Guía analítica 2 FEDERALISMO ART. 1 CN. Elementos de Derecho Constitucional Facultad de Derecho UBA. Comisión 6616
|
|
- José Manuel Gil Gutiérrez
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Guía analítica 2 TEMA Federalismo El diseño y la organización del poder conforme el territorio en la Constitución Argentina El federalismo en la práctica constitucional argentina: Distribución del poder entre Nación, provincias, Regiones, ciudad autónoma de Buenos Aires, y los municipios La facultad de dictar los códigos de fondo (Art 75, inc 12) Federalismo e imposición tributaria, la co-participación tributaria (arts 4, 75, inc 1, 2, 3 CN) CONTENIDOS Noción de federalismo Todo poder emana del pueblo La soberanía le pertenece originalmente, pero el pueblo delega su ejercicio en autoridades que son en representación y que forman, por lo tanto, lo que se llama gobierno representativo Es un sistema mixto de central y provincial, el pueblo divide en dos partes el ejercicio de su soberanía: ejerce una de ellas solidariamente con las demás provincias y desempeña la otra aislada y separadamente, por medio de autoridades locales, que gobiernan en los objetos particulares de las provincias Alberdi, Juan Bautista (2007): Derecho Público Provincial, La Ley (pág 47) Art 1 de la CN: Adopción del sistema federal: las funciones del poder están distribuidas territorialmente en órganos regionales, los cuales ejercen un poder parcelado sobre una fracción del territorio nacional No existe la posibilidad de secesión (art 13 CN) El Estado federal supone la existencia de más de un centro territorial con capacidad normativa, en el que se equilibran la unidad de un solo Estado con la pluralidad y autonomía de muchos otros Política y físicamente, el Estado federal es único, aunque exista una pluralidad de entes federados Los entes de la federación no son soberanos (art 5, 129 y 31 éste último en particular sobre la supremacía constitucional) Su correspondiente autonomía se determina, en particular, por los artículos 5, 122 y 123) Art 123: Estados municipales Art 129 Ciudad Autónoma de Buenos Aires FEDERALISMO ART 1 CN ESTADO FEDERAL Ejerce su poder sobre el territorio de la Nación y cuya esfera de competencia apunta a los asuntos que interesan a la nación toda ESTADOS PROVINCIALES Ejercen su poder sobre el territorio de las provincias y respecto de temas que involucran intereses locales 1
2 Analice las razones que hablan a favor del federalismo de acuerdo con el texto de González Bertomeu, JF (2008): Notas sobre federalismo, en Gargarella, R: Teoría y Crítica del Derecho Constitucional, tomo I, Buenos Aires: Abeledo Perrot - Argumento por la libertad - Argumento por el doble nivel de protección de los derechos - Argumento por la diversidad - Argumento por la flexibilidad o adaptabilidad - Argumento por la democracia - Argumento por la defensa de las minorías Las provincias o Son unidades políticas de la federación o Preexisten al Estado Provincial (Preámbulo de la Constitución): referido a las 14 provincias existentes previo a 1853 El resto de las provincias son producto de territorios nacionales provincializados y el supuesto especial de la Ciudad de Buenos Aires o Supuesto de nuevas provincias: art 13 y 75 inc 15 o Supuesto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: art 129 CN, Ley N ( ley Cafiero ) o No son soberanas pero gozan de AUTONOMÍA Si respeta: Garantía federal: el Estado Nacional preserva la autonomía provincial ante el ataque de particulares, de otras provincias y países extranjeros (art 5 CN) Si no respeta: Límites/correctivo: intervención federal (art 6 CN) Capacidad de autonormarse: art 5 : reconoce el poder constituyente provincial de 2do Grado pero condicionado al cumplimiento de ciertas obligaciones a cargo de la provincia Art 121 Art 122 Art 123 (Estados municipales: reconocimiento de su autonomía) Debe respetar: - organización del poder y reconocimiento de la soberanía popular - parte dogmática de la Constitución Nacional - administración de justicia - régimen municipal - educación primaria 2
3 Autónomas Tratados interprovinciales Materias y condiciones: art 125 Prohibiciones: art 126 (prexisten a la Nación) Arts 5, 122, 123 Relaciones entre provincias a) Igualdad de trato entre los habitantes de todas las provincias (arts 8, 126, 75 inc12) b) Validez de los actos provinciales en todo el país (7) c) extradición (art 8) Otros tratados interprovinciales a) entre Nación y pcia (121) b) entre estado extranjero y pcia (124) y viceversa c) entre pcia y municipio d) tratados limítrofes (75 inc 15) PROVINCIAS Municipios (art 122) Conflictos entre provincias Son resueltos por la CSJN (art 127) Creación de regiones (arts 75 inc 19, 124) Relaciones típicas de la estructura federal 1 El federalismo en la Argentina se funda y se vincula de manera singular sobre la distinción de competencias entre el Estado federal y los entes que integran la federación El principio rector se encuentra establecido en el artículo 121 a) SUBORDINACIÓN (Supremacía federal): el orden jurídico federal tiene prelación sobre los órdenes jurídicos provinciales (arts 5, 31 y 128 CN) 1 Conf Scioscioli, S (2015): La educación básica como derecho fundamental Implicancias y alcances en el contexto de un Estado Federal, Eudeba, capítulo 5, punto 3, Para mayor detalle véase pág 360 y ss) 3
