FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL MEDELLIN FEDUSAB REGLAMENTO FONDO DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No 058

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL MEDELLIN FEDUSAB REGLAMENTO FONDO DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No 058"

Transcripción

1 FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL MEDELLIN FEDUSAB REGLAMENTO FONDO DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No 058 Por medio del cual se adopta el reglamento del FONDO DE BIENESTAR SOCIAL del FEDUSAB. La Junta Directiva del FEDUSAB, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que tanto la legislación de los Fondos de Empleados como el Estatuto vigente del FEDUSAB determinan un porcentaje mínimo tomado de los excedentes del ejercicio del año anterior para la creación de fondos permanentes o agotables, con las cuales el FEDUSAB, desarrollará labores de solidaridad, educación, cultura, recreación y previsión en beneficio de sus asociados. ACUERDA: ARTÍCULO 1. OBJETIVO: el Fondo de Bienestar Social tiene como objetivo contribuir a la satisfacción de las necesidades de solidaridad, educación, cultura, recreación y previsión en beneficio de sus Asociados. ARTÍCULO 2. RECURSOS: el Fondo de Bienestar Social se constituirá y se mantendrá mediante los siguientes recursos: Las sumas de dinero que determine la Asamblea General de asociados del FEDUSAB, de acuerdo con la distribución de los excedentes. Los saldos existentes por cualquier concepto, que no fueren reclamados por los asociados del FEDUSAB de acuerdo con los términos establecidos en el Estatuto (Artículo 45). Los dineros que reciba el FEDUSAB a título de donaciones y herencias de personas naturales o jurídicas. Las contribuciones económicas solidarias aprobadas por la Asamblea General de Asociados.

2 Los demás recursos que considere la Asamblea General de Asociados y/o la Junta Directiva del FEDUSAB. ARTÍCULO 3. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ADMINISTRADOR DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL: El Fondo será constituido y administrado por un Comité el cual estará integrado por cinco asociados hábiles, uno de los cuales debe ser integrante de la Junta Directiva en calidad de coordinador, otro designado como secretario; también harán parte de este comité un integrante del Comité de Control Social y el Gerente, quienes tendrán voz mas no voto. El período para el cual es nombrado este Comité será igual al de los organismos de Dirección y Control. ARTICULO 4. QUÓRUM: El quórum lo constituirá la participación de 3 integrantes, quienes podrán deliberar y decidir, caso en el cual las decisiones serán aprobadas por unanimidad. ARTÍCULO 5. REUNIONES DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL: Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité de Bienestar Social se reunirá mensualmente en forma ordinaria y extraordinaria cada vez que se requiera, o a juicio del Coordinador del Comité, el Comité de Control Social o la Junta Directiva. De cada reunión se levantará un acta que firmará el Coordinador y el Secretario. ARTÍCULO 6. FUNCIONES DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL: El Comité de Bienestar Social tendrá las siguientes funciones: Diseñar y acatar su propio reglamento para desarrollar planes tendientes a lograr el objetivo del Comité, coherente con los principios de Economía Solidaria. Estudiar y responder por escrito las solicitudes presentadas por los asociados, en un tiempo máximo de quince (15) días hábiles. Diseñar y promover las actividades que estime convenientes para otorgar los diferentes auxilios, dentro de los lineamientos estatutarios y reglamentarios. Elaborar el plan anual del Fondo de Bienestar Social, de acuerdo con la disponibilidad de recursos y presentarlo a la Junta Directiva para su aprobación.

3 Presentar un informe periódico sobre el desarrollo de la programación anual, a la Junta Directiva o cuando ésta lo solicite. Verificar la correcta destinación de los auxilios otorgados a los asociados e informar a la Junta Directiva las irregularidades que se detecten. Las demás funciones que le asigne la Junta Directiva. ARTÍCULO 7. DESTINACION DE LOS RECURSOS: Sin perjuicio de otros auxilios que pueden ser considerados de manera especial o posteriormente reglamentados por la Junta Directiva del FEDUSAB, el Comité de Bienestar Social se ocupará básicamente de los siguientes: Auxilio por calamidad doméstica Auxilio por desvinculación laboral Auxilio por matrimonio o nacimiento Auxilio de incapacidad médica permanente Auxilio por medicamentos no POS Auxilio para exámenes médicos especializados Auxilio para compra de anteojos Auxilio para gastos de hospitalización e incapacidad médica temporal (solo aplica para el núcleo familiar básico). Auxilio por muerte del asociado mayor de 70 años. Auxilio para quienes adquieren el estatus de pensionados Auxilio por gastos funerarios Auxilio plan exequial vida grupo Auxilio vida cara Auxilio Escolar Reconocimientos por antigüedad Reconocimiento Especial a la vivencia de los valores Auxilio para Educación Formal: Básica, media, pregrado y posgrado. Auxilio para Capacitaciones en Educación no formal Auxilio para Capacitación certificada en Economía Solidaria Auxilio para capacitación a los organismos de dirección y control Auxilio para cultura y recreación ARTÍCULO 8. BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarios de los auxilios del Fondo de Bienestar Social, los asociados, su núcleo familiar básico y grupo familiar, según Estatuto y el presente Reglamento.

