REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR 2015

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1 REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR 2015 CONSIDERACIONES El Colegio Instituto San José, RBD , Perteneciente al Arzobispado de la Santísima Concepción, fue fundado en el año 1997 y es administrado por la Fundación Educacional Cristo Rey. Nuestro establecimiento es un Colegio Cooperador de la Función Educacional del Estado, según consta en el Decreto Nº 1125 del año 1997, que imparte educación en los niveles de Educación Parvularia, Básica y Media. El colegio, de acuerdo a las orientaciones y facultades dadas por los Decretos que norman los Reglamentos de Evaluación y Promoción Escolar y en coherencia con el Proyecto Educativo que recoge la identidad que nos une con la Iglesia Católica, ha planificado el proceso de Evaluación en el presente Reglamento Interno de Evaluación y Promoción, dándolo a conocer a la comunidad escolar y al Departamento Provincial de Educación de Arauco para su conocimiento y aprobación. Este Reglamento entrará en vigencia a partir del año escolar 2015, será difundido a través de su publicación en la página web oficial del Establecimiento, se entregará en el proceso de matrícula y recordará en la primera reunión de apoderados del año, trabajándose además con los estudiantes en la primera semana de clases. I. DISPOSICIONES GENERALES. 1. El presente Reglamento de Evaluación y Promoción complementa, y en ningún caso contradice, la normativa vigente del MINEDUC y suple todas aquellas situaciones no previstas en ella. Las situaciones no consideradas en el presente Reglamento serán resueltas por la Rectoría del Establecimiento previa consulta al equipo directivo y Consejo de Profesores. Los casos que se presenten y estén fuera de sus atribuciones serán remitidos a las autoridades educacionales competentes para su resolución. 2. El Colegio cumple con los Planes de Estudio establecidos en los Decretos Nº 2960/2012, Decreto Nº 1363/2011, Decreto Nº 1358/2011 para la Educación Básica y el Decreto Nº 27/2001 para la Educación Media, los que se han enriquecido con la propuesta de reconocimiento de un plan de estudios propio cuya resolución al momento de la publicación de este reglamento está en trámite. Se enmarca además en las propuestas del MINEDUC de acuerdo a los siguientes Decretos: a. Nº 511 de 1997, para 1º a 8º Año Básico. b. Nº 112 de 1999 para 1º y 2º Año Medio c. N 83 de 2001 para 3 y 4º Año Medio. d. Nº 158 de 1999, que modifica los Decretos Nº 511 de 1997, para 1º a 8º Año Básico y Nº 112 de 1999 para 1º y 2º Año Medio. 3. El Establecimiento se regirá por este Reglamento que norma sobre Evaluación, Calificación y Promoción de los alumnos y las alumnas a la luz de estos Decretos, los cuales propician cambios profundos, ya sea, en la finalidad de la evaluación, tanto como en sus intenciones, como en sus formas, tipo, carácter e instrumentos. De estos cambios se desprenderán necesarias transformaciones en toda la cultura escolar del Colegio, de los docentes, de los alumnos, de los Padres y Apoderados, por cuanto se pretende que los procesos de evaluación tengan como efecto principal mejorar el aprendizaje, más que servir única o principalmente para registrar calificaciones. 1

2 I. PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE SUSTENTAN LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE - ENSEÑANZA. 1. La evaluación se ha transformado: Cambia el paradigma de la evaluación de los aprendizajes como suceso, de término, a una evaluación de proceso (Pedro Ahumada A.). Proceso de recogida de información que permite a los profesores tomar decisiones, para que los niños, niñas y jóvenes logren mejoras continuas en sus aprendizajes, que permitan su permanencia en el sistema educacional, su promoción, inserción en la educación superior y elaboración de su proyecto de vida. 2. Nuestra evaluación es diversa: Se asume como característica esencial del proceso de aprendizaje - enseñanza, la diversidad, primero por la condición única de nuestras alumnas y alumnos como creaturas de Dios, y por otro lado la diversidad de estilos de aprender. Esto conlleva que los profesores deben aplicar diferentes enfoques de enseñanza y de procedimientos de evaluación, de manera de hacer más equitativa el demostrar el logro de los objetivos de aprendizajes. 