MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
|
|
- Milagros Maldonado Ojeda
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº Denuncia interpuesta por DEPARTAMENTO DE POLITICAS Y ANALISIS DE CONSUMO, contra 1. SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL. 2. COMPANIA NESTLE DE COSTA RICA S.A., por supuesto incumplimiento de reglamentaciones técnicas de acatamiento obligatorio, según lo establecido en el artículo 34 inciso m) de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, 7472 del 20 de diciembre de
2 COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio del dos mil once Denuncia interpuesta por DEPARTAMENTO DE POLITICAS Y ANALISIS DE CONSUMO, contra 1. SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL. 2. COMPANIA NESTLE DE COSTA RICA S.A., por supuesto incumplimiento de reglamentaciones técnicas de acatamiento obligatorio, según lo establecido en el artículo 34 inciso m) de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, 7472 del 20 de diciembre de RESULTANDO PRIMERO: Que el cuatro de agosto del dos mil seis, el señor ROBERTO ZÚNIGA BALTODANO, en representación del DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS Y ANÁLISIS DE CONSUMO, interpuso denuncia contra: 1. SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL. 2. COMPAÑÍA NESTLE DE COSTA RICA S.A.., aduciendo que ( ) el 11 de junio del presente año, se realizó verificación al establecimiento SUPERMERCADO SUPERCOMPRO CUAJINIQUIL ( ) en la cual se constató la existencia a disposición de los consumidores de 61 paquetes de Alimento a base de leche instantánea marca Nestlé Nido Crecimiento en presentación de 130g ( ) los cuales al momento de la verificación estaban vencidos ( ) De acuerdo al acta de verificación 52 paquetes de las 60 unidades congeladas del producto: Alimento a base de leche instantánea marca Nestlé Nido Crecimiento en presentación de 130g( ) la situación de la fecha de vencimiento es la siguiente: Vence final de mes de junio, año Es decir al momento de la verificación ( ) tenían once días de vencido ( ) 2. De acuerdo con el acta de verificación, 3 paquetes de las 60 unidades congeladas del producto objeto de la denuncia vencen al final del mes de abril del 2006 ( ) tenían dos meses once días de vencido (no se aportó muestra).3 ( ) 5 paquetes de las 60 unidades congeladas del producto objeto de la denuncia, vencen al final del mes de mayo del 2006 ( ) tenían un mes once días de vencido (no se aportó muestra) ( ) este departamento procedió a tomar una muestra-para ser aportada con la presente denuncia- y al congelamiento del resto del producto encontrado vencido, levantando el acta respectiva y dejando los bienes inmovilizados bajo responsabilidad del propietario del establecimiento SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL (Folio 01). Por lo que solicita (...) Solicito de la forma más atenta se sirvan tramitar la acción administrativa pertinente y sancionar de conformidad con la normativa ( ) (Folio 01).Junto con la denuncia, el accionante aporta la documentación visible a folios 04 al 15 del expediente administrativo. SEGUNDO: Que mediante voto , de las diecisiete horas cuarenta minutos del Seis de setiembre del dos mil seis, la COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR dispuso mantener el congelamiento realizado por el Departamento de Políticas y Análisis de Consumo (DEPAC), en el establecimiento comercial SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL (folios 07-11). TERCERO: Que mediante auto de las ocho horas cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil nueve, dictado por la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, actuando como Órgano Director, se dio inicio al procedimiento administrativo por supuesto incumplimiento de las disposiciones del artículo 34 de la Ley 7472, el cual fue debidamente comunicado a las partes (folios y 39-41). CUARTO: Que la comparecencia oral y privada prevista en el artículo 309 de la Ley General de la Administración Pública, se verificó a las diez horas con cuarenta minutos del veinte de abril del dos mil nueve, sin la presencia de las partes denunciadas, a pesar de haber sido debidamente notificadas. (Folios 48-56). QUINTO: Que se han realizado las diligencias necesarias para el dictado de la presente resolución. 2