4 b) PARTICIPACIÓN: colaboración de las provincias en la formación de decisiones del gobierno federal (art 44 y 54, 124 CN) c) COORDINACIÓN: delimitación de las competencias entre de la Nación y las provincias respectivamente c1) Competencias exclusivas del Estado federal Competencias explícitas Art 6º: intervención federal Art 4º y 9º: competencia tributaria Art 23: estado de sitio Art 6º, 75 incs 31 y 99 inc 20: intervención federal Art 4º y 9º: competencia tributaria Art 23, 75 inc 29 y 99 inc 16; art 27 CADH: estado de sitio Art 30 y 75 inc 22: reforma de la constitución nacional Art 75 inc 1: derechos de exportación e importación Arts 4 y 75 inc 14: ingresos de correos Arts 4 y 75 inc 4: empréstitos y operaciones de créditos Venta o locación de tierras de propiedad nacional: arts 4 y 75 inc 4 Relaciones exteriores: arts 27, 75 incs 7, 13, 15, 22, 24, 25; 99 incs 7, 11, 15 y 18; excepción: art 124 Competencias de los poderes de gobierno nacionales: o Art 99: atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional o Art 116 y 117: atribuciones del Poder Judicial Federa o Art 75: atribuciones del Poder Legislativo Nacional Especial atención merecen (poderes delegados expresamente por las provincias al gobierno federal): Art 75 inc 12: Tipos de legislación que sanciona el Congreso Nacional: a) Legislación Nacional (Códigos de fondo civil, comercial, penal, etc y leyes complementarias) La legislación nacional es de aplicación en todo el territorio y es aplicado por los tribunales provinciales b) Legislación Local (art 75 inc 30 CN) c) Legislación Federal (definición residual) Ciudadanía y naturalización, falsificación de moneda y documentos públicos, etc) Definición por exclusión: "comprende todos los asuntos que la Constitución confiere al gobierno federal y que no son de derecho común ni de derecho local" Importante: el derecho federal emana de los órganos federales y tiene vigencia en todo el territorio de la república pero su aplicación corresponde a los órganos federales y a la justicia federal Art 75 inc 13: cláusula comercial La regulación del comercio interprovincial e internacional (y el transporte) es objeto de regulación federal (ver concordancia arts 10º, 11, 12 CN) 4
5 Art 126 (reaseguro) y 127: poderes expresamente delegados al gobierno federal (ej una provincia no puede declararle la guerra a otra provincia) Competencias implícitas No son taxativas y surgen de la necesidad de ordenar de manera centralizada determinadas cuestiones cuya ejecución quedaría obstaculizada en manos de las provincias (ej art 75 inc 32 CN) Tipo de Ley Órgano emisor Ámbito de aplicación CN Materia Local Legislaturas Provincias 5 y 121 Normas procesales, leyes y Provinciales correspondientes constituciones provinciales, (tribunales provinciales) es decir, todo lo que las provincias no han delegado al gobierno federal Nacional Congreso Nacional Todo el territorio argentino (tribunales nacionales y locales) 75 inc 12 (primera parte) Códigos de fondo (Civil, Penal, Comercial, Trabajo, Seguridad Social, Minería) Federal Congreso Federal Tribunales federales en todo el país 75 inc 16 (segunda parte), 116 Supremacía de la CN Naturalización, nacionalidad, bancarrotas, falsificación de la moneda y de documentos públicos del Estado, juicio por jurados y toda la producción normativa que surja de las atribuciones de los órganos federales (salvo el supuesto del art 75, inc 12 primera parte) c2) Competencias exclusivas de las provincias Competencias explícitas o Art 5 y 121: creación del derecho provincial o local: tiene vigencia en el respectivo territorio provincial y en relación con las materias no atribuidas por la Constitución al gobierno federal (por ejemplo, constituciones provinciales, códigos procesales para los tribunales provinciales, leyes que organizan el sistema municipal, etc) o Art 122: instituciones provinciales (concordancia art 5 CN) o Art 124: materia sobre recursos naturales sobre sus territorios Competencias implícitas 5
6 o Art 121: Principio: Las provincias conservan todo el poder no delegado al gobierno nacional y aquellos poderes que las provincias se hallan reservado al tiempo de su incorporación a la CN c3 Competencias concurrentes (ejercidas tanto por la Nación cuanto por las provincias) Art 75 inc 2 : materia de impuestos indirectos internos Art 125: en concordancia con lo dispuesto en el art 75 inc 18 ( cláusula del progreso) y art 75 inc 19 de la CN Art 41: materia vinculada con la regulación del medio ambiente Art 75 inc 17: materia vinculada con los pueblos indígenas Regla: en caso de conflicto de competencias, debe ceder la competencia provincial a la Nación, en la medida que la contradicción sea efectiva e insoluble y a los fines previstos por la CN y aras de una mejor promoción del bienestar general Competencias excepcionales del gobierno federal: art 75 inc 2: establecimiento de contribuciones directas bajo determinados supuestos Competencias excepcionales de los gobiernos provinciales: art 126 (dictar códigos de fondo hasta tanto los dicte el Congreso Nacional y armar buques de guerra y levantar ejércitos en caso de invasión o peligro inminente que no admita dilación, dando cuenta al gob federal) Competencias compartidas (se requieren de ambas voluntades): se trata de una doble decisión: o Art 3 : fijación de la capital federal o Art 13: creación de nuevas provincias Analice a título ejemplificativo el reparto de las competencias y responsabilidades entre la Nación y las provincias y la organización institucional del derecho a la educación en el contexto federal argentino según la Constitución Nacional y las principales leyes de educación (Véase Scioscioli, S (2015): La educación básica como derecho fundamental Implicancias y alcances en el contexto de un Estado Federal, Eudeba, cap 1) El derecho internacional reconoce la existencia de países con estructura federal Sin embargo, claramente el derecho internacional prevé que ello no debe hacer mella en el reconocimiento de los derechos en todo el territorio de aquel Los dos grandes pactos de la ONU, de derechos civiles y políticos y de derechos económicos, sociales y culturales (en sus artículos 50 y 28 respectivamente), contienen la denominada cláusula territorial que establece directamente que el tratado es aplicable en todo el territorio del Estado, sin ningún tipo de limitación relativa a la forma de organización federal También el artículo 28 de la Convención Americana contiene una cláusula federal 6
