Relaciones individuales de trabajo

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1 UNIDAD 4 UNIDAD 4 Relaciones individuales de trabajo Objetivos: Al finalizar la unidad el alumno: Describirá las relaciones individuales de trabajo entre patrones y trabajadores. Explicará la duración de las relaciones individuales de trabajo, así como los casos en que se suspende, rescinde o termina. Describirá las condiciones de trabajo que regulan una relación laboral. Identificará las obligaciones y prohibiciones tanto a patrones como a trabajadores. Explicará las especificaciones de los trabajos especiales. 83

2 DERECHO LABORAL 84

3 UNIDAD 4 Conceptos centrales Concepto Duración Rescisión Relaciones individuales de trabajo Elementos Concepto Suspensión Terminación Jornada Vacaciones Utilidades Condiciones de trabajo Días de descanso Salarios Capacitación adiestramiento Trabajadores Obligaciones Prohibiciones Patrones Mujeres Trabajos especiales Trabajadores de confianza Menores 85

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5 UNIDAD Duración de las relaciones de trabajo Ahora que conoces la importancia del derecho laboral y sus conceptos fundamentales, veamos lo que significa la relación individual de trabajo, sus elementos y su duración. La Ley Federal del Trabajo establece que la relación individual de trabajo es la prestación de un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario. Qué se entiende, jurídicamente, por relación individual de trabajo? Como podrás observar, esta definición contiene varios elementos: 1. La prestación de un trabajo personal. Significa que debe conocerse quién es el trabajador y quién es el patrón. 2. Que el trabajo sea subordinado. El trabajador le debe obediencia al patrón en lo que corresponde a su trabajo; este elemento es muy importante, porque existen casos en los que no hay subordinación aunque se preste un trabajo personal y se pague por ello. Por ejemplo, si contratas a un abogado para que te asesore, esto no quiere decir que exista subordinación alguna, toda vez que el abogado presta un servicio profesional de manera independiente, y por ello no ocurre una relación de trabajo. 3. El pago de un salario. Este elemento es de suma importancia en virtud de que a todo trabajo realizado corresponde un salario. No obstante existen casos de excepción en los que se realiza un trabajo sin el salario correspondiente, por ejemplo, cuando un juez condena a un reo a trabajos forzados en favor de la comunidad, en tal caso no existe relación laboral ni salario alguno. Otro caso típico es el relativo a la prestación del Servicio Militar Nacional, en el que existe subordinación a los superiores y también se presta un trabajo de alfabetización, pero no existe relación laboral porque no hay salario. Ahora bien, regularmente trabajador y patrón acuerdan, mediante un contrato por escrito, las condiciones de un trabajo y el pago del salario correspondiente, originando así la relación de El trabajo subordinado y el pago de un salario son los elementos básicos para reconocer una relación de trabajo 87

6 DERECHO LABORAL trabajo. Dichas condiciones se referirán entre otras a la duración de la jornada, el horario, monto del salario, tipo de actividad a desarrollar, etcétera. Existe relación de trabajo si no se firma contrato por escrito? Si un trabajador no firma contrato individual de trabajo, la ley menciona que, aunque no exista contrato firmado, se presume que existe relación laboral y en consecuencia el trabajador gozará de todos los derechos laborales que le correspondan como si hubiera firmado contrato con el patrón. Cuál es la duración de la relación de trabajo? Las relaciones de trabajo pueden tener distinta duración, dependiendo del tipo de trabajo para el que se contrata al trabajador. El trabajador puede ser contratado por: Obra determinada. Tiempo determinado. Tiempo indeterminado. En el contrato por obra determinada el trabajador es contratado para la realización de una obra específica, por ejemplo la instalación de una red eléctrica. En este caso, la relación laboral sólo durará el tiempo de la construcción, y una vez concluida, la relación se dará por terminada. En dicho contrato será importante que se estipule la obra a realizar y el tiempo de duración. En el contrato por tiempo determinado o fijo se conviene que el trabajador preste su trabajo por tiempo determinado, fijado de común acuerdo con el patrón. En este contrato se mencionan las características del trabajo y su duración. Ejemplo de este tipo de contrato es el caso de las tiendas departamentales en las que se contratan vendedoras o promotoras por temporadas; una vez transcurrido el periodo el contrato de trabajo se da por terminado. Por último, se entiende que existe relación de trabajo por tiempo indeterminado cuando no se ha fijado un plazo específico o la finalización de una obra determinada. 88