3 CONSIDERANDO PRIMERO. HECHOS PROBADOS: Como tal y de importancia para la resolución de este asunto se tiene por demostrado: 1- Que el once de julio del dos mil seis, el Departamento de Políticas y Análisis de Consumo (DEPAC) realizó una verificación de hechos en el establecimiento comercial Supermercado SUPER COMPRO CUAJINIQUIL, el cual es propiedad del GRUPO EMPRESARIAL DE SUPERMERCADOS (GESA), en la cual se constató la presencia de sesenta unidades de leche instantánea NIDO CRECIMIENTO NESTLÉ, vencidas a disposición del consumidor, por lo que procedieron al congelamiento y toma de muestras del mismo (folios 03-06). 2- Que los productos vencidos hallados en el citado establecimiento comercial lo eran: sesenta unidades de leche instantánea NIDO CRECIMIENTO NESTLÉ, de las cuales cincuenta y dos unidades vencían en junio del dos mil seis, cinco unidades vencían en mayo del dos mil seis y tres unidades vencían en abril del dos mil seis (folios y muestra). 3- Que la empresa COMPAÑÍA NESTLÉ DE COSTA RICA S.A., distribuye el producto leche instantánea NIDO CRECIMIENTO (folio 03) SEGUNDO. HECHOS NO PROBADOS: De relevancia para el esclarecimiento de este caso, no se tienen. TERCERO. En el caso en estudio, el hecho denunciado se enmarca dentro de los alcances de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley 7472, concretamente en el incumplimiento del artículo 34 inciso m), es decir por incumplimiento de normas técnicas de acatamiento obligatorio. CUARTO. CUESTIONES PREVIAS: De la asistencia a la comparecencia. De previo a entrar al análisis de los elementos de juicio que obran en autos, es necesario recordar que en casos como el presente, en que la comparecencia se verifica con la ausencia alguna de las partes (denunciadas), a pesar de haber sido debidamente notificadas (folio 40 y 41); el artículo 315 de la Ley General de la Administración Pública dispone en lo conducente ( )1.- La ausencia injustificada de la parte no impedirá que la comparecencia se lleve a cabo, pero no valdrá como aceptación por ella de los hechos, pretensiones ni pruebas de la Administración o de la contraparte( ), toda vez que bajo la aplicación armónica del Principio de Verdad Real tutelado por los artículos 214, 221 y 297 de la Ley General de la Administración Pública y el Principio de Inocencia consagrado en el ordinal 37 de la Constitución Política, lo que al tenor de la citada disposición se impone es la valoración de los elementos de juicio existentes bajo las reglas de la sana crítica. QUINTO. SOBRE EL FONDO: Partiendo del análisis de lo expuesto, y de las pruebas aportadas a los autos, bajo las reglas de la sana crítica racional (artículo 298 de la Ley General de la Administración Pública) en el caso de marras, consta en el expediente administrativo que el once de julio del dos mil seis, el Departamento de Políticas y Análisis de Consumo (DEPAC) realizó una verificación de hechos en el establecimiento comercial Supermercado SUPER COMPRO CUAJINIQUIL, el cual es propiedad del GRUPO EMPRESARIAL DE SUPERMERCADOS (GESA), en la cual se constató la presencia de sesenta unidades de leche instantánea NIDO CRECIMIENTO NESTLÉ, vencidas a disposición del consumidor, por lo que procedieron al congelamiento y toma de muestras del mismo (folios 03-06). Los productos vencidos hallados en el citado establecimiento comercial lo eran: sesenta unidades de leche instantánea NIDO CRECIMIENTO NESTLÉ, de las cuales cincuenta y dos unidades vencían en junio del dos mil seis, cinco unidades vencían en mayo del dos mil seis y tres unidades vencían en abril del dos mil seis (folios y muestra). Respecto a los productos hallados, la testigo de cargo SALOMÉ GUTIÉRREZ SANCHO, manifestó en la comparecencia bajo la fe de juramento ( ) encontramos que el alimento a base de leche marca NIDO NESTLE, se estaba ofreciendo en góndolas al consumidor, con una fecha de vencimiento caduca. O.D. Qué es góndola?. Que está en el anaquel para venta de consumidor. Por lo que procedimos a llamar al administrador y a levantar la respectiva acta de congelamiento en presencia de él ( ) (folio 53). La empresa COMPAÑÍA NESTLÉ DE COSTA RICA S.A., distribuye el producto 3
4 leche instantánea NIDO CRECIMIENTO (folio 03). Respecto a la venta de productos vencidos, es necesario traer a colación el artículo 34 inciso m) de la ley 7472, el cual establece como obligación tanto del comerciante como del productor el cumplir con la normativa técnica de acatamiento obligatorio, la Ley General de Salud, es el marco normativo a aplicar, por cuanto la disposición de productos vencidos al alcance del consumidor, puede implicar un eventual daño a la salud, como se fundamentó en la resolución , en la cual se aplicó la medida cautelar del congelamiento de bienes (folios 07-11). De esta forma, la Ley General de Salud estipula en lo conducente ( ) ARTÍCULO 200. Queda estrictamente prohibido importar, elaborar, usar, poseer para vender, comerciar, traspasar a título gratuito, manipular, distribuir y almacenar alimentos alterados o deteriorados, contaminados, adulterados o falsificados. ARTÍCULO 201. Se entiende por alimento alterado o deteriorado, para los efectos de esta ley y sus reglamentos, aquel que por cualquier causa natural ha sufrido perjuicio o cambio en su características básicas, químicas o biológicas ( ). (El subrayado es nuestro). En el caso en estudio, la norma dispone que la conducta a sancionar es el poseer para la venta alimentos alterados, deteriorados o contaminados, como lo es un