Estudio de Integración Paisajística, para la instalación de invernadero de malla en una explotación agrícola de nísperos en el T.M. de Sagunt.

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1 Estudio de Integración Paisajística, para la instalación de invernadero de malla en una explotación agrícola de nísperos en el T.M. de Sagunt. SOLICITANTE: Daniel Muñoz Lara C/ Partida l Oliva bloque 6, patio E, Nº 4, Sagunt (Valencia) Autor: Ramón García Torres Ingeniero Agrónomo Nº Colegiado: 3.047

2 . INDICE: 1. INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES ALCANCE DEL ESTUDIO CONTENIDO DEL ESTUDIO DATOS DE PARTIDA DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN Y SUS ACCIONES DERIVADAS NORMATIVA, NORMAS Y SU JUSTIFICACIÓN NORMAS QUE AFECTAN EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTA NORMAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA ADECUACIÓN AL MODELO TERRITORIAL DEL PLANEAMIENTO VIGENTE JUSTIFICACIÓN DE LA ADECUACIÓN A LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO VIGENTE JUSTIFICACIÓN DE LA ADECUACIÓN AL ESTUDIO DE PAISAJE DEL PGOU DEL TM DE SAGUNT JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y SU EMPLAZAMIENTO FUENTES DE IMPACTO PAISAJÍSTICO Y VISUAL VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA VALORACIÓN DEL IMPACTO PAISAJÍSTICO Calidad del paisaje Fragilidad del paisaje Valoración de la Calidad y Fragilidad Visual EFECTO DE LA ACTUACIÓN SOBRE EL PAISAJE MEDIDAS Y ACCIONES CORRECTORAS Medidas contra el polvo Medidas contra el ruido y vibraciones Medidas de protección de la calidad del aire Medidas especificas para la protección del paisaje PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL DEFINICIÓN DE LAS UNIDADES VISUALES Unidades de Paisaje Cuencas Visuales DEFINICIÓN DE LOS PUNTOS DE OBSERVACIÓN PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAPAS DE VISIBILIDAD DOCUMENTACIÓN GRÁFICA ANÁLISIS DE VISIBILIDAD CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 1

3 1. Introducción. 1.1 Antecedentes. El presente Estudio de Integración Paisajística, se realiza con el objeto de obtener la Licencia de Obras para la instalación de un invernadero de malla (comúnmente denominado cortavientos ) en una explotación agrícola en el municipio de Sagunt, provincia de Valencia, concretamente se emplaza la actividad en la parcela nº 83, 627 y 507 del polígono 4, Paraje Codoval, de dicho municipio. Los Estudios de Integración Paisajística deben acompañar según el Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del Paisaje de la Comunidad Valenciana, a: - Los planeamientos urbanísticos de desarrollo contemplados en los apartados b, c, d y f del artículo 38 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana. - Las solicitudes de licencias urbanísticas dentro de los conjuntos y sus entornos declarados Bienes de Interés Cultural y dentro de los Espacios Naturales Protegidos. - Las solicitudes de Declaración de Interés Comunitario. - Autorizaciones y licencias en suelo no urbanizable no incluidas en los ámbitos anteriores. - Los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental. - Proyectos de infraestructuras u obras públicas. 1.2 Alcance del estudio. El paisaje es un elemento del medio natural que representa un recurso más a conservar como valor ambiental. Este estudio de integración paisajística se basa en el análisis de la adecuación de las actividades al territorio receptor y a su vez se fundamenta en el estudio de paisaje que consiste en la descripción de las Unidades de Paisaje del territorio y los Recursos Paisajísticos que las singularizan. Como dice en el Art. 31 del Reglamento de Paisaje de C.V.(Decreto 120/2006), los estudios de paisaje analizarán las actividades y procesos con incidencia en el paisaje para la Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 1

4 determinación de los objetivos de calidad paisajística y de las medidas y acciones necesarias para cumplirlos, en los ámbitos de la ordenación territorial y urbanística, cultural, medioambiental, agraria, social, turística y económica, así como en cualquier otra que pueda tener un impacto directo o indirecto sobre el paisaje. A estos efectos, aparece el concepto de Cuenca Visual, que se entiende por aquella parte del territorio desde donde es visible la actuación y que se percibe espacialmente como una unidad definida generalmente por la topografía y la distancia. La Cuenca Visual puede contener a su vez una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad completa o varias Unidades de Paisaje. La Unidad de Paisaje se define como el área geográfica con una configuración estructural, funcional o perceptivamente diferenciada, única y singular, que ha ido adquiriendo los caracteres que la definen tras un largo periodo de tiempo. Se identifica por su coherencia interna y sus diferencias con respecto a las unidades contiguas. Los estudios de integración paisajística tienen por objeto predecir y valorar la magnitud y la importancia de los efectos que las nuevas actuaciones, o la remodelación de actuaciones preexistentes pueden llegar a producir en el carácter del paisaje y en su percepción, y determinar estrategias para evitar los impactos o mitigar los posibles efectos negativos. De acuerdo con el Artículo 53 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, la descripción de la actuación objeto de Estudio de Integración Paisajística, reflejará los siguientes contenidos: - Antecedentes del plan o proyecto. Beneficios sociales, económicos y medioambientales del proyecto y las consecuencias que se producirían en caso de no realizarse. Conclusiones de posibles procesos de participación realizados. - Descripción del plan o proyecto, que incluirá como mínimo: o o Localización de la actuación y delimitación del área del estudio en planos a escala 1/ Descripción de todos los elementos que componen la actuación y que pueden afectar al paisaje, incluyendo accesos, infraestructuras, etc. Identificación de cada una de las fases de la actuación, incluyendo la fase de construcción. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 2

