Manual de Normas y Procedimientos Administrativos Sobre Modificaciones Presupuestarias
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- Juan Vicente Quiroga Toro
- hace 5 años
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Transcripción
1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2439, Ordinaria, celebrada el día veintinueve de abril de dos mil quince, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley de Universidades y el Reglamento de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, APROBO: Manual de Normas y Procedimientos Administrativos Sobre Modificaciones Presupuestarias 1/33
2 BASE LEGAL Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (Gaceta Oficial No Extraordinaria de fecha 24/03/2000). Artículos 109, 311 y 314. Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP) (Gaceta Oficial Extraordinaria No de fecha 19/11/2014). Artículo: 50, 57 Reglamento No. 1 de la LOAFSP, relativo al Sistema Presupuestario. (Gaceta Oficial No Extraordinaria de fecha 12/08/05). Capítulo II. Artículos: 8 y 9. Capitulo III. Sección Sexta. Artículo 40. Sección Décima Segunda. Artículo 80. Capítulo IV. Artículos 90, 91, 92 y 93. Sección Tercera. Artículos 100, 101, 102, 103 y 104. Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente relacionadas con las modificaciones presupuestarias. Ley de Universidades (Gaceta Oficial No Extraordinaria de fecha 08/09/1970). Artículos: 9, 14, 20, 26 y 37. Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilados y Pensionados (Gaceta Oficial No Extraordinaria de fecha 18/07/1986). Artículo 23. Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (Gaceta Oficial No de fecha 17/12/2001). Artículos 9 y 37. Manual de Normas y Procedimientos para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias de las Universidades Nacionales. Aprobado en sesión ordinaria del Consejo Nacional de Universidades, del mes de enero Instructivo del Manejo de Saldos de Caja y Bancos. 2/33
3 A P R O B A C I Ó N El presente Manual fue actualizado por el personal de la Presupuesto, y revisado por la Jefe del Departamento de Organización y Métodos, Lcda. Elizabeth Morales, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en las Bases Legales ya indicadas. Este documento se revisó y aprobó por las siguientes instancias y en las fechas indicadas: Prof. Rosalinda Martínez Directora de Presupuesto Febrero 2015 VoBo: Prof. Edgar Alvarado Vicerrector Administrativo Marzo 2015 Aprobado por: Consejo Universitario Sesión N 2439 de Fecha: 29 / 04 / /33
4 I N T R O D U C C I Ó N Para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP), su Reglamento No. 1 y en las disposiciones complementarias y procedimientos técnicos determinados por los órganos competentes, se elabora el presente Manual de Normas y Procedimientos para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Este manual tiene como objetivo presentar las normas, orientaciones y procedimientos a las unidades administradoras y ejecutoras de presupuesto, para realizar los cambios en las asignaciones presupuestarias en relación a los créditos originalmente aprobados en la Ley de Presupuesto. Así mismo, el presente Manual debe ser revisado periódicamente a los fines de adecuarlo a los cambios originados por variaciones en las políticas, objetivos y metas; así como también por reformas de la Base Legal que lo sustenta. Consta de un glosario de términos, las normas que regulan los procedimientos, basamento jurídico que lo sustenta, niveles de autorización para tramitar las modificaciones presupuestarias, así como los requisitos exigidos para su trámite, los procedimientos administrativos propiamente dichos y como anexos los formularios que se utilizan en tales procedimientos. 4/33
5 GLOSARIO DE TÉRMINOS 1. Créditos Presupuestarios: Recursos que tienen las partidas presupuestarias, asignadas en el presupuesto. Asignaciones previstas para financiar los gastos corrientes, de capital y las aplicaciones financieras las cuales deben imputarse a las partidas asignadas a cada una de las categorías presupuestarias previstas para el ejercicio económico correspondiente. 2. Meta o Volumen de Trabajo: Cuantificación del bien o servicio que se espera obtener en el desarrollo de cada una de las acciones específicas del proyecto. 3. Modificaciones Presupuestarias: Son las variaciones a los límites máximos de las autorizaciones disponibles para gastar establecidas en el Presupuesto y en los créditos presupuestarios acordados en la distribución general del mismo, para cada fuente de financiamiento. 4. Modificaciones Presupuestarias que rigen para la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado : a. Incremento de los créditos presupuestarios originalmente aprobados: consiste en el aumento de los créditos presupuestarios que resulten insuficientes durante la ejecución, destinados a cubrir gastos necesarios no previstos, o que resulten insuficientes para cubrir gastos no incluidos en el Presupuesto de cada año. b. Saldo de Caja y Bancos: recursos no comprometidos en el ejercicio económico financiero anterior. Es el saldo que resulta luego de aplicar la liquidación y cierre del ejercicio, ajustado a la providencia que regula la liquidación y cierre del ejercicio económico financiero de cada año. c. Disminución de los créditos presupuestarios originalmente aprobados: consiste en la reducción total o parcial de los créditos no comprometidos, acordados en el Presupuesto. Estas reducciones a los créditos se originan cuando se evidencia una disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal. d. Traspasos de créditos presupuestarios entre partidas cedentes o receptoras de un mismo o distintos Proyectos o Acciones Centralizadas: consiste en una reasignación de créditos presupuestarios entre partidas, genéricas, específicas y sub-específicas de un mismo o distinto Proyecto o Acción Centralizada, que no afectan el total de los gastos previstos en el presupuesto por fuente de financiamiento. 