7 Analice el impacto del derecho internacional de los derechos humanos en el contexto de los Estados nacionales federales y en el diseño histórico constitucional argentino Federalismo y régimen fiscal y financiero en la Constitución Nacional Art 4: fuentes de financiamiento del gobierno federal Ordinarios: Derechos de importación y exportación (concordancia art 75 inc 1 y 13) Venta o locación de tierras fiscales (concordancia art 75 inc 5 ) Ingresos por los servicios que presta el correo (concordancia art 75 inc 14) Las contribuciones (excepto las directas) que imponga el Congreso equitativamente a la población Extraordinarios Empréstitos y operaciones de créditos (concordancia art 75 inc 4) Criterios de clasificación de los tributos Doctrina clásica: Impuestos directos: no pueden ser trasladados (hay equivalencia entre el contribuyente de iure y el económico y real) Impuestos indirectos: el contribuyente de iure traslada el pago de modo tal que lo paga un tercero (el contribuyente real) que no es el sujeto pasivo de la obligación pero soporta sus efectos Doctrina moderna: Impuestos directos: gravan manifestaciones inmediatas de la riqueza Impuesto indirectos: gravan manifestaciones mediatas de la capacidad contributiva de la persona - Ejemplos impuestos directos: impuestos a las ganancias, al patrimonio - Ejemplos impuestos indirectos: impuesto al valor agregado (IVA), impuesto a los cigarrillos, impuestos internos Análisis del art 75 inc 2 de la CN 1 Prevé el reparto de competencias Nación y provincias respecto de las contribuciones directas e indirectas Para la Nación Regla: Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias Excepción: Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan 7
8 Para las provincias: Concurrencia para imponer contribuciones indirectas Facultad propia para establecer contribuciones directas Régimen de coparticipación: Las contribuciones previstas en este inciso, con excepción de la parte o el total de las que tengan asignación específica, son coparticipables (art 75 inc 2 ) Analice las bases para la futura ley de coparticipación federal de impuestos según el artículo 75 inc 2 (en concordancia con la disposición transitoria sexta de la CN) A la fecha el Congreso Nacional no ha dictado la ley de coparticipación a la que se refiere la norma constitucional Regulación vigente en materia de coparticipación federal de impuestos: ley N Marco: La ley de coparticipación federal fue sancionada el 7 de enero de 1988, con vigencia hasta diciembre de 1989 y prorrogable automáticamente si a esa fecha no se hubiera sancionado un régimen sustitutivo La misma define que formarán parte de la masa coparticipable el producido de la recaudación de todos los impuestos existentes o a crearse, a excepción de los derechos de importación y exportación (Constitución Nacional), los impuestos cuya distribución prevean otros sistemas especiales de coparticipación, y aquellos impuestos nacionales con afectación específica vigentes al momento de la promulgación Distribución primaria: la distribución primaria prevista en el artículo 3 es la siguiente: - 42,34 % en forma automática a la Nación, - 54,66 % en forma automática a las provincias adheridas; - 2,00 % distribuido para "el recupero del nivel relativo" entre: Buenos Aires, Chubut, Neuquén y Santa Cruz - 1,00 % para el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias La distribución secundaria del 54,66 % se realiza de acuerdo a los porcentajes que fija el artículo 4 de dicha ley y que resultan ser porcentajes fijos (ej Bs As : 19,93%, Formosa: 3,78%, etc) Sin embargo, la Ciudad de Buenos Aires y Tierra del Fuego reciben su porcentaje de la porción de recursos que corresponde a la Nación (1,40% y 0,70% respectivamente) Posteriormente a la ley, el gobierno federal y las provincias firmaron dos pactos federales (leyes convenios) para destinar, previo a que se realice la distribución primaria, parte de esa masa de dinero que sea recaudada para la atención de fines específicos (ej régimen de pensiones y jubilaciones, entre otros) Seleccione un recorte periodístico de actualidad que refiera al tema de la coparticipación federal de impuestos Analice quiénes son los actores relevantes en la nota y el tema puntual a qué refiere la nota Opine si, a su criterio, los hechos que describe el artículo se ajustan a una correcta interpretación constitucional en materia de federalismo y coparticipación 8
Derecho Constitucional y Administrativo.! Año: 2015
Derecho Constitucional y Administrativo Año: 2015 Unidad III. Federalismo. Las provincias en la constitución nacional. Artículos 5, 31, 121 a 129. Poderes conservados y reservados, delegados, concurrentes,
Más detallesUniversidad Nacional de La Rioja Miércoles 21 de Marzo
Universidad Nacional de La Rioja Miércoles 21 de Marzo Curso de Derecho Público Provincial y Municipal 2018 Presentación de la Materia Unidad 2. Punto I Dr. Alberto Montbrun 2015 con la colaboración de
Más detallesR E G L A F E D E R A L Y F E D E R A L I S M O T R I B U T A R I O
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CÓRDOBA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRACIÓN CARRERA DE DOBLE TITULACIÓN U N I D A D V R E G L A F E D E R A L Y F E D E R A L I S M O T R I B U T A R I O Profesor Titular:
Más detallesEl Estado federal argentino. Principios básicos sobre la forma de estado federal según las disposiciones de la Constitución Nacional.
El Estado federal argentino. Principios básicos sobre la forma de estado federal según las disposiciones de la Constitución Nacional. FEDERALISMO COMO FORMA DE ESTADO. El poder se ejerce descentralizándolo
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Lic. en Administración IMPUESTOS Titular: C.P. TERESA GOMEZ 2018 Carrera: Lic. en Administración de Empresas Materia: IMPUESTOS Carga Horaria: Comisión: TNA Programa - 2018
Más detallesCronograma de clases correspondientes al primer examen parcial.
