigente tras la S.T.C. 61/1997, de 20 de Marzo, sobre la Disposición Derogatoria única del Texto Refundido de 1992, resultando aplicable en tanto no se oponga a lo dispuesto en este último Texto Refundido de 1992, aún vigente parcialmente. Decreto 3288/1978, de 25 de Agosto por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, en aquellos artículos que estén en vigor (RGU) y no contradigan lo dispuesto en la LUV y en el ROGTU. Desde el punto de vista paisajístico Ley 4/2004 de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. 7

8 Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana En efecto, el presente Plan Especial de Protección del Entorno del BIC y Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, (en adelante PEP-EBIC y Catálogo), tiene una naturaleza ambivalente: por un lado es un instrumento de ordenación urbanística, lo que se manifiesta en que su objeto principal sea la protección urbanística de los Bienes de Interés Cultural y de su entorno, pero por otro no deja de ser un instrumento normativo de carácter sectorial en el que se desarrolla o materializa el régimen de protección que se desprende para el Entorno de protección desde la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano. Por lo tanto, sus determinaciones se ajustarán a las previsiones normativas de ambos bloques con sustantividad propia en el ordenamiento jurídico y, por derivación de las previsiones urbanísticas, por lo previsto en la normativa sectorial específica que ha desarrollado la Comunidad Valenciana relativa a la protección del paisaje. I.1.1- Desde el punto de vista patrimonial Desde el punto de vista patrimonial, este Plan Especial desarrolla las previsiones contenidas en el art. 39 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano. En efecto, tal y como señala el art de la Ley 4/1998 de 11 de junio de Patrimonio Cultural Valenciano, en su redacción dada conforme a lo previsto en la Ley 5/2007 de 9 de febrero, La declaración de un inmueble como bien de interés cultural, determinará para el ayuntamiento correspondiente la obligación de aprobar provisionalmente un plan especial de protección del bien u otro instrumento urbanístico, de análogo contenido, que atienda a las previsiones contenidas en el artículo 39, y remitirlo al órgano urbanístico competente para su aprobación definitiva, en el plazo de un año desde la publicación de la declaración. Es decir, el Ayuntamiento de Valencia está vinculado por esta determinación normativa que le impone la obligación de tramitar este instrumento urbanístico con el fin de incorporar en el mismo las previsiones contenidas en el art. 39 de la Ley 4/1998, precepto éste que es el que establece y regula el contenido del Plan Especial relativo a los Entornos de Protección de los Monumentos. En consecuencia, y por estar expresamente contemplado en el art de la Ley 4/1998, este Plan Especial vendrá a desplazar en el ordenamiento jurídico a las normas de protección contenidas en el Decreto de Declaración que han regido hasta este momento de forma transitoria, todo ello tal y como establece el art. 28 de la Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural Valenciano. En este sentido recordaremos que el art d) de la Ley 4/1998 dispone precisamente que uno de los contenidos preceptivos de la Declaración es: d) Las normas de protección del bien con arreglo a las particularidades detalladas en los apartados b) y c), que en el caso de que, conforme a lo dispuesto en esta Ley, fuera preceptiva la aprobación de un Plan Especial de Protección, regirán provisionalmente hasta la aprobación de dicho instrumento de ordenación. Por último, esta Plan Especial es el instrumento para que el Ayuntamiento de Valencia cumpla lo dispuesto en el art de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, conforme al cual, la declaración de interés cultural de un inmueble determinará para el Ayuntamiento donde se halle el bien la obligación de incluirlo en la ordenación estructural de su planeamiento y en el correspondiente Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos con el grado de protección adecuado al contenido de esta Ley y al decreto de declaración. 8

9 Dentro del cumplimiento general cabe destacar el cumplimiento de los contenidos del art. 39 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano que se desarrollan en la normativa urbanística de este Plan Especial y que se consideran objetivos específicos de su regulación propia. I Desde el punto de vista urbanístico: El artículo 38.d) de la LUV define los instrumentos de ordenación urbanística y recoge de forma expresa dentro de estos instrumentos los Planes Especiales que tienen como objeto adoptar medidas para la mejor conservación de inmuebles de interés cultural o arquitectónico. Concretamente, en este precepto se especifica lo siguiente: Planes Especiales, que, en desarrollo, complemento o incluso modificación del planeamiento general y parcial, cumplen cualquiera de los siguientes cometidos: crear o ampliar reservar de suelo dotacional; definir y proteger las infraestructuras o vías de comunicación, el paisaje y el medio rural; adoptar medidas para la mejor conservación de inmuebles de interés cultural o arquitectónico; definir las condiciones de urbanización y edificación de ámbitos concretos sujetos a actuaciones urbanísticas singulares; concretar el funcionamiento de las redes de infraestructuras; y vincular áreas o parcelas, urbanas o urbanizables, a la construcción o rehabilitación de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. Este objetivo de protección de los bienes declarados de interés cultural se recoge igualmente en la normativa Patrimonial, concretamente en el artículo 39 de la LPRCV, donde se indica lo siguiente: Los Planes Especiales de Protección de los inmuebles declarados de interés cultural establecerán las normas de protección que desde la esfera urbanística den mejor respuesta a la finalidad de aquéllas provisionalmente establecidas en la declaración, regulando con detalle los requisitos a que han de sujetarse los actos de edificación y uso del suelo y las actividades que afecten a los inmuebles y a su entorno de protección. De acuerdo con ambas declaraciones de principios el presente PEP-EBIC va a establecer: (i) (ii) El régimen de protección de los Bienes de Interés Cultural, así como de sus entornos; y El régimen de edificación, uso y actividades del propio Bien de Interés Cultural, así como de los inmuebles del entorno de protección que puedan afectar a los bienes declarados de interés cultural. Con este objeto, mediante el presente PEP-EBIC se pretende desarrollar el régimen de protección de los 29 Bienes de Interés Cultural incluidos en el ámbito del Plan. Y se va a proceder a establecer las condiciones y requisitos a que han de sujetarse los actos de edificación y uso del suelo y las actividades que afecten a los inmuebles declarados como BIC y a su entorno de protección. Con el fin de poder llevar a cabo este objetivo, en el PEP-EBIC se va a proceder a analizar en primer lugar los Decretos que declaran como bien de interés cultural los inmuebles que son objeto del presente plan para de esta forma determinar: El bien que ha sido objeto de protección. Los elementos, bienes o características del bien que ha conllevado la declaración de dicho inmueble como interés cultural. La delimitación y el entorno de protección propuesto en la declaración del inmueble como bien de interés cultural. Las normas de protección que en su día se dictaron de forma provisional hasta la aprobación del presente Plan Especial. 9

10 Posteriormente, se procederá a analizar la situación actual de los inmuebles, así como de sus entornos con el fin de determinar las características en las que se encuentran los inmuebles, así como las de los elementos, bienes o características que conllevaron la declaración de dicho inmueble como interés cultural, y las de su entorno y, a la vista de ello establecer: Las medidas de protección que deben adoptarse con el fin de proteger el bien de interés cultural. Las operaciones de rehabilitación o medidas de conservación a las que deban sujetarse los inmuebles. La adecuación de la delimitación de los entornos de protección que de acuerdo con los valores y criterios jurídicos actuales se deban establecer con el fin de garantizar la correcta protección de estos bienes; y, El régimen de edificación, uso y explotación de actividades que pueden desarrollarse en dicha entorno, con el fin de adecuar y acomodar las posibles actuaciones con el fin de evitar injerencias e impactos negativos en estos bienes. Para todo ello va a tener en consideración, con carácter supletorio las determinaciones normativas contenidas en los arts. 184 a 189 del ROGTU, previstas para los Catálogos, en la medida en que se estima que la función propia de este Plan Especial se asemeja, al tener por objeto adoptar medidas para la mejor conservación de inmuebles de interés cultural o arquitectónico a la función que en la normativa urbanística se asigna a los Catálogos. En desarrollo de esta normativa la regulación urbanística se han establecido tres niveles de protección dentro de los edificios que integran el entorno de protección del BIC, nivel de protección integral, parcial y ambiental y se regularán las intervenciones permitidas en cada uno de estos niveles. Por otra parte, las normas urbanísticas de este Plan Especial contemplan con carácter general: 1. Para todos los bienes o espacios incluidos en el Entorno de Protección, en especial los inmuebles, y a fin de preservar la imagen del mismo y mantener su coherencia en el paisaje urbano, se restringirá la posibilidad de instalar rótulos de carácter comercial o similar, y se limitarán las obras de reforma parcial de plantas bajas, en los términos que disponga este Plan. 2. Salvo disposición en contrario del planeamiento se entenderá afecta a la protección toda la parcela en que se ubique el bien catalogado. Al propio tiempo las normas urbanísticas regulan la situación de ruina que pudiera darse en los edificios integrados en el Entorno, de acuerdo con lo previsto en el art. 503 ROGTU y sus efectos en estos casos, a tenor de lo dispuesto en el art. 508 ROGTU. I Desde el punto de vista paisajístico: Desde el punto de vista paisajístico, el presente Plan Especial viene a plasmar las previsiones que tanto La Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, como el Decreto 120/2006 de 11 de agosto han incorporado a nuestro ordenamiento jurídico. Tal y como señala la Exposición de Motivos de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, el origen de esta concepción normativa del paisaje emana del Convenio Europeo del Paisaje elaborado por el Consejo de Europa y presentado oficialmente en el Palazzo Veccio de Florencia el 20 de octubre de Su entrada en vigor ha supuesto un importante avance en el reconocimiento jurídico del patrimonio paisajístico europeo y en la puesta en marcha de políticas para su preservación, gestión y ordenación. Este Convenio insta al desarrollo de políticas de paisaje en los diferentes niveles político-administrativos, a establecer procedimientos de participación pública, a identificar y calificar nuestros paisajes, estableciendo diversas medidas al respecto. Entiende el paisaje, como el territorio tal y como lo 10

11 perciben los ciudadanos cuyas características son resultado de la acción de factores naturales y/o humanos. Asume plenamente el sentido territorial de la cuestión paisajística, la idea innovadora desde el punto de vista jurídico y político, de que cada territorio se manifiesta por la identidad de su paisaje, independientemente de su calidad, y de que todo el territorio requiere por tanto gobierno y política de paisaje. Su ámbito de aplicación incluye todos los espacios naturales, las áreas urbanas, periurbanas y rurales y alcanza a todos los espacios terrestres y del litoral marino. Concierne a todos los paisajes tanto a los notables como a los cotidianos y también degradados. Espacios estos en los que vive un alto porcentaje de la población. Desde luego todos estos principios son directamente extrapolables y por tanto aplicables a la ordenación de los entornos de protección de los bienes de interés cultural que han sido así declarados. El carácter omnicomprensivo y global de la protección del paisaje, que se desprende de la normativa aplicable hace que este Plan Especial cuente, porque así lo establece el art. 21 de la Ley 4/2004 con criterios de integración paisajística. En efecto, señala el art del Decreto 120/2006 que, 4. Consecuentemente deberán ir acompañado de Estudio de Integración Paisajística: a) El planeamiento urbanístico de desarrollo contemplado en los apartados b, c, d y f del artículo 38 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana. La remisión que efectúa este precepto a lo dispuesto en el art. 38 de la LUV, incluye a los Planes Especiales a los que se menciona en el apartado d) del citado precepto. Es necesario señalar que los procedimientos establecidos en el Reglamento del Paisaje han colaborado en la redefinición del entorno de protección del bien declarado, tal y como luego se verá. II. RELATIVO AL PLAN ESPECIAL DE PROTECCION DE LOS ENTORNOS DE LOS BB.II.CC. PEP-EBIC II. 1.- Objeto del Plan. De acuerdo con lo expresado en el apartado anterior el objetivo primordial de este plan especial consiste en la regulación patrimonial, urbanística y paisajística de los bienes inmuebles y espacios que integran el entorno de protección de los siguientes Bienes de Interés Cultural: - IGLESIA CATEDRAL BASÍLICA METROPOLITANA DE SANTA MARIA - LONJA DE LOS MERCADERES O DE LA SEDA - PALAU DE LA GENERALITAT - REAL COLEGIO SEMINARIO DEL CORPUS CHRISTI O DEL PATRIARCA - PALACIO DEL MARQUÉS DE DOS AGUAS - IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ - IGLESIA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL - CASA DEL ALMIRANTE - BAÑOS DEL ALMIRANTE - IGLESIA PARROQUIAL DE LOS SANTOS JUANES - PALACIO DEL MARQUÉS DE LA SCALA - IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ESTEBAN - TORRE ADOSADA AL LIENZO DE LA MURALLA ARABE - PALACIO-CASA DE LOS ESCRIVÁ - ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA - TEMPLO Y TORRE DE SANTA CATALINA MÁRTIR - BASÍLICA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS. - IGLESIA DE SAN NICOLÁS DE BARI Y SAN PEDRO MÁRTIR 11

12 - UNIVERSIDAD DE VALENCIA - IGLESIA DE SANTO TOMÁS Y SAN FELIPE NERI - IGLESIA DE LAS ESCUELAS PIAS - CASA VESTUARIO - TEATRO PRINCIPAL - IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTIN - IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR - MERCADO CENTRAL - PALACIO DEL MARQUÉS DE CAMPO (O DE LOS CONDES DE BERBEDEL) - PALACIO DE LOS BOIL DE ARENÓS - PALACIO DE LOS CATALÁ DE VALERIOLA Esta regulación macla e integra los tres marcos legales con los que se ha dotado la Comunitat Valenciana para la regulación de los entornos de protección de los bienes de interés cultural. Hay que destacar que la definición de los entornos procede exclusivamente de la legislación patrimonial, ya que la legislación paisajística los nombra pero no los define y la legislación urbanística ni siquiera los nombra, pero es la propia legislación patrimonial la que recurre a los instrumentos de la legislación urbanística para la protección de los bienes afectados, mientras que no sugiere instrumento alguno para la regulación paisajística. Los entornos de protección de los monumentos están formados por dos elementos raíces fundamentales, los bienes inmuebles y los espacios libres, plazas y viarios, elementos caracterizados todos ellos por determinadas relaciones de colindancia con los bienes de interés cultural, y por una serie de relaciones de orden perceptivo, por lo tanto sensoriales, que se interpretan desde un punto visto subjetivo, sin que ello quiera decir que no puedan ser sustantivadas objetivamente. La gran dificultad de la regulación propuesta en este tipo de documentos radica precisamente en esta dualidad de planteamientos, uno de carácter estrictamente urbanístico que se articula de hecho con las regulaciones urbanísticas características del uso y aprovechamiento del suelo- y otro de carácter perceptivo que se articula con los novedosos instrumentos que propone la legislación de la regulación del paisaje-. Hay que señalar el carácter especialmente exigente que establece la ley patrimonial para la regulación de los entornos de protección, en los que no resultan de aplicación ninguna de las eximentes de regulación conservadora que se han ido articulando a través de las distintas reformas de la ley patrimonial de Conviene incidir en este aspecto con el fin de que queden explícitas las dificultades dificultades que pueden ser interpretadas como imposibilidades o inconveniencias- inherentes a exigir el cumplimiento de una regulación muy estricta en ámbitos en los que se han permitido a lo largo de períodos muy dilatados de tiempo trasformaciones de uso y aprovechamiento del suelo que poco o nada tienen que ver con la congruencia con los bienes que determinan la necesidad de redacción de este planeamiento especial. Desde la triple concurrencia legislativa, Ley del Patrimonio Cultural Valenciano, Urbanística Valenciana y de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de la Comunitat Valenciana el objeto de este plan especial comprende los OBJETIVOS Y DETERMINACIONES siguientes: 1. Teniendo en cuenta el art a) sobre el mantenimiento de la estructura urbana y arquitectónica del conjunto, y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística, el PEP-EBIC propone: - La recuperación de las alineaciones históricas de las siguientes parcelas: , 07 c/ Calabazas; c/ Tapineria; c/ Pollo; , 02 y 08 c/ Del Mar; c/ Juristas, Con el objetivo de recuperar la silueta paisajística característica de la zona, se ha revisado la regulación que establecen los anteriores planeamientos vigentes en el ámbito, sobre el número de plantas y altura de las edificaciones. 12

13 En el análisis realizado sobre la estructura urbana y arquitectónica del ámbito, se ha tenido en cuenta las distintas tramas urbanas que configuran este ámbito de Ciutat Vella y las características propias de cada una de ellas. De este análisis se desprende la necesidad de establecer distinta regulación para el área definida como "Entorno de Protección-Trama Histórica" y el área denominada "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX. El primer caso trata la zona que aún conserva el trazado de calles y la parcelación de la edificación resultante de la implantación de la ciudad medieval con sus múltiples renovaciones y realineaciones parciales, y en el segundo caso, se trata de áreas afectadas por remodelaciones y reformas integrales de finales del siglo XIX hasta mitad del XX, que han transformado el tejido medieval como es el caso de la Avenida del Oeste, la avenida Maria Cristina en su encuentro con la calle San Vicente, o las calles Poeta Querol y Barcas que, con valores distintos y diferenciados, han contribuido a configurar de forma significativa la estructura urbana y arquitectónica del ámbito objeto de planeamiento. Una vez realizada la identificación de las áreas descritas en el párrafo anterior, el PEP EBIC 06-07, identifica las edificaciones con tipología, altura, escala y ocupación ajenas a las de la edificación tradicional de cada zona. Esta edificación ajena a los parámetros tradicionales de cada área se identifica en los planos informativos y en los planos de ordenación se representan las nuevas condiciones y se establece su nuevo régimen; en las Normas se establecen las medidas para minimizar la afección que estas edificaciones causan a los Bienes de Interés Cultural. 2. En cuanto al art c) y 39.3 a y b) relativos a la delimitación del entorno de protección y criterios de delimitación, se han revisado los entornos de protección vigentes de todos los monumentos incluidos en el Plan. - En la revisión y actualización realizada sobre los ámbitos actualmente vigentes como entornos de protección, se han tenido en cuenta los criterios contenidos en art 39.3.b y la legislación paisajística mediante la redacción del EIP que acompaña al Plan, con especial atención a los problemas de intervisibilidad. - Como resultado de la revisión, el PEP-EBIC mantiene el entorno de protección actualmente vigente del Bien de Interés Cultural, "Torre Adosada al Lienzo de la Muralla Árabe" y propone nuevas delimitaciones de los entornos de protección para el resto de los Bienes de Interés Cultural. - El entorno de protección que el PEP-EBIC define para cada Bien de Interés Cultural, es un perímetro continuo de mayor alcance que los reconocidos hasta ahora por los distintos documentos que recogen las delimitaciones vigentes de los entornos de protección; los nuevos ámbitos adquirirán vigencia a la entrada en vigor del PEP EBIC Respecto art d) que se refiere al patrimonio arqueológico y su regulación, el PEP-EBIC incluye los siguientes elementos: - Los "Espacios de Protección Arqueológica" de especial valor para el municipio que se sitúan en esta zona, incluidos en el Catalogo del Plan General de Valencia en la actual revisión de planeamiento realizada, calificados como BRL por DECRETO 62/2011, de 20 de mayo, del Consell. - La superficie del "Área de Vigilancia Arqueológica AVA-01 Ciutat Vella" que coincide con el ámbito de este PEP EBIC El subsuelo de los bienes inmuebles de relevancia local que tiene la consideración de áreas de vigilancia arqueológica, por DECRETO 62/2011, de 20 de mayo, del Consell. 13

14 - Además de las anteriores, se incluyen en este plan como áreas de vigilancia arqueológica el subsuelo de las parcelas (o zonas expresamente señaladas) que ocupan los Bienes de Interés Cultural, como zonas en las que existe la presunción de encontrar restos arqueológicos directamente relacionados con estos bienes. 4. Respecto del art e) el PEP-EBIC incentiva operaciones de rehabilitación urbana y de recuperación de la edificación protegida mediante la adecuación de los usos y actividades a desarrollar. - Respecto de la rehabilitación urbana el PEP-EBIC pretende la recualificación del espacio libre público que se encuentra alrededor de los monumentos. Para ello propone la creación y ampliación de las zonas peatonales y la reducción del tráfico y de las zonas destinadas a circulación rodada, basándose en el estudio de reorganización general del tráfico privado y trasporte colectivo de estas zonas realizado por el servicio de Circulación del Ayuntamiento. - Al mismo tiempo, el Plan establece medidas y condiciones para la urbanización de estos espacios, adecuadas al valor monumental de las edificaciones que los configuran. En especial el Plan establece condiciones para la peatonalización y urbanización de los espacios públicos que configuran los entornos de la Catedral y de la Basílica de la Virgen y los de La Lonja, Iglesia de los Santos Juanes y Mercado Central; estos espacios son plaza de la Reina; plazas del Mercado, Ciudad de Brujas y Juan de Villarrasa; y plaza de la Virgen. - En cuanto a la recuperación de la edificación protegida mediante la adecuación de los usos y actividades a desarrollar hay que destacar: Se propone la calificación de uso Educativo-cultural (ED) para la manzana definida por las calles Miguelete, Subida de Toledano y Bordadores que incluye las parcelas 01, actualmente solar y la 02, en la que se ubica la edificación conocida como "Casa del Relojero" incluida en el catálogo del PEPRI actualmente vigente, condición de edificación protegida que se mantiene. La actuación permitirá mantener y rehabilitar la edificación protegida en la parcela 01, mientras que se propone la realización de una edificación de nueva planta en la parcela 02, para completar el programa funcional y los requerimientos técnicos que requiera la nueva dotación. Las características pormenorizadas de la nueva edificación se definen en las Normas del Plan. Las condiciones de la nueva actuación son el manteniendo de las alineaciones históricas y el perfil y altura acordes con la edificación tradicional de la zona definido por las edificaciones existentes en las calles del Micalet, Subida del Toledano y Bordadores. - El Plan establece una regulación pormenorizada de usos para las edificaciones y construcciones singulares como son los "Espacios abovedados de los Escalones de la Lonja" en la calle Pere Compte y "Les Covetes de Sant Joan" situadas bajo la fachada a la plaza del Mercado de la iglesia de los santos Juanes; esta regulación busca facilitar la rehabilitación y puesta en valor de estos elementos protegidos. - Con el objetivo de incentivar la rehabilitación de la edificación del ámbito, el Plan establece una regulación especial para las edificaciones que pertenecen a la tipología "Casa Obrador" permitiendo en este caso -la agregación funcional optativa- de estas edificaciones con las colindantes. 5. Respecto de los art f) y h) 39.3 e) y f) El PEP-EBIC identifica construcciones y edificaciones que no se ajustan a los parámetros básicos de las edificaciones tradicionales de la zona en cuanto a alturas, profundidad edificable, usos inadecuados o elementos inadecuados 14

15 formalmente y construcciones e instalaciones que suponen deterioro visual o ambiental de este espacio. Una vez identificados estos elementos y teniendo en cuenta el nivel de afección que suponen al entorno protegido o directamente a los Bienes de Interés Cultural, el Plan establece distintas medidas para su eliminación que se concretan en: - Considerar fuera de ordenación las construcciones e instalaciones que suponen deterioro visual o ambiental y causan una afección directa a un Monumento concreto. - Establecer el régimen de fuera de ordenación para las construcciones y edificaciones que no se ajustan a los parámetros básicos de las edificaciones tradicionales de la zona "Entorno de Protección-Trama Histórica". - Establece el régimen de fuera de ordenación para las construcciones y edificaciones que no se ajustan a los parámetros básicos de las edificaciones características de la zona "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX. En esta zona las edificaciones que no corresponden a la regulación que otorga el Plan, pero son acordes a la tipología propia de la zona se mantienen transitoriamente dentro de ordenación hasta la demolición o sustitución del edificio existente. - De manera singular y con cierta semejanza respecto al caso anterior se establece un régimen transitorio para las edificaciones correspondientes a tipologías singulares vinculadas a usos terciarios (hotelero o oficinas) cuyas características no corresponden a las nuevas condiciones propuestas por el Plan; estas edificaciones se mantienen transitoriamente dentro de ordenación siempre y cuando permanezca el uso actual de tal forma que las nuevas condiciones deberán aplicarse en caso de demolición, sustitución o cambio de uso global o de categoría dentro del mismo uso. 6. Considerando el art g) el PEP-EBIC revisa el Catálogo del PGOU y de los Planes Especiales de Protección y de Reforma Interior del Carmen, la Seu Xerea, Mercat, Universitat San Francesc, Velluters y los de todos los instrumentos urbanísticos vigentes en esta zona. - Se propone la calificación de 2 nuevos Bienes de Relevancia Local, con la calificación de Monumentos de interés local. Se trata de los edificios "Seminario Conciliar y Palacio Arzobispal" situados en parcelas y respectivamente, por considerarlos elementos con tipologías edilicias singulares que poseen, en el ámbito local, valores históricos, arquitectónicos y arqueológicos que merecen esta distinción patrimonial. Se trata, además, de elementos a los que resulta de aplicación, la disposición adicional quinta de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano que, incompresiblemente, no se les había aplicado. - El Plan incluye en el ámbito los Bienes de Relevancia Local, en la categoría de Monumentos de interés Local, "Plaza Redonda" y el "Palacio de Benicarló" (Antiguo Palacio de los Borja) que tienen reconocido un entorno de protección propio. Por aplicación del artículo 11, del DECRETO 62/2011, de 20 de mayo, del Consell al ser integrados en el ámbito del PEP-EBIC 06-07, que integra los entornos de protección de los distintos monumentos incluidos en el ámbito, no es preciso que estén dotados de un entorno específico de protección. Por lo tanto, la entrada en vigor de este plan dejara sin vigencia la delimitación de dichos entornos. - El Catálogo del PEP-EBIC 06-07, de conformidad con el criterio de valoración de la edificación hasta el momento de aprobación del último plan general vigente, mantenido en esta serie de planes especiales de entornos de protección de bienes de interés cultural, y tras la valoración de la arquitectura realizada hasta el año 1988 propone la incorporación de nuevos edificios al Catálogo de Edificación: 42 edificios nuevos que corresponden a 15

16 tipologías edificatorias representativas de la edificación tradicional de la zona y 2 edificios representantes de la arquitectura moderna. - Se descataloga el edificio de la parcela , en c/ Libreros 3 -Ruiz de Lihory - c/ En Sala, incluido en PEPRI Universitat-S. Francesc (271) por considerar que no reúne valores adecuados para su protección. 7. Respecto de los art i, j, k) el PEP-EBIC revisa y modifica parámetros urbanísticos definidos en el PGOU y en los Planes Especiales de Protección y de Reforma Interior, actualmente vigentes en la zona. - Teniendo en cuenta también las determinaciones contenidas en el art de la LPCV, las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC 06-07, con objeto de regular los actos de la edificación, define las siguientes zonas y elementos: Zona de Ordenación Urbanística Entorno de Protección-Trama Histórica, la denominada "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX, la de "Red Primaria de dotaciones-sistemas Generales" y la "Sub-zona Red Secundaria-Sistemas Locales. La "Zona de Ordenación Urbanística-Entorno de Protección-Trama Histórica, comprende parte de las áreas de Ciutat Vella calificadas como "Barrio Histórico" por los planeamientos vigentes en este ámbito, antes de la entrada en vigor del Plan. En concreto, la zona aglutina edificaciones pertenecientes a las áreas: CHP-111 Barrio Histórico Carmen, CHP- 121 Barrio Histórico de la Seu Xerea, CHP-131 Barrio Histórico Universitat Sant Francesc (salvo edificaciones alineadas al eje viario de Poeta Querol, y al eje Barcas-Pintor Sorolla), CHP-141 Barrio Histórico de Velluters y CHP-151 Barrio Histórico de el Mercat. En este caso la regulación propuesta no supone grandes cambios respecto de la regulación de los PEPRIS vigente de Ciutat Vella, supone algunas alteraciones en la catalogación de determinados edificios, se homogenizan regulaciones de usos y se proponen pequeñas correcciones de alineaciones, con el fin de favorecer la permanencia de la edificación tradicional. Dentro de esta zona de ordenación se incluyen las sub-áreas formadas por las parcelas incluidas en el ámbito del MPEPRI Carmen, Muralla Musulmana, en el ámbito del PE de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda de Valencia y en el del ámbito del PE de Ampliación de les Corts Valencianes, en las que el PEP-EBIC asume las determinaciones de planeamiento vigente. - La "Zona de Ordenación Urbanística-Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX, comprende parte de las áreas de Ciutat Vella afectadas por operaciones de reforma interior entre las que destaca la apertura de la Avenida del Oeste, la de la avenida Maria Cristina-calle san Vicente; si bien en su momento estas operaciones supusieron un grave quebranto del tejido histórico afectado, al día de hoy, trascurridos más de cincuenta años desde su consolidación edificatoria, parece razonable asumirlas como parte de la historia de la ciudad y, en consecuencia, introducir sus determinaciones fundamentales como parámetros de ordenación. En concreto, pues en esta zona "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX, se incluyen tres áreas del ámbito del PEP EBIC: la formada por la avenida del Oeste, en la que la regulación que se propone sirve para ofrecer criterio respecto a los ámbitos de la avenida ajenos al ámbito de este Plan, la formada por la trasformación urbana que supuso la conversión en calle de la plaza Marqués de Dos Aguas (anterior Juan de Vilarrasa) y la apertura de la calle Poeta Querol sobre las plazas de San Andrés y Mirasol y, finalmente, la formada por las edificaciones de la avenida Maria Cristina al encuentro con la calle san Vicente. Las edificaciones incluidas en estas zona de ordenación proceden de las siguientes áreas de planeamiento: CHP-143 y CHP-147 de Velluters; CHP-152 CHP-153 de Mercat las edificaciones alineadas a la calle San Vicente y las vinculadas al eje viario de Poeta Querol y Barcas-Pintor Sorolla, CHP-131 Barrio Histórico Universitat Sant Francesc. 16

17 El PEP-EBIC propone, para esta zona de ordenación, el reconocimiento de los valores urbanísticos y edificatorios que caracterizan a la tipología de las edificaciones que configuran estas avenidas y calles; complementariamente el Plan introduce en esta zona nueva regulación para las edificaciones de nueva planta, basada en los parámetros que caracterizan a las edificaciones originales de estos trazados viarios. - En el caso de los elementos pertenecientes a la "Red Primaria de dotaciones-sistemas Generales" y la "Sub-zona Red Secundaria-Sistemas Locales las condiciones de volumen, ocupación y forma de la edificación de estos elementos serán las que se deduzcan de los parámetros grafiados en los planos de ordenación en los que se regula el número de plantas, espacios sin edificar en parcela, etc. En consecuencia no serán de aplicación las condiciones generales de Plan General para las parcelas de dotacionales o para los espacios libres. - Con respecto a la regulación de usos y actividades, el Plan establece un régimen general para todo el ámbito cuyo uso dominante es el "residencial". Complementariamente se singularizan y, en consecuencia, difieren de esta regulación un número reducido de parcelas entre las que se encuentran edificios en los que se permite "el uso terciario y hotelero en edificio de uso exclusivo", "dotaciones" para las que se establecen algunas particularidades y "edificaciones protegidas" y en particular los "bienes pertenecientes al Inventario del Patrimonio Cultural Valenciano" para los que se establecen diferencias respecto el régimen general de usos. Como criterio general el PEP EBIC pretende conservar el uso actualmente existente en una serie de edificios que ya caracterizan Ciutat Vella (Hotel Astoria en calle Vilaragut o las oficinas del BBVA en calle Pintor Sorolla 3) y que en ocasiones, se desarrollan sobre edificios que superan, en términos de aprovechamiento urbano, las cuantías de la edificación tradicional con lo que ello supone de agresión a los entornos de protección. Se trata aquí de evaluar la permanencia de un uso característico frente a una regulación de fuera de ordenación derivada de la agresión de estos inmuebles respecto al tejido urbano característico. Atendiendo al nivel de consolidación actual de estas actividades y a la voluntad de fomentar la permanencia de la actividad en Ciutat Vella, se propone una regulación transitoria que afecta al uso y al edificio, de tal manera que, en tanto en cuanto el uso se conserve, el edificio está dentro de ordenación pero si el uso desaparece, el edificio queda automáticamente fuera de ordenación. - El PEP-EBIC califica como nuevas dotaciones dos de uso Educativo-cultural (ED) que son: SP-2/S-ED La manzana 58301, recayente a las calles Miguelete, Subida de Toledano y Bordadores. Esta nueva dotación incluye las parcelas 01 y la 02 en la que se ubica la edificación catalogada "Casa del Relojero" incluida en el Catálogo del Plan y se destina a usos de carácter cultural complementarios de los que se producen en el inmediato ámbito de la plaza de la Reina. SP-2*/S-ED* La parcela , recayente a la plaza Cors de la Mare de Deu dedicada a Museo de la Virgen de los Desamparados. El PEP-EBIC no establece cambios en la calificación de los dotacionales existentes pero adapta su nomenclatura a la definida en el ROGTU. 8. Respecto del art 39. m) el PEP-EBIC dispone que toda instalación urbana se canalice subterráneamente, quedando expresamente prohibido el tendido de redes aéreas o adosadas a las fachadas. 17

18 - El Plan incluye en sus Normas la regulación para que las instalaciones urbanas se canalicen subterráneamente, además incluye en las Normas una regulación dirigida a controlar la contaminación y las afecciones ambientales que provocan estas instalaciones. La regulación afecta al tanto al promotor privado como a las administraciones (servicios urbanos, contratas municipales y resto de actividades públicas). Se pretende controlar la implantación de instalaciones desde el inicio de la solicitud de licencia o de aprobación de los proyectos, y para ello se obliga a presentar junto con el proyecto o la solicitud una memoria que incorpore las instalaciones a ubicar y justifique la no afección al entorno protegido. 9. Considerando el art n) El plan contiene regulación específica con el fin de evitar al máximo las afecciones del transporte rodado. - Teniendo en cuenta que una de las mayores afecciones negativas del ámbito es el transporte rodado que atraviesa y rodea los espacios públicos de mayor trascendencia patrimonial, como son las plazas del Mercado y de la Reina, el Plan propone su reordenación y estudio con el objetivo puesto en reducir el tráfico rodado que atraviesa Ciutat Vella y en eliminar el que se concentra en estas zonas para facilitar su conversión en áreas peatonales. Las limitaciones territoriales de los PEP EBIC 06-07, evidenciadas ya en las memorias informativas de todos ellos, se hacen aún más evidentes al tratar el tema del trasporte ya que resulta necesario abordar determinaciones que trascienden al propio espacio planificado. Estas determinaciones habrán de ser recogidas por los instrumentos de planeamiento que completen o desarrollen a este PEP EBIC. - La reducción del tráfico irá acompañada de la reordenación del "espacio libre público" que rodea al monumento, ampliando las zonas peatonales y procurando la supresión de los conceptos de acera y calzada, primando áreas estanciales indiferenciadas de utilización prioritaria por viandantes y paseantes. Para ello se redactan las condiciones de urbanización o reurbanización de ámbitos como el entorno de la Catedral y el entorno de la Lonja, Mercado Central e Iglesia de los Santos Juanes. Todos estos aspectos tendrán una incidencia directa en la mejora de la vida urbana, así como permitirán una mejor contemplación y percepción del elemento protegido. Para tratar estos espacios singulares se han elaborado fichas individualizadas que incorporan regulaciones específicas y que complementan una ficha generalizada que regula el tratamiento del espacio público. Tanto en la plaza del Mercado como en la de la Reina, tiene gran incidencia la red de autobuses de la Empresa Municipal de Trasporte. Es necesario que a medio plazo, se acometa una reforma del sistema de líneas de autobuses, que gravitan, hoy todavía, con una vinculación probablemente excesiva de recorridos vinculados a la propia plaza del Mercado y la plaza del Ayuntamiento, cuyo principal acceso se establece por la calle de la Paz, con la consecuente invasión de esta calle. - Finalmente hay que considerar dentro de este epígrafe, que al día de hoy ya se han realizado importantes operaciones de reurbanización de la ciudad histórica, algunas de ellas directamente ejecutadas en el ámbito de este PEP EBIC Para estas operaciones, que se enumeran una a una en la descripción de las propuestas de actuación sobre el medio urbano, el PEP EBIC considera satisfechas las aspiraciones de peatonalización y urbanización requeridas por lo que se consideran las actuaciones realizadas como modelo a conservar y en ese sentido, se propone que en esos ámbitos solo se puedan realizar trabajos de conservación. 10. Respecto del art o) el PEP-EBIC regula la documentación técnica necesaria para la solicitud de licencia. 18

19 - La regulación que contiene las Normas del Plan respecto de documentación exigida para la obtención de licencia de obras ha tenido en cuenta las distintas situaciones que pueden plantearse por lo que el contenido de la documentación técnica exigida varía en función del alcance de la actuación que se pretende llevar a cabo, "intervención con trascendencia patrimonial" o "carente de trascendencia patrimonial" y de la posible afección o no a edificios incluido en el Catálogo de Edificación Protegida. 11. Respecto del art d) el PEP-EBIC establece los ámbitos de especial trascendencia patrimonial. - A partir de la aprobación del PEP-EBIC 06-07, de conformidad con lo previsto en la normativa patrimonial, los ámbitos del Plan señalados como de "especial trascendencia" representados en el Plano de Ordenación O-09 RÉGIMEN COMPETENCIAL, requerirán autorización previa de la administración competente en materia de cultura, para actuaciones que sean clasificadas como "intervenciones de trascendencia patrimonial". II. 2.- Definición ámbito del PEP-EBIC El ámbito del PEP-EBIC es el área que resulta de la superposición de las distintas áreas que configuran el entorno de protección de los Bienes de Interés Cultural incluidos en el ámbito que son los siguientes: Iglesia Catedral Basílica Metropolitana de santa Maria; Lonja de los Mercaderes o de la Seda; Palau de la Generalitat; Real Colegio Seminario del Corpus Christi o del Patriarca; Palacio del Marqués de Dos Aguas; Iglesia de san Juan de la Cruz; Iglesia de san Juan del Hospital; Casa del Almirante; Baños del Almirante; Iglesia parroquial de los santos Juanes; Palacio del Marqués de la Scala; Iglesia parroquial de san Esteban; Torre Adosada al Lienzo de la Muralla Arabe; Palacio-Casa de los Escrivá; Antiguo Almudín de Valencia; Templo y Torre de santa Catalina Mártir; Basílica de Nuestra Señora de los Desamparados; Iglesia de san Nicolás de Bari y san Pedro Mártir; Universidad de Valencia; Iglesia de santo Tomás y san Felipe Neri; iglesia de las Escuelas Pias; Casa Vestuario; Teatro Principal; Iglesia parroquial de san Martin; Iglesia del santísimo Cristo del Salvador; Mercado Central; Palacio del Marqués de Campo (o de los Condes de Berbedel); Palacio de los Boil de Arenós; Palacio de los Catalá de Valeriola. El ámbito objeto de planeamiento, pertenece al "Distrito-1" de la ciudad, denominado administrativamente Ciutat Vella, y supone la incorporación de zonas que pertenecen a los distintos barrios -Carmen, Seu Xerea, Velluters, Mercat y Universitat-Sant Francesc-. Todo el ámbito del Plan pertenece al Conjunto Histórico de Ciutat Vella declarado Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico según Decreto 57/1993, de 3 de mayo, del Gobierno Valenciano. Se representa en el Plano de Ordenación O-01 ÁMBITO DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DE LOS BB.II.CC. El Plan revisa la delimitación de los entornos de protección vigentes de los BB.II.CC teniendo en cuenta los criterios definidos en el art b) de la LPCV. Como resultado de esta revisión establece en todos los casos salvo en el de la Torre Adosada al lienzo de la Muralla Árabe, un perímetro que modifica el reconocido en las anteriores delimitaciones. Este nuevo ámbito adquirirá vigencia a la entrada en vigor del PEP-EBIC y se representa individualizada y pormenorizadamente en el Plano de Ordenación O- 02 DELIMITACION DE LOS ENTORNOS DE PROTECCION DE LOS BB.II.CC. El ámbito del PEP EBIC pertenece a la zubzona CHP-1, Ciutat Vella, y coincide parcialmente con ámbitos de Planeamiento de desarrollo de Ciutat Vella que son: CHP-11 Barri del Carme: (CHP-111 Barri Històric del Carme) CHP-12 Barri de la Seu-Xerea: zona CHP-121 Barri Històric de la Seu-Xerea y zona CHP-122 Eixample de Seu-Xerea. 19

20 CHP-13 Barri Universitat-Sant Francesc: zona CHP-131 Barrio Histórico Universitat-San Francesc, zona CHP-134 Edificios de uso terciario exclusivo, zona CHP-135 Edificios de uso terciario mixto (residencial y terciario), zona CHP-136 Edificios de uso terciario destinados a hoteles, hostales pensiones y apartamentos en régimen de explotación hotelera. CHP-14 Barri de Velluters: zona CHP-141 Barrio Histórico de Velluters, zona CHP-143 Reforma Interior Velluters-Avenida del Oeste, zona CHP-147 Carrasquer, Lope de Rueda-Villena- Carniceros- Pintor Domingo. CHP-15 Barri del Mercat: CHP-151 Barrio Histórico de Mercat, CHP-152 Reforma Interior Carrer de Sant Vicent, CHP-153 Reforma Interior Avinguda de l'oeste, CHP-154 Edificios de Uso Terciario. Actualmente la regulación urbanística de estas áreas es la que deriva de la aplicación del planeamiento definidas pormenorizadamente en II.2.- Relación del planeamiento vigente en el ámbito previo a la redacción del PEP EBIC del DOC-1 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN, MEMORIA INFORMATIVA. El ámbito del PEP EBIC está compuesto por las edificaciones, parcelas, viarios y espacios libres descritos en apartado II.1.-Descripción territorial del ámbito, del DOC-1 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN, MEMORIA INFORMATIVA. La superficie que forma el ámbito del Plan pertenece en la mayor parte a los barrios de la Seu, Mercat y Universitat. También forman parte de la superficie del ámbito dos zonas mas reducidas pertenecientes al barrio del Carmen y al de Velluters. A continuación pasamos a describir las características de las distintas zonas: Barrio de la Seu Se trata de la zona que coincide más o menos con el ámbito ocupado por la ciudad fundada en época romana. En este ámbito se sitúa un importante número de edificaciones monumentales Los ejes estructurantes de esta zona están basados en la presencia de los antiguos ejes romanos; el cardo que podríamos identificar en el sector norte con la calle Salvador y en el sector sur con la calle san Vicente, y el decumano que podemos identificar con el trazado de la actual calle de Caballeros. La articulación de ambos ejes coincidiría en lo que podría ser el espacio del antiguo foro, coincidente más o menos con el emplazamiento de la basílica y/o con la plaza Décimo Junio Bruto; El resto del tejido responder a desarrollos de origen medieval, en este las referencias ortogonales son muy escasas, prácticamente nulas. El manzanario es pequeño, pero alberga numerosos edificios importantes, antiguas casas palaciegas en las que el sustrato medieval es significativo. Durante la época de las reformas urbanas (1850/1975) se producen operaciones importantes: la apertura/ampliación de la calle Navellos que facilitaba la comunicación con la antigua Estacioneta del pont de fusta, y una extensa liberación de espacios en los entornos de la Catedral y de la Basílica realineaciones o incluso operaciones de salvaguarda arqueológica, como el reciente episodio de creación de la plaza de Décimo Junio Bruto. En general, este tejido urbano sustenta una edificación de alta cualificación patrimonial; un primer grupo de edificios que serían los monumentos; un segundo grupo estaría formado por los edificios que han recibido la calificación de bienes de relevancia local en este ámbito concreto, a saber la torre de la excolegiata de san Bartolomé, los palacios de la Bailia y de Benicarló, el monasterio de la Puridad y la iglesia de san Lorenzo; y finalmente, un tercer grupo estaría formado por la mayor parte de las edificaciones que no han sido objeto de trasformación en el periodo que, en su inmensa mayoría, están incluidas en el Catálogo de Edificación Protegida de este PEP EBIC por reunir valores contrastados de interés arquitectónico, histórico o artístico. Barrio del Mercat 20

21 Destaca la singularidad urbana de la plaza del Mercado, un ámbito de origen medieval exterior a la muralla árab. Se añade a la complejidad de esta zona la presencia de la Lonja de la Seda y de la iglesia de san Juan del Mercado. el tejido urbano esta formado en su mayor parte por casas-obrador, asentado sobre un manzanario menudo, entrelazado, que responde en su ortogonalidad a ejes diferenciados, probablemente procedentes de antiguos caminos o cauces de agua, la mayor parte de ellos hoy ignorados o desconocidos. La trama urbana que se genera a partir de la plaza tiene una traza dominante en doble peine, con manzanas caracterizadas por tener su lado más corto con fachada a la Plaza y su lado más largo sensiblemente perpendicular a ella, en un doble intento de que el espacio urbano de sus callejas quede íntimamente vinculado a la plaza del mercado. Este tejido urbano plantea alguna singularidad que merece ser destacada. Se trata de la plaza Redonda, un conjunto urbano de singular traza geométrica que responde a la voluntad municipal, a mediados del siglo XIX, de ordenar y cualificar el antiguo solar de la ciudad dedicado al mercado de aves. El tejido entorno a la plaza Redonda abigarrado y denso, se encuentra conformado por edificaciones de 4 y 5 plantas sobre solares estrecho y pequeños, con una sola comunicación con la calle, lo que indica su inicial vinculación con talleres o comercios de economía familiar. La plaza Redonda fue objeto de una temprana actuación a partir de un proyecto de Salvador Escrig de 1851, que tiene la singularidad de proponer una ordenanza dibujada para el conjunto de edificios que conforman este espacio, Otro ámbito es el que rodea la iglesia de San Nicolás de Bari; esta iglesia, construida en época de conquista sobre el solar de una antigua mezquita ha experimentado los procesos habituales en los templos valencianos: extensión, trasformación y realineaciones para mejorar su funcionalidad, consolidar sus fábricas, acomodarse a los gustos de las distintas épocas e insertarse en los nuevos planteamientos urbanos. Situada al sur de la calle Caballeros y al norte de la plaza del Mercado, la iglesia encabeza un rosario de plazuelas que discurre intramuros y paralelo a la traza de la cerca árabe: Esparto, Marqués de Busianos, Horno de san Nicolás, san Nicolás, Correo Viejo, Sagrario de la Compañía y Compañía, hasta las antiguas plazas que conforman la actual del Dr. Collado. Conjunto de plazuelas, probablemente formado por retiros voluntarios de los edificios que las presiden para lograr una mayor y mejor presencia en el tejidos. Destacan en el tejido edificado que sustenta este conjunto de plazas un grupo de edificios de corte palaciego que se desarrollan sobre amplias parcelas. Para completar las características del tejido urbano del barrio del Mercat hemos de citar las grandes operaciones de reforma urbana desarrolladas durante la segunda mitad del siglo XIX y los tres primeros cuartos del siglo XX buscando una cierta mejora de un tejido urbano que estaba obsoleto y necesitado de una fuerte reurbanización sobre la zona sur y oeste del ámbito incluido en el Plan. La apertura de la avenida María Cristina para conectar la plaza del Mercado, con el nuevo centro de gobierno, la nueva plaza del Ayuntamiento, desarrollada sobre los solares del desaparecido convento de san Francisco. La Gran Vía del Oeste conexión entre la comarca de l Horta Nord y el ensanche sur, dirigida a propiciar una renovación urbana y que supondrá una radical trasformación de los tejidos por los que incide. María Cristina se acabó, fue acometida y terminada en un plazo relativamente corto lo que facilitó que el tejido del entorno inmediato fuera capaz de reacomodarse con coste, pero con la potencia necesaria para asumir la trasformación que se le impuso. Sin embargo, la apertura de la avenida del Oeste, presente ya en los planteamientos de Aymamí de 1908, no verá la luz hasta finalizada la Guerra Civil en 1939; el proceso de expropiación, derribo y renovación edificatoria se inicia a los pocos meses de finalizada la contienda y se suspende al llegar a la actual plaza Ciudad de Brujas. Sin embargo, trascurridos más de 50 años desde que las aperturas urbanas se iniciaron y finalizaron, inconclusas algunas de ellas, resulta necesario abordar su análisis desde puntos de vista contemporáneos. 21

