NORMAS QUE RIGEN EL PROCESO DE APELACIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMAS QUE RIGEN EL PROCESO DE APELACIONES"

Transcripción

1 NORMAS QUE RIGEN EL PROCESO DE APELACIONES VIGENTE A PARTIR DEL 4 DE FEBRERO DE 2013

2 Índice Página TÍTULO I: GENERAL...1 Norma 1. Propósito de estas normas...1 Norma 2. Definiciones...1 Norma 3. Enmiendas a estas Normas...1 Norma 4. Coordinador de Apelaciones...1 Norma 5. Panel de Apelaciones...1 Norma 6. Cómputo de fecha y hora de la Presentación...2 TÍTULO II: CÓMO SE ACEPTAN LAS APELACIONES...2 Norma 7. Tipos de Notificaciones apelables ante el Panel de Apelaciones...2 Norma 8. Pedido de Reconsideración como requisito previo para la Apelación...3 Norma 9. Proceso de Apelación unificado para cada Reclamación apelable...3 Norma 10.Apelaciones de parte de los Reclamantes...3 Norma 11.Apelaciones de parte de BP...4 TÍTULO III: PARTES Y REGISTROS DE LA APELACIÓN...5 Norma 12.Partes de la apelación...5 Norma 13.Registro de la Apelación...5 Norma 14.Problemas de la apelación...6 TÍTULO IV: PROCESO DEL PANEL DE APELACIONES...7 Norma 15.Aviso de Apelación y Cronograma de la apelación...7 Norma 16.Cancelación de la apelación...7 Norma 17.Proceso Béisbol...7 Norma 18.Proceso No Béisbol...11 i

3 Página Norma 19.Discrecionalidad del Panel de Apelaciones para permitir Presentaciones de respuesta...11 Norma 20.Discrecionalidad del Coordinador de Apelaciones para suspender las apelaciones...12 Norma 21.Estándares de Revisión de Apelaciones...12 Norma 22.Jurisdicción inherente al Tribunal...12 TÍTULO V: ACCESO A LOS ARCHIVOS...12 Norma 23.Acceso al Portal Web...12 Norma 24.Decisiones del Panel...12 ii

4 TÍTULO I: GENERAL Norma 1. Propósito de estas normas. Las presentes Normas rigen el Proceso de Apelaciones conforme a la Sección 6 y el Anexo 25 del Acuerdo de Conciliación, además de funcionar como el protocolo que resume los procedimientos de las Apelaciones ante el Panel de Apelaciones que exige el Anexo 25. Norma 2. Definiciones. Salvo que se defina lo contrario en estas Normas, todos los términos escritos con mayúsculas tendrán el significado que se les asigna en el Acuerdo de Conciliación. Salvo que se indique lo contrario, Panel de Apelaciones se empleará a lo largo de estas Normas para referirse tanto a un individuo Panelista de Apelaciones como a un Panel de Apelaciones de tres miembros. Norma 3. Enmiendas a estas normas. En conformidad con la Sección 5 del Anexo 25, el Coordinador de Apelaciones, con la aprobación del Administrador de Reclamaciones, puede enmendar estas Normas según sea necesario para implementar la Sección 6 del Acuerdo de Conciliación, después de proporcionar el aviso y el derecho de comentar por las partes relacionadas a las Partes de BP ( BP ) y los abogados principales de los miembros de la demanda colectiva. Norma 4. Coordinador de Apelaciones. El Administrador de Reclamaciones ha nombrado a David Duval como el Coordinador de Apelaciones para que supervise el Proceso de Apelación. Norma 5. Panel de Apelaciones. La designación y servicio continuo del Panel de Apelaciones están sujetos a evaluación por parte del Tribunal, el cual tendrá jurisdicción sobre el Panel de Apelaciones, en virtud del Numeral del Acuerdo de Conciliación. (a) Equipo de Panelistas de Apelaciones: La lista de Panelistas de Apelaciones elegibles para integrar un Panel de Apelaciones consistirá en un entorno de entre 10 y 20 Panelistas de Apelaciones. (b) Nominación del Equipo de Panelistas de Apelaciones: Dentro de los 21 días de la Aprobación Preliminar, las Partes acordarán una lista de un mínimo de 30 individuos como posibles Panelistas de Apelaciones y presentarán en forma conjunta una lista de los nominados ante el Tribunal, que seleccionará a los Panelistas de Apelaciones. (c) Selección del Equipo de Panelistas de Apelaciones: Las Partes acordarán la recomendación conjunta de un mínimo de 30 candidatos que posean la experiencia y calificaciones pertinentes para la designación por parte del Tribunal, a su entera discreción, para que cumplan funciones como Panelistas de Apelaciones. Las Partes continuarán este proceso de selección conjunta, según sea necesario, hasta conseguir la aprobación por parte del Tribunal y la consecuente nominación de un panel completo de Panelistas de Apelaciones. Las Partes indicarán en la presentación si el candidato a Panelista de Apelaciones está calificado para actuar en apelaciones referentes a reclamaciones de USD o un monto superior. A partir de la lista conjunta de candidatos, el Tribunal podrá seleccionar a algunos o todos los candidatos para su inclusión en el equipo de Panelistas de Apelaciones. Si la selección del Tribunal no completa el Panel de Apelaciones, o si hay una vacante en el Panel de Apelaciones, las Partes nominarán a candidatos adicionales, en virtud del Numeral del Acuerdo de Conciliación, que se someterán a la consideración del Tribunal para su designación en el Panel de Apelaciones. 1

5 (d) Composición del Panel: Un Panelista de Apelaciones individual determinará la apelación cuando el Monto de la Compensación que el reclamante desea obtener sea menor a USD Un Panel de Apelaciones de tres miembros determinará la apelación cuando el Monto de la Compensación que el reclamante desea obtener sea mayor a USD Para todos los casos en que participen paneles de tres miembros, uno de los Panelistas deberá ser del estado donde resida el reclamante o de su domicilio comercial principal en las Áreas de la Costa del Golfo. (e) Compensación para los Panelistas de Apelaciones: El Coordinador de Apelaciones dispondrá un programa de compensación uniforme para los Panelistas de Apelaciones, a cuyo fin consultará con el Panel de Administración de Reclamaciones. Tal programa de compensación quedará sujeto a la aprobación del Tribunal. (f) Anonimato de los Panelistas de Apelaciones: Bajo ninguna circunstancia, ni durante ni después de una apelación, se divulgará la identidad del/los Panelista/s de Apelaciones que estén a cargo de la revisión o decisión de la reclamación ni al reclamante, ni a BP ni al Abogado de la Demanda Colectiva. Norma 6. Cómputo de fecha y hora de la Presentación. (a) Todo período de tiempo prescrito por estas Normas se computará en conformidad con la Norma 6 de las Normas Federales del Procedimiento Civil, sujeto a cualquier aclaración adicional de parte de la Oficina del Administrador de Reclamaciones. Si la fecha límite indicada en estas Normas cae en día sábado, domingo o feriado, la misma se extenderá hasta el siguiente día hábil. Los feriados son los siguientes: Año Nuevo, aniversario del nacimiento de Martin Luther King, Jr., aniversario del nacimiento de Washington, Día de los Caídos, Día de la Independencia, Día del Trabajo, Día de la Raza, Día de los Veteranos, Día de Acción de Gracias, Navidad y cualquier otro día designado por la Oficina del Administrador de Reclamaciones. (b) Determinación de la Fecha de Presentación: Todo documento presentado en el Portal DWH o por correo electrónico se considerará como presentado en la fecha en que se cargó o en que se envió por correo electrónico, a la hora local de la parte emisora. Los documentos presentados vía correo postal se considerarán presentados a la fecha del franqueo postal. Los documentos enviados vía correo postal de entrega en 24 horas se considerarán presentados a la fecha de entrega por parte de la empresa proveedora del servicio postal. Los documentos enviados por medio de entrega personal se considerarán presentados a la fecha de recepción. TÍTULO II: CÓMO SE ACEPTAN LAS APELACIONES Norma 7. Tipos de Notificaciones apelables ante el Panel de Apelaciones. (a) Un reclamante podrá apelar ante el Panel de Apelaciones cualquier Aviso de Elegibilidad, cualquier Aviso de Rechazo o Tipo de Reclamación Posteriores a la Reconsideración, salvo por: (1) Reclamaciones del Personal de la Industria de Mariscos de Categorías II y III, que no son apelables; y (2) Avisos de Rechazo Incompletos Posteriores a la Reconsideración, que solo pueden apelarse ante el Revisor de la Documentación. (b) Apelaciones por parte de BP: BP puede apelar ante el Panel de Apelaciones cualquier Aviso de Elegibilidad en el que el Monto de Compensación adjudicado en tal Aviso, antes de la aplicación de cualquier Prima de Transferencia de Riesgos, supere los 2