5. Partida Presupuestaria: Constituye el mayor nivel de agregación del grupo de cuentas EGRESO determinadas en el Clasificador Presupuestario de Egresos, dictado por la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE). 6. Partidas Genéricas, Específicas y Sub-específicas: Constituyen los niveles de desagregación de la partida presupuestaria, ordenada en forma descendente, de acuerdo a los conceptos de gastos que puedan clasificarse en subdivisiones de los tipos de gastos incluidos en la partida. 7. Unidad Ejecutora Local: Es la unidad operadora de menor nivel, responsable de la ejecución física de una actividad de un proyecto. Dentro de la estructura del Sistema Administrativo Integrado (SIAD) de la UCLA, pertenecen a una unidad administradora. 8. Unidad Administradora: Es la unidad de mayor nivel dentro de la estructura del Sistema Administrativo Integrado (SIAD), que administra los recursos presupuestarios de una o varias unidades ejecutoras locales. 5/33
6 NORMAS QUE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Pág. ½ NORMAS 1. Toda solicitud de modificación de créditos presupuestarios debe cumplir con las disposiciones reglamentarias, normativas técnicas y con los requerimientos mínimos exigidos en este manual. Asimismo, debe cumplir con las Normas Técnicas, Normas de Austeridad y las Normas Generales, establecidas en el Manual de Normas y Procedimientos para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias aprobado en Consejo Nacional de Universidades (CNU) del mes de enero de El Vicerrectorado Administrativo, la Planificación Universitaria y la Presupuesto, serán las instancias administrativas ante la cual se interpondrán las consultas que se generen con motivo de la aplicación del presente Manual de Normas y Procedimientos para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. 3. Es responsabilidad del Vicerrectorado Administrativo y de la Presupuesto, tramitar ante el Consejo Universitario, las modificaciones presupuestarias que requieran las unidades administradoras y unidades ejecutoras locales en el transcurso de la ejecución presupuestaria. 4. Las solicitudes de modificaciones de créditos presupuestarios que requieran las unidades administradoras y unidades ejecutoras locales, deberán ser consignadas ante la Presupuesto con un mínimo de tres (3) días hábiles previos a la reunión del Consejo Universitario. 5. La Secretaría General de la Universidad, una vez aprobadas las modificaciones presupuestarias solicitadas, remitirá a la Presupuesto la Resolución, exposición de motivos y demás anexos, dentro de cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación por parte del Consejo Universitario. 6. La Presupuesto, asignará un número consecutivo a las Modificaciones Presupuestarias, con la finalidad de llevar el control de las mismas y del correspondiente monto del Presupuesto Modificado Acumulado. El número asignado consta de cinco dígitos precedidos de una letra I, U, R. La letra I corresponde a Traspasos autorizados por la Presupuesto. La letra U corresponde a Traspasos autorizados por el Rector o por el Vicerrector Administrativo y la letra R corresponde a Modificaciones por incremento o disminución de los créditos presupuestarios. 7. Las unidades administradoras y unidades ejecutoras de presupuesto tendrán hasta los primeros veinte cinco días del mes, para incluir en el SIAD las solicitudes de modificaciones por traspaso y enviarlas a la Programación Presupuesto. 6/33
7 NORMAS QUE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Pág. 2/2 NORMAS 8. El monto de las solicitudes de modificaciones por incremento, disminución o traspasos debe ser expresado en números enteros. 9. Las unidades administradoras y unidades ejecutoras locales, al momento de solicitar alguna modificación presupuestaria, deberán estar atentas por el sistema integrado administrativo (SIAD) de su aprobación. 10. Las Modificaciones por Traspasos autorizadas por el Rector y las autorizadas por el Vicerrector Administrativo, serán presentadas trimestralmente ante el Consejo Universitario. Posteriormente serán remitidas a la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU). 11. Las modificaciones presupuestarias por incrementos y traspasos, asociadas al gasto de personal (partidas 401 y 407) se encuentran centralizadas en la Presupuesto, instancia que velará de manera permanente la correcta imputación presupuestaria, cuando se afecten dichas partidas. 12. Las Modificaciones Presupuestarias cuyo nivel de autorización sea CNU OPSU deberán enviarse a OPSU inmediatamente luego de su aprobación por Consejo Universitario. El resto de modificaciones correspondientes a un determinado mes del ejercicio fiscal, deberán ser remitidas a OPSU durante los primeros cinco días hábiles del mes siguiente. 13. Los documentos que respaldan las Modificaciones Presupuestarias, deben permanecer en el archivo de la Presupuesto hasta diez años calendario. 7/33
8 NIVELES DE AUTORIZACIÓN PARA LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Pág. 1/2 NIVELES DE AUTORIZACIÓN 1. De Autorización por parte de: Consejo Nacional de Universidades (CNU) Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU): a. Las modificaciones que impliquen un incremento o una disminución superiores al diez por ciento (10%) de los créditos originalmente aprobados en el presupuesto. b. Las modificaciones por los traspasos de créditos presupuestarios superiores al veinte por ciento (20%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de un mismo proyecto o acción centralizada. c. Las modificaciones por los traspasos de créditos presupuestarios superiores al diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de diferentes proyectos o acciones centralizadas. Consejo Universitario: a. Las modificaciones que impliquen un incremento o una disminución de hasta diez por ciento (10%) de los créditos originalmente aprobados en el presupuesto. Una vez aprobadas, deben ser notificadas a