7 UNIDAD 4 Este tipo de relación laboral es común; de hecho, si en el contrato de trabajo no se menciona cuándo terminará la relación laboral, se entenderá que ésta es por tiempo indeterminado Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo La relación individual de trabajo podrá ser suspendida por diversas causas no imputables al trabajador y al patrón; ninguna de estas causas es motivo para la terminación de la relación de trabajo. Si la relación laboral se suspende, significa que termina? Al respecto, la ley laboral en su artículo 42 menciona distintas causas por las que la relación de trabajo puede suspenderse, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón. Las más importantes son las siguientes: La enfermedad contagiosa del trabajador. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo. La prisión preventiva del trabajador, seguida de sentencia absolutoria. El arresto del trabajador. El cumplimiento de cargos de elección popular y funciones electorales. La huelga. La maternidad. Lo importante es destacar que la suspensión de la relación laboral no significa que ésta termine, porque el trabajador sigue gozando de todos sus derechos legales. La suspensión de la relación laboral no implica la pérdida de los derechos legales Rescisión de las relaciones de trabajo La rescisión de la relación laboral es distinta de la terminación, y como es fácil confundirse conviene aclarar lo que debe entenderse por estos conceptos. 89

8 DERECHO LABORAL En ambas figuras, rescisión y terminación, se extingue la relación laboral; la primera está íntimamente vinculada con el incumplimiento de obligaciones laborales, es decir, cuando el patrón o el trabajador han dejado de cumplir con alguna de sus obligaciones; por ejemplo, es causa de rescisión de relación laboral, sin responsabilidad para el patrón, cuando el trabajador falta al respeto a su patrón, causa daño a las instalaciones de la empresa, comete actos inmorales en el lugar de trabajo, tiene más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, y otras mencionadas en el artículo 47 de la ley laboral. Si hay incumplimiento de obligaciones, entonces el patrón puede rescindir la relación laboral; a esta rescisión se le conoce como despido justificado, sin obligación para el patrón de indemnizar al trabajador. El trabajador también puede rescindir la relación laboral por causas imputables al patrón; por ejemplo, si se retiene o reduce el salario al trabajador, si falta al respeto o maltrata de palabra o de obra al trabajador, le cause daños en sus herramientas o útiles de trabajo, entre otros. La rescisión puede ser utilizada por el trabajador y el patrón para dar por terminada la relación laboral En estos casos el trabajador puede rescindir la relación laboral por culpa del patrón; como el trabajador no puede despedir al patrón, esta figura sólo es conocida como extinción de la relación laboral por causas de rescisión imputables al patrón. La rescisión es la extinción de la relación laboral por incumplimiento de las obligaciones por alguna de las partes Terminación de las relaciones de trabajo En la terminación de la relación de trabajo, existirá incumplimiento de obligaciones de las partes? Como recordarás, las relaciones de trabajo pueden tener distinta duración, esto es, el trabajador puede ser contratado por obra determinada, tiempo determinado o tiempo indeterminado. En estos casos la relación de trabajo se extingue cuando 90

9 UNIDAD 4 ha concluido la obra o ha transcurrido el periodo pactado. A esta forma de extinción se le llama terminación de la relación de trabajo, caracterizada porque las causas que la originan no son atribuibles al patrón ni al trabajador. Por ejemplo, si se contrata al trabajador por obra determinada para la construcción de un edificio, la causa de terminación será precisamente la conclusión del inmueble. En la terminación de la relación de trabajo, las causas no son atribuibles al patrón ni al trabajador Otro caso típico es cuando el trabajador es contratado por tiempo determinado; en este caso la relación laboral terminará cuando dicho plazo haya concluido. En ambos casos las causas de terminación de la relación del trabajo no fueron originadas por el patrón ni por el trabajador. Por lo que respecta al contrato por tiempo indeterminado, la relación laboral podrá terminar cuando existe mutuo consentimiento entre el trabajador y el patrón, cuando el trabajador presente incapacidad física, mental o cuando La muerte del trabajador rescinde o termina la relación laboral? muere. Como se puede apreciar, en ninguna de estas causas existe incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes. T erm in a ció n de la obra C on s e n t to i m i e n de las partes Causas de terminación laboral Figura 4.1. Causas de terminación de las relaciones laborales. 91 Muerte del t rab a j a d o r Incapacidad física o mental del trabajador V e n en c t i o m i d e lp l a z o

10 DERECHO LABORAL Ejercicio 1 1. Es un elemento de la relación individual de trabajo: a) Subordinación. b) Interés jurídico. c) Justicia. d) Equidad. 2. Si el trabajador realiza un trabajo para el patrón sin firmar un contrato: a) No existe relación laboral. b) Existe relación laboral. c) Ocasionalmente existe relación laboral. d) Existe relación laboral únicamente cuando el sindicato así lo determina. 3. Cuando el trabajador es despedido por cometer actos violentos contra el patrón, se aplica la figura jurídica de: a) Terminación. b) Suspensión. c) Rescisión. d) Expulsión Condiciones de trabajo Si no existe contrato, existe relación laboral? Si bien es cierto que las condiciones laborales deben quedar establecidas por escrito en un contrato individual de trabajo, en la práctica es muy común que estas relaciones se desarrollen sin que exista la celebración de este contrato. 92