Universidad Nacional de Tucumán Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Ciclo lectivo 2011 Cátedra: Derecho Constitucional B Comisión Dr. Oscar Flores Cronograma de clases correspondientes al primer examen
Más detallesCoparticipación Federal. Armonización Tributaria
Coparticipación Federal Armonización Tributaria UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE SAN CARLOS DE BARILOCHE, ABRIL-2014 - aobertea@cfi.gov.ar BREVE INTRODUCCIÓN 2 PRIMERA PARTE Coparticipación Federal 3 En
Más detallesMARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO REGIMEN IMPOSITIVO. Programa. Profesor Titular: Cdor/Lic Adm Caballero Silvio
MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO Programa REGIMEN IMPOSITIVO Profesor Titular: Cdor/Lic Adm Caballero Silvio 2016 Carrera: Martillero Publico y Corredor de Comercio Materia: Régimen Impositivo
Más detallesTEORIA B PROGRAMACION DE CLASES CICLO ACADEMICO SEGUNDO CUATRIMESTRE FINANZAS PÚBLICAS HORARIO LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES 19,30 A 21,00 HS.
N de clase 01 Miércoles 18-08-2010 02 Viernes 20-08-2010 03 Lunes 23-08-2010 04 Miércoles 25-08-2010 Viernes 27-08-2010 05 Lunes 30-08-2010 TEORIA B PROGRAMACION DE CLASES CICLO ACADEMICO 2010- SEGUNDO
Más detallesELEMENTOS DE DERECHO y DERECHO CONSTITUCIONAL ARGENTINO Plan 2001-Séptimo año- Vigente a partir de 2007
ELEMENTOS DE DERECHO y DERECHO CONSTITUCIONAL ARGENTINO Plan 2001-Séptimo año- Vigente a partir de 2007 1. EXPECTATIVAS DE LOGRO Comprender las nociones generales de Derecho, norma jurídica, derecho moral,
Más detallesFEDERALISMO. GARANTÍA FEDERAL. Sagüés, págs
FEDERALISMO. GARANTÍA FEDERAL. Sagüés, págs. 475 487. FEDERALISMO COMO FORMA DE ESTADO. El poder se ejerce descentralizándolo políticamente con base territorial. Estados miembros Estado central o general.
Más detallesFEDERALISMO. Distribución de competencias entre la Nación y las provincias Garantía Federal Intervención Federal. Prof: LAURA JULIETA CASAS
FEDERALISMO Distribución de competencias entre la Nación y las provincias Garantía Federal Intervención Federal Prof: LAURA JULIETA CASAS ESTADO UNITARIO: El poder se localiza en un centro de dirección
Más detallesTEORIA Y TECNICA IMPOSITIVA. Impuestos, Tasas y Contribuciones
TEORIA Y TECNICA IMPOSITIVA Impuestos, Tasas y Contribuciones DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO UNIDAD 2 TRIBUTOS - NOCION GENERAL - CLASIFICACION La categoría mas importante de los RECURSOS para atender los
Más detallesSeminario: Administración del Estado Municipal y las políticas públicas. Lectura y guía de actividades Clase 1: Federalismo
Escuela Municipal de Seguridad Local Formación Inicial de la Policía de Prevención local de General Pueyrredon 2015 Plan de Formación Complementario 2015 Universidad Nacional de Mar del Plata Facultad
Más detallesDr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES
Dr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES ÍNDICE UNIDAD 1: LA DEMOCRACIA Concepto de democracia 1 Antecedentes: la democracia y otras formas de gobierno 1 En la
Más detallesASIGNATURA: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO
ASIGNATURA: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO Fundamentos: Código: 39-101 Régimen: Cuatrimestral Horas reloj semanal: 4 Horas teóricas: 64 Horas prácticas: 0 Horas totales: 64 Carreras: Administración
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL. EXAMEN DE HOMOLOGACIÓN.
PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL. EXAMEN DE HOMOLOGACIÓN. Responsable de Area: Dra. Dª Ana Valero Heredia. (AnaMaria.Valero@uvlm.es) Profesora Contratada Doctora de la UCLM I. TEORÍA DEL ESTADO Y DE
Más detallesCapítulo I. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Capítulo II. Marco Constitucional y Legal del Convenio Multilateral
Indice General Introducción... VII Capítulo I Impuesto sobre los Ingresos Brutos 1. Críticas y propuestas de sustitución del Impuesto... 1 1.1. Impuesto a las ventas minoristas... 4 1.2. IVA provincial...
Más detallesAspectos Tributarios
Aspectos Tributarios PRESCRIPCION EN EL CASO DE LOS TRIBUTOS LOCALES 21/10/2015 Dr. Daniel Malvestiti 1 Anteproyecto del CCyC Ámbito de aplicación. En ausencia de disposiciones específicas, las normas
Más detallesANÁLISIS DE LA AUTONOMÍA MUNICIPAL EN LAS CONSTITUCIONES PROVINCIALES ARGENTINAS
ANÁLISIS DE LA AUTONOMÍA MUNICIPAL EN LAS CONSTITUCIONES PROVINCIALES ARGENTINAS «La autonomía es la facultad que tiene la autoridad para administrarse a sí misma, dentro del marco de su competencia territorial
Más detallesOrdénase la publicación del texto oficial de la Constitución Nacional (sancionada en 1853 con las reformas de los años 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994).
CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA Ley Nº 24.430 Ordénase la publicación del texto oficial de la Constitución Nacional (sancionada en 1853 con las reformas de los años 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994).
