LECCIÓN Nº 9 USO DE LOS TÍTULOS VALORES COMO GARANTÍAS DE OBLIGACIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LECCIÓN Nº 9 USO DE LOS TÍTULOS VALORES COMO GARANTÍAS DE OBLIGACIONES"

Transcripción

1 LECCIÓN Nº 9 USO DE LOS TÍTULOS VALORES COMO GARANTÍAS DE OBLIGACIONES 1. INTRODUCCIÓN Para que el uso de títulos valores como garantías del cumplimiento de obligaciones tenga plena validez y surta efectos jurídicos, debe ser realizado de acuerdo con lo establecido en las normas que se ocupan de la materia; pues, si bien en la práctica nada impide que el deudor de una obligación civil o comercial emita y entregue a su acreedor un título valor en calidad de garantía del cumplimiento de dicha obligación, en algunos casos tal emisión y entrega no sólo puede suponer la desnaturalización de la función que cumple determinado título, es decir no calificar como garantía, sino que además puede acarrear la pérdida de los efectos cambiarios del título valor entregado. Así, es sabido que en la práctica suele darse un mal uso a los títulos valores con los fines antes indicados, a tal punto que por lo general en las operaciones comerciales que importan un pago a plazos o un plazo diferido para el pago, al momento de generarse la obligación los clientes, con anuencia de sus proveedores (acreedores), suelen girar y entregarles cheques y/o letras de cambio con la indicación de que dichos documentos no sean cobrados, ya que sólo sirven de garantía de la obligación asumida, la misma que se cancelará posteriormente en los términos convenidos entre las partes. De lo que se trata, pues, es de no desnaturalizar el concepto y la función que cada título valor tiene y cumple dentro del amplio espectro de la actividad comercial, por lo que a continuación nos referiremos a los supuestos de mayor importancia que, para un mejor entendimiento, clasificaremos en usos regulares (o correctos) y en usos irregulares (o incorrectos) de los títulos valores como garantías de obligaciones. 2. USOS REGULARES O CORRECTOS En este rubro se puede destacar, en primer lugar, el caso de los títulos valores que han sido creados específicamente para utilizarse o para representar o incorporar garantías, siendo los principales el warrant, la factura conformada y el título de crédito hipotecario negociable. Como quiera que estos títulos valores son emitidos y entregados con los fines antes indicados, las garantías incorporadas en ellos respaldan o garantizan las obligaciones derivadas del propio instrumento (salvo el caso del warrant que además se conecta con el certificado de depósito), y que de no cumplirse la EDUCA INTERACTIVA Pág. 56

2 obligación principal dichas garantías pueden ser ejecutadas conforme a las normas procesales correspondientes. Cabe precisar, sin embargo, que como puede apreciarse con meridiana claridad en estos supuestos no son los títulos en sí mismos (warrant, factura conformada o título de crédito hipotecario negociable) los que sirven o hacen de garantías, sino que éstas en realidad están constituidas por los bienes, efectos o mercaderías que se describen o detallan en los referidos documentos, es decir que estos títulos valores son los instrumentos que contienen o incorporan los derechos reales de prenda o hipoteca, según el caso, que recaen sobre los mencionados bienes, efectos o mercaderías. En este sentido, conviene explicar la distinción con un ejemplo: A vende a B cierta mercadería por un precio determinado que se pagará a plazos en diversas armadas, decidiendo las partes emitir una factura conformada que contiene la descripción de los bienes materia de la transferencia; tal documento representa el derecho de crédito consistente en el precio o saldo del precio debido y el derecho real de garantía prendaria sobre dichos bienes. Esta función de representar la garantía (prenda) es propia de esta clase de título valor, de modo que teniéndolo A en su poder, lo que tiene es el derecho de cobrar y el derecho de ejecutar la garantía si no se le paga. Cosa distinta sería si A decidiera, por ejemplo, usar el mencionado título valor (factura conformada) que para él representa simultáneamente un derecho de crédito por cobrar y la garantía del mismo, respecto de B para que, a su turno, tal documento sirva de garantía de otra obligación que A hubiere asumido. Es esto posible? Supongamos que A debe a C una cantidad de dinero que se ha comprometido a pagarle en un plazo determinado, caso en el cual A ofrece y entrega a C, en calidad de garantía de esta obligación, el título valor en cuestión (esto es, el título que fue emitido por A en su relación con B ). En este último caso estamos hablando de un supuesto diferente, es decir de la posibilidad de que los títulos valores, independientemente de que contengan o no una garantía, puedan ser utilizados los títulos en sí mismos como prenda de cualquier obligación. En principio la respuesta es afirmativa; sí es posible hacerlo, pues el tema está regulado en forma general en el art C.C. el mismo que establece que si la prenda consiste en títulos valores, éstos deben ser entregados. Cuando se trata de títulos a la orden y nominativos, debe observarse la ley de la materia. Aunque resulte ocioso, cabe precisar que la norma citada no se refiere a que el deudor de una obligación emita ex profesamente a favor de su acreedor un título valor para usarlo como garantía del pago de lo que le debe (como cuando se gira un cheque o una letra de cambio y se pide que no se cobre, sino que EDUCA INTERACTIVA Pág. 57

