2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

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1 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Bases y convocatora del proceso para la seleccón del Drector del Organsmo Autónomo Local Servco de Prevencón y Extncón de Incendos. Por Decreto de la Presdenca del Organsmo Autónomo Local de Prevencón y Extncón de Incendos de Castro Urdales de fecha 27 de julo de 2018 (BOM12I0E0) se acordó: PRIMERO. Aprobar las bases específcas que regrán la convocatora del proceso selectvo para la seleccón del puesto de Drector del Organsmo Autónomo Local Servco de Prevencón y Extncón de Incendos de Castro Urdales, encuadrado como personal drectvo profesonal, conforme al artículo 13 del Real Decreto Legslatvo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refunddo de la Ley del Estatuto Básco del Empleado Públco. Las bases reguladoras se ncorporan como Anexo a la presente Resolucón. SEGUNDO. Convocar el proceso de seleccón para la cobertura de la plaza arrba referencada. TERCERO. El mporte de la Tasa por Derechos de Examen será de 23,10 euros, según lo prevsto en la Ordenanza Fscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen. CUARTO. El plazo de admsón de nstancas solctando tomar parten en el proceso selectvo será de vente días naturales contados a partr del sguente al de publcacón del anunco de convocatora y bases en el Boletín Ofcal de Cantabra. QUINTO. Publcar la convocatora, juntamente con el texto íntegro de las bases reguladoras del proceso, en el Boletín Ofcal de Cantabra, en la págna web muncpal y en el tablón de anuncos del Ayuntamento de Castro Urdales. Castro Urdales, 13 de agosto de El presdente del organsmo autónomo local (legble). Pág boc.cantabra.es 1/11

2 ANEXO BASES REGULADORAS DE LA SELECCIÓN DE PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL CON DESTINO AL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE CASTRO URDIALES. PRIMERA.- Objeto Es objeto de la presente convocatora la contratacón del Drector del Organsmo Autónomo Local de Prevencón y Extncón de Incendos de Castro Urdales, puesto de trabajo de personal drectvo profesonal a que se refere el artículo 13 del Real Decreto Legslatvo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refunddo de la Ley del Estatuto Básco del Empleado Públco, en la modaldad contractual de personal laboral con relacón laboral temporal de carácter especal de alta dreccón, por el procedmento de concurso de mértos lbre o aberto. El Organsmo Autónomo Local ha sdo creado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamento de Castro Urdales de fecha 24 de febrero de 2009, habéndose publcado sus Estatutos en el Boletín Ofcal de Cantabra número 88, 11 de mayo de Las funcones a desarrollar serán las prevstas para el puesto de Drector en los Estatutos del Organsmo Autónomo Local y las que expresamente se prevean en el contrato o sean encomendadas por el Presdente del Organsmo Autónomo. La descrpcón del puesto de trabajo se contene en la Relacón de Puestos de Trabajo del Personal Drectvo del Organsmo Autónomo Local de Prevencón y Extncón de Incendos de Castro Urdales y en el Anexo de Personal del Presupuesto General: - Puesto de carácter drectvo. Dedcacón dsponbldad ncludas en la retrbucón. Desgnacón conforme a crteros de donedad medante procedmento sometdo a prncpos de publcdad y concurrenca. Sujeto a evaluacón de acuerdo con los objetvos fjados anualmente por el Consejo Rector del Organsmo Autónomo. Régmen jurídco de la relacón laboral de carácter especal de alta dreccón. - Dedcacón/dsponbldad ncludas en la retrbucón, jornada laboral (lunes-domngo, 40 h/semana), puesto de trabajo a proveer medante funconaro de carrera o laboral de las Admnstracones públcas o un profesonal del sector prvado, ttulados superores en ambos casos, y con más de cnco años de ejercco profesonal en el segundo, (relaconados con el sector de prevencón/extncón ncendos) en la gestón públca/prvada, art. 85 bs Ley 7/1985, de 