6 USD BP no podrá apelar ningún Aviso de Rechazo ni ningún Aviso de Elegibilidad cuando el Monto de Compensación adjudicado en tal Aviso, antes de la aplicación de cualquier Prima de Transferencia de Riesgos, sea de USD o menos. (c) Revisión subyacente: Si el Administrador de Reclamaciones determina, y ambas partes acuerdan, que se cometió un error o que hubo un cálculo incorrecto en la revisión subyacente, el Administrador de Reclamaciones emitirá un Aviso de Elegibilidad corregido, que dará origen a nuevos derechos de Reconsideración o Apelación. El Coordinador de Apelaciones dará cierre administrativo a la apelación. Norma 8. Pedido de Reconsideración como requisito previo para la Apelación del Reclamante. (a) La Reconsideración precederá a la Apelación del Reclamante: Ningún reclamante podrá apelar ningún Aviso sin previa solicitud de Reconsideración del resultado de la reclamación, en el transcurso de 30 días a partir de que el Administrador de Reclamaciones emita un Aviso de resultado en el marco de la reclamación. El incumplimiento por parte del reclamante de solicitar en forma oportuna la Reconsideración constituirá una renuncia al derecho de Reconsideración o de Apelación. El Administrador de Reclamaciones considerará que todo intento de apelación por parte de un reclamante, iniciado antes de presentar una Solicitud de Reconsideración, constituye una Solicitud de Reconsideración y no una apelación. (b) Efecto de una Apelación de parte de BP sobre el Derecho de Reconsideración que asiste al Reclamante: Una apelación de parte de BP de un Aviso de Elegibilidad no afectará el derecho del reclamante de solicitar Reconsideración. Si BP ha apelado un Aviso de Elegibilidad en el transcurso de 30 días a partir de la fecha de dicho Aviso, el reclamante tendrá un total de 30 días para solicitar la Reconsideración; y si el reclamante realiza dicha solicitud en forma oportuna, el Proceso de Apelación se terminará y se procederá a la Reconsideración. La emisión del Aviso de Reconsideración Posterior a la Reconsideración en el marco de la reclamación, dará comienzo al plazo para la apelación por parte del reclamante o BP. Norma 9. Proceso de Apelación unificado para cada Reclamación apelable. Después de que BP o el reclamante inicien una Apelación como parte apelante, la parte apelada planteará todos y cada uno de los problemas apelables dentro de la misma apelación cuando presente su Propuesta Inicial y no podrá dar inicio a una apelación por separado para la reclamación. La parte apelante original se limitará a los problemas planteados en su Aviso de Apelación, salvo aquellos que sean necesarios para responder a los nuevos problemas planteados por la parte apelada en su Propuesta Inicial. La parte apelada se limitará a los problemas planteados en su Propuesta Inicial. El Panelista de Apelaciones no considerará aquellos problemas planteados por la parte apelante ni los planteados por la parte apelada posteriores al Aviso de Apelación y/o Propuesta Inicial, en virtud de esta Norma. Norma 10. Apelaciones de parte de los Reclamantes. (a) Plazo para la Apelación: Un reclamante iniciará una apelación dentro de los 30 días posteriores a la fecha del Aviso de Elegibilidad o del Aviso de Rechazo Posteriores a la Reconsideración al reclamante en la reclamación. (b) Formulario de Solicitud de Apelación: Para iniciar una Apelación, un reclamante completará y presentará un Formulario de Solicitud de Apelación. Un reclamante que cuente con la representación de un abogado deberá presentar el Formulario de 3

7 Solicitud de Apelación por vía electrónica, mediante el Portal DWH. Un reclamante representado por sí mismo podrá presentar el Formulario de Solicitud de Apelación a través del Portal DWH, por correo electrónico, postal o entrega del formulario impreso completo (adjunto al Aviso de Elegibilidad o Aviso de Rechazo Posteriores a la Reconsideración del Reclamante) ante el Administrador de Reclamaciones. El reclamante indicará en el Formulario de Solicitud de Apelación los problemas planteados y la reparación solicitada. (c) Cargos de la presentación: El reclamante abonará los Cargos de la presentación según se detalla a continuación, al momento de presentar el Formulario de Solicitud de Apelación; en caso contrario, la apelación será desestimada: (1) Apelación de un Aviso de Rechazo Posterior a la Reconsideración: USD 100, reembolsable en caso de que el Panel de Apelaciones revoque el Rechazo. (2) Apelación de la Prima de Trasferencia de Riesgos, solamente: USD 100, reembolsables si el Panel de Apelaciones adjudica una Prima de Transferencia de Riesgos más elevada. (3) Cargos por Apelación de Descuentos por Pago Previo, solamente: USD 100, reembolsables si el Panel de Apelaciones reduce los Descuentos por Pago Previo. (4) Cargos por todas las demás Apelaciones del Reclamante: a. Cargos de presentación en función del Monto de Compensación que el reclamante desea obtener en la apelación: Monto que el Reclamante desea obtener en Cargos la Apelación 1. Hasta USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD Superior a USD USD Estos cargos se reembolsarán en caso de que el Panel de Apelaciones adjudique al reclamante un Monto de Compensación más elevado que el adjudicado por el Administrador de Reclamaciones en el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Reconsideración. b. En lugar de abonar los cargos de presentación al inicio del proceso, el reclamante puede acceder a una reducción del 5% del Monto de Compensación Posterior a la Reconsideración (antes de la Prima de Transferencia de Riesgos), si el Panel de Apelaciones no le adjudica al reclamante un Monto de Compensación más elevado que el que le adjudicó el Administrador de Reclamaciones en el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Reconsideración. 4

8 (5) Forma de pago: Los reclamantes podrán hacer el pago con cheque o tarjeta de crédito mediante el sistema de pago seguro de PayPal, en el Portal DWH. Norma 11. Apelaciones por parte de BP. (a) Plazo para la Apelación: BP iniciará una apelación dentro de los siguientes períodos, posteriores a la fecha del Aviso de Elegibilidad o el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Reconsideración que se apela: Monto de Compensación en el Aviso Plazo para Apelación de parte de BP 1. De USD ,01 a USD días 2. De USD ,01 a USD días 3. Superior a USD días (b) Formulario de Solicitud de Apelación: A fin de iniciar una Apelación, BP presentará un Formulario de Solicitud de Apelación a través del Portal DWH. BP indicará en el Formulario de Solicitud de Apelación el/los problema/s planteado/s y la reparación solicitada. (c) BP abonará Cargos de Presentación en función del Monto de Compensación adjudicado al reclamante en el Aviso de Elegibilidad o el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Reconsideración. Monto de la Compensación Cargos 1. De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD De USD ,01 a USD USD Superior a USD USD (d) El Coordinador de Apelaciones emitirá una Factura de Apelaciones de BP al 5 día de cada mes, en la que se detallará cada reclamación apelada el mes anterior. 1 TÍTULO III: PARTES Y REGISTROS DE LA APELACIÓN Norma 12. Partes de la Apelación. BP y el reclamante serán las partes de toda Apelación. Aunque el Administrador de Reclamaciones presente un Resumen de Revisión, según lo requiera el Panel de Apelaciones, el Administrador de Reclamaciones no será considerado como parte de la Apelación. Los Abogados del Grupo que presenta la demanda colectiva están facultados para presentar memorandos de carácter amicus en respaldo del Reclamante, que 1 La Factura de Apelaciones de BP incluirá los Cargos de Presentación correspondientes a las Apelaciones de BP que de forma subsiguiente se retiren, en virtud de la Norma 16. 5

9 deberán presentarse de conformidad con los plazos establecidos para el intercambio de las Propuestas Iniciales y Finales, según lo dispuesto en las Normas 17(a) y 17(b). Norma 13. Registro de la Apelación. El Registro de la Apelación consistirá en: (a) El Acuerdo de Conciliación y todos sus adjuntos; (b) Fallos judiciales sobre temas similares; (c) Fallos previos de apelaciones sobre temas similares, que servirán solamente para fines informativos, sin que representen un precedente vinculante; (d) Políticas formales del Administrador de Reclamaciones, que hayan sido promulgadas y anunciadas por el Administrador de Reclamaciones tras la finalización del proceso formal de revisión administrativa adoptado por el Administrador de Reclamaciones y descrito en la Sección del Acuerdo de Conciliación; (e) La totalidad del Archivo de Reclamación pertinente que obra en poder del Administrador de Reclamaciones; (f) El Resumen de Revisión del Administrador de Reclamaciones, según lo requiera el Panel de Apelaciones. El Resumen de Revisión tiene por objeto facilitar al Panel de Apelaciones la comprensión de lo ocurrido durante el procesamiento subyacente de la reclamación, incluidos los fundamentos de la/las determinación/es hecha/s por el Administrador de Reclamaciones. Se incluirán allí referencias y explicaciones fácticas de toda política formal o procedimientos adoptados por el Administrador de Reclamaciones que resulten pertinentes al/los problema/s planteado/s en la apelación; también se informará al Panelista de Apelaciones de las políticas formales que integren el Registro de la Apelación, según se describe en la Norma 13 (c). El Resumen de Revisión no constituirá un documento que propugne una u otra posición, sino que será un texto de mera explicación de la forma en que el Administrador de Reclamaciones procesó la reclamación. El Resumen de Revisión tiene un fin únicamente informativo y estará a disposición del Panel de Apelaciones, el Reclamante, los Abogados del Grupo que presenta la demanda colectiva y BP. El Panel de Apelaciones podrá conceder al Reclamante, los Abogados del Grupo que presenta la demanda colectiva y BP el derecho de presentar una respuesta al Resumen de Revisión elaborado por el Administrador de Reclamaciones; pero tal respuesta se limitará a la corrección de hechos enumerados en el Resumen de Revisión y no incluirá argumento alguno. (g) Las Propuestas Inicial y Final y todos los memorandos de respaldo, al igual que toda presentación de carácter amicus de parte de los Abogados del Grupo que interpone la demanda colectiva que se hayan presentado bajo estas Normas; y (h) En toda apelación de parte de BP, en la que BP sostenga que la reclamación no cumple con los requisitos de documentación pertinentes dispuestos en el Acuerdo de Conciliación, un reclamante podrá presentar a documentación sustancial adicional junto con la Propuesta Final y los memorandos de respaldo del reclamante. Si al Reclamante no le es posible obtener de manera razonable y presentar la documentación antes del plazo de presentación de la Propuesta Final, el Coordinador de Apelaciones extenderá el plazo para la presentación de la Propuesta Final a fin de conceder al Reclamante una oportunidad razonable de presentar la documentación adicional. Norma 14. Problemas de la Apelación. Los problemas incluidos en la apelación se limitarán aquellos originalmente planteados por el reclamante que se constituye en parte 6