3 únicamente sirva de garantía del futuro pago de la deuda), ya que en estos casos estaríamos frente a usos irregulares de los títulos valores como garantías. De lo que trata el art C.C. es del supuesto de que el tenedor de un título valor emitido o transferido a su favor (por endoso, tradición o cesión), que tiene el derecho de cobrarlo, no lo hace, sino que lo utiliza como prenda para garantizar el cumplimiento de una obligación distinta a la que el título se refiere. En otras palabras, el referido tenedor es acreedor de una obligación que ha dado origen al título y es deudor de otra obligación que motiva el uso del mismo para garantizarla. Es el caso del ejemplo que propusimos líneas arriba sobre la factura conformada, y que puede funcionar también con otros documentos observando las reglas sobre la constitución de la prenda a que se refiere el art C.C., así, por ejemplo, con un cheque, respecto del cual quien tiene derecho a cobrarlo no lo cobra, sino que lo entrega a un acreedor en garantía de lo que le debe. El art C.C. no tiene, sin embargo, una feliz redacción; mejor la tuvo el art. 310 del Proyecto para un nuevo Libro Cuarto del Código Civil (ver Maish, Lucrecia De los Derechos Reales. Proyecto... Exposición de motivos, Desarrollo S.A., Lima 1982), pues carece de precisión y obliga a una aplicación sistemática. En efecto, la primera frase de dicha norma señala que si la prenda consiste en títulos valores, éstos deben ser entregados. Conviene precisar que aquí se refiere a que la prenda queda constituida con la tradición o entrega física del documento debiendo constar que la entrega es sólo en garantía y no en propiedad, y subyace en este caso que la referencia es únicamente a los títulos valores que se transmiten por esta vía de la tradición, como son los títulos al portador (por ejemplo, el cheque al portador). La segunda frase de la norma en cuestión contempla dos supuestos, primero: cuando se trata de títulos a la orden..., debe observarse la ley de la materia. Aquí conviene precisar que cuando el tenedor de un título valor a la orden (cheque a la orden, letra de cambio, factura conformada, warrant, entre otros) desea darlo en prenda, debe necesariamente efectuar un endoso en garantía, siendo aplicable la ley de la materia, esto es, lo dispuesto en el art. 42 L.T.V., según el cual el endosatario puede ejercitar todos los derechos inherentes al título valor y a su calidad de acreedor garantizado, hipótesis que incluye el derecho a cobrar el importe del título a su vencimiento pero con la obligación de retener el dinero cobrado en calidad de depósito o prenda irregular hasta que se extinga la obligación garantizada, si ésta no es pagada el acreedor prendario puede hacerse pago con el dinero cobrado que viene reteniendo. El otro supuesto es cuando se trata de títulos... nominativos, debe observarse la ley de la materia. Cabe precisar que cuando el tenedor de un título valor nominativo (acción de sociedad anónima, certificado de suscripción preferente, entre otros) desea darlo en prenda, debe necesariamente efectuarse la EDUCA INTERACTIVA Pág. 58

4 anotación en el registro correspondiente (libro de matrícula de acciones, por ejemplo), pues es la única forma de hacer constar la constitución de la garantía. Por último, en esta parte, es pertinente mencionar que cuando se trata de utilizar como garantías, es decir dar en prenda, títulos valores que a su vez representan o contienen garantías (caso del warrant, la factura conformada y el título de crédito hipotecario negociable) es aplicable el artículo 47 L.T.V., según el cual el endoso de títulos valores que representan derechos reales de garantía transfiere al endosatario dichos derechos reales y los demás derechos representados por el documento, agregándose que el endoso en garantía de estos títulos valores se limita a los derechos distintos a los de la garantía real que represente, y en tal caso la garantía real representada por el título valor respaldará también la obligación que se garantiza con dicho endoso. La referencia de esta norma al endoso, la hace aplicable sólo en relación a los títulos valores a la orden, que son los únicos que se transmiten por dicha vía. 3. USOS IRREGULARES O INCORRECTOS En este rubro se consignan aquellos casos de títulos valores que no sólo no tienen como finalidad el haber sido creados para incorporar derechos reales de garantía, sino que además los títulos en sí mismos son empleados en la práctica comercial para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a que el mismo título se refiere e, inclusive, para respaldar obligaciones no conectadas directamente con dicho título. Sucede con frecuencia con el cheque y la letra de cambio. En efecto, caso típico es el ya anotado en la parte introductoria, esto es, el caso del deudor que al momento de contraer la obligación gira y entrega a su acreedor un cheque por la suma debida, pero no con la intención de pagar la deuda, puesto que se entiende pactada a plazos o con plazo diferido, sino únicamente en señal de garantía de que cumplirá con dicho pago en un momento posterior, que generalmente coincide con la fecha consignada como fecha de emisión del cheque que, por lo demás, es post-datada. De aquí surgen varias cuestiones. En primer lugar, la aptitud jurídica del cheque para ser emitido y entregado en garantía de la obligación dineraria que en el mismo se consigna. Como quiera que el cheque es por naturaleza un instrumento de pago, tal aptitud de servir de garantía le viene negada, pues, en efecto, el cheque es utilizado en el ámbito cambiario en lugar del dinero para efectos de cancelar la obligación y, por ende, no tiene naturaleza crediticia. La doctrina cambiaria ha sancionado largamente que quien recibe un cheque recibe dinero, esto es, que quien recibe un cheque no otorga crédito. EDUCA INTERACTIVA Pág. 59

5 Bajo esta premisa queda claro que un instrumento cuya función es servir de medio de pago no puede ser emitido y entregado bajo otro concepto; no procede, pues, la emisión de un cheque y su entrega al acreedor de una obligación para garantizar ésta. Tal posición ya era recogida desde la anterior Ley de Títulos Valores Nº 16587, cuyo art. 140, primer párrafo, establecía que el cheque, como instrumento de pago, no puede ser... girado, endosado o entregado en garantía, fórmula que recoge también la nueva Ley de Títulos Valores Nº casi en los mismos términos al declarar su art que el cheque, como instrumento de pago, no puede ser emitido, endosado o transferido en garantía. La sanción legal en caso que el tenedor reciba el cheque en calidad de garantía, a sabiendas de que la ley lo prohíbe, es la pérdida de los efectos cambiarios del título en cuestión (art L.T.V.). Un segundo aspecto relacionado con el caso propuesto es el vinculado a la fecha post-datada consignada en el cheque. En los supuestos de uso irregular es común poner una fecha adelantada al cheque, precisamente para aparentar que fue emitido en esa fecha, cuando en realidad lo ha sido antes y con fines de garantía. Al respecto, es pertinente mencionar que este hecho no altera lo referido en los párrafos precedentes, pues, por un lado, salvo el caso del cheque girado bajo la modalidad de pago diferido (arts. 199 y ss. L.T.V.), se considera no puesta la fecha post-datada o la cláusula que consigne un plazo para la negociación o pago del cheque (art L.T.V.) y, por otro lado, el cheque es pagadero a la vista el día de su presentación, aunque tuviere fecha post-datada (art L.T.V.). Así pues, de ningún modo el cheque puede ser girado en garantía, habiendo la ley establecido expresamente esta prohibición, restándole valor jurídico al título en caso que así se haga. Lo propio ocurre con la letra de cambio que, como sabemos, incorpora una orden de pago y que dentro del sistema comercial funciona a lo mucho como un instrumento de crédito. Sobre el tema que nos ocupa la doctrina nacional ha acusado el mal uso o uso irregular de la letra de cambio como garantía, es decir cuando es aceptada por el deudor con esa condición: que sirva de garantía de lo que debe al acreedor. Al respecto, al igual que en el caso del cheque, tanto la anterior Ley de Títulos Valores Nº como la actual Nº 27287, permiten el uso de las letras de cambio para los fines antes indicados, es decir como garantía del cumplimiento de las obligaciones que en ella misma se consignan. La letra de cambio debe limitarse a contener la obligación de pagar una cantidad determinada o determinable de dinero en la oportunidad de vencimiento que se señale en la cambial. Como bien lo anotan los autores citados, no existe en la legislación ni en la jurisprudencia, la denominada letra de cambio en garantía, aun cuando en la práctica comercial se EDUCA INTERACTIVA Pág. 60