4 ARTÍCULO 9. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS: Para garantizar el cumplimiento del objetivo, la Junta Directiva del FEDUSAB determinará oportunamente la manera como se distribuirán los recursos del Fondo de Bienestar Social, procurando atender equitativamente la solidaridad, educación, cultura, recreación y previsión, en aras de dar cumplimiento a los postulados solidarios, con sujeción en un todo a los principios consagrados en la legislación sobre la Economía Solidaria, atendiendo las directrices y pautas que sobre el particular expidan los organismos competentes. ARTÍCULO 10. DEFINICIÓN Y CUANTÍA DE LOS AUXILIOS: Auxilio por Calamidad Doméstica: Para el FEDUSAB el concepto de Calamidad doméstica, se referirá a: perdidas inesperadas debido a situaciones apremiantes de índole familiar, asonada, desplazamiento forzado, terrorismo, terremoto, explosión, incendio, inundación o destrucción violenta ocurrida a la vivienda de propiedad del asociado o su núcleo familiar que afecte su patrimonio, debidamente comprobadas; la asignación del auxilio será la siguiente: Situaciones apremiantes de índole familiar: hasta el 30% del salario mínimo legal mensual vigente. Asonada, desplazamiento forzado, terrorismo, explosión, incendio, inundación o destrucción violenta ocurrida a la vivienda dl asociado (aunque no sea de su propiedad) y que afecte su patrimonio hasta el 100% del salario mínimo legal mensual vigente dependiendo de la valoración de la calamidad Parágrafo: la cuantía depende de la evaluación realizada por el funcionario, designado por el Comité de Bienestar Social, para las diferentes situaciones de calamidad doméstica. Desvinculación laboral: es aquel que se le otorga al asociado, ante el evento de una desvinculación laboral, ocurrida por decisión del empleador sin justa causa y antes de la fecha de finalización del contrato. La terminación del contrato a término fijo no aplica para este auxilio. La asignación del auxilio será hasta el 25% del salario mínimo legal mensual vigente. Según disponibilidad del presupuesto

5 Auxilio por Matrimonio o Nacimiento: es aquel que se otorgará a los asociados por matrimonio, nacimiento o adopción legal de un nuevo hijo. La asignación del auxilio será hasta el 25% del salario mínimo legal mensual vigente, según disponibilidad del presupuesto. Auxilio para quienes adquieren el estatutos de pensionados: es aquel que se le otorgara al asociado cuando adquiera el estatus de pensionado, siempre y cuando sea asociado activo del FEDUSAB al momento de adquirir su pensión. La asignación del auxilio será hasta el 20% del salario mínimo legal mensual vigente. Según disponibilidad del presupuesto Auxilio por medicamentos no POS: se concederá al asociado y su núcleo familiar básico, por medicamentos que no cubre el POS. La asignación del auxilio será hasta el 30% del salario mínimo legal mensual vigente. Se otorgara solo una vez al año y según disponibilidad del presupuesto. Auxilio por Incapacidad Médica Permanente: se concederá únicamente al asociado, que la A.R.L. (Administradora de Riesgos Laborales) certifique incapacidad médica permanente. La asignación del auxilio será hasta del 15% del salario mínimo legal mensual vigente. Se otorgará semestralmente y según disponibilidad del presupuesto Auxilio por Gastos de Hospitalización: se otorgará al asociado, para los gastos de hospitalización de algún integrante del núcleo familiar básico (según Estatuto vigente) que no se encuentre vinculado laboralmente, por enfermedad que no cubra el POS (Plan Obligatorio en Salud). La asignación del auxilio será hasta del 25% del salario mínimo legal mensual vigente. Se otorgará una vez por año y según disponibilidad del presupuesto. Auxilio por exámenes médicos especializados: se otorgara al asociado y núcleo familiar básico para los exámenes médicos especializados que no cubra el POS, excepto para los casos estéticos. El asociado debe presentar certificación del médico tratante donde conste que el examen no tiene cubrimiento por el POS. La asignación del auxilio será hasta el 20% del salario mínimo legal mensual vigente. Se otorgara solo una vez por año y según disponibilidad del presupuesto.

6 Auxilio compra de anteojos: se otorgara al asociado y núcleo familiar básico, para compra de anteojos que no cubra el POS, excepto para los casos estéticos. El asociado debe presentar factura de compra. la asignación del auxilio será hasta el 10% del valor de la factura. Se otorgara solo una vez por año. Auxilio Funerario: es aquel se le otorgará al asociado por el fallecimiento de un integrante del núcleo familiar básico, según Estatuto del FEDUSAB, la asignación del auxilio será hasta del 50% del salario mínimo legal mensual vigente. Según disponibilidad del presupuesto Auxilio por muerte del asociado mayor de 70 años: es aquel se le otorgará al beneficiario inscrito en el registro de hoja de vida, por muerte del asociado. La asignación del auxilio será hasta de 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Parágrafo: Si al momento de fallecer el asociado con edad igual o mayor de 70 años, tiene saldo de deuda por crédito con el FEDUSAB, este auxilio se abonará a dicho saldo como parte de pago. Auxilio de Vida Cara: se le concederá a los asociados, al principio del año, por el desbalance entre el costo de vida y el aumento salarial. La asignación del auxilio será hasta del 5% del salario mínimo legal mensual vigente. El auxilio se otorgara en bonos y estará sujeto al presupuesto anual del Fondo de bienestar. Auxilio Escolar: Consiste en la entrega de útiles escolares (Kit) a todos los asociados, a finales del año. Reconocimientos por antigüedad: Se hará reconocimiento por antigüedad a aquellos asociados que ininterrumpidamente han permanecido 10, 20, 30, 40, 50 años y así sucesivamente cada diez años, por su colaboración y aporte a la solidaridad y crecimiento del Fondo, con su lealtad y compromiso. Este reconocimiento se hará en acto público en la fecha de aniversario del FEDUSAB. Reconocimiento Especial a la vivencia de los valores: se le otorga a aquellas personas que han aportado al desarrollo del Fondo a través de la vivencia de los valores institucionales. Esta selección se hará a través de votación (para clasificar el