10 reclamante o por BP en el Formulario de Solicitud de Apelación/ Aviso de Apelación, salvo que la parte apelada tuviera el derecho de interponer una apelación y procediera a la consolidación de esa apelación en virtud de la Norma 9; en tal caso, la parte apelada podrá plantear un nuevo problema en su Propuesta Inicial y la parte apelante podrá abordar tal problema en su Propuesta Final. Según lo dispuesto en la Norma 9, un reclamante podrá plantear problemas y solicitar compensación adicional en el caso de una apelación por parte de BP, aun cuando el reclamante no hubiere solicitado Reconsideración. TÍTULO IV: PROCESO DEL PANEL DE APELACIONES Norma 15. Aviso de Apelación y Cronograma de Apelaciones. El Coordinador de Apelaciones publicará en el Portal DWH o enviará por correo postal a ambas partes una copia del Aviso de Apelación y adjuntará un cronograma en el que se incluirán las fechas de vencimiento específicas (mes, día y año) de todos los aspectos vinculados con el proceso de Apelación. El Aviso de Apelación contendrá los problemas de la apelación, según se detallan en la Solicitud de Apelación de la parte apelante. El cronograma incluirá las direcciones de correo postal y electrónico de las partes de la apelación y del Abogado Principal del Grupo que presenta la demanda colectiva. Norma 16. Cancelación de la Apelación. La parte apelante podrá cancelar la Apelación a través de la presentación de un Formulario de Cancelación de Apelación en cualquier momento, hasta que el Panel de Apelaciones emita una decisión sobre la reclamación. Después de cancelar una Apelación, la parte apelante no podrá volver a presentar una Apelación por la misma reclamación; el Aviso que se apela será de carácter definitivo. No se reembolsará ningún Cargo de Presentación después de que se cancele una apelación. Si una parte apelada ha planteado un problema apelable en virtud de la consolidación de una apelación, conforme a la Norma 9, y ese problema está pendiente de resolución cuando la parte apelante cancela la apelación, se continuará con la apelación con respecto a dicho problema en particular. Norma 17. Proceso Béisbol. El Administrador de Reclamaciones procesará las apelaciones de los Avisos de Elegibilidad o las apelaciones de los Avisos de Elegibilidad Posteriores a la Reconsideración que hayan sido presentados por cualquiera de las partes, mediante el proceso establecido en la Sección 6.2 del Acuerdo de Conciliación, en la que se describe el intercambio de las Propuestas Inicial y Final de las partes (el Proceso Béisbol ). (a) Propuestas Iniciales. Dentro de los 15 días posteriores a la fecha de emisión del Aviso de Apelación elaborado por el Coordinador de Apelaciones, ambas partes intercambiarán y presentarán sus Propuestas Iniciales, en las que propondrán el Monto de Compensación base que debería recibir el reclamante. Cualquiera de las partes podrá proponer valores nuevos para uno o más de los siguientes factores empleados para calcular el Monto de Compensación: el Monto de Compensación, el Multiplicador de la Prima de Transferencia de Riesgo (Risk Transfer Premium, RTP) o el Descuento por Pago Previo. El reclamante no quedará sujeto a un límite en virtud del monto indicado en el Aviso de Elegibilidad, aun cuando el reclamante no hubiere solicitado Reconsideración. Cualquiera de las partes podrá presentar memorandos de respaldo y cualquier material adicional, según lo estipulado en la Norma 13, junto con su Propuesta Inicial. BP, los Abogados del Grupo que interpone la demanda colectiva (amicus) y los reclamantes que cuentan con representación de un letrado deberán presentar la Propuesta Inicial y el material de respaldo mediante el Portal DWH. Los 7

11 reclamantes representados por sí mismos podrán utilizar el portal o presentar el material vía correo electrónico o postal. (1) Montos por defecto de la Propuesta Inicial. a. En el caso de que BP no presente una Propuesta Inicial, la Propuesta Inicial de BP pasará a ser, por defecto, el Monto de Compensación, el Multiplicador RTP y el Descuento por Pago Previo, si los hubiera, adjudicados por el Programa de Conciliación. b. Si en una Apelación del Reclamante este último no presenta una Propuesta Inicial, el Monto de Compensación de la Propuesta Inicial del reclamante pasará a ser, por defecto, el Monto de Compensación que el reclamante solicite cuando presente la Apelación. Si el reclamante no apeló el Monto de Compensación, la Propuesta Inicial por defecto del reclamante pasará a ser, por defecto, el Monto de Compensación, el Multiplicador RTP y el Descuento por Pago Previo, si los hubiera, adjudicados por el Programa de Conciliación. c. Si en una Apelación por parte de BP el reclamante no presenta una Propuesta Inicial, la Propuesta Inicial del reclamante pasará a ser, por defecto, el Monto de Compensación, el Multiplicador RTP y el Descuento por Pago Previo, si los hubiera, adjudicados por el Programa de Conciliación. (2) Aviso de Propuesta Inicial: El Coordinador de Apelaciones publicará de forma simultánea ambas Propuestas Iniciales y los memorandos de respaldo en el Portal DWH de ambas partes, cuando reciba ambas Propuestas Iniciales o una vez transcurridos 15 días, lo que ocurriere primero. El Coordinador de Apelaciones enviará por correo postal esta información a los reclamantes que no utilicen el Portal DWH. (b) Propuestas Finales. El reclamante y BP deberán intercambiar y presentar una propuesta final del monto de compensación base ( Propuesta Final ) al Panelista de Apelaciones o Panel de Apelaciones. Cualquiera de las partes podrá presentar memorandos de respaldo junto con su Propuesta Final. Las partes solo podrán presentar material adicional junto con una Propuesta Final y los memorandos de respaldo: (i) en el caso de una contra apelación en virtud de la Norma 14; y (ii) según se establece en la Norma 13. Asimismo, en los casos en que BP sostenga en su Aviso y/o Propuesta Inicial que la documentación provista por el Reclamante en el Registro no cumple con los requisitos de documentación pertinentes que se estipulan en el Acuerdo de Conciliación, se le concederá al Reclamante la oportunidad de presentar documentación adicional, según se prevé en la Norma 13. BP, los Abogados del Grupo que interpone la demanda colectiva (amicus) y los reclamantes que cuentan con representación de un letrado deberán presentar la Propuesta Final y el material de respaldo mediante el Portal DWH. Los reclamantes representados por sí mismos podrán utilizar el portal o presentar el material vía correo electrónico o postal. (1) Plazo para las Propuestas Finales: En el transcurso de 25 días a partir de la publicación del Aviso de Apelación por parte del Coordinador de Apelaciones, si BP y el reclamante no han resuelto la Apelación, cada parte presentará su Propuesta Final. (2) Montos por defecto de la Propuesta Final: Si alguna de las partes no presenta una Propuesta Final, la Propuesta Inicial de la parte se tomará como Propuesta Final. 8