producto al que ya la ha fenecido su fecha de vigencia. De esta forma se puede notar que la conducta descrita impone una prohibición al punto de venta, para poseer dichos productos y mucho menos para que los mismos estén a disposición del consumidor. La denunciada SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL, tenía a disposición de los consumidores productos vencidos, por lo que se evidencia el incumplimiento a la norma del artículo 34 inciso m) de la ley 7472 relacionada con el artículo 200 y 201 de la Ley General de Salud, por lo que la presente denuncia debe ser declarada con lugar. En cuanto a la empresa COMPAÑÍA NESTLÉ DE COSTA RICA S.A., se debe señalar que en el expediente administrativo, no consta prueba de descargo sobre la participación de esta empresa en los hechos denunciados y tal y como lo estipula el artículo 34 inciso m) de la ley 7472, están obligados a acatar las normas técnicas de acatamiento obligatorio, tanto el comerciante como el productor y distribuidor, por lo cual al ser el producto LECHE INSTANTÁNEA NIDO CRECIMIENTO, un producto distribuido por la denunciada COMPAÑÍA NESTLÉ DE COSTA RICA S.A., y encontrarse vencido en el establecimiento comercial SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL se declara con lugar la denuncia contra esta denunciada. Como corolario de lo expuesto, procede declarar con lugar la presente denuncia, contra el SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL, y contra la empresa COMPAÑÍA NESTLÉ DE COSTA RICA S.A., por lo que procede imponer la respectiva sanción a las accionadas, la cual se gradúa aquí en la mínima, de conformidad con el artículo 57 inciso b) y 59 de la Ley Esta se gradúa aquí en consideración tanto de la gravedad del incumplimiento como la participación de los infractores en el mercado y en la comercialización de productos alimenticios, así como el grado de intencionalidad, por lo que se fija en el monto de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS COLONES EXACTOS ( ), que es el equivalente a diez veces el menor salario mínimo mensual contenido en la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, el cual al momento de los hechos, era de ciento veintinueve mil doscientos cincuenta colones exactos ( ). POR TANTO 1-Se declara con lugar la denuncia interpuesta por el DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS Y ANÁLISIS DE CONSUMO, contra las empresas 1. SUPER MERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL. 2. COMPAÑÍA NESTLÉ DE COSTA RICA S.A., y por lo tanto: a) Se impone a cada una de las denunciadas la sanción de pagar la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS COLONES EXACTOS ( ). Lo anterior se deberá hacer mediante el sistema de entero de gobierno en un banco estatal autorizado y deberá aportar a esa instancia el recibo original o copia debidamente certificada que acredite el pago de la multa. b) Contra esta resolución puede formularse recurso de reposición, el cual deberá plantearse ante la Comisión Nacional del Consumidor para su conocimiento y resolución, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. Lo anterior de conformidad con los artículos 64 de la ley 7472 y 343, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. 2-En este acto y con fundamento en los artículos 68 de la Ley No y 150 de la Ley General de 4
5 la Administración Pública, se efectúa primera intimación de la empresa SUPERMERCADO SUPER COMPRO CUAJINIQUIL, propiedad del GRUPO EMPRESARIAL DE SUPERMERCADOS (GESA) S.A., en la persona de su representante VICTOR MESALLES CEBRIA, cédula de identidad ochocero veintidós-ciento uno, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del recibo de esta notificación, cumpla con lo aquí dispuesto o POR TANTO: ( )Se impone a cada una de las denunciadas la sanción de pagar la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS COLONES EXACTOS ( ). Lo anterior se deberá hacer mediante el sistema de entero de gobierno en un banco estatal autorizado y deberá aportar a esa instancia el recibo original o copia debidamente certificada que acredite el pago de la multa ( ). Habiendo cumplido con lo ordenado, deben remitir documento que lo acredite a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor, ubicada en la ciudad de San José, Sabana Sur, 400 oeste de la Contraloría General de la República, para que proceda al archivo del expediente. De no cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto en la presente intimación y según corresponda, certifíquese el adeudo y remítase el expediente a la Procuraduría General de la República para su ejecución a nombre del Estado. Archívese el expediente en el momento procesal oportuno. NOTIFÍQUESE. EXPEDIENTE
COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 108-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las doce horas cuarenta minutos del veintiuno de febrero del dos mil cinco. Procedimiento ordinario administrativo
