EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
|
|
- Laura Rodríguez Roldán
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1039/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Humberto Guadalupe Hernández CONTRATO DE TRABAJO: período de prueba: finalidad; extinción: desistimiento empresarial: procedencia: dentro de la duración legal: aunque el contrato en el que se establezca sea nulo; duración: cómputo: inclusión del período en el que se prestaron servicios para la empresa con un contrato de puesta a disposición, siendo contratado sin solución de continuidad; superior a la legal: desestimación: autoventa: Convenio Colectivo Estatal para la fabricación de helados; nulidad: desestimación: prestación de servicios con anterioridad: vinculación anterior inferior al plazo previsto en el convenio colectivo e insuficiente para demostrar la habilidad para la función: sin perjuicio de que los servicios previos prestados, sin solución de continuidad, a través de ETT se consideren de inicio del período de prueba. El TSJ estima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa «Grupo Kalise Menorquina, SA» demandada, contra la Sentencia de del Juzgado de lo Social núm. 1 de los de Arrecife dictada en autos promovidos en reclamación por despido, revocándola en el sentido que se declara en su parte dispositiva. En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de diciembre de La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias formada por los Ilmos. Sres. D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández (Ponente) Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Eduardo Jesús Ramos Real Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Grupo Kalise Menorquina, SA contra la sentencia de fecha dictada en los autos de juicio núm /2004 en proceso sobre DESPIDO, y entablado por D./Dña. Lidia, contra Grupo Kalise Menorquina, SA El Ponente, el Ilmo./a Sr./a. D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández, quien expresa el criterio de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
2 I.-Que con fecha la empresa de trabajo temporal Adecco T.T., SA y la empresa Grupo Kalise Menorquina, SA concertaron un contrato de puesta a disposición, siendo la última entidad citada la empresa usuaria; como consecuencia de tal contrato la trabajadora doña Lidia comenzó a trabajar para la empresa usuaria el , con la categoría de autovendedora, percibiendo un salario diario prorrateado de 52 euros, finalizando la prestación de sus servicios el II.-Que en el contrato de puesta a disposición se hizo constar que se celebraba «por acumulación de tareas. Apoyo al personal de Kalise por aumento de trabajo». III.-Que con fecha la demandante comienza a trabajar por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Grupo Kalise Menorquina, SA, con la categoría de autovendedora, percibiendo un salario diario prorrateado de 52 euros, habiendo instrumentalizado las partes su relación laboral con la firma de un contrato de duración determinada, celebrado para «la realización de la obra o servicio vendedor de yogur y postres, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la empresa, consistente en: implantación nueva gama de yogur Muller en supermercados Inpescasa». IV.-Que en la cláusula tercera del contrato de trabajo se se establece un período de prueba de cuatro meses. V.-Que la trabajadora demandante, de acuerdo con su categoría de autovendedora, realizaba en la empresa las funciones descritas en el art. 3.1 del Convenio Colectivo de empresa, en relación con todos los productos de esta última y no exclusivamente del yogur Muller. VI.-Que con fecha la empresa entregó a la trabajadora una comunicación con el siguiente contenido: «A la atención de Don/Doña: Lidia Estimado Sr./Sra.: Con el presente sentimos comunicarle nuestra decisión de rescindirle el contrato de trabajo que tiene suscrito con nosotros por no haber superado el período de prueba pactado en el mismo y que a continuación identificamos: IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO: FECHA DE ALTA 16/04/2004 CÓDIGO DEPARTAMENTO 270 NOMBRE DEPARTAMENTO PRODUCTO ISLA CÓDIGO CONTRATO DISTRIBC. VTAS B FV OBRA O SERVICIO DETE. La rescisión de contrato tendrá efectos a la terminación de su jornada laboral correspondiente al día: 09/07/2004.