12 (3) Aviso de Propuesta Final: El Coordinador de Apelaciones publicará de manera simultánea las Propuestas Finales en el Portal DWH de cada una de las partes, cuando reciba ambas Propuestas Finales o una vez transcurridos 25 días, lo que ocurriere primero. El Coordinador de Apelaciones enviará por correo postal esta información a los reclamantes que no utilicen el Portal DWH. (c) Acuerdo entre las Partes. Si en algún momento durante el proceso las partes llegan a un acuerdo mediante la presentación de Propuestas Iniciales o Finales que resulten coincidentes o tras acordar ciertas concesiones, el proceso de apelación se dará por concluido. (1) El reclamante o BP podrán aceptar la Propuesta Inicial de la otra parte en cualquier momento, hasta que las Propuestas Finales se publiquen en el Portal DWH o hasta que se envíen por correo postal a aquellas personas que no utilicen el portal. El Portal DWH no permite que la parte opuesta acepte una Propuesta Inicial después de la publicación de las Propuestas Finales. (2) El reclamante y BP tendrán cinco días después de la publicación/envío por correo de las Propuestas Finales para aceptar la Propuesta Final de la otra parte. (3) Si ninguna de las partes acepta una Propuesta Final una vez transcurridos los cinco días, el Coordinador de Apelaciones asignará la reclamación al Panel de Apelaciones y publicará la reclamación en el Portal del Panel de Apelaciones. (4) En cualquier momento, hasta que el Panel de Apelaciones publique su decisión, el reclamante y BP podrán optar por lograr un acuerdo. Las partes deberán presentar Formularios de Acuerdo idénticos al Panel de Apelaciones antes de que este Panel publique una decisión en el Portal del Panel de Apelaciones. (5) Después de que las partes lleguen a un acuerdo, el Administrador de Reclamaciones publicará o enviará por correo postal un Aviso de Elegibilidad Posterior a la Apelación en los Portales DWH de BP y del reclamante. (d) Falta de Acuerdo entre las Partes. Si las Partes no llegan a un acuerdo dentro de los cinco días posteriores a la publicación/envío por correo postal de las Propuestas Finales, el Coordinador de Apelaciones asignará de forma aleatoria la apelación a un Panel de Apelaciones y enviará la reclamación por vía electrónica a través del Portal DWH del Panel de Apelaciones y a la lista del/los panelista/s asignado/s a la apelación. Los Panelistas de Apelaciones acceden a la lista a través del Portal del Panel de Apelaciones. (1) Panel de Apelaciones de un miembro: El Coordinador de Apelaciones asignará aleatoriamente la Apelación a un único Panelista de Apelaciones cuando: (1) el reclamante interpone la Apelación y el Monto de Compensación que solicita es inferior a USD ; o (2) BP interpone la Apelación y el Monto de Compensación adjudicado al reclamante por el Programa de Conciliación es inferior a USD (2) Panel de Apelaciones de tres miembros: El Coordinador de Apelaciones asignará de forma aleatoria la Apelación a un Panel de Apelaciones de tres miembros específicamente designado por el Tribunal para atender Apelaciones por montos superiores a USD cuando: (1) el reclamante interpone la Apelación y el Monto de Compensación que solicita el reclamante supera el USD ; o (2) BP interpone la Apelación y el Monto de Compensación adjudicado al reclamante por el Programa de Conciliación es mayor a USD Si el 9

13 reclamante interpone la Apelación, el Panel de Apelaciones de tres miembros seleccionará aleatoriamente al menos a un Panelista de Apelaciones de la sublista de Panelistas de Apelaciones correspondiente al estado de residencia del reclamante. (3) Determinación del estado de residencia: El Coordinador de Apelaciones determinará el estado de residencia del reclamante en virtud del estado en que el reclamante estuviera viviendo al 20 de abril de Si el reclamante no hubiera estado residiendo en alguno de los cinco Estados del Golfo (Florida, Alabama, Mississippi, Louisiana y Texas) al 20 de abril de 2010, el reclamante elegirá uno de los cinco Estados del Golfo para que se considere como su estado de residencia a fines de la Apelación. (4) Procedimientos del Panel: En virtud de la Sección 6.2 del Acuerdo de Conciliación, los Panelistas de Apelaciones deberán ser neutrales y podrán establecer sus propias normas procesales en lo que respecta a la revisión de las Apelaciones. El Panel de Apelaciones podrá considerar solamente el Registro de la Apelación, según se describe en la Norma 13. (5) Decisión del Panel de Apelaciones: El Panel de Apelaciones seleccionará o bien la Propuesta Final del reclamante o la Propuesta Final de BP, y ningún otro monto. El Panel podrá decidir la remisión de una Apelación solamente si juzga que: (a) se ha incluido un nuevo documento en la apelación que, según el criterio del Panel de Apelaciones, cambiaría el resultado de la determinación del Programa con respecto a un valor que no corresponde ni al monto de la Propuesta Final del reclamante ni de BP; o (b) la información en el registro no es suficiente para fundamentar la Propuesta Final del reclamante ni la de BP. Una vez que el panel de apelaciones emite una decisión, la misma será definitiva. La decisión regirá solo sobre esa reclamación específica y no tendrá aplicación retroactiva ni prospectiva a otras reclamaciones; el Panel de Apelaciones no quedará obligado por la decisión de otro Panelista. En virtud del Proceso Béisbol, todas las decisiones del Panel de Apelaciones serán en conformidad con los términos del Acuerdo de Conciliación y con los fallos judiciales pertinentes. (6) Aviso de la decisión del Panel de Apelaciones: El Panel de Apelaciones publicará su decisión y una determinación por escrito en el Portal del Panel de Apelaciones. El Coordinador de Apelaciones publicará o enviará por correo postal un Aviso de Decisión del Panel de Apelaciones al reclamante y BP, en el que se indicará la decisión del Panel de Apelaciones. (7) Decisiones y opiniones por escrito: El Panel de Apelaciones dará a conocer sus decisiones como se describe a continuación: a. Para cada Apelación, con independencia del Monto resultante: El Panel de Apelaciones dará a conocer su decisión a través del Portal del Panel de Apelaciones. Esa decisión especificará si la apelación se decidió a favor de BP o del reclamante y especificará el monto de la determinación. b. Para apelaciones con Resultados > USD : Si el Panel de Apelaciones determina que el reclamante será adjudicatario de un Monto de Compensación superior a USD , el Panel de Apelaciones dará a conocer su decisión a través del Portal del Panel de Apelaciones y también publicará una opinión por escrito en la que se describirá el fundamento de su 10

14 determinación. El Coordinador de Apelaciones publicará o enviará por correo postal la opinión por escrito al reclamante y BP. (e) Aviso de Elegibilidad Posterior a la Apelación: El Administrador de Reclamaciones aplicará la decisión del Panel de Apelaciones en un Aviso de Elegibilidad Posterior a la Apelación. Según corresponda, el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Apelación reflejará lo siguiente: (1) El Administrador de Reclamaciones reintegrará los cargos de presentación abonados por el reclamante en una Apelación del Reclamante, si este último triunfa en la Apelación. A tales efectos, triunfar en la Apelación significa que el Panel de Apelaciones adjudica al reclamante un Monto de Compensación superior al que se ofreció en el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Reconsideración. Si el Reclamante recibe una compensación proveniente del Fondo de Compensación de la Industria de Mariscos, toda compensación adicional adjudicada como parte del pago del 5% adicional no será abonada por el Fondo de Compensación de la Industria de Mariscos, sino que será abonada por separado por BP. (2) El Administrador de Reclamaciones reducirá el Monto de Compensación previa al RTP en un 5% en caso de que el reclamante hubiere elegido abonar los cargos de presentación mediante una reducción del 5% del Monto de Compensación y dicho reclamante no hubiere triunfado en la Apelación. (3) Evaluación del Costo de Revisión de 5% para las Apelaciones del Reclamante: Si el Panel de Apelaciones adjudica al reclamante un monto superior al Monto de Compensación ofrecido en el Aviso de Elegibilidad Posterior a la Reconsideración, el Administrador de Reclamaciones añadirá un 5% del total del Monto de Compensación previo al RTP al Monto de la Indemnización. (4) Evaluación del Costo de Revisión de 5% para las Apelaciones de BP: Si el Panel de Apelaciones adjudica el mismo monto que se indica en el Aviso de Elegibilidad del reclamante o el mismo monto que se indica en la Propuesta Final del reclamante, el Administrador de Reclamaciones añadirá al Monto de Indemnización un 5% del total del Monto de Compensación previo al RTP que se indica en el Aviso de Elegibilidad. La Evaluación del Costo de Revisión de 5% no se aplicará si la apelación se cancela, si se resuelve o si se le da cierre administrativo antes de que el Panel de Apelaciones logre una decisión. Norma 18. Proceso No Béisbol. El Administrador de Reclamaciones procesará las apelaciones de Avisos de Rechazos mediante el Proceso de No Béisbol estipulado en el Anexo 25 del Acuerdo de Conciliación, Sección 3.B. Solamente el reclamante podrá apelar un Aviso de Rechazo. (a) Memorando de Apertura. El reclamante presentará un Memorando de Apertura en el que explicará las bases de la Apelación dentro de los 10 días posteriores a la fecha del Aviso de Apelación. (b) Memorando de Oposición. BP presentará un Memorando de Oposición antes de transcurridos los 25 días de que el Administrador de Reclamaciones publique el Aviso de Apelación del reclamante en el Portal. (c) Documento de respuesta. El reclamante podrá presentar un documento de respuesta antes de transcurridos los 35 días de la publicación del Aviso de Apelación. (d) Después de cada presentación, el Administrador de Reclamaciones publicará o enviará por correo postal el memorando o documento al reclamante y a BP. 11

