MEMORANDUM 2/2012. Ref.: ENTIDADES EXENTAS EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
|
|
- Juan Manuel Romero Córdoba
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 2/2012 ef.: TIS XTS L IPST LS GCIS ediante la G (FIP) el rganismo Fiscal estableció modificar el procedimiento previsto en la anterior G (FIP) a los efectos de solicitar el reconocimiento de la exención en el Impuesto a las Ganancias de determinados sujetos y dispuso algunas condiciones adicionales para poder deducir del mismo impuesto las donaciones efectuadas a ciertos entes. I- CTIFIC XCIÓ Las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g) m) y r) del rtículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias 1 deberán tramitar un certificado de exención para los siguientes fines: 1 rt. 20 LIG stán exentos del gravamen: b) Las ganancias de entidades exentas de impuestos por leyes nacionales, en cuanto la exención que éstas acuerdan comprenda el gravamen de esta ley y siempre que las ganancias deriven directamente de la explotación o actividad principal que motivó la exención a dichas entidades. d) Las utilidades de las sociedades cooperativas de cualquier naturaleza y las que bajo cualquier denominación (retorno, interés accionario, etc.), distribuyen las cooperativas de consumo entre sus socios. e) Las ganancias de las instituciones religiosas. f) Las ganancias que obtengan las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, siempre que tales ganancias y el patrimonio social se destinen a los fines de su creación y en ningún caso se distribuyan, directa o indirectamente, entre los socios g) Las ganancias de las entidades mutualistas que cumplan las exigencias de las normas legales y reglamentarias pertinentes y los beneficios que éstas proporcionen a sus asociados. m) Las ganancias de las asociaciones deportivas y de cultura física, siempre que las mismas no persigan fines de lucro, exploten o autoricen juegos de azar y/o cuyas actividades de mero carácter social priven sobre las deportivas 1
2 a) o ingresar el Impuesto a las Ganancias. b) o ser pasibles de las retenciones y/o percepciones del Impuesto a las Ganancias. c) o ser pasibles de las retenciones y/o percepciones del Impuesto al Valor gregado, en el caso de las entidades religiosas, obras sociales, asociaciones, fundaciones, entidades civiles sin fines de lucro, entidades mutualistas, asociaciones deportivas y de cultura física, instituciones políticas, colegios y consejos profesionales. d) star alcanzadas por las alícuotas reducidas, o exentas, del Impuesto sobre los Créditos y ébitos en Cuentas Bancarias previstas. l certificado de exención podrá ser solicitado por las entidades que reúnan los siguientes requisitos: a) star inscriptas en FIP y contar con CIT activa. b) Poseer el alta en el Impuesto a las Ganancias y, de corresponder, en el IV. c) Tener actualizada la información respecto a su forma jurídica, el mes de cierre del ejercicio fiscal y las actividades económicas por las cuales se solicita el beneficio. d) Tener actualizado el domicilio fiscal declarado. e) Haber cumplido de corresponder con la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor gregado y de los recursos de la seguridad social de los últimos 12 períodos fiscales, o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad, vencidas con anterioridad a la fecha de interposición de la solicitud. f) Haber cumplido, de corresponder, con la última presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y de la prevista en la G (GI) º los fines de solicitar el certificado de exención, las entidades deberán confeccionar el F. 953 mediante la utilización del programa aplicativo FIP GI- CTIFIC XCIÓ GCIS- Versión 1.0. icho formulario deberá ser presentado mediante transferencia electrónica de datos a través de la página web de FIP. na vez presentado el formulario mencionado, el interesado deberá continuar el trámite mediante el servicio Certificado de xención en el Impuesto a las Ganancias utilizando la clave fiscal. n dicho paso, se constatará el resultado de la presentación del F. 953 y se obtendrá un número de presentación con el cual periódicamente se podrá consultar el estado del trámite. n caso de resultar aceptada la presentación, el interesado deberá concurrir a la dependencia de FIP r) Las ganancias de las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la epública rgentina. 2
3 que le corresponda dentro de los 12 días siguientes a los fines de presentar una serie de documentación 2 para completar el trámite. l régimen previsto en la esolución que comentamos prevé un procedimiento simplificado para determinados sujetos 3. Cuando resulte procedente la exención solicitada, el rganismo Fiscal publicará el correspondiente Certificado de xención en el Impuesto a las Ganancias en su página web. l certificado de exención se otorgará por períodos anuales, coincidentes con el ejercicio fiscal de la entidad. La renovación de los mismos se realizará en forma automática por parte de la FIP. Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia de la G (FIP) º posean un certificado de reconocimiento vigente tramitado de acuerdo con lo dispuesto por las G (FIP) º 729 ó º 1.815, obtendrán automáticamente el "Certificado de xención en el Impuesto a las Ganancias", con una vigencia que comprenderá el ejercicio fiscal que se encuentre en curso y los 2 ejercicios inmediatos siguientes. II- CCIS CIS L IPST LS GCIS l art. 81 inc. c) de la Ley del Impuesto a las Ganancias establece que serán deducibles en dicho impuesto las donaciones efectuadas al estado nacional, provincial y municipal, a los partidos políticos, entidades religiosas y fundaciones o asociaciones que tengan determinados objetos sociales. 2 La documentación a presentar se detalla en los apartados y B del nexo I de la G (FIP) a) ntidades exentas de impuestos por leyes nacionales. b) sociaciones cooperadoras escolares con autorización extendida por autoridad pública. c) sociaciones, fundaciones y demás personas de existencia ideal sin fines de lucro, que destinen los fondos que administren y/o dispongan a la promoción de actividades hospitalarias bajo la órbita de la administración pública (nacional, provincial o municipal) y/o de bomberos voluntarios oficialmente reconocidos. d) Comunidades indígenas inscriptas en el egistro acional de Comunidades Indígenas (CI). e) Instituciones religiosas. f) Bibliotecas populares reconocidas por la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares (CBIP). g) Instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y sede central en la epública rgentina. h) Centros de jubilados y pensionados reconocidos por el ISSJP. i) Contribuyentes no incluidos en los incisos anteriores que, a la fecha de presentación de la solicitud, registren menos de 12 meses de actividad contados desde la fecha de inscripción. 3
4 l respecto, la G (FIP) º dispuso algunos requisitos adicionales para la deducción de las donaciones. Por un lado, estableció que las donaciones deben ser realizadas mediante depósitos bancarios a nombre de los donatarios y por otro lado, tanto donantes como donatarios, deberán cumplimentar con un régimen de información previsto especialmente para esta situación. n el supuesto caso de que la donación se efectúe mediante la intervención del empleador, este queda obligado a realizar un deposito individual por cada donante y entregarle al mismo copia de las boletas de los depósitos efectuados. l empleador podrá optar por sustituir la obligación mencionada por depósito global mensual para cada donatario, en tal caso deberá informar el ejercicio de dicha opción mediante un formulario multinota. l régimen de información previsto deberá cumplimentarse respetando los plazos y aplicativos que a continuación se detallan: a) mpleadores: deben informar las donaciones que efectúen por cuenta y orden de sus empleados durante el año calendario, mediante el aplicativo "CIS I Y SPCI - PLS - Versión 1.0", hasta el día 26 de marzo de cada año. b) onantes: deben informar las donaciones que efectúen sin la intervención de los empleadores a que se refiere el inciso anterior, durante el ejercicio fiscal correspondiente, mediante el aplicativo del Impuesto a las Ganancias que corresponda según el tipo de sujeto de que se trate. c) onatarios: deberán informar las donaciones que reciban durante el año calendario, mediante el aplicativo "CIS I Y SPCI - TS Y TIS - Versión 1.0", hasta el 27 de julio de cada año. Los donantes y los empleadores que realicen las donaciones por cuenta y orden de sus empleados no se encuentran obligados a cumplir con el régimen de información comentado anteriormente cuando se trate de: a) onaciones periódicas que no superen la suma de $ por cada donante en un mismo período fiscal. b) onaciones eventuales que no superen la suma de $ 600 por cada donante, a cada institución, en un mismo período fiscal. Los recibos, tiques o cupones que la respectiva institución extienda habitualmente, serán aceptados como principio de prueba de estas donaciones. Cuando la suma total de las donaciones efectuadas por un mismo donante en un período fiscal, supere el importe de $ o cuando el empleador hubiere 4
5 ejercido la opción de efectuar un depósito global mensual para cada donatario, no será aplicable la excepción dispuesta precedentemente. 5
11/09. Entidades Exentas
Actualidades Memorandum 111/09 11/09 Impuesto a las Ganancias Entidades Exentas Buenos Aires, 5 de octubre de 2009 En nuestros memorandums 85/99, 71/00 y 138/07 informamos las tramitaciones que debían
Más detallesPROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR Y SOLICITAR LA EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RG 2681/09
PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR Y SOLICITAR LA EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RG 2681/09 Mediante el dictado de la Resolución General Nº 2681, (BO 5/10/09) la Administración Federal de Ingresos Públicos
Más detallesVigencia A partir del 01/01/2010. RG 2681 Reemplaza al Régimen de la RG 1815
Nuevo procedimiento para renovar y solicitar la exención en el Impuesto a las Ganancias Por Dr. Marcos Verdún Asesor Tributario CPCECABA La presente colaboración tiene por objetivo describir en forma esquemática,
Más detallesMediante la Resolución General N 2681 la AFIP crea el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias.