3. Nuestra evaluación es permanente: esto significa que se debe aplicar en cada uno de los momentos del proceso de aprendizaje enseñanza, inicio, desarrollo y cierre, por lo que deben aplicarse evaluaciones diagnósticas, de proceso y finales. A la vez esto abarca diferentes tiempos de aprendizajes, desde la evaluación clase a clase, la evaluación por unidades temáticas y evaluaciones de síntesis de carácter trimestral. 4. Nuestra evaluación es individual: es decir, debe aplicarse al proceso y/o producto desarrollada por el alumno, a pesar de trabajar en grupo, se debe evaluar acorde a las tareas realizadas por cada uno, por lo que el profesor debe velar porque todos los alumnos trabajen de manera equitativa en los trabajos de equipo y la evaluación sea individual. 5. Nuestra evaluación es personal: los alumnos no deben ser expuestos arbitrariamente a la crítica de sus compañeros. Los logros y desafíos deben ser comunicados personalmente a los alumnos (as). 6. Nuestra evaluación es informada: los alumnos (as) deben tener claro cuáles son los parámetros con los cuáles serán evaluados, con qué criterios, qué es lo que ellos deben demostrar. Por lo tanto es derecho del alumno conocer dichas pautas y/o temarios de evaluación, antes de ser evaluado y calificado. El profesor debe tener certeza que hace entrega de manera clara dichas indicaciones a los alumnos y en caso del primer ciclo, a sus apoderados. Así mismo es derecho de los alumnos no rendir una evaluación de fin de contenidos, sin conocer su calificación anterior. 7. Nuestra evaluación es democrática: ya que considera la posibilidad de que los alumnos (as) sean consultados por sus profesores alternativas de evaluación, sin embargo, es facultad del docente respectivo, acoger las propuestas y llegar a un consenso con respecto a la mejor estrategia para evaluar. II. RÉGIMEN DE EVALUACIÓN Los alumnos serán evaluados en períodos trimestrales. Esta modalidad permite mayor gradualidad y sistematización del proceso aprendizaje - enseñanza, como también una adecuada frecuencia de evaluaciones parciales, las que sirven como indicadores para las medidas preventivas y remediales que deban tomarse en cada caso. III. TIPOS, INSTRUMENTOS Y SITUACIONES EVALUATIVAS 1) Las evaluaciones podrán tener carácter de individual, autoevaluación, coevaluación o evaluación grupal. 2) Se aplicarán cuatro tipos de evaluaciones: diagnóstica, proceso, sumativa, síntesis y diferenciada, quedando estas últimas bajo sujeto de evaluación por parte de la psicopedagoga y Coordinación Académica, para lo cual deben ser entregadas con al menos 48 hrs de anticipación. Lo mismo para toda prueba escrita de proceso o sumativa pero en este caso solo debe ser entregada en el mismo plazo a Coordinación Académica. 2

3 3) Los instrumentos de evaluación a utilizar durante el proceso de aprendizaje serán variados, entre los cuales se pueden citar: instrumentos de observación: pautas de cotejo, rúbricas globales de desempeño, rúbrica específicas de desempeños, escalas de apreciación (gráficas, numéricas o conceptuales); instrumentos tipo pruebas: mixtas, situacionales, ensayo o instrumentos tipo informes: informes, fichas de lectura, mapas conceptuales, portafolios, investigaciones, ensayos, etc. 4) Las situaciones evaluativas son todas aquellas instancias en las que los alumnos y alumnas despliegan y demuestran sus aprendizajes, por lo que son situaciones de evaluación: la exposición, el diálogo, la confección de murales, rendir una prueba, realizar una investigación, ejecutar un ejercicio, obra de teatro, dramatización, etc. 5) A los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje del plan de estudio, serán evaluados en forma diferenciada, previo informe de la psicopedagoga, considerando las sugerencias enviadas por el especialista (psicopedagogo, neurólogo u orientador). Estos antecedentes deben ser presentados por el apoderado en un plazo de dos meses, contados desde la detección del problema de aprendizaje. Los alumnos que continúen con tratamiento, deberán hacer llegar los antecedentes, dentro de los dos primeros meses de clases. La evaluación diferenciada estará sujeta al cumplimiento de tratamiento psicopedagógico, neurológico o fonoaudiológico por parte del alumno. 