3 Sin otro particular y agradeciéndole su colaboración, le rogamos se sirva firmar la copia de este escrito para nuestra debida constancia, saludándole». VII.-Que no consta que la trabajadora esté afiliada a sindicato alguno ni que ostente o haya ostentado en el año inmediatamente anterior al despido la condición de representante legal o sindical de los trabajadores. VIII.-Que con fecha la trabajadora demandante presentó papeleta de conciliación ante el SEMAC, celebrándose el acto de conciliación el , con el resultado de sin avenencia. SEGUNDO La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por D./Dña. Lidia contra la empresa Grupo Kalise Menorquina, SA y el Fondo de Garantía Salarial; debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa demandada a la parte actora con efectos desde el día ; en su virtud, debo condenar y condeno a la expresada empresa demandada a que readmita a la parte actora en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido o la indemnice en la cantidad de euros; dicha opción deberá ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia; para el caso en que la demanda no ejercite ningún tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede la readmisión; y cualquiera que sea el sentido de la referida opción, debo condenar y condeno a la demandada a que, además abone a la parte actora el importe de los salarios de tramitación desde el día siguiente al del despido hasta el día en que se notifique esta sentencia, ambos inclusive y razón de 52 euros diarios, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el período correspondiente a tales salarios. El Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por esta resolución. TERCERO Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación por la recurrente, que no fue impugnado de contrario. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO La sentencia de instancia estima la demanda del actor y declara su cese como despido improcedente, por entender que al producirse el mismo ya se había agotado el período de prueba. Contra la misma se alza la parte recurrente, formulando el presente recurso, con base en un doble motivo de censura jurídica. Así, en primer lugar y con amparo en el artículo 191 letra c) de la Ley de Procedimiento Laboral ( RCL 1995, 1144, 1563) alega infracción del artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores ( RCL 1995, 997) por entender que el período de prueba pactado fue legal. Para dar solución al motivo así planteado hay que partir de los siguientes datos: a) La actora inició la prestación de servicios como autovendedora para la recurrente el , a traves de un contrato de puesta a disposición concertado con una ETT;
4 b) Sin solución de continuidad, el continuó la prestación de servicios como autovendedora, con un contrato de obra, para vender yogurt Muller en Supermercado Impescasa. c) Pese a ello la actora trabajó vendiendo todos los productos de la recurrente, además de los yogurt Muller. d) La parte recurrente acepta en su recurso que se sume el período de prueba la prestación de servicios efectuada antes de la contratación, a efecto de computar el período de prueba. A partir de lo expuesto hay que tener en cuenta que el art. 55 del Convenio Colectivo Estatal parta la Fabricación de helados ( RCL 2000, 788) dispone en su artículo 55 lo que sigue: «...1. ET ( RCL 1995, 997) ingreso del personal tendrá carácter provisional durante un período de prueba variable, siempre que se concierte por escrito, según la índole de la labor a realizar y con arreglo a las siguientes reglas: Personal técnico titulado y personal comercial, excepto autoventas y promotores: Seis meses. Autoventas y promotores: Cuatro meses. Resto del personal dos meses, a excepción de los peones que será de quince días. Contratos en prácticas: dos meses para los trabajadores en posesión de título de grado superior y un mes para los trabajadores con título medio. Contratos para la formación: Un mes. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento interrumpirán el período de prueba, salvo pacto en contrario...». Afirmado lo anterior el problema es la validez de dicho período de prueba, a la vista del hecho de que el actor previamente había estado 14 días trabajando para la empresa con un contrato de puesta a disposición, siendo contratado sin solución de continuidad. Estima la Sala que es lícita la fijación del período de prueba, habida cuenta lo reducido del período de prestación de servicios, si bien, lógicamente, al computar el período probatorio ha de integrarse en él dicho período de prestación previo de servicios. Es decir, hay que entender que en este caso concreto el período de prueba se integraría por el período en que la recurrente fue empresa usuaria, más el resto de período de prestación de servicios en la empresa. Y ello es así, porque la finalidad del tiempo de prueba es conocer las aptitudes personales y profesionales del actor en relación con el puesto de trabajo, y es evidente que no hay norma que dé cobertura a un período de prueba de solo dos semanas.