15 (e) Revisión del Panel de Apelaciones. Al vencer el plazo de 35 días a partir de la fecha del Aviso de Apelación, el Coordinador de Apelaciones enviará la reclamación a un Panelista de Apelaciones designado aleatoriamente. (f) Aviso de la decisión del Panel de Apelaciones. El Panel de Apelaciones dará a conocer su decisión a través del Portal del Panel de Apelaciones. El Coordinador de Apelaciones publicará en el Portal o enviará por correo postal un Aviso de Decisión del Panel de Apelaciones al reclamante y BP. (1) Rechazo ratificado: Si la decisión del Panel de Apelaciones consiste en ratificar la denegación, el Administrador de Reclamaciones enviará por correo postal o publicará un Aviso de Rechazo Posterior a la Apelación. (2) Rechazo revocado: Si la decisión del Panel de Apelaciones consiste en revocar el rechazo, el Administrador de Reclamaciones enviará nuevamente la reclamación al proceso de revisión. El Administrador de Reclamaciones añadirá, asimismo, un 5% al Monto de Compensación previo al RTP y reintegrará los cargos de presentación al reclamante. Si el Reclamante recibe compensación de parte del Fondo de Compensación de la Industria de Mariscos, toda compensación adicional adjudicada como parte del pago del 5% adicional no será abonada por el Fondo de Compensación de la Industria de Mariscos, sino que será abonada por separado por BP. Norma 19. Discrecionalidad del Panel de Apelaciones para permitir Presentaciones de respuesta. Quedará a entera discreción del Panel de Apelaciones permitirle a cualquiera de las partes la oportunidad de responder a un nuevo documento o problema planteado, a una Propuesta Final o al Documento de Respuesta presentados en las apelaciones Béisbol o No Béisbol, respectivamente. No obstante, toda respuesta deberá limitarse al nuevo problema o documento y no reiterará argumentos o problemas que ya se hayan presentado. Norma 20. Discrecionalidad del Coordinador de Apelaciones para suspender las apelaciones. Queda a entera discreción del Coordinador de Apelaciones suspender cualquier planteo referido a la política o cualquier problema que pudiera dar origen a un tratamiento inconsistente entre los reclamantes, hasta que tal problema sea resuelto por el Tribunal o por un acuerdo entre las Partes. El Coordinador de Apelaciones notificará al reclamante afectado, el Abogado del Grupo que interpone la demanda colectiva y BP de cualquier suspensión de este tipo. Norma 21. Estándares de Revisión de Apelaciones. El Estándar de Revisión empleado por el Panelista de Apelaciones o por el Panel de Apelaciones consistirá en una revisión de cero de la totalidad del registro del Reclamante en el Programa de Conciliación, a fin de dar cumplimiento efectivo al Acuerdo de Conciliación, según fuera aprobado por el Tribunal. Norma 22. Jurisdicción inherente del Tribunal. Quedará a entera discreción del Tribunal el derecho de revisar cualquier determinación de Apelación, para considerar si la determinación se hizo en conformidad con el Acuerdo. Al momento de revisar tal determinación, el Tribunal tratará la determinación de Apelación como si fuera una recomendación emanada de un Juez de primera instancia. TÍTULO V: ACCESO A LOS ARCHIVOS Norma 23. Acceso al Portal Web. El Administrador de Reclamaciones dará a conocer la decisión del Panel de Apelaciones en el Portal DWH a ambas partes y al Abogado principal del Grupo que interpone demanda colectiva, en virtud del Anexo 25 del Acuerdo de Conciliación, Sección 7. 12

16 Norma 24. Decisiones del Panel. El Administrador de Reclamaciones creará versiones públicas de las decisiones del Panel de Apelaciones, en las que la información con identificación personal se editará para publicarse en el sitio Web de la Conciliación. 13

(a) estar en formato impreso o electrónico; y

(a) estar en formato impreso o electrónico; y CAPITULO CUATRO PROCEDIMIENTOS DE ORIGEN ARTÍCULO 4.1: CERTIFICADO DE ORIGEN 1. Cada Parte deberá otorgar trato arancelario preferencial, de conformidad con este Acuerdo, a las mercancías originarias importadas

Más detalles

POLÍTICA DE FACTURACIÓN Y COBRO

POLÍTICA DE FACTURACIÓN Y COBRO POLÍTICA DE FACTURACIÓN Y COBRO El objetivo de esta Política de facturación y cobro es describir el enfoque de Amery Hospital & Clinic ( Amery o el Hospital ) en cuanto a la obtención del pago por la atención

Más detalles

COVENTRY HEALTH AND LIFE INSURANCE COMPANY (Maryland) 2751 Centerville Road, Suite 400 Wilmington, DE

COVENTRY HEALTH AND LIFE INSURANCE COMPANY (Maryland) 2751 Centerville Road, Suite 400 Wilmington, DE COVENTRY HEALTH AND LIFE INSURANCE COMPANY (Maryland) 2751 Centerville Road, Suite 400 Wilmington, DE 19808-1627 PÓLIZA COLECTIVA Esta Póliza colectiva resume los términos y condiciones dispuestos por

Más detalles

GUÍA PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS Y APELACIONES DE QUALIFOR ANTECEDENTES NOTAS IMPORTANTES

GUÍA PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS Y APELACIONES DE QUALIFOR ANTECEDENTES NOTAS IMPORTANTES GUÍA PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS Y APELACIONES DE QUALIFOR ANTECEDENTES El Programa QUALIFOR es el programa acreditado por el FSC del Grupo SGS. SGS es una empresa internacional especialista en verificación,

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 30786 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 10556 Resolución de 18 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación

Más detalles

Esta Guía Práctica proporciona información a los usuarios de los servicios financieros sobre los siguientes aspectos:

Esta Guía Práctica proporciona información a los usuarios de los servicios financieros sobre los siguientes aspectos: GUÍA PRÁCTICA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS, QUEJAS Y RECLAMACIONES ANTE EL SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES. La presente guía se publica con la finalidad

Más detalles

REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY CAPITULO I

REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY CAPITULO I REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY Objeto y Ámbito de aplicación.- CAPITULO I Art. 1.- De conformidad con la CODIFICACIÓN

Más detalles

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros Página 1 de 5 SECCIÓN NEGOCIACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS. Solicitud por el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Entes Autárquicos y Empresas del Estado Nacional. 1. Presentación de solicitud de autorización

Más detalles

Ministerio de Defensa

Ministerio de Defensa DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL Concepto Abandono y desistimiento Definición Formas de conclusión anticipada del procedimiento, que podrán ser declaradas

Más detalles

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO I. PROPÓSITO Proporcionar procedimientos para la aceptación y la matrícula de estudiantes extranjeros de intercambio en escuelas secundarias. II. POLÍTICA: Estudiantes extranjeros de intercambio podrán

Más detalles

REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I

REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ Capítulo I Traslados de una Sede a otra dentro de un Área de Especialidad. Artículo 1: Los traslados de Profesores, Regulares,

Más detalles

Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI

Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas Fecha de aplicación 01/06/2009 Versión 2 1 de 6 1. Propósito Describir los aspectos que una persona

Más detalles

ANEXO 1 FORMULARIO DE RECLAMO: SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA

ANEXO 1 FORMULARIO DE RECLAMO: SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA ANEXO 1 FORMULARIO DE RECLAMO: SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA Datos del Reclamo Monto reclamado Telefonía Fija Marcar con un aspa (X) los conceptos que reclama e indicar la información solicitada: Facturación:

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Manual de Procesos MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS 1 INDICE Página 1. Introducción 2. Contenido 3 3. Objetivos 3 4. Justificación 3 5. Legislación Vigente 4 6. Procesos

Más detalles

BECAS BENEDICTO XVI PARA BACHILLERATO. (Colegio San Ignacio de Loyola) CONVOCATORIA DE BECAS PARA BACHILLERATO CURSO 2016/2017

BECAS BENEDICTO XVI PARA BACHILLERATO. (Colegio San Ignacio de Loyola) CONVOCATORIA DE BECAS PARA BACHILLERATO CURSO 2016/2017 BECAS BENEDICTO XVI PARA BACHILLERATO (Colegio San Ignacio de Loyola) CONVOCATORIA DE BECAS PARA BACHILLERATO CURSO 2016/2017 El Colegio San Ignacio de Loyola, convoca Doce (12) becas de escolarización

Más detalles

Servicios Contables para el Paciente, Política de Facturación y Cobranzas

Servicios Contables para el Paciente, Política de Facturación y Cobranzas Servicios Contables, Política de Facturación y Cobranzas Autor: Patrocinador Ejecutivo: David P. Johnson, Vicepresidente de Ciclo de Ingresos David P. Johnson, Vicepresidente de Ciclo de Ingresos Fecha:

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE CUENTAS CORRIENTES E INVERSIONES FINANCIERAS

PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE CUENTAS CORRIENTES E INVERSIONES FINANCIERAS CUENTAS CORRIENTES E CONTROL DE REVISIONES Revisión Fecha Modificaciones 1 19 de mayo 2014 Edición inicial 2 2 de marzo de 2015 Corrección de errores detectados y aclaraciones de algunos procedimientos.