6) Así mismo los alumnos eximidos de la actividad física, deberán rendir evaluaciones teóricas vinculadas a la asignatura, estas actividades deben ser elaboradas y evaluadas por el docente de la asignatura respectiva. IV. CALIFICACIÓN, CALENDARIZACIONES, COMUNICACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS EVALUACIONES DE LA CALIFICACIÓN 1) Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones de los alumnos en cada una de las asignaturas o actividades de aprendizaje, para fines de registro parcial, trimestral o anual, se anotarán en una escala numérica de 1,0 a 7,0. 2) La calificación mínima de aprobación será de 4,0 con un nivel de exigencia mínimo de 60%. 3) Las calificaciones parciales serán coeficiente uno. 4) El número mínimo de calificaciones parciales por asignatura o actividad de aprendizaje, dependerá de la cantidad de horas aula que se ha establecido en el plan de estudio, según la siguiente tabla: Nº DE HORAS AULA Nº DE CALIFICACIONES o más 5 5) La calificación trimestral corresponderá al promedio de las calificaciones parciales, incluyendo en este promedio la evaluación de síntesis, que tiene un carácter coeficiente uno y constituye una calificación parcial más del trimestre y no tiene ponderación en porcentaje. 6) La calificación final obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión será expresada en conceptos de acuerdo a la siguiente tabla, para la incorporación en el acta de calificación final: 3

4 CALIFICACIONES CONCEPTOS SIMBOLOGÍA 1,0 a 3,9 Insuficiente I 4,0 a 4,9 Suficiente S 5,0 a 5,9 Bueno B 6,0 a 7,0 Muy Bueno MB 7) La Rectoría del establecimiento educacional, previo informe de Coordinación Académica, podrá eximir de la evaluación normal de una asignatura o actividad contemplada en el plan de estudios, a los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otro motivo debidamente fundamentado por un plazo máximo de un año, en tales casos se aplicará evaluación diferenciada según lo expresado en la parte III, punto 5. 8) Todo alumno que entregue una evaluación sin contestar o se niegue a rendir una evaluación programada, y sin haber mediado una justificación válida, será separado del grupo, llevado a Coordinación Académica, dónde debe rendirla inmediatamente. Si nuevamente entrega la evaluación en blanco, se calificará con nota mínima (1.0) y sin derecho a nueva oportunidad. Esta evaluación estará supervisada por Coordinación académica 9) En las situaciones de copia o de traspaso de información indebida, durante el desarrollo de las pruebas, engaño o entrega fraudulenta de trabajos prácticos, u otras formas de evaluación, detectadas por el profesor, él o los estudiantes involucrado(s) será(n) suspendido(s) hasta que concurra su Apoderado a entrevista con la Coordinación Académica (la suspensión no excederá los 5 días), quedando consignada la situación en su Hoja de Desarrollo Personal y Social. El estudiante deberá repetir la evaluación en fecha estipulada, la cual será aplicada con un 80% de exigencia para la nota de aprobación. En caso de no presentarse a dicha repetición podrá ser calificado con nota 1,0 (uno coma cero). El alumno que no asista a pruebas calendarizadas por segunda vez, no se podrá reincorporar a clases mientras no haya rendido la o las pruebas pendientes; se constatará el hecho en la Hoja Registro de Observaciones del Libro de Clases y sólo podrá reincorporarse a clases con su Apoderado, quien firmará la observación correspondiente en el Libro de Clases. En este caso, el alumno deberá rendir la o las evaluaciones pendientes en el momento de su reintegro, con una escala de exigencia de un 80%. Si la conducta descrita en el párrafo anterior se repite, constituirá una falta grave, conforme al Reglamento Interno y Convivencia Escolar. 10) La no entrega de trabajos evaluados en el plazo estipulado y sin ninguna justificación, será sancionada con la pérdida del 20 % del puntaje asignado. El Profesor responsable de la asignatura otorgará un nuevo plazo para la presentación del trabajo, que no puede ser mayor a 48 horas. De no producirse la entrega en el nuevo plazo otorgado, el alumno podrá será calificado con nota 1,0 (uno coma cero). 11) Las situaciones explicitadas en los n 8, 9 y 10 se asumen como de rendimiento, por lo que pueden ser calificadas. 