5 Lo lógico y razonable, pues, es entender que esos 14 días son el inicio del período de prueba, que se suman a la prestación de servicios con arreglo al nuevo contrato laboral celebrado. Cosa distinta sería que la prestación en el marco del contrato de prueba a disposición haya tenido una duración mayor o haya superado el período de prueba previsto en el Convenio Colectivo en cuyo caso si se podría cuestionar el nuevo período de prueba. Quiere, además, destacar la Sala que nadie ha cuestionado el contrato de puesta a disposición ni los servicios prestados en ese ámbito. La demanda cuestiona el contrato temporal celebrado por la recurrente, y la Juez estima la misma con base en dos argumentos: a) El período de prueba no es legal porque el trabajador ya venía prestando servicios en la empresa y, b) El contrato temporal de obra es fraudulento. El primer argumento ya ha sido anteriormente rechazado, y como quiera que la prestación de servicios a través de la ETT no se ha cuestionado, no puede la Sala entrar en el examen de la legalidad de dicha prestación de servicios y del contrato eventual que le da soporte. Por lo que respecta a la segunda argumentación, no puede ser aceptada, pues sea legal o ilegal el contrato en cuanto a la temporalidad, las cláusulas relativas a la prueba son válidas, y despliegan sus efectos, al amparo del principio de conservación de los contratos que consagra el art. 9 del Estatuto de los Trabajadores. Así admitiendo que la cláusula de temporalidad del contrato es nulo y que este, por ello, es indefinido; sin embargo, la cláusula de prueba es válida y el empresario puede lícitamente extinguir el contrato al amparo del art. 14 del Estatuto de los Trabajadores ( RCL 1995, 997) y 55 del Convenio Colectivo del Sector ( RCL 2000, 788). Así pues, y en resumen, el cese se produjo dentro del período de prueba que el Convenio Colectivo establece (4 meses), y por tanto, es legal sin que quepa hablar de despido. Ello obliga a estimar el recurso y a revocar la sentencia de instancia, sin que proceda el examen del motivo segundo de censura jurídica al haberse resuelto al desarrollar el primer motivo y estimarse aquel». SEGUNDO En aplicación de lo dispuesto en el artículo de la Ley de Procedimiento Laboral ( RCL 1995, 1144, 1563), procede decretar con respecto al aseguramiento de la condena y el depósito efectuado para recurrir, el pronunciamiento pertinente. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. FALLAMOS
6 Estimamos el recurso interpuesto por Grupo Kalise Menorquina, SA, contra la sentencia de fecha , dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Arrecife que, revocamos y acordamos desestimar la demanda, absolviendo a la demandada de los pedimentos del suplico de la misma. Devuélvase a la recurrente el importe de la consignación y del depósito efectuados para recurrir. Notifíquese este Sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal de este Tribunal Superior de Justicia. ADVERTENCIAS LEGALES. Contra esta Sentencia cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que necesariamente deberá prepararse por escrito firmado por Letrado dirigido a esta Sala de lo Social y presentado dentro de los 10 días hábiles siguientes al de su notificación. Además, si el recurrente hubiere sido condenado en la sentencia, deberá acompañar, al preparar el recurso, el justificante de haber ingresado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en el BANESTO cta. número 3537/ /05 a nombre de esta Sala el importe de la condena, o bien aval bancario en el que expresamente se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista. Si la condena consistiere en constituir el capital-coste de una pensión de Seguridad Social, el ingreso de éste habrá de hacerlo en la Tesorería General de la Seguridad Social y una vez se determine por éstos su importe, lo que se le comunicará por esta Sala. El recurrente deberá acreditar mediante resguardo entregado en el Secretaría de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al tiempo de la personación, la consignación de un depósito de 300 euros en la entidad de crédito BANESTO c/c /05, Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Están exceptuados de hacer todos estos ingresos las Entidades Públicas, quiénes ya tengan expresamente reconocido el beneficio de justicia gratuita o litigasen en razón a su condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social (o como sucesores suyos), aunque si la recurrente fuese una Entidad Gestora y hubiese sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Una vez firme lo acordado, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen para el oportuno cumplimiento. Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgado, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. PUBLICACIÓN.-Leída y publicada fue la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el/la Ilmo. Sr./a. Magistrado/a Ponente que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Tribunal. Doy fe.