Mediante la Resolución General N 2681 la AFIP crea el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias. Asimismo el servicio Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias, es una herramienta
Más detallesCircular de Impuestos Nro. 27/2009. RG 2681 Entidades Exentas en el Impuesto a las Ganancias
Circular de Impuestos Nro. 27/2009 RG 2681 Entidades Exentas en el Impuesto a las Ganancias La presente Circular tiene como objetivo informar sobre los requisitos, plazos, formalidades y demás condiciones
Más detallesMEMORANDUM INFORMATIVO Nº 961
MEMORANDUM INFORMATIVO Nº 961 27 de Diciembre de 2007 Impuesto a las Ganancias. Registro de entidades exentas. Acreditación. Deducción de donaciones a dichas entidades. Requisitos. Modificación. R.G. (AFIP)
Más detallesImpuesto a las Ganancias Declaración Jurada Simplificada
Impuesto a las Ganancias Declaración Jurada Simplificada Cómo efectuar la presentación de la declaración jurada por internet, sin utilizar un programa aplicativo? -Personal en relación de dependencia -Actores
Más detallesESTUDIO KLAUS, SCHNEIDER y Asoc. Dr. Alfredo Klaus - Ludovico O.R. Schneider Contadores Públicos
RESEÑA DE NOVEDADES IMPOSITIVAS, SOCIETARIAS Y PREVISIONALES IMPOSITIVAS R.G. Nº 1678 (AFIP-DGI) Procedimiento. Pago de Deudas vencidas al 31/03/2004 mediante Régimen de Asistencia Financiera Ampliada
Más detallesResolución General Nº 2681/09 Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUJETOS EXENTOS CREACION DEL CERTIFICADO DE EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS - REQUSITOS PLAZOS - PRESENTACIÓN DE DECLACIONES JURADAS - REGIMEN DE INFORMACIÓN DE DONACIONES
Más detallesVISTO la Actuación SIGEA Nº 10056-869-2008 del Registro de esta Administración Federal, y
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2681 Impuestos a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la Ley de gravamen. Resolución General Nº 1815, sus modificatorias
Más detallesASOCIACIONES CIVILES Y FUNDACIONES ASPECTOS IMPOSITIVOS 2013. Dr. PEDRO M. GECIK
ASOCIACIONES CIVILES Y FUNDACIONES ASPECTOS IMPOSITIVOS 2013 IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUJETOS DEL IMPUESTO TASA APLICABLE DEBERES FORMALES EXENCIONES OBJETIVAS SUBJETIVAS - MIXTAS ART. 20 Inc. f PRINCIPIO
Más detallesFORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO
FORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4ta. CATEGORIA El formulario 572 de AFIP es, por medio del cual, los empleados deben informar las deducciones admitidas en el Impuesto
Más detallesQuiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales?
Quiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales? Los empleados Los actores que perciban sus ingresos a través
Más detallesRÉGIMEN DE INFORMACIÓN RG 4120 (DGI)
REGIMEN DE INFORMACIÓN RG 4120 (DGI) Resolución General (AFIP) 2763/2010 (B.O. 05/02/2010) RÉGIMEN DE INFORMACIÓN SUJETOS OBLIGADOS Comprendidos en el Artículo 49, incisos a) y b) de la Ley de Impuesto
Más detallesNOVEDADES FISCALES MAYO 2015
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3769 - BO: 05/05/2015 PROCEDIMIENTO FISCAL. SE ESTABLECEN PRECISIONES RESPECTO DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 28/2/2015
Más detallesEXENCIONES IMPOSITIVAS DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
EXENCIONES IMPOSITIVAS DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO Aspectos generales Caso particular filiales FEHGRA 10º COLOQUIO TRIBUTARIO 26 y 27-09-13 TEMAS 1. El aspecto temporal del reconocimiento de exenciones
Más detallesTenga en cuenta que, para utilizar este servicio, debe previamente:
Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas Quienes pueden utilizarlo? Quienes perciban ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones. Los Actores que perciban sus ingresos
Más detallesh. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado
h. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado Para ingresar a la ventana Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado una vez ingresados los parámetros Formulario, Versión y Período Fiscal,
Más detallesPor ello, - Alcance. - Efectos
Lunes 5 de octubre de 2009 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.751 26 ANEXO XXVIII RESOLUCION GENERAL Nº 2522/87 (ANA) (TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL Nº 2685) LISTADO DE POSICIONES NCM - PARTES Y ACCESORIOS
Más detallesCooperativas. Aspectos impositivos. Ley 20337. UNLZ - F.C.E. "Cooperativas" Monica Gutierrez
Cooperativas Ley 20337 Cooperativas de Trabajo Constitución. Rubrica de libros. Aspectos impositivos Cooperativas Concepto "es una EMPRESA que se POSEE EN CONJUNTO y se CONTROLA DEMOCRATICAMENTE". REQUISITOS
Más detallesQuienes están sujetos al impuesto a las Ganancias?