6 dé con suma frecuencia el mal uso antes mencionado. Si, por lo demás, se consigna en el documento alguna indicación en el sentido de que está sirviendo de garantía, la letra quedará automáticamente invalidada. Al igual que en los casos anteriormente referidos en el rubro II sobre usos regulares o correctos, nada impide, por otro lado, que el tenedor de una letra de cambio que tiene derecho a cobrar, no lo haga, sino que la entregue por la vía del endoso en tanto título a la orden en calidad de garantía de una obligación de la cual dicho tenedor es deudor, es decir constituya una prenda sobre ella. Esto es otro tema, y es perfectamente posible en virtud de lo establecido por el art C.C. y por el art. 42 L.T.V. CUESTIONARIO Cómo se produce uso de los títulos valores como garantías de obligaciones? 2. Cuáles son los usos regulares o correctos? 3. Cuáles son los usos irregulares o incorrectos? 4. Cuáles son los usos como garantías? EDUCA INTERACTIVA Pág. 61

Pautas a seguir para incluir la cláusula de liberación de protesto

Pautas a seguir para incluir la cláusula de liberación de protesto Universidad Nacional Mayor de San Marcos From the SelectedWorks of David García Winter August 1, 2010 Pautas a seguir para incluir la cláusula de liberación de protesto David García Available at: http://works.bepress.com/david_garcia/2/

Más detalles

Todo lo que debemos saber sobre los cheques

Todo lo que debemos saber sobre los cheques Todo lo que debemos saber sobre los cheques Por: Débora Basurto Asesora legal de Servicio de Atención al Cliente Bancario de la Superintendencia de Bancos de Panamá El cheque aparece con sus características

Más detalles

SESION 7 LA LETRA DE CAMBIO

SESION 7 LA LETRA DE CAMBIO SESION 7 LA LETRA DE CAMBIO I. CONTENIDO: 1. Concepto de la letra de cambio. 2. Estructura de la letra de cambio. 3. Épocas de cambio de la letra de cambio. 4. Elementos incidentales (aceptación, aval,

Más detalles

Apertura de Crédito. Justificación Histórica del Crédito

Apertura de Crédito. Justificación Histórica del Crédito Derecho Mercantil II. Grupo III. Apertura de Crédito La palabra crédito proviene de la palabra en latín credere la cual significa confianza por lo que crédito es confiar o tener confianza en la capacidad

Más detalles

ANEXO D-1 FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA GARANTÍA DE PLANTA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE

ANEXO D-1 FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA GARANTÍA DE PLANTA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE ANEXO D-1 FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA GARANTÍA DE PLANTA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE Fecha: de 20 Carta de Crédito No. Beneficiario: Ordenante: Autoridad del Canal de Panamá Altos de Balboa

Más detalles

TEMA 1: GESTIONES ADMINISTRATIVAS CON LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (BANCOS Y CAJAS).

TEMA 1: GESTIONES ADMINISTRATIVAS CON LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (BANCOS Y CAJAS). TEMA 1: GESTIONES ADMINISTRATIVAS CON LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (BANCOS Y CAJAS). 1.-INTERMEDIARIOS FINANCIEROS: Son todas aquellas instituciones cuya labor es la de ser mediadores en la corriente

Más detalles

CONTENIDO DE LA SESION Nº 09

CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 LA LETRA DE CAMBIO. Es un titulo valor abstracto que contiene una orden incondicional de pago de un determinado monto de dinero hecha por el Librador o Girador a una persona

Más detalles

Unidad 2 EL RUBRO CAJA Y BANCOS

Unidad 2 EL RUBRO CAJA Y BANCOS Unidad 2 EL RUBRO CAJA Y BANCOS ANÁLISIS DEL RUBRO ARQUEO DE CAJA MONEDA EXTRANJERA ARQUEO DE VALORES LA CONCILIACIÓN BANCARIA PARTIDAS DE AJUSTE 1 Tema 1 - ANÁLISIS DEL RUBRO El primer rubro que aparece

Más detalles

El procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.

El procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Si eres acreedor de una factura que a la fecha de su vencimiento no fue pagada, debes iniciar un procedimiento tendiente al pago de ella. Este se inicia por una gestión previa denominada notificación judicial

Más detalles

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros DERECHO A SER INFORMADO: En lo relacionado con TASA de interés, COMISIONES, RECARGOS, montos, obligaciones como deudor. Recibir del proveedor información completa, precisa, veraz, clara y oportuna. A que

Más detalles

Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287)

Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287) Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287) Podremos ensayar diversas clasificaciones de los títulos y valores según su funcionalidad CLASIFICACION DE LOS TITULOS VALORES POR SU FUNIONALIDAD Los

Más detalles

OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y SU IMPACTO IMPOSITIVO

OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y SU IMPACTO IMPOSITIVO OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y SU IMPACTO IMPOSITIVO HUMBERTO J. BERTAZZA CAT 12-03-14 AGENDA 1. Naturaleza jurídica 2. Aspectos impositivos 3. Aspectos prácticos 4. Conclusiones 2 1. NATURALEZA JURÍDICA

Más detalles

Se le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito.