5 o o o Plantas, alzados y secciones de la actuación. Detalles de todos los elementos y estructuras que afectan a su apariencia externa, así como los materiales, acabados, colores y texturas. El texto descriptivo será breve y conciso limitándose a explicar y a apoyar el material ilustrativo. Asimismo, la descripción del proyecto y de todos sus elementos, tanto permanentes como temporales, se realizará tanto para la fase de construcción como para la fase de explotación, producción o funcionamiento. 1.3 Contenido del estudio. Conforme el Artículo 52, del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, el contenido del Estudio de Integración Paisajística se adaptará al tipo de proyecto y al paisaje donde se ubica, e incluirá: Plan de Participación Pública. Descripción y definición del alcance de la actuación. Delimitación del ámbito de estudio y caracterización de las Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos afectados. Planes y proyectos en trámite o ejecución en el mismo ámbito. Valoración de la Integración Paisajística o justificación del cumplimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación, y en especial del Estudio de Paisaje o Catálogo de Paisaje. La Valoración de la Integración Visual a partir de un Análisis Visual del ámbito desarrollado conforme el Artículo 36 del Reglamento de Paisaje. La identificación de los Impactos Paisajísticos y Visuales y la previsión de su importancia y magnitud. Las medidas de integración y mitigación de impactos y programa de implementación. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 3

6 1.4 Datos de partida. El terreno, objeto del presente estudio de integración paisajística, está situado en el término municipal de SAGUNT, concretamente en la parcela 83, 627 y 507, del polígono 4, propiedad del solicitante de LICENCIA DE OBRAS. Coordenadas UTM según catastro (centro de la explotación) X: Y: Huso: 30 Los linderos de la explotación agraria, de acuerdo con información catastral disponible, son: LINDE TÉRMINO MUNICIPAL POLÍGONO PARCELA DATOS DE LA FINCA Norte Sagunt Camino Datos no disponibles Norte Sagunt Datos no disponibles Norte Sagunt Datos no disponibles Sur Sagunt Camino Datos no disponibles Sur Sagunt Datos no disponibles Sur Sagunt 4 89 Datos no disponibles Este Sagunt Camino Datos no disponibles Este Sagunt Datos no disponibles Este Sagunt 4 87 Datos no disponibles Este Sagunt Datos no disponibles Oeste Sagunt Camino Datos no disponibles Oeste Sagunt Datos no disponibles Datos obtenidos de la O. V. del Catastro. La actuación prevista consiste en la instalación en dicha parcela de un invernadero de malla o cortavientos, ocupando un 97% del total de la superficie total de las tres parcelas ( m 2 ). La actividad agraria se enfocará al cultivo de nísperos de variedad Argelino. Como se puede observar en la tabla anterior y por los planos que se aporta al presente estudio, la explotación linda con caminos salvo por una parcela que está entre la parcela 627 y la 507 (concretamente es la parcela 88). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 4

7 1.5 Descripción de la actuación y sus acciones derivadas. La actividad agraria al que se refiere el presente documento comprende un terreno, tal y como puede verse en Cartografía y Planos del presente estudio, clasificado como Suelo No Urbanizable Común. Edificaciones y actividades que se realizan: - El invernadero. Este invernadero será tipo malla, de estructura metálica sencilla a base de perfiles redondos y cables de material de acero galvanizado. La explotación agraria, contará con las instalaciones necesarias para poder ejercer la actividad. ENERGÍA. Instalación Eléctrica. No existirá. AGUA. El agua utilizada procede de la red general de abastecimiento de un motor de riego, el cual pertenece a la Asociación El Amic, de Sagunt, donde el promotor posee 17 acciones de agua. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 5

8 2. Normativa, normas y su justificación. Se justifica el cumplimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de Paisaje que le sean de aplicación. 2.1 Normas que afectan en el ámbito de actuación. La clasificación del suelo urbanizable y no urbanizable en el ámbito de actuación debe acometerse de acuerdo a: o o o o La Ley estatal 6/98, sobre régimen del Suelo y Valoraciones (en adelante LS- 6/98) y su modificación del RD 4/ La Ley 16/2005, de la Generalitat Valenciana, Ley Urbanística Valenciana (en adelante LUV). La Ley 4/2004, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (en adelante LOTPP). La Ley 10/2004, de la Generalitat Valenciana, del Suelo No Urbanizable (en adelante LSNU- 10/2004). Atendiendo, ante todo, en base el Art. 13 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje y el Art. 20 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, la operación en el sector debe favorecer el desarrollo sostenible y el respeto el medio ambiente, en cuánto a que el modelo de ocupación del suelo evite aquellos espacios de mayor valoración ambiental. En cuánto al patrimonio cultural y yacimientos arqueológicos existentes, la actuación debe cumplir con lo recogido en el Art. 21 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, de Conservación y puesta en valor del patrimonio cultural. 2.2 Normas de aplicación directa. Conforme el Artículo 18, del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, las Normas de aplicación directa, son: 1. Las construcciones habrán de adaptarse al ambiente en que se sitúen. 2. No se permitirá que la situación o dimensiones de los edificios, los muros, los cierres, las instalaciones, el depósito permanente de elementos y materiales o las plantaciones vegetales rompan la armonía del paisaje rural o urbano tradicionales, o desfiguren su visión. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 6

9 3. En el suelo no urbanizable, sin perjuicio de la aplicación de las normas anteriores, serán, además, normas de aplicación directa para las construcciones y edificaciones las siguientes: a. Las edificaciones en suelo no urbanizable deberán ser acordes con su carácter aislado, armonizando con el ambiente rural y su entorno natural, conforme a las reglas que el planeamiento aplicable determine para integrar las nuevas construcciones en las tipologías tradicionales de la zona o más adecuadas a su carácter. b. No podrán levantarse construcciones en lugares próximos a carreteras, vías pecuarias u otros bienes de dominio público, sino de acuerdo con lo que establezca la legislación específicamente aplicable. 4. En el medio rural, además de la aplicación de las normas del apartado anterior serán normas de aplicación directa las siguientes: a. No podrán realizarse construcciones que presenten características tipológicas o soluciones estéticas propias de las zonas urbanas, salvo en los asentamientos rurales que admitan dicha tipología. b. Se prohíbe la colocación y mantenimiento de anuncios, carteles y vallas publicitarias, excepto los que tengan carácter institucional o fin indicativo o informativo, con las características que fije, en su caso, la administración competente o, tratándose de dominio público, cuente con expresa autorización y no represente un impacto paisajístico. c. Las nuevas edificaciones deberán armonizar con las construcciones tradicionales y con los edificios de valor etnográfico o arquitectónico que existieran en su entorno inmediato. Además, deberán tener todos sus parámetros exteriores y cubiertas terminadas, empleando formas, materiales y colores que favorezcan una mejor integración paisajística, sin que ello suponga la renuncia a lenguaje arquitectónico alguno. 2.3 Normas de Integración paisajística. De acuerdo con el Artículo 19 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana de 2006, respecto al Alcance de las Normas de Integración Paisajística: 1. Las normas de integración paisajística se concretarán para cada unidad de paisaje a través de los instrumentos de paisaje, constituyendo los criterios a los que los planes y proyectos deberán ajustarse salvo que existan motivos de interés público generales o Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 7