Tribunal Superior de Justicia. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero
Tribunal Superior de Justicia TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero JUR\2017\121205 Tiempo de trabajo. ECLI:ECLI:ES:TSJPV:2017:781 Jurisdicción:Social
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 547/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús García Hernández CONTRATO PARA OBRA O SERVICIO DETERMINADO: desestimación: duración condicionada al percibo de
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1354/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús García Hernández CONTRATO DE TRABAJO: novación del contrato: existencia: contrato suscrito con una empresa pasando
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 7/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Juan Jiménez García EXTINCION DEL CONTRATO POR AMORTIZACION DEL PUESTO DE TRABAJO: finalidad: contribuir a superar las dificultades
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1737/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Juan Jiménez García EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO: causas objetivas: amortización del puesto de trabajo: causas: concurrencia
Más detallesSENTENCIA NÚM. 450/06
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 394/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Wilhelmi Lizaur DESPIDO IMPROCEDENTE: salarios de tramitación: denegación: reconocimiento expreso de la
Más detallesDEMANDA N : Instancia / SENTENCIA N : 1210/2016 auzialdi Auzialdia 8/2016 NIG PV: / NIG CGPJ: XXXXX.34.
DEMANDA N : Instancia / SENTENCIA N : 1210/2016 auzialdi Auzialdia 8/2016 NIG PV: 00.01.4-16/000023 NIG CGPJ: XXXXX.34.4-2016/0000023 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
AJA: T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 01028/2009 ROLLO Nº: RSU 0979/2009 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a
Más detallesSALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Recurrido/s: ORGANISMO AUTONOMO DE TRABAJO Y PRESTACIONES PENITENCIARIAS
Id. Cendoj: 28079340022007100472 ECLI: ES:TSJM:2007:5832 ROJ: STSJ M 5832/2007 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 2 Nº de Resolución: 533/2007 Fecha de Resolución:
Más detallesSALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS SENTENCIA N : 844/2015
RECURSO DE SUPLICACION Num.: 75312015 Ponente Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y
Más detallesSOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, SA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1263/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño «SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, SA»: antigüedad: abono de trienios: desestimación: no se
Más detallesTribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Sentencia de 18 Abr. 2005, rec. 5879/2004. Texto
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Ponente: Moreiras Caballero, Miguel N.º Sentencia: 321/2005 N.º Recurso: 5879/2004 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY JURIS: 2020260/2005
Más detallesSentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 2734/2006, de 13 de febrero de 2007
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 2734/2006, de 13 de febrero de 2007 ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por
Más detallesEn la anterior sentencia se declararon probados los siguientes hechos:
Jurisdicción: Social Recurso núm. 571/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jesús Gullón Rodríguez SERVICIO CANARIO DE SALUD: personal laboral indefinido no fijo: antigüedad: inaplicación del Convenio Colectivo
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 981/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús García Hernández CESION ILEGAL DE TRABAJADORES: despido improcedente: responsabilidad solidaria de cedente y
Más detallesDEMANDA: variación sustancial en trámite de conclusiones: modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 815/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Luis Alonso Saura DEMANDA: variación sustancial en trámite de conclusiones: modificación sustancial de las condiciones
Más detallesEn Sevilla, a 17 de Diciembre de dos mil quince.
En Sevilla, a 17 de Diciembre de dos mil quince. En el recurso de suplicación interpuesto por Dª.CB, representada por el Sr. Letrado D. José I., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social
Más detallesTribunal Superior de Justicia TSJ de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 232/2015 de 16 marzo JUR\2015\91242
Documento Tribunal Superior de Justicia TSJ de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 232/2015 de 16 marzo JUR\2015\91242 Prestaciones por desempleo.infracciones y sanciones en materia
Más detallesContrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006
Más detallesSEGUNDO En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 205/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO: por jubilación del empresario: improcedencia: extinción
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079140012010100702 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 160/2010 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ Tipo
Más detallesDESPIDO PROCEDENTE: faltas injustificadas de asistencia: no reincorporación al puesto de trabajo tras denegación de incapacidad permanente.
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 654/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª del Carmen Sánchez-Parodi Pascua DESPIDO PROCEDENTE: faltas injustificadas de asistencia: no reincorporación al puesto
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1460/2004. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús García Hernández COMUNIDADES AUTONOMAS: Canarias: Cabildo Insular de Gran Canaria: vigilancia de medio ambiente:
Más detallesEn la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce.
TRIBUNAL SUPREMO (Sala Cuarta) S. 02.12.2014 INCAPACIDAD TEMPORAL Necesidad de abono del subsidio de incapacidad temporal hasta el momento de la notificación de la resolución administrativa correspondiente,
Más detallesSENTENCIA Nº 28/17. OVIEDO, a trece de enero de dos mil diecisiete.