Se le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito. Caso práctico sobre el tratamiento contable de una prima percibida por una sociedad arrendadora en concepto de opción de compra. Dr. Gregorio Labatut Serer. Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía.

Más detalles

GESTIÓN DE COBROS. Área Abogados y Asesores. GESTIÓN DE COBROS Gestión de Cobros

GESTIÓN DE COBROS. Área Abogados y Asesores. GESTIÓN DE COBROS Gestión de Cobros GESTIÓN DE COBROS Área Abogados y Asesores GESTIÓN DE COBROS Gestión de Cobros 01. El PAGARÉ como título ejecutivo. DEFINICIÓN * El Pagaré, al igual que el Cheque y la Letra de cambio, son títulos de crédito

Más detalles

Tema 20 MODALIDADES DE PAGO

Tema 20 MODALIDADES DE PAGO Tema 20 MODALIDADES DE PAGO LETRA DE CAMBIO Se trata de un título-valor regulado por el Derecho Mercantil, que sirve como instrumento de pago y de crédito. Es decir, contiene fecha de expedición y fecha

Más detalles

TEMA 9: LAS VENTAS EN EL PGC DE PYMES

TEMA 9: LAS VENTAS EN EL PGC DE PYMES CONTABILIZACIÓN DE LAS FACTURAS DE VENTAS DE MERCADERÍAS. Base Imponible de la factura (Géneros + portes descuentos) + Cuota de (% x B.I) = Total factura El asiento tipo es: Total factura Nº de asiento:

Más detalles

SEMINARIO TITULARIZACION DE ACTIVOS y sus flujos de ingreso OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS Y RETOS. MANAGUA, NICARAGUA 15 de agosto del 2014

SEMINARIO TITULARIZACION DE ACTIVOS y sus flujos de ingreso OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS Y RETOS. MANAGUA, NICARAGUA 15 de agosto del 2014 SEMINARIO TITULARIZACION DE ACTIVOS y sus flujos de ingreso OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS Y RETOS MANAGUA, NICARAGUA 15 de agosto del 2014 AGENDA Definición y estructuración de procesos de titularización Oportunidad

Más detalles

Informe Semanal Nº 387. Carta de crédito stand by. 3 de abril de 2012

Informe Semanal Nº 387. Carta de crédito stand by. 3 de abril de 2012 3 de abril de 2012 Informe Semanal Nº 387 Carta de crédito stand by Este instrumento, que se puede traducir al español como crédito contingente, es de uso común en EE.UU. y su utilización se está extendiendo

Más detalles

Seminario Mercado de Capitales. Oportunidades de ahorro y crédito ofrecidos por la industria micro financiera.

Seminario Mercado de Capitales. Oportunidades de ahorro y crédito ofrecidos por la industria micro financiera. Seminario Mercado de Capitales Oportunidades de ahorro y crédito ofrecidos por la industria micro financiera. Objetivo: Revisar las distintas alternativas de ahorro y de préstamos que ofrecen las empresas

Más detalles

BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012

BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 Síntesis: En virtud de TLC con Estados Unidos 3, Colombia asumió obligaciones de apertura relativa en

Más detalles

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07 NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE Párrafo Número Objetivo Definiciones 01-07 Criterios de reconocimiento y valuación 08-13 Aplicación de criterios generales

Más detalles

LEY Nº LEY QUE MODIFICA DIVERSAS NORMAS PARA PROMOVER EL FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL FACTORING Y EL DESCUENTO

LEY Nº LEY QUE MODIFICA DIVERSAS NORMAS PARA PROMOVER EL FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL FACTORING Y EL DESCUENTO LEY Nº 30308 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente LEY QUE MODIFICA DIVERSAS NORMAS PARA PROMOVER EL FINANCIAMIENTO A TRAVÉS

Más detalles

Alzamientos de hipotecas y prendas sin desplazamiento que caucionen créditos

Alzamientos de hipotecas y prendas sin desplazamiento que caucionen créditos Alzamientos de hipotecas y prendas sin desplazamiento que caucionen créditos En el Diario Oficial del 25 de septiembre de 2015 fue publicada la Ley N 20.855 que regula el alzamiento de hipotecas y prendas

Más detalles

HERRAMIENTAS FINANCIERAS PARA EL COMERCIO EXTERIOR

HERRAMIENTAS FINANCIERAS PARA EL COMERCIO EXTERIOR HERRAMIENTAS FINANCIERAS PARA EL COMERCIO EXTERIOR Lima, Marzo de 2012 Ing. Antonio Esquivel 1 Comercio Exterior: Necesidades de Empresas EXPORTADOR - VENDER - COBRAR MENOR PLAZO CONFIANZA?? - RECIBIR

Más detalles

SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS AGS, S.A. Estados financieros al 31 de marzo del 2010

SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS AGS, S.A. Estados financieros al 31 de marzo del 2010 SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS AGS, S.A. Estados financieros al 31 de marzo del 2010 Nota 1: Información general SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS AGS, S.A. Notas a los estados financieros Al 31 de marzo del 2010

Más detalles

Políticas contables y definiciones de cuentas MANUAL DE CONTABILIDAD Y PLAN DE CUENTAS. Capítulo III: Página 1 INTRODUCCIÓN

Políticas contables y definiciones de cuentas MANUAL DE CONTABILIDAD Y PLAN DE CUENTAS. Capítulo III: Página 1 INTRODUCCIÓN Página 1 INTRODUCCIÓN Esta sección abarca las operaciones de reporto activas y pasivas. Las Sociedades de Corretaje y las Casas de Bolsa, podrán efectuar operaciones de reporto, ya como reportadores o

Más detalles

CARATULA POLIZA DE SEGURO DE VIDA TEMPORAL

CARATULA POLIZA DE SEGURO DE VIDA TEMPORAL CARATULA POLIZA DE SEGURO DE VIDA TEMPORAL POLIZA No. FECHA INICIO VIGENCIA FECHA VENCIMIENTO SUMA ASEGURADA BASICA ASEGURADO DOMICILIO DEL ASEGURADO EDAD MONEDA CONTRATADA PRIMAS TOTALES FECHA ULTIMO

Más detalles

Esta igualdad permanece durante toda la vida de la empresa, aunque sus componentes cambien constantemente de valor.