11 UNIDAD 4 Al respecto, la Ley Federal del Trabajo dispone en su artículo 21 que se presumirá la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre quien presta un trabajo personal y el que lo recibe. Ahora bien, esto quiere decir que si no existe contrato de trabajo en forma escrita, no puede privarse al trabajador de sus derechos pues, como hemos mencionado, el trabajador goza en todo momento de los derechos que la ley laboral le otorga, aunque no estén especificados en un contrato suscrito por las partes. En el contrato firmado por escrito entre patrón y trabajador deben precisarse con toda claridad las condiciones en que habrá de prestarse el trabajo, tales como el salario que percibe el trabajador, el lugar de trabajo, horario, días de descanso, en qué consiste el trabajo que desempeñará, etcétera. En el contrato deben estipularse las condiciones de trabajo para asegurar una relación laboral de común acuerdo Si no existe contrato de trabajo en forma escrita, la ley laboral establece los derechos "mínimos" del trabajador; de la misma forma determina las condiciones mínimas en que debe hacerse el trabajo. Días de descanso Jornada de trabajo Condiciones Participación de los trabajadores en Salario Vacaciones Figura 4.2. Esquema de las condiciones de trabajo. 93

12 DERECHO LABORAL Jornada de trabajo Qué se entiende por "jornada de trabajo"? El artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo dispone: "Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo". El tiempo que el trabajador permanece en su centro de trabajo debemos entenderlo como aquel en el que está a disposición del patrón. Cuántas variedades de jornada laboral existen? Existen tres tipos de jornadas laborales para la Ley Federal del Trabajo: Diurna. Comprende de las 6 a las 20 horas. Nocturna. Comprende de las 20 a las 6 horas del día siguiente. Mixta. La integrada por un periodo de tiempo de la diurna y otro de la nocturna, siempre que el tiempo de horario nocturno no sea mayor a tres horas y media, pues de lo contrario se entenderá que es jornada nocturna y no mixta. Ahora bien, la jornada de trabajo puede ser continua, es decir, que el trabajador no interrumpa el tiempo durante el cual está prestando sus servicios; sin embargo, en este caso la ley dispone que el patrón deberá otorgarle un descanso de por lo menos media hora, que regularmente se utiliza para tomar alimentos. Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo. Cuáles son los límites permitidos por la ley para la duración de la jornada? La ley laboral también establece que la jornada de trabajo será de ocho horas diarias como máximo, tratándose de jornada diurna, acumulando un máximo de 48 horas a la semana; siete horas tratándose de jornada nocturna con 42 horas a la 94

13 UNIDAD 4 semana, y siete horas y media tratándose de jornada mixta, que computarán 45 horas en el mismo periodo. El trabajador podrá trabajar voluntariamente por un periodo mayor al señalado con anterioridad, siempre y cuando las horas extraordinarias que trabaje no excedan de tres al día ni de tres veces a la semana. A este periodo se le conoce también como horas extras, las cuales deberán pagarse al trabajador cien por ciento más que las horas normales de trabajo, es decir, al doble. Si por alguna causa el trabajador labora más de nueve horas "extras" a la semana, el patrón está obligado a pagarlas al 200% más que las horas normales, es decir, al triple. Jornada diurna: de las 6 a las 20 horas La jornada de trabajo, salvo excepciones legalmente previstas, no excederá de ocho horas diarias Un máximo de ocho horas Jornadas máximas de trabajo Jornada mixta Un máximo de siete horas y media Jornada noctura: de las 20 a las 6 horas Un máximo de siete horas Días de descanso Figura 4.3. Jornadas máximas de trabajo. El artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo dispone: "Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro". Tradicionalmente se ha procurado que el día de descanso designado a los trabajadores sea el domingo, sin embargo no siempre es así; éste se fijará de común acuerdo entre trabajador o sindicato y patrón. 95

14 DERECHO LABORAL En cualquier caso, el trabajador siempre debe disfrutar de un día de descanso cuando menos, con goce de salario íntegro; es decir, que de la misma forma que los demás derechos establecidos en la ley laboral, el trabajador puede gozar de más de un día de descanso a la semana. Por ejemplo, tratándose de empleados bancarios, la ley de la materia prevé el derecho a disfrutar de dos días de descanso a la semana. Qué sucede si el patrón no otorga un día de descanso a la semana? En caso de que el patrón se niegue a otorgar esta prestación se hará acreedor a una multa de tres a 155 veces el salario mínimo diario vigente en la zona en que se cometa la infracción, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 994 fracción I de la Ley Federal del Trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a exigir el pago por concepto de salarios devengados por los días de descanso laborados, los cuales serán pagados al doble conforme al artículo 73 del mismo ordenamiento. Los días de descanso están Ahora bien, nuestra legislación dispone que el previstos por ley día de descanso de los trabajadores sea el domingo, por considerar que en ese día es propicia la convivencia con su familias, se pueden liberar de tensiones acumuladas por los días de trabajo y recuperarse del desgaste físico y mental. En el caso de que el trabajador labore en domingo, tiene derecho a recibir un porcentaje adicional al salario que le corresponda equivalente al 25%, por concepto de prima dominical. Cuáles son los días de descanso obligatorios? Existen también días de descanso obligatorio, previstos en el artículo 74 de la ley laboral: 1 de enero. 5 de febrero. 21 de marzo. 1 de mayo. 16 de septiembre. 20 de noviembre. 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la 96

