MODELO GENERAL DE DEMANDA DE JUICIO VERBAL

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1 MODELO GENERAL DE DEMANDA DE JUICIO VERBAL AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE Q.P.T.C. Don, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don (se consignarán los datos y circunstancias de identificación del demandante), según acredito mediante escritura de poder que acompaño para su unión a los autos por copia testimoniada con devolución del original (o, en su caso, según apoderamiento otorgado «apud acta», que acompaño), dirigido por el Letrado abajo firmante Don, colegiado n.º del Ilustre Colegio de Abogados de, con despacho profesional abierto en, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO: Que, en la representación que ostento, interpongo DEMANDA DE JUICIO VERBAL, sobre (objeto de la litis), frente a (se consignarán los datos y circunstancias de identificación del demandado), con domicilio en A efectos del primer emplazamiento del demandado, para el caso de que no sea hallado en dicho domicilio, se designan los siguientes lugares donde podrá intentarse la comunicación, por el siguiente orden: Se ejercita en la presente demanda la acción de Fundamento la misma en los siguientes hechos y consideraciones jurídicas: HECHOS (Los hechos se expondrán de forma ordenada y clara, en párrafos separados y numerados, expresándose de igual forma los documentos que se aporten en relación con los mismos. También podrán formularse valoraciones o razonamientos) PRIMERO.- SEGUNDO.- TERCERO.- VALORACIÓN FÁCTICA

2 APORTACIÓN DE PRUEBA A los efectos de acreditar el fundamento de las pretensiones que se deducen, acompaño: DOCUMENTO N.º licencia administrativa de de mi representada (ordinal primero) DOCUMENTO N.º escritura de compraventa del inmueble en que radica la de mi representada (ordinal primero) DOCUMENTO N.º certificación del Centro de Salud de sobre la condición y empleo del demandado D. ZZ (ordinal segundo) DOCUMENTO N.º certificación del Ayuntamiento de, sobre la radicación del demandado D. JJ (ordinal segundo) DOCUMENTO N.º copia de los expedientes administrativos sancionadores tramitados por la Consejería de Sanidad de, nos. (ordinal segundo) DOCUMENTO N.º testimonio de la diligencia preliminar practicada al amparo de lo dispuesto en el art. de la Ley (ordinal tercero) DOCUMENTO N.º actas de requerimiento notarial de fechas (ordinal tercero) DOCUMENTO N.º dictamen pericial de los daños y perjuicios causados a mi representada, emitido por el perito D., Censor Jurado de Cuentas. A los anteriores hechos, son aplicables los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA A) JURISDICCIÓN POTESTAD JURISDICCIONAL.- La potestad jurisdiccional se ejerce por los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan (art (LA LEY 2500/1978) CE) JURISDICCIÓN CIVIL.- Los Tribunales y Juzgados del orden civil conocerán, además de las materias que les son propias, de todas aquellas que no estén atribuidas a otro orden jurisdiccional (art. 9.2 (LA LEY 1694/1985)LOPJ).

3 Los Juzgados de Primera Instancia conocerán en el orden civil, en primera instancia, de los juicios que no vengan atribuidos por esta ley a otros Juzgados o Tribunales (art (LA LEY 1694/1985) LOPJ). LÍMITES DE LA JURISDICCIÓN.- La extensión y límites de la jurisdicción de los Tribunales civiles españoles se determinará por lo dispuesto en la LOPJ y en los tratados y convenios internacionales en los que España sea parte (art. 36 (LA LEY 58/2000) LEC). B) COMPETENCIA PREDETERMINACIÓN LEGAL DE LA COMPETENCIA.- Para que los Tribunales civiles tengan competencia en cada caso se requiere que el conocimiento del pleito les esté atribuido por normas con rango de ley y anteriores a la incoación de las actuaciones de que se trate (art. 44 (LA LEY 58/2000) LEC). COMPETENCIA OBJETIVA. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA.- Corresponde a dichos órganos jurisdiccionales, el conocimiento en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros Tribunales. Conocerán, asimismo, dichos Juzgados de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la LOPJ (art. 45 (LA LEY 58/2000) LEC). COMPETENCIA TERRITORIAL.- Es competente el Juzgado al que nos dirigimos por según dispone el art. (las reglas de competencia territorial se determinan en los arts. 50 (LA LEY 58/2000) y ss. LEC) II.- PROCEDIMIENTO Conforme a del art. 250 (LA LEY 58/2000) LEC el procedimiento ajustado a derecho será el del juicio verbal regulado en los arts. 437 (LA LEY 58/2000) y ss. de la misma Ley. III.- CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN La tienen demandante y demandada por a tenor de lo dispuesto en los arts. 6 (LA LEY 58/2000) y 7 (LA LEY 58/2000) LEC. (Se consignarán las alegaciones que procedan sobre capacidad de las partes, representación de ellas o del procurador) IV.- LEGITIMACIÓN Corresponde al demandante y demandado citados, según el art. 10 (LA LEY 58/2000) LEC, el primero por el derecho y acción que tiene para reclamar, y el segundo como obligado por su intervención en el negocio del que se trae causa y porque el pronunciamiento que en definitiva se pretende le atañe e interesa. V.- CUANTÍA