12) En el caso de inasistencia a una evaluación sin justificación válida, se aplicará una evaluación con un porcentaje de exigencia de un 80%. Se considerará justificación válida la presentación de un certificado médico, o justificación personal del apoderado, en cuyo caso se recalendarizará la evaluación de común acuerdo entre Profesor de asignatura y/o Coordinación Académica y el estudiante, siendo citado a rendir la evaluación en día y horario distinto al de clases normales. 13) Los alumnos no podrán ser retirados por el apoderado del establecimiento al existir una evaluación de cualquier tipo. No obstante lo anterior, siendo una situación de carácter médico, deberá presentar el certificado correspondiente, al día siguiente, acordando la nueva fecha de la evaluación. 14) A los alumnos suspendidos en el día de la evaluación, se les dará la posibilidad de rendirla con posterioridad, con un nuevo instrumento. En algunos casos determinados por Coordinación 4

5 académica, la evaluación podrá ser tomada el mismo día, pero en el primer bloque de clases para que luego si inicie la suspensión propiamente tal. 15) Una vez por trimestre se aplica una prueba de los contenidos tratados durante éste, que recibe el nombre de prueba de síntesis, con la intención de verificar el logro de los objetivos de aprendizajes de cada trimestre, y de acuerdo a exigencias ministeriales de medición de logros de dichos objetivos. Serán aplicadas a los estudiantes entre 1º Básico a 4º Medio (NB1 a NM4) en determinadas áreas definidas en los artículos siguientes. Estas evaluaciones serán calendarizadas por Coordinación Académica. Los cursos no podrán tener más de una evaluación de éstas por día. Los alumnos de 4 Medio quedan exentos de la rendición de la evaluación de síntesis en todos los trimestres. 16) Las Pruebas de Síntesis de los estudiantes de 1º a 8º Básico se aplicarán en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia Geografía y ciencias Sociales, Ciencias Naturales e Inglés. Los estudiantes de 1º y 2º Medio darán Pruebas de Síntesis en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia, Biología, Física, Química e Inglés. Los alumnos de 3º medio darán Pruebas de Síntesis en las asignaturas de Lengua Castellana y Comunicación, Matemática, siendo optativa la de Historia y Ciencias Sociales y una prueba de Ciencias (Biología, Física, Química). Los alumnos no podrán eximirse de la prueba de síntesis. Los resultados de la evaluación se tabulan de acuerdo a objetivos, lo que arroja niveles de logro. El aprendizaje esperado que arroje un nivel de logro insuficiente (menos del 60% del grupo curso) es reforzado durante la primera semana del trimestre que sigue y en el caso del tercer trimestre se retoma como unidad cero el año siguiente 17) El alumno que no se presente a la prueba de síntesis, sin mediar justificación válida, podrá ser evaluado con nota mínima (1.0). El plazo para justificar será de 24 hrs. a contar de la fecha de la prueba. 18) El Colegio se reserva el derecho de aplicar evaluaciones externas y/o internas en los diferentes niveles y asignaturas con el objetivo de medir los niveles de logro institucionales, para orientar la toma de decisiones, pudiendo constituir una calificación en el período evaluado. 19) Para el cálculo de la calificación final, en todas las asignaturas o actividades de aprendizaje desde 1 básico a 4 medio, se considerará el promedio de los tres trimestres. 20) Tanto para el cálculo del promedio trimestral como para el promedio de los 3 trimestres y la calificación final, se procederá calculando con centésimas que se aproximarán al decimal superior cuando sea igual o superior a 0,05 (ejemplo: 4,45= 4,5; 6,34= 6,3). 21) Los Objetivos de Aprendizaje Transversales y Objetivos Fundamentales Transversales, constituyen el conjunto de valores e ideales nacionalmente compartidos y que son parte también, de la identidad de nuestro Proyecto Educativo Institucional y que están referidos al desarrollo personal, intelectual, moral y social de los estudiantes. La evaluación de ellos se comunicará a través del Informe de Desarrollo Personal y Social, el cual será entregado a los padres y apoderados al término de cada semestre. 22) Estos objetivos serán expresados a través de diferentes indicadores organizados en tres núcleos y evaluados a través de los siguientes conceptos: a. Siempre: Permanencia y continuidad en la demostración de la conducta. b. Generalmente: La conducta se manifiesta en forma frecuente. c. Ocasionalmente: La conducta se manifiesta sólo a veces. d. Nunca: La conducta no se manifiesta en el estudiante. 23) Esta evaluación no incide en la promoción escolar, pero si puede afectar la condicionalidad del estudiante o la renovación de la matrícula para el año siguiente. 24) La situación de final de trimestre debe quedar resuelta a más tardar las dos primeras semanas del siguiente período. Es facultad de Coordinación académica cerrar el trimestre, en caso de ser 5