JDO. DE LO SOCIAL N. 6 OVIEDO SENTENCIA: 00028/2017 JDO. DE LO SOCIAL N. 6 OVIEDO AUTOS: 267/16 SENTENCIA Nº 28/17 OVIEDO, a trece de enero de dos mil diecisiete. Vistos por el Ilmo. Sr. D. MANUEL BARRIL
Más detallesLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1890/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro-Pulido Sanz PAGAS EXTRAORDINARIAS: cuantía: descuentos: desestimación: abono íntegro a trabajadores
Más detallesTRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Social
Data de Notificación: 14/10/2015 ADMIN1STRACION DE JUSTICIA TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Social AUTO Autos: UNIFICACIÓN DOCTRINA Fecha Auto: 15/09/2015 Recurso Num.: 3799/2014 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN
Más detallesTribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Social, Sentencia 844/2015 de 3 Dic. 2015, Rec. 753/2015
1/8 Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Social, Sentencia 844/2015 de 3 Dic. 2015, Rec. 753/2015 Ponente: Marqués Ferrero, Santiago Ezequiel. Nº de Sentencia: 844/2015
Más detallesTribunal Superior de Justicia. TSJ de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 353/2017 de 29 marzo
Tribunal Superior de Justicia TSJ de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 353/2017 de 29 marzo JUR\2017\120203 Despido. Extinción del contrato de trabajo. Jurisdicción:Social Recurso
Más detallesSENTENCIA nº /2016
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA Avda Pedro San Martin S/N Santander Teléfono: 942357126 Fax.: 942357004 Modelo: TX900 Proc.: RECURSOS DE SUPLICACIÓN Nº: 0000203/2016 NIG:
Más detallesTSJ de Canarias (sede Las Palmas) Sala de lo Social, sec. 1ª, S , nº 993/2010, rec. 475/2008. Pte: Batista Machín, Venancio Carmelo
TSJ de Canarias (sede Las Palmas) Sala de lo Social, sec. 1ª, S 1-7-2010, nº 993/2010, rec. 475/2008. Pte: Batista Machín, Venancio Carmelo RESUMEN El TSJ estima el rec. de suplicación interpuesto por
Más detallesTribunal Superior de Justicia
Tribunal Superior de Justicia de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 997/2015 de 21 diciembre JUR\2015\308223 ANTECEDENTES DE HECHO FUNDAMENTOS DE DERECHO F A L L O SUMARIO Transporte
Más detallesJUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado.
Tribunal Superior de Justicia TSJ de Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª) Sentencia num. 422/2016 de 1 septiembre JUR\2016\266041 Personal al servicio de la Administración
Más detallesSENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS
Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2-28004 33010310 NIG: 28.079.00.3-2016/0014471 Recurso de Apelación 302/2017 Recurrente:
Más detallesEN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2918/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Manuel Ruiz Pontones Despido. En Madrid a diecisiete de octubre de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones
Más detallesSEGUNDO Que como hechos probados se declararon los siguientes:
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 507/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón TRANSPORTES POR CARRETERA: horas extraordinarias: abono: procedente: el plus de productividad no
Más detallesSENTENCIA. SEGUNDO En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1503/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño DESPIDO COLECTIVO: procedimiento ante la autoridad laboral: autorización administrativa: anulada
Más detallesLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y
Jurisdicción:Social Recurso de Suplicación núm. 650/2004. Ponente: Ilmo. Sr. D. Fernando Muñoz Esteban JORNADA LABORAL: trabajo a turnos: concepto. PERSONAL ESTATUTARIO DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STSJ PV 134/2014 Id Cendoj: 48020340012014100125 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Bilbao Sección: 1 Nº de Recurso: 574/2014 Nº de Resolución: 720/2014 Procedimiento:
Más detallesTribunal Superior de Justicia TSJ de Aragón, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 173/2015 de 25 marzo JUR\2015\96020
Documento Tribunal Superior de Justicia TSJ de Aragón, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 173/2015 de 25 marzo JUR\2015\96020 Despido.Despido colectivo y empresas en dificultades.proceso Social.