22 La edificación de todos estos ámbitos responde a planteamientos de fuerte intensidad inmobiliaria destinados a la producción de viviendas de nivel medio o medio-alto, con mejores resultados formales en la definición de la imagen urbana de los edificios que en la conformación de los interiores. Las tipologías que se plantean son ya tipologías de edificios residenciales en altura, desarrollados entre medianeras, con una, dos o tres viviendas por planta que tienen fachada a calle pero numerosas habitaciones interiores a pequeños patios de luces. En numerosas ocasiones las medianeras de los edificios se han convertido en fachadas traseras, con fuertes incidencias en la imagen de la ciudad, que aparecen como telones indeseados. Barrio de la Universitat Se incluye en el ámbito el tejido urbano cercano a los palacios de Dos Aguas, y Boil, la iglesia de san Andrés, el real colegio del Corpus Christi, la sede de la Universitat y el teatro Principal. Todos ellos están en la ciudad actual articulados por la reforma urbana que dio origen a la calle Poeta Querol, La plaza/calle del marqués de Dos Aguas y, su estricta continuidad, la calle del poeta Querol conectan la calle de la Paz con la calle de las Barcas, esta última centro financiero de la ciudad y de la Comunidad Valenciana hasta el estallido de la reciente crisis, pues alberga las sedes centrales de las ya desaparecidas instituciones financieras valencianas (Banco de Valencia y Caja de Ahorros de Valencia), y definen el área del barrio de la Universitat incluido en este PEP EBIC. En su conjunto está incluido en territorio cercado por la muralla musulmana pues esta defensa en su trazado sur seguía el curso del brazo difluente del Turia, razón por la que hay que entender la plaza del Mercado y la calle de las Barcas como un mismo espacio extramuros de único origen. El ámbito de la Universitat albergó notables edificios de la nobleza (Vilaragut, Böil d Arenós, Cardona, Dos Aguas, Vic ) y el call jueu definitivamente amortizado con la implantación de la sede universitaria y del real colegio del Corpus Christi. Sin embargo el trazado de la ciudad, aun manteniendo referencias claras al borde musulmán ha sufrido tal cúmulo de aperturas viarias y realineaciones que resulta difícil identificar en él, salvo por la presencia de significados edificios, a la ciudad antigua, pues se ha producido también una intensa renovación edilicia vinculada a los momentos expansivos que ha protagonizado la ciudad en los últimos 150 años. La prolongación de la calle Canalejas, tanteada ya en 1908 (reforma de Aymamí), planificada en la Reforma de Goerlich de 1929 como apertura de la calle Poeta Querol y llevada a cabo en la década de 1950 (culminada en 1961), supuso la desaparición de las plazas de Vilarrasa, san Andrés y de Mirasol, la pérdida de interesantes y acotadas relaciones espaciales y la creación de un eje urbano ficticio que actuó simplemente como un instrumento de recualificación urbanística en una operación urbana cuya principal componente fue la especulación. La apertura propició también la desaparición del palacio de Vilaragut, pues hizo que su solar resultara apetecible para la construcción del hotel Astoria, así como desencajó el sentido urbano del palacio de Dos Aguas, de la iglesia de san Andrés y del teatro Principal. La reforma urbana se extendió por la calle Salvá hacia la plaza del colegio del Patriarca y creó la actual plaza. La edificación que da forma al tejido urbano de este ámbito está fundamentalmente compuesta por los edificios de carácter monumental por los palacios o sus evoluciones que caracterizaron a las residencias de la nobleza valenciana; por la edificación que se desarrolla sobre actuaciones de trasformación urbana que son acordes con las mismas (conjuntos edificados de la calle poeta Querol) por edificaciones excesivas en altura, poco acordes con la trama urbana con un fuerte carácter desestructurador como el conjunto de Vilaragut-Rodrigo Botet; los edificios excesivos del encuentro entre poeta Querol y Barcas, así como el conjunto edificado de la pequeña pero significativa manzana que da frente a pintor Sorolla- Juan de Austria, formado por el banco de Valencia, obra de Gómez Davó, Traver, Goerlich y Almenar, la casa palacio de Huarte o Penalba, y la sede central de la caja de ahorros de Valencia construida en la década de 1980; por el conjunto de edificios que conforman la calle Comedias, entre los que destaca el edificio Tortosa-Martínez Sala de Albert y finalmente por la arquitectura ecléctica que caracteriza la transición entre el ochocientos y el novecientos y que se acumula en la calle de las Barcas entre Transits y Virues. 22

23 Barrio del Carmen Esta área está situada al este del barrio, y se sustenta en parte de tejido medieval de este barrio situado entre Blanquerias-Serranos-Caballeros y calle Alta. Comprende las manzanas catastrales 57333, 56339, 56323, y la parcela 04 y 05 de la manzana Esta limitada al norte por calle Roteros, al este por calle Palominos, plaza del Ángel, Navarros y Beneyto Coll, y calle Portal de Valldigna y calle Salinas. Al sur por la calle Caballeros, al oeste por la calle Baja, Tenerias, plaza de Santa Cruz y calle en Roda. El ámbito contiene parte del trazado de la muralla, los espacios interiores de las manzanas evidencian las líneas del trazado de elementos como la barbacana y foso o valladar. El parcelario de la edificación refleja la influencia de este trazado. Este ámbito forma parte del documento de planeamiento Modificación del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Carmen. Muralla Musulmana cuyo objetivo es la recuperación de los restos muraríos y regeneración integral de esta parte de la ciudad. Barrio de Velluters Del Barrio de Velluters se incluye en el ámbito del Plan, una reducida superficie de su tejido formado por la manzana que ocupa el colegio y la iglesia de Escuelas Pias y las edificaciones que la rodean en las calles Carniceros, Pintor Domingo y calle santa Teresa que es el tejido mas antiguo. Por otra parte al igual que en el barrio de Mercat forman parte de esta zona edificios y espacios resultado de la gran operación de reforma urbana la apertura de la avenida del Oeste. Se trata de las edificaciones que conforman la alineacion oeste de la plaza Ciudad de Brujas. Por último, repartidas entre los barrios de la Seu, Carmen y Mercat existen tres zonas en las que recientemente se ha aprobado instrumento de planeamiento tendente a la rehabilitación de la zona como es el caso del - área que rodea la muralla musulmana- en el Barrio del Carmen, la actuación de - ampliación de la Cortes- en el Barrio de Seu Xerea o la de rehabilitación del -conjunto Plaza Redonda- en el Barrio del Mercat. El Plan incorpora estas áreas dentro de su ámbito asimiento las determinaciones y regulación de los distintos planeamientos íntegramente que son: - Modificación del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Carmen. Muralla Musulmana R.C. Ad publicación BOP DGOV (promotor G.V.) - PE de Ampliación de les Corts Valencianes Ad publicación DOGV (promotor (promotor G.V.) - PE de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda de Valencia. Ad publicación BOP nº 40. (promotor Ayuntamiento) A continuación se describen las principales determinaciones de los instrumentos de planeamiento anteriores: "Actuación de rehabilitación integral de la plaza redonda y de los edificios que la integran": La Plaza Redonda situada en la zona este del barrio del Mercat y que limita en esta misma orientación con el barrio de la Seu Xerea. Los edificios que conforman el conjunto de la Plaza constituyen un singular conjunto de interés arquitectónico y tiene la consideración de Bien de Relevancia Local. El ámbito del conjunto afecta a las cuatro manzanas catastrales que conforma la unidad edificatoria de la "Plaza Redonda" que son 57298, 57286, 57287, y el espacio libre publico interior. Ante el grave estado de degradación y deterioro de la Plaza Redonda el Ayuntamiento emprende un conjunto de actuaciones dirigidas a la rehabilitación de los edificios que conforman la manzana que incluye la Plaza. Los "Estudios y proyectos tendentes a la rehabilitación integral de la plaza redonda y de los edificios que la integran" se inician por parte del Ayuntamiento a través de AUMSA en abril de Los proyectos plantean la intervención sobre las fachadas, interior y exterior de la totalidad de la manzana y la regularización de los volúmenes de las cubiertas, así como la reurbanización del espacio público. 23

24 En enero de 2007 es aprobado definitivamente el "Plan Especial de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda". En el mismo año se aprueban los Proyectos Básicos y de Ejecución de Rehabilitación de la Plaza Redonda En 2007 se adjudicaron las obras que se iniciaron en diciembre de Los principales objetivos del plan son: - Recuperación de la coherencia y tratamiento compositivo de las fachadas. - Recuperación del carácter residencial de la plaza. - Establecer el marco normativo de planeamiento para las intervenciones privadas. - Definición de la protección de los edificios. El Plan Especial de Conservación y Preservación de la Plaza Redona, contiene Catalogo de Bienes y Espacio Protegidos. El Catalogo contiene 32 Fichas de elementos protegidos, la fuente central y 31 de los edificios que forman el conjunto (15 con n. de protección parcial y 17 con n. ambiental.). Se considera entorno del BRL el definido por los ejes viarios que delimitan la manzana plaza de santa Catalina, calle Sombrereria, plaza Lope de Vega, Calle Trench, calle Derchos y calle Jofrens. "Ámbito de ampliación de Les Corts Valencianes". La zona afectada se sitúa al norte del barrio de Seu Xerea y comprende parte de las manzana y e íntegramente la Incluye la calle libertad y parte de la Del Salvador. El ámbito del Plan Especial está formado por las parcelas siguientes, Plaza de San Lorenzo, 4 parcelas , 08, 09, 10; Conde de Trenor, 3 parcelas ; Libertad, 3, 5, 6, 8 y 25 parcelas , 05, 08, 05; Salvador, 23 y Libertad, 4 parcelas ; Salvador, 21 y Libertad, 2 parcelas ; y Salvador, 14, 16 y 18 parcelas , 02, 03 Todas estas parcelas son propiedad de Les Corts Valencianes. La introducción de la parcela Salvador, en el ámbito del Plan es exclusivamente a los efectos de aclarar sin modificar- su régimen urbanístico. El ámbito del Plan Especial recoge y amplia el ámbito señalado como Sistema General GSP-4 Administrativo-Institucional por el plan general de ordenación urbana vigente en Valencia (Serie B Hoja 5F) supone la extensión de la calificación de red estructural de dotaciones públicas al ámbito coincidente con las propiedades de Les Corts Valencianes. Se califica el antiguo Palau dels Borja, edificio que contienen el hemiciclo y el jardín interior, como Bien de Relevancia Local de conformidad con la Ley 4/98, G.V., del Patrimonio Cultural Valenciano. La propuesta de calificación como bien de relevancia local a favor del conjunto edificado, conlleva la inclusión en este Plan Especial del entorno de protección, que se limita al espacio urbano que se sitúa en inmediata continuidad con la fachada principal del antiguo palacio. El Plan propone la adecuación del régimen urbanístico asignado a los edificios Salvador 25, Salvador 23- Libertad 4, Salvador 21-Libertad 2, Libertad 6 y Libertad 8. La adecuación consiste en mantener el nivel de protección asignado a Salvador 25, y en asignar un régimen edificatorio de cuatro plantas al resto de las propiedades de tal forma que estas plantas se definan en continuidad con los alturas de forjado definidas por Salvador, 25. Tal determinación supone la no inclusión de los edificios Salvador, 23 y Salvador, 21, en el Catálogo de Edificación Protegida. Se define una nueva ordenanza gráfica para la manzana constituida por las parcelas con fachada a las calles Salvador y Sagrario del Salvador. Esta ordenanza busca la mejor inserción del volumen previsto y la conservación e incorporación de los restos fundacionales de la Ciudad incorporados tras las excavaciones arqueológicas realizadas. Se elimina la referencia de cornisa e asignada al régimen urbanístico de Salvador, 27, manteniendo la asignación principal de 4 plantas. 24

25 El plan delimita la Actuación Aislada nº 1, en calle Libertad que comprende la total urbanización del ámbito y la Actuación Aislada nº 2, en plaza y calle Sagrario del Salvador, que comprende la total reurbanización del ámbito del espacio público vinculado a la cabecera de la iglesia del Salvador. El Catalogo del Plan contiene las fichas de catalogo que corresponden con: 1. Palau de les Corts. Plaza de San Lorenzo, 2. Edificio de servicios de la Cámara. Libertad 2 y 5, 3. Edificio de Grupos Parlamentarios. Conde de Trénor, 3, 4. Edificio calle del Salvador, 25. También incluye las de 5. Edificio calle del Salvador, 23 y 6. Edificio calle del Salvador, 21 en las que propone su exclusión del Catálogo de edificación protegida. La asignación de casa señorial se corrige desde Salvador, 23 a Salvador, 25. Se constata errónea LA asignación de la tipología casa señorial a favor de Salvador, 23. El análisis de la tipología edificadora, así como el estudio de la implantación del inmueble sobre la parcela determinan que la asignación corresponde a Salvador, 25, edificio que contienen las características propias de los edificios de carácter señorial, tal y como se observan en otro de los edificios del ámbito así calificado Conde de Trenor, 3-. El inmueble Salvador, 25, adscribirle a la categoría de casa señorial cuenta con doble escalera, la principal para acceder al piso principal, residencia habitual del señor y la secundaria que recorre todo el edificio. La escalera del edificio se coloca tangente al zaguán para permitir el paso de coches hacia el patio situado en la parte interior del inmueble; la decoración del zaguán está sobrepasada respecto a las funciones que se le asignan a este espacio, la configuración del patio situado en el fondo de parcela, presenta destacables dimensiones para el tamaño de la parcela y configuración propia de galería, etc. Por todas estas razones se considera que la asignación de casa señorial debe corregirse desde Salvador, 23 a Salvador, 25. "Ámbito de la muralla musulmana". El área comprende las manzanas catastrales 57333, 56339, 56323, y la parcela 04 y 05 de la manzana Esta limitada al norte por calle Roteros, al este por calle Palominos, plaza del Ángel, Navarros y Beneyto Coll, y calle Portal de Valldigna y calle Salinas. Al sur por la calle Caballeros, al oeste por la calle Baja, Tenerias, plaza de Santa Cruz y calle en Roda. El ámbito corresponde con Unidades de ejecución 6, 7, 8, y 10 delimitadas en el PEPRI del Barrio del Carmen que no habían sido ejecutadas. La propuesta de reordenación del entorno se fundamenta en: - Mantenimiento de la totalidad del tejido residencial y construcción de viviendas en los espacios vacantes para la atracción de nuevos habitantes al barrio. - Recuperación de la traza y restos de la muralla musulmana mediante su restauración y puesta en valor, existentes en su mayoría en los interiores de manzana. - Establecimiento de un recorrido paralelo al viario que se adentre en los centros de manzana recuperados para la contemplación de los restos, como ámbitos de mayor carácter privativo. - Implantación de equipamientos que dinamicen la zona, siempre situados sobre algunos de los restos. El Plan contiene la delimitación del Monumento, se representa en el Plano de la memoria justificativa DELIMITACION ENTORNO BIC MURALLA MUSULMANA PLANO Nº 3. El Catalogo del Plan solo contiene las fichas de los edificios que propone como nuevas catalogaciones que son los que corresponden a las parcelas c/ Baja, 38 y c/ Baja, 38. II. 3.- Documentos que integran el PEP-EBIC y CATÁLOGO. Los documentos que integran el Plan Especial del Entorno de Protección de los Bienes de Interés Cultural de la zona central de Ciutat Vella son los que se describen a continuación: DOC-1 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN 25

26 MEMORIA Informativa PLANOS de Información MEMORIA Y PLANOS MEMORIA Descriptiva y Justificativa y Estudios Complementarios. PLANOS de Ordenación DOC-3 DOCUMENTO DE ORDENACIÓN: NNUU NORMAS URBANÍSTICAS y DE PROTECCIÓN DOC- 4 FICHAS PARTICULARIZADAS LISTADO DE ELEMENTOS PERTENECIENTES AL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS. FICHAS particularizadas III. RELATIVO A LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN. III. 1.- Descripción de las características del Entorno de Protección. III Valores Históricos Este apartado contiene una recopilación de textos que permiten la descripcion de forma individualizada los datos históricos representativos de cada uno los Bienes de Interés Cultural objeto del PEP-EBIC IGLESIA CATEDRAL BASÍLICA METROPOLITANA DE SANTA MARIA Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 6. La Catedral de Valencia comenzó a construirse en 1262 sobre un esquema de tres naves con crucero saliente, presbiterio poligonal y girola. Por su escasa altura y sus proporciones resulta más próxima a las iglesias de predicación italianas que a las catedrales de tradición francesa, aunque elementos como la girola remiten a las innovaciones del gótico francés. De esta primera época destaca la portada del Palau, obra arcaizante todavía dentro de la tradición románica. Entre las principales obras del XIV se encuentra la portada de los Apóstoles, probablemente realizada a mediados de siglo y muy restaurada desde antiguo a causa de la mala calidad de la piedra y la orientación a norte. En origen poseía parteluz con una imagen de la Virgen, que se trasladó posteriormente al tímpano. La sala capitular, construida por el maestro Andreu Juliá ( ), se cubre con una interesante bóveda estrellada que avanza la solución de la Sala dei Baroni de Castelnuovo de Nápoles, ya de mediados del XV. Alrededor de ella cabe destacar la portada de acceso, obra de Pere Balaguer (1424), el antiguo trascoro de alabastro realizado por Antoni Dalmau ( ) con doce bajorrelieves labrados por artistas italianos ( ) que actualmente alberga el Santo Cáliz. En 1381 se comenzó la construcción del campanario, conocido popularmente como Miguelete por el nombre de una de sus campanas. De forma octogonal, el desarrollo de su planta es igual a su altura, 51 metros. En su ejecución se sucedieron los maestros Andreu Juliá, Joan Franch, Pere Balaguer y Martí Llobet, quien en 1424 colocó el antepecho. Antoni Dalmau proyectó un remate en aguja que nunca se ejecutó, datando la actual espadaña de Obra prácticamente coetánea fue la construcción del elevado cimborrio, superponiendo atrevidamente un nuevo tambor sobre el primitivo en las primeras décadas del s. XV. A partir de 1458 Francesc Baldomar construiría el tramo de los pies o arcada nova, incorporando atrevidos esviajes y novedosas soluciones geométricas, conectando también el templo al campanario. 26

27 Pere Compte le sucederá finalizando las obras y cubriendo el paso a la sala capitular. En 1472 comenzarán las labores en la bóveda del presbiterio a cargo de los pintores italianos Francesco Pagano y Paolo de San Leocadio, que realizarán las escenas de los ángeles músicos recientemente recuperadas. El retablo renacentista del altar mayor, de plata repujada, desapareció en 1812, aunque se conservan sus magníficas puertas con pinturas de Fernando de los Llanos y de Fernando Yáñez de la Almedina, realizadas a partir de Gaspar Gregori realizará la llamada obra nova (1566), la gran tribuna de forma circular recayente a la plaza de la Virgen, dentro de un lenguaje renacentista ya canónico. Un siglo después ( ), se ejecutaron las obras de renovación de la capilla mayor a cargo del maestro Juan Pérez Castiel, quien diseñaría una recargada decoración incluyendo bajorrelieves de mármol y estatuas doradas de santos valencianos. Pérez Castiel transformaría también la capilla de San Pedro ( ) con estucos del milanés Aliprandi. La fachada de los pies tiene m. de altura. De claras referencias borrominianas y concebida originariamente como fondo de perspectiva de una estrecha calle, fue proyectada en 1701 por el alemán Conrado Rodulfo, que construyó el primer cuerpo ( ) finalizándose el resto por Francisco Vergara ( ). A partir de 1774 se remodelaría la fábrica gótica según el proyecto academicista de Antonio Gilabert. El revestimiento académico se eliminaría en gran parte por la repristinación comenzada en 1972, aunque se ha conservado en las capillas, la girola y otros lugares aislados. La catedral custodia una soberbia colección de orfebrería y pintura, entre estas últimas se encuentran los lienzos de Goya de la capilla Borja. En estos últimos años se han seguido realizando diversas obras de mantenimiento, emergencia o recuperación en el edificio, a cargo de arquitectos de la Consellería de Cultura (arquitecto responsable Julián Esteban Chapapría), como las ejecutadas en las puerta de los Apóstoles ( ), las puertas románica y barroca ( ), la Girola (1998) y el Archivo catedralicio ( ). La última actuación hasta el momento con motivo del descubrimiento de las frescos renacentistas de la bóveda gótica, en la que se ha desmontado la bóveda barroca, ha sido dirigida por Salvador Vila Ferrer ( ). LONJA DE LOS MERCADERES O DE LA SEDA Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 35 La Lonja, declarada Patrimonio Mundial de la Humanidad por la UNESCO el 7 de diciembre de 1996, es el mejor exponente del gótico civil de la antigua Corona de Aragón. El conjunto integra dos cuerpos autónomos, unidos por el torreón central. Vista desde la plaza del Mercado, se observa a la derecha, el edificio que se corresponde con la Lonja propiamente dicha o Sala de Contratación; la parte izquierda la constituye el edificio del Consulado del Mar y en el centro, entre ambas edificaciones y entrelazándolas, la Torre. En sus fachadas, básicamente planas, los grandes huecos transmiten la ordenación interior, mientras que la galería alta del Consulado, con sus acusados relieves, proporciona un contrapunto de luces y sombras. Gárgolas antropomorfas o zoomorfas, esculturas naturalistas, medallones, etc., nos hablan de un universo cargado de simbolismos medievales y sobre todo del excelente trabajo en piedra de los canteros. Desde el año 2002 se está llevando a cabo un ambicioso programa de restauración y consolidación encargado a técnicos de la Universitat Politècnica de València y dirigido por los arquitectos Javier Benlloch Marco y Manuel Ramírez Blanco. La Sala de Contratación.- La necesidad de dar una respuesta ante el espectacular auge comercial marítimo alcanzado por la ciudad, motivó que en el año 1469 se acordara construir un nuevo edificio que sustituyera al antiguo. Encargado a Pere Compte, el más prestigioso maestro de la corona aragonesa, y Joan Ibarra, fue sufragada por la ciudad de Valencia. La primera piedra se coloca en 1482, aunque el comienzo de las obras tiene lugar un año más tarde, terminándose junto con la Torre, quince años después, en el año Es un gran salón rectangular dividido en tres naves longitudinales y cinco transversales, en función de las ocho altas columnas exentas que soportan las bóvedas, además de las dieciséis adosadas a sus muros de cerramiento. Su gran altura transmite una singular monumentalidad a estas columnas torsas que, al llegar a las bóvedas, se abren como palmeras. Este salón columnario cuenta con una puerta en cada una de sus cuatro fachadas, siendo las recayentes a la plaza del Mercado y su opuesta las más importantes. Las pequeñas esculturas de carácter naturalistas (máscaras, figuras de hombres desnudos y acróbatas, 27

28 leones y monstruos, todo tipo de formas vegetales, etc.) se entrelazan unas con otras, desarrollando escenas narrativas y formando orlas de extraordinaria belleza rodean las arquivoltas de las puertas y los parteluces. La portada al Mercado, algo abocinada, es de arco ligeramente apuntado y está flanqueada por dos bellos pináculos de casi diez metros de altura y dos grandes ventanales también ojivales de tracería, presenta parteluz y en su tímpano la imagen de la Virgen y el Niño. La Torre.- De planta cuadrada tiene tres plantas y está realizada de muros lisos de iguales características y soluciones constructivas que los de la Sala de Contratación. En la planta baja se ubicaba la capilla dedicada a la Inmaculada Concepción, está cubierta con una bóveda de crucería que forma una estrella octogonal de magnifico trazado. Los dos pisos altos se destinaban a cárcel de mercaderes en quiebra. El Consulado del Mar.- Consta de tres plantas y un semisótano con bóvedas escarzanas sobre robustos pilares. Albergaba la sede del Tribunal Mercantil, así llamado, donde se dirimían los problemas relacionados con el comercio marítimo. En el salón principal, donde se reunía el tribunal, se colocó en 1921 un magnifico artesonado, proveniente de la desaparecida Casa de la Ciudad, realizado entre 1426 y 1445 por Juan del Poyo. Pero lo más significativo es, tal vez, la galería de arcos conopiales de la planta alta, con su friso de medallones con bustos que representan personajes. La inspiración clásica e italianizante de este remate nos hablan ya de una clara influencia renacentista. Comenzado en 1498, sería también encargado a Pere Compte. Tras su muerte, ocurrida en 1506, le sucedieron varios maestros, dándose por terminada las obras en El mayor tiempo de construcción y las diferentes autorías quedarán patentes, como puede observarse, en este cuerpo. PALAU DE LA GENERALITAT ORDEN de 29 de julio de 2008 la Conselleria de Cultura i Esport por la que se complementa la declaración como Bien de Interés Cultural del Palau de la Generalitat, a fin de adaptarla a las determinaciones exigidas por la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. DOCV núm de Recayente a la Plaza de la Virgen se yergue airoso el torreón del Palacio de la Generalitat, sede desde finales del siglo XV de esta institución. Además de su simbolismo político, esta obra tardogótica con importantes intervenciones renacentistas, constituye uno de los mejores exponentes de la arquitectura civil valenciana del período foral, interviniendo en ella los principales maestros de su tiempo. Dada su complejidad, parece conveniente seguir un orden cronológico para la descripción del edificio. El siguiente texto tiene como base principalmente la obra El Palau de la Generalitat Valenciana, de Salvador Aldana y el Plan director del Palau de la Generalitat. El edificio primitivo ( ). En el año 1418 los diputados de la Generalitat decidieron buscar un lugar fijo para realizar sus reuniones periódicas, con lo que en 1421 alquilarían al notario Jaume Desplà dos dependencias de una casa alberch en la actual calle Caballeros para usarlas como salas de reuniones y escribanía. El lugar escogido era propicio por ser bastante céntrico, muy próximo a la antigua Casa de la Ciudad y a la Catedral, sedes del poder temporal y espiritual, respectivamente. Al año siguiente, en 1422, se realizaría la compra de toda la vivienda. El edificio tenía unas dimensiones muy modestas, contando con las citadas salas de reuniones y escribanía, además de un estudio sobre el establo. En esta época se llevan a cabo diferentes obras de adaptación y embellecimiento que no han llegado hasta nuestros días. En 1450 se ciega una puerta menor que existía junto a la principal en la Calle Caballeros y en 1456 se renueva la fachada posterior, recayente a la actual Plaza de Manises, con la apertura de una gran puerta y dos ventanas. Algunos años más tarde, en 1476, se construiría un porche sobre la cubierta plana, con un potente voladizo a imitación del de la cercana Casa de la Ciudad. Primeras intervenciones importantes ( ). En el año 1481 se puso en venta la casa contigua a la sede de la Generalitat y los diputados decidieron adquirirla para poder ampliar el edificio. Las obras de acondicionamiento fueron llevadas a cabo por el 28

29 obrer de vila Francesc Martínez Biulaygua, quien había sido también autor de algunas de las obras realizadas anteriormente. Además del trabajo de albañilería, se realiza una importantísima obra de antería a cargo de Pere Compte y Joan Yvarra, quienes en la misma fecha habían contratado la obra de la Lonja. Su actuación se concretaría en una escalera de piedra, actualmente perdida, y en la realización de las fachadas exteriores del edificio. Su distribución en aquella época era la siguiente: vestíbulo a la calle Caballeros, con establos a la izquierda y pajar a la derecha. Sobre los establos estaba la escribanía, en un entresuelo, al que se accedía desde una escalerilla, junto a un archivo. En el piso principal estaban la sala de reuniones y una saleta, a las que se accedía por la escalera de piedra antes comentada. Junto a esta última se construyó una capilla de planta cuadrada y cubierta con una bóveda de nueve claves, como la de la Lonja, cuya única ventana daba a un estrecho callejón. El retablo se contrataría, en 1483, con el pintor Pere Cabanes. En 1494 se incorpora a la obra el experimentado cantero Joan Corbera, que en esta época realizaría la portada de piedra del estudio o escribanía y, en 1504 la de su archivo con arcos mixtilíneos de influencia castellana. También sería el autor de los escudos de la sala recayentes a la calle Caballeros. Respecto a los maestros albañiles de esta primera etapa cabe citar, además de Francesc Martínez, a Miquel Ruvio, sustituido en 1502 por Joan Mançano. También es importante la intervención de los pintores Simón de Gurrea y García de Carcastillo, quienes decoraron el techo del archivo con figuras vulgarment dites del romà. La gran renovación ( ) La distribución interna del edificio primitivo, que aprovechaba las dependencias de las antiguas viviendas más o menos adaptadas, cambiaría totalmente a partir de Estas obras serían llevadas a cabo por el maestro cantero Joan Corbera, al maestro albañil Joan Mançano y a Alegret como carpintero, sustituido al poco tiempo por Joan de Bas. La intervención consistiría en desmantelar el antiguo y heterogéneo patio, fruto de unir los espacios libres de dos viviendas, para dar lugar al actual. Se desmontaron los cinco arcos de piedra y la escalera realizada por Pere Compte, siendo vendidos posteriormente. En su lugar se construirían los dos amplios arcos y la bella escalera que todavía se conservan en su lugar. También se pensaba ampliar la puerta de la Plaza de Manises para darle una anchura igual a la de la Calle Caballeros y añadir sobre las fachadas un apitrador ab murons. También se abrirían nuevas ventanas y se realizarían las nuevas estancias, de las que se conserva buena parte. En la Calle Caballeros se construyó la gran sala y la capilla, mientras que a la Plaza de Manises recaían tres estancias en el piso principal, más otras menores en los estudios y planta baja. De esta época es la cubierta con casetones del llamado estudio dorado, comenzada por Joan Bas y terminada, a su muerte, por Jordi Llobet. Joan Corbera daría trazas para las dos portadas de este estudio, quedando la obra escultórica a cargo de Jaume Vicent. La capilla, actualmente desaparecida, respondía a los cánones de la arquitectura renacentista, interviniendo en su decoración el escultor Lluís Monyós a partir de Obra de la Torre y otras intervenciones ( ) A finales de 1513 se puso a la venta otro edificio situado entre el palacio de la Generalitat y el callejón que separaba la Casa de la Ciudad. Algunos años más tarde se adquirió otra casa contigua, que completaba el espacio hoy en día ocupado por el torreón. Las obras comienzan a cargo de Joan Corbera y Joan Mançano, con la colaboración de escultores como Jordi Llobet y Lluís Monyós y doradores como Pere Bustamant y Martí Eiximenis. Se levantó la planta baja y los dos estudios del entresuelo, conocidos posteriormente como sala gran daurada y sala xica daurada, que se cubrieron antes de El conflicto de las Germanías ( ) marcará un período de inactividad en las obras, que no se reanudarían hasta A partir de esta fecha se hará cargo de las obras el sacerdote y maestro constructor mossén Joan Baptista Corbera, hijo de Joan Corbera. Las obras de albañilería correrán por cuenta de Joan Navarro, realizándose además la decoración de los artesonados de los dos estudios, excelente labor de talla dirigida por el carpintero oriolano Genís Llinares. Sobre los dos estudios se seguiría construyendo la Sala Nova, para la que mossén Corbera realizaría siete ventanas en 1538 enmarcadas por una moldura perimetral y rematadas por frontones avenerados, similares a los del patio del palacio del Embajador Vich. Sobre éstas se construirían otras tantas ventanas menores, de forma cuadrada y con una decoración plenamente renacentista, influidas por el tratado de Serlio. A finales de 1540 se encarga a Genís Llinares la realización de la techumbre de esta 29

30 gran sala, con un corredor o galería perimetral que evoca el Salón del Trono del palacio de los Reyes Católicos en la Aljafería de Zaragoza. La presencia destacada de columnas en forma de candelabro delata la influencia del tratado de Diego de Sagredo, publicado en 1526, además de la tradición escultórica del primer renacimiento castellano. A la muerte de Llinares en 1543 serían sus hijos, Pere y Martí Llinares Blasco, quienes se harían cargo de continuar la obra, finalizándola, entre 1562 y 1565, el también carpintero y escultor Gaspar Gregori. A los miembros de la familia Llinares y a Gregori se atribuye la rica decoración de talla y los plafones de madera con escenas que se reparten por toda la cubierta. Sobre la Sala Nova se construyó un porche y una cubierta plana con antepecho, que se desmontaría algunos años después, siendo el maestro encargado de las obras Joan Vergara. En 1568 se realizarían los importantes zócalos y el pavimento con cerámica de Manises, elaborada por Joan Elies según diseños de Joannes lo pintor, seguramente Juan de Juanes. En 1572 se contrataría al maestro Hernando de Santiago, recién llegado a la ciudad y conocedor de los nuevos modelos que se estaban introduciendo en las manufacturas sevillanas. Después de 1575 sería Juan de Villalba, procedente de Talavera, quien continuara la realización de decoración cerámica para el edificio. En el año 1574 se decide encargar a stall la finalización de las obras del torreón, puesto que se está alargando demasiado, nombrando al maestro carpintero Gaspar Gregori architector, encargado de dirigir y gestionar las obras que se están realizando en el edificio. Gregori será autor de las trazas y de los moldes, contando con el asesoramiento técnico del cantero Miquel Porcar, quien ejecutaría materialmente la obra con su cuadrilla. El remate de la torre, de carácter netamente renacentista, está inspirado en las láminas del tratado de Serlio y presenta un nuevo cuerpo de ventanas cuadradas, cornisa, ático y balaustrada clásica rematada con bolas y pináculos. Se añadió también un balcón de hierro perimetral sobre la cornisa que queda bajo el ático, realizado por Joan Armaholea y Josep Monseu, así como otro mucho más elaborado, ejecutado por Baptista Cerdà, para la Sala Nova en la esquina de la Calle Caballeros. Algunos años después los escultores Joan Marià y Baptista April realizaron la portada que comunicaba la «capilla» y «Sala Nova» (1590), siguiendo las trazas proporcionadas en 1584 por Pere de Gorssari, aunque introdujeron algunas modificaciones basadas en el tratado de Vignola en la cara recayente a la «Sala Nova. El mismo año se decidirá decorar con pinturas las paredes de esta sala, llegando un año más tarde al acuerdo de representar los retratos de los diputados, labor que desempeñaría el pintor Joan de Sarinyena. Al año siguiente decidieron incorporar los retratos de los componentes de los tres estamentos, eclesiástico, real y militar, obras que se encargarían a los pintores Vicent Requena, Joan de Sarinyena y Francesc Poço, respectivamente. Estas pinturas sufrirían a lo largo de los siglos múltiples retoques a causa de los problemas de humedad y deterioros varios. Unos años más tarde se encargó un cuadro de la Virgen, que concluyó el pintor Bernadí Çamora en 1638, enmarcado por Josep Pedrós. La puerta de la Sala sería realizada por Gregori en Parece que en 1592 se decidió comprar la otra casa colindante al palacio, en el lado de San Esteban, pero finalmente no se llegó a ningún acuerdo. Se desconoce también cómo se habría resuelto la ampliación del edificio. A este respecto algunos autores propondrían la hipótesis de la segunda torre, que se construiría en el siglo XX y que guardaría una relación evidente con el edificio contiguo de la Casa de la Ciudad. Otros, como Salvador Aldana, consideran que simplemente se hubiera prolongado el cuerpo de menor altura. La última época ( ) A principios de siglo se realizaría un nuevo retablo para la capilla, sustituyendo al antiguo de Pere Cabanes. El autor de las pinturas fue nuevamente Joan de Sarinyena, mientras que la escultura del marco corrió a cargo del carpintero Jaume Fontestat. También se realizarán obras menores de mantenimiento y acondicionamiento, como la intervención en los dos estudios dorados para su uso como prisión de caballeros, en En el año 1655 se construiría una sacristía para la capilla, aprovechando para ello parte de la cocina de la casa del escribano, así como un gran cancel y nuevas 30

31 puertas acordes con la Sala Nova, realizados por el carpintero Joan Cassanya a partir de dibujos de Llorenç Pareja y Gregori German. Finalmente, en 1656 se construiría una nueva portada en la fachada de la Calle Caballeros, según diseño del pintor Jeroni Espinosa, inspirado en la sacristía del Colegio del Corpus Christi. Los canteros Josep Escrivá y Esteve Girardo se encargarían del trabajo, usando piedra negra de las Alcublas, mármol blanco de la Valldigna y piedra de Ribarroja. También se realizaron nuevas hojas de madera para las puertas y se alargó el balcón de la esquina. En 1690 se decidirá sustituir la portada gótica de la Plaza de Manises por otra similar a la de la Calle Caballeros. En 1718 se produce la abolición definitiva de la institución de la Generalitat y en 1750 se decide el traslado de la Audiencia al Palau de la Generalitat y con tal motivo se realiza una reforma para adecuarla al uso, el maestro de obras fue Vicente Clemente. La reforma consistió principalmente en compartimentar las salas de la planta principal, incluida la sala nova y construir un balcón o galería recayente al patio de la sala de la capella. En 1830 el arquitecto contratado por la Audiencia, Franco Calatayud, informa que una parte del edificio presenta un estado ruinoso y que el peligro es inminente. Entre las obras que se realizaron destacan: Rebaje de los porches del piso último. Se realizan nuevas compartimentaciones con tabiques de las diversas salas. Se forma una escalera entre el entresuelo y la antesala de las Salas del Crimen y Civiles. Se enluce la fachada principal y se ponen balcones. Escalera para subir al último piso sobre la principal. En el piso principal, antesala de la Capilla se colocan tres balcones grandes de hierro y cuatro puertas con ventanas nuevas. En el piso segundo que recae a la calle Caballeros se deben colocar cuatro balcones y en la parte de la plaza de Manises tres balcones. En el patio, dos antepechos de hierro con dos puertas ventanas. En 1871 el Presidente de la Audiencia solicita a la Diputación su cooperación para la reparación y restauración de la sala nova, desconociéndose si esta obra fue llevada a cabo. A partir de esta fecha se van realizando obras de mantenimiento y reparación dirigidas por los arquitectos provinciales. A partir de la segunda década del siglo XX, la Audiencia prepara su traslado a la Antigua Aduana, actual Palacio de Justicia y la Diputación ubicada en el Palacio del Temple, se traslada al Palau de la Generalitat. A partir de este momento se ocupa de las obras el arquitecto Vicente Rodríguez, que consistirán en recuperar el edificio original, eliminando las transformaciones realizadas en etapas anteriores y consolidar la estructura del edificio. A partir del 1941 se redacta el anteproyecto de restauración y ampliación del Palau por el arquitecto de la Diputación Luis Albert. Las obras suponen la ampliación del cuerpo central y la creación de una nueva torre que remata el lado oeste del volumen. Se propone la creación en parte de su crujía central de un patio descubierto. Se crea un acceso nuevo desde la plaza de Manises. Los elementos arquitectónicos de la ampliación fueron al estilo de los originales existentes en la parte antigua: escaleras de piedra, portadas de piedra tallada, carpintería de madera, artesonados y alfarjes no estructurales, aplacado de piedra y panelado de madera en las paredes. Las obras fueron concluidas en A partir de 1982, cuando el edificio pasa a ser sede de la Presidencia de la Generalitat Valenciana, el arquitecto Alberto Peñín realiza el proyecto de acondicionamiento del edificio para las nuevas dependencias. Las actuaciones de este periodo con repercusión en el exterior del edificio suponen la cubrición de los dos patios, la creación de escaleras de emergencia y paso y la instalación de un nuevo ascensor. En los años que restan del siglo XX, principios del siglo XXI se procede a la realización de diversas intervenciones de rehabilitación y restauración del edificio. REAL COLEGIO SEMINARIO DEL CORPUS CHRISTI O DEL PATRIARCA 31

32 El Colegio fue fundado en 1583 por el patriarca arzobispo de Valencia Juan de Ribera con el fin de instruir a los sacerdotes bajo el espíritu del concilio de Trento. La obra estaba acabada coincidiendo con la vista de la ciudad realizada por Manceli, donde la cúpula y el campanario son bien perceptibles. El edificio ocupa una manzana completa de carácter irregular. Para la construcción del Colegio e Iglesia el arzobispo Juan de Ribera adquirió más de veinte casas entre los años 1580 y El Colegio configuró una manzana de la cual desaparecieron algunas calles y atzucats, como el de la Argentería, paralelo a la calle de la Nau, l Algusseria, calle en codo que desembocaba en la antigua plaza del Cabrerots, o la dels Cristians Novells. La plaça dels Cabrerots se situaba detrás del actual Colegio y su denominación deriva de uno de los portales de la cerca que delimitaba la judería. El solar que hoy ocupa el Colegio del Patriarca formaba parte de la judería a finales del siglo XIV. Así, el Colegio quedó delimitado al oeste por la calle de la Cruz Nueva, eje regulador de esta zona que iba desde la plaza del Patriarca hasta la calle del Mar. Al este por la calle de Carn y Col (actualmente calle de San Juan de Ribera). La calle de la Nau y la antigua plaza del Estudi General por el sur y la actual calle del Cardenal Payá, esta última abierta donde había estado antiguamente la sinagoga menor, transformada una vez expulsados los judíos en 1492 en una capilla bajo la advocación de la Santa Cruz. Fuente: Equipo redactor Ficha BIC s de la web de la D.G.P En el centro de la ciudad frente a la antigua Universidad Literaria se encuentra el Real Colegio Seminario del Corpus Christi, también conocido como El Patriarca. Fue levantado a instancias del patriarca San Juan de Ribera quien fue arzobispo y virrey de Valencia. Su construcción de comenzó en 1586 terminándose en Las obras fueron supervisadas por Miguel de Espinosa, interviniendo maestros canteros como Gaspar Gregorí, Guillem del Rey, Bartolomé Abril, Bautista Semería, Miguel Rodrigo y Antonio Marona. En las decoraciones pictóricas intervinieron Bartolomé Matarana en la iglesia y Tomás Hernández en la capilla. Se trata de un compacto edificio que ocupa una manzana completa. Se ordena a través de un claustro rectangular alrededor del cual se distribuyen las dependencias colegiales y en el lado oeste se encuentra la iglesia. Al conjunto se accede por la calle de la nave a través de dos portadas que dando paso a dos vestíbulos comunicados por una puerta. El de la derecha es de planta cuadrada, y da paso al claustro y a la capilla. El situado más a la izquierda es rectangular y da paso a la iglesia del conjunto. La portada de la izquierda es la principal con un mayor desarrollo decorativo, mientras que la contigua es mucho más sencilla. El claustro es uno de los mejores ejemplos de arquitectura renacentista realizado con columnas de mármol genovés que contrastan con el resto de la fábrica realizada en piedra. Es de planta rectangular con ocho arcadas en los lados mayores y cinco en los menores. La galería inferior con altos pedestales sobre los que se sitúan las columnas dóricas de fuste liso en las que descansa en dovelaje de los arcos de medio punto con óculos en las enjutas. La galería superior con columnas jónicas con arcadas de medio punto descansando directamente sobre las mismas. Entre los arcos de la parte superior se desarrolla una balaustrada. Alrededor de esta galería superior se distribuyen diferentes dependencias colegiales como sala de estudio, archivo y habitaciones rectorales, a excepción del lado norte ocupado por la iglesia. El remate del claustro es un antepecho con bolas y pirámides. Las galerías del claustro están cubiertas con bóvedas aristadas realizadas en ladrillo enlucido. El vestíbulo de la izquierda da paso a la iglesia a través de una portada adintelada con columnas corintias pareadas y un ático apaisado en la parte superior flanqueado por aletones recurvados. Remata la portada con un frontón triangular. Es de similares características a la portada que da paso a la capilla y que enfrenta con ella separadas por los vestíbulos. La iglesia es de planta de cruz latina con una sola nave con capillas laterales y cabecera recta. Está dividida en dos tramos presentando un tercero a los pies sobre el que se dispone el coro alto, y a través del cual se accede por un lateral del mismo. En el centro del crucero se levanta una cúpula sobre tambor que descansa sobre pechinas. El alzado interior se realiza mediante pilastras corintias de fuste acanalado sobre pedestales. El paso a las capillas laterales se realiza a través de arcos de medio punto con pilastras cajeadas de orden dórico. Tanto la nave como el crucero y la cabecera están cubiertas con bóvedas de arista con plementería de ladrillo. El 32