Más detallesCOMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 023-05 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil cinco. Denuncia interpuesta
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 726-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 726-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas cinco minutos del veintitrés de agosto del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 1009-12 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta minutos del veintinueve de octubre del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 455-05
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 455-05 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas quince minutos del veintiséis de setiembre del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004. Voto Nº 192-04
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 192-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y cuarenta minutos del diez de mayo del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 1240-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 1240-12 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas del tres de diciembre del dos mil doce Denuncia
Más detallesCOMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto # Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del
COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #831-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del dieciocho de julio del año dos mil uno. Denuncia interpuesta
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010. Voto Nº 860-10
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 860-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta minutos del dieciséis de diciembre
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 187-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta minutos del doce de marzo del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 155-09 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas veinticinco minutos del dieciséis de marzo
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 874-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 874-12 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 312-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 312-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas veinticinco minutos del dieciséis de abril del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010. Voto Nº 711-10
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 711-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 282-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011. Voto Nº 589-11
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 589-11 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del seis de octubre del dos mil once Denuncia
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 180-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del ocho de marzo del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 939-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas treinta minutos del ocho de octubre del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 798-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 798-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas cinco minutos del primero de julio del dos mil trece
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010. Voto Nº 688-10
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 688-10 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del veinte de septiembre del dos mil diez Denuncia
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005. Voto Nº 379-05
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 379-05 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas minutos del tres de agosto del dos mil cinco.
Más detallesCOMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005. Voto Nº 140-05
COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 140-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las doce horas veinte minutos del catorce de marzo del dos mil cinco. Denuncia interpuesta por el señor GERARDO
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 660-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 660-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 809-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 809-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta minutos del diez de setiembre del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 051-09 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas veinte minutos del veintidós de enero del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 484-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del siete de junio
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014. Voto Nº 478-14
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 478-14 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil catorce.