Quienes están sujetos al impuesto a las Ganancias? Todas las personas de existencia visible o ideal que obtengan ganancias están sujetas al gravamen. A los efectos de la ley, se consideran ganancias de
Más detallescorrespondiente a este año a través del formulario online F. 572
El organismo de recaudación ya habilitó el ingreso de datos para el formulario online F. 572 correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Cuáles son los conceptos que pueden informarse a través de la web,
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES AÑO 2015
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES AÑO 2015 1.- Objeto, finalidad y ámbito temporal Se entenderá como objeto, el desarrollo de actividades culturales, dentro del ámbito territorial
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº 039-2001-EF
Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 27334 y establecen los alcances, períodos y otros aspectos sobre la administración de las aportaciones a ESSALUD y ONP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 1815 Impuesto a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la ley del gravamen. Resolución General Nº 729, su modificatoria
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3418 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Rentas
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 040-2016/SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 040-2016/SUNAT DICTAN DISPOSICIONES Y APRUEBAN FORMULARIO VIRTUAL PARA QUE LOS DONATARIOS INFORMEN A LA SUNAT SOBRE LOS FONDOS Y BIENES RECIBIDOS Y SU APLICACIÓN Lima,
Más detallesImpuesto a las Ganancias 4ta Categoría. Versión 7.0 junio-15
Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría Versión 7.0 junio-15 Aspectos Generales del Impuesto a las Ganancias Es un impuesto NACIONAL, que recae sobre los beneficios o rentas obtenidos durante un período
Más detallesQue la citada ley, faculta a esta Administración Federal a. percibir el impuesto mediante la retención en la fuente.
Asunto: IMPUESTO A LAS GANANCIAS Actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Régimen de retención. Su instrumentación. BUENOS AIRES,22 de mayo de 2006 VISTO la
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Acreditamiento del Impuesto de Solidaridad al Impuesto Sobre la Renta de aquellos contribuyentes
Más detallesTITULO I DEL REGISTRO DE ENTIDADES INTERNACIONALES DE BIEN PUBLICO
LA NACION DE LOS REGISTRO DE L& ENTIDADES INTERNACIONALES DE BIEN PUBLICO Y DE LOS PROYECTOS DE COOPERACION INTERNACIONAL, DE LOS DERECHOS Y EXENCIONES QUE BENEFICIAN A LOS INSCRIPTOS EN DICHOS REGISTROS
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Impuesto a las Ganancias Esquema de liquidación Obligaciones del Empleado F572 Decreto Nº 1242/13 Obligaciones del Empleador - F649 Que Controlamos? Ganancia
Más detalles26 de junio de 2014. 1. Reforma del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo
26 de junio de 2014 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Reforma del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo El pasado viernes 20 de junio, el Consejo de Ministros recibió el informe del ministro de Hacienda y
Más detalles1. Qué es el Plan de Pago a proveedores aprobado por el Real Decreto legislativo 8/2013, de 28 de junio?