33 interior está totalmente decorado por pinturas al fresco realizadas por Bartolomé Matarana. En los brazos del crucero se abren dos portadas adinteladas realizadas con jaspes inspiradas en las láminas de Serlio. La capilla es de planta rectangular con cabecera poligonal decorada al fresco por Tomás Hernández discípulo de Matarana En el ángulo noreste del claustro se alza la escalera de voltes que da paso a la galería superior del mismo y a la biblioteca del conjunto. Se trata de una escalera realizada en cantería que sería ejemplo para otras realizadas posteriormente en otros edificios. Otra escalera de menores dimensiones realizada en tabiquería se encuentra al sudeste dando paso al museo del colegio con interesantes obras de los siglos XVII y XVIII. Las cajas de las escaleras destacan al exterior como torreones rematados con bolas. Al exterior destaca la cubierta de la cúpula vidriada con teja azul y blanca sobre el alto tambor realizado en ladrillo. La fachada del edificio tiene una serie de vanos rectangulares, destacando la galería superior de arquillos realizados en ladrillo sobre la que se dispone un sobresaliente alero. En el ángulo que coincide con la iglesia se levanta el campanario con un cuerpo de campanas con un arco de medio punto por lado. La portada de acceso realizada en mármol presenta un arco adintelado flanqueado por columnas pareadas sobre altos pedestales con un entablamento dórico con triglifos y un frontón semicircular partido rematado por bolas. En el centro de este frontón se sitúa un edículo con el anagrama del colegio rematado por un frontón triangular con bolas. Tras el claustro y la iglesia se desarrollan las dependencias de servicio entorno a un patio menor. En la parte trasera del edificio se abre una puerta ante la que se levanto una verja en el siglo XIX con altos pretiles y remates en forma de pirámide. PALACIO DEL MARQUÉS DE DOS AGUAS El palacio del Marqués de Dos Aguas está situado entre las calles Poeta Querol (antigua plaza de Villarrasa y antigua calle de María de Molina), Rinconada García Sanchiz (anteriormente calle de San Martín) y la calle de San Andrés. Las noticias más antiguas sobre hallazgos en el subsuelo del palacio datan de Se trataba de una lápida funeraria de época romana. Otros descubrimientos epigráficos próximos, como la lápida, también romana, conservada en la esquina de las calles Marqués de Dos Aguas y Vidal evidencian que el solar del palacio debió ser parte de una necrópolis romana fechada entre los siglos I al III d.c. En la excavación arqueológica llevada a cabo con motivo de la restauración integral del edificio, entre 1991 y 1998, se documentaron niveles con restos de ánforas romanas, así como, fragmentos de tégula, tal vez pertenecientes a la cubierta de las tumbas. Esta posible área cementerial se localizaría al sur de la Valentia romana. De época islámica se han documentado niveles y estructuras que permiten interpretar que se trata de un área residencial intramuros perteneciente al barrio inmediato a la puerta de la Boatella. El palacio de Dos Aguas fue el solar de los Rabassa de Perellós desde En Giner Rabassa de Perellós adquirió el Señoría de Dos Aguas. Tal vez en esta fecha se impulsaran las primeras reformas de importancia en el edificio, que se extenderían a los siglo siguientes, incluso ampliando su superficie mediante la compra de propiedades colindantes. El plano de Manceli (1608) muestra una casona gótica articulada alrededor de un patio central. La crujía de la fachada está flanqueada al este por una torre almenada. Detrás de este cuerpo de fábrica se situaba un huerto (hacia 1825 este espacio albergaría un jardín) de considerable superficie que lindaba con edificaciones de la calle de San Andrés. Los planos de Tosca (1704) y Tosca-Fortea (1738) no muestran una imagen muy diferente de la representada por Manceli. Como hemos dicho la arquitectura y la parcelación de la manzana permanecen casi inalteradas durante los cien años que separan la representación de Manceli de la de Tosca. Incluso, el entorno urbano más inmediato tampoco muestra transformaciones de importancia. El palacio se abre a la irregular plaza de Villarrasa, donde podemos encontrar otras casonas solariegas pertenecientes a familias influyentes, como los Cardona (actual Hotel Inglés), los Escrivá de Hijar (derribada en los años 40 del siglo XX) y los Boil de Arenós (actual sede de la Bolsa de Valencia). 33

34 En 1699, los Rabassa de Perellós acceden al marquesado de Dos Aguas. La actividad económica de la familia, los títulos y las relaciones les permitieron acumular riqueza, poder. En este contexto, el III marqués se encontró en disposición de sufragar amplias e importantes reformas en el palacio hacia Las obras fueron dirigidas por Hipólito Rovira con la participación de Ignacio Vergara y Luís Domingo y las principales referencias son la portada barroca de alabastro procedente de las canteras de Niñerola (Picassent) y la cúpula que cubría la escalera noble. Al morir en 1843 el V marqués de Dos Aguas dejó como heredero universal a Vicente Dasí Lluesma. La configuración actual de gran parte del palacio se debe a las reformas impulsadas por Dasí. Remodelación que comenzó hacia 1854 y finalizó en El proyecto fue obra de Ramón María Ximénez y Cros y en él colaboraron, entre otros, Salustiano Asenjo y José Brel. La fachada se modificó sustituyendo el estuco figurado ejecutado por Rovira, probablemente en su mayor parte desaparecido, por un estucado jaspeado. También los balcones de hierro se sustituyeron por ricas balaustradas de mármol y las torres recibieron una profusa ornamentación. De la misma manera, el interior del palacio fue totalmente renovado. El palacio se completaba con un gran jardín posterior configurado en Durante el siglo XX tuvieron que realizarse algunas obras de emergencia en el edificio. La amenaza de desplome de la fachada hacia los años 20 del siglo XX obligó a instalar un costoso sistema de cabestrantes para atirantarla. Así mismo, la instalación del Consejo de Estado durante la Guerra Civil en el palacio determinó la construcción de un refugio antiaéreo privado en el semisótano situado al oeste del edificio. En el año 1949 el palacio fue adquirido por el Estado para instalar la colección de cerámica de Manuel González Martí en sus salones. Los arquitectos Mauro Lleó y J. Pastor asumieron el proyecto y la obra de adecuación del palacio como museo. El museo se inauguró en A partir de ese momento, las necesidades museísticas obligaron a ocupar el jardín, las crujías posteriores y reformar los entresuelos. A pesar de ello, el espacio seguía siendo insuficiente. El palacio no podía expandirse por el lado de la calle de San Andrés ya que tenía un edificio, construido en 1880, adosado (antigua calle María de Molina, 4). Derribado en 1957, el Patronato del Museo acordó la adquisición del solar pero ciertas dificultades de índole económica dilataban el proceso de compra. Mientras tanto, la propiedad del derribado inmueble inició la construcción de un edificio de nueva planta adosado al palacio. Finalmente, el apoyo financiero llegó en 1967 procediéndose a su adquisición cuando la estructura ya estaba levantada. El arquitecto Alfonso Fungairiño realizó el proyecto de ampliación con un edificio que tendría la misma apariencia exterior que el palacio, aunque retranqueado respecto del solar recién adquirido, dejando una buena parte de la parcela como vía pública. En 1971 se inauguró la obra de ampliación. Fuente: Equipo redactor Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 79 Sede del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias González Martí. El origen de la que fuera residencia de los Rabassa de Perellós (posteriormente Dasí), marqueses de Dos Aguas, se remonta a los siglos XIV y XV, como se pudo constatar en las excavaciones realizadas en Su configuración actual responde a las diferentes intervenciones habidas desde el s. XVIII hasta nuestros días sobre la primitiva fábrica gótica. Hacia el año 1740 Hipólito Rovira efectuó una profunda reestructuración del edificio, con la participación de Ignacio de Vergara y Luis Domingo. De esa época es la monumental portada barroca de alabastro realizada por Vergara, siguiendo los dibujos de Rovira, que forma un conjunto abigarrado y muy efectista. Comprende dos alturas; arriba preside la imagen de la Virgen y, abajo rodeando la puerta, dos caudales de agua en alusión al marquesado, dos atlantes y otros elementos iconográficos. Durante el siglo XIX se efectuó otra importante intervención, según el proyecto de Ramón Mª Ximénez Cros de 34

35 1863, que recubrió las fachadas con estucos de imitación marmórea, añadiendo balaustradas, impostas, recercados de huecos, etc., que armonizan con la gran puerta de alabastro, dando al edificio su actual aspecto de acusado estilo neorococó.la habilitación para museo se llevaría a cabo del año 1950 al 1954 por los arquitectos Mauro Lleó y Antonio Pastor. Cuestionada y cuestionable sería la intervención ejecutada entre 1969 y 1971 por Alfonso Fungairiño, quien proyectó una ampliación mimética del palacio que, entre otros objetivos, buscaba aumentar la monumentalidad del mismo. Tras varias actuaciones puntuales de restauración y consolidación, el estado del palacio aconsejaba acometer un plan integral de restauración, basado en criterios científicos, que incluyera excavaciones arqueológicas y un proyecto museográfico. Las obras se realizaron entre los años 1991 y 1998, con proyecto y bajo la dirección del arquitecto Ginés Sánchez Hevia, resultado de la cual fue, entre otros aspectos reseñables, la recuperación del palacio decimonónico en las plantas baja y primera, convirtiendo de este modo el propio edificio en la primera pieza expositiva del museo. El patio de acceso, la escalera imperial rematada por una cúpula vaída con pinturas al fresco de Rovira, el Salón de baile, la Sala pompeyana, el oratorio, el Salón chino y otras estancias palaciegas permiten al visitante trasladarse al s. XIX. Además de la espléndida colección de cerámica, expuesta siguiendo un recorrido cronológico, destaca la colección de carrozas y carruajes que se muestra en las antiguas caballerizas del palacio. En la actualidad continúan los trabajos de mejora y ampliación de las instalaciones. La acertada reurbanización de su entorno ha mejorado sensiblemente el espacio urbano circundante. IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ La antigua iglesia parroquial de San Andrés, actualmente bajo la advocación de San Juan de la Cruz, fue fundada tras la entrada de Jaime I en Valencia, hacia 1238, sobre el solar de una antigua mezquita. Esta iglesia, probablemente, se construiría según el modelo adoptado por la mayor parte de las parroquiales valencianas, es decir, con planta de nave única y capilla entre contrafuertes. Los datos sobre su evolución constructiva son escasos, posiblemente se amplió durante los siglos XIV y XV pero no se tiene constancia exacta. A principios del siglo XVII el templo se construyó de nueva planta sobre el solar de la iglesia medieval. La historia del edificio actual empieza con la firma de las capitulaciones, el 23 de diciembre de 1601, para el comienzo de la obra. La elección de los compromisarios fue la de una iglesia con nave única, capillas entre contrafuertes y cabecera poligonal de cinco lados. Entre 1601 y 1615 se inician las tres fases constructivas que dan lugar al templo existente en la actualidad. La portada principal y la primera capilla de la comunión son obra de finales del siglo XVII, mientras que la nueva capilla de la Comunión se levantó a mediados del siglo XVIII. Una parte de la discusión y el interés de la investigación arquitectónica actual se centra en saber si lo muros que se levantaron de nuevo aprovecharon los cimientos y estructuras del antiguo templo. Las excavaciones arqueológicas realizadas con motivo de la restauración ppromovida por la Fundación de la Luz de las Imágenes, en los años , han permitido saber que la nueva construcción del siglo XVII aprovechó en gran medida los cimientos de la antigua. En el año 2000 se realizó una excavación arqueológica justo delante de la fachada principal del templo, en la calle Poeta Querol. Durante estos trabajos se documentó el antiguo cementerio parroquial de San Andrés, con el hallazgo de cerca de 190 inhumaciones que se dataron entre los siglos XIV y XV. Esta necrópolis estuvo en uso hasta principios del siglo XV, momento en el que cambió su ubicación, trasladándose a la actual calle Miñana (antigua calle del Fossar del Trabuquet o de Sant Andreu). El traslado del cementerio permitió recuperar un espacio para la ciudad, abriéndose la plaza de Sant Andreu que se mantuvo hasta la ampliación de la calle Poeta Querol en Debajo de la necrópolis medieval afloraron los restos de un baño árabe del que se pudieron documentar todas las estancias de un hamman. El edificio presentaba una disposición lineal, con una gran sala al norte destinada a vestíbulo. Hacía el sur, se desarrollaban las salas fría, tibia y caliente. Fuente: Equipo redactor 35

36 Texto extraído de la Guía de Arquitectura de Valencia. Redactado por Arturo Zaragozá y Federico Iborra. La antigua parroquia de San Andrés, fue una de las primeras fundaciones cristianas en tiempos de la Reconquista. La construcción del actual templo fue iniciada por el maestro Alonso Orts en 1608, estando concluidas probablemente hacia Presenta un esquema de nave única, con capillas dispuestas entre los contrafuertes y cabecera ochavada, cubierto todo ello con bóvedas de crucería con terceletes. Ocultando este sobrio interior, el escultor y arquitecto Luis Domingo realizó a mediados del s. XVIII un rico revestimiento rococó único en Valencia, de gran dinamismo y con afinidades con el barroco centroeuropeo. Debe destacarse el gran frente de brillantes estucos nacarados en la fachada del imafronte y los espléndidos zócalos de cerámica de las capillas, habiendo desaparecido los retablos y el púlpito en la última guerra civil. También merece atención la Capilla de la Comunión ( ). Las portadas exteriores del templo datan de la época de la construcción seiscientista, excepto la llamativa portada principal. Flanqueada por columnas salomónicas fue realizada entre 1683 y 1696 por dos colaboradores de Juan Bautista Pérez Castiel, lo que explica las afinidades con la obra del presbiterio de la catedral. El campanario de ladrillo se remontaría entre 1669 y 1672 sobre la antigua torre medieval. Tanto la fachada como el campanario han sido restaurados por Rafael Soler Verdú (2005). IGLESIA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 4. El conjunto hospitalario de San Juan del Hospital fue sin duda, un complejo de singular importancia que ocupaba un extenso terreno que quedaría dividido, con el tiempo, al abrirse la calle del Milagro. Construido en los terrenos concedidos por el Rey Jaime I (ubicados junto a la puerta de laxerea de las primitivas murallas) a los Caballeros de la orden de San Juan de Jerusalén, como recompensa por los servicios bélicos prestados, según Real Carta de Donación de Se fundó como iglesia, convento y hospital, con rango superior a todas las parroquias de Valencia. La planta presenta la disposición usual del gótico languedociano de una sola nave, claramente orientada al este, con capillas laterales alojadas entre los contrafuertes. Las capillas presentan dos tipos de cubrición, estando cubiertas las del lado sur, originales, con bóveda de cañón apuntado en tanto que las del lado norte, de mayor amplitud y de cronología posterior, están cubiertas con crucería.la nave, está cubierta por bóveda de cañón apuntado, de sillería, sustentada por arcos fajones, el primero de los cuales, junto al presbiterio, descansa sobre columnas con anillos y capiteles de mármol blanco, de evidente origen árabe. El presbiterio se cubre con bóveda de crucería con plementería de ladrillos colocados a rosca, y se ilumina por tres ventanas lanceoladas con derrame que dejan pasar la luz a través de finas placas de alabastro. El interior fue totalmente reformado en el s. XVII con la ineludible aparición de pilastras de orden compuesto y cornisas, lunetos, arcos de medio punto y demás elementos propios del barroco. De este estilo subsiste la capilla de Santa Bárbara, de planta cubierta por cúpula de media naranja, construida por el arquitecto Juan Pérez en 1685, con abundantes esgrafiados. De lo que fue cementerio sanjuanista resta, en el patio sur, una primitiva capilla gótica de ábside poligonal, bóveda de crucería y severos capiteles, restaurada en 1927, y un conjunto de arcosolios en complejo maridaje con el vecino Palacio de los Valeriola. En 1943 fue declarada Monumento Nacional gracias a la oportuna intervención de Elías Tormo, salvándose así de una segura destrucción. Desde 1987 pertenece al Opus Dei y se viene realizando desde esa fecha, sobre proyecto del arquitecto Francisco Pons Sorolla, una minuciosa y completa restauración que ha hecho desaparecer la decoración del s. XVIII y ha puesto al descubierto el gótico primitivo con vestigios de interesantes pinturas polícromas en una de las capillas. CASA DEL ALMIRANTE 36

37 Texto extraido de la "Guia de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 45 Aunque ha sido objeto de diversas intervenciones a lo largo de su historia y su fachada corresponda ya al s. XVIII, el Palacio del Almirante constituye uno de los más importantes ejemplos de palacio gótico conservados en la ciudad de Valencia. Estructurado en torno a un patio central en el que se dispone, sobre un robusto arco apuntado, la escalera de acceso a la planta noble sobre la que descansan tres arcos apuntados sobre esbeltas columnas que conforman el inicio de la galería de la planta superior. Conserva interesantes artesonados góticos, en la Sala de Escudos y en el vestíbulo, renacentistas en el entresuelo y barroco, sala de la chimenea, formando un conjunto de notable valor. Desde 1988 es sede de la Consellería de Economía y Hacienda de la Generalitat Valenciana. Tras una importante obra de restauración se ha redescubierto la policromía de sus interesantes artesonados y se ha tratado de recuperar las salas nobles en su primitiva configuración espacial. La fachada ha recuperado la visión de sus sillares originales, alternando preexistencias góticas, ventanales a la izquierda de la portada, con la reforma dieciochesca. BAÑOS DEL ALMIRANTE El edificio de los Baños del Almirante se localiza en la calle del mismo nombre, en el centro histórico de la ciudad de Valencia, concretamente en el barrio de la Seu-Xerea. Esta calle, de trazado zigzagueante, está situada entre las del Milagro y Palau. El edificio limita por el norte y el oeste con la Consellería de Hacienda y Administración Pública, al este con la calle Baños del Almirante y al sur con un inmueble construido en los años 60. La historia como bien cultural de los Baños del Almirante es muy reciente. En 1937 el Ministerio de Instrucción Pública declaraba este edificio Monumento Histórico-Artístico quedando bajo la tutela del Estado. Esta declaración, y no es un caso único, fue ignorada, de manera que en febrero de 1944, tras requerirse nuevos informes, fue declarado de nuevo monumento. El edificio denominado Baños del Almirante es una construcción medieval destinada a baño público. La fecha de fundación se sitúa en 1313 cuando el caballero Pere de Vila-rasa obtiene licencia del rey Jaime II para construir un baño y un horno en un solar de su propiedad. El baño que levanta Pere de Vila-rasa tiene una distribución similar a la del baño árabe de vapor o hammâm: vestíbulo o sala de descanso; tres estancias abovedadas: sala fría, templada y caliente, que se corresponden con la zona húmeda y calurosa del baño; letrinas y sala de la caldera. En el siglo XIX los diferentes propietarios del baño efectuaron importantes obras de renovación del inmueble. Por un lado, se instalan bañeras de mármol en cabinas individuales de baño compartimentando para ello las tres salas húmedas. Por otro, se dota al edificio de un aspecto orientalizante con la construcción del arco de entrada y la decoración interior con azulejos y yeserías de estilo neonazarí. La única pieza del conjunto de los baños que no se conservó durante estas obras fue el vestíbulo. En 1959, los baños cierran sus puertas después de funcionar durante más de seis siglos como baño público, hecho realmente singular. Entre 1961 y 1963 se lleva a cabo un proyecto de restauración destinado a eliminar la transformación del siglo XIX, excepto la portada de entrada. A partir de 1963 en su interior se instala un gimnasio. En 1985 la Generalitat Valenciana compra el edificio y en 1999 decide acometer el proyecto de recuperación y rehabilitación. El proyecto fue redactado y dirigido por los arquitectos Julián Esteban Chapapría, José Luís Robles y Ricardo Sicluna. Las obras se iniciaron en 1991 dilatándose con diversas interrupciones hasta La intervención arqueológica llevada a cabo previamente a la redacción del proyecto de restauración detectó en sondeos puntuales estructuras de época romana de difícil interpretación. Igualmente, se documentaron muros y pavimentos pertenecientes a viviendas de época islámica. Su estado de conservación fragmentario no permitió una lectura de conjunto. 37

38 El baño y el horno, pertenecientes a la antigua parroquia de Santo Tomás, se levantan en un atzucac o callejón sin salida que tiene su entrada por la calle del Palau, antigua de les Carnisseries Noves. El atzucac probablemente tuviera el mismo trazado zigzagueante que en la actualidad y estaría cerrado aproximadamente a la altura del nº 3 de la calle actual. En un momento indeterminado del siglo XV el atzucac se abre por la parte que recae a la calle del Milagro. El callizo se llamará por entonces carreró de Mossen Montagut o carreró del Bany y el baño, Bany del Carreró. La apertura obliga a remodelar la sala de la caldera que se había quedado desconectada de los dispositivos de captación de agua situados a la otra parte de la calle. Para garantizar el aprovisionamiento de agua se construye un arco que une ambas partes y por la que discurre en su parte superior un canal que vierte agua a la caldera, como se observa claramente en el plano de Tosca (1704). Ya en el siglo XVII el callejón donde están situados ambos inmuebles cambiará de nombre pasándose a llamar Carreró del Almirant y, posteriormente, en el siglo XVIII, Callejuela del Baño del Almirante. El topónimo tiene un origen claro, no se trata de que el Almirante de Aragón fuera propietario del baño, sino que Francesc de Cardona y Ligné, ocupante del palacio contiguo (actual Consellería de Hacienda y Administración Pública), recuperó para su linaje en 1623 el título de Almirante de Aragón. Ello dio lugar a la denominación de Palacio del Almirante a esta casa solariega y por proximidad, callejuela, baño y horno llevarán este apelativo. A comienzos del siglo XIX el edificio fue objeto de una importante reforma con el fin de adaptarse a la nueva realidad social, de esta manera, se construyeron cabinas individuales de baño compartimentando con tabiques las salas húmedas e instalando en el interior de cada cabina una bañera de mármol, en total el establecimiento contaba con 10 pilas de baño. Esta fue la primera de una serie de intervenciones en el edificio, llevadas a cabo fundamentalmente entre 1830 y 1874, que transformarán en gran medida su realidad física. Por una parte se regularizó la línea de calle, obligando a recortar la antigua sala de la caldera y a construir una nueva fachada en una posición más avanzada, modificándose las entradas a ambas dependencias. Por otra, se construyó un inmueble de cuatro plantas sobre la sala de la caldera y la mitad oriental de la sala caliente demoliéndose parte de la bóveda. La intervención más drástica se produjo en 1874 cuando el propietario de los baños demolió por completo el vestíbulo medieval para ampliar la estancia a costa del inmueble situado al norte (antiguo horno), levantando un nuevo patio claustral con columnas de fundición y construyendo 12 cabinas de baño más. Además, se dotó al edificio de un cierto regusto arabizante construyendo el arco polilobulado de la portada exterior, recubriendo de azulejos de estilo neonazarí los zócalos del edificio, decorando las paredes con yeserías al estilo árabe y colocando arcos de herradura calados, hechos en madera, entre las columnas de hierro que rodean el nuevo patio. Del elegante aspecto que tenían los Baños del Almirante al inicio del siglo XX, metódicamente decorado al gusto neo-árabe, dan una buena idea las postales conservadas en la Biblioteca Valenciana. Aunque las fotografías son de principios de siglo, el aspecto del edificio no varía sustancialmente desde 1874 hasta 1961, fecha en que las obras de restauración dirigidas por Alejandro Ferrant eliminarán la apariencia neonazarí del edificio. Durante el siglo XX las modificaciones son mínimas, mejorando los dispositivos calefactores e hidráulicos. En el año 1959 los Baños del Almirante cerraron sus puertas definitivamente, después de casi 650 años como baño público. Fuente: Equipo redactor Texto extraído de la Guía Histórica y Arquitectónica de los Baños del Almirante. Concha Camps, Julián Esteban y Josep Torró. El acceso a los Baños del Almirante se realiza por un arco de herradura polilobulado fabricado en yeso, construido en el año 1874, coincidiendo con la reforma llevada a cabo en el establecimiento en un estilo neo-árabe. 38

39 El vestíbulo era la sala más espaciosa del baño. La excavación arqueológica y los grabados de Laborde han permitido conocer el aspecto original de esta sala destruida en Esencialmente se trataba de una construcción de planta rectangular definida por un peristilo o pórtico central soportado por ocho columnas que sostenían tres arcos en los lados mayores y uno en los menores. La sala porticada se coronaba con una galería de ventanas que ocupaba todo el perímetro superior del pórtico. El esquema arquitectónico del edificio que levanta Pere de Vila-rasa en 1313 responde a una de las variedades del hammâm o baño de vapor. Consta de una sala de descanso o vestíbulo; tres estancias que corresponden a la zona propiamente húmeda y calurosa del baño: la sala fría, la sala templada y la sala caliente; las letrinas situadas junto a la sala fría y la sala de la caldera junto a la caliente, donde, además, se emplazarían los restantes locales de servicio, almacén de combustible y dispositivos para la conducción del agua hasta la caldera. Las tres salas húmedas presentan planta rectangular y están cubiertas con bóveda de cañón excepto el tercio central de la sala templada que lo hace con una cúpula octogonal apeada sobre trompas. Cada una de las salas está dividida en tres espacios mediante arcos apoyados sobre columnas, excepto la sala caliente que lo hace con arcos fajones. Para el mantenimiento de una atmósfera cálida los muros debían ser gruesos y las aperturas mínimas. Los únicos vanos presentes en el edificio son los que corresponden a las puertas que comunicaban las distintas salas entre sí. El sistema de cierre estaba compuesto por una doble puerta batiente que garantizaba la estanqueidad de cada una de las salas. La iluminación se consigue a través de tragaluces abocinados con perfil de estrella de ocho puntas, abiertos tanto en la cúpula como en las bóvedas, y que estarían cerrados en su parte superior por un vidrio, solían usarse tazas de colores, de manera que no dejara salir el vapor pero sí entrar la luz. La orientación norte-sur que presentan las tres salas húmedas es intencional pues de esta manera se aprovecha completamente el recorrido del sol consiguiendo un mayor número de horas de luz. El pavimento era de ladrillos y presentaba medallones en forma de octógono compuestos por un ajedrezado de azulejos romboidales, vidriados unos en verde y otros en blanco, recordando algunos de los apliques ornamentales de las torres mudéjares de Teruel. Los paramentos de las estancias presentan un acabado regular de mortero sobre el que se aplicaron numerosas capas de encalado blanco sin ningún tipo de decoración. La captación de agua tenía lugar por medio de una noria y su distribución sería regulada probablemente mediante una balsa situada en lo que hoy es la vivienda marcada con el número 4 de la calle. IGLESIA PARROQUIAL DE LOS SANTOS JUANES Fundada en tiempos de la Conquista Cristiana, la fábrica primitiva se reconstruiría tras un incendio en Un segundo incendio, en 1592, sería el origen de la construcción del presbiterio ochavado con sacristías laterales ( ) conformando una planta rectangular con fachada recayente a la plaza del Mercado. Entre 1644 y 1653 Diego Martínez Ponce de Urrana construía la Capilla de la Comunión, que vería renovada su decoración entre 1779 y 1784 con frescos de José Vergara. A partir de 1694 y bajo la dirección del maestro Gil Torralva se transformó completamente el interior de la iglesia medieval, destacando la atrevida construcción de una bóveda de cañón tabicada bajo la estructura de crucerías góticas de la nave, que serviría de soporte para los frescos de Palomino. La escena principal del programa decorativo consistía en una gloria en que se representa a la Santísima Trinidad. En la nave proseguían varias escenas tomadas del Apocalipsis y en el lugar principal se representó el trono de Dios rodeado de ángeles cantando, entre los que se identifica a San Vicente Ferrer con alas y en actitud de volar, simbolizando al ángel de la profecía. En los lunetos se representaron los doce apóstoles y los santos doctores de la Iglesia. Estos quedaron muy dañados en Se ha conseguido recuperar las escenas de la nave, habiéndose perdido totalmente las del presbiterio y el imafronte. 39

40 Por debajo de la cornisa se desarrolla una abigarrada decoración dominada por los suntuosos estucos de los italianos Aliprandi y Bertessi, quienes también realizarían el magnífico grupo escultórico de la Virgen del Rosario (1702) en la fachada de la plaza del Mercado. Algunas de las novedades de esta iglesia, como la colocación de estatuas a media altura de las pilastras o cartelas ovaladas sobre los formeros, tendrían una rápida difusión en otros templos valencianos. En el exterior también tienen gran interés las portadas exteriores de piedra, particularmente la meridional ( ) o la de los pies, que recoge la huella de un imponente rosetón gótico, la popular O de Sant Joan. Cabe referir que el escultor Leonardo Julio Capuz habría sido autor de las trazas de las portadas situadas en la plaza del Mercado y la fachada norte. Desde el año 1986 se elaboró un completo estudio del arquitecto Juan José Estellés, que permitieron ejecutar distintas fases para la reparación y restauración del monumento. En la última fase ( ), se han restaurado la Torre del Reloj y la fachada a la plaza del Mercado. (Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 13) PALACIO DEL MARQUÉS DE LA SCALA Texto extraido de la "Guia de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 48 Junto con el colindante palacio de la Bailía, configura todo un flanco del espacio de la plaza, que debe su nombre al que fue antiguo propietario del palacio, también señor de Manises. Las grandes dimensiones del palacio actual, se deben a que la construcción primitiva, del s. XVI, se origina mediante la agrupación de dos construcciones, ambas resueltas con el esquema de los palacios góticos, con el patio interior descubierto, elemento funcional alrededor del cual se estructuran el resto de dependencias. En el interior, la unión de las construcciones supone la comunicación de los patios, realizada mediante un pasaje que contiene lateralmente la escalera del s. XVIII. En su aspecto externo, se unifican los huecos de la planta principal, pero se mantienen los accesos independientes con su traza diferenciada, así como los elementos con carácter propio de la galería de arquillos, o el singular cuerpo de la torre. Al igual que el colindante, el edificio posee un patio abierto a la calle posterior y puesto que ambos edificios han sido rehabilitados para el mismo uso administrativo, ejecutado en los años 80 por los arquitectos Alberto Peñín, Guillermo Stuyck y Emilio Giménez, el tratamiento del patio posterior ha servido para unificar el conjunto en este tramo de la calle, manteniendo su carácter diferenciado en el resto de las fachadas. Recientemente se ha realizado una actuación en el Salon de Sesiones a cargo del arquitecto Salvador Vila. IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ESTEBAN La Iglesia de San Esteban, se sitúa en el nº 5 de la plaza de San Esteban, ocupa parte de una manzana situada en el Barrio de la Seu-Xerea, estando delimitada por la calle de los Venerables, la plaza de San Esteban, la calle Barón de Petrés y la plaza de la Comunión de San Esteban. La parcela está ocupada por la Iglesia, la capilla de la comunión y el centro parroquial. Con motivo de la exposición La gloria del Barroco promovida por la Fundación de la Luz de las Imágenes se llevó a cabo la restauración de la iglesia entre los años 2009 y 2010 bajo la dirección de la arquitecta Inés Esteve. Durante la misma se realizaron trabajos de documentación histórica y arqueológica del edificio que permitieron ampliar el conocimiento de su complejo proceso históricoconstructivo. Después de la conquista, la ciudad de Valencia fue dividida en doce parroquias con sus correspondientes templos erigidos sobre las antiguas mezquitas. La parroquia de San Esteban estaba enclavada junto a las parroquias de San Andrés, Santo Tomás, San Martín y Santa María (esta última era la perteneciente al distrito de la Catedral). La iglesia recibió un nuevo impulso constructivo durante el siglo XIV. La única permanencia actual de esa iglesia trecentista es el campanario. De planta cuadrada, con escalera de caracol de piedra, se remataba con un cuerpo de campanas de un único hueco en cada lado, hoy cegados debido al recrecido del 40

41 campanario a mediados del siglo XVIII. Wijngaerde (1563) lo representa almenado así como Tosca (1704). Se presenta ligeramente girado respecto al eje longitudinal de la iglesia actual. Diversos indicios hacen pensar que el campanario en un principio o bien estaba exento o bien el primer tramo de la iglesia por los pies era un atrio o porche. Esto es así porque las ventanas o saeteras quedan embebidas en la actualidad en el interior del templo. En consecuencia, estaríamos hablando de una iglesia mucho más reducida que la actual tanto en longitud como en anchura. La primera mención de obras en la iglesia data de 1472 en que se acometió la renovación de la cabecera. Este sería el inicio de un dilatado proceso de obras y reformas que se prolongaron hasta la segunda década del siglo XVI. Se edificó una nueva iglesia, mucho más amplia que la anterior quedando parte de las ventanas del campanario embebidas dentro del nuevo edificio. El templo quedó configurado con una sola nave de siete tramos cubiertos con bóvedas de crucería, capillas laterales entre contrafuertes y presbiterio poligonal, siguiendo pues el modelo de la mayor parte de las parroquias de la ciudad. Al exterior, el imafronte presentaba una única puerta central y en la base del campanario se abría una capilla exterior con un retablo del descendimiento de la Cruz, cerrada al parecer sobre 1580 y cuyo arco puede verse en la actualidad en el paramento del campanario. La portada tardogótica que recaía a la actual plaza de la Comunión se conserva parcialmente, su parte superior fue desmontada en la segunda mitad del siglo XIX al edificarse un cuerpo adelantado en esta fachada. En la parte de la plaza de San Esteban los contrafuertes eran volados, como en la Colegiata de Gandía, y aún pueden apreciarse embebidos en la fachada actual que data de principios del siglo XVII. La iglesia se cubría en el ábside con tejado y en la nave con una terraza y antepecho perimetral. En las obras de restauración se ha podido documentar la parte final del sistema de desagüe de la cubierta, consistente en la embocadura de una teja colocada inclinada sobre el canalón del contrafuerte. La vista de Wijngaerde (1563) nos aporta una imagen de la iglesia en esta época antes de la transformación del siglo XVII. Aunque el autor confunde los campanarios de las iglesias de El Salvador y de San Esteban, el buque de la nave sí que se corresponde con la realidad. Se puede observar claramente el ábside poligonal cubierto de tejado y la nave de la iglesia a un nivel más bajo con terraza y antepecho. Se advierten igualmente los contrafuertes y las ventanas de medio punto de la nave. A comienzos del siglo XVII la iglesia se encontraba en muy mal estado a pesar de que su edificación era reciente, no más de 100 años. Entre 1604 y 1618 se desarrolla un nuevo periodo de obras de gran calado con el fin de solventar los problemas estructurales del templo. Al parecer el problema era el desplome del muro de fachada recayente a la plaza de San Esteban, acordándose fortalecer los contrafuertes de piedra volados prolongándolos hasta el nivel de la calle mediante pies derechos y construir un nuevo muro de fachada o contrapared que contrarrestara los empujes, sustituyendo la antigua fachada tardomedieval. A esta época corresponde, pues, la portada lateral de la plaza de San Esteban. El cuerpo superior, sustituido en 1913, constaba de un nicho con una imagen de la Virgen con el Niño. En 1608 se determina continuar las obras por la cabecera. Las trazas las realizó el arquitecto Francesc Antón, adjudicándose la obra a los maestros Guillem del Rey y Alonso Orts. La cabecera se construyó de forma poligonal de cinco lados cerrándose con una bóveda de crucería con terceletes y siete claves, realizándose la plementería de ladrillo. La cubierta se resolvió con tejado apoyado en tabiquillos de ladrillos, un andador perimetral y antepecho. Hasta 1618 continuaron las obras construyendo de nuevo los arcos fajones y bóvedas y cubriendo de tejado toda la iglesia. 41

42 Entre 1679 y 1682 se produce la renovación interior de la iglesia revistiéndola con esgrafiados y tallas de yeso sin añadir abovedamientos. Durante las obras de restauración se ha podido comprobar que el fondo de los esgrafiados tanto en las bóvedas como en los paramentos verticales se realizaron de color gris, de la misma manera que lo está la oculta bóveda de la cabecera, hoy enmascarada por una bóveda de horno de principios del siglo XIX. Las capillas laterales se cubrieron con bóvedas vaídas. En 1675 el Colegio de Notarios tomó la decisión de hacer una nueva capilla del bautismo en el primer tramo desde el imafronte. Ello conllevó una reducción del espacio de culto ya que el último tramo, contiguo al imafronte, quedó cerrado hacia el interior de la iglesia por una nueva fachada que seguía el mismo programa decorativo que el resto del templo. En este último tramo se encontraban las dos portadas de ingreso, en medio de las cuales se situaba la nueva capilla del baptisterio abierta hacia la nave. En el lado de la epístola se situaba la entrada al campanario y en el lado del evangelio una capilla lateral. Por encima de la capilla del bautismo se habilitó una estancia, probablemente para servicio del campanero, a la cual se accede desde la escalera de caracol del campanario. En 1696 concluye la construcción de la capilla de la Comunión situada en el lado de la epístola. En el siglo XVIII la obra más relevante es el recrecimiento del campanario, llevado a cabo en el año Ello supuso el desmantelamiento del cuerpo superior del campanario medieval, la continuación de la escalera de caracol de piedra pero en esta ocasión de ladrillo y el cegado de los huecos antiguos que alojaban las campanas. En 1800 se inicia el proceso para la renovación clasicista de la iglesia aunque, por problemas económicos, sólo se acometió el presbiterio cuyo proyecto fue firmado por al arquitecto Cristóbal Sales. Se reformó la cabecera dándole una forma semicircular y cubriéndola con una bóveda de horno pintada por Vicente López en 1802, ocultando de esta manera la bóveda reconstruida a principios del siglo XVII y decorada con esgrafiados en En la segunda mitad del siglo XIX se emprenden una serie de trabajos de carácter general. Es una intervención prolongada en el tiempo cuya actuación más importante es que la nave y el presbiterio se pintaron de azul claro, ocultando el fondo de color gris original, como así pudo documentarse durante las obras de restauración. Al mismo tiempo, se construyó un cuerpo adelantado respecto a la fachada tardogótica de la plaza de la Comunión de San Esteban. La nueva fachada se reviste con un fingido de sillares y se dota de una portada rematada con frontón triangular del cual se ha encontrado la impronta. Este nuevo cuerpo de fábrica aloja una escalera que comunica con el archivo, la sala del órgano y las estancias superiores sobre las capillas del lado de la epístola. La postguerra fue difícil para la iglesia de San Esteban. La caída de unas bombas que destruyeron los inmuebles situados en la plaza de San Esteban, nº 1 y 2 repercutieron negativamente sobre la estructura del templo. Según los informes de los técnicos la onda expansiva había provocado el agrietamiento de la bóveda de la nave. La parroquia encargó al arquitecto Luis Albert Ballesteros la redacción del Anteproyecto de reparación de la iglesia parroquial de San Esteban en Hasta 1956 no pudieron emprenderse los trabajos, previa declaración como Monumento Histórico-Artístico. En el interior se devolvió el color a los esgrafiados, repintando el fondo nuevamente de color azul, que en aquellos momentos estaban semiocultos por una capa de color oscuro. Respecto a las obras de la cubierta se desmontó el tejado y tabiquillos del siglo XVII, excepto el tramo contiguo al imafronte, para colocar una sobrecubierta de cerchas metálicas. Fuente: Equipo redactor TORRE ADOSADA AL LIENZO DE LA MURALLA ARABE 42

43 Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 2. A principios del s. XI Valencia sufrió un importante desarrollo, construyéndose una muralla que asumió, seguramente, algunas estructuras de épocas anteriores. Un siglo más tarde, el recinto amurallado se amplió hacia el este y el sur, llegando a comprender la práctica totalidad de la isla fluvial que delimitaban el Turia y un brazo de éste, que sirvió de foso natural en algunas zonas. La distinta cronología entre los tramos noroeste y sureste dio lugar a diferencias en la configuración de la muralla. La zona noroeste, del XI, adosa al lienzo torres de planta circular, mientras que el resto, del XII, incorpora torres de base cuadrada. En ambos tramos aparece la barbacana, muro almenado previo al lienzo que constituía, con el foso, la primera línea defensiva. La barbacana se añadió a la muralla del XI con posterioridad a su construcción. Las torres de todo el recinto eran macizas hasta la altura del adarve o camino de ronda que coronaba el lienzo, a partir del cual situaban una estancia abovedada. Los recientes sondeos arqueológicos de la plaza del Ángel revelan que la altura del lienzo es de 8 m. de cortina, alcanzando 9 80 m. con el remate almenado. Su espesor es de 2 20 m. y el de la barbacana de 1 20 m. quedando un camino entre ambos (liza) de 5 m. de anchura. Las torres están separadas aproximadamente m. La técnica constructiva empleada fue mampostería encajonada con traba de argamasa y acabado superficial de capa de mortero, extendido previamente sobre el molde de tapial. Tras la conquista cristiana se mantuvo este sistema defensivo hasta la construcción de un nuevo muro en el s. XIV. Posteriormente, el antiguo foso pasó a utilizarse como colector urbano con cubierta abovedada, amortizándose la liza y la barbacana que se incorporaron a nuevas construcciones. El lienzo pasó a formar parte de los nuevos edificios que lo usaron como medianera, eliminando parte de su sección para ganar superficie a las viviendas. Se mantuvo la muralla prácticamente hasta el s. XVIII. Dispuso de siete puertas en los principales accesos a la ciudad, hasta que en 1400 se abrió una nueva entrada sobre el muro, el Portal de Valldigna, en forma de arco de medio punto con un leve avance de las impostas. Hoy se pueden contemplar algunos restos de lo que fue este sistema defensivo, siendo el de mayor envergadura el de plaza Ángel plaza Navarros, con muro y torre. Ésta, como otras, fue vaciada para ser usada como vivienda, siendo un añadido medieval el último cuerpo y el remate, posiblemente modificado después. También quedan restos de torres del XI en Mare Vella (gravemente deteriorada), Caballeros nº 36 (la mejor conservada) y Portal de Valldigna; trozos de lienzo y cimentación en Salinas, Tossal, Horno de San Nicolás y La Nave, estando los tres últimos restaurados y en edificios visitables. PALACIO-CASA DE LOS ESCRIVÁ Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 38. Su origen data del s. XV, constituyendo un claro ejemplo tipológico de la casa señorial con patio del periodo de la Reconquista, claramente reconocible a pesar de las lógicas alteraciones producidas por el paso del tiempo. Estas casas eran edificaciones residenciales de carácter aristocrático que se estructuraban entorno a un patio central descubierto, Su planta baja se destinaba a alojar las dependencias del servicio y las cuadras para los animales, En la planta noble se situaban las estancias destinadas a los propietarios, utilizándose la planta alta como cambras para todo tipo de almacenamiento. En el s. XVIII se llevó a cabo en el palacio una profunda remodelación de carácter barroco, todavía hoy reconocible en sus fachadas, en la que se cegaron los antiguos elementos góticos y se crearon amplios y nuevos balcones. Uno de los aspectos más llamativos es la puerta gótica de acceso recayente a la plaza de San Luis Beltrán, desplazada del eje central hacia unos de los ángulos, con su gran escudo de armas del s. XVII; atravesando ésta, encontramos el patio descubierto del que arranca la hermosa escalera que conduce a una puerta ojival en la planta noble. La rigurosa restauración del año 1976, llevada a cabo por los arquitectos Luis Gay y Joaquín Ros, sacaría a la luz, en un lateral, parte de los primitivos elementos góticos cegados en la intervención barroca, manteniendo para el conjunto el aspecto general de la reforma llevada a cabo del s. XVIII. ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA 43

44 El Almudín constituye una sola manzana limitada por la calle del mismo nombre al sur, la calle del Salvador al oeste, la llamada Angosta del Almudín al norte y a la plaza de San Luis Bertrán al este. Enclavado en pleno espacio monumental de la ciudad histórica muy próximo al conjunto religioso y político, desde los momentos iniciales de su fundación cristiana. En su origen fue almacén de trigo. Durante las obras de consolidación y restauración ( ) se llevó a cabo una intervención arqueológica que permitió determinar sus principales fases constructivas. En la intervención arqueológica se detectó en el límite norte del edificio un muro de encofrado de mortero, seccionado en anchura, cuyas características ya indicaban que era una estructura de notables proporciones y de cronología anterior a la construcción del Almudín. En efecto, se trataba de un tramo de lienzo de lo que fue la muralla del alcázar islámico. La muralla cruza el edificio en sentido E.-O., sirviendo de cimentación al muro norte del Almudín, continuando por debajo de la C/ Salvador y de la Plaza de San Luís Bertrán donde se produce un giro hacia el sur de 90 º y en cuyo ángulo se encontró una torre de planta cuadrada. Algunas de las construcciones integradas dentro del recinto del alcázar se documentaron durante la excavación del Almudín. En el ángulo SO del edificio se localizó la presencia de una alberca de grandes dimensiones asociada a una canalización. En otros puntos del edificio donde se han excavado niveles islámicos no aparecieron estructuras pertenecientes a esta época. Esta ausencia puede deberse a que el espacio que media entre la muralla y la alberca y la acequia era un ámbito libre de edificaciones destinado, probablemente, a jardín o huerto, elemento muy característico de los complejos palatinos en el mundo andalusí. El Almudín se traslada, desde un lugar próximo a lo que hoy sería la Plaza Redonda, a su actual emplazamiento en una fecha comprendida entre 1261 y Según un documento de archivo de 1307 se desprende que nos encontramos ante un edificio que se articula alrededor de un patio descubierto rodeado de arquerías. Durante el siglo XIV al primitivo edificio se le habrían ido añadiendo viviendas y otras edificaciones que, salvo algunas reformas, mantendrían su estructura original resultando así un conjunto desordenado. Es durante el primer cuarto del s. XV cuando se le da un carácter unitario a la planta del edificio, recolocando pilares y arcos más antiguos y construyendo otros nuevos para configurar el patio central. Sin embargo, todo indica que en la ejecución de estas obras parciales, en las que se construye el muro de la calle Almudín, no se consolidan las estructuras más antiguas. Así, a mitad de siglo algunas paredes tienen aberturas y se encuentran muy deterioradas, lo cual obliga a intervenir nuevamente, construyendo el muro de la calle Angosta del Almudín. A finales de esta centuria el Almudín vuelve a ampliarse, en esta ocasión por su extremo occidental, levantándose a tal fin el muro recayente a la calle del Salvador. En la primera mitad del s. XVI parece que la ciudad quiere dar más realce al edificio construyéndose el atrio o pórtico que recae a la Plaza de San Luís Bertrán y la gran portada de la C/ Almudín. Es en este momento cuando el edificio adquiere el perímetro con que lo conocemos actualmente. A finales del siglo XVI o principios del siglo XVII el Almudín es cubierto en su totalidad, perdiendo su característico almenado primitivo como correspondía a un edificio que custodiaba un componente fundamental para la subsistencia de los habitantes de Valencia. A comienzos del siglo XX, hacia 1906, se acondicionó el Almudín para albergar la colección paleontológica donada por Rodrigo Botet a la ciudad, para ello se eliminaron los muros interiores que sirvieron para la separación del grano. Así el edificio permaneció hasta 1991 como Museo Paleontológico. Entre 1993 y 1996 el Almudín fue consolidado y restaurado. En la actualidad está destinado a sala de exposiciones del Ayuntamiento de Valencia. Fuente: Equipo redactor 44