7 postulado no podrá tener menos de 10 votos) y el reconocimiento se hará en el aniversario del FEDUSAB. El comité revisara todas la postulaciones y seleccionara aquel que obtenga el mayor número de postulaciones en caso de un empate se le otorgara a la persona que acredite mayor antigüedad como asociado al FEDUSAB. Auxilio para Educación Formal: Es aquel que se otorga como reconocimiento a los méritos académicos del asociado y su núcleo familiar básico. Educación Básica y Media: Se otorga al asociado y a los integrantes de su núcleo familiar básico, según Estatuto vigente, que dependan económicamente del asociado y que su edad no supere los 25 años. Básica: es un reconocimiento a los méritos académicos en educación Básica, para el asociado y los integrantes de su núcleo familiar, según Estatuto. La asignación del auxilio será hasta el 10% del salario mínimo legal mensual vigente Media: es un reconocimiento a los méritos académicos en educación Media, para el asociado y los integrantes de su núcleo familiar, según Estatuto. La asignación del auxilio será hasta el 10% del salario mínimo legal mensual vigente. Parágrafo: en caso de la validación de la Básica o la Media, el auxilio otorgado para los estudiantes de calendario A o B se repartirán en cada nivel cursado durante el año. Requisito: El asociado deberá diligenciar adecuadamente la solicitud del auxilio para educación Básica o Media, el suyo o del integrante del núcleo familiar, del 5 de diciembre al 20 de enero (Calendario A), del 5 de mayo al 20 de junio (Calendario B) y anexar original de calificaciones del año que acaba de cursar. Pregrado: para el asociado y los integrantes del núcleo familiar, según Estatuto vigente, que dependan económicamente del asociado y no supere los 25 años. Es un reconocimiento a los méritos académicos en pregrado, para el asociado y su núcleo familiar, según Estatuto vigente, en programas

8 aprobados por el Ministerio de Educación Nacional. El auxilio se otorgara de la siguiente manera: Para el asociado: Hasta el 30% por matricular todas las asignaturas del nivel Hasta el 25% por matricular el 50% de las asignaturas del nivel Hasta el 10% por matricular el 25% de las asignaturas del nivel Para el núcleo familiar: Hasta el 20% por matricular todas las asignaturas del nivel Hasta el 15% por matricular el 50% de las asignaturas del nivel Hasta el 10% por matricular el 25% de las asignaturas del nivel Requisitos: Diligenciar adecuadamente la solicitud del auxilio Tener como mínimo 2 meses de afiliación al FEDUSAB Haber cursado la capacitación certificada en Economía Solidaria. Ser estudiante regular Haber aprobado el primer nivel Obtener un promedio crédito superior o igual a 4 Anexar certificado de calificaciones, pensum académico o maya Fecha límite inscripción primer semestre: Hasta el 15 de enero. Fecha límite inscripción segundo semestre: Hasta el 15 de julio. Parágrafo: Aplica para programas técnicos, tecnológicos y profesionales aprobados por el Ministerio de Educación Nacional. Posgrado: únicamente para el asociado, se otorga para el reconocimiento a los méritos académicos en posgrados que conduzcan al título de especialista, magister, doctor y post doctor, en programadas aprobados por el Ministerio de Educación nacional, el auxilio será hasta el 50% del salario mínimo legal mensual vigente. Requisitos:

9 Diligenciar la solicitud del auxilio Tener como mínimo 2 meses de afiliación al FEDUSAB Haber cursado la capacitación certificada en economía solidaria Ser estudiante regular Haber aprobado el primer nivel Obtener un promedio superior a 4. Anexar certificado original de calificaciones. Auxilio para capacitación en educación no formal: El FEDUSAB organizara capacitaciones en diferentes áreas, para el asociado y su núcleo familiar, se otorga hasta el 100% de la tarifa. Auxilio para capacitación certificada en Economía Solidaria: El Comité de Bienestar Social organizara la capacitación certificada en economía para el asociado, se otorgará hasta el 100% del valor de la capacitación. Auxilio para capacitación a los organismos de dirección y control: El Comité de Bienestar Social brindará capacitaciones relacionadas con temas específicos del sector solidario que son necesarias para el cumplimiento de sus funciones, se otorgará hasta el 100% de la tarifa. Auxilio Cultura y Recreación: El Fondo de Bienestar Social aportará al asociado y su núcleo familiar un auxilio para apoyar las siguientes actividades: Cultura: El Comité de Bienestar Social se encargará de promocionar las actividades culturales que se realicen en la ciudad, procurando un precio asequible para el asociado y su núcleo familiar, según Estatuto. Día de Sol: El Comité de Bienestar Social, realizará anualmente un paseo denominado paseo institucional, día de sol, ; la asignación para este evento será hasta el 50% de la tarifa para el asociado y su núcleo familiar, según Estatuto. Para realizar esta actividad se requiere mínimo el 50% entre asociados y núcleo familiar.

10 Celebración día del niño: en el mes de Octubre el FEDUSAB realizara una actividad en donde los niños de los asociados pueden participar entre 0 y 10 años, la asignación para este auxilio será del 100% del costo total del evento. Celebración de Navidad: En el mes de diciembre el Comité de Bienestar Social, según mandato de la Asamblea, organizara un evento que conduzca a vivenciar y compartir el sentido de la navidad entre los asociados. Parágrafo: los auxilios de día de sol, celebraciones del día del niño y navidad, solo aplican para eventos programados por el FEDUSAB. Auxilio plan Exequial y Vida Grupo: El FEDUSAB realizara un convenio exequial y de vida, con amparo exclusivo para el asociado, para lo cual brindara el 100% del valor del total de ambos (exequial y vida). ARTÍCULO 11. REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS AUXILIOS DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL Para acceder a los auxilios, el asociado debe: Tener como mínimo (2) meses de afiliación al FEDUSAB. Acreditar certificación en Economía Solidaria. Diligenciar adecuadamente la solicitud de auxilio y presentarla al Comité de Bienestar Social, con los correspondientes soportes exigidos. No estar sancionado de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV, Régimen Disciplinario del Estatuto vigente. Los demás que el Comité considere necesarios para la sustentación del auxilio. Parágrafo 1: Es potestad del Comité de Bienestar Social otorgar o negar los auxilios, de acuerdo con los requisitos y normatividad vigente. Parágrafo 2: para el otorgamiento de los auxilios por calamidad, pensión y desvinculación laboral debidamente comprobados, el asociado no tendrá que diligenciar la solicitud, para estos casos el comité de Bienestar social se hará presente en dichas situaciones con el auxilio debidamente aprobado por el Comité.