FASE 3ª DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2013, DE 28 DE JUNIO. PRONTUARIO. 1. Qué es el Plan de Pago a proveedores
Más detallesAbril 2016 Novedades impositivas del 21 04 al 27 04
Abril 2016 Novedades impositivas del 21 04 al 27 04 Novedades Nacionales CONVENIO MULTILATERAL. DECLARACIÓN JURADA ANUAL CM05 DEL PERÍODO FISCAL 2015. SE PRORROGA EL VENCIMIENTO AL 30/6/2016 RESOLUCIÓN
Más detalles1. TRAMITES RELACIONADOS CON EL MONOTRIBUTO 2. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (JURIDICAS Y OTRAS) 3. 1. ALTAS EN EL MONOTRIBUTO
Publicado: www.afip.gov.ar, Sector Guía de trámites. 1. TRAMITES RELACIONADOS CON EL MONOTRIBUTO 2. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (JURIDICAS Y OTRAS) 3. 1. ALTAS EN EL MONOTRIBUTO Qué tipo de sociedad puede
Más detallesRegulación de Requisitos para el Trámite de Autorización para Recibir Donaciones Deducibles de la Renta Bruta del Donante
Regulación de Requisitos para el Trámite de Autorización para Recibir Donaciones Deducibles de la Renta Bruta del Donante DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN DGT-R-------2016. Dirección General de Tributación.-
Más detallesIMPUESTO ÚNICO RETIROS DE DEPÓSITOS DE AHORROS PRE- VISIONALES VOLUNTARIOS (ART. 42 BIS)
CAPÍTULO IV RETIROS DE APV. LÍNEA 46 IMPUESTO ÚNICO RETIROS DE DEPÓSITOS DE AHORROS PRE- VISIONALES VOLUNTARIOS (ART. 42 BIS) 46 A) Tasa de impuesto único que afecta a los retiros de depósitos de ahorro
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL 3665-3666 MODIFICACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y REMITOS
NUEVAS DISPOSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN Y EMISIÓN DE COMPROBANTES QUE INVOLUCRAN A TODOS LOS CONTRIBUYENTES. RESOLUCIÓN GENERAL 3665-3666 MODIFICACIÓN DE IMPRESIÓN
Más detallesDeclaración del IRPF del ejercicio 2014: Cuestiones a tener en cuenta
Nº 18 / Mayo 2015 Declaración del IRPF del ejercicio 2014: Cuestiones a tener en cuenta Como cada año por estas fechas, pasamos a destacarles las principales cuestiones a tener en cuenta, así como las
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Características Generales del Impuesto Es un impuesto Nacional. Es un impuesto progresivo y directo. Es un impuesto personal. Es un impuesto anual. CONCEPTO
Más detallesVéase al respecto el Anexo a esta Circular. B. Sujetos obligados a informar sus bienes e ingresos al Fisco (RG AFIP 2437 art. 12)
Ciudad de Buenos Aires, 03 de Febrero de 2015. Circular I 785 INFORMACIÓN PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia. A)
Más detallesAHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO ARTÍCULO 42 BIS Y REBA- JA POR INVERSIÓN EN FONDOS DE INVERSIÓN LEY Nº 18.815
CAPÍTULO IV APV Y FONDOS DE INVERSIÓN. LÍNEA 16 AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO ARTÍCULO 42 BIS Y REBA- JA POR INVERSIÓN EN FONDOS DE INVERSIÓN LEY Nº 18.815 16 IMPORTANTE: La Ley Nº 20.028, publicada en
Más detallesConsultoría Fiscal. Fideicomisos de inversión en energía e infraestructura
Consultoría Fiscal 2015 21 Fideicomisos de inversión en energía e infraestructura Se dio a conocer en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) una nueva actualización
Más detallesMR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES
MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES Expositor: Marcelo D. Rodríguez IMPUESTO A LAS GANANCIAS Artículo 79
Más detallesc) Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del día 1 de enero de 2014, en adelante.
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3685 Régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes y de registración de operaciones. Sustitución del CITI Compras y del CITI Ventas.
