RESOLUCION Nº ACLA-P-D

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "RESOLUCION Nº ACLA-P-D-193-2014"

Transcripción

1 RESOLUCION Nº ACLA-P-D Ministerio del Ambiente y Energía, Sistema Nacional de Áreas de Conservación, Área de Conservación La Amistad Pacífico, San Isidro de El General, a las nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil catorce. RESULTANDO: PRIMERO: Que de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente, al Ministerio del Ambiente y Energía, le compete la administración de las Áreas Silvestres Protegidas estatales. SEGUNDO: Que el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad, delega en el SINAC la competencia de administrar las Áreas Silvestres Protegidas de carácter estatal, el cual establece que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) es un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, con personería jurídica instrumental que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas protegidas y adscrito al Ministerio del Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica. TERCERO: Que el Parque Nacional Chirripó es administrado por el Área de Conservación La Amistad Pacífico (ACLA-P), el cual se creó mediante ley Nº 5773 del 19 de Agosto de 1975, con una superficie de hectáreas, ampliado mediante Decreto Ejecutivo Nº A del 31 de marzo de CUARTO: Que el Parque Nacional Chirripó, es un área protegida que presenta una demanda turística superior a la oferta que posee, lo cual genera una fuerte presión por parte de los visitantes que desean ingresar al área silvestre protegida. QUINTO: Que para desarrollar facilidades y servicios para la atención de visitantes, el Parque Nacional Chirripó cuenta con un albergue con capacidad para sesenta personas, denominado Albergue Crestones que se ubica en la parte alta del área silvestre protegida

2 a catorce kilómetros y medio del último acceso para vehículos en la comunidad de San Gerardo de Rivas a 3400 msnm. SEXTO: Que por medio del contrato número se adjudicó la licitación pública 2013-LN para la concesión de los servicios no esenciales en el Parque Nacional Chirripó, con entrada en vigencia el 20 de Julio del 2014, para la prestación de los siguientes servicios al público: alimentación, alojamiento, transporte de equipaje y materiales, alquiler de equipo y tienda de la naturaleza. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por las condiciones del Parque Nacional Chirripó, los turistas deben pernoctar al menos una noche en el Albergue Crestones. De los sesenta espacios disponibles, ocho espacios han sido asignados para la operación del concesionario, y cincuenta y dos espacios para el alojamiento de turistas. SEGUNDO: Que como parte de la operación de los servicios no esenciales, el mantenimiento permanente preventivo y correctivo del sendero principal de acceso al Parque es responsabilidad del concesionario, aspecto que mejora la capacidad administrativa del manejo del sendero en términos de la capacidad de carga turística. TERCERO: Que el procedimiento de reservación utilizado, ha generado constantes cuestionamientos y denuncias por parte de usuarios, que desean visitar el parque, sin tener que someterse a procesos de intermediación con operadores turísticos, por lo que resulta necesario establecer un mecanismo de reservación que permita a la administración, garantizar la transparencia de los procesos y el acceso en igualdad de condiciones para todos los usuarios. CUARTO: Que los procedimientos actuales de reservación, deben actualizarse tomando en consideración la experiencia generada con el proceso anterior, previendo la entrada en vigencia del nuevo proceso de prestación de servicios por medio del concesionario, así como mecanismos tecnológicos para reservaciones en línea y procesos de cobro electrónico que se encuentran en desarrollo. Por lo tanto,

3 Se establecen las siguientes disposiciones, para el proceso de reservaciones del Parque Nacional Chirripó. Del proceso de reservaciones: El proceso de reservaciones del Parque Nacional Chirripó comprende la obligación del usuario de reservar y cancelar ante la Administración del Parque Nacional Chirripó los derechos de admisión y ante el concesionario reservar y cancelar el monto correspondiente al servicio de alojamiento. La reservación será confirmada hasta tanto el usuario complete los siguientes pasos: 1. El interesado realiza la reservación preliminar para la admisión al Parque Nacional Chirripó ante la Administración. 2. El interesado deposita en el banco, el monto exacto en el plazo establecido, de los derechos de admisión y envía comprobante de pago al encargado de reservaciones de admisión al Parque Nacional Chirripó. 3. El interesado cancela al concesionario los derechos de alojamiento en el Albergue Crestones. 4. El concesionario informa a la Administración del Parque Nacional Chirripó el pago de los derechos de alojamiento. 5. La Administración del Parque Nacional Chirripó confirma la reservación al usuario. Del procedimiento: PRIMERO: Las personas físicas o jurídicas que deseen obtener derechos de admisión para ingresar al Parque Nacional Chirripó, podrán hacer sus reservaciones únicamente a través de los medios autorizados y detallados en la presente resolución que son: 1.1. Mediante la vía telefónica, a través del teléfono Mediante la vía de reservaciones en línea, en el momento que el SINAC habilite la plataforma tecnológica correspondiente.

4 SEGUNDO: Las personas físicas o jurídicas podrán realizar una reservación para ingresar al Parque Nacional Chirripó, para un máximo de cuatro personas físicas por cualquiera de los medios autorizados. Para completar su reservación, el usuario debe aportar el nombre completo, número de cédula o pasaporte y nacionalidad de cada una de las personas que ingresarán al parque con la reservación obtenida. Así mismo, la persona que realice el trámite, debe aportar un número de teléfono y correo electrónico, a través del cual se le pueda brindar o solicitar información por parte del encargado de reservaciones. TERCERO: Las personas físicas o jurídicas, podrán realizar las reservaciones para una estadía máxima en el Parque Nacional Chirripó de dos noches y tres días en la época seca, comprendida entre los meses de diciembre a abril, y hasta tres noches y cuatro días en la época lluviosa, comprendida entre los meses de mayo a noviembre. CUARTO: Los turistas que desean ingresar al parque a caminar y que no requieren pernoctar en el Albergue Crestones, deberán cancelar sus derechos de admisión conforme al trámite de reservación indicado en la presente resolución, exceptuando lo referente al proceso de cancelación del derecho de alojamiento al concesionario. QUINTO: La persona física o jurídica que realice el trámite de reservación, deberá suministrar toda la información necesaria, solicitada por el funcionario, para completar la reservación, bajo el apercibimiento de no realizar la reservación solicitada en caso de no proporcionar dicha información. La información suministrada será manejada bajo un principio de confidencialidad con el concesionario, a quien se le trasladará la información para efectos de la contratación del servicio de alojamiento y en el caso de que el turista lo considere conveniente del resto de los servicios ofrecidos. SEXTO: Las personas físicas o jurídicas que adquieran una reservación, dispondrán de los tres días hábiles posteriores a la fecha de reservación, para depositar el monto correspondiente, en la cuenta del Fondo de Parques Nacionales, número del Banco Nacional de Costa Rica. El depósito deberá realizarse a nombre de la persona física o jurídica responsable de la reservación. En el detalle del depósito, debe indicarse además el código de la reservación, aportado por el encargado de reservaciones al momento de realizar el trámite.