la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU), con la finalidad de actualizar los saldos a nivel de Partidas y Proyectos y/o Acciones Centralizadas. Para alcanzar el diez por ciento (10%) se acumularán los incrementos o las disminuciones parciales según sea el caso. b. Las modificaciones por los traspasos de créditos presupuestarios de hasta el veinte por ciento (20%) y superiores al diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de un mismo proyecto o acción centralizada. Una vez aprobadas, deben ser notificados a la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU). c. Las modificaciones por los traspasos de créditos presupuestarios de hasta el diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes de diferentes proyectos o acciones centralizadas. Una vez aprobadas, deben ser notificados a la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU). d. El compendio trimestral de las Modificaciones por traspasos de autorización por parte del rector y del vicerrector deben ser notificadas al Consejo Universitario (CU). 8/33
9 NIVELES DE AUTORIZACIÓN PARA LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Pág. 2/2 NIVELES DE AUTORIZACIÓN Rector: a. Las modificaciones por los traspasos de créditos presupuestarios de hasta el diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de diferentes unidades ejecutoras locales de un mismo proyecto o acción centralizada. Vicerrector Administrativo: a. Las modificaciones por los traspasos de créditos presupuestarios de hasta el diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de una misma unidad ejecutora local de un mismo proyecto. Presupuesto: a. Las modificaciones por traspasos de créditos presupuestarios de hasta el diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre genéricas, específicas y sub específicas de una misma partida y unidad ejecutora local de un mismo proyecto o acción centralizada. b. Las modificaciones por Traspasos de Créditos Presupuestarios entre genéricas, específicas y subespecíficas de las partidas 4.01 Gastos de Personal (Activo) y 4.07 Transferencias y Donaciones (Personal Pasivo), exclusivamente para garantizar la correcta imputación de los créditos presupuestarios. 9/33
10 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR INCREMENTO Pág. 1/7 Fuentes Externas: Requisitos para la Solicitud de Modificación por Incremento de Créditos Presupuestarios A. Incrementos originados por incorporación de nuevos recursos al presupuesto ley aprobado, por concepto de Transferencias de Entes Descentralizados Sin Fines Empresariales como Fuente de Financiamiento (Partidas Centralizadas en OPSU). Copia del oficio OPSU donde solicitan tramitar modificación por incremento, con información de la procedencia o fuente financiera y la aplicación de los recursos. B. Incrementos originados por recursos provenientes del Sector Privado, Otras Instituciones y Entes Descentralizados del Poder Público, Estadal, Municipal y Otros. Memorando de la unidad ejecutora local donde solicita tramitar modificación por incremento, con información de la procedencia o fuente financiera y la aplicación de los recursos. Certificación de Disponibilidad de la Finanzas que indique la disponibilidad financiera de los recursos en tesorería y del registro contable, en correspondencia con el monto del recurso a incorporar en el presupuesto. En ambos casos (A Y B): 1. Resolución del Consejo Universitario que certifique la autorización de la modificación presupuestaria. 2. Cuadro Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento (CAIF). 3. Forma MP 01 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios: Presupuesto de Recursos y Fuentes Financieras, contenida en el manual de CNU OPSU. 4. Forma MP 02 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios a Nivel de Proyectos, Acciones Centralizadas y Cuentas de Egreso, contenida en el manual CNU OPSU. 5. Forma MP 04 Solicitud de Modificación Presupuestaria Consolidada, contenida en el manual elaborado por CNU y OPSU. 6. Forma 3 del Plan Operativo Anual Resumen de los Proyectos, en la cual se refleja la reprogramación de las metas y volúmenes de trabajo, si corresponde, y de los recursos financieros en cada una de las categorías presupuestarias afectadas, contenida en el manual establecido por OPSU. 10/33
11 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR INCREMENTO Pág. 2/7 Requisitos para la Solicitud de Modificación por Incremento de Créditos Presupuestarios Fuentes Internas: 1. Ingresos Propios: por la Venta de Bienes y Servicios (Fomento, Postgrado, Librería Universitaria) Intereses por Colocaciones Financieras, Ingresos de la Propiedad y Otros Ingresos Ordinarios, Extraordinarios. 1. Memorando de la unidad ejecutora local donde solicita tramitar modificación por Incrementos originados por incorporación de nuevos recursos al presupuesto ley aprobado, Dicho Memorando debe contener lo siguiente: Exposición de Motivos que especifique el origen de los recursos y su imputación presupuestaria a nivel de partidas, específicas y sub específicas de gastos, de acuerdo a las necesidades presentadas en los proyectos o acciones centralizadas, a los cuales se aplican los ingresos. Grado de afectación de las metas o volúmenes de trabajo, si corresponde, con la respectiva firma y sello húmedo de la Unidad Ejecutora. 2. Certificación de la Finanzas que indique la disponibilidad financiera de los recursos en tesorería y del registro contable, en correspondencia con el monto del recurso a incorporar en el presupuesto. 3. Resolución del Consejo Universitario que certifique la autorización de la modificación presupuestaria. 4. Cuadro Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento (CAIF). 5. Forma MP 01 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios: Presupuesto de Recursos y Fuentes Financieras, contenida en el manual de CNU OPSU. 6. Forma MP 02 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios a Nivel de Proyectos, Acciones Centralizadas y Cuentas de Egreso, contenida en el manual CNU OPSU. 7. Forma MP 04 Solicitud de Modificación Presupuestaria Consolidada, contenida en el manual elaborado por CNU y OPSU. 8. Forma 3 del Plan Operativo Anual Resumen de los Proyectos, en la cual se refleja la reprogramación de las metas y volúmenes de trabajo, si corresponde, y de los recursos financieros en cada una de las categorías presupuestarias afectadas, contenida en el manual establecido por OPSU. 11/33
