MANUAL DE ADQUISICIONES MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

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1 GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE BIENES NACIONALES MANUAL DE ADQUISICIONES MINISTERIO DE BIENES NACIONALES DIVISION ADMINISTRATIVA UNIDAD DE RECURSOS FISICOS 1

2 INDICE Introducción 3 Antecedentes Generales Definiciones Glosario.6 3. Preceptos Generales Normativa que regula el Proceso de compras Organización del abastecimiento de la Institución Procedimiento Planificación de Compras Procesos de Compras Evaluación de las Compras Cierre de Procesos Recepción de Bienes y Servicios Procedimiento de Pago Políticas de Inventario Gestión de Contrato de Proveedores Manejo de Incidentes Organigrama de la Institución Organigrama de las Áreas que Intervienen en el proceso de Abastecimiento Control de Boletas de Garantía Uso del Sistema Manual de usuario.62 2

3 Introducción Con fecha 30 de octubre de 2007 entra en vigencia este Manual de procedimiento de adquisiciones, que se dicta en cumplimiento de lo establecido en Decreto N 20 del Ministerio de Hacienda, de mayo de 2007, que modifica Reglamento de la Ley Nº , de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Este manual se refiere a todos los procedimientos relativos a la contratación, a título oneroso, de bienes o servicios para el desarrollo de las funciones de la institución, es decir a todas las adquisiciones y contrataciones reguladas por la Ley El objetivo de este manual es definir la forma en común que esta institución realiza los procesos de compra y contratación para el abastecimiento de bienes y servicios para su normal funcionamiento, los tiempos de trabajo, coordinación y comunicación, y los responsables de cada una de las etapas del proceso de abastecimiento. 3

4 Antecedentes Generales La implementación del presente Manual, pretende lograr los siguientes objetivos específicos: Este manual será conocido y aplicado por todos los funcionarios y trabajadores de esta institución. a. Que la totalidad de los Divisiones Demandante o Usuarios Demandantes de bienes y servicios conozca las normas y procedimientos internos. b. Reducir los tiempos de respuesta a los requerimientos de bienes y servicios. c. Disminuir número de consultas regionales respecto de procedimientos y formas de compras y contrataciones. d. Aumentar tasa de ingreso oportuna de requerimientos de Divisiones Demandantes o Usuarios Demandante, en términos de forma y plazos. e. Disminuir número de procesos desiertos por requerimientos y plazos deficientes. f. Aumentar tasa licitaciones tramitadas completamente por la región correspondiente. 4

5 1. Definiciones Para efecto del presente Manual, los siguientes conceptos tienen el significado que se indica a continuación: Bodega: Espacio físico organizado destinado a almacenar los productos de uso general y consumo frecuente adquiridos con la finalidad de mantener niveles de inventarios necesarios para evitar quiebres de stock en la gestión de abastecimiento periódica. Boleta de Garantía: Documento mercantil de orden administrativo y/o legal que tiene como función respaldar los actos de compras, ya sea para cursar solicitudes, llamados a licitación (seriedad de la oferta), como también la recepción conforme de un bien y/o servicio (fiel cumplimiento de contrato). En casos en que el monto de la contratación sea superior a UTM 1000 será siempre exigible. Factura: Documento tributario que respalda el pago, respecto de la solicitud final de productos o servicios, y que está asociado a una orden de compra. Guía de Despacho: Documento tributario, de registro interno, utilizado para trasladar mercadería fuera de la bodega hacia otros lugares de la institución. Orden de Compra / Contrato: Documento de orden administrativo y legal que determina el compromiso entre la unidad demandante y proveedor, tiene como función respaldar los actos de compras o contratación, respecto de la solicitud final de productos o servicios. Estos documentos son validados con la firma de los responsables del proceso en toda su magnitud, ya sea en el documento o en forma electrónica según lo establezcan los procedimientos. Plan Anual de Compras: Corresponde a la lista de bienes y/o servicios de carácter referencial, que la institución planifica comprar o contratar durante un año calendario. Los procesos de compra se deben elaborar en conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan anual de compras elaborado por cada Entidad Licitante. 1 Portal ChileCompra: ( Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública 2, utilizado por las ÁREAS O UNIDADES DE COMPRA para realizar los procesos de Publicación y Contratación, en el desarrollo de los procesos de adquisición de sus Bienes y/o Servicios. Requerimiento: Es la manifestación formal de la necesidad de un producto o servicio que el Usuario Requirente solicita al Área o Unidad de Compra del Organismo. Resolución: Acto administrativo dictado por una autoridad competente, en el cual se contiene una declaración de voluntad realizada en el ejercicio de una potestad pública. Siglas: Para los efectos del presente instrumento, las siglas que se indican tendrán los siguientes significados: 1 Artículo 99 Reglamento de la Ley Artículo 19 ley de Compras Públicas

6 AG : Administración General. ADQ : Adquisición. CM : Convenio Marco. ChileCompra : Dirección de Compras y Contratación Pública. LP : Licitación Pública. LE : Licitación Privada OC : Orden de Compra SP : Servicio Público. TDR : Términos de Referencia. UC : Unidad de Compra. 2. Glosario El marco conceptual corresponde a un conjunto de definiciones utilizadas al interior del Ministerio, entendiéndose adicionales a los conceptos contenidos en el Reglamento de la Ley Nº de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, aprobado por Decreto Supremo N 250 del 09 de marzo de 2004, publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de Para los efectos del presente manual se entenderá por: 1.- Acta de evaluación y adjudicación: Formulario sobre el que se registra información respecto de la calificación de cada una de las ofertas recibidas en una licitación. 2.- Comisión de Evaluación: Comisión integrada por funcionarios de una misma División demandante o de más de una División, que se reúnen con el propósito de revisar las ofertas recibidas en una licitación y evaluarlas según los criterios establecidos en las bases administrativas de la misma. 3.- Comité de Compras: Comité que funciona en el nivel central, integrado por un representante del Gabinete de la Subsecretaría, de las Divisiones Jurídica, Administrativa, Planificación y Presupuesto y de la División demandante. 4.- DCCP: La Dirección de Compras y Contratación Pública. 5.- División Demandante o Usuario Demandante: Cada una de las Divisiones o Usuarios del nivel central o Unidades de regiones, que ingresen una solicitud de compra o contratación a la unidad de compra. 6.- Ministerio: Ministerio de Bienes Nacionales, considera nivel central y secretarías regionales. 7.- Nivel Central: Casa matriz del Ministerio de Bienes Nacionales. 8.- Plan Anual de Compras: Plan anual de compras y contrataciones de los bienes y/o servicios que el Ministerio pretende comprar o contratar durante un año calendario. 6