11 Parágrafo 3: Para el otorgamiento de los auxilio el Comité de Bienestar Social deberá considerar la disponibilidad de recursos del Fondo de Bienestar Social y la naturaleza de cada uno de los auxilios con el fin de priorizarlos. Los auxilios de vida cara y escolar estarán supeditados al plan de trabajo que presente y presupueste el Comité de Bienestar Social. Parágrafo 4: Para solicitar los auxilios por nacimiento o matrimonio, medicamentos no POS, exámenes médicos, compra de anteojos, gastos de hospitalización e incapacidad médica y gastos funerarios, el asociado tendrá plazo máximo hasta 60 días hábiles para solicitarlos. ARTÍCULO 12. EJECUCIÓN: Corresponde al Gerente de FEDUSAB la ejecución de las actividades contempladas en el plan y presupuesto del Fondo de Bienestar Social, posteriormente deberá informar sobre la ejecución del presupuesto al comité de Bienestar Social para tomar decisiones sobre los porcentajes a otorgar en los auxilios solicitados. ARTÍCULO 13. SANCIONES: En caso de verificarse inexactitudes en los documentos, hechos y la mala utilización de los recursos asignados, el asociado será sancionado con la suspensión definitiva de los auxilios del Comité de Bienestar Social, dicha sanción se hará por escrito con copia a la hoja de vida. Para participar de las actividades programadas por el FEDUSAB, se requiere inscripción previa; si la persona no asiste tendrá que cancelar el valor correspondiente a los gastos que el evento genere, a excepción de quienes tengan causa justificada, según Artículo 18, parágrafo, del Reglamento de Comité de Control Social. ARTICULO14: Los vacíos que se llegaren a presentar en la interpretación o aplicación del presente reglamento, serán resueltos por la Junta Directiva, a la luz del Estatuto vigente. ARTÍCULO 15. VIGENCIA: El presente reglamento entra en vigencia a partir de su aprobación y deroga normas anteriores. Este reglamento fue aprobado en la reunión de Junta Directiva Acta número 163 del 26 de marzo de 2015 JUAN CARLOS QUIROS ARAQUE Presidente Gloria Cecilia González Mora Secretaria

FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA FEDUSAB FONDO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA FEDUSAB FONDO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA FEDUSAB FONDO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEDUSAB, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y considerando

Más detalles

REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD Código: REG-CS-01 Versión: 4 Vigente desde: 14/04/2014 Páginas: 7 FONDO DE EMPLEADOS CERVUNION REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FONDO DE EMPLEADOS CERVUNION

Más detalles

REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA RIACHÓN LTDA. REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD Brindamos servicios y beneficios a quienes confían en nuestra experiencia COOPERATIVA RIACHON LTDA ACUERDO Nro. 2015-009 POR MEDIO DEL CUAL SE

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DEL FONDO DE EMPLEADOS

REGLAMENTO DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DEL FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DEL FONDO DE EMPLEADOS Por medio del cual se adopta el reglamento del FONDO DE BIENESTAR SOCIAL del Fondo de Empleados Grupo Accionplus. La junta Directiva del

Más detalles

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE LA EDUCACION NACIONAL COMITÉ DE SOLIDARIDAD

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE LA EDUCACION NACIONAL COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO DEL COOPEMEN ARTÍCULO 1º Conformación del Comité de Solidaridad El Comité de Solidaridad será elegido por el Consejo de Administración para un período de un año y estará conformado por tres

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD 1. DEFINICIÓN: El Fondo de Solidaridad de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Berlín INVERCOOB, se ha constituido para servir de apoyo económico en la solución de las

Más detalles

REGLAMENTO DE FONDO Y COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO DE FONDO Y COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO DE FONDO Y COMITÉ DE SOLIDARIDAD El Consejo de Administración de la Cooperativa Multiactiva de Empleados de la DIAN, en uso de las Facultades que le confiere el numeral 2 del Artículo 50 de

Más detalles

CAPÍTULO I. Para todos los efectos se considerará que hay quórum cuando estén presentes tres de sus miembros.

CAPÍTULO I. Para todos los efectos se considerará que hay quórum cuando estén presentes tres de sus miembros. Reglamento Fondo de Solidaridad, Pág. 1 REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD El presente reglamento fue modificado por el Consejo de Administración del 3 de febrero de 2010, acta 372, en el Capítulo II

Más detalles

CAPÍTULO II FUNCIONES, ESTRUCTURA, FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD

CAPÍTULO II FUNCIONES, ESTRUCTURA, FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD Página 1 de 5 ACUERDO No. 009 de 2010 Por el cual se reglamenta el comité de solidaridad del Fondo de Empleados Icontec. La Junta Directiva del Fondo de Empleados de

Más detalles

ACUERDO No. 264 Agosto 18 de 2009. Por el cual se modifica y reglamenta el Fondo Mutual de Previsión, Asistencia y Solidaridad de COOVITEL.