12 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR INCREMENTO Pág. 3/7 Requisitos para la Solicitud de Modificación por Incremento de Créditos Presupuestarios Saldo de Caja y Bancos: 1. Certificación de la Finanzas que indique la disponibilidad financiera de los recursos en tesorería y del registro contable, en correspondencia con el monto del recurso a incorporar en el presupuesto. 2. Formas del Instructivo de Liquidación y Cierre del Ejercicio, Cuadro Resumen del Saldo de Caja y Bancos. 3. Memorando de la unidad ejecutora local, con la respectiva firma y sello húmedo, que contenga lo siguiente: Exposición de Motivos que especifique el origen de los recursos por excedentes de caja y banco, producto de compromisos liberados a final de año, compromisos no causados, causados y no pagados en el ejercicio económico financiero anterior y su imputación presupuestaria a nivel de partidas, específicas y subespecíficas de gastos, de acuerdo con las necesidades presentadas en los proyectos o acciones centralizadas a los cuales se aplican los ingresos. Grado de afectación de las metas o volúmenes de trabajo, si corresponde. 4. Resolución del Consejo Universitario que certifique la autorización de la modificación presupuestaria. 5. Cuadro Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento (CAIF). 6. Forma MP 01 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios: Presupuesto de Recursos y Fuentes Financieras, Manual CNU OPSU. 7. Forma MP 02 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios a Nivel de Proyectos, Acciones Centralizadas y Cuentas de Egreso, Manual CNU OPSU. 8. Forma MP 04 Solicitud de Modificación Presupuestaria Consolidada, Manual CNU OPSU. 9. Forma 3 del Plan Operativo Anual Resumen de los Proyectos, en la cual se refleja la reprogramación de las metas y volúmenes de trabajo, si corresponde, y de los recursos financieros en cada una de las categorías presupuestarias afectadas, Manual CNU OPSU. 12/33
13 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR DISMINUCIÓN Pág. 4/7 Requisitos para la Solicitud de Modificación por Disminución de Créditos Presupuestarios A. Insubsistencia Presupuestaria (Anulaciones de Créditos) decretada por el Ejecutivo Nacional Copia del oficio OPSU donde solicitan tramitar Modificación por Disminuciones en los Créditos Presupuestarios originalmente aprobados en el Proyecto Ley de Presupuesto. B. Insubsistencia Presupuestaria decretada por la UCLA (Ajuste a los Créditos por Reducciones de Ingresos) Memorando de la Dirección Presupuesto que contenga la Exposición de Motivos que especifique las causas por las cuales se produce la Insubsistencia o disminución de los Ingresos por Venta de Bienes y Servicios, Ingresos de la Propiedad, Otros Ingresos Ordinarios y Disminuciones de Otros Activos (sobreestimación del saldo inicial de caja, entre otros) en relación a los inicialmente previstos, su base de cálculo y el grado de afectación de las metas o volúmenes de trabajo, si corresponde, de los proyectos o acciones centralizadas involucradas. En ambos casos (A y B): 1. Resolución del Consejo Universitario que certifique la autorización de la modificación presupuestaria. 2. Cuadro Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento (CAIF). 3. Forma MP 01 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios reflejada en el Presupuesto de Recursos y Fuentes Financieras, contenida en el manual elaborado por el CNU y OPSU. 4. Forma MP 02 Solicitud de Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios a Nivel de Proyectos, Acciones Centralizadas y Cuentas de Egreso, contenida en el manual elaborado por el CNU y OPSU. 5. Forma MP 04 Solicitud de Modificación Presupuestaria Consolidada, contenida en el manual elaborado por CNU y OPSU. 6. Forma 3 del Plan Operativo Anual Resumen de los Proyectos, en la cual se refleja la reprogramación de las metas y volúmenes de trabajo, si corresponde, de los recursos financieros en cada una de las categorías presupuestarias afectadas, contenidas en los lineamientos emitidos por OPSU. 13/33
14 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR TRASPASOS Pág. 5/7 Requisitos para el trámite de modificaciones por traspasos De autorización por parte del CNU OPSU y del Consejo Universitario A. Dentro de un mismo Proyecto y/o Acción Centralizada: Traspasos hasta el 20% y superiores al 10% Máxima Autoridad (CU) Traspasos Mayores al 20% CNU B. Entre Diferentes Proyectos y/o Acciones Centralizadas: Traspasos Menores o Iguales al 10% Máxima Autoridad (CU) Traspasos Mayores al 10% CNU En ambos casos (A y B): 1. Exposición de Motivos detallada del grado de afectación de las metas o volúmenes de trabajo, si corresponde, y de las causas por las cuales no fueron utilizados los créditos presupuestarios de la partida cedente y las razones, debidamente explicadas, de las necesidades que presenta la partida receptora. 2. Verificación, en sistema SIAD, de la existencia de la disponibilidad presupuestaria por parte del responsable de la Unidad Administradora o Unidad Ejecutora. 3. Resolución del Consejo Universitario que certifique la autorización del traspaso de créditos. 4. Cuadro Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento (CAIF) 5. Forma MP 03 Solicitud de Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios a Nivel de Proyectos, Acciones Centralizadas y Cuentas de Egreso, contenida en el manual elaborado por CNU y OPSU. 6. Forma MP 04 Solicitud de Modificación Presupuestaria Consolidada, contenida en el manual elaborado por CNU y OPSU. 7. Forma 3 del Plan Operativo Anual Resumen de los Proyectos, en la cual se refleja la reprogramación de las metas y volúmenes de trabajo, si corresponde, y de los gastos en cada una de las categorías presupuestarias afectadas. 14/33