2 de abrl, reguladora de las Bases de Régmen Local. La desgnacón será conforme a crteros de donedad, medante procedmento sometdo a prncpos de publcdad y concurrenca El puesto de trabajo tene la retrbucón bruta total establecda en el Anexo de Personal del últmo Presupuesto General aprobado, correspondente al ejercco 2014, por mporte total de ,09 euros, de los cuales el 90 % es de percepcón fja (34.758,08) y el 10 % varable (3.862,01) sujeta a evaluacón de acuerdo con los objetvos fjados anualmente por el Consejo Rector del Organsmo Autónomo. S el Consejo Rector no fjara dentro del año natural los objetvos a evaluar para dcho ejercco, la retrbucón varable ncrementará la retrbucón fja del ejercco. Las retrbucones anterores se actualzarán en los térmnos que se hayan establecdo en las dferentes Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Pág boc.cantabra.es 2/11

3 1.4. El régmen jurídco aplcable será el prevsto para la relacón laboral de carácter especal de alta dreccón, de conformdad con lo prevsto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relacón laboral de carácter especal del personal de alta dreccón El contrato de trabajo se celebrará por escrto, bajo la expresa denomnacón de contrato de personal con relacón laboral temporal de carácter especal de alta dreccón, sendo el período máxmo de su duracón de dos años, prorrogable por dos años más hasta una duracón máxma de cuatro años El contrato podrá extngurse por las causas de cese prevstas en los artículos 10, 11 y 12 del ctado Real Decreto 1382/1985. Cuando el ctado texto legal contenga remsones a la ndemnzacón pactada en contrato, en todo caso se entenderá la cantdad a la que ascenda sete días de salaro por año trabajado, con el límte máxmo de una mensualdad Se producrá la extncón del contrato cuando concurra muerte, jublacón o declaracón de ncapacdad permanente del drectvo, pérdda de la naconaldad que tuvera a la frma del contrato salvo que smultáneamente obtenga la de otro estado membro, y por la mposcón de pena prncpal o accesora de nhabltacón absoluta o especal para cargo públco, que tuvere carácter frme El resto del clausulado será fjado por mutuo acuerdo de las partes, con sujecón a lo dspuesto en el Real Decreto 1382/1985, a los preceptos del Real Decreto Legslatvo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refunddo de la Ley del Estatuto Básco del Empleado Públco y a la normatva vgente que resulte de aplcacón a la contraccón de oblgacones de cualquer naturaleza por las Admnstracones Públcas. SEGUNDA.- Requstos de los asprantes. Son requstos de los asprantes: a) Tener la naconaldad española o la de cualquera de los Estados membros de la Unón Europea, o de aquellos Estados que, en vrtud de Tratados Internaconales celebrados por la Unón Europea y ratfcados por España, sea de aplcacón la lbre crculacón de trabajadores, todo ello en los térmnos prevstos en el artículo 57 del Real Decreto Legslatvo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refunddo de la Ley del Estatuto Básco del Empleado Públco. b) Tener cumpldos, en la fecha de la convocatora, los decsés años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxma de jublacón forzosa. c) No haber sdo separado medante expedente dscplnaro del servco de cualquera de las Admnstracones Públcas o de los órganos consttuconales o estatutaros de las Comundades Autónomas, n hallarse en nhabltacón absoluta o especal para empleos o cargos públcos por resolucón judcal, para el acceso al cuerpo o escala de funconaro, o para ejercer funcones smlares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubese sdo separado o nhabltado. En el caso de ser naconal de otro Estado, no hallarse nhabltado o en stuacón equvalente n haber sdo sometdo a sancón dscplnara o equvalente que mpda, en su Estado, en los msmos térmnos el acceso al empleo públco. d) Estar en posesón de título unverstaro de lcencado, arqutecto superor, ngenero superor o graduado con arreglo a la legslacón vgente, o en condcones de obtenerlo en la fecha en que termne el plazo de presentacón de nstancas. En el Pág boc.cantabra.es 3/11