15 UNIDAD Vacaciones transmisión del Poder Ejecutivo Federal. 25 de diciembre. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. Otro de los derechos de los trabajadores es el relativo a gozar de un periodo de vacaciones por cada año de trabajo. El artículo 76 de la ley laboral dispone: "Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 12, por cada año subsecuente de servicios". Después del cuarto año el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicio, de tal forma que el trabajador solamente tendrá derecho a disfrutar de su periodo vacacional hasta que haya laborado para el patrón por lo menos un año. Este periodo inicial de seis días se incrementará dos días cada año hasta llegar a 12, después se incrementará dos días por cada cinco años de servicio, de la siguiente manera: Cuántos días de vacaciones al año le corresponden al trabajador? 1 año de servicio: 6 días 2 años de servicio: 8 días 3 años de servicio: 10 días 4 años de servicio: 12 días 9 años de servicio: 14 días 19 años de servicio: 18 días Estos periodos no son compensables, es decir, el patrón no puede otorgar una cantidad de dinero a cambio de que el trabajador labore los días 97

16 DERECHO LABORAL en que debe gozar de sus vacaciones, los que deberán ser disfrutados en forma continua. Asimismo, el trabajador tiene el derecho a recibir una cantidad de dinero equivalente al 25% por concepto de prima vacacional durante el periodo de descanso; las vacaciones deben concederse al trabajador dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. En el caso de que el trabajador deje de prestar sus servicios antes de que concluya el año, tendrá derecho a recibir la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional que le corresponda; lo mismo sucederá si labora periodos discontinuos durante el año. La ley laboral sujeta a los patrones al cumplimiento de esta prestación, obligándolos a expedir una constancia al trabajador que indique la antigüedad, el periodo de vacaciones y la fecha en que debe disfrutarlas Salario Qué se entiende por salario? Mucho se ha discutido sobre la naturaleza jurídica de lo que debemos entender como salario, sin embargo tradicionalmente entendemos que existe una íntima relación con la cantidad de dinero que el patrón paga al trabajador por su trabajo. Al respecto, la Ley Federal de Trabajo establece en su artículo 82: "Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo". La Constitución General de la República establece en su artículo 123 fracción VI: "Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales [...] Los salarios mínimos deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos". Se pretende que el salario o cantidad de dinero que el trabajador recibe por su trabajo sea suficiente para vivir de manera decorosa. 98

17 UNIDAD 4 Al respecto algunos juristas han considerado la necesidad de sustituir el vocablo "mínimo" por "remunerador", de tal manera que, independientemente del monto fijado para el salario, éste fuera suficiente para proporcionar el nivel de vida deseado. El salario debe ser suficiente para satisfacer las necesidades de una familia Los salarios mínimos pueden ser generales o profesionales, los primeros se determinan por zonas geográficas, los segundos se fijan de acuerdo con la actividad, profesión u oficio que desempeñen los trabajadores. Cualquiera que sea el tipo de salario, la Constitución General en su artículo 5º garantiza la retribución a los trabajadores por su trabajo. Al respecto, el artículo señala: "Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento". Es importante establecer que la ley laboral prevé sólo los mínimos para la contratación de trabajadores, por lo tanto, si el trabajador y patrón así lo acuerdan, pueden determinar un salario mayor al mínimo, dependiendo en qué consista el trabajo Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas Los trabajadores tienen derecho a recibir un porcentaje de las utilidades de la empresa para la cual laboran. Inicialmente la finalidad tuvo un sentido de justicia social, incluso algunos juristas opinan que este derecho de los trabajadores tiene el propósito de estimular la producción, e incluso fortalece su sentido de pertenencia a la empresa, para realizar con mayor eficacia sus actividades. El concepto de utilidad debe ajustarse al procedimiento previsto en la ley laboral, la que dispone que al término del ejercicio fiscal (del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año), el patrón debe presentar su declaración anual a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la que se considera el porcentaje de utilidad con la que operó en el periodo correspondiente. A dicha utilidad se 99

18 DERECHO LABORAL le aplicará un porcentaje para obtener el monto de utilidad que será repartido entre los trabajadores. Quién determina el porcentaje de utilidades que debe repartirse a los trabajadores? La Ley Federal del Trabajo dispone que la participación en las utilidades será fijada por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, órgano integrado por representantes del gobierno, los trabajadores y los patrones. La ley laboral impone la obligación a los patrones de dar a conocer a los trabajadores la síntesis de la declaración anual de impuestos presentada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 10 días posteriores a la presentación de dicha declaración, la cual estará a disposición de los trabajadores en la propia empresa. Qué puede hacer el trabajador que no esté de acuerdo con la determinación de la empresa en el porcentaje de utilidades? Los trabajadores podrán realizar las observaciones que estimen convenientes a la citada declaración en un término de 30 días siguientes a su publicación, por medio de su sindicato, o bien por la mayoría de los trabajadores. El reparto de utilidades correspondientes se realizará dentro de los 60 días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración anual de impuestos. El patrón deberá entregar el reparto de utilidades a los trabajadores de la siguiente forma: el 50% se repartirá dependiendo del número de días trabajados durante el año, independientemente del salario percibido; el 50% restante se participará en proporción a los salarios devengados por el trabajador durante el año. Todos los trabajadores deben recibir reparto de utilidades? Es importante mencionar que el derecho de los trabajadores a recibir este reparto de utilidades no implica que tengan derecho a intervenir en la dirección o administración de la empresa. Es conveniente aclarar que no todos los trabajadores podrán recibir este reparto, porque conforme al artículo 127 de la Ley Federal de Trabajo quedan 100