Esta igualdad permanece durante toda la vida de la empresa, aunque sus componentes cambien constantemente de valor. ECUACIÓN DE INVENTARIO La ecuación de inventario es la fórmula con que se expresa la igualdad entre recursos y deudas y de la cual se deriva el principio de dualidad económica o partida doble, es decir:

Más detalles

Módulo 5: Técnicas de administración de tesorería. Unidad didáctica 1: Medios de pago. Instrumentos financieros básicos

Módulo 5: Técnicas de administración de tesorería. Unidad didáctica 1: Medios de pago. Instrumentos financieros básicos Módulo 5: Técnicas de administración de tesorería Unidad didáctica 1: Medios de pago. Instrumentos financieros básicos UNIDAD DIDÁCTICA 1 Medios de pago. Instrumentos financieros básicos Créditos Autor/es:

Más detalles

MANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS

MANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS CÓDIGO 900.00 CAPÍTULO DESCRIPCIÓN DE ORDEN ACREEDORAS Este capítulo representa la contrapartida de las Cuentas de orden deudoras. La dinámica de las cuentas de orden acreedoras es similar pero en sentido

Más detalles

Reforma Riesgo de Crédito. SUGEF 12 de Julio de 2016

Reforma Riesgo de Crédito. SUGEF 12 de Julio de 2016 Reforma Riesgo de Crédito SUGEF 12 de Julio de 2016 Contenido 1. Qué contiene esta reforma? 2. Entrada en vigencia. 3. Campos a incorporar al SICVECA. 1. Qué contiene esta reforma? 1. Diferenciación por

Más detalles

SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE

SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE I. CONTENIDO: 1. Definición, estructura y tipos de pagaré. 2. Época de pago del pagaré. 3. Definición, estructura y formas de circulación del cheque. 4. Formas especiales de

Más detalles

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario Artículos relevantes de la legislación aplicable a los procesos de Pago de Obligaciones Garantizadas y de Liquidación de Instituciones de Banca Múltiple 1. Obligaciones Garantizadas Ley de Protección al

Más detalles

CAPITULO 1 EL MERCADO DE PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS DE RENTA VARIABLE

CAPITULO 1 EL MERCADO DE PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS DE RENTA VARIABLE CAPITULO 1 EL MERCADO DE PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS DE RENTA VARIABLE ARTICULO 1: GENERAL 1.1. El presente Reglamento regula la composición, funcionamiento, operaciones y reglas de actuación del Mercado

Más detalles

ANALISIS E INTERPRETACION DE ESTADOS FINANCIEROS. Ms. C. Lic. Marco Vinicio Rodríguez

ANALISIS E INTERPRETACION DE ESTADOS FINANCIEROS. Ms. C. Lic. Marco Vinicio Rodríguez ANALISIS E INTERPRETACION DE ESTADOS FINANCIEROS Ms. C. Lic. Marco Vinicio Rodríguez mvrodriguezl@yahoo.com http://mvrurural.wordpress.com/ EVALUACIÓN Aplicaran Las Fechas Y Normas Estipuladas Por La Universidad

Más detalles

1º Administración y finanzas Página 1

1º Administración y finanzas Página 1 EJERCICIO 1 Sabemos que los elementos patrimoniales se representan contablemente por medio de cuentas. Dígase a qué cuentas pertenecen los siguientes: - Billetes y monedas. - Dinero depositado en cuentas

Más detalles

SISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV

SISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV BASE LEGAL SISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV Ley N 28053 que establece Disposiciones con relación a percepciones y retenciones, publicada el 08.08.2003. Resolución de Superintendencia N 128-2002/SUNAT, que

Más detalles

ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA

ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA El contrato es una de las instituciones jurídicas y económicas más importantes de nuestra sociedad, pues a través de esta institución las personas (naturales

Más detalles

Relaciones contractuales

Relaciones contractuales Participantes I. Entidad que agrupa a los emisores II. Entidades financieras emisoras de las tarjetas III. Comerciantes adheridos al sistema IV. Usuarios o tarjeta-habientes Relaciones contractuales 1.

Más detalles

DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS

DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS Por el Escribano Jorge Machado Se trata de determinar la prelación entre embargos y en particular entre el embargo genérico y el de un crédito; establecer cuál es el criterio

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN EN FAVOR DEL PROPIO CONSEJO DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES

Más detalles

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10)

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10) 1 2 3 OPEN BANK SANTANDER CONSUMER, S.A. Epígrafe 10 Página 4 de 5 Entrada en vigor 02.02.2009 OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10) Nota 1 Las

Más detalles

LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA

LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA II Jornadas de Actualización en Seguros LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA Julio 2010 III Jornadas de Actualización en Seguros

Más detalles

Matemáticas financieras. SESIÓN 10 Instrumentos de inversión

Matemáticas financieras. SESIÓN 10 Instrumentos de inversión Matemáticas financieras SESIÓN 10 Instrumentos de inversión Contextualización de la Sesión 10 En ésta sesión, comenzaremos con una nueva unidad que lleva por tema Instrumentos de inversión, estos se pueden

Más detalles

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD DESCRIPCION

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD DESCRIPCION ELEMENTO 1 ACTIVO GRUPO 19 OTROS ACTIVOS CUENTA 198 OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO Agrupa los bonos entregados por el Gobierno Nacional para la capitalización del Banco Central del Ecuador, el Bono de Garantía

Más detalles

ESTADOS FINANCIEROS MÍNIMOS CPCC YURI GONZALES RENTERIA

ESTADOS FINANCIEROS MÍNIMOS CPCC YURI GONZALES RENTERIA ESTADOS FINANCIEROS MÍNIMOS CPCC YURI GONZALES RENTERIA Yuri Gonzales Rentería 1 Definición de Estados Financieros Mucha de la información acerca de la empresa está en la forma de Estados Financieros.

Más detalles

Estudio de Servicios Contables y Afines SAC. Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera

Estudio de Servicios Contables y Afines SAC. Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera Estudio de Servicios Contables y Afines SAC Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera Lima, 1 de Junio de 2016 PRINCIPALES OBSERVACIONES DE SUNAT EN LAS REVISIONES FORMALES Regimenes Administrativos del IGV

Más detalles

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que

Más detalles

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES. Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES. Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo 2009 Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo PONGA EN PRÁCTICA SU CONOCIMIENTO Resuelva los casos prácticos a continuación y ponga así

Más detalles

FUENTES DE FINANCIAMIENTO INTERNA.