15 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR TRASPASOS Pág. 6/7 Requisitos para el trámite de modificaciones por traspasos De autorización por parte del: 1. Rector Dentro de un mismo Proyecto y/o Acción Centralizada: Traspasos de hasta el 10% de los créditos presupuestarios inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de diferentes unidades ejecutoras. 1. Memorando de la unidad ejecutora local, con firma del responsable y sello húmedo de la respectiva unidad, solicitando el traspaso. El memorando debe contener Exposición de Motivos detallada del grado de afectación de las metas o volúmenes de trabajo, si corresponde, y de las causas por las cuales no fueron utilizados los créditos presupuestarios de la partida cedente y las razones, debidamente explicadas, de las necesidades que presenta la partida receptora. 2. Formato emitido por el Sistema Integrado Administrativo (SIAD): Traspaso de Créditos Presupuestarios de Autorización por el Rector (entre partidas cedentes o receptoras de diferentes Unidades Ejecutoras locales, de un mismo Proyecto o Acción Centralizada), con firma del responsable y sello húmedo de la respectiva unidad. 2. Vicerrector Administrativo Dentro de un mismo Proyecto y/o Acción Centralizada: Traspasos de hasta el 10% de los créditos presupuestarios inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de una misma unidad ejecutora. 1. Memorando de la unidad ejecutora local, con firma del responsable y sello húmedo de la respectiva unidad solicitando el traspaso. El memorando debe contener Exposición de Motivos detallada del grado de afectación de las metas o volúmenes de trabajo, si corresponde, y de las causas por las cuales no fueron utilizados los créditos presupuestarios de la partida cedente y las razones, debidamente explicadas, de las necesidades que presenta la partida receptora. 2. Formato emitido por el Sistema Integrado Administrativo (SIAD): Traspaso de Créditos Presupuestarios de Autorización por el Vicerrector Administrativo (entre diferentes partidas de una misma Unidad Ejecutora, de un mismo Proyecto o Acción Centralizada), con firma del responsable y sello húmedo de la respectiva unidad. 15/33
16 REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS POR TRASPASOS Pág. 7/7 Requisitos para el trámite de modificaciones por traspasos 3. Presupuesto Dentro de un mismo Proyecto y/o Acción Centralizada: Modificación por Traspasos hasta el 10% de los créditos presupuestarios inicialmente previstos entre genéricas, específicas y sub específicas de una misma partida y unidad ejecutora local. 1. Formato emitido por el Sistema Integrado Administrativo (SIAD): Traspaso de Créditos Presupuestarios de Autorización por la Presupuesto (entre diferentes genéricas, específicas y sub específicas de una misma Partida, de una misma Unidad Ejecutora, de un mismo Proyecto o Acción Centralizada), con firma del responsable y sello húmedo de la respectiva unidad. 16/33
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18 Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios > al 10% de los Créditos Originalmente Aprobados en el Presupuesto Ley Procedimiento Nº 1 Pág. ½ DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CASO A: Fuente de Financiamiento: la República Transferencias de Entes Descentralizados Sin Fines Empresariales (Recursos Provenientes de Partidas Centralizadas en OPSU). Responsable Actividad Presupuesto (DPP) 1. El Director recibe, vía electrónica, oficio de OPSU donde se solicita tramitar modificación (por incremento o disminución). En caso de incremento, confirma la recepción de los recursos en Finanzas (Certificación de Tesorería Contabilidad) informa al Vicerrector Administrativo y entrega al Analista de Presupuesto. 2. El analista revisa el oficio para determinar que unidades se ven afectadas con la aplicación de los recursos recibidos. Se comunica con el administrador de tales unidades (en caso que los recursos no se correspondan con gastos de personal) solicitando por escrito la distribución del gasto, la cual debe indicar la unidad ejecutora que recibe los recursos, así como la distribución del monto en Bs. por partida (s), genérica (s), específica (s) y sub específica (s). 3. El analista elabora Exposición de Motivos y Resolución (en borrador), la entrega al Director con los soportes, para su revisión y ajustes, si los hubiere. El Director una vez conforme, entrega a la secretaria. 4. La secretaria presenta al Vicerrector Administrativo la Exposición de Motivos para su revisión y posterior discusión en Comisión Delegada. Archiva temporalmente la Resolución (en borrador) y los soportes. 5. Si el Vicerrector Administrativo o la Comisión Delegada realizan alguna observación a la Exposición de Motivos, se informa a la DPP para su corrección y elaboración definitiva en dos ejemplares. Uno se envía al Vicerrectorado Administrativo para que elabore memorando a Secretaría General, solicitando su incorporación en punto de agenda del Consejo Universitario y el otro es archivado temporalmente. 6. Una vez aprobada la Modificación Presupuestaria en Consejo Universitario, Secretaría General informa a la Presupuesto vía Telefónica, indicando el número de la Sesión del Consejo Universitario y la fecha de aprobación. 7. El analista de presupuesto elabora las formas MP 01, MP 02, MP 04 y cuadro cuenta ahorro inversión financiamiento (CAIF). 8. Solicita a la Planificación Universitaria (DPU) el llenado del formato 3 Resumen de los Proyectos con la afectación de metas físicas y financieras del Plan Operativo Anual Institucional. 9. Envía a la DPU por correo electrónico Exposición de Motivos y Formas MP 01, MP 02, y MP 04. (Ver procedimiento N P 06 de la DPU: Para Actualizar Formato 3: Resumen de los Proyectos, del POAI por Modificaciones Presupuestarias). 10. Recibe de la DPU Formato 3 Resumen de los Proyectos del Plan Operativo Anual Institucional (POAI) y anexa a las Formas MP 01, MP 02, y MP 04 y CAIF, inherentes a la modificación. 18/33