19 UNIDAD 4 exceptuados de percibir dicho reparto los directores, administradores y gerentes generales, los trabajadores domésticos y los eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante un año, entre otros Capacitación y adiestramiento Otro derecho logrado por los trabajadores a través de los años ha sido recibir capacitación y adiestramiento por parte de su patrón sobre la actividad que realizan. La capacitación y el adiestramiento es un derecho de los trabajadores Al respecto, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 153-A establece: "Todo trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o sus trabajadores y aprobados por la Secretaría de Trabajo y Prevención Social". La capacitación y adiestramiento se proporcionarán de conformidad con lo siguiente: Se formarán organismos en la empresa denominados "comisiones mixtas de capacitación y adiestramiento", formadas por un representante del patrón y uno de los trabajadores cuando la empresa tenga menos de 20 trabajadores, si tiene de 21 a 100 trabajadores se integra por tres representantes de cada sector y si son más de 100 trabajadores entonces serán cinco los representantes de cada sector. Los trabajadores que se encuentren capacitándose están obligados a asistir a los cursos o sesiones de grupos con toda puntualidad, atender las indicaciones y presentar los exámenes que les practiquen, tanto de conocimiento como de aptitudes laborales. La capacitación debe impartirse al trabajador dentro de la jornada laboral y de preferencia dentro de las instalaciones de la empresa, aunque esta última observación no es obligatoria, pues el patrón puede otorgar este derecho, incluso en escuelas o centros de capacitación profesionales independientes, 101

20 DERECHO LABORAL caso en el que estará obligado a pagar los gastos que genere la contratación de instructores y maestros. Objetivos de la capacitación y adiestramiento: 1. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad, así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología. 2. Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación. 3. Prevenir riesgos de trabajo. 4. Incrementar la productividad. 5. En general, mejorar las aptitudes del trabajador. Es lo mismo capacitación que adiestramiento? Tal como lo indica el maestro Néstor de Buen Lozano, la diferencia entre capacitación y adiestramiento radica en que la primera "implica el habilitar al trabajador, tenerlo en aptitud de desempeñar una actividad superior a la que realiza, a través de la obtención de conocimientos nuevos. El adiestramiento consiste en enseñar, instruir al trabajador en el trabajo que desempeña normalmente, buscando su perfeccionamiento". 1 El personal que imparta los cursos de capacitación y quien realice las prácticas deberá estar autorizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Puede un trabajador negarse ha recibir capacitación? Cuando un trabajador se niegue a recibir capacitación y adiestramiento, argumentando que domina las técnicas y tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá realizar un examen y soportar su dicho con las pruebas documentales correspondientes a fin de que la Secretaría del Trabajo y Prevensión Social haga la respectiva evaluación. 1 Derecho del trabajo, pp

21 UNIDAD 4 Ejercicio 2 1. Si un trabajador labora tres horas extras el lunes, dos horas extras el martes, cuatro horas extras el miércoles y dos horas extras el jueves, cuántas horas se le pagarán al doble y cuántas al triple? a) Nueve al doble y dos al triple. b) Siete al doble y cuatro al triple. c) Ocho al doble y tres al triple. d) Ninguna de las anteriores. 2. Si un trabajador ha laborado por siete años, cuántos días de vacaciones le corresponden? a) 10 días. b) 12 días. c) 14 días. d) 25 días. 3. Es día de descanso obligatorio para la Ley Federal del Trabajo: a) 12 de diciembre. b) 1 de mayo. c) 10 de mayo. d) 4 de octubre Obligaciones de los trabajadores y de los patrones El hecho de ser patrón o trabajador implica el cumplimiento oportuno de ciertas obligaciones que la ley laboral impone. Efectivamente, en materia laboral no queda al arbitrio de las partes "convenir" las obligaciones que nacen con motivo de la relación de trabajo; 103