4 caso de ttulacones obtendas en el extranjero deberá presentarse la correspondente homologacón. e) Ostentar la condcón de funconaro de carrera, personal laboral de la Admnstracón Públca o profesonal del sector prvado que acredte la posesón de una experenca laboral preva de más de cnco años de ejercco profesonal en la gestón públca/prvada en el sector de prevencón/extncón ncendos y salvamento. f) Poseer la capacdad funconal para el desempeño de las tareas. g) Poseer carnet de conducr de la clase B. Todos los requstos anterores deberán reunrlos los asprantes en la fecha en que fnalce el plazo para la presentacón de nstancas solctando tomar parte en la Convocatora. TERCERA.- Igualdad de condcones. En las presentes pruebas serán admtdas las personas con dscapacdad en gualdad de condcones que los demás asprantes. Los asprantes con dscapacdad deberán presentar certfcacón de organsmo ofcal competente que acredte la calfcacón de mnusvalía, así como su capacdad para desempeñar las tareas correspondentes a puesto objeto de la presente convocatora. El Trbunal establecerá, para las personas con dscapacdad que así lo solcten, las adaptacones y ajustes razonables de tempo y medos para la realzacón de las pruebas. A tal efecto los nteresados deberán presentar la petcón correspondente en la solctud de partcpacón en la convocatora. CUARTA.- Incompatbldad del cargo. El régmen de ncompatbldades será el prevsto en la Ley 53/1984, de 26 de dcembre, de Incompatbldades del Personal al Servco de las Admnstracones Públcas y su Reglamento, así como, el prevsto para los altos cargos de la Admnstracón General del Estado. QUINTA.- Instancas Las nstancas solctando tomar parte en el proceso se drgrán al Presdente del Organsmo Autónomo Local de Prevencón y Extncón de Incendos de Castro Urdales En la solctud los asprantes deberán manfestar que reúnen todos y cada uno de los requstos exgdos en la convocatora. A la nstanca, en la que junto con los datos a que hace referenca el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedmento Admnstratvo Común de las Admnstracones Públcas, deberá relaconarse de manera ndvdualzada cada uno de los mértos alegados, se acompañará: a) Copa del Documento Naconal de Identdad o Pasaporte en vgor. b) Impreso de autolqudacón de tasa por derechos de examen debdamente cumplmentado (cuota trbutara de 23,10 euros; se marcará la caslla Grupo A del mpreso) que podrá recogerse en las ofcnas del Regstro General del Ayuntamento de Castro Urdales, de lunes a vernes, de 9:00 a 13:00 horas, o ben, descargarse en la págna web ofcal Pág boc.cantabra.es 4/11

5 c) Currculum Vtae. d) Informe de vda laboral actualzado expeddo por la Segurdad Socal. e) Memora de organzacón, admnstracón y gestón prevsta en el apartado 5 de la Base Octava. f) Copa de los títulos unverstaros. g) Copa de los títulos, certfcados o dplomas de cursos de formacón. h) Copa de los permsos de conduccón. Con la fnaldad de valorar la experenca, los asprantes deberán adjuntar la documentacón que permta valorar los mértos alegados pudendo consstr en: a) Empleados públcos: certfcacón de servcos prestados expedda por la admnstracón públca de procedenca, en la que en todo caso se consgne la condcón de funconaro de carrera/personal laboral/personal eventual o de confanza, escala y subescala o clase de pertenenca, fechas y detalle de los servcos prestados; actas de toma de posesón y/o cese. b) Personal laboral: contrato por cuenta ajena; certfcados de empresa. c) Personal por cuenta propa: alta en el régmen especal de trabajadores autónomos; facturas; contratos de servcos Plazo de presentacón: el plazo de presentacón de nstancas será de 20 días naturales desde la publcacón de las presentes bases y del anunco de convocatora en el Boletín Ofcal de Cantabra Lugar de presentacón: las nstancas solctando tomar parte en la convocatora se presentarán en el Regstro General del Ayuntamento de Castro Urdales (Casa Consstoral), o en la forma que determna la legslacón sobre procedmento admnstratvo común vgente Tendrán una reduccón del 100% de la cuota de la tasa las personas con dscapacdad gual o superor al 33 por 100 y las personas que fguraren como demandantes de empleo y no percban prestacón alguna en los térmnos prevstos en la Ordenanza muncpal aplcable, lo que deberá ser acredtado documentalmente en el momento de la presentacón de la nstanca. SEXTA.