6 necesario. DE LA CALENDARIZACIÓN 25) La Rectoría del Instituto San José, asesorada por Coordinación Académica, decidirá, previo conocimiento de la opinión del Consejo General de Profesores, la planificación del proceso de evaluación y la determinación de todos los aspectos administrativos y técnicos complementarios. 26) Se hará entrega de un calendario de evaluaciones trimestral desde 5 a 4 medio, donde se registran todos los procedimientos para evaluar a los alumnos, y es para todas las asignaturas. Es responsabilidad del profesor de asignatura informar a Coordinación Académica. En el caso del primer ciclo básico, el calendario de evaluaciones será coordinado por el profesor jefe y enviado semanalmente. 27) En caso de inasistencia prolongada de una alumno(a) por causa justificada previamente, es responsabilidad de Profesor Jefe derivar a Coordinación Académica para recalendarizar las evaluaciones y tareas pendientes. DE LA COMUNICACIÓN Y CERTIFICACIÓN 28) Los resultados de las evaluaciones, durante el proceso enseñanza aprendizaje, serán comunicados mensualmente al apoderado por medio de un Informe de Calificaciones, el que será entregado en reunión de apoderados, en entrevista y publicados en la plataforma 29) El profesor es el responsable de mantener al día el registro de todas las calificaciones de su asignatura, tanto en el libro de clases, como en la plataforma, para lo cual los profesores cuentan con diez días hábiles posterior al momento de la evaluación. El profesor Jefe, es corresponsable, por lo que debe velar que en cada reunión existan registros de calificaciones para informar a los padres, madres y apoderados. 30) El establecimiento educacional, al término del año escolar, extenderá a sus alumnos un certificado anual de estudios en donde se indicarán las asignaturas o actividades de aprendizaje estudiadas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. Además, se entregará un informe de desarrollo personal y social que incluye la evaluación de los Objetivos Fundamentales Transversales, en donde se encuentran los principales aspectos formativos relacionados con el perfil del alumno del Colegio Instituto San José. 31) Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar consignarán en cada curso, y por alumno: los nombres completos, la cédula nacional de identificación, el sexo, la fecha de nacimiento, comuna de residencia, las calificaciones finales obtenidas en cada asignatura o actividades de aprendizaje, el porcentaje anual de asistencia, la situación final y en el reverso del acta, el rol único tributario de cada uno de los profesores y éstos firmarán en el correspondiente subsector, asignatura o actividad de aprendizaje del plan de estudios que aplica el Instituto. 32) Las actas se imprimirán de la plataforma que el Ministerio de Educación disponga y se conservará un ejemplar en el archivo del Colegio Instituto San José. 33) Así mismo, se enviará mediante métodos electrónicos la información de las actas, al Mineduc, utilizando los medios que el Ministerio de Educación determine. V. PROMOCIÓN ESCOLAR 1) Serán promovidos todos los alumnos de 1º Año de Enseñanza Básica, hasta 4 Año Medio, que hayan asistido, a lo menos al 85% de las clases. No obstante, La Rectoría del establecimiento, previo informe del Profesor Jefe, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. 2) Para la promoción de los alumnos de 1º hasta 8º año de Enseñanza Básica, y 1 a 4 año de enseñanza media, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de las asignaturas o actividades de 6