22 DERECHO LABORAL éstas se establecen en la Ley Federal del Trabajo, ordenamiento jurídico que impone a las partes la observancia obligatoria de determinadas conductas para asegurar, dentro de un marco de legalidad, el adecuado desarrollo de las relaciones entre patrones y trabajadores. Por qué resulta afectada la empresa cuando hay incumplimiento de las obligaciones por algunas de las partes? Obviamente, si la empresa se ve afectada por la falta de cumplimiento en la relación laboral por alguna de las partes, los perjudicados serán los trabajadores y los patrones. Podemos afirmar que el derecho laboral es un derecho social porque no permite el desarrollo las relaciones laborales sin cumplir con el mínimo necesario de obligaciones y derechos de las partes. Cuáles son las obligaciones más importantes de los patrones y los trabajadores? Dentro de las obligaciones de los patrones y trabajadores previstas en los artículos 132 y 134 de la Ley Federal del Trabajo referimos algunas de las más importantes: Tabla 4.1. Obligaciones. Patrones Cumplir con las normas de protección e higiéne aplicables a sus empresas o establecimientos Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones correspondientes Proporcionar a los trabajadores los útiles, instrumentos o materiales necesarios para la ejecución de su trabajo, de los que el patrón no podrá exigir indemnización ante el desgaste por el uso en condiciones normales de trabajo Proporcionar a los trabajadores un local seguro para la guarda de los útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, sin derecho a retenerlos por concepto de indemnización o garantía Trabajadores Observar las medidas de protección e higiénicas para la protección personal Cumplir con las disposiciones de las normas de trabajo Desempeñar el trabajo bajo la dirección del patrón al cual estarán subordinados Ejecutar el trabajo en la forma y términos convenidos Dar aviso al patrón de las causas justificadas que le impidan acudir al trabajo 104

23 UNIDAD 4 Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato de palabra o de obra Expedirles cada 15 días la constancia escrita del número de días trabajados, siempre que así lo soliciten, así como la constancia relativa a los servicios que prestan Concederles el tiempo necesario para el ejercicio del voto o servicio de jurados electorales o censales Permitirles faltar por comisiones de su sindicato. Notificar al sindicato los puestos de nueva creación, las vacantes y las plazas temporales que deban cubrirse Colaborar con la Secretaría de Educación Pública para establecer escuelas y lograr la alfabetización de los trabajadores Conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo que el patrón le haya otorgado, restituyéndole los que no se utilicen Observar buenas costumbres durante el servicio Auxiliar al patrón y a sus compañeros de trabajo en caso de siniestro o riesgo inminente. Someterse a reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior Notificar al patrón las enfermedades contagiosas que padezca Guardar los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos de los que tenga conocimiento por su trabajo Erogar los gastos necesarios para el programa de becarios, si el patrón tiene más de 100 trabajadores pero menos de mil, tiene la obligación de pagar los estudios de uno de sus trabajadores o de un hijo de éstos, por medio de una beca Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores Prevenir accidentes de trabajo, cumpliendo con las disposiciones de seguridad e higiene Permitir la inspección y vigilancia de las autoridades de trabajo Fomentar las actividades culturales y deportivas y proporcionar a los trabajadores los útiles indispensables Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos 105

24 DERECHO LABORAL Cuáles son las conductas prohibidas para trabajadores y patrones? Además de las obligaciones anteriores, la ley laboral prohíbe ciertas conductas, tanto para patrones como para trabajadores. En el cuadro siguiente se mencionan las más importantes: Tabla 4.2. Prohibiciones. Patrones Negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o sexo Exigir que los trabajadores compren artículos de consumo en tienda o lugar determinado Exigir o aceptar dinero de los trabajadores, a cambio de que se les admita en el trabajo Obligarlos a afiliarse o retirarse de un sindicato u organización a la que pertenezcan Intervenir en el régimen interno del sindicato Restringir los derechos de los trabajadores Hacer propaganda política o religiosa dentro del establecimiento de trabajo Presentarse a laborar en estado de embriaguez Trabajadores Ejecutar actos que pongan en peligro su seguridad o la de otras personas en el establecimiento de trabajo Faltar al trabajo sin causa justificada o sin el permiso del patrón Sustraer útiles o materia prima del establecimiento Presentarse al trabajo en estado de embriaguez Presentarse al trabajo bajo la influencia de narcóticos o drogas, excepto que exista prescripción médica, previo aviso al patrón Portar armas dentro del establecimiento de trabajo, salvo que se trate de sus propios elementos de trabajo Suspender las labores sin autorización del patrón Realizar propaganda política o religiosa en el establecimiento de trabajo Portar armas en el interior del establecimiento laboral 106

25 UNIDAD 4 Ejercicio 3 1. Es una conducta prohibida para el patrón: a) Faltar injustificadamente. b) Aceptar a trabajadoras mujeres. c) Intervenir en las decisiones del sindicato. d) Formar coaliciones. 2. Es obligación de patrones y trabajadores: a) Someterse a reconocimientos médicos. b) Cumplir las normas de trabajo. c) Fomentar actividades culturales y deportivas. d) Participar en actos sociales. 3. Es obligación del patrón: a) Fomentar los credos religiosos en el establecimiento de trabajo. b) Pretender la filiación de los trabajadores al sindicato correspondiente. c) Pagar a los trabajadores las indemnizaciones correspondientes. d) Otorgar despensas a los trabajadores los fines de año Algunos trabajos especiales Existen algunos tipos de trabajos que por sus características y por las personas que los realizan no se les puede otorgar el mismo tratamiento jurídico que a otras actividades laborales; entre las más destacadas se encuentran el trabajo de las mujeres, el trabajo de los menores y los trabajadores de confianza Trabajo de las mujeres Nuestro derecho laboral establece que las mujeres disfrutarán de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres; tal y 107