-Admsón de los asprantes y lugar de las publcacones. Termnado el plazo de presentacón de nstancas, la Presdenca del Organsmo Autónomo, o persona en quen haya delegado, aprobará la lsta provsonal de asprantes admtdos y excludos, con ndcacón de la causa de exclusón, y será expuesta en el Tablón de Edctos del Ayuntamento y en la págna web del Ayuntamento de Castro Urdales, concedéndose un plazo de dez días naturales para la subsanacón de las nstancas presentadas. Transcurrdo este plazo, la Presdenca del Organsmo Autónomo, o persona en quen haya delegado, aprobará la lsta defntva de asprantes admtdos y excludos, la composcón nomnal del Trbunal Calfcador y la fecha de celebracón del proceso selectvo, que será expuesta en el Tablón de Edctos del Ayuntamento, y en la págna web muncpal. Se entenderán como causas de exclusón no subsanables: 1- Realzacón del pago de la tasa fuera del plazo de presentacón de nstancas o la falta de pago encontrándose oblgado a ello. Pág boc.cantabra.es 5/11

6 2- Presentacón de la nstanca fuera de plazo. 3- La no alegacón de un mérto o su alegacón sn medar presentacón de la documentacón acredtatva. 4- La falta de presentacón de la memora. Se entenderán como subsanables: 1- Falta de presentacón del DNI o Pasaporte, o que no estén en vgor. 2- Falta de presentacón del mpreso de autolqudacón de la tasa cuando el msmo se haya realzado dentro del plazo de presentacón de nstancas, o de los documentos acredtatvos de la exencón de pago. 3- Cumplmentacón ncorrecta o ncompleta de la nstanca cuando el error u omsón afecte a alguno de los datos mínmos a que se refere sobre procedmento admnstratvo común vgente. A los efectos del cumplmento de la Ley Orgánca 15/1999, de 13 de dcembre, de Proteccón de Datos de Carácter Personal, los datos contendos en la nstanca serán objeto de tratamento automatzado sendo su cumplmentacón oblgatora para la admsón al proceso. El anunco de convocatora del proceso selectvo acompañado de las presentes bases se publcará en el Boletín Ofcal de Cantabra. El resto de los anuncos relatvos al presente proceso selectvo serán objeto de publcacón en el Tablón de Edctos del Ayuntamento de Castro-Urdales y en la seccón de empleo públco de la págna web muncpal SÉPTIMA.-Trbunal Calfcador o Comsón de Valoracón Nombramento y composcón: el Trbunal o Comsón de Valoracón será nombrada medante Resolucón de la Presdenca conjuntamente con el lstado de asprantes admtdos y excludos, ajustándose su composcón a los prncpos de mparcaldad y profesonaldad de sus membros y tenderá, en la medda de lo posble, a la pardad entre mujer y hombre, de conformdad con el artículo 60 del Real Decreto Legslatvo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refunddo de la Ley del Estatuto Básco del Empleado Públco, la Resolucón será publcada en los térmnos señalados en la Base segunda, a efectos de la posbles recusacones legales. Esta Comsón estará compuesta por el Presdente, tres Vocales y un Secretaro, quen actuará con voz y voto. Todos los membros de la Comsón de valoracón deberán poseer un nvel de ttulacón gual o superor al exgdo para el ngreso en la plaza convocada y habrán de ser funconaros de carrera que pertenezcan al msmo grupo/subgrupo o grupos/subgrupos superores de entre los prevstos en el artículo 76 del Real Decreto Legslatvo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refunddo de la Ley del Estatuto Básco del Empleado Públco, con relacón a la ttulacón exgda para la categoría profesonal a que se refere el procedmento de seleccón. La pertenenca a la Comsón de valoracón será sempre a título ndvdual, no pudendo ostentarse ésta en representacón o por cuenta de nade Abstencón y recusacón: los membros de la Comsón de valoracón deberán de abstenerse de formar parte del msmo cuando concurran las crcunstancas prevstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régmen Jurídco del Sector Públco, comuncándolo a la Corporacón. Asmsmo, los asprantes podrán recusar a los membros de Pág boc.cantabra.es 6/11