Más detallesAspectos Constitucionales y Panorama Legislativo
Aspectos Constitucionales y Panorama Legislativo Preparado para Foro Consultivo Científico y Tecnológico, A.C. por: Alejandro Romero Gudiño Socio y Director General dinnovacionjuridicaarg@prodigy.net.mx
Más detallesANEXO I RESOLUCION Nº 026/06 PROGRAMA DERECHO CONSTITUCIONAL
ANEXO I RESOLUCION Nº 026/06 PROGRAMA DERECHO CONSTITUCIONAL Área Teoría de la Constitución Unidad I: 1. Del Estado premoderno al Estado constitucional de derecho. 2. Neoconstitucionalismo y garantismo:
Más detallesXXIX SEMINARIO REGIONAL DE POLITICA FISCAL
XXIX SEMINARIO REGIONAL DE POLITICA FISCAL CEPAL, Naciones Unidas Santiago, Chile, 23-24 de Marzo de 2017 Eduardo Bacci Secretario de Hacienda Provincia de Río Negro Argentina Presidente Foro de Direcciones
Más detallesDE LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CUADRO 1: TEXTOS APROBADOS POR LA CONVENCIÓN constituyente CON REFERENCIA AL ARTÍCULO DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Tomo 1 N DE TEXTO APROBADO Texto aprobado 1 TEMAS DEBATIDOS
Más detallesCuadro de los Artículos de la Constitución
Cuadro de los Artículos de la Constitución SESIÓN 31-08-99 PRESENTACIÓN DEL PREÁMBULO 09-09-99 PREÁMBULO 12-10-99 PRESENTACIÓN DEL ANTEPBROYECTO DE LA CONSTITUCIÓN 19-10-99 PRIMERA DISCUSIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
Más detallesIMPUESTOS 2018 ASPECTOS GENERALES, UBICACIÓN DE LA MATERIA
Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas Universidad Nacional de La Pampa IMPUESTOS 2018 ASPECTOS GENERALES, UBICACIÓN DE LA MATERIA 1 Impuestos Tasas Tributos: aspectos básicos Clasificación jurídica
Más detallesCompetencias. Metodología. Evaluación. Carrera: Cátedra: Año: SEGUNDO Cursado: SEGUNDO. Carga Horaria Semanal: 6 HORAS Carga Horaria Total: 90 HORAS
Carrera: CICLO BÁSICO Cátedra: DERECHO PÚBLICO Año: SEGUNDO Cursado: SEGUNDO SEMESTRE Carga Horaria Semanal: 6 HORAS Carga Horaria Total: 90 HORAS Correlativas Precedentes: ----------------------- Profesor/es:
Más detallesPROF. DR. GUILLERMO E. BARRERA BUTELER PROFESOR TITULAR C Á T E D R A B
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES CARRERA DE ABOGACÍA PROGRAMA DE DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL C Á T E D R A B PROF. DR. GUILLERMO E. BARRERA BUTELER PROFESOR
Más detallesDiplomatura Universitaria en Gestión Legislativa. Competencias del Congreso Nacional
Diplomatura Universitaria en Gestión Legislativa Competencias del Congreso Nacional Fundamentación: La labor legislativa requiere de, además del valioso saber empírico, conocimientos teóricos que afiancen
Más detallesDerechos políticos. Conformación de los órganos de gobierno del Estado Federal.
Derechos políticos. Conformación de los órganos de gobierno del Estado Federal. Derechos políticos. Disposiciones de la Constitución Nacional. Artículo 37.- Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio
Más detallesEl Sistema de Gobierno de Canadá Presentación a los Parlamentarios de la República Kyrgyz Centro Parlamentario 7 de marzo de 2006
El Sistema de Gobierno de Canadá Presentación a los Parlamentarios de la República Kyrgyz Centro Parlamentario 7 de marzo de 2006 Panorama general: Canadá es una Federación Diez provincias y tres territorios
Más detallesRAMA LEGISLATIVA CONGRESO BICAMARAL SENADO CAMARA DE REPRESENTANTES
RAMA LEGISLATIVA CONGRESO BICAMARAL SENADO CAMARA DE REPRESENTANTES CLASIFICACION DE LAS LEYES Convenios internacionales: Para que obliguen al Estado requiere que sean aprobados por ley. (Art. 53 Ley orgánica:
Más detallesMarco Tributario Mexicano
Marco Tributario Mexicano Primera edición de la serie Introducción al Derecho Fiscal Una guía gratuita de Ekomercio Ekomercio Electrónico Marco Tributario 1 Índice Introducción Pág. 3 Fuentes Formales
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA FACULTAD DE DERECHO. Derecho Publico Provincial Dr. Filloy
1- FUNDAMENTACIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA FACULTAD DE DERECHO Derecho Publico Provincial Dr. Filloy El Derecho Público Provincial forma parte del ciclo de los derechos públicos y constituye
Más detallesIntroducción a la Ciencia Política Prólogo
Introducción a la Ciencia Política Prólogo La Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, incluida entre las opciones de la Formación Orientada, es una de las cinco especialidades que los educandos pueden
Más detallesCaracterísticas de las Contribuciones
Características de las Contribuciones Que son los impuestos? Definición genérica: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas
Más detalles2. Cuáles son los elementos constitutivos del Estado según la Teoría Clásica? 3. Qué es la constitución según el sentido formal?
Ciudad de México, D.F., a 21 de octubre de 2015. Guía para el Segundo Examen Parcial de la Asignatura de Derecho Constitucional. 1. Qué es el Estado? Grupo 300D Profesor: Lic. Esp. Miguel Ángel Carreño
Más detallesPRESUPUESTO NACIONAL Y FINANZAS PUBLICAS CLASE III
PRESUPUESTO NACIONAL Y FINANZAS PUBLICAS CLASE III INSTITUTO DE CAPACITACION PARLAMENTARIA DR. ADRIAN PAGAN MODELOS DE REDACCION DE NORMAS MODIFICATORIAS DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL EN
Más detallesTECNICATURA UNIVERSITARIA EN MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR ASIGNATURA: INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO
TECNICATURA UNIVERSITARIA EN MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR ASIGNATURA: INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO Código/s: 65-822 Régimen: Cuatrimestral Horas reloj semanales: 4 (cuatro) reloj + 1 extraáulica Año
Más detallesPRIMERA PARTE: NOCIONES FUNDAMENTALES DEL DERECHO TRIBUTARIO 11
ÍNDICE Prólogo 9 PRIMERA PARTE: NOCIONES FUNDAMENTALES DEL DERECHO TRIBUTARIO 11 Capítulo I: Concepto autonomía y relaciones 13 Concepto y fines del derecho 13 Ramas del Derecho 14 Concepto, origen y autonomía
Más detallesDERECHO PÚBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL PROFESORES: CARLOS ALIAGA JAVIER FAZIO JOSÉ M. PÉREZ CORTI
UNIDAD I DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL BIBLIOGRAFÍA a) DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL: Concepto, objetivo y fuentes b) FEDERALISMO: Concepto c) PROCESO FEDERAL ARGENTINO: Su situación actual, autonomía y dependencia
Más detallesPREPARADORES JC. PLATAFORMA TEST ANDALUCIA.