7 9.- Secretarias Regionales Ministeriales: Cada una de las Secretarías Regionales Ministeriales de Bienes Nacionales. 10.-Área o Unidad de compras: Unidad responsable de recibir y tramitar las adquisiciones. En el nivel central se entenderá por unidad de compras la de Recursos Físicos y en regiones los encargados de compra respectivos. 11.-Documento Conductor: Documento de uso interno a través del Sistema Intranet, por el cuál se realizan los requerimientos de compras. 12.-Workflow (Flujo de Trabajo): Es un medio electrónico por el cuál las Divisiones Demandante o Usuarios Demandante dan a conocer a los integrantes del Comité de Compras las Bases Administrativas y Técnicas para revisión y pertinencia. 13.-Informe Compras y Contrataciones: Formulario disponible en Intranet, por el cuál la División Demandante o Usuario Demandante sube las Bases Administrativas y Técnicas a la instancia del Comité de Compras para revisión. 3. Preceptos Generales El presente manual es aplicable a todos los procesos de compras de bienes y contrataciones de servicios de la totalidad de programas actuales del Ministerio y a los que se crearen, del nivel central y regional, independiente si son financiados con recursos propios o externos. El Manual de Procedimientos y Directrices de Compras y Contrataciones del Ministerio de Bienes Nacionales fue aprobó mediante Resolución Exenta N 1247 de fecha 30 de septiembre del Ha sido elaborado considerando las prácticas habituales internas, desarrolladas de acuerdo al pronunciamiento de la División Jurídica del Ministerio por oficio Nº 374 de septiembre de 2003, y recogiendo en detalle el marco normativo de compras, definido por la Ley Nº de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, publicada en el Diario Oficial de fecha 30 de julio de 2003, su reglamento, las condiciones de uso del portal Chilecompra, y cualquier otro documento que emane de la Dirección de Compras, en virtud de las facultades que le otorga la ley. No obstante lo enunciado en el párrafo anterior, se podrá aplicar en forma sucedánea la Ley N y su reglamento, para aquellos procesos de contratación que se encuentren debidamente regulados por la referida Ley, tales como los trabajos de saneamiento que realiza el Ministerio en el marco del programa de regularización de la propiedad irregular o para otros que, habiendo sido evaluada su naturaleza por el Comité de Compras, se decida su ejecución a través del trato directo con una universidad estatal. Dentro del marco legal vigente quedan establecidos los preceptos generales de compras y contrataciones referidas a las siguientes materias: 7

8 1.- Las adquisiciones o contrataciones de bienes o servicios serán efectuadas conforme a las condiciones y exigencias definidas en este manual y a las exigidas por el marco normativo de compras. 2.- Conforme al artículo Nº 18 de la Ley , el Ministerio deberá cotizar, licitar, contratar, adjudicar y desarrollar los demás procesos de compra, utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca la Dirección de Compras. Actualmente este sistema es el en adelante el portal. 3.- Toda adquisición o contratación de bienes o servicios deberá tener un sustento financiero para lo cual la División Demandante deberá contar con las autorizaciones presupuestarias que sean pertinentes, previamente al ingreso de la solicitud de compra o contratación a la unidad de compras. 4.- El comité de compras tiene radicada la responsabilidad de revisar las bases de adquisiciones superiores a 100 UTM y las compras por excepciones menores a dicho monto no delegadas en el Jefe de División Administrativa y/o en los Secretarios Regionales 3 ; generar observaciones y entregarlas a la unidad de compras para su incorporación en las bases originales. Además conoce del resultado de adjudicación, entregando a al jefe del Servicio una evaluación favorable o desfavorable del proceso. 5. La unidad de compras tiene la responsabilidad de recibir y tramitar las adquisiciones, ello implica recoger las observaciones de carácter legal y administrativo efectuadas por el comité de compras, elaborar, tramitar y publicar la resolución respectiva y demás documentos anexos y realizar las tareas posteriores hasta la firma del contrato o, en su defecto, enviar los términos de referencia o bases a las Secretarias Regionales Ministeriales involucrada en el proceso para que publiquen en la región y, en conjunto, realizar el seguimiento de la Licitación. 6. La comisión de evaluación es responsable de revisar las ofertas recibidas en una licitación y evaluarlas según los criterios establecidos en las bases administrativas de la misma. Su objetivo final es definir una propuesta de adjudicación al Sr.(a) Subsecretario (a), la que se formaliza en un acta de evaluación y adjudicación. 7. Según lo dispuesto en Resolución afecta Nº 131, de fecha 15 de diciembre de 2004, todos los procesos de compras y contrataciones por montos menores o iguales a 100 UTM, con excepción de la causal de emergencia, urgencia o imprevisto que indica la letra c) del artículo 8º de la Ley , podrán ser aprobados y adjudicados, en el nivel central, por el jefe de la División Administrativa. A nivel regional, en virtud de la resolución mencionada, todos los procesos de compras y contrataciones por montos menores o iguales a 100 UTM, salvaguardando la excepción anterior, podrán ser gestionados por el área administrativa de cada Secretaria Regional Ministerial con la aprobación final del Secretario Regional Ministerial correspondiente. Sobre 100 UTM la aprobación y adjudicación corresponde a una facultad de la jefatura superior del Servicio. 3 Ver Resolución afecta Nº 131, de fecha 15 de diciembre de