7 la Comsón de valoracón cuando entendan que se dan las crcunstancas reguladas en el artículo 24 de la ctada Ley Asesores especalstas: a solctud de la Comsón de valoracón podrá dsponerse la ncorporacón de asesores especalstas. Dchos asesores colaborarán con el órgano de seleccón exclusvamente en el ejercco de sus especaldades técncas y tendrán voz pero no voto Colaboradores admnstratvos: cuando el número de asprantes así lo aconseje, la Comsón de valoracón podrá desgnar colaboradores admnstratvos o personal de apoyo, que bajo la supervsón del Secretaro de la Comsón de valoracón permtan garantzar un ágl y adecuado desarrollo del proceso selectvo Funconamento: el procedmento de actuacón de la Comsón de valoracón se ajustará a lo dspuesto en los artículos 15 y sguentes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régmen Jurídco del Sector Públco. La Presdenca coordnará la realzacón del proceso selectvo y drmrá los posbles empates en las votacones con su voto de caldad. Todos los membros de la Comsón tendrán voz y voto. El Secretaro actuará con voz y voto, correspondéndole velar por la legaldad formal y materal de las actuacones del órgano colegado, certfcar las actuacones del msmo y garantzar que los procedmentos y reglas de consttucón y adopcón de acuerdos sean respetados Incdencas: los membros de la Comsón son personalmente responsables del estrcto cumplmento de las bases de la convocatora y de la sujecón a los plazos establecdos. Las dudas o reclamacones que puedan orgnarse con la nterpretacón de la aplcacón de las bases de la presente convocatora, así como lo que deba hacerse en los casos no prevstos, serán resueltas por la Comsón, por mayoría Impugnacón de los actos de la Comsón: contra los actos y decsones de la Comsón de Calfcacón que mposblten la contnuacón del procedmento para el nteresado o produzcan ndefensón y se funden en cualquera de los motvos de nuldad o anulabldad prevstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedmento Admnstratvo Común de las Admnstracones Públcas, se podrá nterponer por el nteresado recurso de alzada ante el Presdente del Organsmo Autónomo, de conformdad con lo establecdo en el artículo 121 de la ctada Ley, sn perjuco de la nterposcón de cualesquera otro recurso que se estme oportuno S en cualquer momento del proceso selectvo llegara a conocmento del trbunal o de la comsón de seleccón que alguno de los asprantes no cumple todos los requstos exgdos por la presente convocatora, preva audenca del nteresado, deberá proponer su exclusón al Presdente del Organsmo Autónomo, ndcando las nexacttudes o falsedades formuladas por el asprante en la solctud de admsón a estas pruebas selectvas, a los efectos procedentes 7.9. A los efectos de régmen de asstencas prevsto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre ndemnzacones por razón del servco, la Comsón o Trbunal tendrá la categoría prmera. En los msmos térmnos que los vocales serán retrbudos los asesores especalstas y los colaboradores admnstratvos. OCTAVA.- Proceso selectvo El proceso selectvo constara de dos fases: a) Prmera fase: valoracón de mértos alegados. b) Segunda fase: exposcón de la memora presentada La puntuacón máxma del proceso selectvo será de 10 puntos La valoracón de los mértos alegados se realzará por el Trbunal o Comsón con carácter prevo a la exposcón de la memora presentada. Pág boc.cantabra.es 7/11