45 TEMPLO Y TORRE DE SANTA CATALINA MÁRTIR Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 5. Citada en mayo de 1239, Santa Catalina acumula una constante labor de construcción y trasformación que, si bien suele ser común a la mayor parte de las iglesias valencianas, alcanza en ella significativas singularidades. La fábrica actual responde a un complejo proceso de trasformación realizado por Luis Gay y a las recientes restauraciones del campanario, del imafronte y de la fachada lateral (José Ignacio Casar, José Manuel Montesinos y Concha Camps). La traza del templo, de tres naves y girola, y su vinculación a uno de los barrios más pujantes de la Valencia medieval lo convirtieron en una pequeña catedral elegida por importantes mercaderes como lugar de culto y entierro. La preexistencia de la primitiva lonja del tribunal del Mustassaf, luego trasformada en capilla de la Virgen de la Paz y desaparecida en la reforma barroca del XVIII, puede explicar la parcial ausencia de capillas entre contrafuertes que aleja la planta del templo del esquema canónico. Fruto de su singular imbricación en el tejido urbano hay que entender el inusual emplazamiento del campanar barroco construido en la cabecera y la presencia de la capilla de la Comunión en la girola. El campanario, construido por Valero y Juan Bautista Viñes entre 1686 y 1704, acumula influencias de origen gótico del campanar de la Seu con formalizaciones barrocas y palaciegas en su fuste. La perspectiva que le vincula a la calle de la Paz es fruto de una reforma urbana del XIX que tenía previsto prolongarse por encima de la iglesia. El imafronte, la fachada lateral y la cubierta muestran los numerosos procesos constructivos del templo. En el imafronte, la reutilización de sillares corrobora el proceso de ampliación del templo protagonizado por Pere Balaguer entre 1397 y 1404; el lateral norte muestra las huellas del tribunal del Mustassaf, documentado entre 1371 y 1512, y las trazas de la sacristía de la capilla de la Virgen de la Paz, obra de Joan Corbera y Miquel de Maganya que pervive desde 1510 hasta la renovación barroco clasicista del templo iniciada en 1748 por Felipe Rubio. La impostación en 1785 de la portada clasicista de Vicente Marzo es coetánea de la rectificación de alineaciones de la calle Tapinería, cuya portada es el único testimonio de la intervención de Rubio. Las renovaciones del sistema y traza de la cubierta pueden fecharse en 1472, 1529, 1740, 1896 (Antonio Ferrer) y 1953 (Luis Gay). De todos estos procesos, entre los que destaca la incorporación al imafronte de tres sepulcros en arcosolio vinculados a áreas cementeriales anteriores al s. XIV, quedan óculos tapiados y reabiertos, anillos portaestandartes, vanos, huellas, cicatrices, testigos mudos de procesos nunca íntegramente desentrañados. BASÍLICA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS. El solar que ocupa la Basílica de Nuestra Señora de los Desamparados desde el siglo XVII siempre ha disfrutado de una posición privilegiada dentro de la vida urbana de la ciudad de Valencia. Esta ubicación se ha mantenido desde época romana. Está comprobado que el origen de la plaza de la Virgen (antigua plaza de la Seo) no es otro que la antigua plaza del foro romano, alrededor del cual se articulaban los principales edificios públicos de la ciudad. En época visigoda se seguiría con esta posición preeminente, al haberse delimitado el área episcopal en sus cercanías. Durante la etapa islámica en sus inmediaciones se encontraban la mezquita aljama y el alcázar. Finalmente, la conquista cristiana sancionó esta situación especial con la instalación de la catedral, del ayuntamiento y del palau de la Generalitat. En el año 1994 dentro de los estudios previos para la restauración de la Basílica se realizó una intervención arqueológica para conocer el estado y características de la cimentación del edificio. El hallazgo más relevante fue la aparición del enlosado de la plaza del foro romano, en perfecto estado de conservación, ocupando el subsuelo de la Basílica desde la calle de la Leña hasta la plaza de la Virgen. Además, en la calle de la Leña se documentó el límite oriental de la plaza del foro al encontrarse el final de la última grada y el canalillo para la evacuación de aguas pluviales. Estos hallazgos coinciden con las descripciones efectuadas por J.V. del Olmo que en su libro Lithologia, escrito en 1653, comenta todos los restos arqueológicos y arquitectónicos que fueron apareciendo durante la apertura de las zanjas para la construcción de la Basílica. Señala el descubrimiento de varias inscripciones completas de tipo honorífico. Dichas inscripciones se fueron recogiendo y se colocaron todas juntas y a la vista en la fachada occidental del nuevo edificio, donde aún se pueden contemplar. 45

46 De las descripciones de Del Olmo quizá la más interesante sea la referida al hallazgo de 3 gradas, es decir una escalinata, por las que desde la parte sur se bajaba al suelo enlosado de la plaza del foro. Aunque de una forma algo difusa Del Olmo parece situar este hallazgo hacia el centro de la Basílica. Junto a los descubrimientos del contiguo solar de l Almoina, se puede concluir que la mitad norte de la Basílica se encuentra sobre la que fuera plaza del foro romano y la mitad sur se asentaría encima de alguno de los edificios públicos que se abrían a esta plaza. En 1651 la Cofradía adquiere las casas del Arcediano para la construcción de la Basílica. Estas casas, una grande y otra pequeña, ocupaban aproximadamente los dos tercios de la manzana casi rectangular de la parcela actual. En el plano de Manceli (1608) se aprecia una gran casa con un amplio patio interior y un edificio de pequeñas dimensiones que se deben corresponder con las casa del Arcediano. Colindantes y al norte se observan unas edificaciones que recaen a un espacio descubierto. Por tanto, parece claro que la primera construcción de la Basílica tendría como límite norte ese espacio descubierto. La construcción de la Basílica se efectúa sobre el solar que hemos descrito anteriormente, durando las obras desde 1652 hasta A partir de esa fecha, la Cofradía muestra interés por comprar las casa que todavía quedaban en la manzana. En 1686 se completó el programa de adquisiciones. En 1775 se derriban estas edificaciones y se levanta un nuevo edificio anexo a la Basílica. Vicente Gascó en 1775 fue el autor de la pequeña capilla de la Comunión. Fue posiblemente en el transcurso de estas obras cuando se amplió el tramo de fachada principal de la Basílica recayente a la plaza de la Seo. Fuente: Equipo redactor Texto extraído de la Guía de Arquitectura de Valencia. Redactado por Arturo Zaragozá Catalán y Federico Iborra Bernad. [Ficha 58] Desde la Edad Media se había venerado la imagen de la Virgen de los Desamparados en una capilla de la Catedral de Valencia, decidiéndose en 1623 construir una capilla mayor. Tras la desaparición de la peste de 1647, atribuida a la Virgen, se decidirá la construcción de un nuevo templo exento, solicitándose trazas a varios arquitectos de diferentes lugares. Fue el conde de Oropesa, uno de los promotores de la fábrica, quien escogió el diseño definitivo que ejecutaría el maestro requenense Diego Martínez Ponce de Urrana a partir de No se conoce al autor de la traza, si bien se viene considerando que fuera de la mano de este mismo maestro, del que se conoce su participación en la Catedral o San Juan del Mercado. La novedosa planta oval contenida dentro de una caja cerrada se puede relacionar con la Iglesia de Santa Ana de los Palafreneros en Roma, de Vignola. Originariamente la cúpula estuvo iluminada por la linterna que se aprecia desde el exterior y decorada con esgrafiados blancos, conservados todavía sobre la nueva cáscara que se construiría para servir de soporte al impresionante fresco de Palomino (1701). Los muros se reordenarían según proyecto de Miguel Navarro (1819) con pilastras de mármol y decoración rococó, destacando los medallones pintados por José Vergara. De la misma época data el nuevo altar mayor, proyectado por Vicente Gascó y ejecutado por el también arquitecto Vicente Marzo. Desde el 2005 se vienen realizando distintas intervenciones a cargo de la Universitat Politècnica de València. IGLESIA DE SAN NICOLÁS DE BARI Y SAN PEDRO MÁRTIR Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 23. Dedicada a San Nicolás de Bari y San Pedro de Verona, fue una de las primeras parroquias de Valencia. La primitiva iglesia medieval se renovó a partir de 1419 y se ensanchó hacia los pies a costa de parte del cementerio en 1455, época de construcción de la portada gótica de los pies, la única de esta época 46

47 conservada en una iglesia parroquial de Valencia. A la derecha de esta portada existe una pequeña capilla a modo de arcosolio con bóveda de arista, obra del maestro Pere Compte. El trasagrario se levantó en En 1690 se decidiría la renovación del antiguo templo según los nuevos gustos, encargándose la traza y las obras al maestro Francisco Padilla. Frente a la actuación en San Juan del Mercado, San Nicolás conserva sutilmente camuflada la estructura gótica, embebiéndose los nervios en yeso para facilitar la decoración pictórica. El programa iconográfico fue diseñado por Palomino, como refiere en su Museo Pictórico, aunque la ejecución material corrió a cargo de los pintores Dionis Vidal, discípulo de Palomino, Apolinar Raga y Francisco Ribera, quienes lo desarrollaron en la superficie de las bóvedas de crucería, paradójicamente añadiendo en las pinturas los nervios y claves que se habían suprimido. En los lunetos de ambos lados se refieren escenas de la vida de San Nicolás de Bari y San Pedro de Verona, acompañada cada una de adornos, figuras de virtudes y otras figuras alegóricas. En el presbiterio se representa a los dos santos llevados por ángeles a la gloria, con elementos arquitectónicos fingidos y los santos doctores en los lunetos figurados. A los pies de la iglesia aparecen los evangelistas San Lucas y San Marcos. Por debajo de la cornisa aparecen algunos elementos escultóricos de bulto, que enlazan con la tradición barroca anterior. El campanario medieval se elevó en 1658 siguiendo la huella de San Martín, aunque ejecutado en ladrillo. En 1755 se añadió la linterna en dos cuerpos que lo remata. Singular es la disposición de la Capilla de la Comunión (de 1760 y restaurada en 1853) compuesta por dos tramos cubiertos por sendas cúpulas y separados por un arco triunfal con decoración rococó. La portada y los ventanales neogóticos de la fachada sur fueron realizados por Timoteo Calvo hacia 1864, tras la demolición de las viviendas adosadas al muro. La fachada principal y la torre campanario han sido recientemente restauradas por el arquitecto Carlos Campos. Es excepcional la colección de pinturas conservada en el templo, destacando entre ellas la famosa Tabla de la Crucifixión, de Rodrigo de Osona, una de las piezas capitales del arte valenciano del s. XV. UNIVERSIDAD DE VALENCIA La Universitat o Estudi General ocupa una manzana completa delimitada al norte por la calle de la Nave o de la Nau. Esta calle ha tenido numerosas denominaciones. En el siglo XV se llamó de Jacme March, Bany de Na Palaua y Hostal de la Nau, ya en el siglo XVI se le conoció con el nombre de carrer de la Nau. En la parte oriental linda con la calle Universidad, también llamada calle de N Esplugues (1379), del Estudi General y de la Academia (1825). Al sur se sitúa la calle Salvá, denominada a finales del siglo XIX como calle de los Pobres Estudiantes (1873). Y, finalmente, al oeste por la plaza del Colegio del Patriarca; anteriormente denominada plaza del Estudi General. Con motivo de la restauración y rehabilitación del edificio en 1998 cuyo proyecto y dirección correspondió a los arquitectos Antonio Escario y Luís Carratalá se llevó a cabo una intervención arqueológica. El edificio universitario se halla en el límite del antiguo recinto amurallado de época islámica y en la excavación arqueológica llevada a cabo se descubrió un tramo de 62 metros del lienzo de la citada muralla. Ésta discurre paralela a la calle Universidad. Únicamente se pudo documentar una torre de planta cuadrada, pero la distancia que hay entre ellas (22,5 metros) hace suponer que bajo el edificio se encuentran al menos otras dos, aunque no se detectaron debido a que la excavación arqueológica no alcanzó la profundidad suficiente. La excavación en el resto del edificio sacó a la luz restos arquitectónicos pertenecientes a viviendas de época islámica, siglo XII. Se trataba de viviendas cuyas estancias se articulaban alrededor de un patio central con arriate y andenes perimetrales. En el siglo XV el Consell intentó centralizar en un solo lugar los distintos centros de estudios existentes en Valencia. Estos intentos culminaron en 1499 con la aprobación de las Constituciones para el régimen del Estudi General. Desde 1493 los jurados fueron adquiriendo inmuebles para tal fin. La primera compra fue una casa y dos patios que ocupaban la esquina de las actuales calles de la Nau y plaza del Patriarca. Se sabe que en 1498 Pere Compte y Pere Benió iniciaron las obras de reforma con el fin de habilitar el alberch para su futuro uso universitario. 47

48 En 1573 los jurados adquieren el bany de Na Palaua que lindaba por el sur con la primera casa comprada en A lo largo del siglo XVI son frecuentes las referencias a la compra de casas para ampliar las dependencias del Estudi General, hasta hacerse con la manzana completa. La imagen de la Universidad del siglo XVI, XVII y gran parte del XVIII era la de una construcción utilitaria más preocupada por la búsqueda de comodidad y distribución que de ornato, tal y como puede apreciarse en los planos de Manceli (1608) y de Tosca (1704). La Universidad se ubicó en el centro de lo que había sido el call judío. Se trataba de una medida de un gran significado urbanístico y valor simbólico, mediante la cual el Consell sentaba las bases para transformar el barrio introduciendo una institución de raigambre cristiana. BÉRCHEZ Y GÓMEZ-FERRER señalan que: En realidad, la Universitat, entendida como sujeto arquitectónico, debe su actual fisonomía al proyecto parcial de fachada para su biblioteca que se realiza en el año 1789 pero su definitiva imagen monumental cristalizó durante el segundo tercio del siglo XIX En los años 50 del siglo XX se derribaron unos edificios recayentes a la plaza del Patriarca y adosados al de la Universidad, de esta manera se pudo unir la fachada inconclusa de la plaza del Patriarca con la de la calle Salvá. En 1964, según proyecto de Goerlich se colocó una fuente con estatuas alusivas a la fundación (Reyes Católicos y papa Alejandro VI) y florecimiento (rector Blasco) de la Universidad presidiendo en el centro una estatua de la Sabiduría. Con estas obras quedaba el edificio completamente exento, ocupando una superficie total de metros cuadrados. Fuente: Equipo redactor Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 97. El edificio de la Universitat de València, que hasta hace algunos años albergaba varias facultades, ocupa una manzana completa. Sus dependencias se organizan alrededor de un gran patio claustral presidido por una estatua de bronce de Luis Vives y en su interior destacan: el paraninfo, descrito ya en 1662 y atribuido probablemente al Padre Tosca, de planta cuadrada y cubierto por una bóveda de cañón rebajada, la capilla neoclásica del XVIII, de una sola nave con coro y acceso a través de un patio, y la biblioteca. A lo largo de su historia ha sufrido muchas intervenciones. Tras los bombardeos napoleónicos fue encomendada al arquitecto Timoteo Calvo su reconstrucción. Bajo su dirección el patio rectoral sería remodelado en estilo neorrenacentista entre 1840 y 1842, junto con la nueva puerta de acceso a la capilla y la escalera rectoral; y en 1844 se iniciaría la construcción del pórtico de columnas dóricas del claustro principal, cuya segunda planta de columnas jónicas sería realizada en 1931 por Javier Goerlich Lleó. Calvo comenzó la reconstrucción de la fachada exterior en 1840, siguiendo el modelo neoclásico proyectado por Joaquín Martínez en 1793; los trabajos serían continuados por Antonio Martorell Trilles entre 1876 y Sebastián Monleón Estellés intervendría también en las obras hacia En 1954 Goerlich redactaría un plan de reformas que, entre otras actuaciones, conllevaría el derribo de las casas adosadas al muro lateral de la capilla, lo que permitió concluir la fachada de la plaza del Patriarca, dotando al edificio el carácter de exento que tiene en la actualidad. Con motivo de la celebración del quinientos aniversario de la institución, el equipo rectoral decidió acometer la rehabilitación integral del emblemático edificio con el propósito de convertirlo en un lugar de encuentro entre el mundo universitario y la sociedad, encargándose el proyecto a los arquitectos Luis Carratalá y Antonio Escario. En la intervención se eliminaron los añadidos considerados impropios y se revalorizaron y restauraron los elementos y espacios con valor histórico y patrimonial. La totalidad del edifico se adaptó a los nuevos requerimientos funcionales, siendo de destacar entre otros aspectos de interés, la regularización de las cubiertas y su recuperación como quinta fachada del edificio, lo que posibilitó además la obtención de nuevos espacios de trabajo muy cualificados, por sus condiciones de iluminación y sus vistas sobre la ciudad y sobre el propio inmueble. Los restos de arqueológicos árabes encontrados durante la ejecución de las obras, cuya existencia se conocía de antemano, se dejaron vistos integrándolos en los nuevos espacios. 48

49 IGLESIA DE SANTO TOMÁS Y SAN FELIPE NERI Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 74. Actualmente parroquia de Santo Tomás y San Felipe Neri, fue el templo del desaparecido convento de los oratorianos. La fundación de 1645 ocupaba el lugar de la antigua casa de las Comedias y se constituyó como la Casa madre de la orden en España. Entre 1725 y 1736 se renovó la iglesia según los planos del matemático Tomás Vicente Tosca, miembro de la orden, si bien consta la llegada de unas trazas de Roma. La ejecución material corrió a cargo de los maestros Francisco Martí y José Padilla. Lo más representativo de este templo es, sin duda, su ordenada fachada rematada por el potente frontón curvo que evoca las composiciones de Vignola y la tradición del barroco romano, a la vez que la tradición canteril valenciana. El interior, con planta de cruz latina y cúpula, presenta unas dimensiones de m. de longitud y de anchura en el crucero, con una altura hasta la cornisa de m. Resulta característica la decoración dieciochesca realzada con elementos dorados sobre el fondo blanco, así como la bella azulejería de los zócalos. Se conservan algunos lienzos antiguos, aunque los retablos y la escultura son posteriores a la Guerra Civil. Fuente: Ficha BIC s de la web de la D.G. de Patrimoni Cultural Valencià. En el casco antiguo de la ciudad, cercano a otros edificios religiosos como San Juan del Hospital y la iglesia del Santísimo Cristo del Salvador, encontramos este edificio cuya fachada recae en la popularmente conocida como "plaza de los patos". La actual Iglesia Parroquial de Santo Tomás y San Felipe Neri fue la antigua Iglesia de la Congregación, que formó parte del convento levantado por la Congregación Oratoriana de San Felipe Neri. El convento fue demolido en 1854, quedando únicamente la iglesia. La construcción de la iglesia se llevó a cabo entre los años , según parece siguiendo las orientaciones establecidas por Tomás Vicente Tosca. La planta de cruz latina, con un crucero que destaca por su anchura. La nave se divide en tres tramos, con capillas entre los contrafuertes que permiten la comunicación entre las mismas. El presbiterio de cabecera recta tiene las mismas dimensiones que el crucero. Destaca la cúpula con linterna sobre pechinas, que se elevada en el centro del crucero con un tambor octogonal de bastante altura. Bóvedas de cañón tabicadas con lunetos cubren la nave, mientras que las capillas lo hacen por cúpulas de media naranja con linternas. Al exterior del edificio destaca la monumental fachada que recuerda al esquema de la iglesia del Gesú (Roma). Destaca la combinación de dos colores (blanco y rojo) que proporcionan los propios materiales como son la piedra y el ladrillo. Dividida en dos cuerpos que se enlazan por unas volutas. El cuerpo inferior de mayores proporciones se remata con un frontón curvo que se superpone al superior. En el centro está la portada adintelada con un frontón curvo partido del que sale el segundo cuerpo con un frontón triangular, en los extremos unas hornacinas albergan unas esculturas. El cuerpo superior repite el esquema del inferior rematando con un frontón triangular y una balaustrada decorada con pirámides llameantes. A la derecha de la fachada se levanta la torre campanario de planta cuadrada, en la parte superior de dispone un reloj de sol con la fecha de El cuerpo de campanas separado por una línea de cornisa presenta un arco de medio punto por lado flanqueado por dobles pilastras. Remata la torre con una balaustrada con pirámides y bolas. En la parte superior de dispone un cupulín de dos cuerpos cubierto con teja azul. Dañada durante la invasión francesa, fue reparada por Francisco Pechuan. Posteriormente, con la desamortización la iglesia estuvo abandonada, para en 1837 volver a abrirse al culto como parroquia de Santo Tomás y San Felipe Neri. A principios del siglo XX las esculturas y columnas de la fachada fueron limpiadas, y el ladrillo de las paredes pintado de color rojizo. La fachada fue restaurada en IGLESIA DE LAS ESCUELAS PIAS Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 78 Sobre una manzana aproximadamente rectangular se levanta el conjunto de las Escuelas Pías. El convento y el colegio se construyeron entre 1739 y 1742 y la iglesia entre 1767 y 1773, abriéndose una plaza frente a la fachada de la iglesia en El conjunto colegio-convento, de Blas del Espíritu Santo, 49

50 es de planta rectangular de cuatro alturas, con claustro construido de ladrillo visto y galerías en los pisos. La fachada es de estilo barroco, también de ladrillo con huecos adintelados, configurándose junto con la fachada de la iglesia como un todo compacto, con una composición conocida como iglesia-bloque frecuente en la arquitectura conventual madrileña del XVIII, y que aquí también se materializó en la Iglesia y Convento del Temple. La construcción de la iglesia fue impulsada por el arzobispo Mayoral que quiso que se diferenciara de las construidas hasta entonces. Estableció sus trazas el maestro de obras José Puchol (quizá a partir de un proyecto de Alberto Pina) asistido por el arquitecto Antonio Gilabert. Se puede atribuir a Puchol el planteamiento estructural del templo y la dirección de las obras hasta el primer cuerpo, y a Gilabert la composición interior, fachada y campanario, así como la dirección de obras hasta su conclusión. La iglesia, de planta centralizada cubierta con cúpula, es similar a la de los Agustinos de Valladolid, o las Bernardas y San Francisco el Grande de Madrid. El interior está inspirado en el Panteón de Roma, lo que se manifiesta en la composición unitaria de los dos cuerpos superiores, con estructuras adinteladas en el primer piso y nichos en el último nivel, siendo el subterráneo de la iglesia una estructura circular abovedada para mausoleo de escolapios ilustres. Se articulan ambos cuerpos con el altar mayor, abierto bajo un arco rebajado que penetra en el segundo piso. Los efectos de dinamismo y movimiento de la planta se combinan con una respetuosa sintaxis clásica, destacando las pilastras corintias, los frontones circulares o triangulares así como las potentes columnas toscanas de mármol blanco en todo el recinto. De la cornisa del último cuerpo arranca la gran cúpula, elevándose sobre el anillo superior la linterna. Tanto la cúpula como la linterna se cubren con teja azul resaltando los nervios con teja blanca. La fachada principal de la iglesia debe su composición al modelo contrarreformista derivado del Gesú, anteriormente reflejado en Santo Tomás, iglesia de la que también repite el campanario. Numerosos elementos clasicistas, representantes incipientes del academicismo ilustrado quedan, por su carácter aislado, ahogados en el esquema general de la fachada heredero del inmediato pasado barroco. Entre 1995 y 1999 se restauró la fachada de la iglesia y del colegio dirigido por Rafael Soler Verdú. La iglesia fue declarada Monumento Histórico Artístico en Fuente: Ficha BIC s de la web de la D.G. de Patrimoni Cultural Valencià. En el barrio de Velluters, ocupando casi una manzana completa, se encuentra el Colegio de las Escuelas Pías construido en el siglo XVIII. Se trata de un conjunto formado por el convento, el colegio y la iglesia. En un primer momento se levantó el colegio y el convento por el arquitecto de la orden escolapia Blas del Espíritu Santo. Bajo el impulso del arzobispo Mayoral se iniciaron las obras de la iglesia en 1767, según las trazas de José Puchol colaborando también Antonio Gilabert, hasta que posteriormente paso a encargarse de la obra Gilabert con una mejora del proyecto. La iglesia es de planta circular con un diámetro de 24,5 metros. Al interior presenta tres cuerpos en alzado. El primer cuerpo se estructura con pilastras estriadas corintias entre las que se desarrolla el motivo palladiano con un orden menor, que da paso a los diez espacios radiales. De estos espacios radiales ocho son exedras con fondo cóncavo entre machones trapezoidales, mientras que los otros dos son rectangulares se corresponden con la capilla mayor y la entrada exterior, una de las exedras es la entrada desde las dependencias colegiales. El segundo cuerpo, mucho más sencillo, se organiza mediante espacios adintelados con columnas en el frente. Una barandilla recorre el espacio protegiendo el paso que comunica las distintas tribunas. La parte superior se estructura mediante diez ventanas rectangulares, que recaen sobre las tribunas inferiores, nichos en los machones y recuadros con decoración. Sobre este cuerpo se voltea la gran cúpula semiesférica con una linterna central con diez ventanas. Al exterior la cúpula destaca con un pequeño tambor y por la cubierta de teja azul, al igual que la linterna. La fachada clasicista con casi 34 metros de extensión y casi 30 de altura se divide en dos cuerpos de diferente altura, compartimentados verticalmente en cinco calles. El cuerpo inferior se estructura con pilastras de orden jónico, pareadas en la parte central flanqueando la portada. La portada está dividida en dos cuerpos, el inferior adintelado con un entablamento con dos medallones en los laterales y en el centro el escudo del arzobispo Mayoral. El segundo cuerpo, que se superpone al frontón curvo partido del inferior, alberga una hornacina avenerada con la escultura de San Joaquín. En las calles laterales se desarrollan ventanas y hornacinas. El cuerpo superior de la fachada se desarrolla con pilastras corintias sobre un alto pedestal horadado por ventanas, estando este espacio en el centro invadido por un frontón triangular del cuerpo 50

51 inferior. La calle central está flanqueada por pilastras pareadas, situándose en el centro un vano rectangular rematado por un frontón semicircular. La fachada remata con una cornisa en saliente y un antepecho en la parte superior con bolas y jarrones. A la derecha de la fachada se encuentra el campanario. El cuerpo de campanas sobresale de la fachada, y presenta un arco de medio punto por lado flanqueado por pilastras pareadas de orden dórico sobre lasque apea un entablamento con ménsulas sobre el que se dispone un antepecho con jarrones. En la parte superior un templete sobre el que se alza la linterna cubierta con teja azul. CASA VESTUARIO La Casa Vestuario está situada en la plaza de la Virgen, nº 1, en pleno centro de la ciudad de Valencia. La necesidad de disponer de un espacio inmediato a la Catedral para que lo Jurados pudieran vestirse con ocasión de los distintos ceremoniales, motivó que el Ayuntamiento determinase alquilar primero, y adquirir y construir después, unas casas situadas enfrente de la puerta de los Apóstoles. Según M.A. CATALÁ de la primitiva estancia apenas restan noticias documentales, pero su misma ubicación en una reducida edificación, situada en parte del solar que hoy ocupa la actual Casa Vestuario y reproducida en el plano de Tosca (1704), nos permite intuir que se trata de una vulgar construcción que ni tan siquiera era de propiedad municipal. En 1703, el Ayuntamiento adquiere dos casas situadas delante de la puerta de los Apóstoles de la Catedral. Las mismas casas, probablemente, que venía utilizando la ciudad como Casa Vestuario desde hacía bastante tiempo. Entre 1795 y 1796 el Ayuntamiento compró dos casas colindantes con el fin de ampliar la superficie para la edificación de una nueva Casa Vestuario. Dos años antes, en 1793, el Cabildo de la Catedral tomó la iniciativa urbanística de encargar al arquitecto José García la edificación de la llamada casa del Magistre, derribada hacia Vista la iniciativa del Cabildo, la Corporación Municipal acordó la ampliación y nuevas alineaciones de la calle del Miguelete, denominada por entonces calle del Reloj. En este contexto, se propuso seguir con la ampliación de la calle Miguelete derribando la antigua Casa Vestuario y construyendo una de nueva planta. Entre las recomendaciones de los Jurados destaca la necesaria armonización estilística con la casa del Magistre. El Ayuntamiento encargó a su arquitecto José García la elaboración del correspondiente proyecto de la nueva Casa Vestuario, dando comienzo las obras en La temprana muerte de José García obligó a buscar nuevo arquitecto recayendo en Cristóbal Sales la dirección de la obra. Se concluyó en En la planta noble, en el llamado Salón de Honor, el pintor Vicente López decoró su techo con pinturas alegóricas a la fama y fortuna de la Ciudad. Desde 1916 la planta primera es la sede la Biblioteca Popular hoy reconvertida en Biblioteca Municipal Carles Ros. Siguiendo a M.A. CATALÁ hay que destacar la restauración del zaguán y repristinación de fachadas, obras iniciadas en 1969 según proyecto del arquitecto municipal Emilio Rieta. Repristinados los pórticos y ornatos de estuco, dejose al descubierto el muro interior de piedra y la fábrica latericia, eliminándose antiguos revoques. Fuente: Equipo redactor Texto extraído de la Guía de Arquitectura de Valencia. Redactado por José Luís Merlo Fuertes. Ficha 90. Ejemplo claro de la pauta monumental seguida durante la Ilustración en la ejecución de edificios públicos, sería edificada a finales del XVIII. Fue proyectada por José García, arquitecto mayor de la ciudad, acabando las obras Cristóbal Sales tras la muerte de este. Se erigió con el propósito de servir a magistrados y otras personalidades de punto de encuentro junto a la Catedral en días de celebración 51

52 religiosa, aunque algunos autores aseveran que fue originalmente sede del juzgado municipal de distrito. La fachada, de un sobrio y elegante neoclásico, resuelve a la perfección el tránsito entre la calle y la plaza. Rematada por un gran alero, destaca la robustez de la planta baja realizada en sillería, y el contraste de materiales de las plantas superiores, con el ladrillo visto utilizado en los entrepaños y la piedra sillar empleada en los recercados de huecos, impostas y esquinas, destacando, en la fachada de la calle Miguelete, el grupo escultórico que representa el escudo de la ciudad. El gran vestíbulo, igualmente neoclásico, con sus tres puertas de acceso de gran altura, presenta en su interior columnas dóricas con entablamento de frontón curvo que incorporan iconografía alegórica referente a Valencia. La escalera, de planta cuadrada, conduce al salón del primer piso, cuyo techo se adorna con pinturas al fresco de Vicente López, también alusivas a la ciudad. TEATRO PRINCIPAL El Teatro Principal se sitúa en el barrio Universitat-Sant Francesc. Ocupa una manzana completa delimitada por la calle de las Barcas, calle de Virués, calle Ballesteros y calle del Poeta Querol. Presenta una planta rectangular de 26,85 m por 69,10 m y una superficie de 1855 m 2. En la zona de la escena se localizan dos subterráneos que alcanzan una profundidad de 3,80 m. El Teatro Principal se asienta parcialmente sobre el sistema defensivo de época islámica. Aproximadamente donde hoy se sitúa la fachada y el vestíbulo discurría la muralla, la barbacana y el foso del recinto islámico. En este sector de la antigua medina, la muralla definía un marcado espolón respecto al perímetro general de la ciudad. Este hecho debe ponerse en relación con una ampliación de la ciudad en el siglo XII y su posterior urbanización. Con la conquista de la ciudad en 1238 por Jaime I, el recinto islámico siguió en uso. En la calle Poeta Querol, y justo al lado del hoy Teatro Principal, se abrió el llamado Portal de les Granotes, que dio nombre también a la calle. Con la construcción del nuevo recinto defensivo a partir de 1356, comenzó un lento proceso de amortización y reconversión de los espacios ocupados por la muralla islámica en suelo urbano edificable. La documentación que hace referencia al proceso de construcción del Teatro Principal contiene datos de interés para conocer los edificios que se localizaban en dicho emplazamiento. La campaña emprendida por el Arzobispo Mayoral a mitad del siglo XVIII contra las representaciones teatrales supuso el derribo de la Casa de la Olivera, situada en la actual calle Comedias. En 1761, Carlos III deroga la orden por la que se prohibían este tipo de espectáculos en la ciudad. A partir de ese momento se formó una Junta compuesta por miembros del Ayuntamiento y del Hospital cuyo objetivo era encontrar emplazamiento y fondos para edificar un teatro. Finalmente el lugar elegido para levantar el Teatro Principal, sugerido por la Academia de San Carlos, fue el llamado Quartel de la Palla, propiedad del ejército. Con anterioridad ese mismo lugar había sido la sede de la Casa-cofradía de los ballesteros del Centenar de la Ploma o también llamada Casa de la Ballestería. La abolición de los fueros a principios del siglo XVIII y la pérdida de las instituciones forales provocaron que la Casa de la Ballestería fuera transferida al ejército y convertida en cuartel y almacén militar. Según J.L. SIRERA la elección de este emplazamiento tenía dos ventajas. La primera es que permitía la construcción de un teatro de manera exenta, tal y como dictaban las normas desde 1779 para evitar los riesgos de un potencial incendio. La segunda era que la compra del cuartel militar resultaba mucho menos gravosa que la compra de viviendas particulares. La Casa-cofradía del Centenar de la Ploma se hallaba situada en lo que actualmente es el escenario del Teatro Principal; y fue derribada en 1807, fecha en que comenzaron las obras. L. LAMARCA precisa el 52

53 espacio que ocupaba la Casa de la Ballestería, convertida en Cuartel: y como con la obra del teatro han desaparecido los pocos vestigios que quedaban, he creido oportuno observar que la puerta de dicha casa estaba con corta diferencia donde está ahora la del vestuario. Y el todo de ella ocupaba el espacio que hay hasta lo último de la platea. En la parte recayente a la calle de las Barcas se compraron varias casas. Las obras del Teatro Principal comenzaron en 1807 bajo la dirección de los arquitectos Cristobal Sales y Salvador Escrig. Las obras se paralizaron con motivo de la Guerra de la Independencia y no volverían a reaunudarse hasta 1830, ahora bajo la dirección del arquitecto Juan Marzo. La primera representación tuvo lugar el 24 de julio de El solar elegido, pues, estaba delimitado por la calle Ballesteros (donde está situado el escenario) y la calle de las Barcas. En los laterales se abrieron dos calles, la llamada de Virués, en honor al dramaturgo valenciano del siglo XVI Cristófol Virués, y la calle de Fidalgo, por el intendente Manuel Fidalgo que consiguió llevar la construcción a buen puerto. Esta última calle desapareció con la ampliación de la calle Poeta Querol. En 1854 el arquitecto José Zacarías Camaña fue el encargado de levantar el vestíbulo y la fachada principal actual en estilo neoclásico tardío. Esta última es un elemento urbano muy significativo. En el año 1963 se produce la ampliación de la calle del Poeta Querol en su tramo recayente a la calle de las Barcas. El derribo del edificio contiguo al Teatro Principal, separado por la calle de Fidalgo, supuso que la fachada lateral del mismo quedara vista. A tal efecto el arquitecto de la Diputación Luís Albert remodeló dicha fachada, entre 1965 y 1966, tal y como hoy la vemos. Fuente: Equipo redactor Guía de Arquitectura de Valencia (Ficha Ana Ros Pastor) Ocupa una manzana completa y es producto de numerosas obras que se prolongaron hasta mediados del s. XX. Su origen data de 1770, cuando el Ayuntamiento adquirió los planos de un teatro genérico realizado por Filippo Fontana. Era un teatro de estilo italiano con escena y platea, novedoso frente a la tradicional configuración de corral. Tras adecuarlo al solar Salvador Escrig y Cristóbal Sales, se iniciaron las obras en 1808, pero tras la Guerra de la Independencia, por razones presupuestarias, se decidió eliminar el sótano y el tercer piso de palcos, retomando las obras Juan Marzo e inaugurándose el teatro en 1832 sin finalizar la fachada ni la decoración interior. Posteriormente se volvió al proyecto original elevando el tercer piso, tras izar la cubierta sin desmontarla bajo la supervisión de Miguel Pinazo. En 1845 fue remodelado el interior por Sebastián Monleón y el escenógrafo José Pérez. La fachada, de 1854, se encargó a José Zacarías Camaña, ejecutándose en el estilo neoclásico dictado por la Academia. Se resuelve en tres partes: la baja con revoco almohadillado, las plantas siguientes unificadas por cuatro columnas jónicas de orden gigante, coronándose con un antepecho que oculta el sistema de cubiertas. Una gran marquesina, hoy desaparecida, protegía el acceso principal. Se sucedieron posteriormente las obras, destacando la remodelación del vestíbulo en 1946 a cargo de Luis Albert con frescos de Stolz, y la reforma de la fachada lateral en 1965 tras la ampliación de la calle Poeta Querol, remodelación proyectada también por Albert. IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTIN Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 15 Parroquia fundada en el s. XIII tras la Reconquista. La fábrica actual es fruto de la reedificación gótica llevada a cabo entre 1372 y 1401 y conserva un gran rosetón tapiado en la fachada de los pies, aunque se vería muy transformada en época posterior. Una particularidad del edificio es su original planta trapezoidal, que aprovecha al máximo el antiguo solar y que además contribuye a dar una sensación de mayor grandiosidad. La cabecera poligonal fue realizada entre 1547 y 1564, destacando por su originalidad la solución ya perfectamente clásica de bóveda de horno con casetones rematada por una 53

54 linterna de planta oval. El interior de la iglesia responde a una importante renovación llevada cabo entre 1735 y 1755 respetando la cabecera original (ya intervenida en 1715 con frescos de Dionis Vidal) pero ocultando la crucería gótica. También de esta época serían la nueva portada de los pies (1739) y las de los accesos norte y sur (1750). Esta última de original disposición con un relieve atribuido a Vergara. Gran interés revisten también la Capilla de la Comunión ( ), su portada exterior (1674) o el temprano campanario ( ) obra de Bartolomé Abril y Tomás Leonart, que serviría como modelo a muchos otros de Valencia. De factura flamenca, atribuida a Pierre de Béckere, es el grupo en bronce de San Martín (1494) situado sobre la puerta principal. Fuente: Ficha BIC s de la web de la D.G. de Patrimoni Cultural Valencià. En el centro de la ciudad, junto a la calle san Vicente, se encuentra esta iglesia cuyos orígenes se remontan a la reconquista cristiana tras la que fue fundada sobre una mezquita. La construcción que actualmente se conserva se levantó entre 1372 y 1401, aunque ha tenido diferentes intervenciones a lo largo del tiempo. Se trata de un templo de una sola nave con capillas entre contrafuertes, de forma trapezoidal debido a la adaptación de las calles que la rodean. Está dividida en seis tramos oblongos que originariamente estuvieron cubiertos con una bóveda ojival, oculta hoy por una bóveda realizada posteriormente. En el siglo XVI se llevó a cabo la cabecera actual para la que se compró una casa colindante pidiéndose por bula papal. Consta de una bóveda de tres faldones con un tramo recto que la precede, abriéndose en el centro un óculo con linterna. Todo el ábside está ricamente decorado con casetones y decoraciones figurativas. A comienzos del siglo XVII, entre 1621y 1627, fue realizado el nuevo campanario que se colocó en el lado opuesto al primitivo, situado en la calle de la abadía de San Martín. Es de planta rectangular y realizado en sillería. El cuerpo de campanas con un vano de arco de medio punto por lado, flanqueado por pares de pilastras decoradas con círculos y rectángulos. Remata con una balaustrada con pirámides. Entre 1669 y 1674 se levantó la capilla de la Comunión. De planta rectangular está cubierta con bóveda de cañón y una cúpula con linterna sobre pechinas. Se encuentra adosada al lado del evangelio teniendo acceso independiente formando una pequeña plaza. La portada está dividida en dos cuerpos. El inferior con pilastras y columnas que flanquean un vano adintelado con un relieve del Santísimo Sacramento en la parte superior. El segundo cuerpo con un frontón partido sobre el que se abre una ventana flanqueada por pilastras y decoración de roleos rematada con un frontón curvo en la parte superior. A mediados del siglo XVIII se realizaron obras de renovación de la iglesia. El interior se ordena con grandes columnas corintias sobre altos pedestales entre las capillas laterales, estas columnas presentan el tercio inferior decorado con rocalla. Sobre estas se desarrolla un entablamento con triglifos y metopas. Entre los intercolumnios se desarrollan las capillas laterales a las que se accede a través de arcos de medio punto sobre los que se sitúan cartelas elípticas. Las capillas en esta intervención se rebajaron y se cubrieron con pequeñas cúpulas y linternas. La cubierta gótica de la nave se recubrió con una bóveda de cañón con lunetos. La iglesia esta ornamentada con rocallas de estilo barroco en los arcos fajones, los lunetos, el arco que da paso al presbiterio, y en los marcos de cartelas y ventanas. Las portadas fueron también reformadas. En la fachada a los pies de la iglesia se observan los restos de un óculo gótico cegado. La portada principal, cuyo diseño se ha atribuido a Francisco Vergara, consta de dos cuerpos. El cuerpo inferior presenta un vano adintelado flanqueado por dos columnas a cada lado sobre altos pedestales, columnas corintias con parte del fuste estriado y el tercio inferior del mismo con relieves que hacen referencia a los titulares de la parroquia. El segundo cuerpo presenta un nicho con arco rebajado flanqueado por dos columnas. En este nicho se encontraba la estatua ecuestre de San Martín realizada en Flandes y atribuida a Pierre Béckere, legada en 1494 a la parroquia por Vicente Peñarroja. Las otras dos portadas fueron reformadas unos años más tarde y su diseño se atribuye a Ignacio Vergara. La portada norte es de sencilla traza destacando el friso con dos ménsulas y tres triglifos sobre el que se sitúa un frontón triangular que alberga una concha. Esta portada recae a la calle Abadía de San Martín. La portada sur de mayor complejidad, debido a la disposición cóncava del muro, presenta columnas giradas y cornisa con entrantes y salientes. El segundo cuerpo destaca por el altorrelieve de San Antonio Abad realizado por Ignacio Vergara y enmarcado por pilastras jónicas y rematado en la parte superior por un frontón semicircular partido con pirámides y jarrones. IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 19 54

55 La antigua parroquia del Santo Cristo de San Salvador aparece entre las diez parroquias creadas en En 1377 los parroquianos pidieron una ayuda para las nuevas obras, que debieron llevarse a cabo hacia De construcción anterior, incluso, sería el antiguo campanario de tradición románica y el único de la ciudad que se ha conservado sin adiciones posteriores. También de la época de la fundación es la imagen del Crucificado que preside el templo. Entre 1538 y 1549 se construyó la cabecera poligonal que actualmente se observa desde el exterior y cuya bóveda destacaría por la incorporación de terceletes curvos a la manera castellana. Esta cabecera y las crucerías del templo quedaron ocultas por la intervención del arquitecto Manuel Fornés y Gurrea (1825) que transformarían todo el interior dentro de un lenguaje clásico donde destaca el tratamiento de los estucos, alabados por el arquitecto en su tratado, y los frescos de la bóveda de la nave y el presbiterio, realizados por Vicente Castelló y Francisco Llácer, discípulos de Vicente López. En la Capilla de la Comunión destaca la pintura de la bóveda realizada por Vicente López. La torre campanario y las cubiertas han sido restauradas entre 2000 y 2005 por el arquitecto Juan Gomis Gómez-Ygual. MERCADO CENTRAL Descripción basada en "El Mercado Central de Valencia": Formación y evolución del entorno histórico del Mercado, de J. Esteban Chapapría y L. Palaia Pérez; y "El Mercado de Valencia: mil años de historia", de J. L. Corbín Ferrer; y La Arquitectura del Eclecticismo en Valencia, de D.Benito Goerlich. El proyecto fechado en 1914 fue otorgado a Francisco Guardia Vial y Alejandro Soler y Mach. A partir de 1919 la dirección de las obras pasó a Enrique Viedma, inaugurándose en En una superficie de metros cuadrados se levanta este mercado. Presenta una planta irregular dividida en dos espacios, por un lado el mercado general, y por otro la pescadería. La pescadería, en la zona oeste, es de planta octogonal con una cúpula elíptica. La zona general del mercado adopta una solución basilical en forma de cruz latina, que se completa con otras naves secundarias paralelas a la de mayor longitud, adaptándose a la forma irregular del solar, en cuya intersección se levanta una cúpula. La estructura está realizada en hierro. Los cerramientos se desarrollan sobre una base de piedra con un zócalo revestido de azulejos del que arrancan las carpinterías metálicas con un perfil de piedra, cuya unión se realiza con fábrica de ladrillo con revestimiento de azulejos decorados con reflejos metálicos. En la plaza del Mercado se encuentran dos pabellones de planta rectangular realizados en ladrillo con aplicaciones de piedra y cerámica decorada. El pabellón de la Tenencia de Alcaldía, en la fachada trasera, está dividido en planta baja y piso superior, y está realizado en piedra, El mercado es de estilo modernista aunque incluye elementos historicistas en los pabellones que flanquean la fachada principal, mientras que el pabellón de la tenencia de alcaldía seguiría más la corriente noucentista. En la actualidad está en pleno proceso de rehabilitación integral que completará la desarrollada, hará una década, en el interior de la Pescadería Texto extraído de la Guía de Arquitectura de Valencia. Redactado por Francisco Taberner Pastor. Ficha 185 Ubicado en los terrenos sobre los que concedió Jaime I la posibilidad de establecer mercado, y situados en el momento de la concesión en el exterior de la muralla, pronto adquirió una posición relevante al ampliarse las murallas en 1356, generando el núcleo comercial de la ciudad. Constituido inicialmente por tenderetes desmontables faltos de las más elementales medidas higiénicas, a finales del XIX se plantea la necesidad de dotar a la ciudad de un nuevo edificio que pueda albergar adecuadamente el variopinto comercio al por menor que diariamente se realizaba en la plaza del mercado. El edificio actual responde al proyecto ganador del concurso convocado por el Ayuntamiento, en 1910, presentado por los arquitectos Alejandro Soler March y Francisco Guardia Vial, participando en la dirección de las obras el arquitecto municipal Enrique Viedma Vidal quien se hizo cargo de las mismas desde 1919 al renunciar a la dirección los autores del proyecto y Ángel Romaní Verdeguer ( ), que en 1927, colaboró con Viedma en la modificación de la cúpula principal. El proyecto no supone únicamente la resolución de su requerimiento funcional sino que adopta un claro protagonismo adquiriendo un carácter monumental tanto por sus proporciones como por la adecuada elección de sus 55

56 materiales. Aunque el inicio oficial de las obras se realizó en 1910, dificultades administrativas hicieron que estas no se materializaran hasta cuatro años más tarde, inaugurándose finalmente el 23 de enero de 1928, tras superar todo tipo de contratiempos. El edificio, elevado sobre la cota natural del terreno en su fachada recayente a la plaza del Mercado, se dispone sobre un extenso sótano de aprovisionamiento construido con pilares de ladrillo de sección circular y cubierto por bóvedas rebajadas del mismo material. La planta se ajusta con habilidad a un solar irregular excesivamente condicionado por las preexistencias y para cuya obtención fue necesario derribar más de cuarenta casas, que regulariza disponiendo un gran espacio principal totalmente simétrico, de especial relevancia organizado según una calle de mayor anchura que une la fachada principal con la posterior, ocupada por el edificio de la tenencia de alcaldía, y otros dos ejes perpendiculares a ella que conectan con los accesos secundarios. El edificio ocupa más de metros cuadrados y dispone de una potente estructura metálica (con ingeniosas soluciones constructivas), soportada por esbeltos pilares de fundición, produciendo una notable sensación de diafanidad al conjunto. Son destacables las cúpulas, recubiertas de cerámica en su interior, y dotadas de amplios huecos, que contribuyen eficazmente a la adecuada iluminación de su interior. La de mayor tamaño, de base circular se sitúa sobre el cruce de los dos ejes principales en tanto que la menor, de base elíptica ilumina y ventila la pescadería. La fachada principal, frente a la Lonja, presenta en su parte superior, grandes huecos protegidos con lamas y decorados con vidrieras, enmarcados por un original recubrimiento cerámico con brillo metálico, y se remata en sus extremos por dos interesantes construcciones historicistas de ladrillo rojo de eco centroeuropeo en la que no es difícil adivinar la influencia de Doménech i Muntaner. La de la Izquierda, denominada La Llotjeta está destinada actualmente a sala de conferencias y exposiciones. El acceso se realiza por amplias escalinatas y queda señalizado por unas robustas columnas pétreas que enmarcan tres arcos de medio punto y unas originales marquesinas metálicas apoyadas sobre elaboradas peanas. En 2005 se iniciaron unas importantes obras de rehabilitación y mejora de sus instalaciones, dirigidas por el arquitecto Horacio Fernández del Castillo, que incluyen la construcción de un nuevo aparcamiento para facilitar el acceso a los compradores. Pieza relevante del modernismo valenciano, está declarado Bien de Interés Cultural. PALACIO DEL MARQUÉS DE CAMPO (O DE LOS CONDES DE BERBEDEL) Fuente: Decreto 169/2007 de 28 de septiembre. Publicación: DOGV Número 5614 El antiguo caserón de los condes de Olocau fue comprado, en 1840, por el Marqués de Campo, quién rehízo la fachada confiriéndole el aspecto actual, y lo amplió con viviendas colindantes, generando una unidad arquitectónica bien definida y articulada en torno al patio, si bien que con extensiones puntuales, como p. e., la Capilla u Oratorio en edificaciones vecina vinculadas a la misma propiedad. Les utilizando un parte de estos para la capilla del palacio. Las obras fueron llevadas a cabo por Manuel Ferrando en Posteriormente fue adquirido por los Condes de Berbedel, a quienes debe la decoración, restauración y acondicionamiento de las salas interiores. En la actualidad el edificio del museo ocupa la manzana completa, después de una ampliación sobre las edificaciones que recaen a la calle de Los Venerables, las cuales, a pesar de estar relacionadas, no comparten la condición monumental de el inmueble matriz. La fachada del palacio, actual entrada al museo, se compone de un cuerpo central flanqueado por dos laterales que se elevan con una altura más a modo de torreones. El cuerpo central se configura con dos vanos en cada planta, y está rematado por un frontón y balaustrada. A continuación del palacio se dispone la fachada de los edificios colindantes, separadas por una cristalera que al interior corresponde con el espacio denominado ''la serré". Tras el ingreso se accede a un zaguán que da paso al patio central del palacio. El patio es rectangular con arcadas en la parte inferior. En el primer piso, en el lado paralelo a la fachada, hay un mirador. En los 56

