Política Institucional de Capacitación y Formación de Recursos Humanos
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- Ramona San Segundo Sánchez
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1 Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) Política Institucional de Capacitación y Formación de Recursos Humanos Aprobada en Junta Directiva de la CCSS, visible en el artículo 7 de la sesión Nº 7937, celebrada el 03 de marzo del 2005 Febrero, 2005
2 Introducción La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) es la Institución Pública responsable de planificar y ejecutar las acciones de salud y seguridad social en Costa Rica. Se trata de una organización basada en el conocimiento, en la que la capacitación y formación del personal constituye una actividad esencial y permanente dentro de la gestión institucional. En la CCSS se desarrolla la capacitación desde diversas ópticas, relacionadas con la naturaleza y función de cada Centro de Trabajo. Si se toma en cuenta al proveedor de la capacitación, se logra diferenciar al menos tres tipos. El primero, lo constituye las mismas unidades locales que programan y ofrecen capacitación a su propio personal. Lo anterior se ha intensificado desde la aprobación de la Ley 7852: Desconcentración de Centros de Trabajo en la CCSS. En segundo lugar, están los proveedores institucionales cuya función específica es desarrollar actividades educativas. Este es el caso del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS) y la Dirección Corporativa de Recursos Humanos a través del Programa de Desarrollo Humano (PDH). El Centro de Desarrollo Social (CEDESO) sin bien incluye en algunos de sus programas el personal de la CCSS, la naturaleza de sus funciones está dirigida a la promoción de estilos de vida saludable en la población costarricense. El tercer tipo de proveedor lo constituyen todas las unidades programáticas de carácter operativo, técnico y gerencial, que dentro de sus actividades incluyen la capacitación tanto para su personal como para los funcionarios a nivel regional y local. En estas tres modalidades, la actividades pueden desarrollarse con personal de la CCSS o bien a través de la compra de servicios a terceros. Dentro de éstos, las universidades, institutos de capacitación, o empresas de consultoría. Los pagos por servicios se realizan por presupuesto ordinario o a través del financiamiento por incentivos de compromisos de gestión, sin que exista aún una cuenta contable específica para monitorear la inversión en recurso humano. Recientemente el CENDEISSS elaboró un diagnóstico denominado Estado actual de la capacitación en la CCSS, en el que se indica que para el año 2004, los objetivos relacionados con capacitación y formación incluidos en los Programas Anuales Operativos suman 644 y representan 3033 actividades educativas, pretendiendo capacitar un total de personas; es decir, en promedio cada funcionario recibiría 1,4 cursos de capacitación. Todo este volumen de capacitación requiere de políticas que orienten el accionar de los gestores de la capacitación en todas la Gerencias de División de la CCSS. Estas políticas determinarán la conducción y dirección de la capacitación y formación del recurso humano, acorde con los objetivos y necesidades institucionales. Recuérdese que una política es un lineamiento general sobre un aspecto específico de acción del cual emanan una serie de decisiones y acciones orientadas a ejecutar las estrategias, programas y proyectos de capacitación y formación en el ámbito institucional. El presente documento, incluye las políticas de capacitación y formación aprobadas por la Junta Directiva de la CCSS, visible en el artículo 7 de la sesión Nº 7937 celebrada el 03 de marzo del 2005, que serán de cumplimiento obligatorio de parte de las unidades en la programación de actividades educativas. La primera parte, políticas generales delimitan aspectos comunes del ámbito de la gestión de la capacitación y la formación. Los otros apartados indican políticas específicas de cada campo de acción, a saber: capacitación, formación, residencias en especialidades (incluye médicas, paramédicas y administrativas), cuadros de reemplazo, educación continua, tecnologías en salud, recreación y otras formas de capacitación. 2
3 POLÍTICA INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN DE LA CCSS Las unidades ejecutoras de los programas de capacitación y formación en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) son el Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS) y la Dirección Corporativa de Recursos Humanos por medio del Programa de Desarrollo Humano (PDH). En adelante se hará referencia al PDH como unidad ejecutora de la Dirección Corporativa de Recursos Humanos. Con la finalidad de atender las necesidades de corto, mediano y largo plazo de capacitación y formación para el desarrollo del talento humano de la CCSS, se establecen las siguientes políticas para la regulación de esta materia en la Institución: 1. POLITICAS GENERALES 1.1 Toda actividad educativa en la CCSS, debe responder a un diagnóstico de necesidades, operacionalizado en un plan estratégico de capacitación, que permita el cumplimiento de los objetivos programados en el Plan Bienal Operativo, dentro de un marco de referencia debidamente regulado. Las necesidades de formación y capacitación no planteadas oportunamente en los diagnósticos tendrán una prioridad de atención inferior. 