5 Dentro de este mismo periodo de tres días hábiles, el usuario deberá tramitear y cancelar ante el concesionario los montos correspondientes al servicio de alojamiento en las cuentas bancarias que el concesionario disponga para ese fin. SETIMO: La persona física o jurídica deberá enviar el comprobante del depósito bancario realizado, a las oficinas administrativas del Parque Nacional Chirripó, a través del fax (506) , o bien a través del correo electrónico indicado en su momento por el encargado de reservaciones, a más tardar el tercer día hábil después de realizada la reservación. OCTAVO: No se tramitarán reservaciones cuyo monto sea menor al indicado por el encargado de reservaciones. Debe hacerse un depósito por cada reservación. Cuando el monto del depósito sea menor al indicado, la reservación no será tramitada y los espacios asignados se pondrán a disposición de otros interesados. Si por este motivo el encargado de reservaciones no puede completar el proceso de reservación, lo comunicará al interesado por medio del correo electrónico aportado. Cuando el monto depositado sea mayor al indicado, o, si por haber depositado menos dinero no se tramitó la reservación, el trámite de devolución del dinero será a gestión del interesado en primera instancia ante la Oficina de Reservaciones del Parque Nacional Chirripó y de ahí será dirigido en el trámite ante el Departamento Financiero Contable del ACLA-P y la Secretaría Ejecutiva del SINAC. Tampoco se tramitarán las reservaciones de admisión al Parque si el usuario no cancela los derechos de alojamiento al concesionario dentro de los tres días hábiles indicados en el punto sexto de este procedimiento. NOVENO: La Administración hará devoluciones de dinero pagados por motivo de reservación de admisión al Parque Nacional Chirripó, únicamente si el interesado indica por escrito que no utilizará el tiquete respectivo con quince días naturales de anticipación a la fecha de ingreso, de lo contrario no se realizará ninguna devolución. En los casos en que el banco cobre algún tipo de comisión por la transacción de la devolución, la misma

6 se les rebajará del monto a devolver. El monto de la comisión que será fijado por la entidad bancaria encargada de realizar la devolución correspondiente. DECIMO: Los turistas deberán registrar su ingreso de manera personal en la Administración del Parque Nacional Chirripó, ubicada en San Gerardo de Rivas de Pérez Zeledón, el día antes de la fecha reservada, o bien, el mismo día de ingreso. Para ello, tendrá que presentar su cédula de identidad o pasaporte, sin excepción. Este registro tendrá que realizarlo dentro de los horarios establecidos en las disposiciones generales de la presente resolución. En el momento de registrarse, se le entregará el documento original que acredita a todas las personas que hicieron su proceso mediante la misma reservación, para el ingreso al área protegida. DECIMO PRIMERO: Cuando el titular de la reservación por algún motivo no pueda asistir para retirar el tiquete de ingreso un tiquete autoriza el ingreso de hasta cuatro personas a la vez de ninguna forma afectará el ingreso de las otras personas que incluya la reservación. En ese caso, el titular de la reservación deberá enviar nota escrita que incluya su nombre, número de cédula, firma y la autorización para que se haga entrega del tiquete a una de las personas de esa misma reservación. Deberá aportar copia legible y por ambos lados de la cédula de identidad o pasaporte de quien autoriza y del autorizado. DECIMO SEGUNDO: La Administración del Parque Nacional Chirripó establecerá los dispositivos de control que considere oportunos para garantizar que el acceso al área protegida se haga una vez cancelados los derechos de admisión correspondientes. Disposiciones Generales 1.- Se definen dos temporadas para el ingreso al Parque Nacional Chirripó; la época seca se considera como la temporada alta de visitación e incluye los períodos que abarcan los meses desde diciembre hasta abril. La época lluviosa se considera como la temporada baja de visitación y abarca los meses desde mayo hasta noviembre.

7 2.- Cuando el usuario no realice el pago de los derechos correspondientes a la admisión y alojamiento dentro del tiempo establecido en la presente resolución, se cancelará la reservación realizada y se pondrá a disposición de otros usuarios. 3.- En un mismo acto, la persona física o jurídica, podrá realizar la reservación para un máximo de cuatro personas en las temporadas y periodos definidos por la administración del Parque Nacional Chirripó. 4.- En la época seca podrán realizar su reservación para un máximo de dos noches y tres días, en la época lluviosa, podrán realizar sus reservaciones para un máximo de tres noches y cuatro días en el Albergue Crestones. 5.- Para el ingreso al Parque Nacional Chirripó, se abrirán cuatro periodos de reservaciones al año, su distribución y el inicio del periodo de reservaciones se establece de la siguiente manera; a) El primer periodo comprende los meses de diciembre, enero y febrero. Las reservaciones de este periodo se inician el primer lunes hábil del mes de Octubre. b) El segundo período comprende los meses de marzo, abril y mayo. Las reservaciones de ese periodo se inician el primer lunes hábil del mes Enero. c) El tercer período comprende los meses de junio, julio y agosto. Las reservaciones de ese periodo se inician el primer lunes hábil del mes de Abril. d) El cuarto período comprende los meses de setiembre, octubre y noviembre. Las reservaciones de ese periodo se inician el primer lunes hábil del mes de Julio. 6.- El horario de reservaciones mediante la vía telefónica, será de lunes a viernes, de ocho de la mañana a doce medio día (8:00 a.m. a 12 m.d) y de una de la tarde a cuatro de la tarde (1:00 p.m. a 4:00 p.m.). Los fines de semana, días feriados establecidos por ley y asuetos declarados por el Poder Ejecutivo, no se realizarán reservaciones.