57 otros tres lados se desarrolla un balcón corrido. A la derecha del patio se encuentra la escalera cuya caja se cierra con una cúpula y da paso a la planta superior. La escalera desemboca en un rellano que da paso a las diferentes salas del palacio como el salón de baile o el salón Imperio, que en la actualidad son salas expositivas, conservando muchas de ellas la decoración original. A través de las estancias ubicadas en este primer edificio se da paso a las salas que se encuentran en las edificaciones anexas. En estas salas se encuentran hoy exposiciones temáticas de las colecciones municipales. El palacio propiamente dicho, es decir, hasta el límite del espacio acristalado, fue restaurado en 1989, bajo la dirección principal del arquitecto Manuel Portaceli Roig, con la finalidad de dar albergue al Museu de la Ciutat. En una segunda intervención, en los años 90 del mismo siglo, se incorporaron los edificios colindantes, conservando la fachada y vaciando su interior, para el complementado funcional del programa expositivo y museístico del inmueble. Este museo ha sido parcialmente refundado como 'Museu d'historia de Valencia ' en el amortizado 'Diposit d'aigües ; inmueble también de mediados del XIX, ubicado en el inicio del Passeig de la Petxina, ya término de Mislata. (Basado en el Catálogo de Monumentos y Conjuntos de la Comunidad Valenciana). La habilitación efectuada como sede del Museu de la Ciutat; se entiende vinculada a la declaración monumental en tanto en cuanto mantiene, realza o acrecienta los valores del inmueble pudiendo ser sometida a revisión crítica por intervenciones ulteriores que sean planteadas desde la perspectiva global y unitaria con que aquella fue ejecutada, concurran con igual o mayor solvencia a la valorización y disfrute patrimonial del inmueble y cuenten, a tal efecto, con la autorización administrativa de la administración tutelar en la materia. En la actualidad el edificio del museo ocupa la manzana completa, después de una ampliación sobre las Edificaciones que recaen a la calle de Los Venerables, las cuales, a pesar de estar relacionadas, no comparten la condición monumental del inmueble matriz. PALACIO DE LOS BOIL DE ARENÓS El palacio de los Boil de Arenós se sitúa en la calle Libreros nº 2 y 4, en el barrio de la Universidad. Actualmente el edificio es la sede de la Bolsa de Valencia. La parcela que ocupa el palacio se situaba intramuros de la muralla en época islámica. Ya en época cristiana, el edificio quedaba fuera de los tres recintos que delimitaron la judería desde la segunda mitad del siglo XIII hasta finales del siglo XV. En un momento previo a la ejecución del proyecto de rehabilitación, llevado a cabo en los años 90 del siglo XX, se realizó una intervención arqueológica. El resultado fue el hallazgo de algunas estructuras de época romana y, ya de época islámica, de una habitación de amplias dimensiones abierta hacia el este. Hay que destacar también la aparición de dos escudos nobiliarios formando parte de la cimentación del pavimento de la sala que cierra el patio por el oeste. Uno de los escudos representa las armas de los Boil de Arenós y de los Vives de Boil. El otro pertenecía a los Marimón, marqueses de Cerdanyola, propietarios del palacio desde En 1853, el marqués de Dos Aguas muere sin descendencia recayendo el título en la marquesa de Marimón y Cerdanyola, por aquel entonces propietaria del palacio de los Boil. Es, pues, en este momento cuando ambos palacios se unen bajo una misma propiedad. El primer documento conocido donde se menciona y describe el edificio es el inventario de bienes de Pere Boil, muerto en 1384, donde se señala la existencia de la casona medieval en la parroquia de San Andrés (actual San Juan de la Cruz). En el plano de Tosca (1704) se observa el palacio situado al este del de los Escrivá de Híjar (derribado en los años 40 del siglo XX para la apertura de la calle Poeta Querol). El palacio de los Boil se articula alrededor de un patio central rectangular. Al sur del mismo se aprecia un semiclaustro de dos alturas, abierto frente a la calle de la Nave. Esta construcción, de la que no hemos encontrado ninguna 57

58 documentación, parece vinculada a la propiedad de los Boil. De hecho, cuando en 1949 Javier Goerlich proyecta un edificio de viviendas justo en el espacio que ocupa dicho semiclaustro, la propietaria y comitente del mismo es la marquesa de Dos Aguas, Concepción Dasí. En el siglo XIX los propietarios del palacio adquieren el edificio contiguo, sito en el nº 2 de la calle Libreros. En 1882 el arquitecto José Calvo redacta un proyecto para el nuevo inmueble donde extiende las pautas compositivas que posee la parte principal del palacio, resultando así la imagen del edificio que hoy conocemos. En los años 70 del siglo XX se propuso su demolición a lo que se opusieron el Ayuntamiento, la Comisión de Patrimonio Artístico de Valencia, la Academia de San Carlos y el Colegio de Arquitectos. Como consecuencia de ello se inició el expediente de incoación como monumento. Fuente: Equipo redactor PALACIO DE LOS CATALÁ DE VALERIOLA Texto extraído de la "Guía de Arquitectura de Valencia" CTAV Ficha 44 Ocupando la casi totalidad de una manzana de la primitiva trama no alterada por las reformas de su entorno próximo, se levanta este edificio de grandes proporciones recayente a cuatro calles. A lo largo de varios siglos, se ha ido interviniendo en su traza inicial modificando su aspecto externo hasta, incluso, afectar la situación de su entrada. Se cree que, originalmente, se accedía desde la actual calle de Samaniego; recientemente y después de las obras de rehabilitación realizadas para la recuperación del palacio, se puede observar una puerta de considerable tamaño en la fachada de la mencionada calle. Tal vez se sustituyó este acceso por el actual, al abrirse una nueva vía de comunicación con el centro administrativo y religioso, la actual Conde de Almodóvar. Como es habitual en los palacios góticos mediterráneos, se concibe como un gran edificio, o un conjunto de cuerpos, con una fachada principal en la que destaca un amplio portón de acceso. Traspasada la primera crujía, se encuentra el patio, pieza al aire libre con una doble función: proporcionar privacidad y separación del entorno y organizar, junto con la escalera, el edificio. Finalizadas las obras de rehabilitación, la recuperación del edificio afecta de forma positiva al entorno, que se enriquece de los recientes paramentos descubiertos, sobriamente realzados, una vez eliminados los elementos impropios añadidos durante años. 58

59 III Relación de Planos Cartografía Histórica e ilustraciones 59

60 IGLESIA CATEDRAL BASÍLICA METROPOLITANA DE SANTA MARIA Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 60

61 LONJA DE LOS MERCADERES O DE LA SEDA Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 61

62 PALAU DE LA GENERALITAT Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 62

63 REAL COLEGIO SEMINARIO DEL CORPUS CHRISTI O DEL PATRIARCA Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) 63

64 Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) Plano parcelario municipal (1944) 64

65 PALACIO DEL MARQUÉS DE DOS AGUAS EN VALENCIA Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) 65

66 Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) Plano parcelario municipal (1944) 66

67 IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) 67

68 Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) Plano parcelario municipal (1944) 68

69 IGLESIA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico y topográfico de la ciudad de Valencia del Cid. Vicente Montero de Espinosa (1853) Plano geométrico de Valencia (1892) 69

70 CASA DEL ALMIRANTE Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) 70

71 BAÑOS DEL ALMIRANTE Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) 71

72 IGLESIA PARROQUIAL DE LOS SANTOS JUANES Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 72

73 PALACIO DEL MARQUÉS DE LA SCALA Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 73

74 IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ESTEBAN Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano parcelario municipal (1944) 74

75 PALACIO-CASA DE LOS ESCRIVÁ Valentia Edetanorum. Tosca-Fortea. (1738) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 75

76 ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 76

77 TEMPLO Y TORRE DE SANTA CATALINA MÁRTIR Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 77

78 BASÍLICA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 78

79 IGLESIA DE SAN NICOLÁS DE BARI Y SAN PEDRO MÁRTIR Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 79

80 UNIVERSIDAD DE VALENCIA Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) 80

81 Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) Plano parcelario municipal (1944) 81

82 IGLESIA DE SANTO TOMÁS Y SAN FELIPE NERI Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico y topográfico de la ciudad de Valencia del Cid. Vicente Montero de Espinosa (1853) Plano geométrico de Valencia (1892) 82

83 IGLESIA DE LAS ESCUELAS PIAS Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 83

84 CASA VESTUARIO Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 84

85 TEATRO PRINCIPAL Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) Plano geométrico de Valencia (1892) 85

86 IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTIN Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 86

87 IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 87

88 MERCADO CENTRAL Plano geométrico de Valencia (1892) Plano del ensanche de la ciudad de Valencia (1924) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 88

89 PALACIO DEL MARQUES DE CAMPO (O DE LOS CONDES DE BERBEDEL) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano parcelario municipal (1944) 89

90 PALACIO DE LOS BOIL DE ARENÓS Nobilis ac regia civitas Valentie in Hispania. Mancelli (1608) Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de la ciudad de Valencia llamada del Cid. Francisco Ferrer (1828) 90

91 Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) Plano parcelario municipal (1944) 91

92 PALACIO DE LOS CATALÁ DE VALERIOLA Valentia edetanorun aliis contestanorum vulgo del Cid. Thomas Vincentio Tosca. (1704) Plano geométrico de Valencia (1892) Plano de nuevas líneas para la reforma interior de Valencia. (1929) 92

93 III Valores paisajísticos En este apartado se enumeran de forma resumida los elementos que contribuyen a configurar el valor paisajístico de este ámbito territorial y por lo tanto se convierten en elementos caracterizadores del paisaje de este ámbito. No obstante, el Estudio de Integración Paisajística que acompaña al PEP-EBIC será el documento encargado de la descripción de los valores paisajístico del ámbito, las afecciones y las medidas correctoras necesarias para su correcta conservación, desarrolladas de acuerdo a la legislación paisajística vigente. Los estudios de intervisibilidad realizados para la elaboración del Estudio de Integración Paisajística que acompaña al PEP-EBIC han contribuido a la definición de la delimitación de los Entornos de Protección de los Monumentos realizada desde este Plan. El valor paisajístico de la zona y los elementos que caracterizan el paisaje del ámbito se concentra principalmente en el tejido urbano -de ciudad histórica- que abarca el ámbito del PEP-EBIC en el que destaca un número importante de elementos singulares que contienen valores de distinta naturaleza, patrimoniales, ecológicos, estéticos etc. Como elementos singulares del paisaje del ámbito territorial del PEP-EBIC es necesario señalar los siguientes: 1.- Los que forman parte del patrimonio cultural urbano que son: - La propia trama urbana de Ciutat Vella, que es parte de Conjunto Histórico de Valencia, Bien de Interés Cultural. - Las edificaciones calificadas Bien de Interés Cultural que son objeto de este Plan y que son un total de 29 elementos. Además en el ámbito también se encuentra incluido parte del trazado de la murallas islámica y romana declaradas también Bien de Interés Cultural; mientras que parte del trazado de la muralla islámica es objeto de este Plan Especial de Protección, el resto de la traza de esta cerca y la muralla romana no lo son. El ámbito de la muralla islámica que es objeto de este plan es el que va desde las Torres de Serranos hasta la plaza del Tossal, tramo que goza de una declaración individual como bien de interés cultural. - Las edificaciones calificadas Bienes de Relevancia Local. Un total de 27 bienes inmuebles que se distribuyen de acuerdo a las categorías siguientes: Monumento de Interés local, Espacio Etnológico de Interés local, Espacio de Protección Arqueologica. - Además de los bienes anteriormente citados BB.II.CC y BRL, han de considerarse la presencia en el ámbito de un total de 414 edificaciones protegidas. - Es necesario resaltar el valor paisajístico aportado por los espacios libres incluidos en el ámbito. Un número importante de plazas de gran superficie, la mayoría resultado de reformas urbanas realizadas sobre el tejido histórico y pequeñas plazuelas que mantienen sus antiguas trazas. Todas ellas contribuyen a incrementar el valor paisajístico del ámbito. A continuación enumeramos los principales espacios libres del ámbito del PEP EBIC 06-07: Se trata de las plazas de la Reina y de la Virgen, las plazas del Mercado y Ciudad de Brujas, las plazas de san Lorenzo, Manises, Cors de la Mare de Deu, Tossalt, san Nicolás, horno de san Nicolás, Marqués de Busianos, Correo Viejo, san Luis Beltrán, Condes del Real, Almoina y Decimo Junio Bruto, Arzobispo, san Esteban, Comunión de san Esteban, Mossen Milà, Nápoles y Sicilia, san Vicente Ferrer, Patriarca, santa Catalina, Lope de Vega, Virgen de la Paz, Redonda, Doctor Collado, Compañía, Comunión de San Juan, Juan de Vilarrasa y Escuelas Pías. Es necesario recalcar la singularidad de la tipología de la Plaza Redonda y por lo tanto, su importante contribución a incrementar el valor paisajístico de la zona. Así mismo conviene recordar que este espacio público está reconocido como BRL. 93

94 2.- Además de los anteriores hay que señalar la presencia de otros elementos de menor rango patrimonial que aportan valores visuales atractivos, como son los denominados "elementos urbanos", que incluyen fuentes, pozos y conjuntos escultóricos con un total de 12 elementos que se incluyen en el Catálogo del Plan. 3.- Existen otros elementos que destacan por sus valores estéticos y además por sus valores ecológicos, se trata de los jardines entre los que destacan: - Los jardines ubicados sobre espacio libre público como son el Jardín Palacio Condes de Parcent y el Jardín Palacio de la Generalitat - También contribuyen a incrementar estos valores los jardines incluidos en parcelas privadas vinculados a la edificación existente en esa misma parcela. Entre otros destacan el "Jardín de La Lonja" y el "Jardín Palacio de Benicarló o de los Borja". - Existen en estos espacios ajardinados ejemplares arbóreos incluidos en el Catálogo del PGOU de Valencia que gozan de Protección integral y elementos incluidos en los Catálogos resultantes de la aplicación de la Ley 4/06 de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental. 4.- Es necesario subrayar la existencia de distintos niveles topográficos y de puntos de vista elevados; en algunos casos estas atalayas se convierten en punto de observación respecto del ámbito de toda la ciudad, y generan la posibilidad de percibir el paisaje con distintas matizaciones y además exigen que cualquier intervención a realizar sea analizada desde estos distintos puntos o espacios de percepción: - La visual desde las torres y campanarios que forman parte de la mayor parte de las iglesias y edificios civiles incluidos en el ámbito. De estos elementos podemos destacar la torre del Miguelete en la iglesia Catedral Basílica Metropolitana de santa María y la torre campanario de la iglesia de santa Catalina Mártir, ambas accesibles al público; la torre del palau de la Generalitat, la torre de san Bartolomé y el conjunto de torres campanario del resto de las iglesias incluidas en el ámbito san Esteban, santos Juanes, Patriarca, etc. - Otros puntos y visuales que no hay que olvidar son las que se generan desde las azoteas, terrazas y cubiertas de las edificaciones. 5.- Hay que considerar la puesta en valor de restos arqueológicos de gran interés en distintos puntos del ámbito integrados en edificaciones privadas, dotacionales públicos y espacios libres que pueden ser visitados. Destacan entre ellos los restos Arqueológicos de l'almoina y Carcel de san vicente en la plaza Decimo Junio Bruto o los restos de la muralla islámica desde las Torres de Serranos hasta la plaza del Tossal, incluyendo los restos musealizados en el subsuelo. 6.- En el ámbito destaca la presencia de ejes de comunicación que forman parte de la red viaria principal utilizada para recorrer la ciudad. Se trata de vías que soportan una intensidad media diaria elevada y destacamos los siguientes elementos: - Calle San Vicente, tramo Reina- Ayuntamiento: Todo su tráfico procede de la calle de la Paz - Calle San Vicente, tramo san Agustín - Ayuntamiento: Su tráfico procede de la ronda sur y de la retroalimentación de la avenida del Oeste. - Avenida Barón de Cárcer/avenida del Oeste: Su trafico procede de la plaza del Mercado y de la ronda este a través de Guillem Sorolla - calles Poeta Querol, Barcas y Pintor Sorolla: su tráfico procede de la ronda este a través de la calle de la Paz. - calles de la Paz, Comedias, Trinquete Caballeros, plazas Nápoles y Sicilia y Mosén Milá, calles Avellanas, Venerables y Almirante: su tráfico procede de la ronda este a través de la calle de la Paz. - calle del Mar: su tráfico procede de la ronda este a través de la calle de la Paz y plaza de la Reina 7.- En la mayoría de los elementos que forman parte del paisaje del ámbito del PEP-EBIC 06-07, podemos destacar sus valores productivos que radican en su contribución a la oferta cultural de la ciudad, además este paisaje puede generar beneficios de turismo cultural. En este apartado destacamos los que adquieren mayor significación dentro del ámbito: 94

95 - Los museos instalados en la iglesia Catedral Basílica Metropolitana de santa Maria, en la Lonja de los Mercaderes, en el colegio Seminario del Corpus Christi o del Patriarca, en Baños del Almirante, en Antiguo Almudín de valencia, en palacio del Marqués de Campo, el museo nacional de artes decorativas y cerámica González-Martí en el palacio del Marqués de Dos Aguas. - La biblioteca instalada en la Casa Vestuario - El Teatro Principal. - Restos arqueológicos de l'almoina "Centro Arqueológico de l Almoina". 8.- Forman parte del paisaje del ámbito del PEP-EBIC 06-07, y destacan por su contribución a la mejora de la oferta turística de la ciudad, edificaciones correspondientes a tipologías singulares vinculadas a usos terciarios, el hotelero principalmente. Podemos destacar como ejemplos más relevantes el Hotel Reina Victoria, el Hotel Inglés o el Hotel Astoria. 9.- No podemos dejar de señalar la contribución del Mercado Central a la configuración del paisaje característico de una de las zonas que forma del territorio objeto de planificación. La presencia de este elemento supone una doble aportación de valores paisajísticos y ambientales, teniendo en cuenta por una parte el valor propio de la edificación y por otra el valor paisajística que su actividad genera al ser el aglutinador y dinamizador del importante comercio tradicional que se desarrolla en el ámbito próximo al edificio Respecto de la dinámica del paisaje, evolución histórica y previsiones de evolución se señalan los elementos que adquieren mayor relevancia y que por ello han sido analizados y valorados: - Análisis y valoración de la repercusión que las reformas interiores y aperturas urbanas han supuesto sobre el tejido histórico de origen, la trama medieval de la ciudad antigua. Principalmente remodelaciones y reformas integrales de finales del siglo XIX hasta mitad del XX, que han transformado el tejido medieval como es el caso de la Avenida del Oeste, la calle San Vicente, o las calles Poeta Querol y Barcas que, con valores distintos y diferenciados, han contribuido a configurar de forma significativa la estructura urbana y arquitectónica del ámbito objeto de planeamiento. - Respecto de la evolución del paisaje se han identificado las edificaciones que no se ajustan a los parámetros básicos de las edificaciones tradicionales de la zona y que por ello se clasifican como impropios, distorsionantes o inarmónicos. También se ha tenido en cuenta la presencia de construcciones e instalaciones que suponen un deterioro visual o ambiental del ámbito protegido. - Del mismo modo en este ámbito es necesario señalar la importancia que adquiere para el paisaje la ordenación y diseño de los espacios libres que rodean a los monumentos incluidos en el ámbito. Es importante considerar, valorar y reducir los usos y actividades que se producen en estos espacios libres públicos circundantes a las edificaciones monumentales que generan importantes afecciones. En este caso hemos de señalar la afección generada por el tráfico de vehículo rodado y añadir a este aspecto el estado y las características de la urbanización de algunos espacios libres como son la plaza de la Reina o el ámbito de la Lonja o el Mercado Central, que no resultan compatibles con el carácter y valor monumental que requieren estas zonas. III Descripción Usos y Actividades características Para todo el ámbito del PEP-EBIC se establece el mismo régimen de usos con excepción de Las parcelas que se representan expresamente con "T-e" que son de "uso terciario-exclusivo, "T-m" que son de "uso terciario-residencial mixto, y las "Tho" que se trata de "Hoteles, Hostales, Pensiones y Apartamentos en régimen de explotación hotelera". Estas parcelas se representan en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO. Los ámbitos cuyo planeamiento vigente asume íntegramente el PEP-EBIC y en los que prevalece la regulación de usos establecida en estas áreas por el planeamiento correspondiente y que son: - parcelas incluidas en el ámbito del MPEPRI Carmen, Muralla Musulmana. - parcelas incluidas en el ámbito del PE de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda de Valencia. 95

96 - parcelas incluidas en el ámbito del PE de Ampliación de les Corts Valencianes. 1. Los aspectos más relevantes de la "regulación de usos" establecida con carácter general para todo el ámbito son los siguientes: Que el uso global o dominante de la zona es el "Residencial plurifamiliar" Respecto de los usos prohibidos hay que destacar: En el uso Terciario Comercial (Tco) se prohíben los locales comerciales independientes, con superficie mayor de 800 m2 (Tco 1c). En cuanto al uso Terciario Recreativo (Tre) se prohíben las modalidades que superan el aforo de 300 personas (en esta zona antes de la entrada en vigor del PEP-EBIC 06-07, el planeamiento vigente solo lo prohibía en el Barrio Histórico de Seu Xerea). En el uso Terciario Recreativo en las categoría permitida, se prohíbe el uso concreto de discotecas, salas de fiesta y salas de juego en todas las modalidades. Del uso industrial se prohíben las modalidades no compatibles con las viviendas. Respecto del uso de Almacén (Alm) se prohíben las modalidades que no son compatibles con vivienda y los almacenes compatibles con vivienda que superan los 600 m2 (Alm. 1c) (esto supone una novedad respecto del planeamiento vigente en esta zona). Respecto del uso Aparcamiento (Par): Se prohíbe el aparcamiento vinculado a vehículos de transporte público (Par. 2), el aparcamiento en edificio de uso exclusivo (público y privado) (Par 1d) salvo los existentes antes de la entrada en vigor del Plan, y el aparcamiento al aire libre sobre superficie libre de parcela (Par.1c). Este último uso, el (Par.1c) se prohíbe en general salvo en casos concreto que el destino de la edificación lo requiera y entonces se especifica pormenorizadamente el porcentaje de parcela en el que se permite este aparcamiento, se define expresamente en las Normas del Plan cuales son las parcelas en las que se permite. Los aparcamientos bajo espacios libres públicos o privados (Par.1b) se permiten pero se fijan condiciones a tener en cuenta para su implantación en función de las características del espacio libre que se diseñe en la parte superior Respecto de la "compatibilidad de los usos", hay que señalar: En esta zona los usos Terciarios, comercial, oficinas y recreativos, pueden ubicarse en edificio de uso mixto ocupando la planta baja y planta semisótano en todos los casos y además, la planta primera en el caso de los usos comerciales y de oficina. En el caso de oficinas destinadas a despachos profesionales o domésticos se permite su implantación en todas las plantas del edificio. El uso Terciario hotelero se permite en edificio de uso mixto en cualquier planta del edificio y en edificio de uso exclusivo. El uso de Dotaciones se admite en cualquier planta del edificio e incluso en edificio de uso exclusivo. En este ámbito se permiten las agregaciones de los usos terciarios permitidos constituyendo un edificio de uso exclusivo terciario. No obstante, para la agregación se deberán cumplir las condiciones especificas que las Normas establecen para la implantación de cada unos de los usos. Por último, se establecen condiciones para el caso de edificio de uso mixto en los que cualquiera de los usos permitidos comparta el edificio con el uso residencial para procurar que los usos diferentes del residencial no superen el 50% de la superficie construida del edificio. 96

97 1.4.- Respecto de implantación de nuevas actividades con ambientación musical hay que señalar: En el año 1998 se introdujo el artículo in fine en las Normas Urbanísticas del PGOU que no autoriza la implantación de nuevas actividades con ambientación musical si distan un radio inferior a 65 metros de otra actividad de este tipo con licencia concedida o en tramitación, salvo que formen parte de una actividad de uso terciario hotelero. En el año 2003 se incluyó en los PEPRIs de los Barrios del Carmen, Mercat y Velluters una Disposición Adicional por la que la limitación de implantación de actividades del citado artículo in fine de las NNUU del PGOU, recogida en el artículo 25 de la entonces en vigor Ordenanzas de Ruidos, se extendía a los pubs, bares y cafeterías aunque no contasen con ambientación musical. En el año 2006 se modificó la Disposición Adicional del PEPRI del Barrio del Carmen por razones de contaminación acústica, y se extendió dicha prohibición a los restaurantes o similares. En las Ordenanzas de los PEPRIs de la Seu-Xerea y de San Francesc no se introdujo regulación especial alguna, por lo que rige lo establecido en el artículo in fine y reproducido en el artículo 47 de la Ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica. En el año 2010 se sometió a información pública la declaración del Barrio del Carmen como zona acústicamente saturada (ZAS), con suspensión del otorgamiento de las licencias de actividad que se incluyen en dicha declaración cuyo ámbito afecta en distintos grados a ámbitos de los Barrios del Carmen, Mercat, Velluters y Seu-Xerea. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de enero de 2013, dicha medida cautelar y el resto que se establecen permanecen en vigor. Desde el punto de vista patrimonial y urbanístico se considera que la regulación que hace el artículo in fine es la adecuada, sin perjuicio de las mayores limitaciones que temporalmente puedan derivarse de la normativa contra la contaminación acústica. 2. El régimen de uso de las parcelas destinadas a "edificio de uso terciario exclusivo" que se representan expresamente con una "T-e" en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO consiste en: Se refiere a edificios cuyo uso actual es el de actividades terciarias comerciales, recreativas, oficinas o aparcamientos, ubicados en inmuebles construidos expresamente para ello. Corresponde a parcelas situadas en el barrio de Universitat San Francesc (la mayoría de los casos edificios destinados a sedes bancarias y oficinas, localizados en el eje viario Barcas-Poeta Querol) y en barrio de Mercat. En este uso se incluyen parcelas pertenecientes a edificios protegidos o no que aun no siendo su origen el descrito, (generalmente se trataba de tipologías residenciales) han sufrido remodelaciones y transformaciones profundas para su adaptación al uso terciario y cuya reconversión a sus tipologías de origen se considera irreversible o escasamente viable. El PEP-EBIC ha recogido las parcelas calificadas con este uso por los PEPRIS de Ciutat Vella y modificaciones de estos. La relación de parcelas afectadas por esta regulación son las siguientes: plaza Reina-c/san Vicente Mártir c/ Pascual y Genís-Barcas-Correos. (Entidad Bancaria, Banco de Santander) c/ Pintor Sorolla-Don Juan de Austria. (Entidad Bancaria, Bancaixa) c/ Pintor Sorolla. (Entidad Bancaria, Banco Urquijo) c/ Pintor Sorolla-Don juan de Austria. (Entidad Bancaria, Banco de Valencia) c/ Universidad-pintor Sorolla-Salvá-Miñana. (Entidad Bancaria, Bancaixa) c/ Pintor Sorolla-Miñana. (Entidad Bancaria, B.B Kutsa) c/ Pintor Sorolla-Miñana. (Entidad Bancaria, Caja Castilla la Mancha) c/ Poeta Querol-Miñana. (Entidad Bancaria, Banco Bilbao Vizcaya) c/ Pintor Sorolla-Universidad-Barcelona. (Entidad Bancaria, Banesto) 97

98 c/ Embajador Vich-san Andrés c/san Fernando Palacio de Fuente Hermosa, c/ Caballeros c/ Miguelete, 5-Santo cáliz-horno de los Apóstoles plaza Manises, 7-calle Bailia-calle Convento de la Puridad. El PEP EBIC atendiendo a las características tipológicas de las edificaciones ubicadas en las parcelas que posteriormente se describen, propone limitar el uso terciario exclusivo (T-e) que en ellas se instale permitiendo solo el uso de oficinas Palacio de Fuente Hermosa, c/ Caballeros c/ Miguelete 5-Santo cáliz-horno de los Apóstoles. El PEP EBIC propone como nueva parcela destinadas a edificio terciario exclusivo (T-e) - La parcela plaza Manises-calle Bailia-calle Convento de la Puridad que en la actualidad se encuentra sometida a trámite de modificación de plan, para su cambio de calificación a grado de compatibilidad 1, dentro del PEPRI de Seu Xerea. El PEP EBIC modifica el uso de la parcela: c/ Embajador Vich-san Andrés, calificada por el planeamiento vigente como (Par. 1d) aparcamiento en edificio de uso exclusivo, por tratarse de un uso prohibido en el Plan. La parcela se incluye dentro del régimen general de usos del Plan por lo que pasa a destinarse dentro del uso global residencial El uso global o dominante de esta zona es el " Terciario-exclusivo" Respecto de los usos prohibidos hay que destacar: En estas parcelas los usos prohibidos son los mismos que en el régimen general (Tco 1c, 2 y 3; Tho 2; Tre 2, 3, 4) (Ind 2,3) (Alm 1c,2,3) (Par 1c,1d,2) (Dce, Ddf, Din salvo Din. 5) salvo el uso comercial Tco 1c (de 800 a 2000 m2) y el recreativo Tre 2, 3 (aforo mayor de 300 personas) que si que están permitidos en estas parcelas Respecto de la compatibilidad de usos: En estas parcelas todos los usos Terciarios, comercial Tco, hotelero Tho, oficinas Tof y recreativo Tre, pueden establecerse en edificio de uso exclusivo. 3. Régimen de uso de las parcelas destinadas a "edificio uso terciario-hotelero exclusivo" que se representan expresamente con una "Tho" en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO que son las siguientes: Se trata de parcelas destinadas a instalación hotelera del barrio Universitat- sant Francesc incluidas en el PEPRI con esa calificación c/ Barcas- Pérez Pujol-Correos. Hotel Reina Victoria c/ Marqués de Dos Aguas-Vidal-Rinconada Federico García Sanchiz-c/ Cardona. Hotel Ingles c/ Abadía de san Martín. Hotel Petit Palace Bristol plaza Rodrigo Botet-c/ Ballesteros- Vilaragut. Hotel Astoria c/salvá-miñana. Pensión Paris El uso global o dominante de esta zona es el de hoteles, pensiones y apartamentos en régimen de explotación hotelera y residencias colectivas. 98

99 3.2.- Respecto de los usos prohibidos hay que destacar: En estas parcelas los usos prohibidos son: (Tco.1c, 2, 3); Tho.2; Tre.4); (Ind.1), 2.3); (Alm.1, 2,3); (Par.1c, 1d,2); Dotacionales (D): Edificios, locales, instalaciones y espacios dotacionales destinados a: mataderos, mercados de abastos, cementerios (Dce), Defensa y fuerzas de seguridad (Ddf), Infraestructuras (Din) excepto los servicios centrales de telecomunicaciones (Din.5) Respecto de la compatibilidad de usos: En estas parcelas todos los usos Terciarios, hotelero Tho, y oficinas Tof pueden establecerse en edificio de uso exclusivo. El uso comercial Tco.1 y el recreativo Tre.1, 2 y 3.- solo en edificio de uso mixto. 4. Régimen de usos de las parcelas destinadas a "edificio uso mixto residencial-terciario" que se representan expresamente con una "T-m" en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO. Se refiere a aquellos edificios, protegidos o no de origen residencial y cuyo grado de terciarización (debido a la progresiva sustitución de las viviendas originales por oficinas y despachos, fundamentalmente, aparte de los locales comerciales) es superior al que supone la ocupación de plantas semisótano, baja y primera por estos usos. En consecuencia el plan se dirige a evitar la sustitución global del uso residencial en dichos inmuebles manteniendo un cierto nivel de equilibrio entre ambos (residencial y terciario). El PEP-EBIC ha recogido las parcelas calificadas con este uso por los PEPRIS de Ciutat Vella y modificaciones de estos en concreto las incluidas en el PEPRI Universitat- sant Francesc que son las siguientes: calle Barcas-calle Pascual y Genis calle Virues-calle Barcas calle Pintor Sorolla plaza Ayuntamiento 5. Para la asignación del uso global, pormenorizado permitido y prohibido, de las parcelas pertenecientes a elementos de la red primaria de dotaciones, o red secundaria de dotaciones "subzona de ordenación urbanística", se mantiene las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana vigente (actualmente art y 6.73). 6. PEP-EBIC establece cambios en la calificación de algunos de los elementos pertenecientes a la red secundaria de dotaciones (públicos y privados) existentes en este ámbito para adaptarlos al uso real actual, se trata de: plaza Almoina-plaza Arzobispo. La Casa del Punt de Gantxo. actualmente es dotacional religioso SP-6*, se propone el cambio de calificación a SP-2/S-ED público plaza Arzobispo-c/del Palau-plaza Almoina actualmente es dotacional SP-2 (todo el edificio), se propone el cambio de calificación a SP-2/S-ED (parcial) situado en plantas baja y semisótano que corresponde con el Museo de Restos Arqueologicos Cripta de san Vicente, parte del BRL-EPA RESTOS ARQUEOLOGICOS DE DE L'ALMOINA Y CARCEL DE SAN VICENTE que también incluye los restos arqueológicos de la plaza Decimo Junio Bruto y 05 a 07 C/ Almudin-plaza Almoina, actualmente es dotacional SP-2-6*. Se propone se propone el cambio de calificación a SP-2/S-ED público plaza san Luís Beltrán-c/Tossalet. Casa Natalicia de San Luís Beltrán. Actualmente es dotacional religioso SP-6* se propone el cambio de calificación a SP-2*/S-ED* parcial (el dotacional solo se sitúa en planta baja) el resto del la edificación es residencial en planta pisos. 99

100 7. El PEP-EBIC califica como nuevas dotaciones plaza Cors de la Mare de Deu que actualmente pertenece al uso residencial. Se propone calificar como SP-2-6*/S-ED-AT*. La manzana 58301, recayente a las calles Miguelete, Subida de Toledano y Bordadores. Esta nueva dotación incluye las parcelas 01 y la 02 en la que se ubica la edificación catalogada "Casa del Relojero" incluida en el Catálogo del Plan y se destina a uso de carácter cultural complementarios de los que se producen en el inmediato ámbito de la plaza de la Reina. 8. Régimen de usos previsto por el presente PEP-EBIC para los edificios incluidos en el "Catálogo" será con carácter general el previsto para la "Zona de Ordenación Urbanística" en la que se encuentre el edificio catalogado, el de la "sub-zona de ordenación urbanística" a la que pertenezca por ser red secundaria, o se ajustara a las condiciones que corresponda por pertenecer a la red primaria. En cualquier caso la implantación de estos usos no podrá afectar a la conservación de los valores protegidos existentes en estas edificaciones ni su implantación podrá exigir llevar a cabo intervenciones no acordes con su nivel de protección. No obstante se establecen condiciones especiales en los siguientes casos: Regulación de usos de edificaciones catalogadas con tipologías singulares como las de los "Palacios y Casas Señoriales". En particular cabe señalar la regulación de usos que el Plan establece a las edificaciones catalogadas como tipologías singulares, palacios y casas señoriales que se citan a continuación: (corresponde a edificios incluidos en el catalogo, tipo palaciego y que no pertenecen ni a la red primaria ni a la secundaria) Casa Señorial, Conde Trenor Casa Señorial Salvador Casa Señorial Salvador Palacio Catalá de Valeriola, Nules 2 (BIC) Casa Señorial, Trinquete de Caballeros Palacio de Tremolar, Trinquete de Caballeros 11 y Palacio de Escrivá San Luis Beltrán 2 (BIC) Palacio de Montornes, Conde de Montornes 1, 3 y Palacio de Valeriola Mar, Palacio en Caballeros, 36. En estas parcelas en general los usos prohibidos son los mismos que en el resto del ámbito pero además se prohíbe el uso de almacén, industria, y el terciario recreativo. El uso terciario hotelero y de oficinas se puede instalar en edificio de uso mixto o exclusivo. el uso terciario comercial solo puede ubicarse en edificio de uso mixto hasta la planta primera. Las condiciones del uso aparcamiento son las mismas que las establecidas para el régimen general en el resto del ámbito. El uso residencial comunitario solo puede ubicarse en edificio de uso mixto. No se admite agregación de usos terciarios en edificio de uso exclusivo Regulación de usos de elementos protegidos singulares como "Los espacios abovedados de las escaleras de la lonja y les covetes de Sant Joan". 100

101 En los "espacios abovedados de las escaleras de la lonja", situados en el ámbito de la calle Pere Compte y pertenecientes a los edificios situados en las parcelas , 11 y 10, tendrán la consideración urbanística de planta semisótano y se permite el uso comercial Tco.1a y 1b. - Uso Comercial compatible con la vivienda permitido en el régimen general de usos del ámbito. Los espacios o locales denominados "Covetes de San Joan" (parcelas a 07 y 08 a 20) recayentes a plaza Del Mercado, que son parte integrante del BIC iglesia parroquial de los santos Juanes tendrán la consideración urbanística de planta semisótano y se permite el uso comercial Tco.1a y 1b. - Uso Comercial compatible con la vivienda permitido en el régimen general de usos del ámbito. Preferentemente se recomienda la implantación del pequeño comercio dedicado a artesanía, librerías, anticuario. 9. Regulación de usos, de los bienes pertenecientes al "Inventario de Patrimonio Cultural Valenciano": Bienes de Interés Cultural y Bienes de Relevancia Local, para la asignación de usos pormenorizados permitidos y prohibidos, se estará a lo previsto para la "Zona de Ordenación Urbanística" en la que se encuentre el edificio o a las condiciones que correspondan por pertenecer a la red primaria o a la secundaria de dotaciones según la regulación del PGOU vigente. Además se tendrá en cuenta: Condiciones particulares usos pormenorizados permitidos y prohibidos en los Bienes de Interés Cultural Art. 3.28: a. En los Bienes de Interés Cultural calificados como dotaciones red primario o secundaria públicas o privadas el uso Terciario comercial, oficinas o recreativo (Tco, Tof, Tre) en la modalidad que sean permitidos en cada caso, solo podrán ubicarse si forman parte de la actividad principal que se desarrolle. b. Se prohíbe el aparcamiento en todas las modalidades salvo en las partes del parcela o del edificio en los que la ficha de catálogo especifique que existen elementos que no gozan de protección. Condiciones particulares usos pormenorizados permitidos y prohibidos de los Monumentos de Interés Local. Art En el caso de los Bienes de Relevancia Local, para la asignación de usos pormenorizados permitidos y prohibidos se establecen las condiciones particulares siguientes: a. El uso global o dominante es el Residencial Plurifamiliar o el dotacional según la Zona o Subzona de Ordenación Urbanística a la que pertenezca el edificio, sin prever edificios de uso mixto. b. Excepcionalmente y a fin de fomentar su rehabilitación y atendiendo a sus características edilicias, dimensiones y superficies, se podrán autorizar los usos permitidos para las parcelas de uso terciario exclusivo T (artículo 5.6), siempre que concurran las siguientes condiciones: 1) El uso Terciario debe desarrollarse en la totalidad del edificio y estar gestionado o vinculado a una única propiedad o entidad. 2) Se formule una propuesta de actividad y rehabilitación simultánea suficiente para la evaluación de su compatibilidad con los valores protegidos del inmueble señalados en la Ficha de catalogo, que sea dictaminada favorablemente por la Comisión Municipal de Patrimonio. c. Se prohíbe el aparcamiento en todas las modalidades salvo en las partes del parcela o edificio en los que la Ficha de catálogo especifique que existen elementos que no gozan de protección. III Identificación de edificios y elementos Impropios 101

102 La Ley 5/2007, de modificación de la LPCV determina, en el art f), que el objeto del planeamiento especial debe ser la conservación y rehabilitación de los inmuebles del entorno de protección, exceptuando aquellos que no se ajusten a los parámetros básicos de las edificaciones tradicionales de la zona que se deben clasificar expresa y justificadamente por el plan como impropios, distorsionantes o inarmónicos. Para identificar los elementos del ámbito que se consideran impropios, distorsionantes o inarmónicos se han tenido en cuenta los aspectos siguientes: 1.- El área que nos ocupa, ámbito del PEP-EBIC 06-07, en su mayor parte, pertenece al casco histórico de la ciudad de Valencia, conocido como Ciutat Vella y declarado Bien de Interés Cultural "Conjunto Histórico de Valencia" mediante Decreto del Consell publicado en DOGV y BOE Se han analizado y estudiado las distintas tramas urbanas que se identifican en el ámbito, aquellas que presentan características homogéneas respecto de las características de la edificación, los espacios libres y la red viaria que conforma cada una de ellas. El ámbito está configurado en la actualidad por un tejido urbano procedente de la evolución y de la trasformación del tejido origen de la ciudad histórica y en este podemos definir dos tipos de tejido urbano que se diferencian tanto por la trama viaria y de espacios libres que lo sustenta como por la edificación que las configura que responden a parámetros urbanísticos como -altura, profundidad edificable, volumetría, composición de fachada- distintos entre cada zona. En el ámbito del Plan podemos distinguir una gran superficie parte de Ciutat Vella e incluida en "Áreas de calificación urbanística" -Barri Históric- por los distintos PEPRIS vigentes en este ámbito hasta la aprobación del PEP-EBIC En esta zona la volumetría de las edificaciones tradicionales que la conforman es la correspondiente a edificaciones que van de 4 a 6 plantas. En este ámbito existen edificios aislados que presentan una escala desestructuradora respecto a su contexto urbano o están construidos con unas alineaciones ya amortizadas; para estos edificios se ha adoptado el criterio de considerarlos elementos impropios que podrían ser objeto de corrección en función de su contexto inmediato. Con independencia de edificaciones aisladas, los conjuntos más relevantes de edificación impropia son los formados por las edificaciones que constituyen las fachadas de la plaza de la Virgen (fachada norte y conjunto edificado entre Caballeros y Apóstoles), los edificios sobreelevados de la calle del Salvador y los construidos con arreglo a la vía proyectada para enlazar la plaza de la Reina (fachada oeste) con el comienzo de la calle Bolsería (calle Taula de Canvis). Por otra parte distinguimos en el ámbito la existencia de áreas discontinuas procedentes de trasformaciones urbanas, correspondientes a trazados que han protagonizado un nivel de desarrollo importante. Así nos encontramos con el trazado y construcción de las operaciones de reforma urbana corresponden al entorno de la calle san Vicente-avenida Maria Cristina, al tramo norte de la Avenida del Oeste (hasta cruce con calle Linterna), y a la calle Poeta Querol y tramo contiguo de la calle Barcas (desde calle Transits a calle Universitat). El calado de estas transformaciones urbanas es de gran magnitud, afecta a características de la edificación tan importantes como el tamaño de parcela, la profundidad edificable, o la volumetría dando como resultado tipologías que difieren de las existentes en la zona considerada como barrio histórico. El perfil de las edificaciones que caracteriza el tejido de la zona de reformas urbanas está formado por una "zona basamental" configurada por la planta baja y la planta entresuelo, un cuerpo formado por las plantas piso que tiene de 5 a 7 plantas, y el remate de la edificación configurado por las plantas ultimas retranqueadas de la alineación de fachada que rematan la edificación y oscilan entre 1 a 3 plantas. Dependiendo de la zona de que se trate, avenida del Oeste, calle san Vicente-avenida Maria Cristina, o calle Poeta Querol- Barcas, el cuerpo central formado por las plantas piso es de mas o menos altura. 102

103 El cuerpo remate de la edificación constituye un elemento singular y representativo de este tipo de edificios, se encuentra total o parcialmente retranqueada de la alineación de fachada y se constituye por áticos, sobre-áticos y zonas de terraza. Respecto de estas áreas transformadas resulta necesario abordar su análisis desde puntos de vista contemporáneos. Estudiar su actual fisonomía como parte de un proceso de construcción de la ciudad, con unas determinadas características urbanas, sociales, arquitectónicas, culturales en suma que permitan discernir sobre la oportunidad de identificar e incorporar los valores que puedan detentar al acervo cultural y patrimonial de la ciudad. Se ha realizado el análisis de estas zonas desde la perspectiva de su consideración como un proceso histórico urbano ya consolidado y sobre el que no existe vuelta atrás; hecho este análisis se ha optado por depurar sus planteamientos urbanos y por incorporar sus determinaciones de ordenación al régimen urbanístico y por lo tanto, no considerarlos elementos impropios. 3.- Para la determinación de elementos impropios también se ha considerado de forma independiente el análisis de las edificaciones calificadas dentro del uso "terciario exclusivo", "terciario-residencial mixto" y "edificio de uso hotelero exclusivo" ya que estas edificaciones responden a tipologías singulares ajenas a las de la edificación tradicional de las distintas zonas. En general, se trata de edificaciones de mayor altura, y número de plantas, corresponden a muestras de arquitectura moderna, lenguaje arquitectónico contemporáneo, edificios con gran vocación de singularidad y de convertirse en elementos "hitos" de la ciudad. Su tipología está vinculada al uso, y este ha contribuido en la mayoría de los casos a fomentar la permanencia de la actividad en Ciutat Vella. Por lo tanto, independientemente de la zona en la que nos encontremos, trama histórica o de reforma urbana, el PEP EBIC propone conservar el uso actualmente existente en estos edificios que ya caracterizan Ciutat Vella (como son Hotel Astoria en calle Vilaragut o las oficinas del BBVA en calle Pintor Sorolla 3) que se desarrollan sobre edificios que superan, en términos de aprovechamiento urbano, las cuantías de la edificación tradicional. Se trata aquí de evaluar la permanencia de un uso característico frente a su consideración como elementos fuera de ordenación derivada de la afección de estos inmuebles respecto al tejido urbano característico. El PEP EBIC propone como medida la aplicación de una regulación transitoria para estos inmuebles que afecta al uso y al edificio, de tal manera que, en tanto en cuanto el uso se conserve, el edificio está dentro de ordenación pero si el uso desaparece, el edificio queda automáticamente fuera de ordenación y debería adecuarse a las condiciones que establece el régimen urbanístico del Plan. 4.- Los aspectos descritos en los párrafos anteriores, condicionan la forma de determinar los elementos impropios existentes en el ámbito teniendo que fijar criterios distintos para cada zona, adaptados a las características de cada caso. De este modo el Plan distinguen las siguientes situaciones a la hora de realizar la determinación de elementos impropios, distorsionantes o inarmónicos en la zona: a. Inadecuación volumétrica. Cuando el edificio, o parte de él, excede del volumen propio o característico de las edificaciones tradicionales de la zona. Los excesos de volumetría parciales puede deberse a la existencia de cuerpos o elementos añadidos con posterioridad a la construcción del edificio original, casetones, cajas de escaleras, porches, trasteros, sobreelevaciones de cubierta etc. Los criterios del PEP-EBIC utilizados para análisis de la inadecuación volumetría ha sido el siguiente: 1.- En la zona "Entorno de Protección-Trama Histórica : se considera adecuado un numero de plantas que va de 3 a 6 en función de la zona y se representa en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO USOS Y GESTION DEL SUELO. La altura de cornisa máxima de la edificación se establece en 103