19 Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios > 10% de los Créditos Originalmente Aprobados en el Presupuesto Ley Procedimiento Nº 1 Pág. 2/2 Presupuesto (DPP) DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 11. Envía a Secretaría General dos carpetas: una con la Resolución (en borrador) y Exposición de Motivos (que estaban archivadas temporalmente). La otra, además de la Resolución y la Exposición de Motivos, incluye Formas MP 01, MP 02, MP 04, CAIF y el formato 3 Resumen de los Proyectos del Plan Operativo Anual Institucional (POAI). 12. Recibe de Secretaría General carpeta con Resolución del Consejo Universitario donde se aprueba la Modificación Presupuestaria, con las formas MP 01 y MP 02, MP4, CAIF y el formato 3 Resumen de los Proyectos firmados y sellados por el Secretario (a) y el Rector(a). 13. Elabora y remite Oficio a la OPSU, junto con copia de la Resolución del Consejo Universitario, Exposición de Motivos, Formas MP 01, MP 02, MP 04, CAIF y el formato 3, de la modificación presupuestaria. 14. Una vez aprobada por OPSU CNU, se le informa a las autoridades (CU), el analista de presupuesto procede a la distribución de la aplicación de los recursos y registra la Modificación Presupuestaria en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD). 15. Envía en forma electrónica a: Planificación Universitaria (DPU), Finanzas y Auditoría Interna, con copia de la Resolución del Consejo Universitario y las formas MP 01 y MP 02 y MP4, a la DPU copia del formato 3 con las firmas respectivas. 16. Archiva original de la modificación presupuestaria, Exposición de Motivos, Resolución y todos los anexos. (Plenamente identificados, de acuerdo al orden establecido por OPSU y separadores respectivos por cada modificación). CASO B: Incremento originado por Fuentes de Financiamiento distintas a la República: Sector Privado, Otras Instituciones y Entes Descentralizados del Poder Público, Estadal, Municipal entre Otros. Ingresos Propios: por Venta de Bienes y Servicios (Fomento, Postgrado, Cursos Intensivos, Librería Universitaria) Intereses por Colocaciones Financieras, Otros Ingresos Ordinarios y Extraordinarios. Re sponsable Unidad Administradora o Ejecutora Local Presupuesto (DPP) Actividad 1. El administrador de la unidad ejecutora: a) Envía Memorando a la Finanzas solicitando la certificación de la disponibilidad financiera de los recursos en Departamento de Contabilidad Financiera, producto de las otras instituciones distintas a la República o en el caso de los ingresos propios, la certificación de los recursos presupuestarios producto de la recaudación realizada en el ejercicio vigente, especificando cada una de las fuentes que dan origen, en un listado anexo. b) Envía Memorando a la DPP con la distribución de los recursos y soportes para su tramitación. 2. El Analista de Presupuesto: a) Recibe de la Finanzas la certificación y del administrador el memorando con la distribución. b) El analista revisa el oficio para determinar que unidades se ven afectadas con la aplicación de los recursos recibidos. Continúa con las actividades del procedimiento 1 caso A, pasos del 3 al /33
20 Modificación por Incremento o Disminución de Créditos Presupuestarios < ó = 10% de los Créditos Originalmente Aprobados en el Presupuesto Ley DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Procedimiento Nº 2 Pág. 1/1 CASO A: Fuente de Financiamiento: la República Transferencias de Entes Descentralizados Sin Fines Empresariales (Recursos Provenientes de Partidas Centralizadas en OPSU). Igual al procedimiento 1 Caso A, incorporando en el paso 7 la actividad referida al registro de la Modificación Presupuestaria en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD), exceptuando el paso 14. CASO B: Incremento originado por Fuentes de Financiamiento distintas a la República: Sector Privado, Otras Instituciones y Entes Descentralizados del Poder Público, Estadal, Municipal entre Otros. 2. Ingresos Propios: por Venta de Bienes y Servicios (Fomento, Postgrado, Cursos Intensivos, Librería Universitaria), Intereses por Colocaciones Financieras, Otros Ingresos Ordinarios y Extraordinarios. Igual al procedimiento 1 Caso B, no obstante cuando en este procedimiento se continúa con las actividades del procedimiento 1 caso A, pasos del 3 al 16. Se debe exceptuar el paso 14, e incorporar en el paso 7 la actividad referida al registro de la Modificación Presupuestaria en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD). 20/33
21 Modificación por Incremento de Créditos Presupuestarios Originados por Excedentes de Caja y Bancos Procedimiento Nº 3 Pág. ½ Saldos de Caja Responsable Presupuesto (DPP) Finanzas (DF) Presupuesto (DPP) DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Actividad 1. Recibe de OPSU los lineamientos a seguir para la preparación de la Modificación por Incremento de Créditos presupuestarios originados por Saldos de Caja. 2. Solicita a la Finanzas las formas del Instructivo de Liquidación y Cierre, el Cuadro Resumen del Saldo de Caja y Bancos, formatos con los saldos de los compromisos pendientes por causar y con los compromisos causados y no pagados al cierre del ejercicio anterior y al 31 de marzo del ejercicio vigente. 3. Solicita al Departamento de Compras lista con compromisos pendientes. 4. Solicita a las Direcciones de Investigación (Recursos Locti y Fonacit) Postgrado, Consejo de Fomento, Decanatos (Cursos Intensivos) Secretaría General (aranceles) y Librería Universitaria la distribución presupuestaria de los saldos al del ejercicio anterior, tomando en consideración los saldos de los compromisos pendientes por causar, compromisos causados y no pagados, para determinar el saldo disponible. Les envía un formato en hoja de cálculo en formato electrónico (preferiblemente Excel) de cómo debe presentar la información. 