1.2 La CCSS a través del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS) y el Programa de Desarrollo Humano (PDH), harán estudios anuales y aleatorios de carácter evaluativo sobre los resultados e impacto de las actividades educativas desarrolladas a nivel institucional, nacional e internacional. 1.3 La CCSS hará los esfuerzos necesarios para implementar un sistema de información que contemple la formación técnica y profesional del recurso humano con el fin de proporcionar insumos para la toma de decisiones en este ámbito. 1.4 El CENDEISSS y el Programa de Desarrollo Humano (PDH), complementarán esfuerzos para la programación, ejecución y evaluación de las actividades educativas, con el propósito de evitar la duplicidad de actividades de capacitación. 1.5 Las actividades educativas cuya programación es de carácter internacional, serán sujeto de concurso según especificaciones establecidas por el CENDEISSS. Las especificaciones del concurso serán propuestas por el CENDEISSS y aprobadas en Junta Directiva. 1.6 Todos los funcionarios de la CCSS tendrán derecho al acceso a las actividades de capacitación y formación, siempre que la actividad educativa responda a una necesidad manifestada y jerarquizada por el Centro de Trabajo. Estas necesidades de capacitación incluirán los planes de sucesión. 1.7 Los funcionarios que reciban un beneficio económico de estudio, no podrán disfrutar de otro beneficio hasta tanto se haya cumplido con la obligación suscrita en la beca anterior. La Junta Directiva analizará y decidirá sobre las excepciones a esta política. 1.8 Política Transitoria. La administración activa revisará y modificará en un plazo de tres meses contados a partir de la publicación de estas políticas, la normativa vigente en el ámbito de capacitación y formación en la CCSS. 3
4 2. POLÍTICA DE FORMACIÓN 2.1 La CCSS, financiará beneficios económicos de estudio a nivel de grado y postgrado a los funcionarios de la Institución, siempre que el Centro de Trabajo lo requiera y de acuerdo a un diagnóstico de necesidades de formación institucional o local. Así mismo, cada Centro de Trabajo deberá contar con las condiciones necesarias para el desempeño del personal formado. 2.2 Los beneficios económicos de estudio, deben asignarse según la normativa institucional vigente. El Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social es responsable de regular los beneficios económicos de estudio, asignándolos de manera proporcional según las necesidades institucionales identificadas por áreas. A su vez, valorará técnica y económicamente las condiciones del currículum y otros, a nivel universitario y técnico, para el otorgamiento de beneficios económicos de estudio. 2.3 La CCSS no otorgará beneficios económicos para formación universitaria básica a aquellos funcionarios que sean nombrados en plazas, cuyo perfil de ingreso requiera un nivel profesional. 2.4 La CCSS financiará beneficios económicos de estudio en el extranjero siempre que en la oferta local no se disponga de la carrera requerida y que la necesidad de formación sea comprobada. 2.5 La CCSS, a través del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social, desarrollará planes de formación para los funcionarios de toda la Institución, que hayan sido nombrados antes de la vigencia de esta política y requieran de una preparación académica, respondiendo a necesidades institucionales identificadas y la dinámica propia del puesto. Política de residencias en especialidades 2.6 La formación de especialistas se hará según las necesidades identificadas por el CENDEISSS en las diferentes áreas de trabajo de la CCSS, con la aprobación de la Gerencia de División Médica. 2.7 El proceso de reclutamiento y selección de candidatos a las residencias será responsabilidad del CENDEISSS en coordinación con la Universidad de Costa Rica, según la priorización de necesidades de especialistas en los hospitales periféricos, regionales y nacionales. El financiamiento para sostener el programa de formación será presupuestado por esta Unidad Programática. 2.8 Al finalizar el proceso de formación en la residencia, el nuevo especialista se trasladará al Centro de Trabajo a nivel local, regional o central, de acuerdo a la prioridades de especialistas identificadas en los estudios. La Dirección Corporativa de Recursos Humanos reasignará la plaza de residente a especialista. A su vez, la Junta Directiva repondrá el código de residente al CENDEISSS para la formación de nuevos especialistas. 2.9 Las necesidades de especialistas, no planteadas por los centros de trabajo en los estudios técnicos, tendrán inferior prioridad en su atención La formación de especialistas en todas las áreas, responderán a las necesidades identificadas por el CENDEISSS y la Dirección de Recursos Humanos para constituir los cuadros de reemplazo. 4
5 Políticas formación de tecnologías en salud 2.11 La CCSS otorgará beneficios de estudio en el área de tecnologías en salud, únicamente a nivel técnico, de acuerdo a las prioridades y necesidades institucionales La formación de personal en el área de las Tecnologías en Salud, deberá responder a un diagnóstico de necesidades de formación, actualizado cada dos años por CENDEISSS, respondiendo a las prioridades institucionales de desarrollo tecnológico en atención a la prestación de servicios de salud a la población La formación de personal en las diferentes áreas constituidas por las Tecnologías en Salud, responderán a las necesidades identificadas por el CENDEISSS y la Dirección de Recursos Humanos para constituir los cuadros de reemplazo. 