104 función del número de plantas representado y con arreglo a la fórmula: Hc = Np. (siendo Hc la altura de cornisa máxima expresada en metros y Np el número de plantas a edificar sobre la baja, es decir el señalado en los planos menos uno). En esta zona se han señalado como elementos impropios las edificaciones que superan la altura de cornisa resultante de las plantas que el plan permite al edificio. Se representan en el Plano de Información I-09 ANALISIS: ESPACIO EDIFICADO-ESPACIO LIBRE. De forma pormenorizada y de acuerdo con lo descrito en los párrafos anteriores los edificios considerados impropios, distorsionantes o inarmónicos de esta zona son los situados en las parcelas que se enumeran a continuación: c/ Carniceros, 13- Villena c/ Carniceros, c/ Carniceros, 5-plza. Escuelas Pias -c/ Balmes plza. Escuelas Pias 2 -c/ Balmes c/ santa Teresa, 21- Exarchs c/ Exarchs c/ Pie de la Cruz, 7 y c/ Roteros, c/ De la Cruz -En Roda- Palomino c/ Caballeros, calle Cordellats, c/ Danzas, 7-Colom plza. Mercado, 25-Tabla de Canvis calle san Fernando, c/ Serranos, 3- Los Borja c/ Serranos, 2- Los Borja c/ Navellos 12-Samaniego plza. Reina, c/ Milagro 11- Baños del Almirante c/ Taula de Canvis 8-En Colom-Danzas plza Virgen 4-c/ Caballeros- Horno de los Apóstoles c/ Navellos 1- plza De la Virgen plza Picadero de dos aguas, 3- c/ san Andrés plza De la virgen 8-calle navellos- plza Cors de la Mare de Deu c/ Del Salvador c/ Del Salvador 5/ calle Cruilles c/ De Salvá, 4-Soledad c/ Salvador c/ Comedias, 20-san Juan de Ribera plza De la Reina, En la zona "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX se considera adecuado como altura de la edificación un número de plantas entre 6 y 9 en función de la zona (avda. Maria Cristina, Poeta Querol, avda. del Oeste) tal y como se representa en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO. La altura de cornisa máxima de la edificación se fija a partir de la ordenanza grafica. Hc = Np, (considerando, 7.20 la altura del cuerpo basamental y siendo Hc la altura de cornisa máxima expresada en metros y Np el número de plantas a edificar sobre el cuerpo basamental (p. baja y p. entresuelo, es decir el señalado en los planos menos dos). Se analizan los elementos que superan la altura de cornisa resultado del número de plantas que el plan permite al edificio y nos encontramos que los excesos de altura en la mayor parte de los casos esta derivados de la presencia del "cuerpo de remate" de la edificación, asociado como ya hemos comentado a la composición volumétrica y a la tipología de la edificación de esta zona. 104

105 Se considera que estos elementos forman parte de la tipología edilicia característica de esta zona de reforma, por lo que aun sobrepasando las alturas fijadas por el plan no son considerados como elementos impropios. El Plan mantiene esta edificación transitoriamente dentro de ordenación, se representan con el símbolo (*) en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO USOS Y GESTION DEL SUELO. En este ámbito, el nuevo régimen que establece el Plan supone reducción de la altura máxima reguladora que tienen en la actualidad los edificios existentes, siguiendo así el criterio establecido por los PEPRIS. Este régimen de alturas ira materializándose cuando se produzca la sustitución de las edificaciones que podrán mantenerse transitoriamente dentro de ordenación cumpliendo con condiciones que el Plan establece. 3.- En las edificaciones de tipología singular asociadas al uso terciario, hoteles y entidades bancarios principalmente, considerados elementos singulares representantes de un determinado contexto histórico, económico, social y cultural de la ciudad, existe en algunos casos diferencia entre la altura permitida por el plan según la zona en la que se encuentra, y la altura actual de alguna de las edificaciones, en este caso, y atendiendo a las justificaciones realizadas en apartado anterior, se establecen medidas particulares que consisten en considerar a la edificación transitoriamente dentro de ordenación. Las condiciones propuestas por el plan se aplicaran en caso de demolición, sustitución o cambio de uso global o de categoría dentro del mismo uso del edificio, que permanece transitoriamente dentro de ordenación. Los edificios de esta zona que no se adaptan a las condiciones que define el Plan se representan con el símbolo (**) en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO USOS Y GESTION DEL SUELO. b. Inadecuada situación espacial. Se trata de aquellos inmuebles o partes de estos, cuya ubicación vías públicas, espacios libres públicos o privados, no se adecua a la morfología urbana que configura la edificación tradicional de la zona. La inadecuada situación espacial afecta a edificaciones que superan la línea de profundidad edificable definida por el plan. Este caso no se grafía pormenorizadamente en el Plano de Información I-09 ANALISIS: ESPACIO EDIFICADO-ESPACIO LIBRE. c. Inadecuación formal. Se trata de elementos que alteran las características estéticas, ornamentales o compositivas, de elementos o partes, de la edificación tradicional de la zona resultando perturbadores para el ambiente y paisaje urbano característico del ámbito. Se refiere a la presencia de instalaciones vistas, modificación de dimensión y forma de huecos de fachada, de cambio de materiales de carpinterías, modificación de textura y color de revestimientos, cierre de balcones, terrazas, zaguanes etc. De forma pormenorizada se señalan las parcelas del ámbito en las que se sitúan edificaciones que se consideran constituyen inadecuación formal para el ámbito: calle Carniceros, 13-Villena calle Carniceros, plaza Escuelas Pias, 3-calle Carniceros-calle Balmes plaza Don Juan de Villarrasa, plaza Don Juan de Villarrasa, calle Exarchs, 21 - santa Teresa calle Exarchs calle Taula de Canvis, 8 - En Colom - Danzas plaza del Mercado, 25-calle Taula de Canvis calle Roteros, calle Samaniego 15, calle Samaniego calle Navellos,

106 calle Tossalet, 6-calle Cronista Jerónimo Zurita calle Libreros, Plaza Napoles y Sicilia. Los elementos se representan en el Plano de Información I-09 ESTADO ACTUAL. ANÁLISIS DEL ESPACIO LIBRE Y ESPACIO EDIFICADO. d. Inadecuación funcional. Uso o actividades inadecuados por resultar contrarios a los usos tradicionales del ámbito. Se han detectado dos casos distintos de inadecuación funcional que se describen a continuación y se representan en el Plano de Información I-09 ESTADO ACTUAL. ANÁLISIS DEL ESPACIO LIBRE Y ESPACIO EDIFICADO. El primero caso es la inadecuación del uso de aparcamiento situado en edificio de uso exclusivo. Se trata de uno de los usos prohibidos por el Plan. De forma pormenorizada se señala la parcela del ámbito en la que se sitúa edificación que se consideran constituye uso inadecuado para el ámbito: edificación situada en la parcela C/ Embajador Vich-san Andrés. (Par. 1d). En segundo lugar, hay que señalar la presencia de usos y actividades en los espacio libres públicos en el entorno urbano que rodea a los Monumentos del ámbito que generan importantes afecciones a las edificaciones monumentales. A la afección del tráfico de vehículo rodado ha de añadirse el estado y las características de la urbanización de estos espacios libres que no resultan compatibles con el carácter y valor monumental que requieren estas zonas. Es necesario señalar que aunque en el ámbito de Ciutat Vella se han ido aplicando medidas encaminadas a su peatonalización y reducción del trafico existente aun existen zonas pendientes de aplicación de medidas para reducir la excesiva afluencia de tráfico y eliminar la presencia de grandes zonas de aparcamiento en superficie que persisten. En concreto, destacan como zonas afectadas por esta inadecuación funcional las que constituyen el entorno de protección de los Monumentos siguientes: - El de la Iglesia Catedral Basílica Metropolitana de Santa Maria. En este caso se trata de la plaza de la Reina, la calle de la Paz y la Calle de San Vicente Mártir. - El de la Lonja de los Mercaderes o de la Seda, el de la Iglesia Parroquial de los Santos Juanes, y el del Mercado Central. Los ámbitos afectados son la avenida Maria Cristina, la plaza del Mercado y la plaza Ciudad de Brujas. A continuación pasamos a describir el estado actual de estos espacios que refleja su compleja situación y la necesidad de intervención para reducir y eliminar las afecciones: Ámbito de la Catedral: formado por la propia Plaza de la Reina que conecta al norte con la calle Miguelete, al suroeste con la plaza de Santa Catalina, al sur con el inicio de la calle San Vicente Mártir, y al sureste conecta con la calle de la Paz. La ordenación del espacio se basa fundamentalmente en la presencia de un área peatonal junto a la Catedral que llega hasta las embocaduras de las calles Corretgeria y Cabillers, aceras paralelas a las alineaciones de las fachadas longitudinales y un espacio central ocupado por un espacio ajardinado y el acceso al parking situado en el subsuelo; estos dos elementos rodeados por calzadas. Además de los propios residentes la plaza es un ámbito en el que confluye una gran concentración de visitantes y turistas atraídos por el interés cultural y comercial de la zona. En las edificaciones que conforman la plaza y en sus inmediaciones se encuentra implantada una parte importante del comercio y la hostelería que abastece las necesidades de visitantes y turistas de la zona: estos usos generan también la presencia de vehículos para realizar la carga y descarga. 106

107 En el espacio confluye además una importante entrada de tráfico, que desde la calle de la Paz atraviesa el centro de la ciudad de este a oeste, conectando por la calle de san Vicente Mártir y derivando hacia la plaza del Ayuntamiento o a la plaza del Mercado. Junto a la zona ajardinada existe un núcleo importante de paradas del transporte público y parada de taxis. En la zona central, se sitúa también el acceso de los vehículos al parking. A este aspecto se suma la presencia de significativas superficies de aparcamiento en superficie a ambos lados de las calzadas. Las zonas o áreas de descanso existentes en el espacio no presentan condiciones favorables para el descanso de los peatones. El mobiliario urbano y las zonas ajardinadas son claramente inadecuados. La importancia turística de la plaza ha hecho que los establecimientos hosteleros tengan una gran presencia en el exterior, por lo que la pelea por el espacio es uno de de las características de este singular espacio urbano. La plaza de la Reina acoge actos vinculados a celebraciones religiosas y a ferias de artesanía. Ocasionalmente es recorrida por manifestaciones cívicas. Ámbito de la Lonja de los Mercaderes o de la Seda, el de la Iglesia Parroquial de los Santos Juanes, y el del Mercado Central: formado por la plaza del Mercado; hacia el noreste por las calles En Colom, p. Taula de Canvis, de Cordellats, La Lonja, Plaza de la Compañía y Pere Compte (Escalones de la Lonja), Ercilla que rodean la Lonja; hacia el norte por la calle Bolsseria, hacia el noroeste por la calle Vieja de la Paja, calle Sampedor, calle Luchente y la plaza de la Comunión de San Juan que rodea la Iglesia de los Santos Juanes y hacia el sur por la calle Maria Cristina. La ordenación actual responde casi a la de una avenida diseñada para recibir tráfico de intensidad media: 2/3 carriles de circulación en sentido sureste-noroeste, bandas de aparcamiento en batería o en línea y aceras más o menos amplias con alineaciones de melias (melia-azedarach) o acacias (Las calles que confluyen por el noreste están reservadas para el uso del viandante, mientras que en las del noroeste tiene prioridad el vehículo rodado). No puede dejar de mencionarse la importancia de la transversalidad de las calles que confluyen por el este y oeste en la plaza del Mercado, pues estas vías articulan una gran parte de la actividad comercial del barrio que no se reduce exclusivamente al intercambio en el seno del principal edificio sino que se extiende de manera significativa por los locales de los edificios del entorno. Estas calles son también protagonistas de la actividad residencial. El atractivo comercial del Mercado Central, cuya área de influencia se extiende a toda la ciudad, el atractivo cultural de la Lonja, los santos Juanes y el propio Mercado y el atractivo turístico de este enclave urbano determinan un elevado y muy sensible nivel de utilización, en el que las necesarias e imprescindibles actuaciones de reurbanización deben llevar aparejadas tanto la eliminación de los tráficos de paso, como la garantía de accesibilidad rodada por trasporte público y privado de residentes. Con excepción del emplazamiento de una falla o del recorrido de la procesión del Corpus, la plaza del Mercado no acoge ningún acto vinculado a celebraciones cívicas o religiosas; sin embargo es un canal de tráfico de paso que atraviesa Ciutat Vella, paso de diversas líneas de autobuses de trasporte urbano y receptora de numerosos autobuses turísticos que tienen destino en la propia plaza. Los principales itinerarios de acceso en vehículo privado tanto al entorno del Mercado Central como al formado por el tándem Brujas-Vilarrasa son: - Avd. Maria Cristina (por el sur) en la que confluyen recorridos con origen desde el Norte, Este y Sur de la ciudad, accediendo hasta esta vía por Paz-San Vicente o por San Agustín-San Vicente. Desviado después por las calles Calabazas (suroeste), Vieja de la Paja (noroeste), Bolsería (norte) y Ercilla a plaza del Collado (este). - Itinerario con origen desde la zona oeste de la ciudad que se realiza a través de la calle Guillem Sorolla, con acceso directo a Barón de Cárcer. 107

108 Complementariamente los itinerarios de salida son: - La Avenida del Oeste que es la principal vía de drenaje del ámbito. Desde ella se accede fácilmente a la ronda interior por las calles Quevedo, plaza de San Agustín o San Pablo- Marqués de Sotelo y a la Plaza del Ayuntamiento por Padilla-Periodista Azzati. A pesar del habitual estacionamiento ilegal en doble fila es una vía con capacidad superior al resto del viario de la zona y garantiza una salida con capacidad hacia la ronda interior. - El otro itinerario de salida que comunica esta área con el norte y oeste de la ciudad, se realiza desde la Plaza del Mercado, a través de Bolsería-Quart hacia el Carmen, Guillem de Castro o Quart-Extramuros. - El itinerario Murillo-Carda desde Plaza del Mercado- Bolsería hacia la ronda exterior a Ciutat Vella. Existen en este ámbito significativas concentraciones de aparcamiento en superficie con vehículos aparcados en una y dos filas en la plaza del Mercado en la alineación recayente al Mercado Central y a la Iglesia de los Santos Juanes, aun teniendo en cuenta la existencia de aparcamientos subterráneos en la zona. Los elementos que tienen la consideración de elementos impropios se representan en el Plano de Información I-09 ESTADO ACTUAL. ANÁLISIS DEL ESPACIO LIBRE Y ESPACIO EDIFICADO, no obstante en el caso de los Bienes Catalogados, los elementos impropios, distorsionantes o inarmónicos, se señalan en la correspondiente Ficha Particularizada del Catálogo. III Identificación de elementos que suponen deterioro visual o ambiental del Entorno de Protección De acuerdo con lo dispuesto en la LPCV 39.3.f, el plan identifica los elementos, construcciones e instalaciones que no cumpliendo una función directamente relacionada con el destino o características del bien suponen un deterioro visual o ambiental del ámbito protegido. Se trata de elementos, construcciones e instalaciones que suponen una afección directa a un monumento concreto por su situación de inmediatez o proximidad a este. El deterioro visual o ambiental se genera por la presencia de grandes superficies de medianeras vistas y sin tratar que genera la volumetría del edificio, la composición y materiales inadecuados de las fachadas, presencia de instalaciones vistas etc. que inciden en la percepción de un monumento. Estos aspectos generan un deterioro visual o ambiental del ámbito protegido. Alguna de las edificaciones identificadas en este apartado coincide con las señaladas en el apartado anterior, III Identificación de edificios y elementos Impropios ya que, los aspectos que se han señalado como ajenos a las edificaciones tradicionales del ámbito como volumetría, la composición la estética, los materiales, la actividad etc. también pueden afectar directamente a un monumento en particular, generando un deterioro visual o ambiental del ámbito protegido. En el ámbito del PEP EBIC se identifican como elementos, construcciones e instalaciones que suponen un deterioro visual o ambiental del ámbito protegido los siguientes: - Entorno de Protección del BIC ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA Edificación situada en parcela de c/ Salvador. - Entorno de Protección del BIC IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR Edificación situada en parcela c/ Salvador. 108

109 Edificación situada en parcela c/ Salvador. Edificación situada en parcela c/ Salvador, 5 - c/ Cruilles. - Entorno de Protección del BIC IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ plaza Picadero de Dos Aguas, 3- c/ San Andres. - Entorno de Protección del BIC TEATRO PRINCIPAL c/ Poeta Querol, 8-10-c/ Vilaragut plaza Rodrigo Botet, 5- c/ Ballesteros- c/ Vilaragut. Los elementos y construcciones del ámbito del PEP-EBIC que suponen deterioro visual o ambiental del ámbito protegido se representan en el Plano de Información I-09 ESTADO ACTUAL. ANÁLISIS DEL ESPACIO LIBRE Y ESPACIO EDIFICADO. No obstante en el caso de los Bienes Catalogados, los elementos impropios, distorsionantes o inarmónicos, se señalan en la correspondiente Ficha Particularizada del Catálogo. Se establece un régimen transitorio para edificaciones que corresponden a tipologías singulares vinculadas a usos terciarios (hotelero o oficinas) que contribuyen al fomento de la actividad de la ciudad. Estas edificaciones se mantienen transitoriamente dentro de ordenación siempre y cuando permanezca el uso actual de tal forma que las nuevas condiciones del Plan deberán aplicarse en caso de demolición, sustitución o cambio de uso global o de categoría dentro del mismo uso. Se representan en el Plano de Ordenación O-04 RÉGIMEN URBANÍSTICO. USOS Y GESTION DE SUELO con el símbolo (**). Este supuesto se aplica al caso de la edificación del Hotel Astoria situado en la parcela plaza Rodrigo Botet, 5- c/ Ballesteros- c/ Vilaragut. III. 2.- Justificación de elementos incluidos en el ámbito del PEP EBIC El ámbito del plan especial coincide con la superficie que resulta de la unión y superposición de los entornos de protección de los 29 inmuebles BB.II.CC incluidos en esta área que son objeto de la redacción de este Plan tal y como señala el art de la Ley 4/1998 de 11 de junio de Patrimonio Cultural Valenciano, en su redacción dada conforme a lo previsto en la Ley 5/2007 de 9 de febrero, En la delimitación de los entornos de protección de los BB.II.CC se han tenido en cuenta los criterios definidos en el art b) de la LPCV. En el apartado V. ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS V. 1.- Justificación de los criterios aplicados para la re delimitación de los entornos de protección de esta Memoria se describe y justifica el proceso llevado a cabo para la aplicación de los criterios de la LPCV. El ámbito que corresponde a cada Bien de Interés Cultural se representa pormenorizadamente en las Fichas Particularizadas del Catálogo de cada uno de los Bienes y en la serie de Planos de Ordenación O- 02 DELIMITACION DE LOS ENTORNOS DE PROTECCION DE LOS BB.II.CC de la a) a la h). En esta serie de Planos se representa gráficamente mediante distinto color y sombreado los elementos incluidos en el entorno diferenciando el criterio por el que se ha considerado debían de ser incluidos. Al mismo tiempo se describen en cada caso la otros Bienes de Interés Cultural y de Bienes de Relevancia Local que están incluidos en el entorno. III. 3.- Justificación de la regulación de los actos de edificación, usos del suelo y actividades que afecten a los inmuebles y a su entorno de protección. Atendiendo a las determinaciones contenidas en el art de la LPCV, los Planes Especiales de Protección de los inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural, regularán con detalle los requisitos a 109

110 los que han de sujetarse los actos de la edificación y uso del suelo y las actividades que afecten a los inmuebles y a su entorno de protección. 1. Con el objeto de regular los actos de la edificación no catalogada, las Normas del PEP-EBIC definen dos "Zonas de Ordenación Urbanística": la denominada "Entorno de Protección-Trama Histórica y la denominada "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX. Estas zonas se representan en Plano de Ordenación O-02 ZONAS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA, RED PRIMARIA Y SECUNDARIA. A continuación pasamos a describir las dos zonas de ordenación definidas: - "Zona de Ordenación Urbanística-Entorno de Protección-Trama Histórica : En esta Zona de ordenación urbanística además del ámbito general incluye las siguientes subzonas: - subzona Ampliación de les Corts Valencianes. - subzona Plaza Redonda - subzona ámbito de la Muralla Musulmana. Esta zona desde el punto de vista urbanístico, comprende parte de las áreas de Ciutat Vella calificadas como Barri Históric, por el planeamiento vigente antes de la entrada en vigor del PEP-EBIC que son las siguientes: - CHP-111 Barrio Histórico Carmen. - CHP-121 Barrio Histórico de la Seu Xerea. - CHP-131 Barrio Histórico Universitat Sant Francesc: De esta zona se excluyen las edificaciones alineadas al eje viario de Poeta Querol y las alineadas al eje Barcas-Pintor Sorolla, que son resultado de las transformaciones de este tejido urbano histórico realizadas desde los años veinte a los sesenta del siglo pasado. - CHP-141 Barrio Histórico de Velluters. - CHP-151 Barrio Histórico de el Mercat. - Además, en este ámbito se incluyen áreas con planeamiento recientemente aprobado. El PEP- EBIC asume íntegramente el planeamiento vigente y por lo tanto en ellas prevalece la regulación de los actos de edificación establecida en este planeamiento. En lo no regulado se aplicara la regulación de esta zona de ordenación urbanística. Se trata de: _ las parcelas incluidas en el ámbito del MPEPRI Carmen, Muralla Musulmana. las parcelas incluidas en el ámbito del PE de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda de Valencia. las parcelas incluidas en el ámbito del PE de Ampliación de les Corts Valencianes. Se considera que es un área homogénea respecto de las características de la edificación que las integra y que por lo tanto pueden establecerse las mismas condiciones para la edificación. La propuesta del Plan, no supone grandes cambios sobre los criterios de volumetría, configuración y forma, considerados en los PEPRIS. El numero de alturas permitidas oscila entre 3 y 6 plantas máximo manteniendo así el criterio del planeamiento vigente. La regulación del PEP-EBIC sin embargo, supone un ligero aumento de la altura de cornisa máxima de la edificación de nueva planta ya que de acuerdo con la fórmula: Hc = Np, siendo Hc la altura de cornisa máxima expresada en metros y Np el número de plantas a edificar sobre la baja, es decir el señalado en los planos menos uno se aumenta la altura entre plantas de la edificación consiguiendo de este modo una mejor adaptación al perfil de la edificación tradicional de la zona y a su vez mayor facilidad para la implantaciones de instalaciones que requieren las nuevas edificaciones. 110

111 La regulación que afecta a composición, forma, y materiales es la que se obtiene del análisis y refundición de la permitida por los distintos PEPRIS. - "Zonas de Ordenación Urbanística-Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX : Zona de ordenación urbanística "Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX se encuentra configurada por las siguientes subzonas: - subzona Avenida Maria Cristina-c/ San Vicente. - subzona Avenida del Oeste. - subzona C/ Poeta Querol-Barcas. Esta zona como ya se ha comentado en los análisis realizados sobre las distintas tramas urbanas que constituyen el ámbito, corresponde a áreas afectadas por operaciones de reforma interior realizadas en Ciutat Vella que dejaron importantes transformaciones en el tejido histórico, con bastante dificultad o ninguna de posible reversibilidad. Entre éstas operaciones de reforma destaca la apertura de la Avenida del Oeste, la de la avenida Maria Cristina y su encuentro con la calle san Vicente y aunque mas tardía, la de la calle Poeta Querol. También hay que destacar la presencia de numerosas muestras de edificación relacionada con el auge económico de la ciudad y la implantación de edificaciones de uso terciario que responden a tipologías singulares con un numero de plantas importantes. Desde el punto de vista urbanístico, esta zona comprende parte de las "Áreas de calificación urbanística" calificadas por los PEPRIS vigentes como: - CHP-143 Reforma Interior Velluters. Avenida del Oeste. En el barrio de Velluters. - CHP-147 Carrasquer, Lope de Rueda, Villena, Carniceros y Pintor Domingo. En el barrio de Velluters. - CHP-152 Reforma Interior de la Calle Sant Vicent. En el barrio de Mercat. De esta zona la manzana situada entre avenida Maria Cristina, calle san Vicente y calle san Fernando. - CHP-153 Reforma Interior Avenida del Oeste. En el barrio de Mercat. - Además se incluye en esta zona de ordenacion la zona del barrio de Universitat- Sant Francesc, que comprende las edificaciones alineadas al eje viario de Poeta Querol y Barcas-Pintor Sorolla, tal como se ha expuesto en el apartado anterior. El PEP-EBIC reconoce el valor de los parámetros urbanísticos que caracteriza a la tipología de las edificaciones que configuran estas avenidas y calles, vinculados a las características del trazado viario derivado de la transformación urbana. El PEP-EBIC revisa la volumetría asignada por los PEPRIS vigentes a estas áreas que consiste en: VI, VII y IX plantas, a la avenida del Oeste según si -es PEPRI de Mercat, Universitat-sant Francesc o Velluters-; VII plantas a la calle san Vicente, y VII plantas también para las edificaciones de la calle Poeta Querol-Barcas. El Plan, permite el mismo número de plantas, reconsiderando solamente la diferencia otorgada por los distintos -PEPRIs- a las edificaciones de Avenida del Oeste y considerando adecuado las IX plantas teniendo en cuenta, las características la tipología original de estas edificaciones y las características de la importante sección del viario. Las nuevas edificaciones se adecuarán con carácter general a la tipología modal del área donde se enclavan, es decir: - residencial, plurifamiliar entre medianeras, de IX plantas Avenida del Oeste. - residencial, plurifamiliar entre medianeras, de VII plantas Calle Poeta Querol-Barcas. 111

112 - residencial, plurifamiliar entre medianeras, de VI plantas Avenida María Cristina-Calle de San Vicente Mártir. Sin embargo, el Plan asume los parámetros de volumetría, configuración y composición de las edificaciones existentes que considera propios de las edificaciones tradicionales de esta zona y que podemos resumir como: - "cuerpo basamental": formado por la planta baja y la planta entresuelo - "cuerpo central": es el formado por el conjunto de las plantas piso. - "cuerpo de remate": es el volumen situado sobre la altura de cornisa configurado por una planta parcialmente retranqueada de las alineaciones de las fachadas. Composición volumétrica basada en la presencia de un importante "cuerpo basamental" formado por la planta baja y la planta entresuelo, una parte central, compuesta por las plantas piso con un desarrollo que va de 5 a 6 plantas alineadas a la calle y por último un "cuerpo remate" de la edificación formado por cuerpos retranqueados. Estos parámetros se incorporan a las condiciones para la edificación de nueva planta de estas zonas. Con carácter general, hay que tener en cuenta la propuesta del Plan de aumentar ligeramente la altura de cornisa máxima de la edificación de nueva planta ya que se aumenta la altura entre plantas permitida al igual que en la zona de trama histórica. La altura de cornisa máxima para la edificación de nueva planta se calculará de acuerdo con la fórmula: Hc = Np, siendo Hc la altura de cornisa máxima expresada en metros y Np el número de plantas a edificar sobre la baja, es decir el señalado en los planos menos dos (el basamento se compone de planta baja y entresuelo). El tipo de cubierta permitido en este ámbito es la cubierta plana. Sobre la altura de cornisa regulada, se permite la construcción del "cuerpo de remate" del edificio, formado por un volumen parcialmente retranqueado de las alineaciones de las fachadas que podrá alcanzar una ocupación máxima del 60% de la superficie de la planta edificable en la parcela, el resto se reservara a espacio sin edificar destinado a la disposición de terraza que ocupara el 40% restante de la superficie total. La superficie apta de aprovechamiento del "cuerpo de remate" se destinara a la ubicación de los elementos comunes del edificio (cajas de escalera y ascensor), los cuartos y salas de instalaciones técnicas comunes del edificio. Una vez contemplados los requisitos anteriores en caso de resultar un exceso de superficie apta de aprovechamiento, ésta podrá destinarse a espacios residenciales. El exceso de aprovechamiento destinado a uso residencial será debidamente justificado en el momento de solicitud de licencia para que pueda ser su autorizado. Se considera fundamental la presencia de la última planta que integre todas las necesidades técnicas comunes de servicio e instalaciones que requieren los edificios pudiendo definir una cubierta y un remate del edificio que no genere afecciones ambientales sobre el entorno protegido. - "Zona de Ordenación Urbanística- Dotaciones públicas: red primaria y la red secundaria o "sub-zona de ordenación urbanística Con el objeto de regular los actos de edificación de las edificaciones que constituyen las Dotaciones públicas, las Normas del PEP-EBIC definen la " Zona Dotaciones públicas: red primaria y la red secundaria o "sub-zona de ordenación urbanística. Las condiciones de volumen, ocupación y forma de esta edificación será la que se deduzca de los parámetros grafiados en el Plano de Ordenación O-04 REGIMEN URBANISTICO.USOS Y GESTION DEL SUELO en los que se regula con detalle el número de plantas, espacios sin edificar en parcela etc. No resulta de aplicación en estos casos las condiciones generales y especificas para las condiciones de la 112

113 edificación de la red primaria y secundaria de las NNUU del Plan General de ordenación Urbana vigente (actualmente art. 6.70, 6.71, 6.75 ni 6.76). Respecto de las condiciones que no queden definidas en el Plano de Ordenación se cumplirán las condiciones definidas para la zona de ordenación en la que se encuentre la parcela en la que se ubique el dotacional. 2. Respecto a la regulación de usos y actividades, tal y como se ha descrito en el apartado "III Descripción usos y actividades características" de esta memoria, el régimen de uso previsto por el Plan, es el mismo para la "Zona de Ordenación Urbanística" -Entorno de Protección-Trama Histórica- y - Entorno de Protección-Reformas Urbanas s. XIX y XX-. Solo se establece un régimen de uso distinto en los edificios que corresponden a "uso terciario exclusivo", "uso terciario-hotelero exclusivo", "uso mixto residencial-terciario" las particularidades que se establecen para las dotaciones y para los bienes pertenecientes al Inventario del Patrimonio Cultural Valenciano y las de los bienes catalogados pertenecientes a tipologías singulares. III Justificación de la adaptación del ámbito vigente del Entorno de Protección del Bien de Interés Cultural y entrada en vigor. En cuanto a la aplicación del art c) y 39.3 a y b) de la LPCV sobre reajustes del ámbito de protección reconocido hasta el momento el PEP-EBIC incorpora el resultado del trabajo realizado previo a la redacción del Plan que ha consistido en la revisión de los entornos de protección vigentes de todos los Bienes de Interés Cultural incluidos en el Municipio de Valencia. En la revisión se han tenido en cuenta las modificaciones que ha sufrido la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano en los últimos años. El estudio realizado para la redelimitación y la justificación de los criterios tenidos en cuenta se aporta en apartado de esta Memoria en capitulo V. ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS como V.1.- Justificación de los criterios aplicados para la redelimitación de los entornos de protección. En la redelimitación se han tenido en cuenta las conclusiones del Estudio de Integración Paisajística que se realiza para el ámbito de este plan. 1.- El PEP-EBIC modifica la delimitación del ámbito del entorno de protección vigente, de los siguientes BB.II.CC.: IGLESIA CATEDRAL BASÍLICA METROPOLITANA DE SANTA MARIA, el entorno de protección del monumento procede de Resolución de 24 de mayo de 1993/Publicación de la incoación: BOE Número 168. DOGV Número LONJA DE LOS MERCADERES O DE LA SEDA, el entorno de protección del monumento se recogió provisionalmente en el Catálogo del PGOU de 88. PALAU DE LA GENERALITAT. El entorno de protección está delimitado en virtud de la Orden de 29 de julio de 2008 DOCV nº REAL COLEGIO SEMINARIO DEL CORPUS CHRISTI O DEL PATRIARCA. Entorno de protección según delimitación de Resolución de Incoación de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, de 27 de julio de Publicación: DOGV Número Decreto de 169/2007. PALACIO DEL MARQUÉS DE DOS AGUAS Entorno de protección según delimitación de Resolución de 8 de septiembre de 1993, publicada en el BOE Número 282 y en el DOGV de Número

114 IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ Entorno de protección según Resolución de 9 de agosto de 1993, publicada en el BOE Número 233, y en el DOGV Número IGLESIA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL Entorno de protección según Resolución de 8 de septiembre de 1993, publicada en el BOE Número 282, y en el DOGV Número CASA DEL ALMIRANTE Entorno de protección Resolución de 27 de julio de 1993, y publicada en el BOE Número 214. DOGV Número 2117 BAÑOS DEL ALMIRANTE Resolución de 27 de julio de 1993, publicada en el BOE Número 214 y en el DOGV Número 2118 IGLESIA PARROQUIAL DE LOS SANTOS JUANES El entorno de protección del monumento se recogió provisionalmente en el Catálogo del PGOU de 88. Anexo, con forma de entorno conjunto para la Lonja, la iglesia de los Santos Juanes y el Mercado Central PALACIO DEL MARQUÉS DE LA SCALA por Resolución de 24 de mayo de 1993, publicada en el BOE Número 168. DOGV Número 2078 IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ESTEBAN Resolución de 24 de mayo de 1993, publicada en el BOE Número 168 y en el DOGV Número 2079 PALACIO-CASA DE LOS ESCRIVÁ Resolución de 24 de mayo de 1993, publicada en el BOE Número 168 y en el DOGV Número 2079 ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA Resolución de 24 de mayo de 1993, publicada en el BOE Número 168 y en el DOGV Número 2079 TEMPLO Y TORRE DE SANTA CATALINA MÁRTIR La delimitación del entorno de protección del bien fue incoada por Resolución de 24 de junio de 1992, publicada en el BOE Número 225 y en el DOGV Número 1828 BASÍLICA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS La delimitación del entorno de protección del bien fue incoada por Resolución de 24 de mayo de 1993, publicada en el BOE Número 168 y en el DOGV Número IGLESIA DE SAN NICOLÁS DE BARI Y SAN PEDRO MÁRTIR La delimitación del entorno de protección del bien fue incoada por Resolución de 27 de julio de 1993 publicada en el BOE Número 214 y en el DOGV Número 2118 UNIVERSIDAD DE VALENCIA La delimitación del entorno de protección del bien fue incoada por Resolución de fecha 27 de julio de 1993, publicada en el BOE Número 214 y en el DOGV Número 2117 IGLESIA DE SANTO TOMÁS Y SAN FELIPE NERI La delimitación del entorno de protección se incoa por Resolución de 8 de septiembre de 1993, publicada en el BOE Número 282 y en el DOGV Número 2139 IGLESIA DE LAS ESCUELAS PIAS La delimitación del entorno de protección se incoa por Resolución de 8 de septiembre de 1993, publicada en el BOE Número 282 y en el DOGV Número 2138 CASA VESTUARIO La delimitación del entorno de protección se incoa por Resolución de 24 de mayo de 1993, publicada en el BOE Número 168 y en el DOGV Número 2079 TEATRO PRINCIPAL La delimitación del entorno de protección fue incoada por Resolución de 27 de julio de 1993, publicada en el BOE Número 214 y DOGV Número

115 IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTIN La delimitación del entorno de protección fue incoada por Resolución de 24 de junio de 1992, publicada en el BOE Número 225 y en el DOGV Número 1828 IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR se recoge en el Decreto 169/2007, se corresponde con la delimitación contenida en la resolución de Incoación de 8 de octubre de 1993, publicada en el DOGV de fecha 12/11/1993 MERCADO CENTRAL El entorno de protección, tal y como se recoge en el Decreto 169/2007, corresponde a la delimitación contenida en la resolución de incoación de 8 de octubre de 1993, publicada en el DOGV de fecha 12/11/1993. PALACIO DEL MARQUÉS DE CAMPO (O DE LOS CONDES DE BERBEDEL) El entorno de protección, tal y como se recoge en el Decreto 169/2007 El entorno de protección del Palacio Marqués de Campo o de Berbedel se encuentra incluido en un ámbito mayor que engloba los entornos de otros bienes ya declarados BIC que lo circundan y que han sido objeto de reconocimiento especifico mediante la correspondiente Resolución de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, convalidada con carácter provisional por la Disposición Transitoria Primera, apartado Primero, de la reciente ley 5/2007 de 9 de febrero, de la Generalitat, de Modificación de la Ley 4/1998, d 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, según los datos que se citan: - Palacio-casa de los Escrivá (Resolución de 24 de mayo de 1993, DOGV 30/07/1993 nº 2.079) - Iglesia Catedral Metropolitana de Santa María (Resolución de 24 de mayo de 1993, DOGV 30/ 07/ 1993 nº 2.079) - Real Basílica de la Virgen de los Desamparados (Resolución de 24 de mayo de 1993, DOGV 23/07/1993 nº 2.074) - Edificio Antiguo Almudín (Resolución 24 de mayo de 1993, DOGV 29/07/1993 nº 2.078) - Iglesia Parroquial de San Esteban Protomártir (Resolución de 24 de mayo de 1993, DOGV 30/07/1993 nº 2.079) PALACIO DE LOS BOIL DE ARENÓS Según el Decreto 169/2007 de 28 de septiembre, del Consell, El entorno de protección del Palacio de Boil de Arenós, se encuentra mayoritariamente incluido en un ámbito superior engloba los entornos de otros bienes BIC que lo circundan y que han sido objeto de reconocimiento específico mediante la correspondiente Resolución de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, convalidada con carácter provisional por la Disposición Transitoria Primera, apartado Primero, de la reciente Ley 5/2007 de 9 de febrero, de La Generalitat, de Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, según los datos que se citan: - Real Colegio del Corpus Christi o del Patriarca ( Resolución de 27 de julio de 1993, DOGV 06/10/1993 nº 2.118), - Palacio del Marqués de Dos Aguas (Resolución de 8 de septiembre de 1993, DOGV 05/11/1993 nº 2.138), - Universidad de Valencia (Resolución de 27 de julio de 1993, DOGV 05/10/1993 nº 2117), - Iglesia de San Juan de la Cruz (Resolución de 9 de agosto de 1993, DOGV 14/1 0/1993 nº 2.123) PALACIO DE LOS CATALÁ DE VALERIOLA Según el Decreto 169/2007 de 28 de septiembre, del Consell, el entorno de protección se acoge a lo dispuesto en el Aptdo. 1 de la Disposición Transitoria Primera de la ley 5/2007 modificadora de la 4/1998 y queda reconocida con carácter provisional según la delimitación contenida en el Anexo 3 del Catalogo de Bienes y Espacios Protegidos del PGOU de Valencia de 1988, con arreglo a lo establecido por el Convenio Marco de Colaboración entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Valencia para el Desarrollo y Ejecución del Planeamiento Urbanístico del Conjunto Histórico de la Ciudad suscrito el día 22 de junio de 1994 y publicado en el DOGV de 04/11/1994. Las adaptaciones del ámbito de protección han consistido principalmente en: 115

116 La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA CATEDRAL BASÍLICA METROPOLITANA DE SANTA MARIA supone: - Se amplía el ámbito en la parte norte. Se incorpora mayor superficie de la calle Navellos hasta la plaza de San Lorenzo y de la calle Conde Almodovar por considerar estos viarios como puntos clave de visualización exterior. Se incorporan al ámbito parcelas recayentes a las alineaciones de estos espacios libres porque se considera que afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. - Del ajuste referido a espacios libres públicos en contacto directo con el BIC y parcelas recayentes a dicho espacio - criterio 3º y criterio 2º- resulta la eliminación de la parcela 01 de la manzana recayente a plaza santa Catalina y las parcelas 08 y 09 de recayente a plaza de la Reina ya que se considera que no forman parte de los espacio libres; Se elimina también el espacio libre plaza Arzobispo; se elimina parte de trazado de calle Caballeros y parcelas 01 y 02 de 57317; Se elimina parcelas 02, 03 de 59313, 02, 03, 04 de 59314, 01 de Se eliminan parcelas de la manzana , 03, 04, 05, 06 y , 02, 03, 04, 06, 07 así como tramo de viario calle Avellanas, calle Corregeria al considerar que no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios de la LPCV. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la LONJA DE LOS MERCADERES O DE LA SEDA supone: - Se ha modificado el entorno vigente ajustando el ámbito al cumplimiento de los criterios de la LPCV ya que el ámbito vigente era un ámbito que compartían la Lonja, la iglesia de los Santos Juanes y el Mercado Central. La aplicación de los criterios de la Ley para el caso concreto de la Lonja en general provoca una reducción considerable del área patrimonial. - Se amplía el entorno en parcelas en 01, 02 de y 09, 10, 11 de ya que se considera que las edificaciones que se ubican en ellas afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente del PALAU DE LA GENERALITAT supone: - Se trata de una delimitación de muy reciente aplicación, se han realizado modificaciones muy puntuales del entorno vigente ampliando la superficie al norte incorporando por completo la superficie de parcela 02 de que comprende el Monasterio de la Puridad. Se amplía el tramo de calle Caballeros hasta la plaza de Buñol por considerar este viario como punto clave de visualización exterior. Se incorporan al ámbito parcelas 01 y 02 de recayentes a la alineación de la calle Caballeros por considerar que afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. Se adapta superficie incluida de viarios conde Almodóvar y calle Navellos que incluían la superficie solo hasta eje de vial. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente del REAL COLEGIO SEMINARIO DEL CORPUS CHRISTI O DEL PATRIARCA supone: - Se ha modificado el entorno vigente ajustando el ámbito al cumplimiento de los criterios de la LPCV. - Se amplía el ámbito con la inclusión de espacios libres públicos y viarios que se consideran puntos clave de visualización exterior como son la plaza Rinconada Federico Garcia Sanchiz, calle Muñoz Degrain y calle Nave. - Del ajuste referido a espacios libres públicos en contacto directo con el BIC y parcelas recayentes a dicho espacio - criterio 3º y criterio 2º- resulta la eliminación de las parcelas 07 y 08 de 59263, 01, 10, 11, 12, 13 de y 04 de 60266, calle En Sala y Salvá del ámbito protegido. 116

117 La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente del PALACIO DEL MARQUÉS DE DOS AGUAS supone: - Se ha modificado el entorno vigente ajustando el ámbito al cumplimiento de los criterios de la LPCV. - Se amplía el tramo de la calle Poeta Querol incluida en el ámbito porque se consideran puntos clave de visualización exterior del BIC. - Se amplía con parcelas 01 y 06 de 58273, y 05 de recayentes a la plaza Rinconada Federico Garcia Sanchiz, parcelas 03 de por considerar que afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. - Del ajuste referido a espacios libres públicos en contacto directo con el BIC y parcelas recayentes a dicho espacio -criterio 3º y criterio 2º- resulta la eliminación de la parcela 04 y 05 de y 03, 04 de La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente del IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ supone: - Se ha modificado el entorno vigente ajustando el ámbito al cumplimiento de los criterios de la LPCV. - Del ajuste referido a espacios libres públicos en contacto directo con el BIC y parcelas recayentes a dicho espacio -criterio 3º y criterio 2º- resulta la eliminación de la parcela 01, 02, 03 y 04 de Se ajusta el límite de alineaciones posteriores de parcela para incluirla completa. - Se elimina del ámbito la parcela , 08 al considerar que no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios de la LPCV. - Se amplía el tramo de la calle Poeta Querol, Marques de Dos Aguas, Villarragut y Salvá incluidos en el ámbito porque se consideran puntos clave de visualización exterior del BIC. - Se amplía el ámbito con parcelas , y 02, y 03 y y 09 por considerar que afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL supone: - Se ha modificado el entorno de protección vigente ajustando el ámbito al cumplimiento de los criterios de la LPCV. El resultado es la ampliación del área afectada. - Se han realizado ajustes para incorporar parcela completa en el caso de de la Iglesia del Milagro situada en y en parcelas , 02, 03 y Se añaden la calle San Cristóbal y la calle Milagro por tratarse de elementos relacionados con la contextualización histórica del BIC. - Se amplía el ámbito con parcelas 06 y 05 de por considerar que afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la CASA DEL ALMIRANTE supone: - Se ha modificado el entorno de protección ajustando el ámbito al cumplimiento de los criterios de la LPCV ya que se trata de un ámbito que compartía con los Baños del Almirante. - El ámbito se reduce al norte al eliminar parcela recayente a la plaza Nápoles y Sicilia y ajustarlo a las alineaciones de la plaza que se consideran punto clave de visualización exterior del BIC a la que no afectan las parcelas eliminadas. - Se elimina del ámbito la parcela al considerar que no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios de la LPCV. 117