5. Solicita a la Servicios Generales las insuficiencias para gastos de servicios básicos. 6. Recibe de algunas unidades ejecutoras solicitudes de incorporación de recursos debido a que presentan insuficiencias presupuestarias. 7. Recibe de algunas unidades ejecutoras solicitudes de incorporación de recursos no comprometidos en el ejercicio anterior. 8. Envía Memorando a la DPP con la certificación de la Disponibilidad, las formas del Instructivo de Liquidación y Cierre, Balance General, lista con compromisos liberados al final de año, saldos de los compromisos pendientes por causar, compromisos causados y no pagados al cierre del ejercicio anterior y al 31 de marzo del ejercicio actual, lista de proveedores y de pasivos pendientes de pago y el Cuadro Resumen del Saldo de Caja y Bancos. 9. Recibe de las Direcciones de Finanzas, Investigación, Postgrado, Servicios Generales, Consejo de Fomento, Decanatos, Secretaría General, Librería Universitaria y del Departamento de Compras, la información solicitada. 10. Obtiene del SIAD la disponibilidad presupuestaria al del ejercicio anterior, a nivel institucional, compara con la disponibilidad financiera emitida por la Finanzas, analiza y concilia cifras para determinar los excedentes de caja y bancos. 11. Obtiene del SIAD la disponibilidad presupuestaria al del ejercicio anterior de las Providencias Estudiantiles y de las partidas 401 y 407 para tomarlas en consideración e incorporarlas íntegras en la distribución de los excedentes de caja y bancos. 21/33
22 Modificación por Incremento de Créditos Presupuestarios Originados por Excedentes de Caja y Bancos. Procedimiento Nº 3 Pág. 2/2 Responsable Actividad Presupuesto (DPP) 12. Analiza las solicitudes de insuficiencias y de incorporación de recursos, que enviaron las unidades, tomando en consideración tanto los excedentes, como los saldos de los compromisos pendientes por causar, los compromisos causados y no pagados, y los pasivos a corto, mediano y largo plazo, para determinar el saldo disponible. 13. Elabora en hoja de cálculo en formato electrónico (preferiblemente Excel) la Distribución Presupuestaria con toda la información detallada, con su debido soporte, además de la información adicional requerida por OPSU), partiendo del Saldo de Caja y Bancos, emitido por la Finanzas para determinar el remanente. 14. El remanente se determina, restándole al Saldo de Caja y Bancos los compromisos causados y no pagados, compromisos no causados, válidamente adquiridos, pasivos a corto, mediano y largo plazo, gastos de personal, providencias estudiantiles y los montos reservados correspondientes a ingresos propios, fondos de terceros, ingresos por indemnizaciones, recursos de LOCTI, FONACIT, remanentes de créditos adicionales y otros conceptos que según el Instructivo de liquidación y cierre, y según la naturaleza de los recursos, deben ser trasladados al ejercicio siguiente. 15. Una vez revisada la distribución y analizada por el Director, procede a elaborar un cuadro resumen que se le envía al Rector y a Vicerrector Administrativo, para su revisión, análisis y proposición de distribución del remanente. 16. Las autoridades deciden la proposición de distribución del remanente, a presentar al consejo universitario, se procede a elaborar la exposición de motivos, con el origen y la aplicación de los recursos (distribución del Excedente de Caja y Bancos) y Resolución (en borrador). Se envía al Vicerrector Administrativo, para su posterior discusión en Comisión Delegada. 17. Si el Vicerrector Administrativo o la Comisión Delegada realizan alguna observación a la Exposición de Motivos, se informa a la DPP para su corrección y elaboración definitiva. Se envía al Vicerrectorado Administrativo para que elabore memorando a Secretaría General, solicitando su incorporación en punto de agenda del Consejo Universitario. 18. Una vez aprobada la modificación con la distribución definitiva del saldo de caja y bancos por el Consejo Universitario, se envía a Secretaria General la exposición de motivos, borrador de Resolución MP 01. MP 02 Y MP 04 Y CAIF para la firma y sello. 19. Recibe de Secretaría General carpeta con Resolución del Consejo Universitario donde se aprueba la Modificación Presupuestaria, con las formas MP 01 y MP 02, MP4, CAIF firmados y sellados por el Secretario (a) y el Rector(a). 20. Se prepara el oficio y el formato de la modificación por incremento de saldo de caja y bancos y se envía a OPSU, con las formas MP 01, MP 02, MP4, Y CAIF. 21. Una vez aprobada por OPSU CNU, se le informa a las autoridades (CU), el analista de presupuesto procede a registrar la Modificación Presupuestaria en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD). 22/33
23 Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios de Autorización por el CNU OPSU Procedimiento Nº 4 Pág. 1/3 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Caso A: Modificaciones por traspasos de créditos presupuestarios superiores al veinte por ciento (20%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de un mismo proyecto o acción centralizada. Caso B: Modificaciones por traspasos de créditos presupuestarios superiores al diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de diferentes proyectos o acciones centralizadas. Responsable Unidad Administradora o Ejecutora Local Presupuesto (DPP) Actividad 1. Elabora memorando solicitando traspaso de créditos presupuestarios de diferentes Unidades Ejecutoras: a. De un mismo Proyecto y/o Acción Centralizada b. De diferentes Proyectos y/o Acciones Centralizadas 2. Realiza Exposición de Motivos clara y precisa justificando los traspasos: Las razones por las cuales no serán utilizados los créditos presupuestarios asignados a la partida cedente. Las necesidades que serán atendidas con los recursos que se transfieran a la partida receptora. Grado de afectación del Plan Operativo Anual, en relación con las metas programadas por esa unidad para el ejercicio fiscal en ejecución (si corresponde). 3. Hace firmar por el Jefe de la Unidad, coloca sello y envía documentación (original y copia) a la Presupuesto. 4. Elabora la distribución del gasto, la cual debe indicar la unidad ejecutora que cede y la que recibe los recursos, así como la distribución del monto en Bs. por partida (s), genérica (s), específica (s) y sub específica (s). 5. La secretaria recibe la documentación, coloca firma de recibido y sello, devuelve copia a la Unidad y entrega al analista. 6. El Analista una vez recibida la documentación verifica que la exposición de motivos sea clara y precisa y que cumpla con las normas establecidas en el presente manual. 7. Si no cumple con los requisitos exigidos, devuelve a la unidad solicitante y finaliza el procedimiento. 23/33