10 derivados de la estructural del paisaje en dicha unidad que justifiquen su excepción, lo que deberá motivarse expresamente en el planeamiento o acto de ejecución que las excepciones. 2. El presente Estudio de Integración Paisajística se ajustará a estas normas y las desarrollará con carácter específico para cada ámbito de estudio debiendo justificar su adecuado cumplimiento mediante las acciones de protección, gestión y ordenación definidas para el ámbito de estudio. 2.4 Adecuación al modelo territorial del planeamiento vigente. El modelo territorial existente en la población de Sagunt, no se va a ver modificado por la legalización de la actividad agraria descrita, puesto que su repercusión va a ser mínima, destacando la adecuación de este proyecto dentro de las Normas Urbanísticas del municipio de Sagunt. La afección que plantea la actuación, no recoge las previsiones en materia de infraestructuras viarias, puesto que no serán afectadas las actuales. Finalmente, adecuándose al planeamiento del término, la actuación contribuye a la puesta en valor y recuperación del paisaje de la comarca puesto que su labor será la promoción de la agricultura y de la protección del medio ambiente. De hecho se protegerá en cierta medida el entorno inmediato, es decir, los cultivos vecinales y masas arbóreas que lo rodean, y que quedan incluidas en el ámbito de actuación. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 8

11 2.5 Justificación de la adecuación a la estrategia de desarrollo del planeamiento vigente. El modelo de desarrollo del término municipal de Sagunt a partir de esta afección puntual no queda alterado, y se genera a partir de los siguientes puntos fundamentales: Esta finca rústica actualmente está consolidada y contará con una instalación cuya superficie ocupada será de m 2. Los criterios aplicables en la estrategia de desarrollo del municipio de Sagunt son los definidos en la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, Ley 4/2004 de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, en concordancia con las propias directrices definitorias de evolución urbana que contiene el planeamiento vigente: Calidad de vida de los ciudadanos. Desarrollo sostenible. Asimismo, se considera que este proyecto es coherente con el modelo y estrategia territoriales del término municipal, plasmadas en las Directrices Definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y de Ocupación del Territorio, y por tanto no las contradice, y cumple con los preceptos recogidos el art. 13, Utilización Racional del Suelo, de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. Únicamente se realizará una instalación con fines agrarios la cual será un invernadero tipo malla de sencilla estructura, dedicada a la protección y buen desarrollos de los nísperos. Por todo esto la actividad propuesta facilita la buena marcha de la actividad agraria, en particular, y pone en aumento el valor del sector primario, en general. 2.6 Justificación de la adecuación al estudio de paisaje del PGOU del TM de Sagunt. Se desconoce si el PGOU vigente del término de Sagunt cuenta con un Estudio de Paisaje. El presente estudio de integración paisajística pretende ser suficiente para justificar su adecuación a este. Así se justifica la Integración Paisajística en el presente documento, o bien, se desarrollarán los instrumentos necesarios para que se dé. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 9

12 3. Justificación del proyecto y su emplazamiento. El objetivo de la actuación, es la instalación de malla para el desarrollo de una explotación agraria para el cultivo del níspero, en el Término Municipal de Sagunt, concretamente en las parcelas 83, 627 y 507 del polígono 4. Este Municipio de la comarca del Camp de Morvedre en la Provincia de Valencia, posee unas buenas comunicaciones con las principales viarias de comunicación de la Provincia. Es por estas comunicaciones y por el entorno inmediato que ocupa en la Provincia, se considera a Sagunt como el Municipios más consolidado de la comarca, siendo por tanto un importante agente dentro de la economía y la identidad local. Así, se puede decir que la actividad agraria que se desea desarrollar contribuye especialmente en el sector primario. Lo anteriormente mencionado junto con la crisis que lleva desarrollando el sector agrícola desde hace años, hace necesario y muy oportuno apoyar el desarrollo de estas actividades con el objetivo de que el sector no desaparezca, dicho sector que proporciona a la zona una identidad propia. En este sentido, cabe decir que se trata de un área de actuación antropizada con la creación de explotaciones de cultivo de regadío y en menor otras de secano. Asimismo los terrenos poseen escaso interés para la conservación, y sin limitaciones de uso. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 10

13 4. Fuentes de impacto paisajístico y visual. Para analizar estas acciones se suelen considerar las dos fases siguientes: Fase de Construcción y Fase de Funcionamiento. Las acciones y elementos susceptibles de generar impacto paisajístico durante la fase de ejecución y construcción son fuentes de impacto que tienen una duración corta. Son las siguientes: Consumo de recursos en el establecimiento del invernadero de malla. Apertura de hoyos para la instalación de cimentaciones y perfiles (tubos). Presencia de maquinaria especializada. Durante la fase de funcionamiento las acciones que se desarrollarán y son origen de impacto visual se detallan a continuación: Instalación permanente. Los posibles impactos en la modificación del paisaje que podrá recibir el medio como consecuencia de estas actuaciones, tanto en la fase de construcción como en la fase de funcionamiento, son los siguientes: Pérdida o erosión del suelo, y consecuente transformación del paisaje. Protección de la vegetación así como su desarrollo. Influencia sobre la fauna. Presencia de esta instalación agraria diseñada con un criterio acorde con las construcciones tradicionales presentes en el entorno inmediato (casetas de pozo, alquerías, casas de campo, almacenes, etc.) Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 11