Más detalles

REGLAMENTO DE DEFENSA DEL CLIENTE

REGLAMENTO DE DEFENSA DEL CLIENTE REGLAMENTO DE DEFENSA DEL CLIENTE Avda. Diagonal 463 pral. 2ª - 08036 Barcelona Redactado conforme a lo dispuesto en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo Artículo Primero.- OBJETO El presente reglamento

Más detalles

LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA PARTICIPANTES DE DIPLOMADOS

LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA PARTICIPANTES DE DIPLOMADOS Los Diplomados que se imparten en la Dirección de Enseñanza son de actualización profesional y formación de recursos humanos en servicio, dirigidos al personal de salud. Lo que a continuación se detalla

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAS. 2ª.- Para los efectos de la aplicación de las presentes reglas, se entenderá por:

CONSIDERANDO REGLAS. 2ª.- Para los efectos de la aplicación de las presentes reglas, se entenderá por: REGLAS DE OPERACIÓN INTERNA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE SELECCIÓN Y APROBACIÓN DE LA TERNA DE CANDIDATOS A NOMBRAMIENTO DE PRESIDENTE DE

Más detalles

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ CIRCULAR No. 035-2010-BCRP Depósitos Overnight y a Plazo en el Banco Central de Reserva del Perú Considerando: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de las facultades que le son atribuidas en

Más detalles

GUÍA DE USUARIOS PAGO DE IMPUESTOS Y SERVICIOS (HBE - BEPE)

GUÍA DE USUARIOS PAGO DE IMPUESTOS Y SERVICIOS (HBE - BEPE) GUÍA DE USUARIOS PAGO DE IMPUESTOS Y SERVICIOS (HBE - BEPE) Marzo 2012 NOMBRE GERENCIA / ÁREA (Tipografìa predeterminada) INGRESO AL HBE - BEPE Ingresá a través del sitio del Banco www.bancociudad.com.ar,

Más detalles

1. Introducción Acceso al e-tax Solicitud de Inscripción Persona Natural... 7

1. Introducción Acceso al e-tax Solicitud de Inscripción Persona Natural... 7 CONTENIDO 1. Introducción... 3 2. Acceso al e-tax 2.0... 4 3. Solicitud de Inscripción Persona Natural... 7 4. Solicitud de Inscripción de Persona Jurídica... 29 2 1. INTRODUCCIÓN El e-tax 2.0 ofrece a

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN

INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN Expediente nº 0821/14-IPS- sario, 28 de julio de 2014 VISTO: que por las presentes actuaciones Regencia Nivel Secundario eleva el Reglamento de Ingreso

Más detalles

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 Estimados clientes y amigos: El 18 de Febrero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los lineamientos para

Más detalles

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas - C O N T E N I D O 1. Propósito 2. Alcance 3. y autoridad 4. Normatividad aplicable 5. Políticas 6. Diagrama de bloque del procedimiento 7. Glosario 8. Anexos Anexo 1 : Solicitud de un Proyecto Web Anexo

Más detalles

1. Presentación de recurso de revocatoria Desistir el recurso Respuesta audiencia del recurso... 10

1. Presentación de recurso de revocatoria Desistir el recurso Respuesta audiencia del recurso... 10 Instructivo para presentar recurso de revocatoria al Acto Final P-PS-116-11-2014 Contenido 1. Presentación de recurso de revocatoria... 3 2. Desistir el recurso... 8 3. Respuesta audiencia del recurso...

Más detalles

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en

Más detalles

Facturación Electrónica CFDI. Manual Facturación Gratuita

Facturación Electrónica CFDI. Manual Facturación Gratuita Facturación Electrónica CFDI Manual Facturación Gratuita 1 INDICE * URL del servicio de facturación gratuito * Selección de servicio * Solicitud de Usuario para Acceso al Sistema de Facturación Electrónica

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información

Más detalles

REGLAMENTO TRASLADO DE SALDO REVOLUTIVO A CUOTAS FIJAS MENSUALES. programa de traslado de saldo revolutivo a cuotas fijas mensuales que en adelante

REGLAMENTO TRASLADO DE SALDO REVOLUTIVO A CUOTAS FIJAS MENSUALES. programa de traslado de saldo revolutivo a cuotas fijas mensuales que en adelante REGLAMENTO TRASLADO DE SALDO REVOLUTIVO A CUOTAS FIJAS MENSUALES ARTICULO PRIMERO: DEL REGLAMENTO: El presente reglamento regula el programa de traslado de saldo revolutivo a cuotas fijas mensuales que

Más detalles

1.- Sistema de Inscripción (SISEXA) 2.- Registro SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS

1.- Sistema de Inscripción (SISEXA) 2.- Registro SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS MANUAL DE OPERACIÓN DEL SISTEMA DE INSCRIPCIÓN Y CRITERIOS DE CAPACITACIÓN 2015 1.- Sistema de Inscripción (SISEXA) El programa

Más detalles

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES La presente política obedece al mandato legal, en cuanto el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones

Más detalles

Smoky Mountain Odontología Pediátrica

Smoky Mountain Odontología Pediátrica Smoky Mountain Odontología Pediátrica Aviso de Prácticas de Privacidad Este aviso describe cómo su información de salud que usted o su hijo puede ser utilizada y divulgada y cómo usted puede obtener acceso

Más detalles

CONDICIONES GENERALES PARA COMPRAS DIRECTAS

CONDICIONES GENERALES PARA COMPRAS DIRECTAS CONDICIONES GENERALES PARA COMPRAS DIRECTAS 1_ Rigen en lo pertinente las normas sobre Contrataciones y Licitaciones puestas en vigencia por el Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración

Más detalles

Términos y condiciones comerciales generales de los servicios de limpieza de los proveedores de servicios contratados a través de www.conslymp.

Términos y condiciones comerciales generales de los servicios de limpieza de los proveedores de servicios contratados a través de www.conslymp. Términos y condiciones comerciales generales de los servicios de limpieza de los proveedores de servicios contratados a través de www.conslymp.com Conslymp España, S.L., sociedad española de responsabilidad

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES Considerando las disposiciones de la Ley 19.532 de 1997, DFL 2 de 1996, Articulo Nº 2 de Ministerio

Más detalles

OFICINA DEL ASESOR JURÍDICO PARA ASUNTOS DISCIPLINARIOS COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE TEXAS

OFICINA DEL ASESOR JURÍDICO PARA ASUNTOS DISCIPLINARIOS COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE TEXAS OFICINA DEL ASESOR JURÍDICO PARA ASUNTOS DISCIPLINARIOS COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE TEXAS FORMULARIO DE QUEJA FORMAL PRESENTAR SU QUEJA EN LÍNEA ES DISPONIBLE EN HTTP://CDC.TEXASBAR.COM. I. INFORMACIÓN

Más detalles

1. DIAGRAMA DE PROCESO

1. DIAGRAMA DE PROCESO Elaboración de Órdenes de Pedido (Procedimientos Según Demanda o Convenio Marco) P-PS-107-09-2014 Contenido 1. 2. 3. 4. 5. 6. DIAGRAMA DE PROCESO... 3 INGRESO AL FORMULARIO ELECTRONICO DE LA ORDEN DE PEDIDO...

Más detalles

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO PROTECCION DE DATOS PERSONALES VILLETA RESORT HOTEL LTDA.

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO PROTECCION DE DATOS PERSONALES VILLETA RESORT HOTEL LTDA. POLÍTICAS DE TRATAMIENTO PROTECCION DE DATOS PERSONALES VILLETA RESORT HOTEL LTDA. LEY 1581 DE 2012 Y DECRETO REGLAMENTARIO 1074 DE 2015 RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS NOMBRE: VILLETA RESORT HOTEL

Más detalles

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión

Más detalles

Becas de investigación Jeff Thompson. Políticas y procedimientos

Becas de investigación Jeff Thompson. Políticas y procedimientos Becas de investigación Jeff Thompson Políticas y procedimientos Organización del Bachillerato Internacional, 2016 Índice Propósito... 2 Financiación... 2 Presentación de solicitudes... 3 Requisitos...