Más detallesMartes, 8 de Abril, Centro Cultural de España, Providencia, 927. Santiago de Chile TRIBUTACIÓN EXTRANJEROS RESIDENTES EN CHILE CONVENIO CHILE - ESPAÑA
Telf.:+ 56 2 29519235 Martes, 8 de Abril, Centro Cultural de España, Providencia, 927. Santiago de Chile TRIBUTACIÓN EXTRANJEROS RESIDENTES EN CHILE CONVENIO CHILE - ESPAÑA Área Tributaria Chile Telf.:+
Más detallesVISTO la Resolución General N 729, su modificatoria y complementarias, la Resolución General N 1675, y
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General Nº 1.815 Impuesto a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la ley del gravamen. Resolución General Nº 729, su modificatoria
Más detallesMonotributo Herramientas Prácticas
Monotributo Herramientas Prácticas Dr. Carlos Alberto Rezzara OCTUBRE 2012 2 Parte INICIO QUÉ DEBO HACER PARA INGRESAR AL MONOTRIBUTO? Para ser contribuyente de Monotributo, deberá tener: 1. Número de
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS
Cra. Erica Tomassoni - Mail ericatomassoni@gmail.com IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUELDOS BAJO RELACION DE DEPENDENCIA NORMATIVA LEGAL Ley 20628 Impuesto a las Ganancias Resolución General AFIP 2437 BO 22/04/2008
Más detallesDeducciones de carácter estatal en el IRPF 2015
Deducciones de carácter estatal en el IRPF 2015 Con la entrada en vigor de la nueva Reforma Fiscal se han introducido una serie de cambios que afectan a las deducciones en el IRPF para este año 2015 que,
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS (R.G. 830/00)
IMPUESTO A LAS GANANCIAS (R.G. 830/00) El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires es una entidad de Derecho Público, por lo tanto es un sujeto obligado a practicar retenciones de Impuesto a
Más detallesPAGO ELECTRÓNICO DE ARANCELES
PAGO ELECTRÓNICO DE ARANCELES 1- Qué es el PAGO ELECTRÓNICO? El Pago Electrónico es un sistema que facilita la recaudación a través de transacciones en línea mediante una conexión a la red de internet.
Más detallesMODELO 182 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE DONACIONES QUE DEN DERECHO A DEDUCCIÓN EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA.
MODELO 182 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE DONACIONES QUE DEN DERECHO A DEDUCCIÓN EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA. Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España INFORMACIÓN SOBRE EL MODELO 182 DE
Más detallesCuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?
4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál
Más detalles4. Las APAFA se encuentran obligadas a emitir comprobante de pago por los cobros que realicen acordados en Asamblea?
INFORME N. 100-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: 1. Las Instituciones Educativas Públicas (IEP) y las Asociaciones de Padres de Familia (APAFA) que existen en dichas Instituciones deben inscribirse en el Registro
Más detallesBases de la convocatoria Territorios Solidarios
Bases de la convocatoria Territorios Solidarios Bases de la convocatoria Territorios Solidarios 1.- Objetivo de la convocatoria 2.- Procesos de selección de proyectos 3.- Requisitos para las ENL solicitantes
Más detallesEl CUPS, la designación de los suministros, su dirección y tarifa de acceso se especifican en el Anexo I.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL CANALIZADO EN LOS EDIFICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO ÍNDICE: 1. Objeto del contrato. 2. Ámbito de
Más detallesImpuesto a las Ganancias persona Jurídica- Esquemas Técnicos Expositora: Dra. Adriana de Llamas
Impuesto a las Ganancias persona Jurídica- Esquemas Técnicos Expositora: Dra. Adriana de Llamas PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS DyC BANCARIOS: RG 2111/06 (BO 14/08/06) DOBLE LIMITE : Se limita el
Más detallesAño contributivo comenzado el de de 20 y terminado el de de 20 Número de Seguro Social. bajo las siguientes leyes: Socio ilimitado
Formulario 480.6 SE Rev. 03.13 Nombre y Dirección del Socio Nombre y Dirección de la Sociedad Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA DECLARACION INFORMATIVA SOCIEDAD ESPECIAL Participación
Más detallesModelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación
Modelo 130 Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Actividades económicas en estimación directa Pago fraccionado - Autoliquidación Importante:
Más detallesB.O. 28/10/02 IMPUESTOS - Resolución General 1363 - AFIP Impuesto al Valor Agregado.
B.O. 28/10/02 IMPUESTOS - Resolución General 1363 - AFIP Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Operaciones de compraventa de miel a granel. Régimen de retención.
Más detallesASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO. -Última comunicación incorporada: A 5603-
ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO -Última comunicación incorporada: A 5603- Texto ordenado al 02/07/2014 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes
Más detallesRECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO PRÓXIMO
18 de marzo de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Modelo 143: solicitud del abono anticipado deducciones familia numerosa y personas con discapacidad.... 1 2. Castilla y León: Ley de Transparencia... 3 RECORDATORIO
Más detallesAsociada. 1.- Requisitos que deben cumplir cuando opten por ingresar al régimen simplificado:
Artículo 14 ter Documentación Asociada Artículo 14 ter.- Los contribuyentes obligados a declarar renta efectiva según contabilidad completa por rentas del artículo 20 de esta ley, podrán acogerse al régimen
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retenciones, rentas obtenidas del trabajo personal Cuarta categoría. El presente trabajo pretende ilustrar en
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retenciones, rentas obtenidas del trabajo personal Cuarta categoría. El presente trabajo pretende ilustrar en forma generalizada dado su complejidad sobre la normativa
Más detallesContribuyentes. Instituciones receptoras de donaciones que tienen derecho al beneficio
DONACIONES Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII.