14 5. Valoración de la integración paisajística. La valoración de un determinado paisaje necesita de la participación de tres fases, las cuales sirven para analizar la zona de actuación. Estos puntos de vista considerados de forma conjunta proporcionan un resultado que da una idea de la caracterización paisajística del terreno que se considera. Estas etapas son la Caracterización del paisaje, la Visibilidad (Fragilidad) del paisaje y la Valoración de este. La Valoración de la Integración Paisajística de una actuación concreta analizará la capacidad o fragilidad de un paisaje para acomodar los cambios producidos por dicha actuación,sin perder su valor o carácter paisajístico. La Caracterización del paisaje trata de describir de forma objetiva el carácter del paisaje (Calidad del Paisaje). Para ello se divide el paisaje en unidades de paisaje y se identifican los elementos que se consideran valiosos de ese paisaje (recursos paisajísticos) La Visibilidad determina la importancia relativa de lo que se ve y se percibe, y es función de la combinación de distintos factores como son los puntos de observación, la distancia, la duración de la vista y el número de observadores potenciales. La Valoración del paisaje requiere una primera valoración de la calidad paisajística y después una segunda valoración de la preferencia visual por parte del público. Definidas las tres etapas de la Valoración de Integración Paisajística hay que decir que el territorio posee unas cualidades intrínsecas residentes en sus elementos naturales o artificiales que son percibidas por el observador a través de sus mecanismos fisiológicos y psicológicos. La Calidad Visual de un paisaje concreto es la belleza del mismo paisaje asociada a esta percepción descrita; es por tanto un concepto que obedece a una respuesta subjetiva, y por tanto de difícil valoración o medición. Pese a ello, existen diversos métodos y estándares aceptados que se utilizan para realizar la valoración de la calidad paisajística de un entorno. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 12

15 En este sentido, la Valoración de la Integración Paisajística tendrá en cuenta los siguientes aspectos de los posibles impactos paisajísticos: Fuentes potenciales de impacto. Se identificarán las principales causas o fuentes potenciales de producir impactos en el paisaje. Identificación de los impactos potenciales. Caracterización y magnitud de cada uno de ellos tanto en la fase de construcción como en su funcionamiento, para diferentes horizontes temporales. Se analizarán, al menos los siguientes factores: o o o o o Escala de la actuación y la extensión física del impacto. Bondad o efecto beneficioso o adverso del impacto sobre el valor del paisaje. Incidencia, identificando los impactos directos sobre elementos específicos del paisaje y los indirectos que incidan sobre el patrón que define el carácter del lugar. Duración, diferenciando si el impacto va a repercutir sobre el paisaje a corto, medio o largo plazo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento o vida de la acción propuesta. Permanencia, o carácter reversible o irreversible del impacto sobre el paisaje. Individualidad, indicando el carácter singular o acumulativo con otros del impacto. Por otra parte, la fragilidad visual se define como la susceptibilidad de un paisaje al cambio cuando se desarrolla un uso sobre él. Expresa, por tanto, el grado de deterioro que el paisaje experimentaría ante la incidencia de determinadas actuaciones. Mientras que la calidad visual de un paisaje es una cualidad intrínseca del territorio, la fragilidad depende, en principio, del tipo de actividad a desarrollar. El espacio visual puede presentar diferente vulnerabilidad según se trate de una actividad u otra, siendo este hecho más importante para las actuaciones sobre el territorio, como sucede en este caso. Para determinar la fragilidad visual se tienen en cuenta factores como la intervisibilidad, el efecto pantalla realizado por la vegetación, la morfología del terreno, y sobre todo la accesibilidad del paisaje y el número de usuarios que pueden acceder a él. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 13

16 La valoración de la integración paisajística conllevará la clasificación de la importancia de los impactos como combinación de la magnitud del impacto y la sensibilidad del paisaje. Estos pueden ser: sustancial, moderado, leve e insignificante. Finalmente, se identificará el potencial de las medidas correctoras. Estas podrán conducir a adoptar una localización diferente, una ordenación diferente, un diseño alternativo o modificaciones del diseño para evitar, prevenir o reducir al mínimo los impactos. En la valoración se hará la predicción de la importancia del impacto al paisaje antes y después de la aplicación de las medidas correctoras. 5.1 Valoración del impacto paisajístico Calidad del paisaje. Para determinar la calidad del paisaje de la zona de actuación se utiliza una metodología basada en el análisis de las categorías estéticas del terreno, concretamente el método utilizado es el propuesto por Bureau of Land Management (BLM) de U.S.A.(1980), que lleva aplicándose largo tiempo en la planificación territorial. Los criterios de valoración de la calidad escénica aplicados por BLM, a zonas previamente divididas en unidades homogéneas según su fisiografía y vegetación, se recogen en la tabla 1. En cada unidad se valoran diversos aspectos como morfología, vegetación, agua, color, vistas escénicas, rareza, modificaciones y actuaciones humanas (acción antrópica / zona antropizada). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 14

17 TABLA 1.- INVENTARIO/EVALUACIÓN DE LA CALIDAD ESCÉNICA. CRITERIOS DE ORDENACIÓN Y PUNTUACIÓN. Según la suma total de puntos se determinan tres clases de áreas según su calidad visual: CLASE A. Áreas que reúnen características excepcionales, para cada aspecto considerado. (19-33 puntos) CLASE B. Áreas que reúnen una mezcla de características excepcionales para algunos aspectos y comunes para otros. (12-18 puntos) CLASE C. Áreas con características y rasgos comunes en la región fisiográfica considerada. (0-11 puntos) Una vez se han determinado los criterios de valoración y asignados los niveles o clases de calidad visual de un territorio se da un paso más y se establecen niveles de gestión Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 15

18 visual que determinan los diferentes grados de modificación o cambios permitidos en un territorio concreto. Para ello, previamente, se incorpora información sobre los niveles de sensibilidad individual y las zonas de alcance visual. Los niveles de sensibilidad individual y regional respecto al territorio en estudio son la actitud de los usuarios, valorada en términos de preocupación, respecto a la introducción de cambios en el paisaje, así como la intensidad de uso actual que tiene el ámbito de actuación. La tabla núm. 2 indica los niveles de sensibilidad en función de la actitud de los usuarios y la intensidad de uso del terreno. TABLA 2.- NIVELES DE SENSIBILIDAD. Las zonas de alcance visual corrigen la calidad visual según la distancia con respecto al observador, estableciendo tres clases de distancia: primer plano y plano medio (PP/PM), plano de fondo (PF), plano poco visible (PV).Las clases de gestión visual se obtienen a través de la siguiente tabla: TABLA 3.- CLASES DE GESTIÓN VISUAL. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 16