Más detalles

BASES PRIMER CONCURSO MAPFRE VALORES PARA TRIUNFAR

BASES PRIMER CONCURSO MAPFRE VALORES PARA TRIUNFAR BASES PRIMER CONCURSO MAPFRE VALORES PARA TRIUNFAR 1) Convocatoria, plazo, y ámbito del Concurso MAPFRE FAMILIAR, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., (en adelante MAPFRE) con CIF nº. A-28141935, con

Más detalles

PRIMER NIVEL DE ATENCION

PRIMER NIVEL DE ATENCION PRIMER NIVEL DE ATENCION A los profesionales en el área de la salud, interesados en participar en la selección para conformar la lista de elegibles para la terna del cargo de Gerente de la Empresa Social

Más detalles

Del Objeto de los Lineamientos

Del Objeto de los Lineamientos LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL

Más detalles

Política de Privacidad de Younique

Política de Privacidad de Younique Política de Privacidad de Younique Introducción YQ Products Mex, S. de R.L. de C.V., una empresa organizada bajo las leyes de México (denominada aquí como "Younique Mexico", "nosotros" y "nuestro") entiende

Más detalles

deudores en 120 mensualidades más. Para ello las entidades

deudores en 120 mensualidades más. Para ello las entidades NOTA INFORMATIVA SOBRE LA APLICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA DEL REAL DECRETO-LEY 12/2014. REINTEGROS DE LAS LIQUIDACIONES DEFINITIVAS DE LOS AÑOS 2008 Y 2009 La disposición adicional única de

Más detalles

Normativa sobre la lectura de la tesis doctoral y la constitución del tribunal de tesis

Normativa sobre la lectura de la tesis doctoral y la constitución del tribunal de tesis Normativa sobre la lectura de la tesis doctoral y la constitución del tribunal de tesis 1 Artículo 37. PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA TESIS 1. Con anterioridad al depósito de la tesis doctoral y para

Más detalles

Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional

Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional Artículo 8-01: Definiciones. Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional Para efectos de este capítulo, se entenderá por: investigación: un procedimiento de investigación sobre prácticas

Más detalles

PROGRAMA INTERNACIONAL DE EVALUACIÓN DE CARRETERAS. (irap) REGLAMENTO APLICABLE A LOS MIEMBROS DEL irap Y A LOS MIEMBROS ASOCIADOS DEL irap

PROGRAMA INTERNACIONAL DE EVALUACIÓN DE CARRETERAS. (irap) REGLAMENTO APLICABLE A LOS MIEMBROS DEL irap Y A LOS MIEMBROS ASOCIADOS DEL irap PROGRAMA INTERNACIONAL DE EVALUACIÓN DE CARRETERAS (irap) REGLAMENTO APLICABLE A LOS MIEMBROS DEL irap Y A LOS MIEMBROS ASOCIADOS DEL irap 1 Objetivo de este Reglamento 1.1 Este Reglamento ha sido elaborado

Más detalles

POLITICA DE CERTIFICADO SELLO DE ADMINISTRACIÓN

POLITICA DE CERTIFICADO SELLO DE ADMINISTRACIÓN POLITICA DE CERTIFICADO SELLO DE ADMINISTRACIÓN Referencia: Política certificación Sello de Administración. Nº Versión: v 1.1 Fecha: 1 de julio de 2016 IZENPE 2016 Este documento es propiedad de IZENPE.

Más detalles

20. RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES EN ALMACÉN

20. RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES EN ALMACÉN Página: 224 20. RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES EN ALMACÉN JUNIO 2007 Página: 225 OBJETIVO GENERAL: Recibir, registrar y controlar los bienes muebles (instrumentales o de consumo) que ingresan

Más detalles

REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR

REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR DEL SISTEMA HACCP RP B13.01 rev. 02 Reglamento aprobado el 2012-05-17 1 OBJETO Este Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado

Más detalles

A través del Sitio Web se pone a disposición del usuario la posibilidad de adquirir los siguientes productos y/o servicios:

A través del Sitio Web se pone a disposición del usuario la posibilidad de adquirir los siguientes productos y/o servicios: 26 Mayo 2016 ARAG SERVICES SPAIN & PORTUGAL, S.L. con domicilio en calle Roger de Flor, núm. 16 (08018), NIF B-64507171, datos inscripción Registro Mercantil: Tomo 39465, Folio 56, Hoja B-346744 pone a

Más detalles

ALERTA PROCESAL GTA VILLAMAGNA. Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y modificación del Código Civil en materia de prescripción

ALERTA PROCESAL GTA VILLAMAGNA. Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y modificación del Código Civil en materia de prescripción ALERTA PROCESAL GTA VILLAMAGNA Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y modificación del Código Civil en materia de prescripción GTA Villamagna - octubre de 2015 INTRODUCCIÓN El pasado 6 de octubre

Más detalles

1. Oferta y adjudicación de Proyectos Fin de Carrera por las Áreas o Departamentos Universitarios

1. Oferta y adjudicación de Proyectos Fin de Carrera por las Áreas o Departamentos Universitarios NORMATIVA REGULADORA DE PROYECTOS DE FIN DE CARRERA APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO, EN SU SESIÓN 4/97, DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1997 Y MODIFICADA POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 11 DE

Más detalles

Normas de procedimiento

Normas de procedimiento Evento intergubernamental a nivel ministerial de los Estados Miembros de las Naciones Unidas con motivo del 60º aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el 50º aniversario

Más detalles

REPRESENTACION LEGAL- AL002

REPRESENTACION LEGAL- AL002 1 Descripcion de la Solicitud o Tramite: A través de este servicio se ofrece la asistencia de un(a) abogado(a) para que brinde representación legal a personas de escasos recursos económicos residentes

Más detalles

Nombramiento/designación del Órgano Director para el Procedimiento administrativo M-PS-021-06-2014

Nombramiento/designación del Órgano Director para el Procedimiento administrativo M-PS-021-06-2014 Nombramiento/designación del Órgano Director para el Procedimiento administrativo M-PS-021-06-2014 1 Contenido 1. Diagrama del procedimiento de nombramiento/designación de Órgano Director... 3 2. Descripción

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N 29720 CAPITULO I Disposición General Artículo 1.- Entidades

Más detalles

Portal del Colaborador https://portalrh.carvajal.com/ Bienvenidos

Portal del Colaborador https://portalrh.carvajal.com/ Bienvenidos Portal del Colaborador https://portalrh.carvajal.com/ Bienvenidos Introducción al portal El portal del Colaborador, es la plataforma donde podrás modificar y actualizar información personal, visualizar

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se crea el portal de procedimientos para el intercambio de datos y aplicaciones del censo electoral entre la Oficina del

Más detalles

BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO CARGO ENCARGADO BUENAS PRÁCTICAS LABORALES MINSAL PLANTA PROFESIONAL

BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO CARGO ENCARGADO BUENAS PRÁCTICAS LABORALES MINSAL PLANTA PROFESIONAL BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO CARGO ENCARGADO BUENAS PRÁCTICAS LABORALES MINSAL PLANTA PROFESIONAL 1.- Presentación La Subsecretaría de Salud Pública convoca a participar del Llamado a Concurso

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 315 Viernes 30 de diciembre de 2016 Sec. I. Pág. 91253 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 12484 Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo

Más detalles

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

FIN-NET: RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LITIGIOS FINANCIEROS TRANSFRONTERIZOS - GUÍA DEL CONSUMIDOR

FIN-NET: RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LITIGIOS FINANCIEROS TRANSFRONTERIZOS - GUÍA DEL CONSUMIDOR FIN-NET: RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LITIGIOS FINANCIEROS TRANSFRONTERIZOS - GUÍA DEL CONSUMIDOR INTRODUCCIÓN Este folleto contiene información sobre: el modo de actuar cuando se quiere interponer una

Más detalles

Políticas Ventas en Línea

Políticas Ventas en Línea Políticas Ventas en Línea Introducción Los lineamientos que a continuación se detallan componen las Políticas correspondientes a las Ventas en Línea desde el sitio de compras en Internet de CONTPAQi. Los

Más detalles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES Los Estados Partes de esta Convención REAFIRMANDO su voluntad de continuar el desarrollo progresivo y la codificación del

Más detalles

1. Registro de proveedores en Mer-Link

1. Registro de proveedores en Mer-Link Instructivo Registro de Proveedores en Mer- Link P-PS-123-02-2016 Contenido 1. Registro de proveedores en Mer-Link... 3 2. Completar formulario de registro de proveedores... 8 3. Registro/Sustitución de

Más detalles

PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL RÉGIMEN DE LICITACIÓN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003

PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL RÉGIMEN DE LICITACIÓN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003 PÚBLICA Página 1 de 10 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO UNIDAD ADMINISTRATIVA PROCEDIMIENTO SUMINISTROS, OBRAS Y SERVICIOS, PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003 ELABORADO POR: Sergio Danilo Herrarte Pedroza Jefe

Más detalles

Las solicitudes para registros de MetalQuest se procesan mediante los siguientes pasos:

Las solicitudes para registros de MetalQuest se procesan mediante los siguientes pasos: Lea toda la información con cuidado. Información general MetalQuest, Inc, es el administrador de los Registros de salud de s (registros médicos) para Federation Employment and Guidance Service, Inc. d/b/a

Más detalles

Fuente: Tax & Accounting Thomson Reuters Perú Webs:

Fuente: Tax & Accounting Thomson Reuters Perú Webs: Regulan disposiciones generales para la emisión electrónica de documentos autorizados y disposiciones para la emisión del recibo electrónico emitido por la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones

Más detalles

Guía de signatario de DocuSign para SAP

Guía de signatario de DocuSign para SAP Guía de signatario de DocuSign para SAP Contenido 1. Guía de signatario de DocuSign para SAP... 2 2. Recepción de una notificación por correo electrónico... 2 3. Firma del documento... 3 4. Otras opciones...