4 Conforme al art. 253 (LA LEY 58/2000) de la LEC cifro la cuantía de la presente demanda en, fijación que amparo en el siguiente fundamento (Se expresará justificadamente la cuantía de la demanda, calculada conforme a las reglas legales de los arts. 251 (LA LEY 58/2000) y 252 (LA LEY 58/2000) LEC. Deberán presentarse los documentos o dictámenes que acrediten el valor de la cosa litigiosa), calculada con arreglo a las reglas número/s del/de los artículo/s 251 (LA LEY 58/2000)/252 (LA LEY 58/2000) de dicha Ley. VI.- POSTULACIÓN Y DEFENSA Conforme a lo previsto en los arts. 23 (LA LEY 58/2000) y 31 (LA LEY 58/2000) LEC, se presenta la demanda por medio de Procurador legalmente habilitado y bajo dirección de Letrado firmante de la misma (véase Anexo para el supuesto en que no sea preceptiva la intervención de estos profesionales). VII.- FONDO DE LA CUESTIÓN CONTROVERTIDA VIII.- COSTAS Deberán ser impuestas a la demandada en virtud del principio cuasiobjetivo del vencimiento que rige en la primera instancia de los declarativos, a tenor del art. 394 (LA LEY 58/2000) LEC. Por lo expuesto, SUPLICO AL JUZGADO. Que habiendo por presentado este escrito de demanda con los documentos que lo acompañan y copias de uno y otros, los admita y me tenga por comparecido en parte en la representación que ostento y que acreditada dejo; y por promovido juicio verbal frente a las personas designadas en el encabezamiento, dé al mismo el curso señalado en la ley y, en su día, dicte sentencia en la que, estimando íntegramente la demanda: a) Declare b) Ordene b) Condene Todo ello con imposición de las costas del juicio a la parte demandada. Es de Justicia que pido en, a de de Firma de Abogado y número de colegiado: Firma del Procurador:

5 ANEXO. MODELOS DE OTROSÍ DE LA DEMANDA 1.- Haciendo constar la intención de valerse de abogado y procurador cuando su intervención no es preceptiva OTROSÍ DIGO que esta parte viene a poner expresamente en conocimiento del órgano jurisdiccional, a los efectos que procedan, que aún cuando para esta clase de procedimientos no resulta preceptiva la intervención de Letrado ni de Procurador, es intención de esta parte servirse de los referidos profesionales. Por lo que, SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por causada la anterior manifestación a los efectos del art (LA LEY 58/2000) LEC, se sirva proceder en su consecuencia, como es Justicia que reitero en lugar y fecha "ut supra". 2.- Solicitando el desglose del poder acompañado OTROSÍ DIGO. Que por necesitar para otros usos la copia de escritura de poder acreditativa de la representación del suscrito Procurador, intereso y SUPLICO AL JUZGADO. Se sirva acordar su desglose y devolución a esta parte, dejando en autos testimonio literal de la misma. 3.- Solicitando tutela cautelar OTROSÍ DIGO. Que al amparo de lo previsto en el art. 721 (LA LEY 58/2000) y ss. LEC solicito del Juzgado la adopción de la medida cautelar de véase modelo general de medida cautelar solicitada junto con la demanda principal (LA LEY 2515/2008) SUPLICO AL JUZGADO. Que adopte la medida cautelar de 4.- Referente a medios de prueba 4.1 OTROSÍ DIGO: Que interesa al derecho de esta parte valerse para la vista de los siguientes medios de PRUEBA: A) INTERROGATORIO del demandado D. B) DOCUMENTAL consistente en: que se remita oficio a la comisaría de la Policía local de, a fin de que remita al Juzgado el atestado n.º, elaborado por razón del accidente de tráfico acaecido el día

6 -que se requiera a la Compañía de Seguros demandada para aportación a la vista del original de la póliza de seguro de la responsabilidad derivada de la conducción del vehículo matrícula, concertada con el demandado D. C) TESTIFICAL, para que se proceda a citar judicialmente a las siguientes personas para ser interrogadas en la vista: D., de profesión, con domicilio en, calle D.ª, de profesión, con domicilio en, calle SUPLICO AL JUZGADO que, teniendo por causada la precedente solicitud de prueba a los efectos oportunos, se digne ordenar todo lo conducente para su práctica. 4.2 OTROSÍ DIGO que interesa al derecho de esta parte valerse para el acto de la vista de la prueba pericial de, a cuyo objeto se ha recabado y obtenido dictamen por escrito del ingeniero técnico de D., que contiene fórmula de juramento atenida al art (LA LEY 58/2000) LEC, el cual se presenta con la demanda, con solicitud de que se cite judicialmente al autor, a fin de que concurra al acto de la vista, para esclarecer su pericia y sujetarse a las preguntas aclaratorias o adicionales que deseen formular las partes o S.S.ª, conforme al art (LA LEY 58/2000) LEC. SUPLICO AL JUZGADO que, por causadas las manifestaciones precedentes a los oportunos efectos, se sirva proveer con arreglo a la Ley, en Justicia que reitero en lugar y fecha "ut supra".

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