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS. PRIMERA. OBJETO. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para la financiación de gastos de desplazamiento
Más detallesANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.
ANUNCIO Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Más detallesASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Alexandra Gnecco Mendoza
ASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA Alexandra Gnecco Mendoza 1 Objetivos de de la la Reforma *Equidad Mejorar la distribución de la carga tributaria - Personas con *Equidad un poco - más Personas
Más detallesCERTIFICADO DE VALIDACION DE DATOS DE IMPORTADORES
CERTIFICADO DE VALIDACION DE DATOS DE IMPORTADORES Por medio de la Resolución General N 2238 (Boletín Oficial 10/04/07) la AFIP ha dado a conocer un nuevo procedimiento para la obtención del Certificado
Más detallesDECRETO Nº / SANTIAGO,
APRUEBA CREACIÓN DEL SELLO PRO PYME Y SU REGLAMENTO. DECRETO Nº / SANTIAGO, VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto
Más detallesLEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : ARTÍCULO 1º.- Agrégase el Artículo 19 BIS, elimínase el Artículo 4º BIS y modifícanse los Artículos 4º, 5º,
Más detallesRESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA) 45/2011-BUENOS AIRES. COT. TRASLADO O TRANSPORTE DE BIENES EN EL TERRITORIO PROVINCIAL. CÓDIGO DE OPERACIÓN
Rosario, 08 de Septiembre de 2011. DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: Novedades tributarias 08/2011. (Resumen) RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA) 45/2011-BUENOS AIRES. COT. TRASLADO O TRANSPORTE
Más detallesTributario y Legal. Modificaciones al régimen de donaciones especiales Procedimientos
Tributario y Legal Modificaciones al régimen de donaciones especiales Procedimientos El MEF emitirá una constancia para la solicitud de los certificados de crédito ante la DGI. Se fija el IMIPVIR para
Más detallesComunidad Autónoma de la Región de Murcia
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de
Más detallesENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO.
GUÍA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. 1 FORMALIZACIÓN. ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (ESAL), es una persona jurídica que nace de la manifestación de voluntad de una o más personas, (personas naturales o jurídicas)
Más detallesAspectos fiscales relevantes 2015. Fernando Velázquez R.
Fernando Velázquez R. Dictamen fiscal optativo (artículo 32-A del CFF)! Aplica a personas físicas con actividades empresariales y personas morales que se ubiquen en los siguientes supuestos: 1. Ingresos
Más detallesIdentificación Norma: LEY-19345 Fecha Publicación: Fecha Promulgación: Organismo: Ultima Modificación:
Identificación Norma: LEY-19345 Fecha Publicación: 07.11.1994 Fecha Promulgación: 26.10.1994 Organismo: MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Ultima Modificación: DS 168 S PREVISION SOC Fecha Ultima
Más detallesORDENANZA DE POSTULACIÓN Y OTORGAMIENTO DE BECA DE EXCELENCIA ACADEMICA I.MUNICIPALIDAD DE CALBUCO PARA ESTUDIOS SUPERIORES.
