El Lavado de Activos en los Partidos Políticos. Heiromy Castro M.
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- José Miguel Silva Palma
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1 El Lavado de Activos en los Partidos Políticos Heiromy Castro M. Diciembre,2011
2 Introducción Qué implica anualmente el Lavado de Activos a nivel global? FMI = US$ 300 MILES DE MILLONES ONU= US$ 500 MILES DE MILLONES FMI = 2% A 5% DEL PIB GLOBAL = 8% COMERCIO INTERNACIONAL 2009 Para el 2010, FMI / ONU US$2.0 Billones
3 Introducción Veremos -Qué es el Lavado de Activos? -Fases -Ley y las 40 Recomendaciones GAFI -El Dinero Ilícito en los Partidos Políticos y Campañas Electorales -Las Personas Expuestas Políticamente (PEP)
4 Lavado de Activos...? -Es el método por el cual una persona criminal, o una organización criminal, procesa las ganancias financieras que resultan de sus actividades ilegales. -Proceso que consiste en esconder la naturaleza, localidad, procedencia, propiedad o control de los beneficios producidos por una actividad criminal, para evitar ser detectado por las autoridades competentes. A través del lavado de activos, el criminal (sea una persona, una organización o un especialista en lavado) transforma el destino original de los fondos y colocándolos o estratificándolos en la economía formal. LEY 72-02, Contra el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y Otras Infracciones Graves
5 Oficina de Prevención de Lavado de Activos y Crímenes Financiero - OPLA
6 SUJETOS OBLIGADOS Art. 38 Quedan sujetos a las obligaciones (Ley 72-02, Contra el Lavado de Activos, Arts ) Las entidades financieras legalmente reguladas; Las personas físicas o morales dedicadas al corretaje o intermediación de títulos o valores, de inversiones y de ventas a futuro; Las personas físicas o morales que intermedien en el canje de divisas (agentes de cambio, canjeadores); Banco Central de la República Dominicana.
7 SUJETOS OBLIGADOS Art.39 Se asimilarán a las instituciones financieras las personas físicas o morales que realicen, entre otras, las siguientes actividades: Operaciones sistemáticas de canje de cheques u otro tipo de valor negociable; Operaciones sistemáticas de emisión, venta o rescate de cheques de viajeros o giro postal, la emisión de tarjetas de créditos o débitos y otros instrumentos similares; Transferencias sistemáticas de fondos, sea por vía de las entidades financieras, por correos especiales, por medios electrónicos o cualquier otro medio (agentes de cambios, remesadores); Cualquier entidad que preste servicios financieros internacionales (offshore).
8 SUJETOS OBLIGADOS Art. 40 Quedan también sujetas a las obligaciones establecidas en el presente capítulo las personas físicas o jurídicas que ejerzan otras actividades profesionales o empresariales particularmente susceptibles de ser utilizadas para el lavado de activos. Se considerarán como tales: -Los casinos de juego; -Las actividades de promoción inmobiliaria o compraventa de inmuebles; -Las empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de vehículos; -Compañías y corredores de seguros;
9 SUJETOS OBLIGADOS Art. 40 -Las actividades comerciales que, atendiendo a la utilización habitual de billetes u otros instrumentos al portador como medio de cobro, al alto valor unitario de los objetos o servicios ofrecidos, o a otras circunstancias relevantes. Sin que sea limitativa, entre esas actividades figuran la compra y venta de armas de fuego, metales, artes, objetos arqueológicos, joyas, barcos, aviones; -Los servicios profesionales; -Cualquier otra actividad comercial que, por la naturaleza de sus operaciones, pueda ser utilizada para el lavado de activos.
10 REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO Constituye una obligación comunicar todas las transacciones que superen la cantidad de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$10,000.00) u otra moneda extranjera o su equivalente en moneda. Dicha comunicación se efectuara los primeros quince (15) días de cada mes, todas las transacciones en efectivo realizadas en el mes anterior. Unidad de Análisis Financiero Comité Nacional Contra el Lavado de Activos Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11 Gazcue, Santo Domingo, Rep. Dom. Sujetos Obligados
11 Sujetos Obligados REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO Se comunicaran mediante formularios o a través de soporte magnético a la Unidad de Análisis Financiero, vía la Superintendencia de Bancos, para las instituciones que estén bajo la supervisión de esta entidad. Las transacciones múltiples en efectivo realizadas en una o más oficinas de la misma entidad, que en su conjunto superen la cantidad de US$10, serán agrupadas y consideradas como una transacción única, si son realizadas en beneficio de una misma persona, física o moral, durante un día laborable. En tal caso, dichas transacciones deben ser reportadas a la Unidad de Análisis Financiero como actividad sospechosa.
12 REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO Sujetos Obligados REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO Enviar Enviar a: a: Unidad de Análisis Financiero Comité Nacional Contra el Lavado de Activos Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11 Gazcue, Santo Domingo, D.N. Teléfono: (809) Fax: (809)
13 Sujetos Obligados REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS Son consideradas transacciones sospechosas aquellas efectuadas o no que sean complejas, insólitas, significativas frente a todos los patrones de transacciones no habituales Deben examinar, con especial atención, cualquier operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar vinculada al lavado de activos. Estas transacciones serán reportadas para fines de investigación a la Unidad de Análisis Financiero..