Más detallesTribunal Superior de Justicia TSJ de Aragón, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 173/2015 de 25 marzo
Tribunal Superior de Justicia TSJ de Aragón, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 173/2015 de 25 marzo JUR\2015\96020 Despido.Despido colectivo y empresas en dificultades.proceso Social. Jurisdicción:Social
Más detallesRECURSO SUPLICACION /2014 SENTENCIA Nº 1333/2015
1 Recurso C/ RECURSO SUPLICACION - 002905/2014 Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. MANUEL JOSÉ PONS GIL Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO-VICENTE COTS DIAZ Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. GEMA PALOMAR CHALVER En Valencia, a
Más detallesSALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2735/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Manuel Díaz de Rábago Villar EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL: relación del trabajador con la ETT: retribuciones: incapacidad
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
23462 RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2017, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2343/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Iturri Gárate PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE SALUD (CUESTIONES GENERALES): personal eventual:
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 3080/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Modesto Iruretagoyena Iturri MINUSVALIDOS: pensionista de incapacidad permanente total: reconocimiento automático de minusvalía
Más detallesJurisdicción: Social. Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 36/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jordi Agustí Juliá
Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 36/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jordi Agustí Juliá UNIFICACION DE DOCTRINA: inexistencia de contradicción: requisitos; «Banco
Más detallesJurisdicción: Social. Recurso de Suplicación núm. 2581/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. María del Rosario García Alvarez.
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2581/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. María del Rosario García Alvarez. EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO: jubilación forzosa del trabajador: validez: reforma
Más detallesTribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014
Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014 Ponente: Souto Prieto, Jesús. Nº de Recurso: 337/2014 Jurisdicción: SOCIAL SENTENCIA En la Villa de Madrid, a diez
Más detallesTribunal Superior de Justicia de Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, Sala de lo Social, Sentencia de 31 Oct. 2005, rec. 290/2005.
Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, Ponente: Rodríguez Ojeda, Juan José N.º Sentencia: 1167/2005 N.º Recurso: 290/2005 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY JURIS: 2133283/2005
Más detallesLa Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1797/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. José María Benavides Sánchez Molina CONTRATO EVENTUAL: acumulación de tareas: desestimación: supuestos: no se justifica
Más detallesRoj: STSJ BAL 126/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:126
Roj: STSJ BAL 126/2013 - ECLI: ES:TSJBAL:2013:126 Id Cendoj: 07040340012013100016 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 24/01/2013 Nº de Recurso:
Más detallesNIG: 28.092.00.4-2017/0000298 251658240 En Móstoles a cuatro de mayo de dos mil diecisiete. Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, Dª. Ana Fernández Valenti
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 894/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª del Carmen Sánchez-Parodi Pascua GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: cesión ilegal de trabajadores: inexistencia; sucesión
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1515/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Emilio Palomo Balda GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión de empresas: concesiones y contratas: improcedencia: sucesión
Más detallesTribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia número 673/2010 de 5 marzo
Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia número 673/2010 de 5 marzo Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 12/2010 Ponente: Ilmo. Sr. D. Jesús María
Más detallesASOCIACIÓN DE APOYO A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS
SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Julián Moreno Retamino Ilmos. Sres. Magistrados Doña María Luisa Alejandre Durán Don Eugenio Frías Martínez En la ciudad de Sevilla, a quince de marzo de dos mil dieciséis.
Más detallesT.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00469/2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª
Roj: STSJ M 7859/2011 - ECLI:ES:TSJM:2011:7859 Id Cendoj: 28079340042011100431 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 4 Nº de Recurso: 2342/2011 Nº de Resolución:
Más detallesTribunal Superior de Justicia. TSJ de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 360/2017 de 29 marzo
Tribunal Superior de Justicia TSJ de Murcia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 360/2017 de 29 marzo JUR\2017\119777 Despido. Salario. Invalidez permanente y sus prestaciones. ECLI:ECLI:ES:TSJMU:2017:577
Más detallesRoj: STSJ MU 2427/ ECLI: ES:TSJMU:2014:2427
Roj: STSJ MU 2427/2014 - ECLI: ES:TSJMU:2014:2427 Id Cendoj: 30030340012014100828 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Murcia Sección: 1 Fecha: 27/10/2014 Nº de Recurso: 465/2014
Más detallesROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U T O NÚM.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE SECCION OCTAVA. TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U
Más detallesUNIVERSIDAD COMPLUTENSE ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA
PROGRAMA I. INTRODUCCIÓN; ASPECTOS CONSTITUCIONALES Y COMUNITARIOS; DELIMITACIÓN DE LA MATERIA JURÍDICO- LABORAL; PROBLEMAS JURÍDICOS DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO Derechos fundamentales y relación laboral
Más detallesLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen. EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso núm. 690/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Eduardo Ramos Real DESPIDO PROCEDENTE: trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza: incumplimiento de normas internas y
Más detallesTribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 359/2010 de 28 septiembre
Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 359/2010 de 28 septiembre JUR\2010\394206 Accidente de trabajo, enfermedad profesional y contingencias comunes.proceso
Más detallesTribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero
Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero JUR\2012\56810 Despido.Derecho a la tutela judicial efectiva.proceso Social. Jurisdicción:
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015
CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :26/03/15 M/ REF.: 7239 LETRADO:HELENA LUCIO VICIANA FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Más detallesRecurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3069/2004.
Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3069/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. José María Botana López ANTIGUEDAD: abono a trabajadores temporales: mismas condiciones que
Más detallesEN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL
Jurisdicción:Social Recurso de Suplicación núm. 400/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez DESPIDO: indemnización: años de servicio: determinación: hasta la fecha de la extinción contractual;
Más detallesLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, compuesta por los llmos. Sres. citados al margen.
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1400/2004. Ponente: Ilmo. Sr. D. Eduardo Ramos Real DESPIDO: consecuencias del despido: indemnización: años de servicio: determinación: contratos sucesivos
Más detallesRoj: STSJ BAL 727/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:727
Roj: STSJ BAL 727/2013 - ECLI: ES:TSJBAL:2013:727 Id Cendoj: 07040340012013100228 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 30/05/2013 Nº de Recurso:
Más detallesFederación de sanidad y sectores sociosanitarios
RJ 2006\2631 Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 21 noviembre 2005 Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 4070/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Jesús Gullón
Más detallesTexto. En la villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil siete T.S.J. MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 01263/2007. Apelación nº 461/07
Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, Sentencia de 16 Oct. 2007, rec. 461/2007 Ponente: Gallardo Martín de Blas, Eva Isabel. Nº de sentencia:
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN SEVILLA MENÉNDEZ Y PELAYO Nº 2, PALACIO DE JUSTICIA (QUINTA PLANTA)
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN SEVILLA MENÉNDEZ Y PELAYO Nº 2, PALACIO DE JUSTICIA (QUINTA PLANTA) N.I.G.: 1402100S20140002907 Negociado: S Recurso: Recursos de
Más detalles~~~TRlBUNAL SUPREMO AUTO. Fecha Auto: 10/09/2015 ~ e. Ponente Excmo. Sr. D~: Antonio V. Sempere Navarro
1 P 1 [ ~J ÍV ADMINISTRACION ~~~TRlBUNAL SUPREMO 5 Sala de lo Social AUTO Autos: UNIFICACIÓN DOCTRINA Fecha Auto: 10/09/2015 ~ e Recurso Num.: 2868/2014 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Procedencia: T.S.J. GALICIA
Más detallesAUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 AVILA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 AVILA SENTENCIA: 00153/2017 N10250PL/ DE LA SANTA NÚM 2920-21.11.23920-25.19.5705019 41 1 2016 0000464RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000206 /2017JDO.1A.INST.E INSTRUCCION
Más detallesSENTENCIA NÚM. 143/2017
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA SENTENCIA: 00143/2017 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCION QUINTA DIRECCION.- C/ GALO PONTE Nº 1 DE ZARAGOZA-50.003 TFNO.: 976208053-055-051 FAX: 976208052 ROLLO:
Más detallesResumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis.