8 7.- El horario de atención al público en las Oficinas Administrativas del Parque Nacional Chirripó, será de lunes a domingo, de ocho de la mañana a doce medio día (8:00 a.m. a 12 m.d) y de una de la tarde a cuatro y treinta de la tarde (1:00 p.m. a 4:30 p.m.). 8.- La administración del Parque Nacional Chirripó pondrá a disposición de los usuarios la cantidad de 364 (trescientos sesenta y cuatro) espacios por semana para permanecer en el Albergue Base Crestones, 52 (cincuenta y dos) espacios por día, los cuales serán reservados en su totalidad mediante la vía telefónica o bien utilizando la plataforma tecnológica cuando así corresponda. 9.- De la totalidad de espacios, se otorgarán 8 (ocho) espacios por semana, para uso de la Dirección del ACLA-P, para grupos de interés que apoyan la gestión del área protegida, del ACLA-P o del SINAC. Para ello, la Dirección del ACLA-P deberá coordinar con la Administración del Parque Nacional Chirripó, la asignación de los espacios con un mes de anticipación. Cuando ello no ocurra, la Administración del área protegida, pondrá los espacios a disposición de los usuarios a través del procedimiento autorizado Para los permisos de uso aprobados por la Dirección del ACLA-P y que se encuentren vigentes, para las actividades de ecoturismo en el Parque Nacional Chirripó, se dispondrá de 15 (quince) cupos por semana conforme lo disponga la Dirección del ACLA-P. Para reservar estos espacios, el permisionario deberá coordinar con la Administración del Parque Nacional Chirripó, la asignación de los espacios con un mes de anticipación dentro de los periodos de reservación establecidos en el punto 5 de estas disposiciones generales. Cuando ello no ocurra, la Administración del área protegida, pondrá los espacios a disposición de los usuarios a través del procedimiento autorizado La Administración del Parque Nacional Chirripó dispondrá de diez (10) espacios diarios para los visitantes que deseen ingresar al parque solo por un día y que no requieran pernoctar en el Área Silvestre Protegida Para realizar los cambios de fecha de una reservación, el titular deberá hacerlo por escrito dirigido a la Administración del Parque Nacional indicando: fecha, nombre y

9 apellidos del solicitante, lugar para recibir notificaciones, indicación expresa de lo solicitado, el motivo del cambio, pruebas y firma. La falta de firma producirá el rechazo de la solicitud y el archivo del mismo. El cambio estará sujeto a disposición de espacio en la fecha solicitada o en las fechas disponibles en el sistema. En ningún caso podrá tramitarse un cambio por la vía telefónica. El cambio solamente podrá operar dentro de un mismo periodo de reservaciones según lo indicado en esta resolución y con al menos un mes de anticipación. En caso de que no haya espacio disponible para realizar el cambio de fecha, la administración no está obligada al cambio solicitado El monto por reservación del derecho de admisión que el interesado cancela, cubre solamente el derecho de ingreso diario para cada persona al Parque Nacional Chirripó conforme al decreto de tarifas vigente El pago por el servicio de alojamiento en el Albergue Crestones debe ser cancelado de forma directa al concesionario en la Oficina Administrativa que ellos establezcan para tal efecto, siempre y cuando el usuario haya hecho la reservación preliminar ante la Administración del Parque se le haya asignado el código de reservación correspondiente concluido el proceso de admisión al Parque Nacional Chirripó. El monto que debe cancelar corresponde a la tarifa establecida en el contrato de concesión. El servicio de hospedaje consiste en una cama equipada con colchón, almohada y saco de dormir con su respectiva sábana o dos cobijas con una sábana. En caso de requerirlo, el usuario podrá hacer uso del servicio de alquiler de sacos para dormir, cobijas u otros adicionales que brinda el concesionario Ningún turista podrá ingresar después de las diez de la mañana al Parque Nacional Chirripó El turista podrá ocupar el espacio correspondiente en la habitación en el Albergue Crestones a partir de las doce mediodía (12 m.d.) del día de ingreso, previo al registro que deberá realizar ante el concesionario con su firma y demás datos que se le requieran.

10 17.- Los turistas deberán desocupar el espacio correspondiente en el Albergue Crestones antes de las once de la mañana (11:00 am), completando el trámite de registro de salida correspondiente con su firma El concesionario brindará la atención al turista diariamente en el Albergue Crestones, en horario de siete de la mañana a las siete y treinta de la noche. (7 am a las 7:30 pm.) 19.- La exoneración del pago de derechos de admisión se podrá otorgar únicamente con base en lo establecido por el decreto ejecutivo correspondiente. Todo interesado en ingresar exonerado al Parque Nacional Chirripó, estará sujeto a la disponibilidad de espacio que la Administración del Parque establezca en el Albergue Crestones y deberá aportar copia de la resolución que le autoriza su ingreso. Una vez obtenidos los espacios correspondientes ante la Administración del PN Chirripó deberá cancelar ante el concecionario y en las cuentas que ellos establezcan para tal fin, los derechos de alojamiento conforme se indica en esta resolución Quien no acate las disposiciones antes mencionadas no podrá ingresar ni permanecer dentro del Parque Nacional Chirripó y en el Albergue Crestones y será expulsado del parque. De igual manera, aquellos visitantes que con sus acciones vayan en contra de lo establecido en el Reglamento de Uso Público del Parque Nacional Chirripó, también serán expulsados del área protegida El Área de Conservación La Amistad Pacífico se reserva el derecho de cerrar el ingreso de visitantes al Parque Nacional Chirripó, vía resolución administrativa motivada cuando lo considere pertinente Todo visitante que permanezca dentro del Parque Nacional Chirripó, deberá demostrar la legitimidad de su permanencia durante su estadía, presentando la documentación oficial y un documento de identificación con fotografía y conforme a los medios de control que se establezcan Todo visitante al Parque Nacional Chirripó debe acatar las disposiciones legales, técnicas y administrativas establecidas en el Reglamento de Uso Público del Parque Nacional Chirripó.