ACUERDO No. 264 Agosto 18 de 2009. Por el cual se modifica y reglamenta el Fondo Mutual de Previsión, Asistencia y Solidaridad de COOVITEL. ACUERDO No. 264 Agosto 18 de 2009 Por el cual se modifica y reglamenta el Fondo Mutual de Previsión, Asistencia y Solidaridad de COOVITEL. CONSIDERANDO 1.- Que la XLIII, Asamblea General Ordinaria de Delegados

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE INTEGRAL S.A. FEDIN REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD

FONDO DE EMPLEADOS DE INTEGRAL S.A. FEDIN REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD FONDO DE EMPLEADOS DE INTEGRAL S.A. FEDIN REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Expídase y adóptese el REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD que regirá para la administración de los recursos dispuestos por

Más detalles

REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD CAPITULO I. REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD ARTICULO 1. Definición: El comité de solidaridad se define como un Órgano asesor y de apoyo, cuyos miembros son nombrados por el CONSEJO DE ADMINISTRACION de

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BARTOLINOS Y DE LA COMPAÑÍA DE JESUS FECOSBA Nit: 800.085.664-7

FONDO DE EMPLEADOS BARTOLINOS Y DE LA COMPAÑÍA DE JESUS FECOSBA Nit: 800.085.664-7 FONDO DE EMPLEADOS BARTOLINOS Y DE LA COMPAÑIA DE JESUS REGLAMENTO FONDOS DE BIENESTAR Acuerdo No. 006 Abril de 2015 De conformidad con lo establecido por el artículo 54 del estatuto. LA JUNTA DIRECTIVA

Más detalles

COOPERATIVA FAMILIA HENKEL COLOMBIANA S.A. REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD

COOPERATIVA FAMILIA HENKEL COLOMBIANA S.A. REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA FAMILIA HENKEL COLOMBIANA S.A. REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD El Consejo de Administración de la Cooperativa Familia Henkel Colombiana COLABORAR LTDA, en uso de sus atribuciones estatutarias,

Más detalles

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ARTICULO 1. Denominación. La Fundación se denominará FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA. ARTICULO

Más detalles

REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD FONCHALVER

REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD FONCHALVER REGLAMENTO Por el cual se reglamenta el COMITÉ DE SOLIDARIDAD del FONDO DE EMPLEADOS DE LABORATORIOS CHALVER FONCHALVER 1. Que el principio de solidaridad humana se inspira fundamentalmente en el sistema

Más detalles

INSTITUTO PROFESIONAL LOS LAGOS Y CENTRO DE FORMACION TECNICA LOS LAGOS REGLAMENTO INTERNO BENEFICIOS

INSTITUTO PROFESIONAL LOS LAGOS Y CENTRO DE FORMACION TECNICA LOS LAGOS REGLAMENTO INTERNO BENEFICIOS INSTITUTO PROFESIONAL LOS LAGOS Y CENTRO DE FORMACION TECNICA LOS LAGOS REGLAMENTO INTERNO DE BENEFICIOS 2012 1 El presente Reglamento, consta de 6 Títulos y 31 Artículos que norman las diferentes clases

Más detalles

COOPERATIVISMO ES UNIDAD Y SOLIDARIDAD. SIPNOSIS HISTORICA.

COOPERATIVISMO ES UNIDAD Y SOLIDARIDAD. SIPNOSIS HISTORICA. La educación cooperativa debe estar orientada a formar seres humanos que reunidos en torno a una actividad económica sean capaces de: Transformar los sistemas de vida existentes, las relaciones de trabajo,

Más detalles

REGLAMENTO DE FONDOS SINDICALES DE PROENSALUD GENERALIDADES

REGLAMENTO DE FONDOS SINDICALES DE PROENSALUD GENERALIDADES 1067CE110414 REGLAMENTO DE FONDOS SINDICALES DE PROENSALUD GENERALIDADES ARTICULO 1. OBJETIVOS. El presente reglamento, contiene las disposiciones internas, que regulan los fondos Sindicales de PROENSALUD,

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LA MATRICULA ADMINISTRATIVA EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Central y Seccional Cali -

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LA MATRICULA ADMINISTRATIVA EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Central y Seccional Cali - NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LA MATRICULA ADMINISTRATIVA EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Central y Seccional Cali - De conformidad con el numeral 37 del Reglamento de Estudiantes

Más detalles

FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO

FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO RESOLUCIÓN No. 016 DEL 25 DE JULIO DE 2015 REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Página Resumen del cambio Fecha La presente resolución deroga la Resolución No. 003 del 24 de

Más detalles

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE MILITARES BOYACENSES COMILBOY NIT 800.089.686-7 REGLAMENTO FONDO MUTUAL AUXILIO FUNERARIO

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE MILITARES BOYACENSES COMILBOY NIT 800.089.686-7 REGLAMENTO FONDO MUTUAL AUXILIO FUNERARIO ACUERDO Nº005/2014 (SEPTIEMBRE 17 DE 2014) El Consejo de Administración de COMILBOY, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la ley 79 de 1988, articulo 65 y los

Más detalles

ACUERDO No. 006-2014 (Versión Octubre 21 de 2014)

ACUERDO No. 006-2014 (Versión Octubre 21 de 2014) ACUERDO No. 006-2014 (Versión Octubre 21 de 2014) Por el cual se reglamentan los servicios de solidaridad de la Cooperativa Multiactiva del Personal del SENA COOPSENA. EL Consejo de Administración de la

Más detalles

REGLAMENTO DE BENEFICIOS OTORGADOS POR ASENACSA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA NACION, SUBSIDIARIAS Y AFINES (ASENACSA)