PREPARADORES JC. PLATAFORMA TEST ANDALUCIA. 1.- PRECIOS. 1.1 Sistema general. Con carácter general el precio de la plataforma es de 12 euros mensuales. Para hacer el abono, puede elegirse entre el sistema
Más detallesBASES CONSTITUCIONALES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL DEL ESTADO MEXICANO. Rafael Coello Cetina San José de Costa Rica Abril 2013
BASES CONSTITUCIONALES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL DEL ESTADO MEXICANO Rafael Coello Cetina San José de Costa Rica Abril 2013 1 Reconocimiento al Doctor Don Paulino Mora Mora I. Introducción. - La
Más detallesAcepciones de la palabra Derecho. La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son:
Acepciones de la palabra Derecho La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son: Derecho Objetivo y sus diversas ramas El Derecho Objetivo es el conjunto
Más detallesESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO MEXICANO MTRO. LUIS ALFONSO RAMOS PEÑA
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO MEXICANO MTRO. LUIS ALFONSO RAMOS PEÑA División de Poderes Tradicional Fundamento en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que
Más detallesDERECHO PÚBLICO I CICLO LECTIVO Profesor Adjunto a cargo: Dr. Oscar Flores. Jefe de Trabajos Prácticos: Dr.
DERECHO PÚBLICO I CICLO LECTIVO 2011 Profesor Adjunto a cargo: Dr. Oscar Flores Jefe de Trabajos Prácticos: Dr. Fernando Graneros Horario de clases: Martes y jueves, de 18:30 a 20:30 hs. CRONOGRAMA Martes
Más detallesUd. puede aconsejar a su cliente no pagar el tributo exigido debido a que el Estado no le ha brindado ningún servicio específico.
TP 1-70% 1 El impuesto a las ganancias requerido por la AFIP a Juan Rodríguez puede ser legislado por el Poder Legislativo de la Nación: Por vía de excepción y por tiempo indeterminado Por tiempo indeterminado
Más detallesINDICE Capitulo I. Ciencia de las Finanzas y Actividad Financiera Capitulo II. Los Gastos Públicos Capitulo III. Los Recursos del Estado
INDICE Prólogo a la cuarta edición VII Aclaraciones necesarias (de la primera edición) IX Palabras preliminares a la segunda edición XIII Nota a la tercera edición XV Capitulo I. Ciencia de las Finanzas
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUYO CARRERA: MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUYO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES CARRERA: MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO PROFESOR RESPONSABLE: DRA. ROMINA V. VELAZQUEZ PEREYRA
Más detallesProyecto de Ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina
Proyecto de Ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina ARTÍCULO 1º. Sustitúyese el inciso b) del primer párrafo del artículo 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado
Más detallesFEDERALISMO FISCAL ARGENTINO Patrucchi, Leticia IIGG- Becaria CONICET
FEDERALISMO FISCAL ARGENTINO 1987-2007 Patrucchi, Leticia IIGG- Becaria CONICET Consideraciones metodológicas: Las siguientes diapositivas acompañan la exposición sobre las temáticas correspondientes a
Más detallesLa legislación y el reparto de competenencias en Suiza
La legislación y el reparto de competenencias en Suiza La Habana, 25 de enero de 2017 Diálogo bilateral Cuba-Suiza Thomas Minger Jefe del Servicio de Asuntos Interiores, Conferencia de los gobiernos cantonales
Más detallesBASES DE LA INSTITUCIONALIDAD (Capítulo 1)
1. Debate sobre el preámbulo 9 2. Considerandos del decreto promulgatorio...................... 10 3. Comentario de dicha fundamentación 10 BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD (Capítulo 1) 4. Antecedentes de
Más detalless U P r e m a C o r t e
ROVELLA CARRANZA S.A. CI JUJUY, PROVINCIA DE si acci6n declarativa de certeza. s U P r e m a C o r t e -I- A fs. 185/228, Rove11a Carranza S.A. promueve acción declarativa de certeza -en los. términos
Más detallesFederalismo Fiscal Mexicano: Espacios de Mejora. Lic. Margarita Navarro Franco
Federalismo Fiscal Mexicano: Espacios de Mejora Lic. Margarita Navarro Franco Forma de Organización del Estado Mexicano República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio,
Más detallesArtículo 1 - La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución.
Artículo 1 - La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución. Artículo 5 - Cada provincia dictará para sí una Constitución
Más detalless U P r e m a productivas llevadas a cabo exclusivamente en la provincia de
INDUPOLES ARGENTINA S.A. el TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, PROVINCIA DE si acción declarativa de ce~teza. s U P r e m a C o r t e -l- A fs. 280/294 vta.. Indupoles Argentina S.A.,
Más detallesProf. Andrea Mensa González Facultad de Derecho. UBA
Prof. Andrea Mensa González Facultad de Derecho. UBA ES UN PROCESO No existe un único modelo federal sino múltiples modelos Alemania, Bélgica, Austria, México, Argentina, Brasil, Australia, Canadá, Emiratos
Más detallesProcuración General LA CIUDAD UNE AL PAÍS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Abierta la inscripción online! Clic aquí!
En todo estás vos Procuración General DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Abierta la inscripción online! Clic aquí! IMPORTANTE: Si Ud. ya se inscribió por favor no duplique el registro de los datos.