3. POLITICAS DE CAPACITACIÓN 3.1 La capacitación en la CCSS debe estar orientada a complementar y perfeccionar las competencias de cada funcionario acorde con el nivel de exigencia y responsabilidad del cargo, siempre orientados a generar cambios y mejoras continuas en la calidad de la prestación de servicios. La CCSS no atenderá solicitudes personales de capacitación que no respondan a las necesidades de capacitación indicadas en los diagnósticos. 3.2 Los niveles Gerenciales de los Centros de Trabajo en coordinación con los entes autorizados, deberán apoyar la generación de actividades educativas aprovechando el conocimiento, formación y experiencia de los funcionarios de la CCSS (figuras de experto institucional o facilitador interno). 3.3 Los Centros de Trabajo colaborarán activamente con el Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social y el Programa de Desarrollo Humano en la realización de los diagnósticos de necesidades en el ámbito institucional, que deberán realizarse al menos, cada dos años, con el propósito de formular los planes de capacitación. 3.4 La Caja no autorizará acciones de capacitación, ni presupuestos para tal fin, que no respondan a una investigación de necesidades, a una planificación y programación de acuerdo al Plan de Capacitación institucional y al Reglamento de Capacitación y Formación establecido. Los planes incluirán los planes de sucesión. 3.5 Las dependencias institucionales autorizadas para avalar y certificar las actividades de capacitación a nivel institucional son el Programa de Desarrollo Humano y el Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social. No serán sujetas de aval, las actividades de capacitación y formación organizadas y realizadas en Centros de Educación Superior u otras entidades que cuenten con autorización del Consejo de Educación Superior (CONESUP) o cualquier otro órgano del Ministerio de Educación. Política de capacitación para cuadros de reemplazo 3.6 Los Centros de Trabajo de la CCSS, deberán fortalecer una cultura de capacitación y formación, basados en las competencias de los puestos y los perfiles previamente diseñados, que facilite y promueva el desarrollo del trabajador y su crecimiento profesional, para que incorpore en su talento humano, nuevos procesos que le permitan formar parte de los cuadros de sucesión para el futuro de ese Centro en particular y la Institución en general. 3.7 Los Centro de Trabajo deberá listar aquellos funcionarios con puesto de Jefatura, cuya jubilación se espera para los próximos 5 y 10 años, con el fin de conformar los cuadros de reemplazo. 5
6 3.8 La Dirección de Recursos Humanos y el CENDEISSS serán los responsables de identificar las necesidades por concepto de sucesión del recurso humano, en aquellas áreas en que la CCSS es responsable de la promoción y capacitación de grupos estratégicos tales como ATAPS, Auxiliares de Enfermería, Especialistas Médicos, Tecnologías en Salud, Registros Médicos, entre otros. Políticas de educación continua 3.9 La CCSS por medio del CENDEISSS y el Programa de Desarrollo Humano coordinará los programas de educación continua, que involucre todos los grupos ocupacionales de la Institución. La finalidad de estos programas será mantener al día a los trabajadores (as) en los avances dados en materias de atención de salud, así como educar al trabajador (a) en la filosofía de la Seguridad Social Las necesidades de capacitación específicas de cada centro de trabajo, que puedan ser solventadas con cursos ofrecidos por diferentes entes capacitadores; la jefatura podrá enviar a sus funcionarios de acuerdo con sus necesidades y prioridades de capacitación, previo visto bueno del Director del Centro de Trabajo o Director de Sede según corresponda y que cuenten con el correspondiente contenido presupuestario en la cuenta autorizada. Política de recreación 3.11 La CCSS desarrollará programas de capacitación que promuevan el conocimiento y desarrollo de estilos de vida activos y saludables entre sus trabajadores, orientados a resolver el problema de salud pública causado por el sedentarismo y estrés de la población. Otras formas de capacitación 3.12 Las pasantías médicas, paramédicas y administrativas son de interés institucional, siempre que respondan a un diagnóstico de necesidades de capacitación y exista un aval educativo de parte del CENDEISSS. Los Centros Médicos deberán coordinar con este Centro, la programación y aval educativo para la ejecución y evaluación de este tipo de capacitación Los Congresos de los profesionales en Ciencias de la Salud y Administrativas, son actividades de actualización técnica y profesional. Las Gerencias de División serán las responsables de emitir la declaratoria de interés institucional cuando dicha actividad represente un aporte a la prestación de servicios de salud y seguridad social La Dirección Médica de los Centros de Trabajo, será responsable por la programación de las sesiones anatómico-clínicas de los grupos técnicos y profesionales. Todos los Centros están obligados a llevar un registro de estas actividades educativas y enviar un informe semestral al CENDEISSS. Estas sesiones no deberán afectar la adecuada prestación de los servicios de salud. 6
7 Equipo de Trabajo responsable en la elaboración de las Políticas de capacitación y formación Alexandra Eduarte Ramírez. Gerencia Administrativa Nery Parada Bonilla. CENDEISSS Efrén Méndez Morales. CENDEISSS José Luis Campos Sandoval. Programa de Desarrollo Humano Marlon Sánchez Porras. Programa de Desarrollo Humano. Miguel Murillo Jiménez. Dirección Corporativa de Recursos Humanos Claudio Camacho Monge. Dirección Corporativa de Recursos Humanos 7
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