26 DERECHO LABORAL como se prevé en el artículo 164 de la Ley Federal de Trabajo. Fundamentalmente en el título quinto de la citada ley se procura la protección de la maternidad, de tal manera que se ha establecido un conjunto de disposiciones a este respecto. Cuáles son los derechos de las madres trabajadoras? Por ejemplo, se prohíbe que la mujer embarazada preste su trabajo en condiciones de peligro a su salud o para el producto, sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones o derechos. También queda prohibida la utilización del trabajo de las mujeres embarazadas después de las 10 de la noche para el trabajo industrial, en establecimientos comerciales o de servicios; asimismo no podrá trabajar horas extraordinarias, y si por alguna causa las trabaja, tendrá derecho a que se le paguen al 200% de las horas normales. Las madres trabajadoras tienen ciertos derechos, como son: No realizar esfuerzos considerables durante el periodo de embarazo. Disfrutar de un descanso de seis semanas anteriores y seis semanas posteriores al parto con goce de salario íntegro. Este plazo puede prorrogarse dependiendo de las necesidades y características del parto; en estos casos de prórroga, tendrán derecho al 50% de su salario, por un periodo no mayor de 60 días. Regresar al puesto que desempeñaban en las mismas condiciones anteriores al parto, siempre y cuando no haya transcurrido más de un año de la fecha del mismo. Durante el periodo de lactancia, tienen derecho a dos reposos diarios de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, con el goce de salario íntegro. Tienen derecho a que se compute su antigüedad durante los periodos pre y pos parto. Derecho a guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social Trabajo de los menores Los menores de edad están protegidos por las leyes laborales. 108

27 UNIDAD 4 Nuestra legislación fija en los 14 años la edad mínima para trabajar, de ahí el principio: "Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14 años". Cuál es la edad mínima legal para trabajar? Ahora bien, los mayores de 14 años y menores de 16 quedan sujetos a la vigilancia y protección de la Inspección del Trabajo. Deberán obtener un certificado médico que los acredite como aptos para el trabajo y someterse a revisión médica periódica, sin la cual el patrón no debe utilizar sus servicios. En el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 16 años en: Expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato. Trabajos susceptibles de afectar la moral y las buenas costumbres. Trabajos ambulantes. Trabajos subterráneos o submarinos. Labores peligrosas o insalubres. Trabajos superiores a sus fuerzas o que impidan su desarrollo físico normal. Establecimientos no industriales después de las 10 de la noche. Los menores de 18 años no podrán desempeñar trabajos nocturnos industriales. La jornada máxima de trabajo para los menores de 16 años será de seis horas y deberá dividirse en periodos máximos de tres horas cada uno, con una hora de reposo por lo menos. No podrán laborar horas extraordinarias ni laborar los domingos ni días de descanso obligatorios. Sus vacaciones serán de 18 días anuales por lo menos Trabajadores de confianza Otra de las figuras que merecen comentario es el trabajador de confianza; éste se rige en lo general por las mismas disposiciones que los demás trabajadores, sin embargo, existen notorias diferencias en sus derechos. 109

28 DERECHO LABORAL En principio, el artículo 9 de la Ley Federal del trabajo define como trabajadores de confianza a quienes realicen funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, y se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento. Sus derechos varían con respecto a los demás trabajadores, por ejemplo: De acuerdo con el artículo 363, no pueden ingresar en los sindicatos de los demás trabajadores. No serán tomados en consideración en los recuentos para determinar la mayoría en los casos de huelga. De conformidad con el artículo 183, no pueden ser representantes de los trabajadores en diversos organismos, como las Juntas de Conciliación y Arbitraje o las comisiones sindicales. Se les puede rescindir su contrato aunque no incurran en las causales aplicables para los demás trabajadores, sino simplemente por la pérdida de la confianza del patrón. Si son despedidos, el patrón no está obligado a reinstalarlos, de acuerdo con el artículo 49 fracción III. Sin embargo, los trabajadores de confianza, teóricamente gozarán de los beneficios que otorgue el contrato colectivo de trabajo, excepto cuando firmen un contrato diverso con condiciones distintas. Esto sucede a menudo en la práctica, pues conviene al patrón que el trabajador sea de confianza y firme contrato individual por separado. Ejercicio 4 1. Es la edad legal mínima para trabajar: a) 14 años. b) 16 años. c) 18 años. d) 19 años. 110