ORDENANZA DE POSTULACIÓN Y OTORGAMIENTO DE BECA DE EXCELENCIA ACADEMICA I.MUNICIPALIDAD DE CALBUCO PARA ESTUDIOS SUPERIORES. DECRETO EXENTO N :10.161.- CALBUCO: 26. OCTUBRE AÑO 2009. ART. 1 : El Concejo
Más detallesCUENTA DE AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO COLECTIVO
CUENTA DE AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO COLECTIVO Qué es la Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo? Es el registro expresado en pesos y cuotas, incluida la rentabilidad, en la cual se incorporan
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770 Deducciones personales. Incremento del mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial para trabajadores en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones,
Más detallesDESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE BONIFICACIÓN
LA BONIFICACIÓN Todos los cursos diseñados e impartidos por INDESPRE cumplen los requisitos que exige la legislación vigente para ser bonificables. La empresa podrá recuperar su coste, total o parcialmente,
Más detallesNuevos tipos de retenciones y deducciones anticipadas familiares a partir de la entrada en vigor de la Reforma del IRPF
Circular 12-2014 23 de diciembre Nuevos tipos de retenciones y deducciones anticipadas familiares a partir de la entrada en vigor de la Reforma del IRPF El BOE del 6 de diciembre publica el Real Decreto
Más detallesOPE ORDEN DE PAGO ELECTRONICA
Preguntas frecuentes: 1- Qué es? OPE ORDEN DE PAGO ELECTRONICA O.P.E: Orden de Pago Electrónico es un servicio on line con clave fiscal ofrecido por la Dirección General de Rentas a través del cual el
Más detalleswww.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Tipo Norma :Ley 20565 Fecha Publicación :08-02-2012 Fecha Promulgación :23-01-2012 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :MODIFICA LA LEY Nº 20.444, Y LA LEY N 19.885, CON EL OBJETO DE FOMENTAR LAS
Más detallesAyuntamiento de Tarancón
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 39 REGULADORA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Artículo 1. Ámbito objetivo. En base a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación
Más detallesACTUALIDAD FISCAL MAYO 2015. www.sms.com.ar www.smslatam.com. www.sms.com.ar Página 1 de 17
ACTUALIDAD FISCAL MAYO 2015 www.sms.com.ar www.smslatam.com www.sms.com.ar Página 1 de 17 Actualidad MAYO DE 2015 Índice Memo Pág. Memo 31/1 /15 Provincia de Buenos Aires Regímenes de facilidades de pago
Más detallesUbertod y Orden CONSIDERANDO
r) 'V Ubertod y Orden ". '..':~ ',,;;-:,~~.,, ~., ~. :..!~~:;; f;~~~;1:~:7:lf ~É~ ~~~~ ~::.:(f~~~ ~f.~ ~~Eg~f.X~ i!; "Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único del Sector Administrativo Agropecuario,
Más detallesSolicitud de permanencia o Incorporación Planes PREMAAT Profesional / Plus Ahorro Jubilación
Solicitud de permanencia o Incorporación Planes PREMAAT Profesional / Plus Ahorro Jubilación (Grupos Básico y/o Complementario 1º) Mediador Clave N.I.F. Nombre Primer Apellido Segundo Apellido Fecha Nacimiento
Más detallesREGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DESTILADAS, CERVEZAS Y OTRAS BEBIDAS FERMENTADAS
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DESTILADAS, CERVEZAS Y OTRAS BEBIDAS FERMENTADAS Guatemala, 22 de julio de 2004. ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 205-2004 El Presidente
Más detallesMaría Marcela Con, Farías Contadora Pública
María Marcela Con, Farías Contadora Pública Estudio Con, Farías Días Vélez 3876, 3 Piso Tel.: +54 (11) 6320-0222 Email: marcela.con,@con,farias.com Régimen de Retenciones: Introducción Los empleadores
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 2437
Page 1 of 14 RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 2437 Régimen de retención sobre rentas de trabajadores en relación de dependencia y otros. Régimen simplificado para informar ingresos, gastos, deducciones admitidas
Más detallesAyuntamiento de Caspe
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CULTURALES Y SOCIALES 1. Objeto y finalidad.-el Excmo. convoca estas subvenciones con el objeto de colaborar económicamente con las asociaciones
Más detalles- S.I.Ap.: Sistema Integrado de Aplicativos AFIP - Descargar Aplicativo. - Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - Descargar Aplicativo
Quiénes deben efectuar la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales y qué fecha de vencimiento corresponde considerar en cada caso? Los empleados que durante el año
Más detallesMANUAL. Cómo registrar tu FUNDACIÓN. o Corporación. en el Registro. de Instituciones. Registro de Instituciones Donatarias
MANUAL Cómo registrar tu FUNDACIÓN o Corporación en el Registro de Instituciones Registro de Instituciones Donatarias 1 Qué es el Registro de Instituciones Donatarias? Y por qué debería inscribir mi fundación?
Más detallesCIRCULAR N 01/16 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/16 SALTA, 07 de Marzo de 2016 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: IMPOSITIVA TEMA: Ganancias de la Cuarta Categoría Rentas del Trabajo Personal Incremento en las Deducciones del Art. 23º
Más detallesRÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS
RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS INTRODUCCIÓN Las hermandades y cofradías son personas jurídicas de la Iglesia Católica cuyo régimen fiscal se establece en el art. V del Acuerdo entre
Más detallesAcceso al Formulario 572 On-Line de AFIP. De más de a $ * más el sobre excedente de $ 0 2.000 0 10,0 0 2.000 4.000 200 14,0 2.000
Actualización: 14-01-14 ESTE ARCHIVO CONTIENE: Escala de retenciones para profesionales liberales- Mínimo no imponible - Cálculo del impuesto Exención de la obligación de emitir factura cuando los honorarios
Más detalles