8 8.4.- Desarrollo de la fase de valoracón de mértos. En este apartado se valorarán los mértos alegados con arreglo a las sguentes condcones: Apartado 1.- Experenca (máxmo 5 puntos): se otorgarán 0,05 puntos por cada mes de servco prestado como funconaro de carrera, personal laboral del sector públco o personal laboral o profesonal por cuenta propa del sector prvado en el ejercco de funcones de gestón públca o prvada en el sector de prevencón y extncón de ncendos y salvamento. A los efectos de determnar la puntuacón de este apartado, esta será el resultado de multplcar por 0,05 el cocente resultante de dvdr los días consgnados en el nforme de vda laboral elegbles entre trenta (0,05*(Días elegbles/30)). Son días elegbles los detallados en el párrafo prmero de este apartado Apartado 2.- Ttulacones, formacón, perfecconamento y permso de conduccón (máxmo 2 puntos): serán susceptbles de valoracón las ttulacones unverstaras, los cursos de formacón específcos relaconados drectamente con las funcones del puesto de trabajo a los que haya asstdo el canddato en concepto de alumno y la posesón de permsos de crculacón en vgor en los térmnos que se detallan. La valoracón de este apartado se ajustará a las sguentes normas: - Ttulacón unverstara: solo se valorarán las ttulacones dstntas a la alegada como requsto para tomar parte en las pruebas selectvas. No serán computables las ttulacones que hayan servdo de base para la obtencón de la ttulacón alegada como requsto o que ya se hayan valorado como mérto. - Los títulos, dplomas o certfcados que justfquen la formacón deben estar expeddos por Unversdades Públcas o centros ofcales de formacón de empleados públcos dependentes de la Admnstracón General del Estado, Admnstracón Autonómca o Local, así como los cursos acogdos al Plan de Formacón Contnua de las Admnstracones Públcas, debendo constar el número de horas o crédtos (s no se ndca la equvalenca crédto/hora, se estma en 25 horas) para su valoracón y, en su caso, el programa del curso para permtr valorar la adecuacón del contendo del msmo a las funcones del puesto ofertado. - No se valorarán en nngún caso los cursos de duracón nferor a 50 horas lectvas. - No se valorarán cursos con un contendo obsoleto. Será la Comsón de Valoracón la que determne en qué concursos ncurre esta crcunstanca. - No se valorarán cursos cuyo contendo no se pueda determnar que tenen relacón con las funcones propas del puesto de trabajo. - No se valorarán actvdades dstntas de los cursos, tales como: jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos. Los semnaros sólo se valorarán s se acredta que tenen la msma naturaleza y metodología que los cursos. - S se trata de sucesvas edcones mpartdas de un msmo curso, solo se valorará la de mayor duracón. - En nngún caso se valorarán cursos o estudos pertenecentes a la ttulacón unverstara exgda como requsto de acceso. - En todo caso, se entenden relaconados drectamente con las funcones del puesto de trabajo que se oferta aquellos cursos cuyo contendo verse sobre: Dreccón públca o prvada; Derecho Admnstratvo General y Local; Polítcas públcas; Nuevas tecnologías; Organzacón y Caldad; Gestón públca; Audtoría y o consultoría de Admnstracón; Socología de la empresa públca. Pág boc.cantabra.es 8/11

9 - Los asprantes dspondrán de un plazo de dez días naturales contados a partr del sguente al de publcacón de la calfcacón de valoracón de mértos para hacer alegacones, cuya resolucón se hará públca antes de ncar la fase de exposcón de la memora. - La valoracón de las ttulacones, cursos de formacón y permsos de conduccón debdamente acredtados se realzará de acuerdo con el sguente baremo de puntos de manera acumulada: a) Ttulacón unverstara: A) Dplomatura, arqutecto técnco o ngenero técnco: 0,50 puntos. B) Graduado: 0,75 puntos. C) Lcencatura, arqutectura superor o ngenería superor: 1,00 puntos. b) Cursos de formacón: A) Desde 50 horas a 100 horas: 0,10 puntos. B) De 101 a 150 horas: 0,15 puntos. C) De 151 a 200 horas: 0,20 puntos. D) De 201 a 250 horas: 0,25 puntos. E) De 251 a 300 horas: 0,30 puntos. F) De 