19 La clase 1 es la más restrictiva en cuanto a posibilidades de gestión y manejo, y la clase 4 la menos restrictiva. La clase 5 que no aparece en la tabla, se reserva para aquellas zonas que requieran restauración o mejora. A continuación se expone la valoración obtenida según estos criterios para la Unidad Paisajística, puesto que es la única que vamos a tratar: Unidad Paisajística CALIDAD VISUAL NIVEL DE SENSIBILIDAD C B CLASE DE GESTIÓN VISUAL 4 La calidad visual ponderada de la unidad de paisaje analizada se corresponde con la CLASE C, lo que indica que esta unidad paisajística no tiene ninguna singularidad especial con respecto al resto. La sensibilidad a la actuación es baja (B) puesto que su intensidad de uso es baja, y la actitud de los usuarios respecto este paisaje es media- baja, debido a que no es una zona que destaque paisajísticamente con respecto del territorio donde se ubica. La CLASE 4 de gestión visual indica que la zona de actuación es proclive, en términos de paisaje a sufrir determinadas modificaciones derivadas de la gestión del territorio aunque con matices ya que la calidad visual del entorno tiene aspectos singulares a considerar. Además para realizar esta afirmación se necesita integrar el análisis del paisaje desde el punto de vista de la fragilidad de este. Por lo dicho anteriormente, a parte de esta valoración se realiza otra (en el punto 5.1.3) basada en métodos cualitativos donde se valora la calidad y la fragilidad visual valorándose distintos componentes del paisaje. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 17

20 5.1.2 Fragilidad del paisaje. Para determinar la fragilidad visual de un entorno, existen una serie de factores que deben ser tenidos en cuenta. Estos se incluyen en tres grandes grupos: factores biofísicos, factores de visualización y factores histórico- culturales. Estos factores definen la fragilidad visual intrínseca del entorno considerado. Para valorar la fragilidad visual de un punto, de forma global, debe ser tenida en cuenta además la accesibilidad de la observación. Los factores que determinan la fragilidad visual intrínseca de un entorno son: Factores Biofísicos. Estos factores se derivan de los elementos característicos de cada punto: pendiente, orientación, vegetación y suelo, etc. Vegetación y suelo. Una gran densidad de vegetación, por ejemplo, disminuye la fragilidad, mientras que un contraste cromático entre suelo y vegetación la aumenta. En este sentido las situaciones de mayor fragilidad vienen definidas por manchas monocromáticas como pueden ser pinares o secanos. Pendiente. Las pendientes bajas poseen una mayor capacidad de absorción visual, y por lo tanto menor fragilidad visual. Orientación. La orientación S- W es más frágil debido a que existe un periodo mayor de iluminación de la zona. Factores de visualización. Derivados de la configuración del entorno de cada punto; entran aquí los parámetros de cuenca visual, en tamaño, opacidad y forma, así como la altura del punto respecto de su cuenca visual. Factores histórico- culturales del territorio. Esta serie de factores tienden a explicar el carácter y las formas de los paisajes en función de los procesos históricos que los ha producido y son, por tanto, determinantes en la compatibilidad de forma y función de las futuras actuaciones con el medio. Los criterios que se siguen para determinar la singularidad paisajística, y consecuentemente su fragilidad son los valores tradicionales, el interés histórico y la unicidad en edificios y parajes. Por otra parte, para determinar la fragilidad visual adquirida de un territorio debe tenerse en cuenta la accesibilidad, entendida como la facilidad de ese territorio para ser visto. La cercanía a carreteras y pueblos aumenta la fragilidad visual de forma importante por el aumento de la presencia potencial de observadores. La fragilidad visual de cada punto del territorio aumenta con la accesibilidad existente desde carreteras y pueblos, es decir, Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 18

21 cuanto mayor sea el número de veces que un punto es visto al recorrer una carretera, mayor será su fragilidad visual. Por un lado la presencia de cultivos de regadío, concretamente cultivos de cítricos y frutales, con la integración de campos en estado de abandono por la crisis del sector y las edificaciones ya existente conlleva un contraste cromático importante entre vegetación, suelo y construcciones. Otro factor a tener en cuenta es que se trata de cultivos (cítricos y nísperos) de hoja perenne, lo que disminuye la variabilidad en el contraste durante el año Valoración de la Calidad y Fragilidad Visual. La valoración se realizó sobre la Unidad de Paisaje definida a través de métodos cualitativos que evalúan el paisaje analizando y describiendo sus componentes, considerando las categorías alto (3), medio (2) y bajo (1). La ponderación y clasificación FINAL (realizando la media aritmética y redondeando a la baja) se realiza de acuerdo a los siguientes rangos de escala: Bajo: (1-1,2) Bajo- Medio: (1,3-1,5) Medio- Bajo: (1,6-1,8) Medio: (1,9-2,1) Medio- Alto: (2,2-2,4) Alto- Medio: (2,5-2,7) Alto: (2,8-3) Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 19

22 Siguiendo la ponderación y clasificación comentada, tenemos una Calidad Visual Media de nivel bajo- medio (1,3 1,5); y una Fragilidad Visual Media de nivel bajo- medio (1,3 1,5). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 20

23 5.2 Efecto de la actuación sobre el paisaje. Conforme el Artículo 50 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, una actuación se considera integrada en el paisaje si no afecta negativamente al carácter del lugar y no impide la posibilidad de percibir los recursos paisajísticos. La actividad agraria referida no supone un cambio de la clasificación del suelo contenida en el PGOU de Sagunt, tratándose en concreto de Suelo No Urbanizable Común. Esta instalación agraria que pretende consolidarse no tendrá efectos relevantes sobre el paisaje, pudiéndose considerar que está bien integrada en el paisaje del entorno. No altera negativamente la composición del paisaje o sus elementos percibidos desde los puntos de observación principales; y no tiene un contraste significativo en el entorno donde se ubica ni reduce el valor visual del paisaje. En resumen, y conforme a lo anterior, esta actividad cumple con las circunstancias que indican que existe integración con el paisaje. Por otra parte, la integración de la valoración de la calidad y fragilidad visual de la actuación tiene por resultado la definición de un paisaje de calidad visual baja- media y una fragilidad visual también baja- media. Llegando a la una valoración de la integración paisajística: LEVE. 5.3 Medidas y acciones correctoras. Conforme el artículo 56 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, cuando el Estudio de Integración Paisajística identifique impactos paisajísticos y visuales se requerirá la aplicación de las medidas correctoras necesarias para evitar, reducir o compensar cualquier efecto negativo sobre el paisaje conforme a lo determinado en el artículo 11.4 de la Ley 4/2004, de 30 de Junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, indicando en su caso, el modo de concretar las medidas correctoras o compensatorias. Incluso puede suspenderse la aprobación del proyecto o plan hasta la prestación de suficiente garantía para el cumplimiento de éstas. En este apartado se indicaran las medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos negativos significativos, así como las posibles alternativas existentes a las condiciones inicialmente previstas en la actuación. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 21