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MÁSTER

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MÁSTER CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MÁSTER EN ESTUDIOS INTERDISCIPLINARES DE GÉNERO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2015/2016, Las

Más detalles

Mejoras en el IDS. Preguntas frecuentes.

Mejoras en el IDS. Preguntas frecuentes. Mejoras en el IDS. Preguntas frecuentes. Índice. 1. Por qué Align Technology está realizando estos cambios? 2. Durante cuánto tiempo estará fuera de servicio IDS? Pagos y opciones de ago. 1. La información

Más detalles

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 ACUERDO PARA LA RENOVACIÓN DE JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA La disposición transitoria 7.2 de los Estatutos

Más detalles

Reglamento adicional del RAC de la corte de arbitraje en materia de dominios.eu

Reglamento adicional del RAC de la corte de arbitraje en materia de dominios.eu Reglamento adicional del RAC de la corte de arbitraje en materia de dominios.eu Rev: 1-20100310 A)DISPOSICIONES GENERALES 1.- Alcance (a)vinculación al Reglamento de RAC y a la legislación de la UE. El

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE INCIDENCIAS, QUEJAS, RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS

PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE INCIDENCIAS, QUEJAS, RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS Página: 1 de 12 ÍNDICE OBJETO ÁMBITO DE APLICACIÓN DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 4. DEFINICIONES 5. RESPONSABILIDADES 6. DESARROLLO 7. MEDIDAS, ANÁLISIS Y MEJORA CONTINUA 8. RELACIÓN DE FORMATOS ASOCIADOS

Más detalles

Preguntas frecuentes en la plataforma RECyT

Preguntas frecuentes en la plataforma RECyT Preguntas frecuentes en la plataforma RECyT Manual tutorial Índice 1 AUTOR: Dudas frecuentes con perfil de autor... 3 1.1 Me he olvidado de la contraseña y no puedo entrar en la plataforma. 3 1.2 Estoy

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003

REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003 INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA ESCUELA DE INGENIERIA EN CONSTRUCCION PROGRAMA DE LICENCIATURA EN INGENIERÍA EN CONSTRUCCION REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003

Más detalles

Fecha Código Versión Páginas. Abril/ 2014 NAP-CGA-CP /9 COMPRAS PÚBLICAS ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS. Actividad Nombre Cargo Fecha Firma

Fecha Código Versión Páginas. Abril/ 2014 NAP-CGA-CP /9 COMPRAS PÚBLICAS ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS. Actividad Nombre Cargo Fecha Firma CONFIDENCIAL Y DE USO INTERNO Fecha Código Versión Páginas Abril/ 2014 1.0 1/9 PROCESO: COMPRAS PÚBLICAS PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS Actividad Nombre Cargo Fecha Firma Aprobado por: Revisado

Más detalles

GUIA PASO A PASO PARA COMPLETAR LOS DATOS SOLICITADOS EN EL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN LÍNEA

GUIA PASO A PASO PARA COMPLETAR LOS DATOS SOLICITADOS EN EL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN LÍNEA GUIA PASO A PASO PARA COMPLETAR LOS DATOS SOLICITADOS EN EL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN LÍNEA SOLICITUD DE INSCRIPCION Pagina -1- CONSIDERACIONES GENERALES PARA TENER EN CUENTA AL COMPLETAR LOS DATOS

Más detalles

GUÍA DE USUARIO SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN HISTÓRICA DE CALIFICACIONES

GUÍA DE USUARIO SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN HISTÓRICA DE CALIFICACIONES CÓDIGO: VERSIÓN: FECHA: SA-P60-G06 1 Abril de 2013 GUÍA DE USUARIO SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN HISTÓRICA DE CALIFICACIONES La Certificación Histórica de Calificaciones, que contiene todo el historial académico

Más detalles

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS La Paz, 30 de abril de 2015

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS La Paz, 30 de abril de 2015 RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0008-15 PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS La Paz, 30 de abril de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el artículo 64 de la Ley Nº 2492

Más detalles

Guía del Sistema. Solicitante. Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal

Guía del Sistema. Solicitante. Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal Guía del Sistema Solicitante Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal Requerimientos Técnicos Para operar el Sistema INFOMEXDF, su equipo de cómputo debe contar al menos con: Hardware

Más detalles

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS Y BONIFICACIONES DE LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

OFICINA DE REGISTRO VIRTUAL DE ENTIDADES LOCALES

OFICINA DE REGISTRO VIRTUAL DE ENTIDADES LOCALES ORVE EELL OFICINA DE REGISTRO VIRTUAL DE ENTIDADES LOCALES Manual Usuario Versión 1.0 Fecha de revisión 05/03/2012 Realizado por División de Sistemas de Información y Comunicaciones Descripción Ejecutiva

Más detalles

Procedimiento. Compra de Pasaje Aéreo y Gastos de Alojamiento

Procedimiento. Compra de Pasaje Aéreo y Gastos de Alojamiento Procedimiento Compra de Pasaje Aéreo y Gastos de Alojamiento 1 ÍNDICE O CONTENIDO 1. INTRODUCCION... 2 2. OBJETIVO DEL PROCESO... 2 3. AREAS DE APLICACIÓN Y/O ALCANCE DEL DOCUMENTO... 3 4. GLOSARIO...

Más detalles

REGISTRO DE NUEVO USUARIO AL SISTEMA

REGISTRO DE NUEVO USUARIO AL SISTEMA REGISTRO DE NUEVO USUARIO AL SISTEMA Para que pueda ingresar una nueva solicitud al sistema INFOMEX, es necesario que se registre. Una vez registrado, mediante su nombre de usuario y contraseña, puede

Más detalles

Certificación de grupo

Certificación de grupo ISCC 256 Certificación de grupo Certificación de grupo ISCC 15/03/11 V 2.3-UE Mención de propiedad intelectual ISCC 2011 El presente documento ISCC está protegido por derechos de autor. Se puede obtener

Más detalles

3. Son sujetos de los presentes lineamientos los servidores públicos del Instituto, estén contratados en una plaza presupuestal.

3. Son sujetos de los presentes lineamientos los servidores públicos del Instituto, estén contratados en una plaza presupuestal. Lineamientos del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al Personal de las Ramas Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral, para el Ejercicio 2016.

Más detalles

MANUAL DE USUARIO SOLICITUDES DE COMPRA y NOTAS DE GASTO

MANUAL DE USUARIO SOLICITUDES DE COMPRA y NOTAS DE GASTO MANUAL DE USUARIO SOLICITUDES DE COMPRA y NOTAS DE GASTO Departamento de Sistemas de Información 1. Introducción... 3 2. Navegación... 3 2.1. Nuevo caso... 3 2.2. Bandeja de entrada... 3 2.3. Borrador...

Más detalles

RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES, PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN Y SANCIONES

RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES, PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN Y SANCIONES 2009 RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES, PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN Y SANCIONES Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones con sus modificaciones contenidas en la Ley No. 449-06 RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,

Más detalles

VISTOS: CONSIDERANDO:

VISTOS: CONSIDERANDO: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN Y ASISTENCIA DE CONTRIBUYENTES MATERIA: AUTORIZA A CONTRIBUYENTE QUE INDICA PARA EMITIR BOLETAS DE PRESTACIÓN

Más detalles

GUÍA DE USUARIO. Certificados de IVA

GUÍA DE USUARIO. Certificados de IVA GUÍA DE USUARIO Certificados de IVA CENTRO URUGUAY PROYECTO GAUCHITO SETIEMBRE 2010 1. Solicitud de Certificados de IVA El Módulo de IVA es para uso de los P royectos y de la Oficina del PNUD. A nivel

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Reclamaciones nº 586 y 587/2014 Resolución nº 599/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2014. VISTAS las reclamaciones interpuesta por D. A.F.S.C.,

Más detalles

DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PROCESO DE APELACIONES SEJ

DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PROCESO DE APELACIONES SEJ DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PROCESO DE APELACIONES SEJ El sistema de apelaciones tiene la exclusiva funcionalidad para recepción de documentación en caso de pagos suspendidos, por cotizaciones de salud

Más detalles

PÓLIZA UNIFORME DE RECLAMOS Y PROCEDIMIENTOS

PÓLIZA UNIFORME DE RECLAMOS Y PROCEDIMIENTOS PÓLIZA UNIFORME DE RECLAMOS Y PROCEDIMIENTOS Alcance Es la póliza de las escuelas Flex ( Flex ) de cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables del Estado y del gobierno federal. Flex, como la

Más detalles