29 UNIDAD 4 2. En materia laboral, las mujeres: a) Tienen mayores derechos que los hombres. b) Ocasionalmente tienen mayores derechos que los hombres. c) Tienen iguales derechos que los hombres. d) Tienen menores derechos que los hombres. 3. Al trabajador de confianza le está prohibido: a) La jornada laboral de ocho horas. b) La capacitación y adiestramiento. c) El ingreso al sindicato de los demás trabajadores. d) Tomar vacaciones. Actividades recomendadas 1. Imagina que creas tu propia empresa y requieres trabajadores para iniciar una producción a gran escala. Inventa un conjunto de cláusulas en las cuales establezcas la manera en que te relacionarás con ellos. Autoevaluación 1. La subordinación consiste en: a) Obediencia al patrón. b) Sometimiento. c) Convenio. d) Participación. 2. Si no existe salario: a) Hay relación laboral. b) No hay relación laboral. c) Ocasionalmente habrá relación laboral. d) Hay relación laboral si lo convino el sindicato. 111

30 DERECHO LABORAL 3. Si no existe contrato por escrito, el trabajador: a) Pierde sus derechos. b) No pierde sus derechos. c) Ocasionalmente pierde sus derechos. d) Pierde sólo algunos de sus derechos. 4. Si una empresa contrata un trabajador y no se establece el tiempo o la obra en que habrá de prestarse el trabajo, se entiende que el contrato es: a) Por tiempo determinado. b) Por obra determinada. c) Por tiempo indeterminado. d) Ninguno de los anteriores. 5. La suspensión de la relación laboral: a) Extingue la relación laboral. b) No extingue la relación laboral. c) Ocasionalmente extingue la relación laboral. d) Sólo extingue la relación laboral si así lo determina el patrón. 6. La rescisión de la relación laboral se presenta cuando: a) El trabajador renuncia. b) La empresa está en huelga. c) El trabajador incumple con una obligación y es despedido. d) El patrón así lo determina. 7. Puede rescindir la relación laboral: a) Solamente el patrón. b) Solamente el trabajador. c) Ambos. d) Solamente el sindicato. 112

31 UNIDAD 4 8. Si trabajador y patrón deciden dar por terminada la relación laboral por mutuo consentimiento, ésta se extingue por: a) Terminación. b) Suspensión. c) Rescisión. d) Prescripción. 9. La jornada laboral se computa por: a) El tiempo efectivo de trabajo. b) El horario convenido. c) El tiempo de disposición del trabajador al patrón. d) Las horas hábiles. 10. La jornada mixta no podrá exceder de: a) 42 horas a la semana. b) 44 horas a la semana. c) 45 horas a la semana. d) 48 horas a la semana. 11. Si un trabajador ha laborado 12 años para un patrón, entonces le corresponden: a) 10 días de vacaciones. b) 12 días de vacaciones. c) 14 días de vacaciones. d) 20 días de vacaciones. 12. Los salarios mínimos pueden ser: a) Locales y federales. b) Personales y sociales. c) Generales y profesionales. d) Municipales y estatales. 113

32 DERECHO LABORAL 13. Es la autoridad que fija las participaciones en el reparto de utilidades para el trabajador: a) La Secretaría de Educación Pública. b) La Comisión Nacional de Participación de las Utilidades de las Empresas. c) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público. d) La Procuraduría de la Defensa del Trabajo. 14. Es un derecho de las madres trabajadoras: a) Ayuda de despensa. b) Gastos médicos mayores. c) Descanso de seis semanas pre y pos parto. d) Gastos de hospitalización. 114

33 UNIDAD 4 Respuestas a los ejercicios Ej. 1 Ej. 2 Ej. 3 Ej a) 2. b) 3. c) 1. a) 2. c) 3. b) 1. c) 2. b) 3. c) 1. a) 2. c) 3. c) 115

34 DERECHO LABORAL Respuestas a la autoevaluación 1. a) 2.b) 3. b) 4. c) 5.b) 6. c) 7. c) 8. a) 9. c) 10. c) 11. c) 12. c) 13. c) 14. c) 116

35 UNIDAD 4 Bibliografía BORREL Navarro, Miguel Análisis práctico y jurisprudencial del derecho mexicano del trabajo, 5a. ed. México, Sista, BRICEÑO Ruiz, Alberto Derecho individual del trabajo, 1a. ed. México, Harla, BUEN, Néstor de Derecho del trabajo, tomos I y II, 4a. ed. México, Porrúa, CASTORENA, J. Jesús Manual de derecho obrero México, Editorial J. Jesús Castorena, CAVAZOS Flores, Baltasar Nueva Ley Federal del Trabajo. Tematizada y sistematizada, 8a. ed. México, Trillas, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos México, Porrúa, CUEVA, Mario de la El nuevo derecho mexicano del trabajo, tomos I y II, 8a. ed. México, Porrúa,1982. DÁVALOS, José Derecho del trabajo, tomo I, 5a. ed. México, Porrúa, GUERRERO, Euquerio Derecho del trabajo, 10a. ed. México, Porrúa,

36 DERECHO LABORAL Ley Federal del Trabajo México, ISEF, TRUEBA Urbina, Alberto Nuevo derecho del trabajo, 5a. ed. México, Porrúa, INITE Derecho laboral México, INITE,

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