118 - Se amplía el tramo de la calle Palau porque se consideran punto clave de visualización exterior del BIC. Se amplía el ámbito con parcelas 01, 02, 03 de y 01 de por considerar que afectan de forma fundamental a la percepción del BIC. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la BAÑOS DEL ALMIRANTE supone: - En general se reduce el ámbito puesto que el entorno de protección vigente para el BIC es un ámbito compartido con el BIC Casa del Almirante. La reducción es bastante significativa en la zona norte al eliminar espacios libres como la plza. de Nápoles y Sicilia y parcelas recayentes a las alineaciones del espacio y tramo de la calle Palau. La presencia de estos elementos deriva de la consideración de la Casa del Almirante que ahora ya no corresponde. - Se amplía por el sur con la inclusión de un tramo de la calle Milagro y la parcela incluidos ambos en criterio 4º por considerarlos puntos clave de visualización y elementos que afectan a la percepción del monumento respectivamente. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA PARROQUIAL DE LOS SANTOS JUANES supone: - En general se reduce el ámbito puesto que el entorno de protección vigente para el BIC es un ámbito compartido con otros BB.II.CC. - como consecuencia de la aplicación del criterio 4º, por lo tanto del análisis perceptivo y paisajístico se añaden al ámbito las calle Bolsería y Exachs y parcelas y 14. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la PALACIO DEL MARQUÉS DE LA SCALA supone: - Se reduce el ámbito por la zona norte debido a la disminución del área considerada espacio libre en contacto directo con el BIC. Se eliminan las parcelas recayentes a la calle Samaniego. - Se eliminan tramos de viario de la calle Serranos, Bailia y Samaniego por considerar que no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ESTEBAN supone: - Se amplía el ámbito tanto en la zona oeste como en la este debido a la importante repercusión visual del campanario sobre los espacios públicos circundantes, plaza Decimo Junio Bruto y Plaza Nápoles y Sicilia. - Se elimina la parcela que corresponde al Palacio de los Escrivá y las parcelas y 04 al considerar que no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la PALACIO-CASA DE LOS ESCRIVÁ supone: - Se reduce el ámbito por la zona norte debido con parcelas y viario que no afectan a su percepción como parte de la calle Trinitarios y ,05 y Se amplía en la zona este al haber incluido la parcela como parcela en la que se ubica el BIC y considerar la calle Tosalet espacio en contacto directo con el BIC. - Se amplía el área en la zona sur por la relación de inter-visibilidad que existe desde la fachada principal del Palacio con la calle Venerables y la Iglesia de San Esteban. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA supone: 118

119 - Se amplía el área en los limites norte, oeste y sur tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico incluyendo entre otras las parcelas del la Iglesia del Salvador y el Palacio del Marqués de Campo. - Se elimina la parcela y las parcelas y 03, calle de la Harina y parte de calle Conde de Olocau al considerar que no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la TEMPLO Y TORRE DE SANTA CATALINA MÁRTIR supone: - Se amplía el área en los limites norte y al este tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico incluyendo el espacio completo de la plaza de la Reina y el tramo completo de la calle de la Paz fundamentalmente por presencia de la Torre en estas perspectivas. - Se amplía el tramo de los viarios Tapineria y Zapateria de los Niños por ser considerados puntos clave de visualización de las fachadas de la Iglesia. - Se reduce el ámbito al sur-este excluyendo las calles Cambios, Repeso, Martin Mengod, Derechos y parcelas recayentes a estos viarios. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la BASÍLICA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS supone: - Se reduce el ámbito en la zona norte, oeste y sur al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. - Se amplía el tramo de calle Caballeros por ser considerado punto clave de visualización de la fachada principal del BIC. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA DE SAN NICOLÁS DE BARI Y SAN PEDRO MÁRTIR supone: - Se reduce el ámbito en la zona norte y sur al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. - Se amplía el ámbito hacia el oeste al incluir un elemento que corresponde al criterio 5º el BRL-EPA área sacra Romana en la plaza de San Nicolás. - Se modifica la delimitación de las parcelas en las que se ubica el B.I.C con la incorporación del atzucac que recae a la calle Caballeros. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la UNIVERSIDAD DE VALENCIA - Se reduce el ámbito en la zona oeste afectando entre otras a las parcelas en las que se ubica el Palacio Boil de Arenós. al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. - se amplía el área tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico aumentado los tramos de los viarios incluidos como calle Comedias, Universidad, Doctor Romagosa Nave y Barcelona incluyendo la parcela por considerarlos puntos clave de visualización y elementos que afectan a la percepción del monumento respectivamente. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA DE SANTO TOMÁS Y SAN FELIPE NERI - Se amplía el área tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico y tener en cuenta la presencia del campanario de la iglesia se incorpora al ámbito la calle Comedias y Universidad por considerarlos puntos clave de visualización del monumento. 119

120 La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA DE LAS ESCUELAS PIAS - Se reduce el ámbito en la zona sur eliminando las parcelas recayentes a la calle Balmes, al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. - Se amplía el área tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico y tener en cuenta la presencia de la cúpula de la iglesia y de la Torre Campanario. Se incorporan la calle Pintor Domingo y se aumenta el tramo de la calle Santa Teresa y las parcelas recayentes a estas calles , 04 y 10, se incorpora tramo de la calle Pie de la Cruz y parcela ; y parcelas y 02 por considerarlos puntos clave de visualización y elementos que afectan a la percepción del monumento. - Se amplía el ámbito al oeste con parcelas , 10, y 11 al formar parte de la misma unidad edificatoria que el resto de la manzana. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la CASA VESTUARIO - Se reduce el ámbito en la zona norte y sur eliminando parcelas y y y 02 en plaza Cors de la Mare de Deu y calle Miguelete al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la TEATRO PRINCIPAL - se amplía considerablemente el área en los limites norte, sur y este tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico aumentando el tramo incluido de la calle Poeta Querol e incluyendo parte de la calle Pintor Sorolla y Barcas. Se incluyen además las parcelas , , , 05, 06, 08, y 09; , 02, 03; y por considerarlos puntos clave de visualización y elementos que afectan a la percepción del monumento respectivamente. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTIN - se amplía considerablemente el área en los limites norte, sur y este tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico incluyendo el espacio completo de la plaza de la Reina, aumentando el tramo de calle San Vicente o la plaza Rinconada Federico Sanchiz al tener en cuenta por influencia de la Torre en estas perspectivas. - Se reduce el ámbito en la zona norte y sur eliminando parcelas y 02 y y 05 al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR - Se reduce el ámbito en la zona oeste eliminando la parcela y la calle Historiador Chabas Miguelete al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. - Sea amplia al sur por la repercusión perceptiva de los edificios de las parcelas y y 07 de la calle Salvador. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la MERCADO CENTRAL - Se reduce el ámbito en la zona este y sur al considerar que estos elementos no corresponde su inclusión por ninguno de los criterios. 120

121 - Se amplía el área tras realizar el análisis perceptivo y paisajístico y se incorporan las parcelas , , , , , el ámbito completo de la plaza del Mercado, y tramos de calle Pie de la Cruz, Barón de Carcer, y parte de plaza Juan de Villarrasa, por considerarlos elementos que afectan a la percepción del monumento y puntos clave de visualización del monumento. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la PALACIO DEL MARQUÉS DE CAMPO (O DE LOS CONDES DE BERBEDEL) supone: - Se delimita ámbito propio puesto que el entorno de protección vigente era el ámbito que engloba los entornos de otros BIC que lo circundan. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la PALACIO DE LOS BOIL DE ARENÓS supone: - Se delimita ámbito propio puesto que el entorno de protección vigente era el ámbito que engloba los entornos de otros BIC que lo circundan. La re-delimitación respecto de los elementos incluidos en el entorno de protección vigente de la PALACIO DE LOS CATALÁ DE VALERIOLA supone: - Se delimita ámbito propio puesto que el entorno de protección vigente era el ámbito que engloba los entornos de otros BIC que lo circundan. 2.- Se mantiene el ámbito delimitado como entorno de protección en los siguientes casos: No se modifica el entorno de protección del bien vigente hasta la entrada en vigor de este plan definido para la TORRE ADOSADA AL LIENZO DE LA MURALLA ARABE. El entorno de protección está delimitado en la MPEPRI del Carmen en el ámbito de la Muralla Musulmana Ad. Resolución del conseller de Territorio y Vivienda de fecha 18 de enero de 2006, publicada en el BOP nº 89 de 15 de abril de 2006, el ámbito está representado en el plano nº 3 de la Memoria Justificativa. El Plan Especial de Protección del Entorno de los BB.II.CC, PEP-EBIC establece un perímetro continuo de mayor alcance que el reconocido en las anteriores delimitaciones del entorno de protección. Este nuevo ámbito adquirirá vigencia a la entrada en vigor del PEP-EBIC y se representa en el Plano de Ordenación O-02 DELIMITACION DE LOS ENTORNOS DE PROTECCION DE LOS BB.II.CC. Al mismo tiempo se han tenido en cuenta los criterios de inter-visibilidad definidos en el seno del Estudio de Integración Paisajística que se ha redactado conjuntamente con este documento de planeamiento. III Regulación del Patrimonio Arqueológico Respecto del cumplimiento del art d) de la LPCV que se refiere a las cautelas a establecer respecto del patrimonio arqueológico del ámbito, en el ámbito del PEP-EBIC existen los elementos de interés arqueológico que a continuación se detallan: Espacios de Protección Arqueologica (EPA): Espacios de Protección Arqueologica, EPA que se relacionan a continuación: - RESTOS ARQUEOLOGICOS DEL VALL COBERT calle Conde de Montornes 1 - RESTOS ARQUEOLOGICOS DE DE L'ALMOINA Y CARCEL DE SAN VICENTE plaza Decimo Junio Bruto - AREA SACRA ROMANA EN PLAZA SAN NICOLAS plaza San Nicolás 1 - CONJUNTO DE SAN JUAN DEL HOSPITAL calle Trinquete de Caballeros 5 121

122 Estos elementos a su vez han sido calificados Bienes de Relevancia Local. Áreas de Vigilancia Arqueológica (AVA): - Área de Vigilancia Arqueologica AVA-01.- Ciutat Vella. - Se consideran de áreas de vigilancia Arqueologica el subsuelo de la parcela o parcelas sobre las que se ubican los Bienes de Relevancia local, según Artículo 13. Cautelas arqueológicas, documentación y declaración de ruina en los bienes inmuebles de relevancia local y sus entornos del DECRETO 62/2011, de 20 de mayo, del Consell. - Se consideran de áreas de vigilancia Arqueologica el subsuelo de la parcela o parcelas sobre las que se ubican los Bienes de Interés Cultural. En el Plano de Ordenación O-08 AMBITOS DE INTERES ARQUEOLOGICO se representan las áreas de vigilancia y los espacios de protección arqueológica que afectan al ámbito de actuación del presente PEP-EBIC Así pues, los terrenos que correspondan con los ámbitos de interés arqueológico, se observarán las medidas contenidas en las Normas Urbanísticas y de Protección de este plan que derivan de las Normas Urbanísticas del PGOU y de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. III Actuaciones de Rehabilitación Urbana. Implantación de dotaciones o usos públicos que contribuyan a la rehabilitación inmueble y a la puesta en valor y disfrute social del conjunto. Respecto del art e) incentivar operaciones de rehabilitación urbana, implantación de actividades económicas, dotaciones y usos públicos que contribuyen a la puesta en valor y rehabilitación de edificios, en el ámbito del PEP-EBIC se considera prioritario: 1.- Respecto de la rehabilitación urbana el PEP-EBIC pretende la recualificación del espacio libre público que se encuentra alrededor de los monumentos. Para ello propone la creación y ampliación de las zonas peatonales y la reducción del tráfico y de las zonas destinadas a circulación rodada, basándose en el estudio de reorganización general del tráfico privado y trasporte colectivo de estas zonas realizado por el servicio de Circulación del Ayuntamiento. Al mismo tiempo, el Plan establece medidas y condiciones para la urbanización de estos espacios, adecuadas al valor monumental de las edificaciones que los configuran. En especial el Plan establece condiciones para la peatonalización y urbanización de los espacios públicos que configuran los entornos de la Catedral y de la Basílica de la Virgen y los de La Lonja, Iglesia de los Santos Juanes y Mercado Central; estos espacios son plaza de la Reina; plazas del Mercado, Ciudad de Brujas y Juan de Villarrasa; y plaza de la Virgen. 2.- En cuanto a la recuperación de la edificación protegida mediante la adecuación de los usos y actividades a desarrollar hay que destacar: Implantación de una nueva dotación publica para uso Educativo-cultural (ED) que incluye la rehabilitación "Casa del Relojero" El PEP-EBIC propone la implantación de una dotación publica para uso Educativo-cultural (ED) en la manzana rodeada por las calles Miguelete, Subida de Toledano y Bordadores que incluye las parcelas 01 actualmente solar y la 02 en la que se ubica la edificación conocida como "Casa del Relojero" incluida en el catalogo del PEPRI actualmente vigente. La actuación permite alcanzar dos objetivos, por un lado conservar y rehabilitar la edificación protegida conocida como "Casa del Relojero" que se incluye en el Catalogo de Bienes y Espacios protegidos del Plan, dentro del nivel de protección parcial, y por otro lado la construcción de edificación de nueva planta que deberá asumir el compromiso patrimonial de restablecer alineaciones históricas perdidas en 122

123 esta parcela a la vez que completar el programa funcional y requerimientos técnicos que requiera la nueva dotación. Las características pormenorizadas de la nueva edificación se definirán en la "ordenanza grafica" procurando el mantenimiento de las alineaciones históricas y el perfil y alturas acordes con la edificación tradicional de la zona y en concreto, el de las edificaciones existentes en la calle del Micalet, Subida del Toledano y Bordadores Regulación pormenorizada de usos para los "Espacios abovedados de las escaleras de la lonja" y "les covetes de Sant Joan" El Plan establece una regulación pormenorizada de usos para las edificaciones singulares como son los "Espacios abovedados de las escaleras de la lonja" en la calle Pere Compte y "les covetes de Sant Joan" que forman parte del Bien de Interés Cultural, iglesia de los santos Juanes que facilite la rehabilitación y puesta en valor de estos elementos protegidos. Respecto de "les covetes de Sant Joan" en las condiciones que se establecen para el espacio libre de la plaza del Mercado el plan determina que deben formar parte del proyecto unitario a desarrollar para la urbanización de la plaza adaptando los niveles de la urbanización para que puedan ser puestos en valor estos elementos recuperando los accesos originales Se permite la agregación funcional optativa para la tipología definida como "casa obrador". Con el objetivo de incentivar la rehabilitación de la edificación del ámbito, el Plan establece una regulación especial para las edificaciones que pertenecen a la tipología "Casa Obrador" permitiendo en este caso -la agregación funcional optativa- de estas edificaciones con las colindantes. La agregación funcional optativa podrá realizarse en las edificaciones incluidas en el Catalogo, con nivel de protección ambiental y cuando la correspondiente Ficha particularizada defina al edificio como incluido en esta tipología. La autorización de esta agregación estará sujeta a las condiciones recogidas en las Normas Urbanísticas y de Protección que forman parte de este Plan. Esta regulación pretende asegurar la capacidad de los inmuebles resultantes para atender al uso comercial de las plantas bajas y a los programas habituales de la residencia en las plantas altas. Se permite la agregación funcional optativa cuando se acredite que en la edificación se pretende la realización de alguna de las siguientes actuaciones: - Creación de un zaguán con acceso directo desde el vial público, con mejora de la accesibilidad en elementos comunitarios. - Independencia entre el local o locales comerciales en planta baja y la vivienda o viviendas en plantas superiores. La intervención requerirá el dictamen favorable de la Comisión municipal de Patrimonio. La edificación resultante corresponderá a un edificio de vivienda unifamiliar o plurifamiliar, con el régimen de compatibilidad de usos establecido. Entre las obras permitidas se encuentra la reubicación de las cajas de escalera, la creación de zaguanes de acceso y la alteración de los huecos, en las condiciones particulares que defina el Catálogo de edificios protegidos. Podrán acogerse a la agrupación funcional las edificaciones incluidas en el catalogo identificadas como tipología de Casa-obrador. En las fichas particularizadas en apartado "condiciones particulares" se especificara que se admite la agregación optativa. III Fuera de ordenación por afección patrimonial y régimen especifico de intervenciones admisible en estas construcciones. A los efectos previstos en el art 39 2 h) de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano 5/2007, este Plan fija el régimen jurídico de aquellos elementos que afectan negativamente al patrimonio cultural y los define como elementos fuera de ordenación por afección patrimonial. 123

124 El PEP-EBIC identifica: a.- Los elementos que no se ajustan a los parámetros básicos de las edificaciones tradicionales de la zona y que por esta razón se califican como impropios, distorsionantes o inarmónicos. b.- Aquellas construcciones e instalaciones que no cumpliendo una función directamente relacionada con el destino o características del bien suponen deterioro visual o ambiental del ámbito protegido. a.- En relación con los impropios, distorsionantes o inarmónicos los califica fuera de ordenación y les será de aplicación el régimen jurídico previsto en el Plan General de Ordenación Urbana de Valencia vigente en función de la categoría (sustantivo, adjetivo, diferido o funcional) en que se encuentren. Teniendo en cuenta las características de la edificación y de la trama urbana que configura la superficie general del ámbito a regular, se han establecido los siguientes criterios a la hora de definir los elementos que se consideran fuera de ordenación en la zona: a.1.-inadecuación volumétrica: "Entorno de Protección-Trama Histórica. El PEP-EBIC establece una diferencia que afecta a la consideración de elementos "fuera de ordenación diferido" respecto del régimen de alturas de la edificación. El PEP-EBIC considera "fuera de ordenación diferido" a las edificaciones que por exceso igual o inferior a una Planta superan la altura de cornisa (Hc) permitida (se ha tenido en cuenta para la cuantificación de este parámetro la altura de cornisa resultante de la formula Hc = Np Np= nº de plantas -1). Se encuentran en esta situación las siguientes edificaciones: c/ Carniceros, 13- Villena c/ Carniceros, c/ Carniceros, 5-plza. Escuelas Pias -c/ Balmes plza. Escuelas Pias 2 -c/ Balmes c/ santa Teresa, 21- Exarchs c/ Exarchs c/ Pie de la Cruz, 7 y c/ Roteros, c/ De la Cruz -En Roda- Palomino c/ Caballeros, calle Cordellats, parcial c/ Danzas, 7-Colom plza. Mercado, 25-Tabla de Canvis calle san Fernando, c/ Serranos, 3- Los Borja c/ Serranos, 2- Los Borja c/ Navellos 12-Samaniego plza. Reina, c/ Milagro 11- Baños del Almirante El PEP-EBIC considera "fuera de ordenación sustantivo" a las edificaciones que por exceso superior a una planta superan la altura de cornisa (Hc) permitida (se ha tenido en cuenta para la cuantificación de este parámetro la altura de cornisa resultante de la formula Hc = Np, Np= nº de plantas-1). 124

125 Se encuentran en esta situación las siguientes edificaciones: c/taula de Canvis 8-En Colom-Danzas plza Virgen 4-c/ Caballeros- Horno de los Apóstoles c/ Navellos 1- plza De la Virgen plza Picadero de dos aguas, 3- c/ san Andrés plza De la virgen 8-calle navellos- plza Cors de la Mare de Deu c/ Del Salvador c/ Del Salvador 5/ calle Cruilles c/ De Salvá, 4-Soledad c/ Salvador c/ Comedias, 20-san Juan de Ribera plza De la Reina, 19 a.2.-inadecuación espacial: se considera equivalente al régimen de fuera de ordenación sustantivo La inadecuada situación espacial afecta a edificaciones que superan la línea de profundidad edificable definida por el plan. Este caso no se grafía pormenorizadamente en el Plano de Ordenación O-03 REGIMEN FUERA DE ORDENACION POR AFECCION PATRIMONIAL. a.3.-inadecuación formal: se considera equivalente al régimen de fuera de ordenación adjetiva. Se encuentran en esta situación las siguientes edificaciones: calle Carniceros, 13-Villena calle Carniceros, plaza Escuelas Pias, 3-calle Carniceros-calle Balmes plaza Don Juan de Villarrasa, plaza Don Juan de Villarrasa, calle Exarchs, 21 - santa Teresa calle Exarchs calle Taula de Canvis, 8 - En Colom - Danzas plaza del Mercado, 25-calle Taula de Canvis calle Roteros, calle Samaniego 15, calle Samaniego calle Navellos, calle Tossalet, 6-calle Cronista Jerónimo Zurita calle Libreros, Plaza Napoles y Sicilia. a.4.-inadecuación funcional: se considera equivalente al régimen de uso fuera de ordenación. Se encuentran en esta situación las edificación situada en la parcela C/ Embajador Vich-san Andrés. (Par. 1d). b.- Construcciones e instalaciones que suponen deterioro visual o ambiental del ámbito protegido El PEP EBIC las califica como fuera de ordenación sustantivo. El régimen jurídico aplicable a las mismas será el previsto en el Plan General de Ordenación Urbana de Valencia. - 22/29 ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA c/ Salvador, 6-48/25 IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR 125

126 c/ Salvador, c/ Salvador, c/ Salvador, 5 - c/ Cruilles. - 10/24 IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ plaza Picadero de Dos Aguas, 3- c/ San Andres. - 36/4 TEATRO PRINCIPAL c/ Poeta Querol, 8-10-c/ Vilaragut Los elementos fuera de ordenación por afección patrimonial se representan expresamente en el Plano de Ordenación O-03 REGIMEN FUERA DE ORDENACION POR AFECCION PATRIMONIAL. La regulación establecida en este PEP-EBIC por razón de su especialidad patrimonial no afecta a las situaciones de fuera de ordenación urbanística que se deriven de la legislación urbanística y de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia, las cuales se entienden que subsisten en los términos que contemplan estas normas como es el caso de las edificaciones que superan el numero de alturas y la profundidad edificable permitidas por el PGOU. No es objeto del plan la identificación de aquellos elementos que están en este régimen. III Justificación regulación Derribo Sustitutorio Atendiendo a las determinaciones contenidas en el art f) de la reforma de 2007 de la Ley 5/2007 de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la LPCV, los Planes Especiales de Protección de los inmuebles declarados de Interés Cultural garantizará la edificación sustitutoria en los derribos de inmuebles incluidos en este ámbito. En las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC se especifica el procedimiento a seguir en este tipo de actuaciones. III Condiciones regulación para las edificaciones Catalogadas Con respecto al ART g) el Catálogo, grados de protección y tipos de intervención posibles. En las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC se han regulado las condiciones funcionales y usos dominantes y compatibles; condiciones de la parcelación, aprovechamiento de los inmuebles incluidos en el Catálogo, intervenciones permitidas. Se ha desarrollado un Catálogo con FICHAS PARTICULARIZADAS para cada bien catalogado. III Condiciones regulación para las edificaciones no Catalogadas Respecto de los ART i, j, k) para la edificación de nueva planta el PEP-EBIC asegura la armonización de las nuevas edificaciones con el ambiente en el que se inserten mediante normativa reguladora de parámetros tipológicos, morfológicos y materiales. En las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC se regula detalladamente Condiciones funcionales y usos; y condiciones para la edificación sobre parcelación; relación entre plano de fachada y la alineación; escala; perfil y cubiertas; vuelos y su disposición; y condiciones estéticas. Los elementos fuera de ordenación por afección patrimonial se representan expresamente en el Plano de Ordenación O-03 REGIMEN URBANISTICO. III Condiciones de regulación para los espacios libres y viarios 126

127 El art n) de la LPCV determina que es necesario el análisis de la estructura viaria para articular normativamente la jerarquización y funcionalidad del espacio público en relación con el uso, la accesibilidad, y el estacionamiento de vehículos. Además indica que se priorizará el uso peatonal, el transporte público y la dotación de estacionamientos para residentes, con el fin de evitar al máximo las afecciones del tráfico rodado. El PEP-EBIC pretende la recualificación de los espacios públicos incluidos en el ámbito y en especial en aquellos que están en contacto directo con los distintos BB.II.CC. Previo a la fase de ordenación se ha realizado un trabajo de análisis sobre el espacio libre público y la estructura viaria del ámbito. Este análisis comprende los siguientes aspectos: - Tipología del espacio libre. - Elementos singulares que forman parte de la urbanización (elementos escultóricos, mobiliario publicitario, instalaciones, etc.) - Características, estado de conservación y tipo de urbanización. - Fases y etapas de urbanización (edad de la urbanización) - Tipo de aparcamiento (bajo espacio público, en edificio en altura, los que está previsto construir, etc) - Análisis de la Movilidad: principales recorridos peatonales y de recorrido de tráfico, viario rodado, recorrido y paradas de las líneas transporte público, recorrido carril bici, etc. - Definición de elementos impropios y usos inadecuados. - Recopilación de los usos y actividades que se desarrollan en estos espacios. - El grado de accesibilidad peatonal y rodada. Todos estos aspectos se representan en el Plano de Información I-09 ANÁLISIS DEL ESPACIO EDIFICADO- ESPACIO LIBRES. De este análisis se desprende la clasificación del espacio libre que establece el PEP-EBIC para abordar el objetivo de la recualificación del espacio libre que se pretende: 1.- "Ámbitos urbanos validados" en gran parte del ámbito del Plan se han realizado actuaciones recientes de urbanización y/o reurbanización que responden a criterios contemporáneos de intervención en el espacio público de la ciudad antigua. Se considera en estos casos que las actuaciones realizadas responden a las necesidades y condiciones patrimoniales que son exigibles en estos espacios y por lo tanto, se regula que las futuras actuaciones a realizar sean de restauración y conservación, manteniendo los elementos que los caracterizan así como las opciones y definiciones de los proyectos de urbanización originales. En caso de que las actuaciones a realizar en estos espacios superen el nivel de intervención de conservación, estos espacios estarán sujetos a las condiciones generales que se establecen para todos los espacios y que se desarrollan en apartado posterior. Estos espacios se identifican como "Ámbitos urbanos validados" y se representan en el Plano de Ordenación O-04 REGIMEN URBANISTICO. USOS Y GESTION DEL SUELO. En concreto se trata de los siguientes espacios: - PLAZAS DE L ALMOINA Y DEL ARZOBISPO, PROYECTO DE URBANIZACION Arquitectos D. Román Jiménez Iranzo y D. Pedro Soler Garcia. Promotor: AUMSA/AYUNTAMIENTO DE VALENCIA (proyecto 1994, obra ) - PLAZA DE SAN LUIS BELTRÁN, PROYECTO DE URBANIZACIÓN Arquitecto: D. José María Herrera García. Promotor Ayuntamiento de Valencia. (proyecto 1995, obra 1996) - PLAZA NÁPOLES Y SICILIA, PROYECTO DE URBANIZACIÓN Arquitectos: D. Román Jiménez y D. Pedro Soler (proyecto 1993 obra 1994 a 1995). Promotor Ayuntamiento y AUMSA. 127

128 - PLAZA DEL COLLADO, ESCALONES DE LA LONJA Y ENTORNO. Arquitectos D. Román Jiménez Iranzo y D. Pedro Soler Garcia. Promotor: AUMSA / AYUNTAMIENTO DE VALENCIA (proyecto 1997, obra 1999) - PLAZA DEL PATRIARCA Y SU ENTORNO. PROYECTO DE URBANIZACIÓN Arquitectos: D. Pedro Soler García y Doña Beatriz Romero Llorens (proyecto 2004 obra 2005) Promotor Ayuntamiento y AUMSA. - ENTORNO DE LA PLAZA REDONDA. PROYECTO DE URBANIZACIÓN Arquitectos: VTIM ARQUITECTES. Don Amando Llopis Alonso (proyecto 2011, obra 2011/2012). Promotor Ayuntamiento y AUMSA. - PLAZA DEL TOSSAL Y HABILITACIÓN GALERIA DEL TOSSAL. PROYECTO DE URBANIZACIÓN Arquitectos D. Jorge Catalán Vázquez y D. Juan Navarro Martínez (proyecto 1999 obra 2000) Promotor AUMSA/AYUNTAMIENTO DE VALENCIA. 2.- "Ámbitos urbanos sujetos a condiciones particulares". Del análisis también se detectan espacios como los pertenecientes a los entornos de protección de la Catedral, la Lonja, la iglesia de los santos Juanes y el Mercado Central, que alcanzan gran significación patrimonial debida a la confluencia de diversos monumentos y, que además en la actualidad, son las aéreas más afectadas por la afección que genera el problema de trafico que sufre Ciutat Vella. Estos espacios necesitan, por su singularidad y por la importancia de los problemas que les afectan, que su recualificación urbana se realice mediante un proyecto unitario que resuelva la urbanización y la ordenación de los espacios afectados. El proyecto unitario deberá resolver no solo los problemas de reurbanización del espacio urbano y de mejora y puesta al día de las instalaciones sino también deberá resolver la necesaria peatonalización de estos espacios mediante la definición de recorridos estrictos para el trasporte público _autobuses EMT y taxis_, el establecimiento de recorridos de acceso restringido para los vehículos de los residentes, la regulación restringida y acotada en el tiempo del régimen de carga y descarga de mercancías y en último lugar deberá regular también el uso del espacio público especialmente en cuanto a la regulación de las actividades hosteleras. Como criterios generales de intervención para estos espacios singulares se plantean los siguientes En el entorno de la Lonja, la iglesia de los santos Juanes y el Mercat: - Definición del ámbito como área peatonal comprensiva de la plaza del Mercado, la calle Vieja de la Paja y la plaza de la Comunión de San Juan, calle Luchente, calle Sampedor la calle Bolsería, la plaza Tossal, el tramo de la calle Caballeros desde plaza san Jaime a plaza de Tossal, con las condiciones generales de acceso restringido citadas anteriormente. - Conservación de acceso libre de vehículos por avenida Maria Cristina hasta la calle Calabazas, y en calle Calabazas hasta calle Mallorquins. - Ampliación de aceras en la avenida María Cristina - El área peatonal se extenderá a la plaza Juan de Villarrasa incluidas la prolongación de la calle Carniceros y la calle prolongacion de Pintor Domingo desde el cruce con calle Santa Teresa. - Ubicación de un intercambiador de trasporte público en el ámbito de la plaza Ciudad de Brujas, lo que conllevará la duplicación de sentido en la avenida del Oeste y la necesaria reurbanización de la misma para la ampliación y mejora de las aceras. - Del transporte colectivo público _autobuses EMT_ solo se mantendrán aquellas líneas que atraviesan de sur a norte la ciudad y para las que exista total imposibilidad del desvió inmediato de su recorrido. - Como se deduce de las condiciones anteriores, esta actuación requiere la reordenación del trafico y la urbanización de ámbitos exteriores al del Plan como es la intervención en la Avenida del Oeste con la ampliación de aceras y creación de doble sentido de circulación de vehículos, así como la modificación del tráfico en la plaza del Tossalt para romper la conexión Caballeros Quart. En entorno de la Catedral y Torre e iglesia de Santa Catalina supone: 128

129 - Trasformación de la plaza de la Reina como área peatonal con las condiciones generales de acceso restringido citadas anteriormente. El ámbito afectado es el de la plaza de la Reina que conecta con la ya peatonalizada plaza de santa Catalina. - Reordenación del tráfico rodado con las siguientes condiciones:. Acceso libre de vehículos solo por calle de la Paz para conectar con la calle san Vicente Mártir, por lo que se amortiza la conexión a la calle del Mar.. El transporte colectivo público _autobuses de la EMT y taxis_ y privado accederá al ámbito peatonal tangencialmente, sin recorrerlo o atravesarlo; para ello se establecerá el necesario intercambiador en la zona sur de la plaza.. Se estudiará la posibilidad de reubicar las rampas de acceso y salida del aparcamiento de la plaza, para favorecer el ámbito peatonal, incluso situándolas en la calle de la Paz. - Implantación de recursos arquitectónicos o constructivos que rememoren la perdida alineación de la calle de Zaragoza con el fin de devolver a la puerta de los Hierros de la Catedral toda su significación urbana y artística. El Plan propone cambios sobre la situación actual de ordenación del tráfico para poder llevar a cabo una propuesta de peatonalización. Por ello se han establecido pormenorizadamente las condiciones para la adecuación de estos espacios libres públicos singulares; estas condiciones se recogen en las fichas normativas siguientes y se incorporan a las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC FICHA 1: Plaza de la Reina. FICHA 2: Plaza del Mercado, entorno de la Lonja y santos Juanes: FICHA 3: Plaza del Mercado-plaza Ciudad de Brujas y plaza Juan de Vilarrasa Además se considera como "Ámbito urbano sujeto a condiciones particulares" el espacio libre de calle Zapatería de los Niños y calle Numancia sujeto a las condiciones de la FICHA 4: ESPACIO LIBRE: calle Zapatería de Los Niños y Calle Numancia. 3.- "Áreas en contacto directo con el BIC". Se trata de espacios incluidos en el entorno de protección de los Bienes de Interés Cultural dentro del CRITERIO-3 de la LPCV. Este criterio de definición de entornos se refiere a los espacios públicos en contacto directo con el Bien y que constituyen parte de su ambiente inmediato, acceso y centro del disfrute exterior del mismo. Se representan pormenorizadamente en el Plano de Ordenación O-02 ENTORNOS DE PROTECCION DE LOS BB.II.CC. Independientemente de las condiciones establecidas con carácter particular en los casos anteriores el Plan, con el objeto de recualificar los espacios libres, ha establecido unas condiciones generales que deberán tenerse en cuenta para su adecuación o remodelación. Las condiciones están relacionadas con los aspectos que se describen a continuación y cuya estudio, valoración y resolución se consideran imprescindibles para cualquier intervención que se realice en ellos: - Ordenación y distribución espacial. - Movilidad. - Usos y actividades que en ellos se desarrollan. - Características de la urbanización. - Tratamiento del zonas con arbolado y ajardinadas. - Condiciones que deben aplicarse a las instalaciones y servicios. - Condiciones para la ocupación del espacio libre por las terrazas y elementos de mobiliario de los establecimientos comerciales de la zona. - Régimen de autorizaciones: La regeneración ambiental y paisajística de estas zonas se sustenta en la reordenación del tráfico de vehículos en Ciutat Vella, reordenación que está dirigida a la ampliación de la primacía del viandante frente a la circulación rodada. Esta primacía, tendente a una amplia peatonalización del Centro Histórico se plantea mediante la reducción del trafico actual permitiendo en estas zonas solo el acceso a vehículos 129

130 de residentes y comerciantes de la zona, operaciones de carga y descarga relacionadas con las actividades y usos propios de la zona, vehículos de emergencias, transportes colectivo público y privado. Las condiciones para adecuación de estos espacios libres públicos se recogen en la ficha normativa FICHA 0 que se incorpora a las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC FICHA 0: CONDICIONES GENERALES DE URBANIZACION DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS. III Condiciones regulación publicidad y señalización Respecto del art. 39. l) de la LPCV que se refiere a la regulación de la publicidad y señalización y art. 39. m) regulación de las instalaciones de cualquier naturaleza y antenas de comunicación, en las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC 06-07, TITULO VI: conservación del entorno urbano se establecen medidas con respecto a los siguientes temas: 1.- Se establece regulación para evitar la contaminación visual o perceptiva que pueda ocasionar la implantación de los elementos que se citan a continuación (sean iniciativa de la administración pública o privada) en las edificaciones y en los espacios libres que configuran el ámbito del entorno de protección de los Bienes de Interés Cultural. - Las construcciones o instalaciones de carácter permanente o temporal que por su altura, volumetría o distancia puedan perturbar su percepción. - Las instalaciones necesarias para los suministros, generación y consumo energéticos. - Las instalaciones necesarias para telecomunicaciones (antenas de telecomunicación y dispositivos similares). - La colocación de rótulos, señales y publicidad exterior. - La colocación de mobiliario urbano. - La ubicación de elementos destinados a la recogida de residuos urbanos. El PEP EBIC regula la implantación de las instalaciones desde el momento en que se solicita autorización del proyecto para obtención de la licencia municipal. Del mismo modo esta regulación se amplía a los servicios urbanos municipales exigiendo la planificación previa y la justificación de que su instalación no afecta a los entornos de protección. La implantación de los elementos relacionados en el apartado anterior exige que junto con la documentación exigida para la presentación de solicitud de la licencia para intervención en un edificio (en cualquier tipo de obra, o en su caso de licencia para implantación de cualquier actividad) o en edículos situados en el espacio público tanto de iniciativa privada como pública, se deberá adjuntar una "Memoria Descriptiva y Justificativa sobre ubicación de elementos pertenecientes a las instalaciones del edificio o de los espacios libres". En el supuesto de que la instalación se implante a iniciativa de la administración pública, deberá realizarse una "Memoria Descriptiva y Justificativa sobre ubicación de elementos pertenecientes a las instalaciones del edificio o de los espacios libres" que desarrolle los requerimientos exigidos en la norma analizando las alternativas posibles de implantación y justificando que la propuesta elegida supone la menor afección al entorno de protección de los Bienes de Interés Cultural. Esta documentación deberá ser informada favorablemente por la Comisión de Patrimonio Municipal antes de que la documentación técnica o proyecto se apruebe por los órganos municipales correspondientes. 2.- Se establece regulación de publicidad y señalización afecta a todo el ámbito protegido objeto de este PEP-EBIC 06-07, incluidos los edificios catalogados, los edificios no catalogados, los servicios públicos o las dotaciones y espacios libres y viarios. En concreto respecto de la publicidad insertada en el "mobiliario urbano informativo", en espacio público de titularidad o concesión pública se deberán cumplir las condiciones siguientes: 130

131 En las zonas del ámbito definidas como "espacio público en contacto directo con el B.I.C" no se permite la instalación de ningún tipo de elemento de "mobiliario urbano informativo". En el resto se permite la instalación de elementos de pequeño formato cuyas dimensiones se encuentren dentro de la envolvente de 1.30 x 2.70 m, con una superficie destinada a la publicidad que no supere los 2 metros cuadrados permitiendo otra superficie equivalente para información de carácter institucional. Se reducirá el número total de elementos a instalar en el ámbito respecto de los instalados actualmente. Los elementos de "mobiliario urbano informativo" instalados antes de la aprobación de este Plan que no se adapten a las condiciones descritas podrán mantenerse hasta la finalización del contrato de Concesión. No obstante, el Ayuntamiento, potestativamente, podrá ordenar su retirada o su adaptación a las condiciones permitidas en estas Normas en caso de ser necesaria su reposición antes de la finalización del plazo contractual. La implantación de nuevos modelos y tipos de mobiliario urbano informativo en espacio público de titularidad o concesión pública, que no se adapten a las características descritas anteriormente requerirá el cumplimiento de las condiciones definidas en las Normas para su autorización. III Documentación técnica necesaria para evaluar la idoneidad y trascendencia patrimonial de cada intervención. Respecto del cumplimiento del art o) de la LPCV, en las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP-EBIC se especifica la documentación y procedimiento a seguir. Para la obtención de licencia de obras deberá aportarse la documentación técnica exigida por la normativa sectorial de aplicación y además la que corresponde de acuerdo al contenido que establecen las Normas del Plan, suscrita por técnico competente. La documentación exigida para la obtención de licencia de obras variará teniendo en cuenta las distintas situaciones resultantes de si se pretende realizar una intervención "de trascendencia patrimonial" o "carente de trascendencia patrimonial" y si se trata de edificación catalogada o no catalogada. Para la consideración de obras "de trascendencia patrimonial" o "carente de trascendencia patrimonial" deberán cumplirse las condiciones establecidas en la Normas del Plan que derivan de las determinadas por la normativa patrimonial vigente. III Desarrollo y régimen competencial. Respecto del cumplimiento del art d) El Plan establece las intervenciones que requerirán de la previa autorización de la Conselleria. A partir de la aprobación del PEP-EBIC requerirán autorización previa de la administración competente en materia de patrimonio cualquier intervención que se lleve a cabo en los inmuebles que se representan en el Plano de Ordenación O-09 RÉGIMEN COMPETENCIAL, incluidas las que afecten al subsuelo de estas parcelas. Se trata de todas las intervenciones que afecten a los inmuebles incluidos por el Criterio 1º, en el entorno de protección de cada uno de los Bienes de Interés Cultural. Es decir parcelas que limitan directamente con la que ocupa el bien, y en las que cualquier intervención que se realice pueda afectarlo visual o físicamente. Además se incluyen los ámbitos considerados de "especial trascendencia" en este caso la parcela en Tapineria 4 cuya intervención está condicionada a una actuación conjunta con las parcelas en Tapineria, 2; y la en Miracle del Mocadoret que son parcelas que si resultan incluidas por criterio 1º en el entorno de protección de la iglesia de santa Catalina. 131

132 III Gestión. En el ámbito del PEP-EBIC existen delimitadas unidades de ejecución que se describen a continuación y se han representado en el plano de Ordenación I-04 REGIMEN URBANISTICO. USOS Y GESTION DE SUELO: - En la zona del barrio de Carmen, existen las Unidades de Ejecución U.E.-6, U.E.-7, U.E.-8, U.E.- 10 en las que se pretende la implantación de una serie de equipamientos: U.E.-7 dos equipamientos un SP Das y un Dsc socio-cultural, en la U.E 10 un equipamiento Dsc sociocultural. - En la zona del barrio de Velluters existe parte de la Unidad de Ejecución nº 4, UE-4 que limita al norte por la calle de la Carda y la calle Valeriola, al este por edificación consolidada, la calle Botellas y la Plaza de la Comunión de San Juan, al sur por la calle Exarchs y la plaza Ciudad de Brujas, y al oeste por edificaciones privadas protegidas por el planeamiento vigente. - En la zona del barrio de Mercat existe parte de la Unidad de Actuación nº 8, UA-8 incluye en su ámbito el espacio de la plaza Numancia-Martin Mengod-Zapateria de los Niños. - En la zona del barrio de Universitat-sant Francesc se delimita la A. Aislada nº 1 en calle Libertad que comprende la total urbanización del ámbito y la Actuación Aislada nº 2 en plaza y calle Sagrario del Salvador que comprende la total reurbanización del ámbito del espacio público vinculado a la cabecera de la iglesia del Salvador. Estas unidades de ejecución se desarrollaran de acuerdo a las determinaciones y condiciones definidas en el Planeamiento de desarrollo de donde derivan y han sido delimitadas. IV. RELATIVO AL CATÁLOGO IV.1- Relación Documentos que integran el Catálogo. De acuerdo con el Artículo 189. Documentación de los Catálogos (en referencia al artículo 78 de la Ley Urbanística Valenciana) del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística DECRETO 67/2006, del Consell, de 12 de mayo, el Catálogo del PEP-EBIC 06-07, consta y distingue los siguientes documentos: 1. Parte sin eficacia normativa: a) Memoria Descriptiva y Justificativa que la constituyen: El punto III. RELATIVO AL CATÁLOGO, incluido en la MEMORIA DE INFORMACIÓN, contenida en DOC-1 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN. En este apartado, se describen los antecedentes relacionados con la protección de los elementos del ámbito en los instrumentos de planeamiento vigentes con anterioridad a la redacción de este Plan Especial. En particular se define en el apartado III.2.- Descripción del proceso de obtención de información para elaborarlo, aspecto que específicamente determina la normativa urbanística de aplicación. El punto IV. RELATIVO AL CATÁLOGO, incluido en la MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA y estudios complementarios, contenida en DOC-2 DOCUMENTO DE ORDENACIÓN. En particular se define en el apartado IV. 4.3 Justificación de los Criterios de Catalogación que específicamente determina la normativa urbanística de aplicación. b) Los Estudios Complementarios. c) Los Planos de información. Forma parte del Catálogo, los planos de Información que se relacionan a continuación: 132

133 I-05 NIVELES DE PROTECCION. BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURAS, JARDINES Y ARBOLES Y ELEMENTOS URBANOS. I-06 AFECCIONES PATRIMONIALES: BIENES DE INTERES CULTURAL Y ENTORNOS DE PROTECCION. I-07 AFECCIONES PATRIMONIALES: BIENES DE INTERES CULTURAL Y BIENES DE RELEVANCIA LOCAL. I-08 AMBITOS DE INTERES ARQUEOLÓGICO. 2. Parte con eficacia normativa: a) La ficha de cada elemento catalogado. En DOC-4 FICHAS PARTICULARIZADAS se incluye listado de elementos incluidos en el Catálogo y fichas particularizadas para cada elemento incluido en él. La ficha contiene el nivel de protección, los datos identificativos del inmueble, la descripción de sus características constructivas, el estado de conservación y prescripciones para su mejora, el uso propuesto especificando su destino público o privado, y la normativa urbanística de aplicación que se describe en el apartado siguiente. Las fichas contienen plano de situación del inmueble catalogado, y fotografías. b) Plano o planos de situación del inmueble catalogado, elemento o espacio protegido y fotografías. Los planos de ordenación que forman parte del catálogo se incluyen en el DOC-2 DOCUMENTO DE ORDENACIÓN y son los siguientes: O-02 DELIMITACION DE LOS ENTORNOS DE PROTECCION DE LOS BB.II.CC. O-06 NIVELES DE PROTECCION. BIENES INMUEBLES, JARDINES, ARBOLES Y ELEMENTOS URBANOS. O-07 AFECCIONES PATRIMONIALES O-08 AMBITOS DE INTERES ARQUEOLOGICO Se representan los elementos protegidos y los elementos pertenecientes al inventario de Patrimonio Cultural Valenciano, con sus Entornos de Protección. Se Definen los niveles de protección y se definen las áreas de protección arqueológica coincidentes con el ámbito de redacción. c) Normativa de aplicación, diferenciada para cada grado de protección. Las Normas de Protección del Catálogo se desarrollan en TITULO tercero: CATÁLOGO de bienes y espacios protegidos: régimen de protección incluidas en DOC-3 DOCUMENTO NORMAS URBANISTICAS Y DE PROTECCION. Las fichas de edificios catalogados, forman parte del DOC-4 FICHAS PARTICULARIZADAS, contienen con expresión, escrita y gráfica, las condiciones particulares de intervención ajustadas a los niveles de protección previstos en la normativa urbanística de aplicación. IV Descripción del contenido de la Ficha Particularizada: De acuerdo con el art. 189 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, forman parte del Catálogo con carácter normativo las FICHAS PARTICULARIZADAS de cada elemento. El Catálogo del PEP-EBIC 06-07, establece dos tipos de ficha para adaptarse a las determinaciones urbanístico-patrimoniales que exige cada uno de los niveles y categorías de protección. Se ha desarrollado un tipo de ficha para los bienes catalogados, y otro más completo para los bienes pertenecientes al Inventario del Patrimonio Cultural Valenciano: Bienes de Interés Cultural y Bienes de Relevancia Local. Cada ficha se identifica mediante el código siguiente: BC-PA/PP/PI + Nª referencia catastral BC bien catalogado 133