9 8. Toda solicitud de compra o contratación deberá estar autorizada por la jefatura de la División Demandante, contener en detalle el bien o servicio a comprar o contratar y ser presentada con la debida anticipación, de forma tal que permita cumplir con los plazos y condiciones exigidas en cada proceso de compra. 9. Toda factura o boleta que reciba y tramite la institución, deberá contar con el respaldo de una orden de compra o un convenio totalmente tramitado. 10. Toda solicitud de compra o contratación que no se ajuste a lo expuesto en el presente manual podrá ser devuelto por la unidad de compras a la División Demandante y si el ingreso se produce posterior al día viernes de cada semana, su evaluación será postergada para el día jueves subsiguiente. 11. Toda factura, boleta o cualquier otro documento de pago, que no haya sido respaldado por los distintos procesos, con sus correspondientes procedimientos, definidos en el marco normativo y en el presente manual, será derivada directamente al funcionario que autorizó la compra o la contratación, debiendo hacerse responsable ante la autoridad correspondiente, Subsecretaria, Jefe de División Administrativa o Secretaria Regional Ministerial, según sea la naturaleza o monto de la adquisición. 12. No se podrán fragmentar compras o contrataciones con el propósito de variar el proceso de compra o contratación que corresponda aplicar. Ello implica que cada vez que corresponda la publicación de una adquisición, ésta se realice en base al monto total refrendado, bajo la modalidad correspondiente según la segmentación contenida en el portal, la que establece tramos para los montos menores a 100 UTM, entre 100 y UTM y sobre UTM. 13. De acuerdo al artículo 12 del Reglamento de compras no se podrán suscribir contratos de suministro y servicio que contengan cláusulas de renovación automática u opciones de renovación para alguna de las partes, cuyos montos excedan las UTM, a menos que existan motivos fundados para establecer dichas cláusulas y así se hubiese señalado en las bases. 4. Normativa que regula el proceso de compra Ley N , de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, en adelante Ley de Compras y sus modificaciones. Decreto N 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N , en adelante el Reglamento, y sus modificaciones. DFL que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Ley Nº , que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Resolución N 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado, que establece normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. 9

10 Ley de Presupuesto del Sector Público que se dicta cada año. Normas e Instrucciones para la ejecución del Presupuesto y sobre materias específicas, sancionadas por Resolución y/o Circular del Ministerio de Hacienda, documentos los cuales son prácticos y dictados año a año, en virtud a los contenidos que incorpore la Ley de Presupuesto. Ley de Probidad Nº Ley sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma N Políticas y condiciones de uso del Sistema ChileCompra, instrucción que la Dirección de Compras Públicas emite para uniformar la operatoria en el Portal ChileCompra. Directivas de ChileCompra. Resolución Nº 131 de fecha 15 de diciembre de 2004 del Ministerio de Bienes Nacionales sobre delegación de facultades sobre procesos de compra. Reglamento orgánico de la institución aprobado por D.S. Nº 386 fecha 16 de julio de Organización del abastecimiento de la Institución 5.1 Personas y unidades involucradas en el proceso de abastecimiento Las personas y unidades involucradas en el proceso de abastecimiento de la institución son: Subsecretario (a) de Bienes Nacionales, Jefe de División Administrativa, Jefe de la Unidad de Recursos Físicos: Responsable de generar condiciones para que las áreas de la organización realicen los procesos de compra y contratación de acuerdo a la normativa vigente, preservando máxima eficiencia y transparencia, y de las decisiones adoptadas en los procesos de compra, sean directas o delegadas. Así también es responsable de la elaboración, publicación y control del cumplimiento del presente manual. Administrador/a del Sistema ChileCompra: Nombrado por la Autoridad de la Institución, corresponde a un perfil del sistema el cual es responsable de: 4 (Perfil 2) Crear, modificar y desactivar usuarios Determinar perfiles de cada usuario, como supervisores y compradores Crear, desactivar y modificar Unidades de Compra Modificar y actualizar la información institucional registrada en el Sistema. 4 Perfiles Usuario de : 10

11 Administrador/a Suplente del Sistema ChileCompra: Es responsable de administrar el Sistema ChileCompra en ausencia del/a Administrador/a ChileCompra, es nombrado por la Autoridad de la Institución. Usuario Demandante: Todos los funcionarios de la institución con facultades específicas para, a través de documentos internos, generar requerimientos de compra. Los Usuarios requirentes deben enviar al Jefe de la Unidad de Recursos Físicos, a través de un documento conductor los requerimientos generados. División Demandante o Unidad Requirente Demandante: Unidad a la que pertenece el Usuario División Administrativa: Encargada de coordinar la Gestión de Abastecimiento de la institución y gestionar los requerimientos de compra que generen los Usuarios Demandantes o Unidades Demandantes. En su labor debe aplicar la normativa vigente de compras públicas, el presente manual y toda otra normativa relacionadas Unidad de Recursos Físicos: Unidad dependiente de la División Administrativa encargada de la gestión de abastecimiento del Ministerio. Sección de Bodega: Sección dependiente de la Unidad de Recursos Físicos, encargada del almacenamiento, registro y control de los stocks de artículos, materiales e insumos, que se requiere para el normal funcionamiento de la Institución. Encargados de compras: Funcionarios de la Unidad de Recursos Físicos encargados de la completar el formulario en para cada uno de los requerimientos generados por los Usuarios Requirentes o Divisiones a Demandantes. Supervisores/as de Compras: Funcionarios de la Unidad de Recursos Físicos encargados revisar y de validar los requerimientos de compra para posteriormente publicarlos en Además, una vez cerrados los procesos y recibidas las ofertas a través de el encargado de Compras debe realizar el proceso de adjudicación, en virtud de los criterios de evaluación definidos o respecto de la recomendación de adjudicación de la comisión de evaluación. Área o Unidad de Compra: Unidad dependiente de la División Administrativa y de la Unidad de Recursos Físicos, a la que pertenecen los operadores y supervisores de compra. Le corresponde realizar todo o parte de los procesos de adquisiciones, ajustadas a la normativa legal e interna, para proveer de productos y servicios a todas las dependencias, para el normal funcionamiento de la Institución. Esta unidad elabora o colabora en la preparación de bases, términos de referencia, solicitud de cotizaciones, etc., necesarias para generar la compra de un Bien y/o Servicio. Otros Relacionados al proceso de Compra: Gabinete de Subsecretario (a), División de Jurídica, División de Planificación y Presupuesto, Unidad de Finanzas, todas partícipes conforme a su función siendo en general, la de asignación y/o autorización de Marcos Presupuestarios, de registro de los hechos económicos, y de materialización de los pagos, 11