24 FACTOR Elementos y Acciones Impactantes Valoración Medidas preventivas y/o correctoras PAISAJE Instalación: Invernadero de malla. Tránsito de vehículos. Bajo No sobrepasar la altura de las plantaciones colindantes. Mantenimiento de la vegetación y del buen estado de la instalación para conseguir uniformidad. Evitar materiales reflectantes y brillantes Medidas contra el polvo. En la explotación agraria el momento en el que se generará más polvo será en el de la instalación del invernadero de malla, sobre todo en la fase de excavación y cimentación. Puede afirmarse que dicha generación es puntual y de breve duración. En el normal desarrollo de la actividad agrícola, se creará una mínima cantidad de polvo en alguna labor agraria necesaria, concretamente en alguna aplicación fitosanitaria o en la poda. Para minimizar este efecto se llevará una doble medida: se procurará regular bien la velocidad y fuerza de estas acciones reduciendo así la generación; se evitará a su vez realizarlas en días en los que las corrientes de aire son fuertes, reduciendo así la propagación al entorno inmediato. Respecto a los viales, no se alterarán y se revisará su buen estado de conservación y limpieza ara evitar generación de polvo por parte del tránsito de los vehículos que puedan entrar y salir a la explotación; y también por ello el camino de acceso a la explotación se realizará de asfalto o grava, evitando así la producción de polvo, evitando así las posibles molestias a campos colindantes Medidas contra el ruido y vibraciones No existe maquinaria fija en la instalación, por lo que el ruido y las vibraciones se limitan a la maquinaria agrícola que se utiliza para las labores de cultivo. Las actividades de este tipo se realizarán en horarios diurnos para evitar molestias en el entorno; y por sus características no superarán niveles altos de ruido ni vibración. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 22

25 5.3.3 Medidas de protección de la calidad del aire Se limitan a la búsqueda de mayor eficiencia en el uso de la maquinaria agrícola utilizada en labores de fertilización y tratamientos fitosanitarios principalmente. El principal objetivo en la lucha contra el cambio climático consiste en reducir la concentración de gases de efecto invernadero a la atmósfera, para lo cual debemos evitar la generación de emisiones de carbono mediante un uso más racional de la energía y una mayor utilización de energías limpias y renovables. Para ello debemos utilizar todas las herramientas que estén disponibles a nuestro alcance. Entre ellas se encuentra la compensación de emisiones. La compensación de emisiones de gases de efecto invernadero es un mecanismo para reducir la cantidad de gases de efecto invernadero que se emiten a la atmósfera. El funcionamiento de la compensación voluntaria consiste en calcular las emisiones realmente producidas de acuerdo a estándares internacionales, verificarlas por un organismo independiente reconocido (Entidad Operacional Designada) y compensarlas con las medidas de reducción de emisiones, medidas propuestas y avaladas por proyectos internacionalmente reconocidos y bajo el protocolo de Kioto Medidas especificas para la protección del paisaje Aunque el impacto sobre el paisaje del conjunto que compondrá el complejo agrario será bajo, tal como se ha puesto de manifiesto en el apartado, en todo caso, teniendo en cuenta las características visuales y la situación paisajística del entorno, se deben plantear una serie de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar los escasos efectos negativos existentes. Así: Diseño de cubiertas de las naves lacadas en color verde, ocre, azul, etc., evitando que sean brillantes. Estas no deben ser limpiadas por que el polvo contribuye a su oscurecimiento. En nuestro caso no existen cubiertas, solo la malla sujetada con perfiles redondos y cables de acero. El color de la malla debe ser blanco, ya que si se elije otro color más acorde con el paisaje, lo cual sería el caso del verde o similar, favorecería el aumento de temperatura dentro de la instalación, favoreciendo el efecto indeseable de floración y fructificación temprana. La malla blanca en pocos días se volverá grisácea debido a que se ensuciará de polvo y tierra, lo cual favorece una mejor integración con el paisaje si observamos los cromatismos del entorno. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 23

26 No realizar edificaciones que por su excesiva altura den síntomas de desarmonía dentro del paisaje. Con todo ello, se tiene que la actuación resultante puede asumirse desde el punto de vista del paisaje, ya que si bien un cambio en la configuración espacial de la zona es inevitable, los criterios utilizados para su diseño e implantación son aquellos que minimizan cualquier impacto que sobre el medio pudiera producirse. Por último, se realizará un seguimiento sobre la adecuación y evolución de las medidas de corrección paisajística, comprobando de la misma manera la efectividad de las actuaciones definidas en el estudio específico sobre acondicionamiento paisajístico del proyecto y proponer las modificaciones pertinentes en su caso. 6. Programa de implementación. El objetivo principal del programa de implementación o vigilancia es detectar las desviaciones ocurridas sobre las previsiones establecidas, que puedan generar efectos negativos sobre el paisaje y sean objeto de las correcciones pertinentes. Para ello se deben efectuar un conjunto de controles, observaciones, mediciones y análisis de los parámetros que permitan conocer los impactos, así como un seguimiento de las previsiones. Este programa tendrá por objeto establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidos en este Estudio de Integración Paisajística. Dado que tanto la relación actividad- medio como todo análisis predictivo, están sometidos a una incertidumbre, se justifica la necesidad de plantear un programa de seguimiento de las incidencias que vayan surgiendo. El programa de vigilancia ambiental se ha orientado para informar al Órgano Administrativo con competencia sustantiva en la materia, de cuales son los aspectos del medio y/o proyecto que deben ser objeto de vigilancia (medidas correctoras, impactos visuales, impactos de difícil cuantificación), y ofrecer a dicho órgano un método eficaz, sistemático y lo más sencillo posible. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 24