7 aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases: a) Respecto al logro de los objetivos: a.1) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas y actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. a.2) Serán promovidos de los cursos de 1º hasta 8º año de enseñanza básica y 1 a 4 año de Enseñanza Media que no hubieren aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logros corresponda a un 4,5 o superior, incluido el no aprobado. a.3) Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 1º hasta 8º año de enseñanza básica y 1 a 4 año de Enseñanza Media que no hubieren aprobado 2 asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 ó superior, incluido los no aprobados. Sin embargo los alumnos de 3 y 4 año medio de enseñanza media que hubiesen reprobado dos asignaturas y uno de ellos correspondiese a Lenguaje o Matemática, deberá obtener un promedio general igual o superior a 5.5. b) Respecto a la asistencia: b.1) Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el Calendario Escolar Anual. b.2) No obstante por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, como embarazos, Servicio militar, Becas, ausencias prolongadas o finalización anticipada, La Rectoría del establecimiento, previo informe del Profesor Jefe, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia. En el 2º Ciclo Básico (de 5º a 8º año) y Enseñanza Media esta autorización deber ser refrendada por el Consejo de Profesores. c) Cuando el alumno obtenga como calificación final un 3,9 en una asignatura o actividad de aprendizaje y esta incida en la promoción del alumno, podrá rendir una nueva evaluación que definirá la condición limítrofe de esta nota, pudiendo obtener como calificación definitiva máxima un 4,0, si aprueba la evaluación o una mínima de 3,8 si reprueba. Los alumnos que tengan cuatro o más asignaturas en esta situación, repetirá el curso automáticamente. d) La calificación obtenida por los alumnos en Religión, no incidirá en la promoción. 3) Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos. El Director (a) del establecimiento de que se trate y el Profesor (a) Jefe del respectivo curso podrán autorizar la promoción de alumnos (as) con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el (la) Director (a) del respectivo establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los alumnos (as) afectados (as), no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Además, para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno (a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. Si esta estrategia conjunta no da resultados positivos en el rendimiento entonces se resuelve la repitencia del estudiante. 7

8 Todas las situaciones de evaluación y promoción de los alumnos de 1º Año Básico a 4 año de Enseñanza media, deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente. VI. NORMAS COMPLEMENTARIAS. 1) En relación a los estudiantes con problemas de adaptación escolar, el Colegio podrá aplicar un proceso de seguimiento y apoyo pedagógico tendiente a facilitar la superación de problemas de rendimiento y/o conducta que consistirá en: a.- Entrevistas con el Profesor Jefe, Orientador, Psicopedagoga, Coordinación Académica. b.- Actividades de reforzamiento con un compromiso del estudiante y de su Apoderado. c.- Derivación a otros Profesionales Especializados, si se estima necesario. 2) Los alumnos que estén en condición de repitencia por segunda vez en Enseñanza Básica o segunda vez en Enseñanza Media, no tendrán derecho a matrícula para el año siguiente. 3) Aquellos estudiantes que se incorporen durante el año escolar, deberán presentar las calificaciones del establecimiento de origen, las cuales serán incorporadas en las asignaturas correspondientes y serán consideradas para todos los efectos en la promoción final. 4) Tener presente que es el Ministerio de Educación quien resuelve por intermedio de la Dirección de Educación que corresponda, las situaciones y criterios de convalidación de estudiantes que hayan realizado estudios en el extranjero. 5) La Rectoría del Colegio con el Consejo Directivo y consultado el Consejo de Profesores, resolverá las situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del período escolar correspondiente, tales como: estudiantes que deban cumplir con el Servicio Militar Obligatorio, enfermedad prolongada, embarazo, ausencias por traslados al extranjero y otras situaciones similares. 8

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