12 respectivamente. Estas otras Divisiones y/o Unidades, que se mencionan en función de su rol, apoyan la gestión de abastecimiento de la institución. Comisión de Evaluación: Grupo de personas internas o externas a la organización convocada para integrar un equipo multidisciplinario que se reúne para evaluar ofertas y proponer el resultado de un llamado a Licitación. Su creación será necesaria siempre que se realice una licitación, sea ésta pública o privada, y estará, por lo general, consignada en las respectivas Bases de Licitación. Jefe/a de la División Administrativa: Responsable del procedimiento de compras ante la Subsecretaria de Bienes Nacionales. Encargado de administrar los requerimientos realizados a la Unidad de Recursos Físicos por los Usuarios Demandante o Divisiones Demandantes de manera de asegurar eficiencia y eficacia en el abastecimiento institucional. Jefe/a de la Unidad de Finanzas: Responsable de efectuar los pagos dentro del plazo de 30 días. Abogado/a de la División Jurídica y o Asesor/a Jurídico de la División Administrativa: Responsable de velar por el control de la legalidad de los actos y contratos administrativos de la institución, de revisar y visar las Bases, Resoluciones y Contratos asociados a los procesos de compras, prestar asesoría a los encargados de cada Unidad de Compra en materias jurídicas y orientar a las unidades funcionales internas respecto de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen los actos y contratos de la Administración. 5.2 Competencias de las personas involucradas en el proceso de abastecimiento Se entiende como competencias los conocimientos, técnicas y habilidades con que deben contar las personas involucradas en los procesos de abastecimiento de la Institución. Dichas competencias deben ajustarse a los perfiles establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública- ChileCompra. (Perfil 1 y Perfil 2). 5.3 El Proceso del abastecimiento en la Institución: Condiciones Básicas El Usuario Demandante o División Demandante enviarán al Jefe (a) de la División Administrativa el documento conductor con los Requerimiento para la compra, considerando un plazo mínimo de anticipación a la entrega del requerimiento según los siguientes parámetros: - Para contrataciones menores a 100 UTM: [20 días de anticipación] - Para contrataciones entre 100 y 1000 UTM: [45 días de anticipación] - Para contrataciones mayores a 1000 UTM: [60 días de anticipación] Respecto del monto asociado a la adquisición de un producto, éste se calculará conforme al valor total de los productos requeridos, y para la contratación de un servicio, por el valor total de los servicios por el período requerido. El Documento Conductor con los Requerimiento de compra contendrá al menos: 12

13 Individualización del producto o servicio a contratar. Cantidad requerida. Monto total estimado para la contratación. Fecha en que se requiere el bien o servicio y plazo por el cual se requiere. Criterios, ponderaciones y puntajes para seleccionar las ofertas que se presenten. Toda adquisición de bienes o contratación de servicios que realice la Institución, deberá realizarse a través de Este será el medio oficial para la publicidad de los llamados a licitaciones o trato directo. De la misma forma se deben utilizar solamente los formularios definidos por ChileCompra para la elaboración de Bases y Términos de referencia, los que se encuentran disponibles en Las excepciones a este proceder se encuentran claramente reguladas en el Art. 62 del Reglamento de la Ley Artículo 62º. Licitaciones en soporte papel: Las Entidades podrán efectuar los Procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información, en las siguientes circunstancias: 1. Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos de acuerdo al Reglamento, todo lo cual deberá ser justificado por la Entidad Licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación. 2. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección. 3. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible efectuar los Procesos de Compras a través del Sistema de Información. 4. Cuando no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la Entidad Licitante para acceder u operar a través del Sistema de Información. 5. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal o por decreto supremo como de naturaleza secreta, reservada o confidencial. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad Licitante de manera física, de acuerdo a lo que establezcan en cada caso las Bases. Con este requerimiento, el Operador de Compra procederá a ejecutar el procedimiento de contratación correspondiente, en función de los siguientes criterios: a. Compras y Contrataciones inferiores a UTM 3 (impuestos incluidos). En estos casos, el Jefe (a) de la Unidad de Recursos Físicos, resolverá, de acuerdo a las siguientes reglas: Requerimiento previo, por escrito, de la Unidad Demandante o División Demandante a través de un Documento Conductor correspondiente. 13