Id. Cendoj: 28079140012006100006 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4719/2004 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/01/2006 Procedimiento: SOCIAL Ponente:
Más detallesAUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección
AUTO: AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección - Domicilio : PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN Telf : 985176944-45 Fax : 985176940 Modelo : AUR000 N.I.G.: ROLLO : Juzgado procedencia : Procedimiento
Más detallesRollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009
Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo
Más detallesEN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 6007/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Manuel Ruiz Pontones DESPIDO IMPROCEDENTE: trasgresión de la buena fe contractual: aplicación de la teoría gradualista:
Más detallesRoj: STSJ PV 2534/ ECLI: ES:TSJPV:2016:2534
Roj: STSJ PV 2534/2016 - ECLI: ES:TSJPV:2016:2534 Id Cendoj: 48020340012016101641 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Bilbao Sección: 1 Fecha: 11/10/2016 Nº de Recurso: 1821/2016
Más detallesT.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA
T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA SENTENCIA: 00621/2016 Ponente: Don Benigno López González Recurso de Apelación número 243/2016 Apelante: A.A. Apelada: Concello de Vigo (Pontevedra) EN NOMBRE DEL REY
Más detallesEN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL SENTENCIA NÚM. 35
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 699/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez HORAS EXTRAORDINARIAS: necesidad de esperar hasta el término de cada anualidad para conocer la existencia
Más detallesLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 477/2004. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Montiel González PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE SALUD (CUESTIONES GENERALES): clasificación por
Más detallesCUESTIÓN DE ILEGALIDAD registrada como RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 382/2016. Partes: VODAFONE ESPAÑA, S.A. C/ AJUNTAMENT DE TERRASSA
CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :16/11/16 M/ REF.: 6420 LETRADO:AMADO MARTINEZ RUIZ FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STSJ PV 987/2012 - ECLI:ES:TSJPV:2012:987 Id Cendoj: 48020340012012100924 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Bilbao Sección: 1 Nº de Recurso: 187/2012 Nº de Resolución:
Más detallesEN NOMBRE DEL REY SENTENCIA
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1206/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Modesto Iruretagoyena Iturri ALTA DIRECCION: extinción del contrato por desistimiento del empresario: formalidades: preaviso:
Más detallesLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1085/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Montiel González EXTINCION DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: amortización de puesto de trabajo: circunstancias económicas:
Más detallesRoj: STS 1738/ ECLI: ES:TS:2017:1738
Roj: STS 1738/2017 - ECLI: ES:TS:2017:1738 Id Cendoj: 28079140012017100287 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 07/04/2017 Nº de Recurso: 982/2016 Nº de Resolución:
Más detallesRecurso de casación para la unificación de doctrina núm. 2574/2004.
Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 2574/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Víctor Fuentes López DESPIDO IMPROCEDENTE: readmisión: opción a favor del trabajador establecida
Más detallesEXTINCIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIA DEL TRABAJADOR.
TRIBUNAL SUPREMO (Sala Cuarta) Sentencia 28.10.2015 EXTINCIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIA DEL TRABAJADOR. Impago de salarios. Supuesto en que el trabajador cesa después de interponer la papeleta de conciliación,
Más detallesRoj: STSJ ICAN 4525/ ECLI: ES:TSJICAN:2013:4525
Roj: STSJ ICAN 25/2013 - ECLI: ES:TSJICAN:2013:25 Id Cendoj: 38038340012013100841 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Santa Cruz de Tenerife Sección: 1 Fecha: 21/11/2013 Nº de
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 004 RECURSO SUPLICACION 3794/2010. Sentencia número: 570/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 004 RECURSO SUPLICACION 3794/2010 Sentencia número: 570/2010 En MADRID a 28 de Septiembre de 2010, habiendo visto las presentes actuaciones
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán SENTENCIA Sentencia Nº: 768/2015 Fecha Sentencia: 13/01/2015 CASACIÓN Recurso Nº: 1147/2013 Fallo/Acuerdo:
Más detallesJDO. DE LO SOCIAL N. 4 GIJON
ADMINISTRACION JDO. DE LO SOCIAL N. 4 GIJON DEJUSTICIA SENTENCIA: 00248/2016 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA S/N (NUEVO PALACIO DE JUSTICIA DE GIJON) Tfno: 985176285~985176197 Fax: 985176618 NIG: 33024 44
Más detallessr! Wq~o~ ot.~ V\J&i~jtCaCrC~~ 2*Ik.-/t-~ TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Social AUTO Ponente Excmo. Sr. D.: Fernando Salinas Molina
sr! Wq~o~ ot.~ V\J&i~jtCaCrC~~ 2*Ik.-/t-~ ADMINISTR4CION DE JUSTICiA 4~4o~ 9w/o~ TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Social AUTO Autos: UNIFICACIÓN DOCTRINA Fecha Auto: 12/11/2015 Recurso Aíum.: 3822/2014 Faílo/Acuerdo:
Más detalles