11 Disposiciones Transitorias: Primera: Para efectos del periodo de transición hacia la entrada en ejecución del contrato de Concesión de Servicios No esenciales en el Parque Nacional Chirripó a partir del 20 de Julio del 2014, se establece, por una única vez, un periodo extraordinario de reservaciones para ingreso al área protegida de la siguiente manera: Las personas que quieran ingresar al Parque Nacional Chirripó a partir del veinte de Julio y hasta el treinta y uno de Agosto del 2014 deberán hacer reservaciones de admisión a partir del veintitrés de Junio del 2014 siguiendo los procedimientos establecidos en esta resolución para tal fin. Para efectos de reservación del cuarto periodo que comprende los meses de Setiembre, Octubre y Noviembre del 2014, se aplicará las disposiciones de esta resolución iniciando el periodo de reservaciones a partir del primer lunes hábil del mes de Julio del Segunda: En virtud del contrato N Contrato para la concesión de servicios no esenciales de alimentación, alojamiento, transporte de equipaje y materiales, alquiler de equipo y tienda de la naturaleza en el Parque Nacional Chirripó del Área de Conservación La Amistad Pacífico del Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente y Energía, suscrito entre el Consorcio de las Aguas Eternas conformado por las Asociaciones de Desarrollo Integral de San Gerardo de Rivas de Pérez Zeledón, Cámara de Desarrolladores de Turismo Rural Comunitario Chirripó y de Arrieros, Guías y Porteadores de San Gerardo de Rivas y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación y la disposición de la Clausula Segunda inciso e), el servicio de alojamiento tendrá un costo de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO COLONES NETOS ( ) por noche, monto que empezará a regir para efectos de alojamiento a partir del proceso de reservación que se inicia el 23 de Junio del 2014 indicado en el transitorio primero de esta resolución. Rige a partir del 23 de Junio del 2014 Publíquese. RCHF/bvm/rnp/lsa/mejc ASP PN Chirripó* C: Archivo Lic. Ronald Chan Fonseca Director ACLA-P

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN ÁREA DE CONSERVACIÓN LA AMISTAD PACIFICO PARQUE NACIONAL CHIRRIPO

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN ÁREA DE CONSERVACIÓN LA AMISTAD PACIFICO PARQUE NACIONAL CHIRRIPO PREGUNTAS FRECUENTES ACERCA DEL PROCEDIMIENTO DE RESERVACION Qué debo hacer para visitar el Parque Nacional Chirripó? Para visitar el parque, usted debe realizar una reservación previa. La reservación

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO. A quien en adelante denominaremos como CLIENTE y la

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO. A quien en adelante denominaremos como CLIENTE y la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO CONTRATO TARJETA DEBITO CREDECOOP R. L. COOPENAE R.L. TARJETA N. NOSOTROS: CON CEDULA: [numero_tarjeta] [nombre_deudor] [cedula_deudor] A quien en adelante

Más detalles

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CAPÍTULO IX. DEL SISTEMA DE COBROS INTERBANCARIOS Sección I Definición

Más detalles

Solicitud de permisos de ingreso al Parque Nacional Isla del Coco

Solicitud de permisos de ingreso al Parque Nacional Isla del Coco Solicitud de permisos de ingreso al Parque Nacional Isla del Coco Artículo 8.- Toda persona física o jurídica, grupo organizado, empresa de turismo, investigador u otros, que deseen ingresar al PNIC podrán

Más detalles

SISTEMA DE GESTIÓN ACADÉMICA.

SISTEMA DE GESTIÓN ACADÉMICA. SISTEMA DE GESTIÓN ACADÉMICA. MANUAL DE USUARIO Módulos y funciones en Syllabus+. Sección Gestión 1 CONTENIDO GESTIÓN 1. PAQUETE DE GESTIÓN 5 2. IMPEDIMENTOS Y AUTORIZACIONES 7 2.1. IMPEDIMENTOS 7 2.1.1.

Más detalles

REGLAMENTO DE JUEGOS DE LOTERIA ELECTRÓNICA

REGLAMENTO DE JUEGOS DE LOTERIA ELECTRÓNICA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL REGLAMENTO DE JUEGOS DE LOTERIA ELECTRÓNICA CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1. Definiciones Para los efectos de la presente reglamentación, se entiende por: Junta: Junta de

Más detalles

RESOLUCIÓN No. I-68 2003

RESOLUCIÓN No. I-68 2003 RESOLUCIÓN No. I-68 2003 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 147 de 1994, modificó la integración de los organismos de la Administración central del estado y en su Artículo 4 estableció la creación de la Oficina

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE CAJA CHICA ADMINSITRACIÓN CENTRAL, ÓRGANOS ADSCRITOS Y CONSEJOS REGIONALES CAPÍTULO I

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE CAJA CHICA ADMINSITRACIÓN CENTRAL, ÓRGANOS ADSCRITOS Y CONSEJOS REGIONALES CAPÍTULO I COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE CAJA CHICA ADMINSITRACIÓN CENTRAL, ÓRGANOS ADSCRITOS Y CONSEJOS REGIONALES CAPÍTULO I ARTICULO. 1º: Disposiciones generales: Este reglamento tiene

Más detalles

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Más detalles

Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo

Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo Con el respaldo del La presente guía contiene información sobre los cambios que introduce la puesta en funcionamiento del nuevo sitio Web de

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL JUEGO LOTTO. Artículo 1 Definiciones. Para los efectos de la presente reglamentación, se entiende por:

REGLAMENTO PARA EL JUEGO LOTTO. Artículo 1 Definiciones. Para los efectos de la presente reglamentación, se entiende por: REGLAMENTO PARA EL JUEGO LOTTO Artículo 1 Definiciones. Para los efectos de la presente reglamentación, se entiende por: Junta: Junta de Protección Social. Bolsa de Premios: Monto total en premios disponibles

Más detalles

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular de las previstas

Más detalles

Reglamento Cuenta BAC Objetivos

Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio

Más detalles

DESCUENTOS PARA PAGOS DE CONTADO (UNICAMENTE PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS)

DESCUENTOS PARA PAGOS DE CONTADO (UNICAMENTE PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS) DESCUENTOS PARA PAGOS DE CONTADO (UNICAMENTE PARA LA ) PRONTO PAGO Cuando se realiza la inscripción a un curso tres (3) semanas antes de su iniciación, se otorgará un descuento del 10% Si la inscripción

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL SIP. Actualizado con las observaciones del CTSP en la 18ª Reunión.

MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL SIP. Actualizado con las observaciones del CTSP en la 18ª Reunión. MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL SIP Actualizado con las observaciones del CTSP en la 18ª Reunión. A. FUNDAMENTO LEGAL B. OBJETO C. AMBITO DE APLICACIÓN D. RESPONSABILIDAD E. CARACTERÍSITICAS DEL SISTEMA I.

Más detalles

Departamento de Diario y Archivo

Departamento de Diario y Archivo Departamento de Diario y Archivo I. Entrega de Formularios sobre marcas y otros signos distintivos El Registro de la Propiedad Industrial ofrece a sus usuarios, de forma gratuita, los formularios necesarios

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

MARCO NORMATIVO RESPONSABLE DE LA PORTABILIDAD:

MARCO NORMATIVO RESPONSABLE DE LA PORTABILIDAD: MARCO NORMATIVO De acuerdo a lo consagrado en el Artículo 22 de la Ley 1438 de 2011, la cual establece que: Todas las Entidades Promotoras de Salud deberán garantizar el acceso a los servicios de salud

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA CANCELACIÓN TOTAL DE SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LINEAMIENTOS PARA LA CANCELACIÓN TOTAL DE SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LINEAMIENTOS PARA LA CANCELACIÓN TOTAL DE SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Los presentes Lineamientos tienen por

Más detalles

REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES

REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

ANEXO II. Los datos facilitados no serán incorporados a sistemas o soportes distintos de los del responsable del fichero.

ANEXO II. Los datos facilitados no serán incorporados a sistemas o soportes distintos de los del responsable del fichero. ANEXO II COMPROMISO RELATIVO AL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL, DE OBLIGADA ACEPTACIÓN PARA AQUELLAS ENTIDADES QUE OBTENGAN LA CONDICIÓN DE ENTIDAD COLABORADORA DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA. MINISTERIO ElE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO (1 A(;O 2014. Por el cual se modifica el Decreto 2876 de 2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA. MINISTERIO ElE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO (1 A(;O 2014. Por el cual se modifica el Decreto 2876 de 2013 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO ElE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERo15 O 2 DE 2014 (1 A(;O 2014 Por el cual se modifica el Decreto 2876 de 2013 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso

Más detalles

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano 2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

Cruz Roja Costarricense Departamento de Proveeduría

Cruz Roja Costarricense Departamento de Proveeduría Indicaciones Generales 1. El formulario debe ser completado con letra clara y legible (preferiblemente en computadora o máquina de escribir), sin borrones, ni tachaduras y el mismo debe ser entregado únicamente

Más detalles

Decreto Nº 324/997. Promulgación : 03/09/1997 Publicación : 10/09/1997

Decreto Nº 324/997. Promulgación : 03/09/1997 Publicación : 10/09/1997 Decreto Nº 324/997 Promulgación : 03/09/1997 Publicación : 10/09/1997 VISTO: la creación del servicio nacional de importación, transporte, Almacenamiento y distribución de gas natural. RESULTANDO: I) el

Más detalles

El programa Denny s Fan Club Preferencial pertenece y es patrocinado por Denny s Costa Rica,

El programa Denny s Fan Club Preferencial pertenece y es patrocinado por Denny s Costa Rica, Denny s fan Club Preferencial PRIMERO: DEFINICIONES Denny s Fan Club Preferencial: El programa Denny s Fan Club Preferencial pertenece y es patrocinado por Denny s Costa Rica, Este programa consiste en:

Más detalles

Procedimiento de devolución de dineros pagados concepto de Derechos de Registros Públicos

Procedimiento de devolución de dineros pagados concepto de Derechos de Registros Públicos Página 1 de 7 1. OBJETIVO Documentar el procedimiento para la devolución de dineros pagados por por parte de los usuarios externos de la Cámara de Comercio de Montería. 2. ALCANCE Aplica desde la presentación

Más detalles

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 2 3 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un

Más detalles

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en

Más detalles

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco

Más detalles

INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a. El Pleno del Instituto Federal de Acceso

Más detalles

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito, en adelante LA ESCUELA, es una institución

Más detalles

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN EXCLUSIVA PARA CONSUMOS SUPERMERCADOS Y GASOLINERAS

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN EXCLUSIVA PARA CONSUMOS SUPERMERCADOS Y GASOLINERAS REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN EXCLUSIVA PARA CONSUMOS SUPERMERCADOS Y GASOLINERAS TITULAR, BANCO Y PARTICIPANTES 1. El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de esta promoción,

Más detalles

GESTIÓN DE ARCHIVO, CUSTODIA Y CONSULTA DE LA DOCUMENTACION DE LOS CENTROS DEL IMAS.