14 La División Demandante o Usuario Demandante del bien o servicio a adquirir deberá fundamentar claramente la razón o motivo que origine su adquisición, lo cual deberá quedar explicitado en la respectiva resolución de compra. b. Compras y Contrataciones superiores a UTM 3 e inferiores a UTM 100 (impuestos incluidos). El Jefe(a) de la División Administrativa resolverá y ejecutará estas compras y contrataciones. En caso de ausencia de éste, por el Jefe de División que ocupa el primer orden de subrogación de la Subsecretaria, y en caso de faltar este último firmará la Sr. (a) Subsecretario (a). En estas contrataciones se procederá de acuerdo a las siguientes reglas: Requerimiento previo por escrito de la División o Usuario que lo formula, el que deberá ser autorizado por Jefe del Departamento de Presupuesto, en función de la fundamentación de su adquisición y de la disponibilidad presupuestaria. La División Demandante o Usuario Demandante deberá redactar los contenidos básicos de términos de referencia, o bases de licitación, según sea el caso, en las que se establezcan los aspectos administrativos más fundamentales, tales como: definición técnica del bien o servicio, forma de pago, plazo de entrega, garantía de fabricación y todas las características necesarias para individualizar el bien o servicio y las condiciones de prestación. Se deberán publicar los llamados a licitación o cotizaciones a través del Sistema de Información salvo los casos de indisponibilidad señalados en el Reglamento de la Ley N Las resoluciones que aprueben las bases respectivas, que las modifiquen o aclaren, y todos los demás actos administrativos que se realicen durante los procesos de contratación serán suscritos por el Jefe (a) de la División Administrativa. En caso de ausencia de éste, por el Jefe de División primer subrogante de la Subsecretaria, y en caso de ausencia de éste se procederá de la forma indicada en el encabezado de esta letra b, previa revisión de la División Jurídica. Los cuadros comparativos que se elaboren sobre la base de la información recibida a través del Sistema, deben ser completos y fundamentados y atenderán a todos los criterios de evaluación definidos. Además, deberán ser suscritos por la Comisión Evaluadora pertinente, la que deberá estar integrada por a lo menos un funcionario de la División Administrativa (Unidad de Recursos Físicos) y uno de la División o Usuario Demandante. La resolución de adjudicación o la resolución que declara el proceso de contratación desierto, deberá ser suscrita por el Jefe (a) de la División Administrativa, en caso de ausencia de este por el Jefe (a) de la División primer subrogante de la Subsecretaria. 5 Artículo 62 del Reglamento de la Ley Condiciones Básicas. 14

15 En ella se establecerá de manera clara y precisa el fundamento de la decisión que se adopta, debiendo contar con la revisión del Asesor Jurídico de la División Administrativa. Asimismo, los contratos que se celebren serán suscritos por el Jefe (a) División primer subrogante de la Subsecretaria, y en caso de ausencia se procederá de la forma indicada en el encabezado de esta letra b) c. Compras y Contrataciones Superiores a UTM 100 (impuestos incluidos). Resuelve Sr. (a). Subsecretario (a), de acuerdo a las siguientes reglas: Se seguirán las mismas reglas establecidas precedentemente. Asimismo, las resoluciones que aprueben las bases respectivas, que las modifiquen o aclaren, y todos los demás actos administrativos que se realicen durante los procesos de contratación serán suscritos por Sr. (a) Subsecretario (a), previa visación del Asesor Jurídico del Gabinete de la Subsecretaria. La Resolución de Adjudicación o la resolución que declara el proceso de contratación desierto, será suscrita directamente por la Sr. (a) Subsecretario (a) El Sr. (a) Subsecretario (a) podrá delegar expresa y específicamente estas funciones en alguno de los Jefes de División del Ministerio o en el Jefe (a) de la División Administrativa, según atribución. Una vez ejecutado el proceso de contratación seleccionado, los productos o servicios requeridos son entregados, según las condiciones establecidas en el formulario de requerimiento al Usuario Demandante o División Demandante, quien deberá evaluar su conformidad con los productos o servicios recibidos, a través de o de los formularios que la Unidad de Recursos Físicos disponga al efecto. 6. Procedimiento planificación de compras Cada Unidad del Ministerio debe elaborar un Plan Anual de Compras que debe contener los procesos de compra de bienes y/o servicios que se realizarán a través del sistema durante el año siguiente, con indicación de la especificación a nivel de artículo, producto o servicio, cantidad, periodo y valor estimado. Procedimiento elaboración Plan Anual de Compras: 1. La Dirección de Presupuestos envía Instrucciones acerca de la formulación del Anteproyecto Presupuestario. 2. La División de Planificación y Presupuesto recepciona esta información o la unidad o departamento que la Institución determine. 3. El Jefe de la División de Planificación y Presupuesto, durante el mes de junio, solicita los requerimientos de bienes y servicios a contratar el año siguiente a todas las Unidades demandantes a nivel nacional. 15

16 4. Las Unidades Demandantes recepcionan la solicitud, completan formulario de bienes y servicios a contratar el año siguiente y lo envían a Administración o a la Unidad que determine la Institución. Para lograr una mejor planificación de las compras referidas a material común y fungible, se debe considerar a lo menos las siguientes variables: N de personas que componen la unidad La cantidad de producto que ocupa cada persona La frecuencia del uso del producto La información histórica de consumo de bienes y servicios Proyectos nuevos planificados durante el periodo a detallar Disponibilidad Presupuestaria Para el caso de material estratégico, se deben considerar las siguientes variables: Consumos históricos Stock de reserva Disponibilidad Presupuestaria Para la contratación de servicios y proyectos, se deben considerar las siguientes variables: Proyectos planificados a ejecutar en el período. Carta Gantt de Proyectos Cuantificación de Servicios de apoyo en función de Proyectos 5. La División de Planificación y Presupuesto a fines del mes de noviembre, una vez aprobada la ley de Presupuesto del año siguiente, da ha conocer los prepuestos a las Divisiones Demandantes y recepciona información de requerimientos y la analiza a través de la evaluación de las siguientes variables: Análisis histórico de consumo, por tipo de materiales de uso habitual. Análisis histórico de consumo, por tipo de materiales de uso excepcional. Stock en bodega. Unidades que comprometan en su gestión nuevos consumos, productos, etc. Está información es relevante para la planificación correcta de los insumos a comprar el año siguiente. 6. La División Administrativa, durante el mes de diciembre, solicita y decepciona los datos obtenidos, recopilados y analizados procede a consolidar la información para construir el plan de compras exploratorio del siguiente año, y la envía a la unidad que consolida el proceso de planificación de compra en la Institución. 7. El Encargado de Compras Institucional, recepciona la información, y evalúa el contenido respecto a cantidades, montos y tiempos expuestos en el informe. 16