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 1488-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 1488-13 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas veinte y cinco minutos del doce de Noviembre
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 520-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 520-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta y cinco minutos del quince de abril del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011. Voto Nº 230-11
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 230-11 Denuncia interpuesta por ALBERTO CABRERA YEN interpuso denuncia contra CORPORACION GALAAD DE COSTA
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011. Voto Nº 250-11
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 250-11 Denuncia interpuesta por Luis Mauricio Anchetta Dobles, cédula de identidad unoseiscientos cincuenta
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 249-05
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 249-05 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010. Voto Nº 480-10
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 480-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del doce de julio del dos
Más detallesCOMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #762-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciocho horas y veinte minutos del veinte de junio
COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #762-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciocho horas y veinte minutos del veinte de junio del año dos mil uno. Denuncia de la JUNTA DE PROTECCION
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 962-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 962-12 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas quince minutos del dieciocho de octubre del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 1694-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 1694-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta minutos del tres de diciembre del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005. Voto Nº 371-05
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 371-05 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta y cinco minutos del tres de agosto del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008. Voto Nº 058-08
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 058-08 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014. Voto Nº 1133-14
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1133-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas del diez de setiembre del dos mil catorce Denuncia
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 1496-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 1496-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cuarenta y cinco minutos del catorce de Noviembre
Más detallesVoto Nº 103-04. Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas del ocho de marzo del dos mil cuatro.
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 103-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas del ocho de marzo del dos mil cuatro.
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 990-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecinueve horas del veintidós de octubre del dos mil doce Denuncia
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 090-09 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del doce de febrero
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 440-05
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 440-05 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta y cinco minutos del veintiuno de setiembre
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 393-05
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 VOTO Nº 393-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las doce horas cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 544-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del veinte de octubre del dos mil ocho Recurso
Más detallesH. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON
LISTA DE ES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 30/09/16 EN EL JUZGADO 0199/2004 Auto De Fecha: Veintiocho De Septiembre Del Dos Mil ACTUACION En Virtud De Que Los Autos Originales Del Expediente 199/2004
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 793-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 793-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta y cinco minutos del primero de julio del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004. Voto Nº 321-04
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 321-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y quince minutos del diecinueve de julio
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011. Voto Nº 784-11
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 784-11 Denuncia interpuesta por MARIA DE LOS ANGELES AGUILAR CORONADO, cédula de identidad cinco- ciento cincuenta
Más detallesVISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y
PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014. Voto Nº 458-14
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 458-14 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta y cinco minutos del doce de mayo de dos mil
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010. Voto Nº 320-10
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 320-10 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas veinte minutos del veinticuatro de mayo del
Más detallesCORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX
No. de Oficio RM 1828/2011. ASUNTO: CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P. 06700 TEL. (55) 5584 2121 FAX. 5584 8454. P R E S E N T E En acatamiento a lo dispuesto
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 1304-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 1304-12 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas veinticinco minutos del diez de diciembre del dos
Más detallesCONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número
CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL ONCE. VISTO EL ESCRITO RECIBIDO EN ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE SALUD, POR EL CUAL EL C. REPRESENTANTE LEGAL DE
Más detallesINSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-052-08 QUE DECIDE SOBRE EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA FHM CELULARES GRATIS, CONTRA LA RESOLUCIÓN No.
Más detallesR E S U L T A N D O:
RECURSO DE REVISIÓN: 85/2015-P-1 SUJETO OBLIGADO: INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TLAXCO. RECURRENTE: *************************** COMISIONADA PONENTE: LICENCIADA MARÌA AIDA GONZÀLEZ SARMIENTO Tlaxcala,
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 325-12
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 325-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de
Más detallesInstrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI
Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas Fecha de aplicación 01/06/2009 Versión 2 1 de 6 1. Propósito Describir los aspectos que una persona
Más detallesCOMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #844-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés
COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #844-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de julio del año dos mil uno. Procedimiento administrativo
Más detallesRESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos
RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 30 literal b) del Acuerdo de
Más detallesRESOLUCION No DE 2014 (NOVIEMBRE 13)
MUNICIPtO DE ANAPOIMA POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE CUOTA PARTE PENSIONAL A FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES - EN LIQUIDACION, CON CARGO AL CUNDINAMARCA, Y SE ORDENA EL PAGO DE LAS CUOTAS PARTES
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto 1128-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto 1128-13 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas veinte minutos del dos de septiembre del dos mil
Más detallesLINEAMIENTOS PARA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR CORRUPCIÓN PLANTEADAS ANTE EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO.