REGLAMENTO DE BENEFICIOS OTORGADOS POR ASENACSA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA NACION, SUBSIDIARIAS Y AFINES (ASENACSA) Objetivo: La finalidad del reglamento es ordenar y regular los preceptos que, por autoridad competente, se dan para la gestión del servicio de otorgamiento de beneficios de ASENACSA. Este reglamento establece

Más detalles

CLUB DE SUBOFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL JUNTA DIRECTIVA. ACUERDO No. 013 DE 2013 (31 Mayo)

CLUB DE SUBOFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL JUNTA DIRECTIVA. ACUERDO No. 013 DE 2013 (31 Mayo) CLUB DE SUBOFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL JUNTA DIRECTIVA ACUERDO No. 013 DE 2013 (31 Mayo) Por el cual se deroga el Acuerdo 009 del 25 de mayo de 2012 Por el cual se reglamentan los auxilios por Solidaridad

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI

REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI INDICE Página CAPITULO I: Disposiciones Generales 2 CAPITULO II: De los Recursos Económicos 2 CAPITULO III: Del Manejo de los Fondos 3 CAPITULO IV: De los beneficiarios

Más detalles

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO. ACUERDO 0072 (Junio 2014)

FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO. ACUERDO 0072 (Junio 2014) FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO ACUERDO 0072 (Junio 2014) Por medio del cual se establecen y reglamentan los servicios de Ahorro y Aportes de FEBATCO La Junta Directiva del Fondo de Empleados

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO Artículo 1. Naturaleza y fines. La Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, constituida

Más detalles

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO JUNIO 2014 TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO NO. 1 DISPOSICIONES GENERALES... 3 CAPÍTULO NO. 2 DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO... 4 CAPÍTULO NO. 3 DE LOS REQUISITOS

Más detalles

I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MATRÍCULA DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Cali- I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006.

RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. Síntesis: La devolución de saldos por vejez, prestación que corresponde al Régimen de Ahorro Individual

Más detalles

Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México

Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La Escuela

Más detalles

FOGACOOP FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS NIT 830.053.319-2

FOGACOOP FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS NIT 830.053.319-2 RESOLUCIÓN 0018 DE 2002 ( 12 DICIEMBRE DE 2002 ) Publicada Diario Oficial No. 45.038 el 18 de diciembre de 2002 Por la cual se determinan las condiciones de compra de acreencias de ahorradores y depositantes

Más detalles

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE

Más detalles

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE EMPLEADOS DE LA U.P.B. SECCIONAL BUCARAMANGA COOMEB LTDA. REGLAMENTO DE LÍNEAS DE CRÉDITO

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE EMPLEADOS DE LA U.P.B. SECCIONAL BUCARAMANGA COOMEB LTDA. REGLAMENTO DE LÍNEAS DE CRÉDITO COOPERATIVA MULTIACTIVA DE EMPLEADOS DE LA U.P.B. SECCIONAL BUCARAMANGA COOMEB LTDA. REGLAMENTO DE LÍNEAS DE CRÉDITO INTRODUCCION Por medio de este documento se reglamentan y se dan a conocer las diferentes

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS TITULO I DEFINICIONES. Para todos los efectos de este Reglamento, deberán considerarse las siguientes definiciones:

REGLAMENTO DE BECAS TITULO I DEFINICIONES. Para todos los efectos de este Reglamento, deberán considerarse las siguientes definiciones: REGLAMENTO DE BECAS El Reglamento de Becas es un documento normativo que establece los procedimientos y condiciones para la postulación y/o asignación de las becas internas de la Universidad SEK. Artículo

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA FUDEC REGLAMENTO DE CREDITO CAPITULO I

FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA FUDEC REGLAMENTO DE CREDITO CAPITULO I 1 FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA FUDEC REGLAMENTO DE CREDITO CAPITULO I ASPECTOS GENERALES 1. OBJETIVO GENERAL El objetivo del crédito en el Fondo de Empleados de la Universidad de Cundinamarca,

Más detalles

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES

REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES El Municipio podrá gestionar ayudas económicas para aquellos alumnos que postulen a estudios regulares, en los niveles, Técnico Profesional, Superior, incluidos aquellos

Más detalles

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero

Más detalles

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,

Más detalles

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COOTRAHILTON

Más detalles

CondicionesGenerales PENSIONES LEY 100 RENTA VITALICIA INMEDIATA CONDICIONES GENERALES 1. AMPAROS BÁSICOS

CondicionesGenerales PENSIONES LEY 100 RENTA VITALICIA INMEDIATA CONDICIONES GENERALES 1. AMPAROS BÁSICOS CondicionesGenerales PENSIONES LEY 100 RENTA VITALICIA INMEDIATA CONDICIONES GENERALES 1. AMPAROS BÁSICOS CON SUJECIÓN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 100 DE 1993, LA LEY 797 DE 2003, Y DEMÁS N O R M A S

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REGLAMENTO DEL PROGRAMA CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO: ACADEMIA DE SOFTWARE LIBRE (ASL)

Más detalles

REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA DE PROFESORES Y EMPLEADOS DE LA FUNDACIÓN UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA COOPEFUAC LTDA. REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Por medio del cual se adopta el reglamento

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

COOPERATIVA DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

COOPERATIVA DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA UNIVERSIDAD NACIONAL OA P 04 VERSION ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR UBICACION ELECTRONICA Delegado/Mis COORDINADOR DE LA CALIDAD DIRECTOR DE AREA GERENTE documentos/sgc/ Procedimientos/ OA 16

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE COLSANITAS FECOLSA REGLAMENTO DE SEDES VACACIONALES

FONDO DE EMPLEADOS DE COLSANITAS FECOLSA REGLAMENTO DE SEDES VACACIONALES FONDO DE EMPLEADOS DE COLSANITAS FECOLSA REGLAMENTO DE SEDES VACACIONALES La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Colsanitas FECOLSA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y CONSIDERANDO:

Más detalles

REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA

REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA El Consejo de Administración de la Cooperativa de Trabajadores de Bavaria, dirección y ventas BADIVENCOOP LTDA C O N S I D E R A N D O Que se hace necesario establecer

Más detalles

CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL

CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL BECAS PARA ESTUDIOS SUPERIORES Y PROYECTOS ESPECIALES El presente documento recoge los criterios y

Más detalles

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD Capitulo I Disposiciones Generales Artículo1.- La Universidad Tecnológica de la Costa, por el presente ordenamiento establecerá y

Más detalles

ACUERDO SUPERIOR Nº 006 DE 2013 (17 de septiembre de 2013)

ACUERDO SUPERIOR Nº 006 DE 2013 (17 de septiembre de 2013) ACUERDO SUPERIOR Nº 006 DE 2013 (17 de septiembre de 2013) Por medio del cual se aprueba y adopta el Fondo de Becas de la Fundación Universitaria Claretiana. EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA

Más detalles

REGLAMENTO PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO. Precisiones. Enero 2012

REGLAMENTO PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO. Precisiones. Enero 2012 REGLAMENTO PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Precisiones Enero 2012 1. ARTICULO 15 Matrícula Es el acto voluntario mediante el cual una persona se vincula a la Universidad en calidad de estudiante, previo cumplimiento

Más detalles

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LAS ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES SECCIÓN I DE LOS RESPONSABLES

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Aprobado por el Comité Directivo en la sesión N 08-10, del 10 de febrero de 2010 ÍNDICE I.CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS PRÁCTICAS

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996)

MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) Por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud. EL PRESIDENTE DE

Más detalles

REGLAMENTO CURSOS COOPERATIVOS

REGLAMENTO CURSOS COOPERATIVOS REGLAMENTO CURSOS COOPERATIVOS CONTENIDO 1. Definición. 2 2. Objetivo. 2 3. Coordinación 2 4. Los Conferencistas 3 5. Las Inscripciones. 3 6. Los Gastos 3 7. Los Familiares y Acompañantes.. 4 8. Los Empleados

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio

Más detalles

UNIVERSIDAD LIBRE FACULTAD DE INGENIERIA INSTRUCTIVO PARA TRÀMITE DE MATRICULA ESTUDIANTES ANTIGUOS PERÍODO ACADÉMICO 2015-II

UNIVERSIDAD LIBRE FACULTAD DE INGENIERIA INSTRUCTIVO PARA TRÀMITE DE MATRICULA ESTUDIANTES ANTIGUOS PERÍODO ACADÉMICO 2015-II Pag. No. 1 de 5 ESTIMADO ESTUDIANTE: La inscripción de materias para el periodo académico 2015 II en la Facultad de Ingeniería, se realizará del 06 al 09 de julio de 2015, para estudiantes antiguos. Al

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE LA MISERICORDIA FEM REGLAMENTO DE CRÉDITO. ACUERDO No. 035-09

FONDO DE EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE LA MISERICORDIA FEM REGLAMENTO DE CRÉDITO. ACUERDO No. 035-09 FONDO DE EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE LA MISERICORDIA FEM REGLAMENTO DE CRÉDITO ACUERDO No. 035-09 Por el cual se adopta el reglamento de crédito para los asociados del FONDO DE EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES La Junta Directiva del Instituto Tecnológico Superior de Cajeme con fundamento en lo establecido por los artículos 56 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora y 7 fracción IV del Decreto

Más detalles

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)

Más detalles

SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil. Temas relacionados con la situación a considerar

SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil. Temas relacionados con la situación a considerar SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil Criterios razonable y objetiva de permanencia en la Universidad Los ajustes deben propiciar el avance del estudiante en sus programas, y reconocer las situaciones

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO SOLIDARIO COOPERATIVA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL RAU

REGLAMENTO DEL FONDO SOLIDARIO COOPERATIVA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL RAU REGLAMENTO DEL FONDO SOLIDARIO COOPERATIVA DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO AMBIENTAL RAU LTDA. JULIO 2010 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO

Más detalles

Reglamento interno. Aprobado en Asamblea General 2011. Marzo 2012 San Carlos, Río San Juan de Nicaragua

Reglamento interno. Aprobado en Asamblea General 2011. Marzo 2012 San Carlos, Río San Juan de Nicaragua Reglamento interno Aprobado en Asamblea General 2011 Marzo 2012 San Carlos, Río San Juan de Nicaragua 2012 XXII ANIVERSARIO FUNDACION DEL RIO Fundación para la Conservación y el Desarrollo del Sureste

Más detalles

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento. REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)

Más detalles

TRÁMITES PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA

TRÁMITES PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA TRÁMITES PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA Requisitos del Registro: Trámite 1 Adquirir los libros de la empresa 1 día 2 Registrar la empresa ante el Registro Mercantil, obtener el certificado de existencia

Más detalles

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados.

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. Glosario Economía Solidaria ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. ACTA: De toda reunión de los órganos

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE. BARRANQUILLA, Octubre de 2013

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE. BARRANQUILLA, Octubre de 2013 REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE BARRANQUILLA, Octubre de 2013 Artículo 1. NATURALEZ JURIDICA Y DOMICILIO La Universidad del Norte, entidad

Más detalles

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES.

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. El Congreso de Colombia DECRETA: T I T U L O I DEL RÉGIMEN DE PROTECCION

Más detalles

POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A.

POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A. POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A. 1. CONSIDERANDO 1.1. ACH COLOMBIA tiene implementado un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información bajo el marco de la norma ISO 27001,

Más detalles

Ministerio de la Protección Social Decretos DECRETO NUMERO 2313 DE 2006 (julio 12) por el cual se modifica el Decreto 3615 de 2005.