FUENTES DE FINANCIAMIENTO INTERNA. FUENTES DE FINANCIAMIENTO INTERNA EMISIÓN DE CÉDULAS HIPOTECARIAS Las cédulas hipotecarias son títulos valores que representan un crédito a cargo de un particular, sea persona física o moral. Pero sólo

Más detalles

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD, GESTIÓN TRIBUTARIA, AUDITORIA EMPRESARIAL Y DEL SECTOR PÚBLICO SÍLABO I. INFORMACIÓN GENERAL Asignatura : DERECHO EMPRESARIAL Ciclo de Estudios : Tercero

Más detalles

ANEXO a CATALOGO DE CUENTAS PARA LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO ACTIVO

ANEXO a CATALOGO DE CUENTAS PARA LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO ACTIVO ANEXO 3.2.1-a CATALOGO DE CUENTAS PARA LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO CIRCULANTE 1101 INVERSIONES 01 FONDOS PROPIOS 01 En Valores 02 En Depósitos 03 Otros 02 FONDOS NO PROPIOS 1103 CAJA 01 En Valores

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de

Más detalles

Caja : Es el dinero efectivo del que dispone la empresa. (cuenta 570)

Caja : Es el dinero efectivo del que dispone la empresa. (cuenta 570) Tal y como vimos en la unidad anterior, en el balance de situación podemos apreciar dos grandes masas patrimoniales, el ACTIVO y el PASIVO. A continuación veremos qué cuentas son las que se encuentran

Más detalles

CASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (Venta Interna)

CASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (Venta Interna) CASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (Venta Interna) TERMODINÁMICA SA fue designado como Agente de Percepción del IGV a partir del 01 de julio del 2007. Dicha empresa se dedica a la venta

Más detalles

Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales

Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales Inicialmente, los derechos de cobro vienen documentados en factura (factoring), pero tradicionalmente se emplean como documentos

Más detalles

PROYECTO DE ESCISIÓN DEL BLOQUE PATRIMONIAL. Sección Bloque Patrimonial conformado al 31 de agosto de Como Sociedad Beneficiaria :

PROYECTO DE ESCISIÓN DEL BLOQUE PATRIMONIAL. Sección Bloque Patrimonial conformado al 31 de agosto de Como Sociedad Beneficiaria : 1. Sociedades partícipes en el proceso de escisión(las Partes ): 1. Como Sociedad Beneficiaria : CONECTA RETAIL S.A. es una sociedad anónima inscrita en la Partida Electrónica Nº 11010724 del Registro

Más detalles

CONCEPTO 167 DE 17 DE MARZO DE 2016 CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA. Bogotá, D.C., Señora MARIA CAROLINA ARROYO

CONCEPTO 167 DE 17 DE MARZO DE 2016 CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA. Bogotá, D.C., Señora MARIA CAROLINA ARROYO CONCEPTO 167 DE 17 DE MARZO DE 2016 CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA Bogotá, D.C., Señora MARIA CAROLINA ARROYO mcarol301@gmail.com Asunto: Consulta Destino: Externo Origen: 10 REFERENCIA Fecha

Más detalles

CAPITULO XII TITULO DE CREDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE

CAPITULO XII TITULO DE CREDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE CAPITULO XII TITULO DE CREDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero, Ley N 0 26702, son los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al

Más detalles

Título documento Define la estructura contable y financiera de tu empresa Tipo de documento Documento de preguntas y respuestas

Título documento Define la estructura contable y financiera de tu empresa Tipo de documento Documento de preguntas y respuestas Título documento Define la estructura contable y financiera de tu empresa Tipo de documento Documento de preguntas y respuestas 1. Para qué me sirve la contabilidad? Para hacer el registro y control de

Más detalles

Resultados de auditorias realizadas a empresas comerciales dedicadas a la venta de muebles y electrodomésticos al crédito

Resultados de auditorias realizadas a empresas comerciales dedicadas a la venta de muebles y electrodomésticos al crédito Resultados de auditorias realizadas a empresas comerciales dedicadas a la venta de muebles y electrodomésticos al crédito 1 Objetivos 1. Verificar la metodología de cálculo de intereses en ventas a plazos.

Más detalles

CAPITULO X : EL CENSO

CAPITULO X : EL CENSO CAPITULO X : EL CENSO a) Conceptos generales. El censo está definido en el artículo 2022, en los siguientes términos: Se constituye un censo cuando una persona contrae la obligación de pagar a otra un

Más detalles

CAPITULO XVII LA FACTURA CONFORMADA

CAPITULO XVII LA FACTURA CONFORMADA CAPITULO XVII LA FACTURA CONFORMADA 1. DEFINICIÓN Es un titulo valor que incorpora derechos sobre bienes que han sido entregados pero no cancelados, la misma que debe ser suscrita por el deudor en cuanto

Más detalles

tiva, ni se acompaña copia de la documentación que se emite en oportunidad de efectuarse las ventas a las que se hace referencia.

tiva, ni se acompaña copia de la documentación que se emite en oportunidad de efectuarse las ventas a las que se hace referencia. INFORME N 007-09 TEMA Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Disposición Normativa Serie B Nº 01/04 y mods. Regímenes generales de percepción y retención. Régimen especial de retención previsto para las actividades

Más detalles

Aprende a obtener una ayudadita para cumplir tus metas. Educación Financiera

Aprende a obtener una ayudadita para cumplir tus metas. Educación Financiera Aprende a obtener una ayudadita para cumplir tus metas Educación Financiera Qué es el crédito bancario? Es un servicio de las instituciones f inancieras. Cómo funciona? Una institución financiera te entrega

Más detalles

(CF04055) Cuentas Administrativas (2)

(CF04055) Cuentas Administrativas (2) (CF04055) Cuentas Administrativas (2) Contabilidad Financiera (CF04055) Ejercicio Cuentas de Activo y Pasivo (2) Identificación del documento Título Descripción Tabla de Contenidos Contabilidad Financiera

Más detalles

Reglamento de Crédito Prendario

Reglamento de Crédito Prendario Articulo 1: Definición. Reglamento de Crédito Prendario Es un crédito destinado a financiar un porcentaje del valor comercial de vehículos nuevos o usados y motos nuevas, adquiridos de agencias, establecimientos

Más detalles

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD CURSO 2008 ESTUDIANTE LIBRE ASISTIDO GUÍA DEL CURSO XII INTRODUCCIÓN

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD CURSO 2008 ESTUDIANTE LIBRE ASISTIDO GUÍA DEL CURSO XII INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD CURSO 2008 ESTUDIANTE LIBRE ASISTIDO GUÍA DEL CURSO XII INTRODUCCIÓN Esta duodécima guía corresponde a las actividades que tendrás que realizar en el duodécimo período indicado

Más detalles

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L.