Más detallesÍndice general ESTRUCTURA DEL PODER PÚBLICO EN EL ESTADO COLOMBIANO Órganos autónomos e independientes... 2
Índice general ESTRUCTURA DEL PODER PÚBLICO EN EL ESTADO COLOMBIANO... 1 1. Rama Legislativa... 1 1.1. La Rama Legislativa... 1 2. Rama Ejecutiva... 1 2.1. La Rama Ejecutiva... 1 2.2. Otras entidades que
Más detallesADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA ECONOMIA
ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA ECONOMIA * nrtrdad ARG ESJTi N A I Buenos Aires 1997 Págs. PROLOGO 7 INTRODUCCIÓN 15 PRIMERA PARTE DE LOS PRINCIPIOS (Contenido político) CAPÍTULO I AUTORIDAD Y LIBERTAD I. ADMINISTRACIÓN
Más detallesIntroducción. La participación en los tributos de las comunidades autónomas: asistimos por fin al inicio de una nueva etapa?
Su m a r i o Introducción. La participación en los tributos de las comunidades autónomas: asistimos por fin al inicio de una nueva etapa? 1. La situación de partida: el persistente olvido de esta vía de
Más detallesTEMARIO PRIMER EXAMEN PARCIAL AÑO 2018.
TEMARIO PRIMER EXAMEN PARCIAL AÑO 2018. 1) Interpretación constitucional. El carácter indeterminado del lenguaje constitucional. Indeterminaciones semánticas: a) Vaguedad. b) Ambigüedad. Indeterminaciones
Más detallesDerecho Financiero y Derecho Tributario
Derecho Financiero y Derecho Tributario PROFESORES Titular: Dra. María Pintos Adjunta: Dra. Susana Accorinti 2018 Programa 2018 Carrera: Abogacía Materia: DERECHO FINANCIERO Y DERECHO TRIBUTARIO Comisión:
Más detallesDERECHOS SOCIALES. Art. 36 constitucional indica las obligaciones de los ciudadanos. Forma de gobierno
DERECHOS SOCIALES La Constitución Mexicana es la primera en el mundo que incluye los derechos sociales, que son aquellos a los grupos sociales débiles y comprenden: - Derecho a la educación art. 3º constitucional
Más detallesCórdoba, Al Sr. Presidente Provisorio de la Legislatura de la Provincia de Córdoba Legislador Sr. Carlos Alesandri S / D
Córdoba, Al Sr. Presidente Provisorio de la Legislatura de la Provincia de Córdoba Legislador Sr. Carlos Alesandri S / D Tengo el agrado de dirigirme a Usted y, por su digno intermedio a los integrantes
Más detallesConstitución. de la Nación Argentina
Constitución de la Nación Argentina Disposiciones transitorias Primera. La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur
Más detalles28/01/04 EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO:
28/01/04 EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República en su artículo 228 determina que los gobiernos municipales gozan de plena autonomía, y que en uso de su
Más detallesPeligra la vigencia del Impuesto al Cheque?
Peligra la vigencia del Impuesto al Cheque? 49 - Jornadas Internacionales de Finanzas Públicas 21 al 23 de septiembre de 2016 / aobertea@cfi.gov.ar Desarrollo de la exposición 1. Asignaciones específicas:
Más detallesConstitución Española y Administración Pública. Preparatic XVIII - Justo Criado - Juez
Constitución Española y Administración Pública Preparatic XVIII - Justo Criado - Juez Constitución Española 1. Ideas Generales 2. Principios Constitucionales 3. Valores Superiores 4. Derechos Fundamentales
Más detallesEL MANDATO CONSTITUCIONAL DE LAS CONTRIBUCIONES
EL MANDATO CONSTITUCIONAL DE LAS CONTRIBUCIONES Por el Lic. Germán Escobar Ramírez Profesor en la Escuela Libre de Derecho de Puebla, A.C. El poder de imposición es una de las manifestaciones más claras
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN PROGRAMAS GENERALES ÁREA JURÍDICA NIVEL UNO: BÁSICO HERRAMENTAL
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN PROGRAMAS GENERALES ÁREA JURÍDICA NIVEL UNO: BÁSICO HERRAMENTAL JU-2 1 CLAVE ASIGNATURA REQUISITOS /SEMANA CRÉDITOS JU-2 PRINCIPIOS
Más detallesPROGRAMA DE LA MATERIA CONTENCIOSO FISCAL Y ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE LA MATERIA CONTENCIOSO FISCAL Y ADMINISTRATIVO OBJETIVO.- ES EL CONOCIMIENTO PUENTUAL DE LOS MEDIOS CON LOS QUE CUENTA EL PARTICULAR EN CONTRA DE LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ASÍ
Más detallesTeoría de las contribuciones. Lic. Rodrigo Muñoz Serafín
Teoría de las contribuciones Lic. Rodrigo Muñoz Serafín TEMARIO: 1) La Actividad Financiera del Estado 2) Marco Jurídico 3) La Norma Tributaria 4) Las Contribuciones 5) La Obligación Tributaria 6) Los
Más detallesMAESTRÍA EN POLÍTICAS Y GESTIÓN PÚBLICA DERECHO CONSTITUCIONAL
MAESTRÍA EN POLÍTICAS Y GESTIÓN PÚBLICA DERECHO CONSTITUCIONAL María del Carmen Maldonado Sánchez www.oratoriaecuador.org Los hombres libre y voluntariamente acuerdan establecer una sociedad cuyos miembros
Más detallesObjetivos de aprendizaje
Objetivos de aprendizaje Entender el sentido y el funcionamiento del Derecho Comprender las funciones del ordenamiento jurídico Diferenciar los sectores del ordenamiento jurídico Explicar el funcionamiento
Más detallesDerecho Financiero y Derecho Tributario
ABOGACÍA Derecho Financiero y Derecho Tributario Profesores Titular: Dr. Jorge Damarco Adjuntas: Dra. Graciela Villa Dra. Viviana Pontiggia 2018 Programa 2018 Carrera: Abogacía Materia: DERECHO FINANCIERO
Más detallesTest Nº 03. La Organización Territorial del Estado.