17 En caso de disconformidad se devuelve a la División Administrativa para generar modificaciones. Una vez preaprobado el Informe se envía a la Sr. (a) Subsecretario (a) para que apruebe documento final. Una vez aprobado se envía documento a la unidad que consolida el proceso de planificación de compras en la Institución, para adjuntarlo al anteproyecto institucional con las debidas fundamentaciones de gasto e inversión de acuerdo a los formatos que la Dirección de Presupuestos genere cada año. 8. Se recepciona Presupuesto Marco aprobado por el Congreso, Ministerio de Hacienda, Dirección de Presupuestos y entes que los regulan, itemizado por las partidas globales. 9. La Unidad respectiva informa a los Usuarios Demandantes o Divisiones Demandantes el Presupuesto Marco. 10. Las Unidades Demandantes son informadas sobre Presupuesto Marco, y reciben información acerca de la planificación de compras institucional. 11. El Encargado de Compras Institucional genera propuesta de Plan de Compras, de acuerdo a formatos entregados por la Dirección de Compras y Contratación Pública cada año, y cuadra con el presupuesto asignado, dentro de las partidas indicadas por la legislación chilena en esta materia. Paralelamente genera Plan de Compras itemizado de acuerdo a formato del Clasificador Presupuestario, indicado en las instrucciones presupuestarias de cada año, generado por la Dirección de Presupuestos. 12. Publicación del Plan de Compras en el sistema de información: La Administración o Unidad que determine la institución se encargará de revisar, ingresar, modificar, enviar a aprobar, y aprobar el plan de compras. 13. El Administrador del Sistema ChileCompra en la Institución aprueba el Plan de Compras y lo publica en el Sistema de Compras y Contratación Pública, el que genera un Certificado que acredita el ingreso y publicación. La aprobación del Plan en el sistema se realiza sólo una vez, sin perjuicio de las posteriores modificaciones que se pudieran informar a través del sistema en otra ocasión, oportunidad y modalidad que son informadas por la Dirección de Compras y Contratación Pública. 14. En el caso que el Administrador del Sistema ChileCompra no apruebe el Plan de Compras, éste se devuelve a la Unidad que esté encargada del ingreso, para que se proceda a modificar sobre la base de los reparos realizados por el Administrador. 15. Difusión del plan de compras al interior de la Institución: La División Administrativa o la Unidad que designe la institución, se encargará de difundir el Plan de compras, con el objetivo de que sea conocido por todas las Unidades Demandantes de la Institución. 16. Ejecución del Plan de Compras: Las Divisiones Demandante o Usuarios Demandantes envían solicitudes de bienes y o servicios a la División Administrativa basándose en la programación de compras realizada o, en la medida de que se presentan sus necesidades. Una vez recibido el Requerimiento por parte de la Unidad de Compras, se procederá a hacer entrega del producto si es que se encuentra en bodega, o en caso contrario, recepcionará la solicitud y procederá a realizar compra de producto y/o servicio solicitado, de acuerdo a los procedimientos descritos anteriormente. 17

18 17. El Encargado de Compras Institucional efectuará el seguimiento del Plan, comparándolo con las compras y contrataciones realizadas por cada partida, ítem, que corresponda, e informa trimestralmente desviaciones a la División Administrativa o Unidad que determine la Institución. Esta Unidad será la responsable de sugerir mecanismos de control para efectuar mejoramiento continuo del proceso de planificación anual para el próximo año calendario. 18. Modificaciones y Actualizaciones: El plan de compras podrá ser modificado cuando el organismo lo determine, lo cual podrá ser informado en el Sistema en la oportunidad y modalidad que la Dirección de Compras determine. En estos casos se procederá según lo dispuesto en los puntos 9, 13,14 y

19 7.Procesos de Compra Modelo determinación proceso de compra Adquisición Producto en CM SI Compra Convenio Marco NO Monto UTM? SI Licitación Pública >= UTM Publ.20 días NO Licitación Pública < UTM Publ.10 días Excepciones Ley y Reglamento Licitación Privada Trato Directo independiente del monto Trato Directo por monto menor a 100 UTM 19

20 7.1 Proceso de compra para bienes y servicios de baja complejidad Contrataciones de bienes y servicios menores a 3 UTM El Ministerio para tener un mayor control de su presupuesto realiza todas sus compras a través de Chile Compra, lo que incluye también las compras inferiores a 3 UTM. Paso 1: Generar a través del Sistema Intranet Institucional el Documento Conductor con los requerimientos de la compra. Todo División o Usuario que requiera un producto o servicio debe solicitarlo a través de un Documento Conductor que contenga los requerimientos de la compra. Paso 2: Revisión y Aprobación del requerimiento La Unidad de Recursos Físicos revisa el Documento Conductor con los Requerimiento, verifica que no tenga errores ni le falten datos y para sancionar la disponibilidad inicial de presupuesto Paso 3: Emisión orden de compra Una vez revisado el Documento Conductor y los antecedentes que lo acompañan si procediese, la Unidad de Recursos Físicos asigna el requerimiento a un operador de compra para genere la respectiva orden de compra. Paso 4: Envío OC al proveedor Una vez que se emite la orden de compras con V B, el Supervisor de compra envía la Orden de compra al proveedor. Paso 5: Aceptación OC por el proveedor y despacho de bienes y/o servicios El proveedor acepta la orden de compra y la envía los bienes o servicios. Paso 06: Informar recepción conforme para pago Una vez que la División Demandante recibe los bienes o servicios solicitados, solicita al Usuario Demandante la emisión de la Recepción conforme, que funda el pago. Lo envía a la Unidad de Finanzas para pago y la evaluación de proveedores se la envía al Supervisor de Compras de la Unidad de Compras para su registro, control y gestión. 20