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Son constituidas con la finalidad de limitar la responsabilidad de los socios conforme a los aportes realizados. Las

Más detalles

1. CÓDIGO DEL BANCO Corresponde al código que identifica al banco.

1. CÓDIGO DEL BANCO Corresponde al código que identifica al banco. Hoja 1 CODIGO : P38 NOMBRE : TARJETAS DE CRÉDITO SISTEMA : Productos PERIODICIDAD : Mensual PLAZO : 9 días hábiles Primer registro 1. Código del banco...9(03) 2. Identificación del archivo...x(03) 3. Período...P(06)

Más detalles

1. Consideraciones previas

1. Consideraciones previas 1 MINUTA PROCEDIMIENTO PARA LA NORMALIZACIÓN DE LA DETERMINACION INICIAL DEL NÚMERO Y VALOR DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN (Vigencia desde 13 de Enero de 2012) Para efecto de la normalización del valor

Más detalles

CONVENIO PARA EL DESCUENTO DE FACTURAS CON RECURSOS

CONVENIO PARA EL DESCUENTO DE FACTURAS CON RECURSOS CONVENIO PARA EL DESCUENTO DE FACTURAS CON RECURSOS Entre los suscritos, mayor de edad y vecino de, identificado con la cédula de ciudadanía número, expedida en, obrando en su calidad de y por tanto en

Más detalles

Div. de Operaciones Sección Recaudación. Recaudación Div. Jurídica Sección Transparencia y Normativa

Div. de Operaciones Sección Recaudación. Recaudación Div. Jurídica Sección Transparencia y Normativa CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 3 12-02-2014 1.0 12-02-2014 RECAUDACION DE LOS DERECHOS, TASAS Y MULTAS GIRADAS POR LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL A TRAVES DE LA MODALIDAD DE

Más detalles

Modelo 347. Preguntas Frecuentes.

Modelo 347. Preguntas Frecuentes. Miembro de Nº 5 / Enero 2016 Modelo 347. Preguntas Frecuentes. A continuación pasamos a informarles de las novedades y operaciones más habituales de las empresas en relación a la Declaración Anual de Operaciones

Más detalles

TEMA 6: EL CICLO CONTABLE

TEMA 6: EL CICLO CONTABLE QUÉ ES EL PROCESO O CICLO CONTABLE El ejercicio económico de la mayoría de las empresas comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre. Durante el año, a efectos de Contabilidad, podemos señalar las

Más detalles

PRODUCTOS DE FINANCIACION PARA LA EMPRESA

PRODUCTOS DE FINANCIACION PARA LA EMPRESA PRODUCTOS DE FINANCIACION PARA LA EMPRESA PRODUCTOS DE FINANCIACION DE CIRCULANTE CUENTA DE CREDITO Producto por el cual se concede a la sociedad un límite de disponibilidad de crédito. Permite al cliente

Más detalles

Cuentas de Depósitos.

Cuentas de Depósitos. Los precios se muestran únicamente para orientar al cliente en su decisión de acceder a determinados productos o servicios financieros, y no debe entenderse que esta información muestra el precio final

Más detalles

Centro de Estudios Fiscales IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS

Centro de Estudios Fiscales IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.210 de fecha 30/12/2015 Decreto N 2.169, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza

Más detalles

1. Nombre completo de la cuenta 2. Debe, el lado izquierdo para registrar los débitos. 3. Haber, el lado derecho, para registrar los créditos.

1. Nombre completo de la cuenta 2. Debe, el lado izquierdo para registrar los débitos. 3. Haber, el lado derecho, para registrar los créditos. ESQUEMA DE LA CUENTA T La forma más simple para iniciar el aprendizaje de los registros contables es mediante el esquema de las cuentas T sus partes son: 1. Nombre completo de la cuenta 2. Debe, el lado

Más detalles

BO LETIN TRIBUTARIO ESPECIAL Reducción de tasa de detracciones RS / SUNAT

BO LETIN TRIBUTARIO ESPECIAL Reducción de tasa de detracciones RS / SUNAT RESUMEN Desde e 1 de julio de 2014 entró en vigencia la Resolución de Superintendencia N 203-2014/ SUNAT que aprobó la reducción de tasas de detracción para los servicios comprendidos en los numerales

Más detalles

DOCUMENTOS MERCANTILES

DOCUMENTOS MERCANTILES QUE ES UNA LETRA DE CAMBIO? DOCUMENTOS MERCANTILES La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero,

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SUCRE FACULTAD DE INGENIERIA PROGRAMA DE TECNOLOGIA EN ELECTRÓNICA ANALISIS FINANCIERO DE EMPRESAS

UNIVERSIDAD DE SUCRE FACULTAD DE INGENIERIA PROGRAMA DE TECNOLOGIA EN ELECTRÓNICA ANALISIS FINANCIERO DE EMPRESAS UNIVERSIDAD DE SUCRE FACULTAD DE INGENIERIA PROGRAMA DE TECNOLOGIA EN ELECTRÓNICA ANALISIS FINANCIERO DE EMPRESAS CONCEPTO. El análisis financiero es un método para establecer los resultados financieros

Más detalles

En tal sentido, para mayor claridad adjuntamos nuevamente la comunicación de hecho de importancia antes referida con la corrección correspondiente.