Ministerio de la Protección Social Decretos DECRETO NUMERO 2313 DE 2006 (julio 12) por el cual se modifica el Decreto 3615 de 2005. Ministerio de la Protección Social Decretos DECRETO NUMERO 2313 DE 2006 (julio 12) por el cual se modifica el Decreto 3615 de 2005. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO

Más detalles

ACUERDO No. 016 (29 de Julio de 2009)

ACUERDO No. 016 (29 de Julio de 2009) ACUERDO No. 016 (29 de Julio de 2009) POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE LA POLÍTICA DE CELULARES CORPORATIVOS DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. El Consejo Directivo de la Corporación

Más detalles

REGLAMENTO DE AYUDA MUTUA

REGLAMENTO DE AYUDA MUTUA REGLAMENTO DE AYUDA MUTUA CONSIDERANDO, que las organizaciones de economía solidaria, creadas con la finalidad de prestar servicios a sus asociados, suplen necesidades sociales comunes mediante el trabajo

Más detalles

RESOLUCION No.38 ( Diciembre 18 de 2014 )

RESOLUCION No.38 ( Diciembre 18 de 2014 ) RESOLUCION No.38 ( Diciembre 18 de 2014 ) POR LA CUAL SE AUTORIZAN LAS TARIFAS PARA EL AÑO 2015, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA ECONÓMICA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE, EN LOS TRÁMITES CONCILIATORIOS

Más detalles

FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO

FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO "FONVIMA" NIT No 890.105.676-1 CALLE 44 No. 36-95 TELS. 3414534-3049424 3049423 FAX 3414534 Email: Fonvima_atlantico@hotmail.com Info@fonvima.com Página:

Más detalles

DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE

DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE INGRESO: En la actualidad los educadores colombianos ingresan al servicio educativo mediante concurso de méritos, tal como lo establece el artículo 125 de la constitución

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNACH.

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNACH. REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en el artículo 350, establece que El sistema de Educación

Más detalles

Universidad del Salvador

Universidad del Salvador Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones

Más detalles

ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS

ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS CAPITULO PRIMERO Fundación, Nombre, Constitución, Domicilio, Duración, Afiliación, Patrimonio, Banderas, Logos y Emblemas. ARTICULO 1: La Fundación: La Federacion

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Sevilla, 5 de enero 2010 BOJA núm. 2 Página núm. 45 ORDEN de 1 de diciembre de 2009, por la que se establecen convalidaciones entre las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y determinadas materias

Más detalles

REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID CAPÍTULO PRIMERO NORMAS GENERALES Artículo 1. Objetivo y fines del Prácticum 1. El Prácticum se configura como una asignatura

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación

Más detalles

REGLAMENTO DE MATRICULA DE LAS CARRERAS DE PRE-GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACA. DECRETO EXENTO Nº 155 DE 27 DE FEBRERO DE 1995.

REGLAMENTO DE MATRICULA DE LAS CARRERAS DE PRE-GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACA. DECRETO EXENTO Nº 155 DE 27 DE FEBRERO DE 1995. REGLAMENTO DE MATRICULA DE LAS CARRERAS DE PRE-GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACA. DECRETO EXENTO Nº 155 DE 27 DE FEBRERO DE 1995. TITULO I : DE LA MATRICULA ARTICULO 1º Para adquirir la calidad de alumno

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITOS

REGLAMENTO DE CREDITOS REGLAMENTO DE CREDITOS Febrero 2015 REGLAMENTO DE CRÉDITO La Junta Directiva del Fondo de Empleados de integral FEDIN en cumplimiento de Sus funciones legales y estatutarias y, CONSIDERANDO: Que el Fondo

Más detalles

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- Es alumno

Más detalles

POLÍTICAS Y TIPOS DE BECAS

POLÍTICAS Y TIPOS DE BECAS POLÍTICAS Y TIPOS DE BECAS Beca Académica: Está a disposición de los estudiantes que por su aprovechamiento escolar sean elegibles para solicitarla. El porcentaje a aplicar es del 100%, si el promedio

Más detalles

Reglamento de Postgrado

Reglamento de Postgrado Reglamento de Postgrado LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO

Más detalles

CONVOCATORIA DE INTERCAMBIOS INTERNACIONALES PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y POSGRADO

CONVOCATORIA DE INTERCAMBIOS INTERNACIONALES PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y POSGRADO CONVOCATORIA DE INTERCAMBIOS INTERNACIONALES PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y POSGRADO Esta convocatoria se da en desarrollo de los convenios de cooperación académica firmados entre la Universidad Nacional

Más detalles

HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS

HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS Por medio del cual se reglamenta el procedimiento o distribución del aporte mensual de los asociados a Helm Fondo de Empleados en ahorros permanentes

Más detalles

Convocatoria de asignación de becas para estudiantes de la Maestría en Física Aplicada en el marco de proyectos de investigación internos 2015

Convocatoria de asignación de becas para estudiantes de la Maestría en Física Aplicada en el marco de proyectos de investigación internos 2015 Convocatoria de asignación de becas para estudiantes de la Maestría en Física Aplicada en el marco de proyectos de investigación internos 2015 ESCUELA DE CIENCIAS Y HUMANIDADES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS

Más detalles

GUÍA SOLICITUD DE ENCARGO EN EMPLEOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA. PROCESO: GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO Versión: 01

GUÍA SOLICITUD DE ENCARGO EN EMPLEOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA. PROCESO: GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO Versión: 01 OBJETIVO Orientar a los servidores públicos con derechos de carrera administrativa del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para la presentación y gestión de las solicitudes de encargo

Más detalles