Test Nº 03. La Organización Territorial del Estado. 101.- Las competencias que pueden ser asumidas por las Comunidades Autónomas, se encuentran recogidas en la Constitución en su artículo: a) 146 b) 147
Más detallesGasto y Financiamiento del Sector Público 1. GASTO PUBLICO
Transacciones financieras que realizan instituciones públicas para adquirir bienes y servicios o transferencias de recursos recaudados a diferentes destinatarios. Concepción Moderna Clasificación del gasto
Más detallesTÍTULO IV: Las Competencias CAPÍTULO VII: Régimen Jurídico»
8 COMPETENCIAS 8.A) ASPECTOS GENERALES 8.A) 1. TIPOS DE COMPETENCIAS COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1 de julio, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Más detallesComunidad autónoma, provincia y municipio
Comunidad autónoma, provincia y municipio Unidad 3 Gestión de la documentación jurídica y empresarial 1 1. Comunidad autónoma 2. Estatuto de autonomía 3. Organización de las CA 4. Financiación de las CA
Más detallesII.- Las constituciones provinciales y sus principios fundamentales.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES FACULTAD DE DERECHO MAESTRÍA EN DERECHO ADMINISTRATIVO MODULO: Derecho Público Provincial y Municipal y Régimen Institucional de la Ciudad de Buenos Aires Marta Susana
Más detallesPROMOCION DE LAS ACTIVIDADES FRUTICOLAS
PROMOCION DE LAS ACTIVIDADES FRUTICOLAS OBJETO Art. 1: El objeto de la presente ley es crear un marco jurídico que fomenté la inversión nacional y extranjera en las actividades frutícolas en todo el territorio
Más detallesEl fin principal de los tributos es obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.
TEMA 2. EL DERECHO TRIBUTARIO 2.1. Concepto de tributo La Ley General Tributaria no establece expresamente el concepto de tributo. No obstante, podemos señalar que los tributos son ingresos públicos, que
Más detallesRESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS 2 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido
Más detallesX V E N C U E N T R O D E P R O F E S O R E S D E D E R E C H O. A s o c i a c i ó n A r g e n t i n a d e D e r e c h o C o n s t i t u c i o n a l
X V E N C U E N T R O D E P R O F E S O R E S D E D E R E C H O C O N S T I T U C I O N A L. A s o c i a c i ó n A r g e n t i n a d e D e r e c h o C o n s t i t u c i o n a l F a c u l t a d d e D e
Más detallesIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES CONCEPTOS BÁSICOS Análisis y Casos Prácticos SILVIA R. GRENABUENA APLICACION TRIBUTARIA S.A. APLICACION TRIBUTARIA S.A. Guido Spano 550 (1824)
Más detallesAcuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas. Considerando:
Con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se somete a la aprobación del Consejo Nacional de Armonización Contable lo siguiente: Acuerdo por el que se armoniza
Más detallesDirección Nacional de Coordinación Fiscal con las Provincias Lic. Mirta Basile Agosto 2011
MECANISMOS DE COORDINACION FINANCIERA INTERGUBERNAMENTAL Y REGLAS FISCALES EN ARGENTINA Dirección Nacional de Coordinación Fiscal con las Provincias Lic. Mirta Basile Agosto 2011 CORRESPONDENCIA FISCAL
Más detallesCUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Especialidad Administración General de la Junta de Andalucía (A2.1100)
CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Especialidad Administración General de la Junta de Andalucía (A2.1100) Resolución de 29 de julio de 2011 (BOJA núm. 172 de 1 de septiembre de 2011) GRUPO PRIMERO DERECHO
Más detallesUniversidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco
HORAS CURSADO: CUATRIMESTRAL PROFESOR RESPONSABLE Teóricos Prácticos Horas / Semana Horas / Cuatrim. Horas / Semana Horas / Cuatrim. CR. GUILLERMO BROOK 4 64 2 32 APROBADAS ASIGNATURAS CORRELATIVAS CURSADAS
Más detallesPROYECTO DE DECLARACION LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECLARA
PROYECTO DE DECLARACION LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECLARA Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial realice el reclamo pertinente ante el Honorable Congreso
Más detallesLa organización: concepto, funciones y factores
Universidad Nacional del Sur Departamento de Ciencias de la Administración Cátedra: ADMINISTRACIÓN Y GESTION PUBLICA I Unidad Temática Segunda: LA ESTRUCTURA Y LA ORGANIZACION DE LA HACIENDA PUBLICA NACIONAL
Más detallesORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL ESTADO - MODELOS DE ESTADO
LO PÚBLICO PARA TODOS ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL ESTADO - MODELOS DE ESTADO Profesor Luis Rodrigo Tabares. Enero 2010 Principio de separación de poderes. estructura del Estado colombiano Organización
Más detallesDECRETO 700/2010 COMUNIDADES INDIGENAS. Bs. As., 20/05/2010. Fecha de publicación: B.O. 21/05/2010
DECRETO 700/2010 COMUNIDADES INDIGENAS Bs. As., 20/05/2010 Fecha de publicación: B.O. 21/05/2010 VISTO el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, las Leyes Nº 24.071, Nº 23.302, Nº 26.160, Nº
Más detallesCRIMINALIZACION DE LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS LOCALES. Sergio Armando Simesen de Bielke
CRIMINALIZACION DE LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS LOCALES Sergio Armando Simesen de Bielke El problema constitucional Artículo 75 CN (ex art. 67, inciso 11): Corresponde al Congreso: Inciso 12: Dictar los
Más detallesFisco, Federalismo y Globalización en México 2003 CONTENIDO DEDICATORIA 3 PROLOGO 5 COMENTARIOS 7 INTRODUCCION 27 CAPITULO I. EL ESTADO DE DERECHO EN
Fisco, Federalismo y Globalización en México 2003 CONTENIDO DEDICATORIA 3 PROLOGO 5 COMENTARIOS 7 INTRODUCCION 27 CAPITULO I. EL ESTADO DE DERECHO EN MEXICO I.1. INTRODUCCION AL CONCEPTO DE ESTADO MODERNO
Más detalles