301 horas o más: 0,35 puntos c) Permso de conduccón: la tenenca en vgor de los permsos de conduccón C y CE a razón de 0,20 puntos por permso Fase de exposcón de la memora (máxmo 3 puntos): consstrá en la exposcón en audenca públca, durante un máxmo de 20 mnutos, de la memora presentada en el período de presentacón de nstancas, con arreglo a las sguentes normas: - La Memora deberá contener como mínmo una propuesta vable de organzacón, admnstracón y gestón de un parque de emergencas, con expreso examen de la normatva y demás prescrpcones técncas o de cualquer naturaleza aplcables en la Comundad Autónoma de Cantabra y en el ámbto de las emergencas, tomando como referenca la nformacón de acceso públco relatva al Organsmo Autónomo Local de Prevencón y Extncón de Incendos de Castro Urdales publcada en el Boletín Ofcal de Cantabra u otros Daros, págna web nsttuconal y organsmos relaconados. Adconalmente, podrá abordar cuestones generales o de actualdad relaconadas. - La Memora adoptará la forma de documento escrto a ordenador, en formato DIN A4, mpreso por una sola cara, con una extensón máxma de 20 folos undos medante cualquer sstema, letra tpo Tmes New Roman nº 12, nterlneado sencllo, sn nsercón de mágenes, gráfcos o smlar. - En este ejercco se aprecará, fundamentalmente, la capacdad y formacón general, la clardad de deas, la precsón y rgor en la exposcón y la caldad de expresón escrta. - Durante la exposcón de la memora el Trbunal podrá nvtar al asprante a retrarse s aprecara una manfesta defcenca en la exposcón o ben que esta se separa del contendo de la Memora, dejando constanca en el acta que se levante de cada sesón. - Termnada la exposcón, el Trbunal podrá abrr un dálogo con el asprante por un tempo máxmo de dez mnutos sobre cuestones relaconadas con el contendo de la memora y su exposcón y la experenca alegada en la fase de mértos, debendo éste contestar a las aclaracones que solcten u observacones que formulen los membros del Trbunal. Pág boc.cantabra.es 9/11

10 - En este ejercco se valorará el volumen y comprensón de los conocmentos, la clardad de la exposcón y la capacdad de expresón oral, así como la correcta aplcacón de los conocmentos teórcos y experencas al parque de emergencas de Castro Urdales. - Los asprantes serán convocados para cada ejercco en llamamento únco, y serán excludos del proceso selectvo quenes no comparezcan, salvo que concurra causa de fuerza mayor que deberá ser aprecada por el Trbunal. - El orden de actuacón de los asprantes se ncará alfabétcamente por aquellos cuyo prmer apelldo comence por la letra «Ñ», de conformdad con lo prevsto en la Resolucón de 11 de abrl de 2018, de la Secretaría de Estado de Funcón Públca, por la que se publca el resultado del sorteo a que se refere el Reglamento General de Ingreso del Personal al servco de la Admnstracón del Estado («Boletín Ofcal del Estado» de 14 de abrl). NOVENA.- Calfcacón. El proceso selectvo será calfcado con la suma de la puntuacón obtenda en las fases anterores. En caso de exstr empate, se resolverá de la sguente forma: en prmer lugar, por aquel asprante que haya obtendo mayor puntuacón en la exposcón de la memora, en segundo lugar, por aquel asprante que haya obtendo mayor puntuacón en el apartado de experenca laboral y, en tercer lugar, por aquel asprante que haya obtendo mayor puntuacón en el apartado de formacón. Las calfcacones se harán públcas en el tablón de edctos del Ayuntamento y pagna web muncpal. DÉCIMA.- Propuesta de contratacón y frma del contrato laboral. El Trbunal elevará a la Presdenca del Organsmo Autónomo propuesta de contratacón a favor del asprante que haya obtendo mayor puntuacón, que tendrá carácter vnculante. La resolucón se notfcará a la persona propuesta, junto con una propuesta de contrato, y aportará ante el Regstro General del Ayuntamento, dentro del plazo de vente días naturales desde que se haga públca resolucón del proceso de seleccón los documentos acredtatvos de las condcones de capacdad y requstos exgdos en la convocatora y que son los sguentes: 1. Copa autentcada del D.N.I. u orgnal para su cotejo o certfcado de nacmento, expeddo por el Regstro Cvl correspondente. 