27 A continuación aparecen descritas cuales son las medidas a adoptar para llevar a cabo un programa de vigilancia ambiental que sirva para preservar el medio ambiente que puede ser afectado por el funcionamiento de la actividad agraria a instalar: En la fase de funcionamiento de la explotación, el programa de vigilancia ambiental constará de los elementos siguientes: ü Polvo y partículas en suspensión: se llevará un control para conocer el estado del terreno de las parcelas, los viales y la instalación de agua (acequias) para los riegos de verano. ü Control del consumo de recursos hídricos con periodicidad mensual. ü Comprobación semanal del vallado y del invernadero, para repararlo en caso de roturas. ü Control periódico de las emisiones a la atmósfera de los motores de combustión (maquinaria agrícola), para comprobar su eficiencia y utilidad. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 25

28 7. Valoración de la integración visual. 7.1 Definición de las unidades visuales Unidades de Paisaje. En el medio que rodea a la actividad descrita se define una Unidad de Paisaje que se caracteriza por presentar mayoritariamente terreno agrícola y campos de cultivo propios de la agricultura intensiva como son los frutales, principalmente los cítricos, y los cultivos hortícolas. El conjunto de esta tierra agrícola y cultivable, más algunas parcelas que se encuentran en situación de abandono por la crisis del sector, y diversas edificaciones años instauradas y distribuidas por la zona de forma aleatoria, proporciona homogeneidad y uniformidad a esta Unidad de Paisaje; la cual confiere al Término Municipal de Sagunt un entorno ambiental agrario y rural, típico del Camp de Morvedre. Esta realidad se puede observar en el reportaje fotográfico que forma parte de este Estudio de Integración Paisajística Cuencas Visuales. No se puede realizar una correcta caracterización del paisaje sin describir el entorno donde se pretende actuar. Las Cuencas Visuales nos muestran los rasgos característicos de este ámbito. Como se ha dicho en el punto 1.2; las Cuencas Visuales pueden contener una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad completa o varias Unidades de Paisaje. Las Cuencas Visuales del entorno de la actuación abarcan el campo visual observable desde distintos puntos de observación que se comenta más adelante. Desde estas Cuencas se alcanza la delimitación del ámbito, pudiéndose apreciar la uniformidad que aportan las distintas parcelas cultivables de la zona. Asimismo, se aprecia la planicie donde se desarrolla la actuación. En el entorno de esta planicie se aprecia las diversas viviendas de forma dispersa. En el Documento Cartografía y Planos se ve en tres planos la Cuenca Visual mediante los perfiles de tres puntos de observación (Punto 2, Perfil 1; Punto 4, Perfil 2; Punto 6, Perfil 3) que se han tomado como más representativos, son puntos de observación de distancia corta y media (ver punto 7.2). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 26

29 7.2 Definición de los puntos de observación. Los Puntos de Observación son los lugares del territorio desde donde se percibe principalmente el paisaje. Se seleccionarán los puntos de vista y secuencias visuales de mayor afluencia pública que incluirán entre otros los siguientes: Principales vías de comunicación, considerándolas como punto de observación dinámico que definen secuencias de vistas. Núcleos de población. Áreas recreativas, turísticas y de afluencia masiva principales. Puntos de observación representativos por mostrar la singularidad del paisaje. Para cada punto de observación, el análisis visual delimitará la cuenca visual o territorio que puede ser observado desde el mismo, marcando las distancias corta (hasta 200 metros), media (200 hasta 750 m) y larga (más de 750 m) desde el punto de observación. Estas distancias pueden ser modificadas de forma justificada en función del entorno. Asimismo en la elección de los puntos de observación más representativos se tendrá en cuenta el número de observadores potenciales del paisaje objeto de estudio, diferenciando la proporción de los mismos en relación con las siguientes categorías: residentes, turistas y en itinerario, y la duración estimada de la observación. Los Puntos de Observación pueden ser principales y secundarios, en función del número de observadores potenciales, la distancia y la duración de la visión. Conforme a lo anterior, para el ámbito de actuación se han considerado distintas zonas para definir los puntos de observación (ver punto 9.1 del documento): - Caminos rurales (Cami de la Costa de Volant, Camí del Corral de Ribera). - Carreteras (Antiguo Camino de Teruel). - Distintas zonas habitadas ( Viviendas dispersas y núcleo de población Sagunt y Urbanización L Alamí). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 27

30 8. Plan de Participación Pública. El Plan de Participación Pública se adjunta al presente Estudio de Integración Paisajística y obrará en el Ayuntamiento de Sagunt. Este plan debe acompañar a todo instrumento de paisaje y se va a exponer durante el periodo que marca el RPJECV, asimismo debe notificarse a los vecinos inmediatos. 9. Mapas de Visibilidad. Respecto el cumplimiento de la documentación que se cita en el artículo 57.9 b) y c) del RPJECV, se completa con esta documentación: Puntos de observación. Zonas de máxima visibilidad. Reportaje fotográfico. 9.1 Documentación gráfica. A continuación se presenta un conjunto de fotografías tomadas desde distintos puntos de observación, los cuales corresponden a zonas desde donde la actuación es visible en mayor o menor medida, o incluso nula. Desde otros puntos donde la actuación no es visible debido a la orografía existente (por ejemplo, desde el núcleo de población de Sagunt, no existe visibilidad por ello no se aporta ninguna fotografía. Dichas zonas se ha pretendido que sean representativas siendo caminos y zonas ya habitadas ya con afluencia de observadores. Igualmente se adjunta al presente estudio un plano donde viene marcado el punto de observación y la dirección desde donde se realizó la fotografía (Ver Cartografía y Planos, plano 4). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 28

31 Estudio de Integración Paisajística. Vista fotográfica desde el Pto. 1. Desde el norte. Cami de la Costa de Volant. Vista fotográfica desde el Pto. 2. Desde parcela vecina 455 y cami de la Costa de Volant. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 29

32 Estudio de Integración Paisajística. Vista fotográfica desde el Pto. 3. Desde parcela vecina 455 y cami de la Costa de Volant. Vista fotográfica desde el Pto. 4. Desde el noroeste, cami de la Costa de Volant. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 30

33 Estudio de Integración Paisajística. Vista fotográfica desde el Pto. 5. Desde camino al oeste de la finca (parcelas 83 y 627). Vista fotográfica desde el Pto. 6. Desde camino al oeste de la finca (parcela 507). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 31

