REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR AÑO 2017
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- Sergio Ortíz Márquez
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1 REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR AÑO 2017 Una persona demuestra sus valores por el modo en cómo trata a los demás
2 REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR AÑO 2017 DECRETO 511 DE I. INTRODUCCION EL Objetivo de este documento es reglamentar el proceso de evaluación de la escuela San Alberto, considerando las disposiciones emanadas de la Autoridad Ministerial de Educación, de acuerdo a los principios y valores dado en el PEI de este Establecimiento Educacional y basado en los objetivos planteados en las políticas educacionales chilenas. II. DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente Reglamento se aplicara en el Establecimiento a contar del año lectivo El presente reglamento se basa en el decreto 511 de sobre evaluación y promoción escolar. 3. Lo dispuesto en el siguiente reglamento será dado a conocer a todos los padres y apoderados del Establecimiento y a la dirección provincial correspondiente. 4. Lo dispuesto en este Reglamento de Evaluación será aplicado desde 1º a 8º año de Educación General Basica. 5. Los alumnos y alumnas serán evaluados en periodos semestrales. III. DE LAS CALIFICACIONES 1. Los alumnos y alumnas serán calificados en todas las asignaturas del plan de estudio vigente excepto Orientación. 2. Las calificaciones de los alumnos y alumnas en la asignatura de Religión no incidirán en su promedio de notas y promoción final. No obstante será evaluado formativamente con los conceptos I,S,B y MB. 3. Los alumnos/as serán calificados en cada uno de las asignaturas o actividades de aprendizaje utilizando la escala numérica de 2.0 a Las calificaciones deberán referirse solamente al rendimiento escolar, considerando para ello el aprendizaje de conocimientos, desarrollo de habilidades, destrezas y aptitudes. 5. Las evaluaciones, pruebas o trabajos serán ponderados con una escala de 60% para la nota La calificación en la asignatura de Religión se registrara en el libro de clases y en el acta, con concepto y de acuerdo a la siguiente escala: 6.0 a 7.0 Muy Bueno MB 5.0 a 5.9 Bueno B 4.0 a 4.9 Suficiente S 2.0 a 3.9 Insuficiente I
3 7. El número mínimo de calificaciones a registrar en el libro de clases, según cantidad de horas semanales de cada asignatura que corresponderán a las calificaciones coeficiente uno será el siguiente. N DE HORAS SEMANALES CANTIDAD MINIMA DE CALIFICACIONES 2 a 4 hrs. 4 calificaciones 5 a 6 hrs 6 calificaciones 7 a 8 hrs. 8 calificaciones El número máximo de calificaciones parciales por semestre será de diez. 8. Las calificaciones deberán ser registradas en los libros de clases con lápiz azul y no podrán ser modificadas o anuladas por el profesor, cualquier situación especial debe ser conversada con UTP. la que deberá dejar sobre la corrección su firma y timbre. 9. El promedio semestral y final se expresara con un decimal, efectuando la aproximación de la centésima a la décima más cercana. 10. La calificación 3,9 no podrá ser registrada como promedio final de una asignatura por ser una nota límite. En el caso de que un alumno obtenga promedio 3,9 y esté repitiendo, el procedimiento a ejecutar para determinar la nota promedio será la aplicación de un instrumento evaluativo adicional en la asignatura evaluada. 11. La Escuela entregara un informe de notas mensuales a los apoderados 12. Los objetivos transversales no incidirán en la promoción escolar de los alumnos/as. El logro de ellos se registrara en el Informe de Desarrollo Personal y Social que se entregara semestralmente. IV. INSTRUMENTOS DE EVALUACION PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA CALIFICACION FINAL DE LOS ALUMNOS 1. El proceso de evaluación se realizara utilizando diversos instrumentos de evaluación. 2. Se aplicaran durante el primer y segundo semestre a los alumnos/as calificaciones parciales coeficiente uno, las que se planificaran al inicio de cada periodo, considerando las autoevaluaciones y coevaluaciones. 3. El diseño de los instrumentos de evaluación, deberán atenerse a las instrucciones emanadas por UTP y consensuadas en consejo de profesores. 4. Cuando un docente asigne a los alumnos un trabajo practico o de investigación etc., deberá hacer entrega de una pauta para su desarrollo, la bibliografía correspondiente u otra fuente de información y a la vez dar a conocer la pauta de evaluación para dicho trabajo. 5. Las inasistencias a pruebas estarán reglamentadas de 1ª a 8ª básico de la siguiente forma:
4 a) Todo alumno que no asista a evaluaciones previamente fijadas teniendo conocimiento de aquello, deberá justificar su inasistencia con el apoderado en un plazo de 24 horas, solo así podrá rendir dichas evaluaciones en la clase siguiente o cuando lo determine el profesor de la asignatura. Ningún alumno podrá ser evaluado en ausencia. b) En aquellos casos en que el apoderado no justifique oportunamente, la inasistencia a evaluaciones, el alumno no rendirá dicha evaluación y será evaluado con nota mínima que establece el reglamento. c) El alumno que no asista por motivos de salud por un espacio de 10 días o más, constatando con Certificado Médico, fijara de común acuerdo con UTP, un calendario de pruebas, para rendir en nuevas fechas los instrumentos de evaluación aplicados en su ausencia. De reiterarse esta situación, se procederá a fijar con un plazo de 24 horas las fechas que tendrán carácter de definitivas. d) En caso de enfermedad repentina del alumno, antes de la prueba, se aplicaran las disposiciones estipuladas en el punto a. e) En caso de suspensión a clase por motivos de conducta, atrasos y otros, el alumno deberá rendir la prueba en la primera clase de la asignatura correspondiente. f) En aquellos casos en que el alumno, se niegue a rendir una evaluación encontrándose en la escuela, el docente deberá registrar dicha observación en su hoja de vida y se calificara con nota 2.0 previa notificación a encargada de UTP g) Si en el trascurso de la aplicación de un instrumento, un alumno (a) fuere sorprendido (a) o en una actitud que merezca sospecha en la honradez del trabajo individual, se les llamara la atención y en caso de reiteración se retirara el instrumento evaluativo, y tomara en cuenta lo que tiene desarrollado hasta ese momento del retiro de la evaluación. EVALUACION DIFERENCIADA Se aplicara Evaluación Diferenciada a todos aquellos alumnos / as pertenecientes al Programa PIE, tanto transitorios como permanentes. Los alumnos con diagnostico permanente podrán optar por la eximición de la asignatura de inglés. El tiempo de aplicación de esta evaluación diferencial, así como de apoyo pedagógico, podrá ser semestral o anual, dependiendo del desarrollo y avance de los casos. En el proceso de evaluación se utilizaran diversos tipos de instrumentos o procedimientos de evaluación, según sea recomendado por el Consejo de profesores y especialistas. Así mismo los niveles de dificultad serán diferenciados, según sea el caso. Todo programa de apoyo así como proceso de evaluación diferenciada, deberá referirse a los objetivos y con temas establecidos en el PEI del establecimiento. La escuela requerirá el compromiso de la familia de apoyar al alumno con atención de especialista externo, el cual deberá informar de esta semestralmente, hasta lograr la meta ideal de un suficiente dominio de los aprendizajes con deficiencia.
5 V. PROMOCION Para los efectos de promoción se consideran la asistencia y rendimiento de los alumnos y alumnas. ASISTENCIA Serán promovidos todos los alumnos /as de 1 a 8 año de Enseñanza Básica, que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el periodo lectivo. Sera facultad del Director y consejo de profesores el autorizar la promoción de los alumnos que tengan un porcentaje menor de asistencia, fundada en razones de salud u otras debidamente fundamentadas con certificación médica y que demuestren estar capacitados para ser promovidos. Articulo N 2-11 y 12. No obstante la Dirección del establecimiento en consejo de profesores podrá decidir de acuerdo a las evidencias presentadas por el profesor jefe, no promover a aquellos alumnos /as de 1º a 8º que presenten un retraso muy significativo en los aprendizajes de programa de estudio que rigen al establecimiento y que pueden afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso siguiente. Para tomar esta medida, el colegio informara oportunamente de ello a los padres y apoderados. RENDIMIENTO Serán promovidos: Los alumnos /as de 1º a 8º año básico que hayan aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudio. Los alumnos /as de 1º a 8º año que hayan reprobado una asignatura y tengan promedio general igual o superior a 4,5 incluyendo la asignatura reprobada. Los Alumnos /as que hayan reprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general sea igual o superior a 5,0 incluyendo las asignaturas reprobadas. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las asignaturas no aprobadas se encuentren las asignatura de Lenguaje y comunicación y /o Matemática, los alumnos serán promovidos siempre que su promedio general sea de 5,5 o superior incluyendo las asignaturas no aprobadas.
6 VII. DE LOS CERTIFICADOS ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCION ESCOLAR. 1. El Establecimiento, al término del año escolar, extenderá a los alumnos/as un Certificado Anual de Estudios que indicara las asignaturas estudiadas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. 2. Las Actas de Registro de calificaciones y promoción, consignaran en cada curso tanto las calificaciones finales de cada asignatura como la situación final correspondiente a cada alumno/a. 3. El termino del año escolar, se enviaran tres ejemplares de cada Acta a la dirección Provincial de Educación correspondiente y a la Secretaria Ministerial de educación según corresponda. VI. DISPOSICIONES FINALES Es facultad del Consejo de profesores la interpretación de la normativa emanada del establecimiento Educacional y Contemplada en este reglamento, así como, el resolver las situaciones problemáticas que surjan en su aplicación y que se encuentren dentro de las facultades de los decretos respectivos. Solamente cumpliendo estos requisitos el alumno / a podrá rendir su prueba en una fecha determinada por el profesor, de lo contrario será calificado con la nota 2.0. Una persona demuestra sus valores por el modo en cómo trata a los demás
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