2. Copa autentcada del título académco exgdo o resguardo del pago de derechos del msmo, u orgnal para su cotejo. 3. Orgnales para su cotejo o copas autentcadas de la documentacón acredtatva de los mértos alegados. 4. Los asprantes que hayan hecho valer su condcón de personas con dscapacdad, deberán presentar certfcacón expedda por los órganos técncos competentes de la Admnstracón correspondentes, que acredte tales condcones, así como certfcacón de compatbldad para el desempeño de las funcones o tareas propas de la plaza o puesto de trabajo. Pág boc.cantabra.es 10/11

11 5. Declaracón jurada de no haber sdo separado medante expedente dscplnaro, de cualesquera Admnstracones Públcas, n hallarse nhabltado para el ejercco de las funcones públcas. 6. Declaracón jurada de no encontrarse ncurso en causa de ncompatbldad específca conforme a la normatva vgente. 7. Propuesta de clausulado al clausulado de contrato de alta dreccón propuesto por la Admnstracón. S no lo hcera dentro del plazo señalado, salvo causa de fuerza mayor, quedarán anuladas todas sus actuacones. El asprante podrá ser requerdo para aclaracones en relacón con su propuesta de contrato. En caso de dscrepanca, se resolverá a favor de la propuesta de clausulado de contrato efectuada por la Admnstracón. El asprante deberá suscrbr el contrato de trabajo en el plazo de trenta días naturales, a contar del sguente al que le fuera notfcada la propuesta de contratacón, plazo que solo podrá ser expresamente suspenddo por la Admnstracón, un máxmo de 15 días, con ocasón de la redaccón del clausulado del contrato. S el asprante no suscrbera en el plazo señalado sn causa justfcada, quedará anuladas todas sus actuacones. El asprante propuesto que tuvera la condcón de funconaro públco está exento de justfcar las condcones y requstos acredtados ya en su anteror nombramento, debendo presentar úncamente certfcacón del organsmo de quen dependen, acredtando su condcón y demás crcunstancas exgdas que consten en su expedente personal. DÉCIMO PRIMERA.-Ley reguladora del proceso selectvo. 2018/ Las presentes bases, que tenen consderacón de ley reguladora del proceso, vnculan al Organsmo Autónomo, Ayuntamento, a la Comsón de Seleccón y a quenes partcpen en el proceso. Tanto las Bases, como cuantos actos admnstratvos derven de la convocatora y de la actuacón del Comsón de Seleccón podrán ser mpugnados por los nteresados en los casos, plazos y forma establecda en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedmento Admnstratvo Común de las Admnstracones Públcas Contra estas bases, que ponen fn a la vía admnstratva, podrá nterponerse recurso potestatvo de reposcón ante la Presdenca del Organsmos, en el plazo de un mes contado a partr del día sguente a su publcacón, de conformdad con lo dspuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedmento Admnstratvo Común de las Admnstracones Públcas. Tambén podrá nterponerse alternatvamente recurso contencoso-admnstratvo ante el Juzgado de lo Contencoso-Admnstratvo de Santander, en el plazo de dos meses, de conformdad con lo establecdo en los artículos 30, y 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedmento Admnstratvo Común de las Admnstracones Públcas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julo, Reguladora de la Jursdccón Contencoso- Admnstratva. Sn perjuco de que los nteresados puedan nterponer cualquer otro recurso que sea procedente y estmen oportuno La actuacón de la Comsón de Seleccón se ajustará estrctamente a las bases de la convocatora, no obstante, esta resolverá las dudas que surjan de su aplcacón y podrá tomar los acuerdos que se correspondan para aquellos supuestos no prevstos en las Bases, velando por el buen desarrollo del proceso selectvo. Pág boc.cantabra.es 11/11

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