14 Sujetos Obligados REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS En estos casos, el sujeto obligado deberá requerir información al cliente sobre el origen, el propósito de la transacción y la identidad de las partes involucradas en la misma. Tendrán que ser reportadas, dentro de las veinticuatro (24) horas, a partir del momento en que se efectúe o intente efectuarse la transacción, a la Autoridad Competente;
15 Sujetos Obligados REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS Enviar a: Unidad de Análisis Financiero Comité Nacional Contra el Lavado de Activos Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11 Gazcue, Santo Domingo, D.N. Teléfono: (809) Fax: (809)
16 Base Legal Sujetos Obligados Ley 72-02, Contra el Lavado de Activos Decretos y Ley , Monetaria y Financiera Ley 92-04, de Prevención de Riesgo para Entidades de Intermediación Financiera Convención de Viena, de 1988 (ONU), Ratificada Convención Interamericana Contra la Corrupción, Ratificada el 20/11/98 (OEA)
17 Sujetos Obligados Base Legal Convención Internacional Contra la Delincuencia Organizada (ONU) Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (Mérida) Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
18 Documentos Sujetos Obligados 40 Recomendaciones del GAFI 25 Normas de Basilea (Norma 18) Normas de Debida Diligencia y Mejores Prácticas del Comité de Basilea Guía para la Prevención del Financiamiento del Terrorismo (GAFI) Normas de Cumplimiento Bajo la Nueva Metodología de Evaluación FMI-BM-GAFI Reglamento Modelo del CICAD-OEA
19 PEP s Ver Instructivo Conozca su Cliente Res Se requiere de una debida diligencia ampliada. Identificar al tenedor de la cuenta y al dueño o beneficiario. Buscar información directamente del individuo sobre posible estatus como PEP. Identificar el país de residencia del tenedor de cuenta. Obtener información sobre empleo u otra fuente de fondos. Revisar referencias para determinar si es o ha sido un PEP. Identificar la fuente de su riqueza negocios. Obtener información de familiares inmediatos o asociados cercanos que tengan autoridad para realizar transacciones en la cuenta. Determinar el propósito de la cuenta y el volumen esperado y naturaleza de la actividad de la cuenta. Hacer esfuerzos razonables para revisar fuentes públicas de información.
20 Encuesta Global Anti-Lavado de Dinero 2007: Como los bancos enfrentan el reto, por KPMG Intenational.
21 Consecuencias del Lavado de Activos Efectos Económicos Perdida de Control de la Política Económica Distorsión Económica e Inestabilidad Perdidas de Rentas o Ingresos Públicos Riesgos para los Esfuerzos de Capitalización Falta de Credibilidad Debilitan la Integridad de los Mercados Financieros Expansión de la Pobreza
22 Consecuencias del Lavado de Activos Efectos Sociales Impunidad Falsos Valores Engaños y Fraudes Violencia Ingobernabilidad
23 CONCLUSION
24 EL PROBLEMA DEL CRIMEN ORGANIZADO 24
25 EL PROBLEMA DEL CRIMEN ORGANIZADO 25
26 El Dinero Ilícito tiende a financiar, mas que a los Partidos Políticos, a sus Campañas Electorales. Qué Busca el Crimen Organizado y los Lavadores de Activos?? Permear para INDULGENCIA IMPUNIDAD
27 Riesgo Balance entre Riesgos y Controles Kroll + Implementar controles Asegurar su eficiencia - Proponer mejoras al control Evaluar costo-eficiencia de los controles - Control +
28 Realizar la Debida Diligencia: -Conozca a su Cliente -Conozca a su Empleado Han Evolucionado a: -Conozca sus RIESGOS (Productos, Geográficos, Clientes y Empleados) Informar oportunamente los Reportes de Transacciones Sospechosas, dar especial atención a las transacciones inusuales, así como remitir a tiempo los Reportes Diarios, Mensuales o a Requerimiento Monitorear a los clientes, cuentas y productos de alto riesgo. Hacer la clasificación en función de la naturaleza de la actividad del cliente y de los listados internacionales Implementar un programa de entrenamiento periódico, en relación a políticas preventivas, para todo el personal. Así como procurar y diseminar información de las nuevas tipologías y productos Establecer un sistema de Control Interno eficiente, de acuerdo a las normas legales y las mejores practicas, así como supervisar su aplicación
29 Recomendamos: Financiamiento de los Partidos Políticos en Latinoamérica PABLO GUTIÉRREZ DANIEL ZOVATTO Coordinadores Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral Organización de Estados Americanos Universidad Nacional Autónoma de México 2011 Para el Análisis de la Republica Dominicana, ver desde las Páginas , de la autoría de Francisco Cueto.
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31 MUCHAS GRACIAS!!!!
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