En tal sentido, para mayor claridad adjuntamos nuevamente la comunicación de hecho de importancia antes referida con la corrección correspondiente. Lima, 5 de agosto de 2015 Señores Superintendencia del Mercado de Valores-SMV Av. Santa Cruz N 315 Miraflores.- Referencia: Hecho de Importancia Estimados señores: De conformidad con lo dispuesto por el

Más detalles

UNIDAD 5. Capítulo 5: El cheque

UNIDAD 5. Capítulo 5: El cheque UNIDAD 5 Capítulo 5: El cheque Definición: Tenemos varias definiciones para el cheque y se puede utilizar cualquiera dependiendo de cuanto te quieras explayar. 1. Instrumento de pago que se emite contra

Más detalles

1. Concepto de aval de una letra de cambio. Convocatoria (Artículos 35 a 37 de la Ley Cambiaria y del Cheque, LC)

1. Concepto de aval de una letra de cambio. Convocatoria (Artículos 35 a 37 de la Ley Cambiaria y del Cheque, LC) DERECHO MERCANTIL TEMA 16 LIBRE 1. Concepto de aval de una letra de cambio. Convocatoria 1.985 (Artículos 35 a 37 de la Ley Cambiaria y del Cheque, LC) Concepto: El aval es una declaración cambiaria exclusivamente

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA

CIRCULAR EXTERNA Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE

Más detalles

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD

Más detalles

UNIDAD V CARTERA DE CRÉDITO

UNIDAD V CARTERA DE CRÉDITO UNIDAD V OBJETIVOS DE ESTA UNIDAD. Definir a las Operaciones de Crédito. Conocer aspectos generales sobre la Cartera de Créditos. Conocer los diferentes tipos de créditos Conocer las cuentas de la Cartera

Más detalles

MANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS

MANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS CÓDIGO 210.00 GRUPO OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO Representa los fondos recibidos en depósito y otros tipos de obligaciones con el público en general. No se consideran en este grupo las obligaciones con

Más detalles

ARRENDAMIENTO FINACIERO ARRENDAMIENTO PURO SALE AND LEASE BACK

ARRENDAMIENTO FINACIERO ARRENDAMIENTO PURO SALE AND LEASE BACK Grupo Financiero Arrendadora ARRENDAMIENTO FINACIERO ARRENDAMIENTO PURO SALE AND LEASE BACK Bienes susceptibles de Arrendamiento Automóviles Equipo de transporte Equipo de computo Equipo médico etc. Equipo

Más detalles

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADA RESERVADA

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADA RESERVADA Pág. 1 de 5 1. INTERESES Y RENDIMIENTOS ASIMILADOS... 0001 4001 5001 1.1. Depósitos en bancos centrales... 0002 4002 5002 1.2. Depósitos en entidades de crédito... 0005 4005 5005 1.2.1. Cuentas mutuas...

Más detalles

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD CURSO 2009 ESTUDIANTE LIBRE ASISTIDO

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD CURSO 2009 ESTUDIANTE LIBRE ASISTIDO INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD CURSO 2009 ESTUDIANTE LIBRE ASISTIDO GUIA DEL CURSO X Actividades a realizar entre la décimoprimera y la décimosegunda reunión presencial INTRODUCCIÓN Esta décima guía corresponde

Más detalles

IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA NIF: Forma jurídica: Denominación social: Domicilio social: Municipio: 1010 A50909357 1013 Otras 1020 ARAMON MONTAÑAS DE ARAGON, S.A. 1022 URBANIZACION FORMIGAL EDIFICIO SEXTAS

Más detalles

DIVISIÓN DERECHO CORPORATIVO. Breves puntes acerca de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple

DIVISIÓN DERECHO CORPORATIVO. Breves puntes acerca de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple DIVISIÓN DERECHO CORPORATIVO Breves puntes acerca de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Qué son las Sofomes? Según la definición de la Condusef, que es la entidad en la cual tienen que registrarse,

Más detalles

LIMITACIONES DE LOS PAGOS EN EFECTIVO

LIMITACIONES DE LOS PAGOS EN EFECTIVO LIMITACIONES DE LOS PAGOS EN EFECTIVO Gros & Monserrat Área Fiscal Manresa, octubre de 2013 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1 INTRODUCCIÓN... 3 2 LAS LIMITACIONES SON LAS SIGUIENTES... 3 3 CONCEPTO DE OPERACIÓN...

Más detalles

CONTABILIDAD Y VALORACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS

CONTABILIDAD Y VALORACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS SEMINARIO SOBRE CONTABILIDAD PÚBLICA ADOPCIÓN DE LAS NICSP CIUDAD DE PANAMÁ 1 a 3 de abril de 2014 CONTABILIDAD Y VALORACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS Arantxa López Cascante Abril, 2014 DEFINICIÓN

Más detalles

Derecho Civil VII. Contratos Parte Especial. Definiciones y conceptos importantes 1

Derecho Civil VII. Contratos Parte Especial. Definiciones y conceptos importantes 1 Derecho Civil VII. Contratos Parte Especial Definiciones y conceptos importantes 1 1) Contrato de promesa: Es aquel en que dos o más personas se comprometen a celebrar un contrato futuro, cumpliéndose

Más detalles

LA PARTIDA DOBLE Y LA ECUACION PATRIMONIAL

LA PARTIDA DOBLE Y LA ECUACION PATRIMONIAL LA PARTIDA DOBLE Y LA ECUACION PATRIMONIAL LA PARTIDA DOBLE Se llama partida doble al movimiento contable que afecta a por lo menos dos cuentas; movimiento que representa un movimiento deudor y un movimiento

Más detalles

Resolución N CD-SIBOIF AGOS De fecha 09 de agosto de 2016 NORMA DE REFORMA DEL ARTÍCULO 6 DE LA NORMA SOBRE ADECUACIÓN DE CAPITAL

Resolución N CD-SIBOIF AGOS De fecha 09 de agosto de 2016 NORMA DE REFORMA DEL ARTÍCULO 6 DE LA NORMA SOBRE ADECUACIÓN DE CAPITAL Resolución N CD-SIBOIF-954-1-AGOS9-2016 De fecha 09 de agosto de 2016 NORMA DE REFORMA DEL ARTÍCULO 6 DE LA NORMA SOBRE ADECUACIÓN DE CAPITAL El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de

Más detalles