GESTIÓN DE ARCHIVO, CUSTODIA Y CONSULTA DE LA DOCUMENTACION DE LOS CENTROS DEL IMAS. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. GESTIÓN DE ARCHIVO, CUSTODIA Y CONSULTA DE LA DOCUMENTACION DE LOS CENTROS DEL. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS: 1. OBJETO DE LA CONTRATACION: Los centros del, debido al volumen de documentación

Más detalles

http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006

http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006 http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006 Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria

Más detalles

Política de Emisión de Cheques Cod. PP-05

Política de Emisión de Cheques Cod. PP-05 Política de Emisión de Cheques Cod. PP-05 1 Objetivos Contar con un mecanismo que establezca el control en la elaboración de los cheques de la compañía. Mantener un control de saldos reales en los bancos,

Más detalles

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto

Más detalles

Preguntas Frecuentes Pedidos en MYHERBALIFE.COM Costa Rica, Agosto-2012

Preguntas Frecuentes Pedidos en MYHERBALIFE.COM Costa Rica, Agosto-2012 Haga clic en cualquiera de las preguntas frecuentes para poder ver la respuesta a cada una. Si no puede encontrar la respuesta a su pregunta, póngase en contacto con Servicios al Asociado independiente

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO CAPÍTULO I 1. Todos los socios de la Cooperativa CACEC LTDA., podrán abrir una o varias Cuentas de Ahorro en la Institución: Las modalidades para su funcionamiento se regirán de acuerdo

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1

Más detalles

CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA EFECTUAR LAS INVERSIONES FINANCIERAS DEL INCOP CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Del ámbito de aplicación. Este reglamento establece los lineamientos para realizar las inversiones

Más detalles

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES 1. Tipo de residuos permitidos ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES El Generador podrá disponer finalmente de los residuos sólidos que genere en virtud de su actividad. Se entiende por residuo sólido toda sustancia,

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL Este documento establece el procedimiento de gestión para Nombres de Dominio y Contactos en.cl, el cual forma parte de la Reglamentación

Más detalles

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,

Más detalles

JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO DE AHORRO Y PRESTAMO UNIVERSIDAD DE COSTA RICA NORMATIVA PARA LA OPERACION DEL SISTEMA DE AHORRO CAPITALIZABLE (SAC)

JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO DE AHORRO Y PRESTAMO UNIVERSIDAD DE COSTA RICA NORMATIVA PARA LA OPERACION DEL SISTEMA DE AHORRO CAPITALIZABLE (SAC) 1. Justificación. A partir de 1990, la Junta inició la incorporación de un sistema de ahorro voluntario, que permitiera al afiliado depositar sumas en ventanilla y mediante deducción del salario, con lo

Más detalles

SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN

SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN La Ley Nº 19.934, vigente a partir del 19 de agosto de 2004, creó un sistema de Consultas y Ofertas de Monto de Pensión, con el propósito que los afiliados

Más detalles

Cómo abrir Mi Cuenta Corriente?

Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en el que el cliente se compromete a depositar dinero en la cuenta y el banco a cumplir sus órdenes de pago

Más detalles

Folleto Explicativo Tarjeta de Crédito. Según Decreto del MEIC No.35867 del 30 de marzo de 2010

Folleto Explicativo Tarjeta de Crédito. Según Decreto del MEIC No.35867 del 30 de marzo de 2010 Contenido Qué es una tarjeta de crédito?... 4 Los productos de tarjetas de crédito que ofrece el BCR son:... 4 Beneficios de las tarjetas de crédito... 4 Tasas de interés que cobra BCR para los distintos

Más detalles

REGLAMENTO DE RECAUDACIONES

REGLAMENTO DE RECAUDACIONES CORPORACIÓN DEL CONSERVATORIO DE MÚSICA DE PUERTO RICO REGLAMENTO DE RECAUDACIONES ARTÍCULO I - BASE LEGAL Este Reglamento se promulga en virtud de la Ley Núm. 141 de 9 de agosto de 1995, que establece

Más detalles

Preguntas frecuentes. Page 1 of 7

Preguntas frecuentes. Page 1 of 7 Preguntas frecuentes 1. Por qué surge la alianza entre Banco Popular y PayPal?... 2 2. Qué servicios ofrece PayPal?... 2 3. Qué beneficios se obtienen a través del uso de PayPal?... 2 4. Qué beneficios

Más detalles

NC-MONEX. Público M E R C A D O D E M O N E D A S E X T R A N J E R A S [ N O M B R E S E R V I C I O ] N O R M A C O M P L E M E N T A R I A

NC-MONEX. Público M E R C A D O D E M O N E D A S E X T R A N J E R A S [ N O M B R E S E R V I C I O ] N O R M A C O M P L E M E N T A R I A N O R M A C O M P L E M E N T A R I A M E R C A D O D E M O N E D A S E X T R A N J E R A S [ T I P O L I B R O ] Público [ N O M B R E S E R V I C I O ] NC-MONEX N O R M A C O M P L E M E N T A R I A

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 850-1 del Estatuto Tributario EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.

Más detalles

SUMARIO. Serie C General. 25 de marzo de 2014 VIII LEGISLATURA N.º 171 ANUNCIOS

SUMARIO. Serie C General. 25 de marzo de 2014 VIII LEGISLATURA N.º 171 ANUNCIOS VIII LEGISLATURA Serie C General N.º 171 SUMARIO D E L P A R L A M E N T O D E L A R I O J A ANUNCIOS Contratación del servicio de telecomunicaciones de voz, fijas y móviles y servicios de Internet corporativos

Más detalles

Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria

Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria Eurobecas Caja Madrid 2011 Bases de la convocatoria Obra Social Caja Madrid convoca el programa Eurobecas Caja Madrid para que los estudiantes y titulados de Formación Profesional tengan la oportunidad

Más detalles

BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY

BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY Paris Corredores de Seguros Ltda., en adelante también Paris Corredores o Seguros Paris, conjuntamente

Más detalles

REGLAMENTO DE VIÁTICOS PARA VIAJES DENTRO Y FUERA DEL PAÍS

REGLAMENTO DE VIÁTICOS PARA VIAJES DENTRO Y FUERA DEL PAÍS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO REGLAMENTO DE VIÁTICOS PARA VIAJES DENTRO Y FUERA DEL PAÍS VALENCIA, ABRIL, 2002. EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO,

Más detalles

Reglamento, Requisitos del Servicio Ahorromatic

Reglamento, Requisitos del Servicio Ahorromatic Reglamento, Requisitos del Servicio Ahorromatic Primero: Propiedad del servicio: El presente servicio pertenece en forma exclusiva al Grupo Financiero BAC Credomatic. Segundo: Definiciones Para los efectos

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, sobre reversión del pago EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Más detalles

REGLAMENTO ESPECIAL DEL ADMINISTRADOR DE PROYECTOS DE TOPOGRAFÍA (APT) DEL COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS

REGLAMENTO ESPECIAL DEL ADMINISTRADOR DE PROYECTOS DE TOPOGRAFÍA (APT) DEL COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS REGLAMENTO ESPECIAL DEL ADMINISTRADOR DE PROYECTOS DE TOPOGRAFÍA (APT) DEL COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS CAPÍTULO I Del Administrador de Proyectos de Topografía Artículo 1 Para la aplicación

Más detalles

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente programa pertenece en forma exclusiva

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LA APERTURA DE UNA CUENTA BANCARIA EN CUALQUIER SUSCURSAL DE BBVA Bancomer

INSTRUCTIVO PARA LA APERTURA DE UNA CUENTA BANCARIA EN CUALQUIER SUSCURSAL DE BBVA Bancomer INSTRUCTIVO PARA LA APERTURA DE UNA CUENTA BANCARIA EN CUALQUIER SUSCURSAL DE BBVA Bancomer Estimado: Una vez que haya recibido la notificación de asignación de su beca, usted debe acudir en los siguientes

Más detalles

ASAMBLEA 2006 - DOCUMENTO N

ASAMBLEA 2006 - DOCUMENTO N 1ra. ASAMBLEA 2006 - DOCUMENTO N 4 Subsecretaría de la Gestión Pública JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución 30/2005 Créase en el ámbito de la Subsecretaría de la Gestión Pública el Programa Guía

Más detalles

1. ACCESO AL SISTEMA.

1. ACCESO AL SISTEMA. 1. ACCESO AL SISTEMA. 1.1. Cuenta de Usuario. Para tener acceso al SISTEMA DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN DE LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO DE CHIAPAS, es necesario crear una cuenta de usuario, para lo

Más detalles

TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista

TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA Datos de identificación del Accionista Nombre y apellidos o Razón Social Domicilio Personas físicas: Documento Nacional de Identidad (España), pasaporte o cualquier

Más detalles

ACUERDO NÚMERO SETENTA Y UNO LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LOS TRABAJADORES

ACUERDO NÚMERO SETENTA Y UNO LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LOS TRABAJADORES BANCO DE LOS TRABAJADORES ACUERDO NÚMERO SETENTA Y UNO LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LOS TRABAJADORES GERENCIA CORPORATIVA DE OPERACIONES GUATEMALA, MARZO 2013 Grupo Financiero 2 Gerencia Corporativa

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO MIGRACIÓN CLIENTES WEB FIDUCIARIA SUCURSAL TELEFÓNICA BANCA PERSONAS Y SUCURSAL TELEFÓNICA

PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO MIGRACIÓN CLIENTES WEB FIDUCIARIA SUCURSAL TELEFÓNICA BANCA PERSONAS Y SUCURSAL TELEFÓNICA PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO MIGRACIÓN CLIENTES WEB FIDUCIARIA SUCURSAL TELEFÓNICA BANCA PERSONAS Y SUCURSAL TELEFÓNICA 1. Qué cambios hay en la Sucursal Virtual Personas Bancolombia y en la Sucursal Virtual

Más detalles

El Registro de Asociaciones de Canarias te informa de cómo habilitar. los libros de la asociación

El Registro de Asociaciones de Canarias te informa de cómo habilitar. los libros de la asociación El Registro de Asociaciones de Canarias te informa de cómo habilitar los libros de la asociación www.gobcan.es/cpji/ripc/asociaciones Versión de julio de 2013 Cuestiones Generales Qué libros deben llevar

Más detalles

Guía General Central Directo Seguridad

Guía General Central Directo Seguridad Guía General Central Directo Seguridad Año: 2015 La presente guía ha sido elaborada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) y ofrece información básica para los participantes de Central Directo, con

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 296 Lunes 10 de diciembre de 2012 Sec. III. Pág. 84753 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 14968 Resolución de 21 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de

Más detalles

COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL PUEBLA CONVOCATORIA

COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL PUEBLA CONVOCATORIA COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL PUEBLA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO ORGANIZACIÓN ESTATAL ADHERENTE DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL El Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario

Más detalles

POLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES

POLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES POLITICAS GENERALES Grupo Loma del Norte S.A de C.V. se reserva el derecho de modificar en cualquier momento: términos, precios, condiciones y descuentos en cualquier producto, así como en promociones,

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE LEALTAD WALMART CASH.

REGLAMENTO DEL PLAN DE LEALTAD WALMART CASH. REGLAMENTO DEL PLAN DE LEALTAD DE LA TARJETA: WALMART AMERICAN EXPRESS DE CREDOMATIC: WALMART CASH. PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente programa pertenece y es promovido en forma exclusiva por

Más detalles

REGLAMENTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

REGLAMENTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN REGLAMENTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN DEL ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad y los derechos relacionados con la Promoción 4G para Todos,

Más detalles

Revisión de las Declaraciones Patrimoniales Juradas

Revisión de las Declaraciones Patrimoniales Juradas Revisión de las Declaraciones Patrimoniales Juradas El presente informe tiene por objeto poner en conocimiento de la administración los resultados de la revisión efectuada a las declaraciones patrimoniales

Más detalles

COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016

COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016 COLEGIOS MAYORES UNIVERSIDAD CARLOS III BASES DE ADMISIÓN CURSO 2015 2016 CLÁUSULA 1ª: CONDICIONES GENERALES Si deseas ser admitido en los Colegios Mayores de la Universidad Carlos III de Madrid, deberás

Más detalles

Reglamento del Programa de Lealtad: COLONES UNIVERSAL Tarjetas de Crédito UNIVERSAL PROMERICA.