134 PA/PP/PI (protección a nivel ambiental, parcial, integral) Nª referencia catastral que contiene la referencia de la manzana y de la parcela catastrales. BRL + Nª referencia catastral BRL bien calificado de Relevancia Local Nª referencia catastral que contiene la referencia de la manzana y de la parcela catastrales. BIC + Nª referencia catastral BIC bien Declarado de Interés Cultural Nª referencia catastral que contiene la referencia de la manzana y de la parcela catastrales. a) CONTENIDO DE LA FICHA PARTICULARIZADA DE UN BIEN CATALOGADO: 1.- DATOS IDENTIFICATIVOS: forma parte de este apartado la información que se describe a continuación. Se trata de datos de carácter no normativo. Plano de situación de la parcela a escala 1/2000 Fotografía Aérea, extraída de base fotográfica municipal en la que se delimita la parcela afectada. Fotografías de las fachadas principales y secundarias si existen. Dirección del inmueble, nombre de la calle o plaza y número de policía, de todas las fachadas a las que recae el inmueble. Denominación del inmueble genérica o específica si existe. Referencia de la parcela urbana y catastral. Distrito: definición del distrito en el que se encuentra la parcela utilizando las referencias utilizadas por el Plan General de Valencia. Barrios: definición del Barrio en el que se sitúa la parcela utilizando las referencias utilizadas por el Plan General de Valencia. Protección anterior: se define si el inmueble se encontraba o no protegido con anterioridad a la redacción del PEP-EBIC 08. En caso de estar protegido, se define el nivel de protección y se aportan las referencias correspondientes a la ficha de catálogo del instrumento de planeamiento que lo protegía. Cartografía PGOU: referencia respecto de la documentación del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia. Suelo: clasificación del suelo sobre él que se sitúa la parcela 2.- DESCRIPCIÓN: Se trata de datos de carácter no normativo, y se refieren a la parcela y a la edificación de forma independiente. Respecto de la parcela se describen los siguientes aspectos: Contexto: en el que se ubica la parcela y se distingue entre urbano y rural. Las incluidas en entorno urbano distinguimos entre núcleo histórico, ensanche y periferia. Ocupación: se refiere a la superficie que ocupa la edificación dentro de la parcela. Se distingue la que ocupa la planta baja y las plantas de piso. Implantación: Se describe la situación de la parcela dentro de la manzana y se distingue entre parcela en esquina o medianera. También se distinguirá el caso de edificación abierta. Superficie: Se aporta superficie de la parcela que consta en la información catastral. Respecto de la edificación se describen los siguientes aspectos: Tipología: en cada ámbito de estudio se reconocen tipos de los edificios (se trata de la relación entre la distribución interna y externa del edificio y el uso o la función que realiza, que se repiten según épocas, clases sociales, usos etc.) 134

135 Numero de alturas: plantas del cuerpo principal de la edificación. (en algunos casos aunque no sean habitables como es el caso de los espacios bajo cubiertas) Autoría: autor de la obra, arquitecto, maestro de obra etc. Época: fecha de la construcción. Sistema Constructivo: descripción del sistema constructivo de la edificación principal. Se distingue el sistema vertical y el horizontal o de forjados. Cubierta: Se distingue entre cubierta inclinada (a una o dos aguas) o azotea plana o terraza. Fachada: Se describe brevemente el sistema compositivo de las fachadas. Observaciones: se señalan aquellos casos en los que la edificación forma una unidad arquitectónica con edificaciones colindantes. 3.- DESTINO Y USOS: Respecto del Destino: se distingue entre público y privado. Respecto del Uso, se distingue el de la planta baja y el de las plantas de piso. Se señala tanto el uso actual, que es el uso real que puede coincidir o no con el permitido por el régimen urbanístico vigente y el uso propuesto, que es el definido por el régimen urbanístico del PEP- EBIC 08, y en este caso se trata de una determinación con alcance normativo. 4.- ESTADO DE CONSERVACION: Se refiere al estado de conservación de los elementos visibles desde la vía pública que se pueden observar mediante una inspección visual. Se han establecido tres niveles distintos: pendiente de rehabilitación (en el caso que presente patologías, desperfectos etc.), cuando se distinga una intervención reciente se define como rehabilitación parcial reciente y rehabilitación total reciente según su alcance, y de no estar en estos supuestos se trataría de un estado aceptable. 5.- PROTECCION: Estos datos son de carácter normativo. Respecto de la normativa Urbanística. Se define el nivel de protección del edificio, en el Catálogo del PEP-EBIC Respecto de la normativa Patrimonial, se aportan datos relativos a afecciones de carácter patrimonial a las que pueda estar sujeta la parcela del inmueble. Se define el Entorno de Protección del Bien de Interés Cultural, en el que está incluida la parcela. Se detalla si el inmueble contiene elementos pertenecientes al inventario mueble o al inventario arqueológico. Si corresponde se define el área de protección arqueológica en la que está incluida la parcela del inmueble. 6.- DESCRIPCION DETALLADA DEL BIEN Y SUS VALORES PATRIMONIALES. Descripción: Descripción arquitectónica, histórica o cultural sobre el inmueble, y referencias bibliográficas o fuente de la que procede la descripción. Valores: Se distinguen valores de carácter histórico, cultural, urbanístico y arquitectónico. Descripción grafica: contiene plantas y alzados y señalando la fuente de la que procede la información. 7.- NORMATIVA DE APLICACION. 135

136 Este apartado contiene datos de carácter normativo. Se distingue entre condiciones generales y condiciones particulares. Respecto de las condiciones generales. Se trata de las normas urbanísticas que con carácter general son de aplicación. Condiciones derivadas del Nivel de Protección del inmueble, derivadas de la Zona de Ordenación Urbanística a la que pertenece el inmueble, u otras. En las condiciones generales se especifica la normativa de protección que resulta de aplicación debido a afecciones arqueológicas etc. Respecto de las condiciones particulares. Contiene las condiciones particulares de protección e intervención en el inmueble protegido. Se definen las intervenciones posibles que permitan su conservación y puesta en uso, adaptadas a su nivel de protección. Se señalan los elementos impropios de la cubierta, fachada y del interior del edificio. Se señalan partes del inmueble no protegidas si las hubiere. Se definen si corresponde el tipo de alteración volumétrica permitida. Se definen si corresponde el tipo de alteración parcelaria permitida. b) CONTENIDO DE LA FICHA PARTICULARIZADA DE UN BIEN DE INTERES CULTURAL: 1.- DATOS IDENTIFICATIVOS: Contiene los mismos apartados que la ficha del Bien Catalogado. 2.- DESCRIPCIÓN: Se trata de datos de carácter no normativo, y se refieren a la parcela y a la edificación de forma independiente. Respecto de la parcela se describen los siguientes aspectos: Contexto: en el que se ubica la parcela y se distingue entre urbano y rural. Las incluidas en entorno urbano distinguimos entre núcleo histórico, ensanche y periferia. Ocupación: se refiere a la superficie que ocupa la edificación dentro de la parcela. Se distingue la que ocupa la planta baja y las plantas piso. Implantación: Se describe la situación de la parcela dentro de la manzana y se distingue entre parcela en esquina o medianera. También se distinguirá el caso de edificación abierta. Superficie: Se aporta superficie de la parcela que consta en la información catastral. 3.- DESTINO Y USOS: Contiene los mismos apartados que la ficha del Bien Catalogado. 4.- ESTADO DE CONSERVACIÓN: Contiene los mismos apartados que la ficha del Bien Catalogado. 5.- PROTECCIÓN: Estos datos son de carácter normativo. Respecto de la normativa Urbanística. Se define el nivel de protección del edificio, en el Catálogo del PEP-EBIC Respecto de la normativa Patrimonial, se aportan datos relativos a afecciones de carácter patrimonial a las que pueda estar sujeta la parcela del inmueble. Se define si se trata de bienes pertenecientes al Inventario del Patrimonio Cultural Valenciano: Bienes de Interés Cultural o Bienes de Relevancia Local. Se señala la categoría a la que pertenece y se aportan datos y referencias jurídicas administrativas, de la Declaración del Bien de Interés Cultural. 136

137 Se detalla si el inmueble contiene elementos pertenecientes al inventario mueble o al inventario arqueológico. Si corresponde se define el área de protección arqueológica en la que está incluida la parcela del inmueble. 6.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL BIEN Y SUS VALORES PATRIMONIALES: Descripción inmueble objeto de la declaración. La información que se reproduce se obtiene de la propia declaración o de la fuente que en cada caso se describe. Partes Integrantes. Contiene un apartado con documentación gráfica que se obtiene de ficha de catálogo anterior o de la fuente que en cada caso se describe. 7.- ENTORNO DE PROTECCIÓN Justificación de la delimitación: representación grafica de los criterios de inclusión de las parcelas en el ámbito del entorno de protección. Descripción literal de la línea delimitadora. 8.- NORMATIVA DE APLICACIÓN. Contiene los mismos apartados que la ficha del Bien Catalogado. IV. 2.- Descripción elementos incluidos en el catálogo. De acuerdo con artículo 77. Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos de la LEY 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana el Catálogo del PEP-EBIC contiene: Los bienes de interés artístico, histórico, arqueológico, arquitectónico o botánico y los que integran un ambiente característico o tradicional, así como los que se pretende conservar por su representatividad del acervo cultural común o por razones paisajísticas. (BC, BC-E, BC-J, ARBOLES) Los bienes inmuebles de interés cultural que integran el patrimonio cultural valenciano, así como los bienes de relevancia local, según su legislación sectorial específica, señalando la clase de bien a la que pertenecen conforme a dicha legislación. (BIC y BRL) El Catálogo deberá integrarse en el Registro de Catálogos de Protección de la Generalitat de consulta pública, debidamente sistematizado. IV Bienes inmuebles, muebles y arqueológicos. El Catálogo del PEP-EBIC incluye bienes con valores arquitectónicos, botánicos, históricos, arqueológicos etc. Forman parte del catálogo del plan edificaciones, jardines, elementos arbóreos, y elementos urbanos y se representa en el Plano de Ordenación O-06 NIVELES DE PROTECCION. BIENES INMUEBLES, JARDINES, ARBOLES Y ELEMENTOS URBANOS. 1.- El Catálogo incluye un total de 419 parcelas y sus edificaciones. nº de parcelas protegidas por el anterior planeamiento vigente 376 nº de parcelas protegidas nuevas por el PEP EBIC nº de parcelas desprotegidas por el PEP EBIC total nº de parcelas protegidas por el PEP EBIC El catalogo incluye la protección de un total de 419 inmuebles distribuidos en los distintos NIVELES DE PROTECCIÓN de la siguiente forma: 137

138 nº de parcelas con protección AMBIENTAL 82 nº de parcelas con protección 336 nº de parcelas con protección y AMBIENTAL 1 Total 419 (en esta relación no se incluyen los elementos pertenecientes al Inventario de Patrimonio cultural Valenciano que se consideran en sus apartados correspondientes) En el caso de bienes catalogados incluidos en: El PE de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda de Valencia. Ad (BOP nº 40) y PE de Ampliación de les Corts Valencianes Ad (DOGV ) el PEP EBIC incorpora las fichas de catalogo pertenecientes a estos documentos urbanísticos que se mantienen vigentes. Estas fichas se reproducen y se incorporan al DOC-4 CATALOGO. 2.- El Catálogo incluye un total de 9 jardines situados tanto en espacios libres públicos como en parcelas privadas estos últimos relacionadas en la mayor parte de los casos con la edificación que se encuentra ubicada en ésta. A estos elementos el Catálogo les asigna el nivel PROTECCION ESPECIFICA. El Catálogo contiene 2 Jardines ubicados sobre espacio libre público que son: Jardín Palacio Condes de Parcent en la plaza Juan de Villarrasa recayente a Teresa. Jardín Palacio de la Generalitat situado en calle Caballeros y plaza de la Virgen. El Catálogo contiene 7 jardines pertenecientes a la tipología -jardín incluido en parcela privada- y son los que se citan a continuación: Jardín del La Lonja en plaza del Mercado, Jardín Monasterio de la Puridad y san Jaime en calle Convento de la Puridad, Jardín Palacio Arzobispal en calle del Palau, Jardín Casa Señorial en calle Conde de Trenor, 3 y Libertad Jardín Palacio de Benicarló o de los Borja en plaza de san Lorenzo, Jardín Palacio de los Valeriola en calle del Mar Jardín de la Iglesia del Milagro y Hospital de los Sacerdotes Pobres en calle Trinquete de Caballeros Todos estos elementos estaban protegidos por el planeamiento anteriormente vigente salvo el caso del Jardín de la Lonja del que no figuraba su protección específica como jardín pero si estaba protegido como espacio perteneciente a la edificación monumental. El Jardín Palacio Condes de Parcent y el del Palacio de la Generalitat, figuraban en los correspondientes catálogos de los PEPRIS de Velluters y el de Carmen como elementos urbanos protegidos y ahora se incluyen como jardines. Se han elaborado fichas particularizadas para los jardines situados sobre espacios libres públicos ya que los incluidos en parcela privada se han incluido dentro de la ficha que corresponde a la edificación que se encuentra en la misma parcela. No obstante, el listado de Jardines contiene la relación de todos los jardines protegidos del ámbito, su nivel de protección y la referencia de la ficha particularizada que le corresponde. Se ha constatado en los trabajos de campo realizados que el espacio en el que se encontraba el jardín situado en la parcela incluido en PEPRI Seu Xerea como jardín en parcela privada en calle Conde De Montornes, 1 junto a la iglesia de S. Tomas y S. Felipe Neri ha sido transformado y no existe jardín. Por lo tanto este elemento se excluye del catalogo del Plan. 3.- Respecto de ejemplares arbóreos el Catálogo de este Plan incluye los elementos del ámbito que han sido protegidos por el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, Ordenación Estructural del documento de Revisión Simplificada del PGOU, se trata de los siguientes elementos : 138

139 Ejemplares incluidos en los Catálogos resultantes de la aplicación de la Ley 4/06 de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental que se encuentran en el ámbito del PEP EBIC En concreto los incluidos en el listado del "Catálogo de árboles monumentales y singulares de la Comunidad Valenciana" Orden 22/2012 de 13 de noviembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente y los incluidos en la "Relación de arboles y palmeras monumentales de la ciudad de VALENCIA" del ayuntamiento de valencia aprobado en pleno del 27 abril de El Catálogo les asigna PROTECCION ESPECIFICA. Además de los anteriores el Plan incluye los elementos del Catálogo del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia que gozan de protección integral PI (reflejados en listado del apartado B) de Especies arbóreas y jardines que pertenecen al ámbito del PEP-EBIC 06-07) se trata de 8 ud de las 9ud que se relacionan ya que, se ha detectado que en la actualidad solo existe un ejemplar de Ficus marophylla de los 2 existentes en el Palau Benicarlo. El Catálogo les asigna PROTECCION ESPECIFICA. En el Plano de Ordenación O-06 NIVELES DE PROTECCION. BIENES INMUEBLES, JARDINES, ARBOLES Y ELEMENTOS URBANOS, solo se representan gráficamente los ejemplares que gozan de la protección integral PI por el PGOU. También se incluyen en el Catalogo los ejemplares de cualquier árbol o palmera incluidos en el término municipal de Valencia sea cual sea su titularidad. El Catálogo les asigna PROTECCION GENERAL. En este Catálogo se elaboran ficha de los ejemplares que proceden del Catálogo del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia con PROTECCION ESPECIFICA. Las fichas del resto de los elementos que gozan de protección específica serán las que incluyan los distintos Catálogos específicos de árboles monumentales y singulares. 4.- Se protegen un total de 12 elementos urbanos que se encuentran en espacios libres públicos y el Catálogo les asigna el nivel de PROTECCION INDIVIDUALIZADA. De estos elementos estaban protegidos por el planeamiento anteriormente vigente un total de 8 elementos y correspondían a Carmen, Seu Xerea y Velluters. Se han incluido 4 nuevos elementos que son los siguientes: - Fuente Artística en la Iglesia de san Martin. - Fuente en la plaza de Correo Viejo. - Conjunto Jardín Canónigo Liñán (incluye arbolado y fuente) - Fuente Bebedero artística Arcángel San Miguel. 5.- El Catálogo incluye en el ámbito como elementos de interés arqueológico las siguientes: Los Espacios de Protección Arqueológica (EPA) incluidos en el documento de Revisión y Homologación del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia que pertenecen al ámbito del PEP EBIC que son: - RESTOS ARQUEOLOGICOS DEL VALL COBERT calle Conde de Montornes, 1. - RESTOS ARQUEOLOGICOS DE DE L'ALMOINA Y CARCEL DE SAN VICENTE plaza Decimo Junio Bruto - AREA SACRA ROMANA EN PLAZA SAN NICOLAS plaza San Nicolás 1 - CONJUNTO DE SAN JUAN DEL HOSPITAL calle Trinquete de Caballeros 5 Estos elementos a su vez han sido calificados Bienes de Relevancia Local Las fichas de catalogo pertenecientes a estos elementos son las incluidas en el documento de Revisión del PGOU. 139

140 Las Áreas de Vigilancia Arqueológica (AVA) incluidas en documento de Revisión y Homologación del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia, que pertenecen al ámbito del PEP-EBIC que son: - Área de Vigilancia Arqueológica AVA-01.- Ciutat Vella (parcialmente). - El subsuelo de la parcela o parcelas sobre las que se ubican los Bienes de Relevancia local, que también se considera área de vigilancia arqueológica según Artículo 13. Cautelas arqueológicas, documentación y declaración de ruina en los bienes inmuebles de relevancia local y sus entornos del DECRETO 62/2011, de 20 de mayo, del Consell. Además el PEP EBIC incluye como Área de Vigilancia Arqueológica (AVA) el subsuelo de la parcela o parcelas sobre las que se ubican los Bienes de Interés Local. En el plano de Información I-08 AMBITOS DE INTERES ARQUEOLOGICO quedan representados los elementos descritos en los párrafos anteriores. IV Bienes Inmuebles de relevancia Local. El Catálogo del PEP-EBIC incluye un total de 30 bienes inmuebles con la calificación de Bien de Relevancia Local. De acuerdo con el Decreto 62/2011, de 20 de mayo, que regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de relevancia local encontramos las siguientes situaciones: El Catálogo incluye un total de 27 bienes inmuebles con la calificación de Bien de Relevancia Local aumentando en 2 el número existente de Bienes de Relevancia Local y se distribuyen de acuerdo con las categorías siguientes: BRL-MIL (13) - MONUMENTO DE INTERES LOCAL BRL-EEIL (10) - ESPACIO ETNOLOGICO DE INTERES LOCAL BRL-EPA (4) - ESPACIO DE PROTECCION ARQUEOLOGICA 1.- Previo a la redacción del PEP-EBIC tiene la consideración de Bien de Relevancia Local los bienes que se relacionan a continuación. BIENES DE RELEVANCIA LOCAL - MONUMENTO DE INTERES LOCAL BRL-MIL (11) BIEN DE RELEVANCIA LOCAL - ESPACIO ETNOLOGICO DE INTERES LOCAL BRL-EEIL (10) BIEN DE RELEVANCIA LOCAL - ESPACIO DE PROTECCION ARQUEOLOGICA BRL-EPA (4) Estos elementos se representan en Plano de Ordenación O-07 ÁFECCIONES PATRIMONIALES Son BRL por aplicación del art. 46 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, (declaración individualizada) los siguientes elementos: BIENES DE RELEVANCIA LOCAL - MONUMENTO DE INTERES LOCAL BRL-MIL (6) - PALACIO BAILIA Plaza Manises 4 - TORRE DE SAN BARTOLOME Plaza Manises 3 - PALACIO MARQUES DE HUARTE O PEÑALBA Calle Pintor Sorolla 6 - CONJUNTO PLAZA REDONDA Plaza Redonda - PALACIO DE BENICARLO O DE LOS BORJA. SEDE DE LAS CORTES Plaza de San Lorenzo 4 - CASA NATALICIA DE SAN LUIS BELTRAN Plaza San Luis Beltrán 3 BIEN DE RELEVANCIA LOCAL-ESPACIO DE PROTECCION ARQUEOLOGICA BRL-EPA (4) Espacios de protección arqueológica de especial valor para el municipio. - RESTOS ARQUEOLOGICOS DEL VALL COBERT calle Conde de Montornes 1 (RPGOU 12) 140

141 - RESTOS ARQUEOLOGICOS DE DE L'ALMOINA Y CARCEL DE SAN VICENTE plaza Decimo Junio Bruto (RPGOU 17) - AREA SACRA ROMANA EN PLAZA SAN NICOLAS plaza San Nicolás 1 (RPGOU 43) - CONJUNTO DE SAN JUAN DEL HOSPITAL calle Trinquete de Caballeros 5 (RPGOU 51) El PE de Conservación y Preservación de la Plaza Redonda de Valencia. Ad (BOP nº 40) califica como BRL el CONJUNTO PLAZA REDONDA. Se define entorno del BRL definido por los ejes viarios que delimitan la manzana plaza de santa Catalina, calle Sombrereria, plaza Lope de Vega, Calle Trench, calle Derchos y calle Jofrens. El PE de Ampliación de les Corts Valencianes Ad (DOGV ) califica como BRL PALACIO DE BENICARLO O DE LOS BORJA. SEDE DE LAS CORTES. La propuesta de calificación como bien de relevancia local a favor del conjunto edificado conlleva la inclusión en este Plan Especial del entorno de protección, que se limita al espacio urbano que se sitúa en inmediata continuidad con la fachada principal del antiguo palacio. El resto de los elementos han sido calificados por el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, Ordenación Estructural del documento de Revisión Simplificada del Plan General de Valencia, febrero 2013, sometido a proceso de consulta y participación pública el Son BRL según la Disposición Adicional Quinta de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV Núm / 13/02/2007) (declaración genérica): BIENES DE RELEVANCIA LOCAL - MONUMENTO DE INTERES LOCAL BRL-MIL (5) Tienen esta consideración, con carácter general, las iglesias, conventos, santuarios, ermitas y ermitorios, calvarios y monasterios, anteriores a IGLESIA DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESUS "COMPAÑÍA" Plaza Compañía 4 - MONASTERIO DE LA PURIDAD Y SAN JAIME Calle Convento de la Puridad 4 - CONVENTO DE LAS HERMANAS TERCIARIAS CAPUCHINAS DE LA SAGRADA FAMILIA Calle Exarchs 9 - IGLESIA DE SAN LORENZO Plaza de San Lorenzo 1 - IGLESIA DEL MILAGRO Y HOSPITAL DE SACERDOTES POBRES Calle Trinquete de Caballeros 4 BIEN DE RELEVANCIA LOCAL - ESPACIO ETNOLOGICO DE INTERES LOCAL BRL-EEIL (10) Con carácter general tendrán esta consideración los paneles cerámicos exteriores anteriores a RETABLO CERAMICO DE SAN JUAN DE LA RIBERA plaza Colegio del Patriarca 1 - RETABLO CERAMICO DE LA ALEGORIA DE LA EUCARISTIA calle Colomer 3 - PANEL HERALDICO DE LA PURIDAD calle Convento de la Puridad 4 - RETABLO CERAMICO DE LOS ATRIBUTOS DE SAN NICOLAS DE BARI plaza Correo Viejo 4 - RETABLO CERAMICO SAN JAIME MATAMOROS calle Colomer 3 - RETABLO CERAMICO DE SAN FRANCISCO DE ASIS plaza San Lorenzo 4 - RETABLO CERAMICO CRISTO DEL SALVADOR O DE LA PENITENCIA plaza San Luis Beltrán 3 - RETABLO CERAMICO DE LA VIRGEN DE LA CONSOLACION Trinquete de Caballeros 4 - RETABLO CERAMICO DE LA SANTA CRUZ CON LOS SANTOS VICENTES plaza San Luis Beltrán 3 - RETABLO CERAMICO DE LA VIRGEN DE LA PAZ plaza Virgen de la Paz 8 Las fichas de catalogo pertenecientes a estos elementos son las incluidas en el documento de Revisión del PGOU. 2. El PEP-EBIC propone la calificación de (2) nuevos Bienes de Relevancia Local en la categoría de monumento de relevancia local, por art. 46 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat que son los siguientes: - SEMINARIO CONCILIAR calle Trinitarios, 3 141

142 - PALACIO ARZOBISPAL calle Palau, 2 El nivel de protección se establece de acuerdo a los artículos 184 y 185 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell y artículo 77 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. 3. Respecto de la delimitación del entorno de protección de los BRL incluidos en el ámbito A los monumentos de interés local no será preciso dotarles de un entorno específico de protección ya que estos elementos se encuentren en el ámbito de un Conjunto Histórico declarado y en el entorno de protección de uno o varios Monumentos. Teniendo en cuenta esta consideración, el entorno de protección de los monumentos de relevancia local, PLAZA REDONDA y PALACIO DE BENICARLO O DE LOS BORJA. SEDE DE LAS CORTES perderá su vigencia con la entrada en vigor del PEP-EBIC Se entenderá que el entorno de protección de los paneles cerámicos exteriores es la fachada en la que se ubican, sin que este hecho suponga la protección material de la misma, sino del mantenimiento de unas condiciones de ornato y permanencia patrimonialmente adecuadas. IV Bienes Inmuebles declarados de interés cultural En el ámbito del PEP-EBIC existen los Bienes de Interés Cultural que se relacionan a continuación : Existen un total de 29 Bienes de Interés Cultural que se relacionan a continuación. Además en el ámbito también se encuentra parte del trazado de la muralla islámica y romana declarados también Bien de Interés Cultural pero que no son objeto de este Plan Especial de Protección. - IGLESIA CATEDRAL BASÍLICA METROPOLITANA DE SANTA MARIA, plaza Virgen, LONJA DE LOS MERCADERES O DE LA SEDA, plaza del Mercado, 3 - PALAU DE LA GENERALITAT, plaza de Manises, 9 - REAL COLEGIO SEMINARIO DEL CORPUS CHRISTI O DEL PATRIARCA, plaza Colegio del Patriarca - PALACIO DEL MARQUÉS DE DOS AGUAS EN VALENCIA, calle Poeta Querol, 2 - IGLESIA DE SAN JUAN DE LA CRUZ, calle Poeta Querol, 6 - IGLESIA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL, calle Trinquete de Caballeros, 5 - CASA DEL ALMIRANTE, calle Palau, 14 - BAÑOS DEL ALMIRANTE, calle Baños del Almirante, 3 - IGLESIA PARROQUIAL DE LOS SANTOS JUANES, plaza Comunión de San Juan, 4 - PALACIO DEL MARQUÉS DE LA SCALA, plaza de Manises, 6 - IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ESTEBAN, plaza de San Esteban, 5 - TORRE ADOSADA AL LIENZO DE LA MURALLA ARABE, plaza del Angel, 1 - PALACIO-CASA DE LOS ESCRIVÁ, plaza San Luis Beltrán, 1 - ANTIGUO ALMUDÍN DE VALENCIA, plaza San Luis Beltrán, 4 - TEMPLO Y TORRE DE SANTA CATALINA MÁRTIR, plaza Virgen de La Paz, 8 - BASÍLICA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS, plaza Virgen, 9 - IGLESIA DE SAN NICOLÁS DE BARI Y SAN PEDRO MÁRTIR, plaza de San Nicolás, 8 - UNIVERSIDAD DE VALENCIA, calle de la Nave - IGLESIA DE SANTO TOMÁS Y SAN FELIPE NERI, calle San Vicente Ferrer, 1 - IGLESIA DE LAS ESCUELAS PIAS, calle Carniceros, 6 - CASA VESTUARIO, plaza Virgen, 1 - TEATRO PRINCIPAL, calle Barcas, 15 - IGLESIA PARROQUIAL DE SAN MARTIN, calle San Vicente Mártir, 11 - IGLESIA DEL SANTÍSIMO CRISTO DEL SALVADOR, calle Salvador, 10 - MERCADO CENTRAL, plaza del Mercado, 5 - PALACIO DEL MARQUES DE CAMPO (O DE LOS CONDES DE BERBEDEL) plaza del Arzobispo, 3 - PALACIO DE LOS BOIL DE ARENÓS, calle Libreros 2, - PALACIO DE LOS CATALÁ DE VALERIOLA, plaza de Nules 2 142

143 - RESTOS ARQUEOLÓGICOS DE LA MURALLA ROMANA, (parcialmente)bic bis, Calle Avellanas, 11 y 13 (M) - MURALLA ISLÁMICA, (parcialmente) BIC bis, Calle Nave, (M) En apartado I.1.- Antecedentes patrimoniales de los Bienes de Interés Cultural de la Memoria del DOC-1 DOCUMENTO DE INFORMACION se describe y relacionan los datos jurídicos correspondientes a la declaración de los Bienes de Interés Cultural y de las delimitaciones de los entornos de protección. IV Listado de elementos incluidos en el catálogo de Bienes y espacios protegidos 143

144 PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LOS ENTORNOS DE LOS BIENES DE INTERÉS CULTURAL DE LA ZONA CENTRAL DE CIUTAT VELLA 06/07 CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS 3.1 LISTADO BIENES CATALOGADOS Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PA Calle Carniceros 15, Calle Villena 1ac, Calle Balmes 28ac Nivel 2 - Protección Estructural. AMBIENTAL BC-PP Calle Villena 13 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Carniceros 8, Calle Villena 3ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Carniceros 10 No protegido BC-PP Calle Carniceros 12 No protegido BC-PP Calle Carniceros 14 No protegido BC-PA Calle Santa Teresa 13 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Calle Santa Teresa 11 No protegido BC-PP Calle Santa Teresa 9, Calle Colomer 2ac BC-PP Calle Santa Teresa 7, Calle Colomer 1ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica. No protegido BC-PA Calle Santa Teresa 5 No protegido AMBIENTAL BC-PP Calle Santa Teresa 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Carniceros 2, Calle Santa Teresa 1ac No protegido BC-PP Calle Carniceros 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Carniceros 3, Plaza Escuelas Pías 1ac BC-PP Calle Pie de la Cruz 17, Calle Carniceros 1ac, Calle Balmes BC-PP Calle Pie de la Cruz 15, Calle Viana 2ac BC-PP Calle Santa Teresa 19, Calle En Sendra 1ac BC-PP Calle Pie de la cruz 16, Plaza Don Juan de Villarrasa 16ac BC-PP Calle Exarchs 7, Plaza Don Juan de Villarrasa BC-PP Calle Exarchs 5, Plaza Don Juan de Villarrasa 9ac BC-PP Calle Exarchs 3/Plaza Ciudad de Brujas 7ac Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. No protegido Nivel 3 - Protección Arquitectónica. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Exarchs 12/ Calle Valeriola 11ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Exarchs 10/Calle Botellas Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Caballeros 53, Plaza del Tossal 1ac BC-PP Plaza Esparto 1, Calle Caballeros 51ac No protegido No protegido BC-PP Calle Calabazas 19 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. 144

145 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Sampedor 3, Calle Botellas 4ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Sampedor 1, Plaza del Mercado 11 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza del Mercado 10 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Plaza del Mercado 9 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Plaza del Mercado 8, Calle Luchente 2ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza Comunión de San Juan 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza Comunión de San Juan 2, Calle Botellas 2ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Cajeros 2, Calle Danzas 5ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Cajeros 1, Calle Danzas Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Danzas 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Danzas 1 No protegido BC-PP Plaza de la Compañía 3, Calle Cordellats 2 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Plaza del Mercado 28 No protegido AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 27 No protegido AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 26 No protegido AMBIENTAL BC-PP Calle Caldereros 1, Plaza del Esparto Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza del Mercado 22 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Calle Colom 12, Plaza del Mercado 24 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 23 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 21 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 20 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Plaza del Mercado 19, Calle Bolsería BC-PA Calle Bolsería 2, Plaza del Mercado 18 Nivel 2 - Protección Estructural. No protegido AMBIENTAL BC-PA Calle Bolsería 4 No protegido AMBIENTAL BC-PP Calle Cadirers 14, Calle Marsella 3-1ac, Plaza San Nicolás 1ac, Calle En Roca 2ac BC-PP Plaza Horno de San Nicolás 7, Calle en Roca 3, Plaza San Nicolás 4ac BC-PP Calle Caballeros 43, Calle Abadía de San Nicolás 1ac BC-PP Plaza Horno de San Nicolás 6, Plaza San Nicolás 5ac Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Horno de San Nicolás 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza Marqués de Busianos 4, Plaza del Esparto 6ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza Esparto 5 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Esparto 4 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. 145

146 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Caballeros 47 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Plaza del Esparto 3, Calle Caballeros 49ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Caballeros 45 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Caballeros 41, Calle Abadía de San Nicolás 4ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Caballeros 39 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Caballeros 37-35DUP Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Álvarez 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Correo Viejo 3, Plaza de San Nicolás 9ac BC-PP Calle Portal de Valldigna 17, Calle Baja BC-PP Calle Portal de Valldigna 15, Calle Salinas 25 Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle Salinas 15 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Salinas 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Salinas 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Caballeros 30 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle Caballeros 32 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Caballeros 34 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Caballeros 36 Nivel 1 - Protección Integral BC-PP Calle Caballeros 38, Plaza San Jaime 9 Nivel 2 - Protección Estructural BIC-PP Plaza San Jaime 8 Nivel 1 - Protección Integral BC-PA Calle Baja 8 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Baja 12 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Palafox 5, Calle Blanes 1ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Palafox 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Ramilletes 2, Calle Palafox 1ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Calle en Gall 1, Calle Palafox 15 Nivel 2 - Protección Estructural. AMBIENTAL BC-PA Calle Palafox 11 Nivel 2 - Protección Estructural. AMBIENTAL BC-PP Calle Palafox 9 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Blanes 2, Calle Palafox 7ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Blanes 6, Calabazas 16ac No protegido BC-PP Calle Calabazas 20, Calle En Gall 9ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle En Gall 7 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle En Gall 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle en Gall 3 Nivel 2 - Protección Estructural. 146

147 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Ramilletes 1, Calle Liñán 4, Plaza del Mercado 3ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza del Mercado 2 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Liñán 2, Plaza del Mercado Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Avenida María Cristina 9 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Avenida María Cristina 11, Calle Liñán 1ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Liñán 3, Calle Calabazas 4ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Plaza Doctor Collado 3, Calle Pere Compte 1ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Plaza Dr. Collado 2 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza Dr. Collado 1, Calle Ercilla 12ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Ercilla 14 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Calle Ercilla 16 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Ercilla 18 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Ercilla 20 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Ercilla 22, Plaza del Mercado 32ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza del Mercado 33 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Pere Compte 9, Plaza del Mercado 32ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Pere Compte 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Mantas 16, Plaza del Mercado 43ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza del Mercado 42 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza del Mercado 39 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Plaza del Mercado 38 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 37 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Plaza del Mercado 36 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Ercilla 25, Plaza del Mercado 35ac BC-PA Calle Mantas 7, Plaza del Mercado 44ac BC-PP Plaza del Mercado 45, Calle Trench BC-PP Calle Lonja 8, Plaza de la Compañía 1ac, Calle Cenia 9ac Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 3 - Protección Arquitectónica. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. AMBIENTAL BC-PA Plaza Doctor Collado 6 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Plaza Doctor Collado 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Plaza Doctor Collado 4, Calle Lonja 2 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Lonja 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Lonja 6 Nivel 2 - Protección Estructural. 147

148 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Purísima 3, Calle angosta de la Compañía 3-1ac, Calle Cenia BC-PP Plaza Correo Viejo 2, Calle Marsella 4ac BC-PP Plaza Correo Viejo 6, Calle Valencians 8ac BC-PP Plaza Correo Viejo 5, Calle Álvarez 2ac BC-PA Plaza Beneyto y Coll 2, Calle En Borras 1ac Nivel 1 - Protección Monumental. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Mare Vella 21 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Calle Portal de La Valldigna 8 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Portal de La Valldigna 10 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Portal de La Valldigna 12 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Portal de La Valldigna 14 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle Portal de La Valldigna 16 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Baja 38 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Baja 40 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle Baja 42, Calle Tenerías 6ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Plaza Santa Cruz 6, Calle Cruz 13-15ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Plaza del Ángel 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Plaza Navarros 2 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PP Plaza Beneyto Coll 3, Plaza Navarros 1ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle en Borras 4 Nivel 3 - Protección Arquitectónica. AMBIENTAL BC-PA Calle en Borras 6 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Calle En Borras 8 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Calle Tenerías 16, Calle En Borras, 10ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Plaza Santa Cruz 11 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Santa Cruz 10 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Santa Cruz 9 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Santa Cruz 8 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Plaza Santa Cruz 7 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Plaza del Ayuntamiento 8 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Derechos 1, Calle San Vicente Mártir 8ac BC-PP Avenida María Cristina 12, Calle San Fernando 19ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle San Fernando 17 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle San Fernando 13 Nivel 3 - Protección Arquitectónica 148

149 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PA Calle San Fernando 9 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Calle San Fernando 7 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Calle San Fernando 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Calle San Fernando 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Calle San Vicente Mártir 16, Avenida Maria Cristina 2ac, Calle San Fernando 1ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Avenida María Cristina 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Avenida María Cristina 6, Calle San Fernando 11 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Avenida de María Cristina 10 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle San Fernando 12, Calle Cerrajeros 7ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Cerrajeros 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Cerrajeros 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Cerrajeros 1, Calle San Vicente Mártir 10ac BC-PP Calle San Fernando 2, Calle San Vicente Mártir 14ac BC-PP Calle San Fernando 26, Calle Trench BC-PA Calle San Fernando 28, Calle Trench 29ac BC-PP Calle San Fernando , Calle San Vicente Mártir BC-PP Plaza Lope de Vega 5, Calle Martín Mengod 13ac BC-PP Plaza Virgen de la Paz 2, Calle Martín Mengod 1ac BC-PP Calle Martín Mengod 5, Plaza Lope de Vega 11ac BC-PP Calle Martín Mengod 7, Plaza Lope de Vega BC-PP Plaza Lope de Vega 9, Calle Martín Mengod BC-PP Plaza Lope de Vega 8, Calle Martín Mengod 11ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 3 - Protección Arquitectónica Nivel 3 - Protección Arquitectónica Nivel 2 - Protección Estructural [Cuerpo central] Nivel 3 - Protección Arquitectónica [Cuerpos laterales] Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural AMBIENTAL BC-PP Calle Martín Mengod 3, Plaza Virgen de la Paz 1ac, Plaza Lope de Vega 12 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza de Santa Catalina 6, Calle Jofrens BC-PP Calle Jofrens 6, Calle Pescadería 4ac, Plaza Redonda Protección Parcial Protección Parcial BC-PP Plaza Redonda 16 Protección Parcial BC-PA Plaza Redonda 15 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Plaza Redonda 14 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Plaza Redonda 13, Calle Vallanca 3 Protección Ambiental AMBIENTAL 149

150 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PA Calle Vallanca 3 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Sombrerería 7-9, Calle Vallanca Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Sombrerería 5 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Sombrerería 3 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Sombrerería 1 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PP Plaza Santa Catalina 7 Protección Parcial BC-PP Calle Jofrens 8, Calle Pescadería 3ac, Plaza Redonda 1, Calle Derechos 4ac Protección Parcial BC-PP Calle Derechos 6 Protección Parcial BC-PP Plaza Redonda 2-3, Calle Derechos 8 Protección Parcial BC-PP Calle Derechos 10, Plaza Redonda 3 Protección Parcial BC-PA Plaza Redonda 4 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PP Calle Derechos 12, Plaza Redonda 6 Protección Parcial BC-PP Plaza Redonda 9, Plaza Lope de Vega BC-PP Calle Derechos 14, Plaza Redonda 7-8 Protección Parcial Protección Parcial BC-PA Calle Derechos 16 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Derechos 18, Calle Trench 11 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Trench 9 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Trench 7 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Calle Trench 3 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PP Calle Trench 1 Protección Parcial BC-PP Plaza Lope de Vega 1, Calle Sombrerería 13 Protección Parcial BC-PP Calle Sombrerería 11 Protección Parcial BC-PA Calle Sombrerería 9, Plaza Redonda 11, Calle Vallanca 4-2ac Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PA Plaza Redonda 12 Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PP Plaza Redonda 10 Protección Parcial BC-PP Calle Tapinería 9 No protegido BC-PP Calle Zapatería de los niños 4, Calle Zurradores BC-PP Calle Calatrava 14, Calle Caballeros 19ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Caballeros 17 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Caballeros 15, Calle Cocinas 7ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Manises 1, Calle Caballeros 4ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Caballeros 6 Nivel 3 - Protección Arquitectónica 150

151 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Caballeros 8 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Caballeros 9, Calle Juristas 18ac Nivel 1 - Protección Monumental BC-PP Calle Caballeros 7, Calle Reloj Viejo 11ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Juristas 21, Calle Caballeros 11 No protegido BC-PP Calle Cocinas 12, Calle Caballeros 13ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Concordia 2, Calle Serranos 1ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza Cisneros 1, Calle Franciscanos 7ac BC-PP Plaza Nules 1, Calle Franciscanos 5ac, Calle Samaniego 10ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Samaniego 12 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle En Roda 8, Calle Roteros 15ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Calle Roteros 7 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Calle Palomino 11 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Barcas 4, Calle Pérez Pujol 2ac, Calle Correos 5ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Cardona 2, Calle Vidal 2ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Rinconada Federico García Sanchiz 3, Calle Cardona 4ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Abadía de San Martín 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Abadía de San Martín 2 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Abadía de San Martín 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Abadía de San Martín 6, Calle Vitoria 5ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Abadía de San Martín 8 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Abadía de San Martín 10, Calle Embajador Vich 2ac BC-PP Calle Vitoria 1, Plaza Mariano Benlliure 1ac, Calle San Vicente Mártir 15 Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle San Vicente Mártir 13ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Derechos 2, Calle San Vicente Mártir 6, Calle Pescadería 1ac, Calle Jofrens 5ac BC-PP Calle Jofrens 1, Plaza Santa Catalina 2 Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Santa Catalina 2 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle San Vicente Mártir 2 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP San Vicente Mártir 4, Calle Pescadería 2ac, Calle Jofrens 3 Nivel 2 - Protección Estructural 151

152 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Plaza de la Reina 5, Calle San Vicente Mártir 1ac BC-PP Plaza de la Reina 4, Calle San Martín 5ac Nivel 1 - Protección Monumental. Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle La Paz 2, Calle San Martín 7 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Margarita Valldaura 1, Calle San Martín 13ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle La Paz 6, Calle San Martín 11ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP San Martín 9, Calle La Paz 4ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle San Martín 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP San Vicente Mártir 9 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP San Vicente Mártir 7ac, Calle San Martín 1 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP San Vicente Mártir 5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP San Vicente Mártir 3 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza de la Reina 10, Plaza Miracle del Mocadoret 4ac BC-PP Plaza Miracle del Mocadoret 2, Plaza de la Reina 9ac, Pasaje Giner 9DUPAC Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Plaza de la Reina 8 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Plaza de la Reina 7 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Plaza de la Reina 6, Plaza Santa Catalina 13ac Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PA Plaza Santa Catalina 12 No protegido AMBIENTAL BC-PP Plaza Santa Catalina 11 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PA Calle Santa Catalina 10 No protegido AMBIENTAL BC-PA Calle Santa Catalina 9 No protegido AMBIENTAL BC-PA Calle Sombrerería 6 No protegido BC-PA Calle Sombrerería 8 No protegido AMBIENTAL BC-PP Calle Tapinería, 2 No protegido BC-PP Calle Tapinería, 4 No protegido BC-PP Calle Tapinería 6, Plaza Milacre del Mocadoret BC-PP Plaza Milacre del Mocadoret 10-6, Tapinería 8ac No protegido No protegido BC-PP Plaza Milacre del Mocadoret 8 No protegido BC-PA Plaza Miracle del Mocadoret 7-5 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Calle Verónica 4, Plaza de la Virgen 11 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle Sombrerería 2-8 No protegido AMBIENTAL 152

153 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Bordadores 6 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PA Calle Bordadores 8 Nivel 3 - Protección Arquitectónica AMBIENTAL BC-PP Calle Corregería 4-2ac, Calle Bordadores 2ac - 10, Plaza de la Reina 15ac BC-PP Calle Subida del Toledano 1ac, Calle Bordadores 9 Nivel 2 - Protección Estructural. (Parte) Nivel 3 - Protección Arquitectónica. (Parte) Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Santo Cáliz 1ac, Calle Micalet 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Micalet 1, Calle Subida del Toledano 2ac BC-PP Calle Micalet 5, Calle Santo Cáliz 2ac - 4ac, Calle Horno de los Apóstoles 3-1ac Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza de la Virgen 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Caballeros 5, Calle Horno de los Apóstoles 8, Calle Reloj Viejo 12ac - 14ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Caballeros 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Manises 7, Calle Bailía 3ac, Calle Convento de la Puridad 5ac BC-PP Calle Bailía 2, Calle Convento de la Puridad 3ac BC-PP Calle Bailía 1, Calle Convento de la Puridad 1ac, Plaza de la Virgen 5ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Samaniego 13 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Conde de Almodovar 1, Calle Samaniego 13DUPAC, Calle Convento de la Puridad BC-PP Calle Samaniego 6, Calle Navellos 13ac BC-PP Calle Samaniego 9, Calle Conde Almodóvar 6ac BC-PP Calle Samaniego 7, Calle Navellos 11ac BC-PP Plaza de la Virgen 6, Calle Conde Almodóvar 2ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Conde Almodóvar 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Franciscanos 6 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Cisneros 7, Calle Franciscanos BC-PP Calle Barcas 6, Calle Pérez Pujol 1ac, Calle Correos 9ac BC-PP Calle Barcas 10ac, Calle Pascual y Genís 2 Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Ballesteros 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Virues 4, Calle Valldura 6ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Virues 6, Calle Barcas 13ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Barcas 11 Nivel 2 - Protección Estructural 153

154 Nº PARCELA BC-BRL-BIC DIRECCIÓN PROTECCION ANTERIOR NIVEL DE PROTECCIÓN BC-PP Calle Barcas 9 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Barcas 7 Nivel 3 - Protección Arquitectónica BC-PP Calle Ballesteros 4, Calle Valldaura 3ac BC-PP Plaza Rodrigo Botet 4, Calle Vilaragut 1ac BC-PP Plaza Rodrigo Botet 3, Calle Procida 2ac BC-PP Calle Embajador Vich 15, Calle Procida 1ac, Plaza Picadero de Dos Aguas 1ac BC-PP Calle Marqués de Dos Aguas 6, Calle Vidal 4ac, Calle Rinconada Federico García Sanchiz 9ac, Calle Cardona 1ac BC-PP Rinconada Federico García Sanchiz 2, Calle Embajador Vich 1ac No protegido Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Rinconada Federico García Sanchiz 4 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Mar 2, Plaza de la Reina 1ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Luis Vives 6, Calle de la Paz 1ac, Plaza de la Reina 3ac Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza de la Reina 2 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Marqués de Dos Aguas 4, Calle Vidal 3ac BC-PA Plaza de la Reina 20-21, Calle del Mar 1ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 3 - Protección Ambiental AMBIENTAL BC-PP Calle Cabillers 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Barchilla 4-6 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Almudín 1, Calle Paseo de la Harina 2ac, Calle Salvador 1ac BC-PP Calle Navellos 8, Calle Micer Tarazona 1ac, Calle Hierba 3ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Hierba 3 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Plaza Crespins 3, Calle Cruilles 2ac, Calle Salvador 3ac, Calle Harina 7ac BC-PP Plaza Escolanía de la Mare de Deu dels Desamparats 3, Calle Hierba 2ac, Calle Paseo de la Harina 1ac BC-PP Plaza Almoyna 4, Plaza del Arzobispo 2ac BC-PP Calle Navellos 10, Calle Micer Tarazona 4ac BC-PP Calle Navellos 14, Calle Unión 13ac, Calle Samaniego 4ac Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 2 - Protección Estructural. Nivel 2 - Protección Estructural Nivel 3 - Protección Ambiental Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Salvador 9 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Salvador, 25 Nivel 2 - Protección Estructural BC-PP Calle Conde de Trenor 3, Calle Libertad 7ac Nivel 2 - Protección Estructural 154

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