34 Estudio de Integración Paisajística. Vista fotográfica desde el Pto. 7. Camino rural de acceso a caminos colindantes. Vista fotográfica desde el Pto. 8. Desde el sur, esquina de parcela 507. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 32

35 Estudio de Integración Paisajística. Vista fotográfica desde el Pto. 9. Desde Camí del Corral de Ribera, esquina con camino rural. Vista fotográfica desde Pto. 10. Desde Camí del Corral de Ribera. FINCA Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 33

36 Estudio de Integración Paisajística. Vista fotográfica desde el Pto. 11.Desde Camí del Corral de Ribera (aplicando Zoom). Vista fotográfica desde el Pto. 12.Desde Camino Antiguo de Teruel (carretera comarcal). Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 34

37 9.2 Análisis de visibilidad. Para realizar el análisis de visibilidad, se ha estudiado el terreno realizando visitas in situ y con la cartografía topográfica del emplazamiento. Los puntos de observación se han elegido como los más representativos a la hora de poder ser analizada la integración en el paisaje. Después del estudio, se puede concretar que la visibilidad es clara desde los caminos rurales colindantes y cercanos a la explotación, concretamente nos referimos a los puntos de observación 1 a 8, por encontrarse a distancia corta. Para el resto de caminos rurales desde donde es visible la finca, concretamente en la zona comprendida entre dos montañas (al norte Costa del Volant, Racó de Matoses; y al sur Racó el Romeu, Pla del Corretger y la Lloma de Caguetes), la visibilidad será menor e integrada con el restos de elementos observados (puntos 9 al 11), porque al existir vegetación arbórea, cambios de rasante y otras edificaciones como son casetas de riego y viviendas. Desde estos puntos a simple vista se detectará el invernadero de malla de las parcelas 83, 627 y 507 de forma relevante respecto al resto de construcciones que se observa en el entorno. Se muestra en Documento Cartografía y Planos: Plano 2 la Zona visible en un radio de 2 km, y tres imágenes aéreas de estudio de la cuenca visual, desde puntos diferentes, desde dos puntos en donde la explotación es visible (Plano 3.1 con radio de 2000m y 3.2 con radio de 1000m) y uno en el que no es visible (Plano 3.3 Viviendas Racó de Matoses radio 750m). Dejando a parte esta zona de observación, en cuanto nos alejamos en búsqueda de puntos con mayor número de observadores, concretamente en dirección sur, como la autovía o el núcleo urbano principal (Sagunt), queda claro que la instalación no será visible por la presencia de una montaña que oculta la visibilidad de la zona (Racó de Pesol, cantera Pedrera del Salt del Llop). Esto es constatado tras consultar planimetría de la distribución de las curvas de nivel del entorno a estudio. Un ejemplo es el punto de observación 12, desde Camino Antiguo de Teruel a la altura de la cantera Pedrera del Salt del Llop. Como se ha visto en el análisis de la fragilidad visual, a mayor distancia de núcleos de población y carreteras principales la fragilidad es reducida. También se muestra además un plano cartográfico indicando la zona teóricamente visible en un radio de mil metros. La visibilidad que tendrá la actuación, quedará bien integrada debido a la existencia de numerosa vegetación agrícola y a la presencia de las construcciones que distan menos de 1 kilómetro de la parcela. Así pues se puede decir que la misma se percibe a un nivel bajo. La Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 35

38 instalación agrícola se encuentra enclavada cercana al grupo de construcciones que están al norte, queda bien integrado en el entorno paisajístico. Hay que comentar el hecho de que la zona está antropizada y sometida a un aprovechamiento agrícola, lo cual hace que la vegetación natural tenga una extensión muy reducida, limitándose a estar presente en los dos sistemas montañosos comentados. Existe una marcada presencia de vegetación evidente y propia del entorno agrícola que impera en la zona; se observan un sinfín de campos de cultivo que mitigarán el impacto visual de la actuación. 10. Conclusiones de la Valoración de la Integración Paisajística y Visual. La actuación se integra dentro de un territorio que, aunque tiene cierto grado de calidad, no supone ninguna singularidad paisajística relevante en el entorno donde se ubica, como es el caso. Debido a la ubicación de la explotación, ésta es fácilmente percibida por un número de observadores medio- bajo, puesto que la zona visible corresponde al valle entre dos montañas a norte y sur, que únicamente es observado por los propietarios colindantes y/o vecinales así como por observadores de paso (carretera comarcal Camino Antiguo de Teruel). Esto no supone un cambio en la configuración o en la percepción del paisaje afectado, y hay que señalar que se trata de observadores cuya duración de observación es reducida. También hay que destacar que la calidad visual obtenida en la valoración del paisaje es baja- media, y no supone ninguna singularidad. Por tanto la zona es susceptible de sufrir cambios en su fisonomía sin que suponga una gran pérdida en términos de paisaje, teniendo en consideración que existen determinadas áreas que presentan una calidad del paisaje mayor que otras. Finalmente, respecto a los Recursos Paisajísticos existentes en el sector, puede decirse, que la actuación no supone un deterioro de los mismos, ni su desaparición, ni impedirá la visibilidad de los mismos. Se aporta en Documento Cartografía y Planos, Plano 5 de un Fotomontaje de cómo será el invernadero en el entorno, utilizando la vista del punto de observación 11. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 36

39 Por todo lo expuesto anteriormente se puede concluir diciendo, que los efectos negativos que causará sobre el paisaje la instalación del invernadero de malla o cortavientos, en las parcelas 83, 627 y 507 del polígono 4 del Término Municipal de Sagunt, serán escasos. De este modo resulta razonable calificarlo como paisajísticamente VIABLE con la activación de las medidas preventivas y protectoras planteadas y la puesta en funcionamiento del programa de vigilancia ambiental. Valencia, Octubre de El ingeniero Agrónomo. Fdo Ramón García Torres Colegiado Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 37

40 Planos CARTOGRAFÍA Y PLANOS. 1. Vista aérea de la zona de actuación. 2. Mapa topográfico (Zona Visible Radio= 1000 m). Análisis de visibilidad. 3.1 Zona visible 1 (Cuencas Visuales). 3.2 Zona visible 2 (Cuencas Visuales). 3.3 Zona visible 3 (Cuencas Visuales). 4. Puntos de observación (Reportaje fotográfico). 5. Fotomontaje tras la actuación. Daniel Muñoz Lara T.M.Sagunt 1

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