21 Paso 07: Clasificación a Proveedor(es) Adjudicados El Usuario Demandante o División Demandante califica al proveedor y los Encargados de Compras suben a la página a través de funcionalidad correspondiente, 6 la evaluación. Compra menor a 3 UTM Div. Demandante Jefe(a) DIVAD Jefe(a) RR.FF. Encargado(a) de Compras Inicio División demandante envía solicitud de adquisición Solicitud de Compra Recepciona solicitud y deriva Solicitud de Compra Recepciona solicitud y deriva Solicitud de Compra Emiten ordenes de Compra y se comprometen los montos Orden de Compra Recepción de copia orden de compra Se envía copia de las ordenes de compra Orden de Compra Orden de Compra Fin Para la contratación de bienes y servicios de baja complejidad, cuya definición no requiera de competencias técnicas mayores, y cuyo monto involucrado no supere las UTM 100, la institución utilizará el catálogo ChileCompra Express. 6 El procedimiento a seguir para este proceso en se encuentra contenido en el Capítulo 13 del presente manual. 21

22 En caso que los productos o servicios requeridos no se encuentren disponibles en el catálogo ChileCompra Express, el Supervisor de Compras verificará si la institución cuenta con convenios de suministro vigentes para la adquisición de los productos o servicios requeridos. De existir convenios de suministro vigentes, el Supervisor de Compras enviará la respectiva OC preparada por el Operador de Compras. En caso de no contar con convenios de suministro vigentes, el Supervisor de Compras evaluará la pertinencia de generar un nuevo convenio, considerando la periodicidad con que se requieren los productos o servicios respectivos, la posibilidad de agregar compras y de obtener descuentos por volumen. En caso de determinar que se generará un nuevo convenio de suministro, la adquisición se considerará como una compra compleja y se aplicará el procedimiento definido al efecto en el presente manual. En caso contrario, ajustándose a lo indicado en el art. 8 de la ley de Compras y 10 del reglamento de la mencionada ley, se procederá a realizar una contratación a través de Trato Directo, previa Resolución Fundada que autorice la procedencia de éste Compra a través de ChileCompra Express Paso 1: Generar a través del Sistema Intranet Institucional el Documento Conductor con los requerimientos de la compra. Todo División o Usuario que requiera un producto o servicio debe solicitarlo a través de un Documento Conductor que contenga los requerimientos de la compra. Paso 2: Autorización del Requerimiento El jefe de la División en que emana el requerimiento, en caso de estar de acuerdo con lo solicitado, firma el Documento Conductor con los requerimientos y lo deriva a la División Administrativa, y esta a su vez a la Unidad de Recursos Físicos. En caso de no estar de acuerdo con lo solicitado, devuelve el Documento Conductor al remitente, con sus observaciones. Paso 3: Revisión y Aprobación del requerimiento La Unidad de Recursos Físicos revisa el Documento Conductor con los Requerimiento, verifica que no tenga errores ni le falten datos y para sancionar la disponibilidad inicial de presupuesto (refrendación presupuestaria). Paso 4: Emisión orden de compra Una vez revisado el Documento Conductor y los antecedentes que lo acompañan si procediese, la Unidad de Recursos Físicos asigna el requerimiento a un operador de compra para genere la respectiva orden de compra a través del catálogo ChileCompra Express. 7 Paso 5: Solicitar Compromiso Presupuestario 7 El procedimiento a seguir para este proceso en se encuentra contenido en el Capítulo 13 del presente manual. 22

23 Con la orden de compra generada, el operador de compra confecciona la respectiva resolución que aprueba el gasto y procede a solicitar el compromiso presupuestario correspondiente, indicando claramente la información del centro de responsabilidad, el producto estratégico, subproducto específico y el programa presupuestario. Paso 6: Firma de documento compromiso presupuestario por encargado Si el compromiso presupuestario se realizó, el encargado de compromiso firma la documentación y le registra el N ID correspondiente, así como la ratificación de la cuenta presupuestaria. Paso 7: Firma de documento compromiso presupuestario por autoridad Posteriormente, este documento debe ser revisado y firmado por la autoridad competente. En caso de que existan observaciones antes de la firma, la autoridad competente devuelve al operador de compra el documento. Paso 8: Envío OC al proveedor Una vez que el jefe de División entrega su V B, el Supervisor de compra envía la Orden de compra al proveedor. Paso 9: Aceptación OC por el proveedor y despacho de bienes y/o servicios El proveedor acepta la orden de compra y la envía los bienes o servicios. Paso 10: Informar recepción conforme para pago Una vez que la División Demandante recibe los bienes o servicios solicitados, solicita al Usuario Demandante la emisión de la Recepción conforme, que funda el pago. Lo envía a la Unidad de Finanzas para pago y la evaluación de proveedores se la envía al Supervisor de Compras de la Unidad de Compras para su registro, control y gestión. Paso 11: Clasificación a Proveedor(es) Adjudicados El Usuario Demandante o División Demandante califica al proveedor y los Encargados de Compras suben a la página a través de funcionalidad correspondiente, 8 la evaluación. Observaciones Respecto del Proceso de Compra a través de ChileCompra Express En caso que el Encargado de Compras, considerando todos los costos y beneficios asociados a la compra o contratación del producto o servicio motivo del requerimiento, identifique condiciones objetivas, demostrables y substanciales, que configuren una oferta más ventajosa que la existente en ChileCompra Express para el producto o servicio en cuestión, debe informar esta situación a ChileCompra, a través del formulario web disponible al efecto en 8 El procedimiento a seguir para este proceso en se encuentra contenido en el Capítulo 13 del presente manual. 23