Reglamento del Programa de Lealtad: COLONES UNIVERSAL Tarjetas de Crédito UNIVERSAL PROMERICA. Reglamento del Programa de Lealtad: COLONES UNIVERSAL Tarjetas de Crédito UNIVERSAL PROMERICA. Definiciones: Para los efectos de este reglamento, se establecen las siguientes definiciones: El Emisor: BANCO

Más detalles

Nº Caracas, xx de xx de 2011

Nº Caracas, xx de xx de 2011 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VICEPRESIDENCIA EJECUTIVA DE LA REPÚBLICA COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES 201 y 152 Nº Caracas, xx de xx de 2011 PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA (PROYECTO) Visto que

Más detalles

Reglamento para la promoción denominada. Financiamiento para el Pago de Marchamo

Reglamento para la promoción denominada. Financiamiento para el Pago de Marchamo Reglamento para la promoción denominada Financiamiento para el Pago de Marchamo A.- SOBRE LA PROMOCIÓN: 1. Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por el Banco Nacional de Costa Rica, a través

Más detalles

Guía para la implementación de Programas Pro Bono en las Firmas de abogados de Latinoamérica.

Guía para la implementación de Programas Pro Bono en las Firmas de abogados de Latinoamérica. Guía para la implementación de Programas Pro Bono en las Firmas de abogados de Latinoamérica. Dentro del contexto de la expedición de la Declaración Pro Bono en el año 2oo7 y su entrada en vigor paulatina

Más detalles

Introducción. Club Quinta Real es un exclusivo programa de Membresías a través del

Introducción. Club Quinta Real es un exclusivo programa de Membresías a través del Guía de uso Introducción Club Quinta Real es un exclusivo programa de Membresías a través del cual los Socios participantes adquieren Créditos de Hospedaje que pueden ser utilizados en cualquiera de los

Más detalles

ACUERDO 3 DE 2015. (febrero 17) Diario Oficial No. 49.431 de 20 de febrero de 2015 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN JORGE PALACIOS PRECIADO

ACUERDO 3 DE 2015. (febrero 17) Diario Oficial No. 49.431 de 20 de febrero de 2015 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN JORGE PALACIOS PRECIADO ACUERDO 3 DE 2015 (febrero 17) Diario Oficial No. 49.431 de 20 de febrero de 2015 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN JORGE PALACIOS PRECIADO Por el cual se establecen lineamientos generales para las entidades

Más detalles

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS POR CAJA CHICA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y ÓRGANOS DE DESCONCENTRACIÓN MÁXIMA APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA

Más detalles

REGLAMENTO DEL JUEGO PROGOL

REGLAMENTO DEL JUEGO PROGOL REGLAMENTO DEL JUEGO PROGOL Artículo 1: Del Juego denominado Progol: Progol: Es un juego que se realiza en combinación con las actividades deportivas nacionales e internacionales de fútbol, en donde el

Más detalles

MANUAL NORMATIVO DE PRÉSTAMOS ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL CIVIL NOMBRADO DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

MANUAL NORMATIVO DE PRÉSTAMOS ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL CIVIL NOMBRADO DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS MANUAL NORMATIVO DE PRÉSTAMOS ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL CIVIL NOMBRADO DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS 05 AGO 2008 1 I. GENERALIDADES 1. OBJETO Normar los procedimientos y responsabilidades

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional

Más detalles

Santa Fe Empresas. Transferencias Electrónicas de Fondos. Manual del Usuario Funciones del Cliente Marzo de 2009. Página 1 de 19

Santa Fe Empresas. Transferencias Electrónicas de Fondos. Manual del Usuario Funciones del Cliente Marzo de 2009. Página 1 de 19 Santa Fe Empresas Transferencias Electrónicas de Fondos Manual del Usuario Funciones del Cliente Marzo de 2009 Página 1 de 19 1. Contenido 2. Descripción general del procedimiento... 3 3. Funciones del

Más detalles

Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0

Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Los siguientes términos y condiciones se aplican a Europeanwebhost S.L a partir del 30 de noviembre de 2014. 1. Suscripción: Las suscripciones de

Más detalles

MANUAL INTERNO DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES FUNDACION HISPANOAMERICANA SANTIAGO DE CALI

MANUAL INTERNO DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES FUNDACION HISPANOAMERICANA SANTIAGO DE CALI PARA LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES FUNDACION HISPANOAMERICANA SANTIAGO DE CALI PRESENTACION La FUNDACION HISPANOAMERICANA SANTIAGO DE CALI, es responsable del tratamiento de datos personales. Con el

Más detalles

Boletín Oficial de Canarias núm. 153, viernes 7 de agosto de 2009 17987. Agencia Tributaria

Boletín Oficial de Canarias núm. 153, viernes 7 de agosto de 2009 17987. Agencia Tributaria Boletín Oficial de Canarias núm. 153, viernes 7 de agosto de 2009 17987 Agencia Tributaria 3183 Dependencia Regional de Recaudación. Unidad de Subastas.- Anuncio de 9 de julio de 2009, relativo a subasta

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO 4300 DE 2012 (julio 24) por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos

RESOLUCIÓN NÚMERO 4300 DE 2012 (julio 24) por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos RESOLUCIÓN NÚMERO 4300 DE 2012 (julio 24) por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos La Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades legales y

Más detalles

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS Conste por el presente documento, el Contrato de Compra Venta que celebran de una parte (((NOMBRE DE LA VENDEDOR))), empresa constituida bajo las leyes

Más detalles

RESOLUCIÓN 892 DE 2014

RESOLUCIÓN 892 DE 2014 RESOLUCIÓN 892 DE 2014 (marzo 5) Diario Oficial No. 49.088 de 10 de marzo de 2014 MINISTERIO DEL TRABAJO Por la cual se adopta el Formulario Único de Intermediarios de Seguros en el Ramo de Riesgos Laborales

Más detalles

POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE MUÑOZ TAMAYO & ASOCIADOS ABOGADOS S.A.S.

POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE MUÑOZ TAMAYO & ASOCIADOS ABOGADOS S.A.S. POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE MUÑOZ TAMAYO & ASOCIADOS ABOGADOS S.A.S. MUÑOZ TAMAYO & ASOCIADOS ABOGADOS S.A.S. (en adelante MUÑOZ TAMAYO & ASOCIADOS ABOGADOS S.A.S. o la Empresa

Más detalles

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las

Más detalles

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB Fonoweb se compromete a respetar su privacidad y la confidencialidad de su información personal, los datos de las comunicaciones y el contenido de las comunicaciones

Más detalles