LINEAMIENTOS PARA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR CORRUPCIÓN PLANTEADAS ANTE EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO. Estos lineamientos generales tienen como fin el de orientar a las unidades del
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 1570-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 1570-13 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas diez minutos del veinte de Noviembre del dos
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información
Más detallesSeñores PROVEEDORES SAN JOSÉ DE CÚCUTA. Asunto: Solicitud de cotización
201300002049 San José de Cúcuta, 2013/04/25 Señores PROVEEDORES SAN JOSÉ DE CÚCUTA Asunto: Solicitud de cotización Adjunto a la presente solicitud de cotización de Ciento Noventa (190) uniformes para las
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto 943-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto 943-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas veinte minutos del doce de agosto del dos mil trece
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades
Más detallesFederación Nacional de Cafeteros de Colombia
RESOLUCiÓN 05 DE 2015 (Octubre 15) Por medio de la cual se adopta la Reglamentación para el control y la administración del Registro de Exportadores de Café de la Federación Nacional de, en su condición
Más detallesPROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA
PROCESO PÁGINA 1 DE 8 COORDINADOR (A) GRUPO GESTION 1. OBJETIVO Adquirir bienes y/o servicios que requiere la Unidad para el cumplimiento de las metas y objetivos cuyo valor no exceda del 10% de la menor
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008. Voto Nº 619-08
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 619-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del dieciocho de noviembre del dos mil ocho
Más detallesRESOLUCION MINISTERIAL Nº TR
Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica financiera de las empresas Lima, 31 de
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004. Voto Nº 176-04
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 176-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y veinte minutos del tres de mayo del
Más detallesINDICE. Objetivos del Procedimiento 02 Alcance. 02 Responsables 02. Ejecución del Procedimiento: Pago de Alimentos.. 03 Recepción de Alimentos 06
Página - 1 INDICE Página N Objetivos del Procedimiento 02 Alcance. 02 Responsables 02 Ejecución del Procedimiento: Pago de Alimentos.. 03 Recepción de Alimentos 06 Régimen de Formularios Raúl A. Nota G.
Más detallesLey Nº 17.963 CONTRIBUYENTES DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL
Publicada D.O. 30 may/006 - Nº 27003 Ley Nº 17.963 CONTRIBUYENTES DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL SE DICTAN NORMAS PARA SU INCLUSIÓN Y REGULARIZACIÓN Y SE ESTABLECEN BENEFICIOS PARA LOS BUENOS PAGADORES
Más detallesComisión Nacional del Consumidor, San José a las once horas y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil.
COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR VOTO Nº 239-00 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las once horas y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil. Denuncia interpuesta por el señor MILTON ESQUIVEL
Más detallesSeñor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.
Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 658-10 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas treinta minutos del seis de septiembre del dos
Más detallesFormulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública
1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado
Más detallesNo entregar copia de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (Sindicato, Delegados del Personal y Comité Paritario de Higiene y Seguridad
Multas relacionadas con los Reglamentos Internos de Orden Higiene y Seguridad (RIOHS) Conozca las infracciones que se exponen las empresas al no tener un Reglamento Interno, que no esté actualizado, no
Más detallesABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS
ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº 189-06
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº 189-06 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas diez minutos del trece de marzo del dos mil
Más detallesENMIENDA Nº1. Donde dice: A) CARPETA FORMAL Estará compuesta por la siguiente documentación:
ENMIENDA Nº1 1. En la sección B Condiciones Especiales de la Licitación (CEL), punto CGL 5.2, página 25, se elimina el ítem K a presentar en la Carpeta Formal. Donde dice: A) CARPETA FORMAL Estará compuesta
Más detallesRESOLUCIÓN MINISTERIAL SA-DM Lima 08 de Noviembre de 1999
RESOLUCIÓN MINISTERIAL 548-99-SA-DM Lima 08 de Noviembre de 999 Visto el Oficio N 359-99-DG-AL-DIGEMID, cursado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que por Resolución
Más detalles2. OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN
INFORME SOBRE ACTOS DE CLASIFICACIÓN, RECUENTO Y DESTRUCCIÓN DE BILLETES DETERIORADOS Y DE MONEDAS DESMONETIZADAS, AUTORIZADOS POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY, CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DEL
Más detallesINSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006. Voto Nº 109-06
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 Voto Nº 109-06 Comisión Nacional del Consumidor, a las diecisiete horas veinte minutos del trece de febrero del dos
Más detallesVERIFICACIÓN JURÍDICA PROCESO DE INVITACIÓN POR LISTA CORTA 016 DE 2014
1 DOCUMENTOS DE CARÁCTER LEGAL 1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL O QUIEN TENGA LAS FACULTADES PARA HACERLO -NUMERALES 3.2.1.8 Y 3.2.2.1 DEL PLIEGO 05-08 LA PROPUESTA
Más detallesR E S U L T A N D O :
SENTENCIA DEFINITIVA No. 249/2015 quince.- Saltillo, Coahuila; a ocho de octubre de dos mil V I S T O S los autos del juicio ORAL MERCANTIL, expediente número 1369/2014, promovido por el Licenciado Apolinar
Más detallesDecreto nº 937/2010, Reglamentario de la Ley Orgánica de Partidos Políticos
DECRETO Nº 937/2010, REGLAMENTARIO DE LA LEY ORGÁNICA DE PARTIDOS POLÍTICOS EN RELACIÓN AL RECONOCIMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, CONSTITUCIÓN DE LAS ALIANZAS ELECTORALES Y REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN
Más detallesColjueges INHACIENDA t TODOS POR UN NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN V3-20-09-2016 TRD:100-400-2-3 367 Bogotá D C, jueves, 27 de octubre de 2016 ~II~~I ~~~~~ VIII ~~I~I VIII VIII I D IIIII VIII VIII VIII
Más detallesREGLAMENTACIÓN Y PARÁMETROS PARA LA EXCLUSIÓN Y SANCIONES DE ASOCIADOS
REGLAMENTACIÓN Y PARÁMETROS PARA LA EXCLUSIÓN Y SANCIONES DE ASOCIADOS Por medio de la cual se reglamenta y se definen los parámetros para excluir e imponer sanciones a los asociados de la cooperativa
Más detallesDERECHO TRIBUTARIO PENAL
DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL Definición Características Principios rectores Regulación legal DEFINICIÓN Conjunto de normas y principios sustanciales y procesales de carácter general,
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013. Voto Nº 744-13
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 744-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas veinticinco minutos del veinte de junio del dos
Más detallesLEY DE TIERRAS URBANAS
BENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS FUNDADO EN 1953 ABOGADOS - CONSULTORES 23 de octubre de 2009 INFORME PROPIEDAD INMOBILIARIA LEY DE TIERRAS URBANAS Instrumento Legal La Ley de Tierras Urbanas fue sancionada
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL SALARIO DE LA ALCALDESA, EL PERSONERO, SE FIJAN LAS ESCALAS MAXIMAS DE
Más detallesRepública de Panamá Superintendencia de Bancos
República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 004-2015 (de 11 de mayo de 2015) Por medio del cual se establece el procedimiento para el registro de los custodios de acciones al portador LA
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003. Voto Nº 009-03
MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003 Voto Nº 009-03 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las catorce horas y cinco minutos del seis de enero del
Más detalles