24 Además, el Encargado de Compras información en virtud de una posible auditoría. de compra deberá respaldar la 24

25 Convenio Marco menor a 100 UTM Div. Demandante DIPLAP Jefe(a) DIVAD Jefe(a) RR.FF. Encardado(a) Compras Inicio Presenta requerimiento de compra y envía solicitud para refrendación Conductor (solicitud de refrendación) No Refrenda? Si Recepciona documento aprobatorio y envía a Jefe RR.FF Conductor Recepciona documento aprobatorio y envía a Encaragdo(a) de Compra Conductor Recepciona documento aprobatorio y emite orden de compra Orden de Compra Orden de Compra Envía orden de compra No Se confecciona y envía propuesta de resolución aprueba gasto Propuesta resolucion Aprueba? Si Firma resolución y envía copia Resolución Archiva copia Copia de resolución Compromete montos su corresponde Fin 25

26 Convenio Marco mayor a 100 UTM Div. Demandante DIPLAP Jefe(a) DIVAD Jefe(a) RR.FF. Encardado(a) Compras Gab. Subse. Inicio Presenta requerimiento de compra y envía solicitud para refrendación Conductor (solicitud de refrendación) No Refrenda? Si Recepciona documento aprobatorio y envía a Jefe RR.FF Conductor Recepciona documento aprobatorio y envía a Encaragdo(a) de Compra Conductor Recepciona documento aprobatorio y emite orden de compra Orden de Compra Orden de Compra Envía orden de compra Se confecciona y envía propuesta de resolución aprueba gasto Propuesta resolucion No Revisión asesor Jurídico Gab. Sub Propuesta resolucion Aprueba? Si Subsecretaria (a) Firma resolución y envía copia Resolución Compromete montos su corresponde Archiva copia Copia de resolución Fin 26

27 7.1.2 Compra a través de convenios de suministro vigentes de la Institución Paso 1: Enviar el Documento Conductor con el requerimiento Toda División Demandante o Usuario Demandante que requiera un producto o servicio contenido en un convenio de suministro vigente en la institución, debe solicitarlo a través de un Documento Conductor. Paso 2: Autorizar requerimiento El jefe de la División que emana el requerimiento, en caso de estar de acuerdo con lo solicitado, firma el Documento Conductor con el Requerimiento y lo deriva a la División Administrativa y esta a su vez a la Unidad de Recursos Físicos. En caso de no estar de acuerdo con lo solicitado devuelve el Documento Conductor al remitente, con sus observaciones. Paso 3: Revisión y aprobación requerimiento La Unidad de Recursos Físicos revisa el Documento Conductor con el Requerimiento, para verificar que no tenga errores ni le falten datos y para sancionar la disponibilidad inicial de presupuesto. Paso 4: Asignación del Encargado de Compras responsable y selección del proveedor En caso de que el producto o servicio requerido se encuentre disponible en un convenio de suministro vigente, el Jefe (a) de la Unidad de Recursos Físicos asigna el requerimiento a un operador de compra, para que genere el respectivo proceso de compra a través 9 El Supervisor de Compra determina a qué proveedor(es) enviará la orden de compra, según la tabla de evaluación de los proveedores que se encuentran adjudicados en este convenio de suministro, establecida en las respectivas bases o TDR según corresponda, y deriva esta información al operador de compra. Paso 5: Emisión OC El Encargado de Compras genera la Orden de Compra a través de El procedimiento a seguir para este proceso en se encuentra contenido en el Capítulo 13 del presente manual. 10 El procedimiento a seguir para este proceso en se encuentra contenido en el Capítulo 13 del presente manual. 27

28 Paso 6: Solicitud Compromiso Presupuestario Con la orden de compra generada, el Encargado de Compras deberá solicitar el compromiso presupuestario correspondiente, indicando claramente la información del centro de responsabilidad, el producto estratégico, subproducto específico y el programa presupuestario. Paso 7: Firma documento Compromiso Presupuestario Realizado el compromiso presupuestario, el encargado de compromiso firma la documentación y le registra el N ID correspondiente, así como la ratificación de la cuenta presupuestaria donde se realizó el compromiso. Posteriormente, este documento debe ser revisado y firmado por la autoridad competente. En caso de que existan observaciones antes de la firma, la autoridad competente devuelve al operador de compra el documento. De lo contrario solicita el V B del jefe de departamento donde emana el requerimiento. Paso 8: Envío de OC al proveedor Una vez que el jefe de Recursos Físicos entrega su V B, el Supervisor de compra envía la Orden de compra al proveedor. Paso 9: Aceptación de OC por el proveedor El proveedor acepta la orden de compra y la envía los bienes o servicios. Paso 10: Informe Recepción conforme de pago Una vez que la División Demandante o Usuario Demandante recibe los bienes o servicios solicitados, si está conforme con los bienes o servicios adquiridos se procede por parte del Usuario Requirente a la emisión del documento administrativo que sirve para permitir el pago y lo envía a la Unidad respectiva, registra el número respectivo y lo envía a Finanzas para pago y la evaluación de proveedores se la envía al Encargado de Compras de la Unidad correspondiente para su registro, control y gestión. Paso 11: Calificación Proveedor El Encargado de Compras califica en al proveedor, a través de funcionalidad correspondiente El procedimiento a seguir para este proceso en se encuentra contenido en el Capítulo 13 del presente manual. 28

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