24 Procedimiento Nº 4 Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios de Autorización por el CNU OPSU Pág. 2/3 Presupuesto (DPP) DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 8. Si cumple con los requisitos exigidos, entrega al Director. 9. El Director revisa, coloca media firma e informa a las Autoridades sobre los detalles y la justificación del Traspaso de Créditos Presupuestarios entre Unidades Ejecutoras, Partidas, Proyecto o Acción Centralizada. 10. El analista elabora Exposición de Motivos y Resolución (en borrador), las entrega al Director para su revisión y cambios si los hubiere, al estar conforme entrega a la secretaria. 11. La secretaria presenta al Vicerrectorado Administrativo la Exposición de Motivos para su revisión y posterior discusión en Comisión Delegada y archiva temporalmente la Resolución (en borrador). 12. Si el Vicerrectorado Administrativo o Comisión Delegada realizan algún cambio en la Exposición de Motivos, informan a la DPP para su corrección y elaboración definitiva en dos ejemplares. Uno se envía al Vicerrectorado Administrativo para que elabore memorando a Secretaría General solicitando su incorporación en punto de agenda del Consejo Universitario y el otro es archivado temporalmente. 13. Una vez aprobada la Modificación Presupuestaria por traspaso en Consejo Universitario, Secretaria General informa a la Presupuesto vía Telefónica, indicando el número de la Sesión del Consejo Universitario y la fecha de aprobación. 14. El analista elabora las formas MP 02, MP 04 y cuadro cuenta ahorro inversión financiamiento (CAIF). 15. Solicita a la DPU el llenado del formato 3 Resumen de los Proyectos con la afectación de metas físicas y financieras del Plan Operativo Anual Institucional. 16. Envía a la DPU por correo electrónico Exposición de Motivos y Formas MP 02, y MP 04. (Ver procedimiento N P 06 de la DPU: Para Actualizar Formato 3: Resumen de los Proyectos, del POAI por Modificaciones Presupuestarias). 17. Recibe de la DPU Formato 3 Resumen de los Proyectos del Plan Operativo Anual Institucional (POAI) y anexa a las Formas MP 02, MP 04 y CAIF, inherentes a la modificación. 18. Envía a Secretaria General dos carpetas: una con la Resolución (en borrador) y Exposición de Motivos que estaban archivadas temporalmente. La otra, además de la resolución y la exposición de motivos incluye Formas MP 02, MP 04, CAIF y el formato 3 Resumen de los Proyectos del Plan Operativo Anual Institucional (POAI). 19. Recibe de Secretaría General carpeta con Resolución del Consejo Universitario donde se aprueba la Modificación Presupuestaria, con las formas MP 02, MP3, MP4, CAIF y el formato 3 Resumen de los Proyectos los soportes respectivos firmados y sellados por el Secretario (a) y el Rector(a). 24/33
25 Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios de Autorización por el CNU OPSU Procedimiento Nº 4 Pág. 3/3 Presupuesto (DPP) DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 20. Elabora y remite Oficio a OPSU junto con copia de la Resolución del Consejo Universitario, exposición de motivos y Formas MP 02, MP 04, CAIF y el formato Una vez aprobada por OPSU CNU, se le informa a las autoridades y a la unidad administradora o ejecutora la aprobación de la modificación por traspaso 22. Solicita a la unidad administradora o ejecutora la reprogramación del gasto. 23. El analista una vez reprogramado el gasto por la unidad, procede a realizar el traspaso, con la distribución de la aplicación de los recursos mediante el registro de la Modificación Presupuestaria en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD). 24. Envía en forma electrónica a: Planificación Universitaria (DPU), Dirección de Finanzas y Auditoría Interna, con copia de la Resolución del Consejo Universitario y las formas MP 02 y MP4 a la DPU copia del formato 3 con las firmas respectivas. 25. Archiva original de la modificación presupuestaria, Exposición de Motivos, Resolución y todos los anexos. 25/33
26 Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios de Autorización por el Consejo Universitario Procedimiento Nº 5 Pág. ½ DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Responsable Actividad Caso A: Modificación por Traspasos de créditos presupuestarios hasta el veinte por ciento (20%) y superiores al diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes o receptoras de un mismo proyecto o acción centralizada. Caso B: Modificaciones por Traspasos de créditos presupuestarios hasta el diez por ciento (10%) de los créditos inicialmente previstos entre partidas cedentes de diferentes proyectos o acciones centralizadas. En ambos casos (A y B) igual el Procedimiento 4 Casos A y B referidos a la Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios de Autorización por el CNU OPSU, incorporando en el paso 14 las actividades de los pasos 22 y 23, referidas a la reprogramación del gasto y al registro de la Modificación Presupuestaria por traspaso en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD), obviando además el paso 21. Caso C: Compendio Trimestral de las Modificaciones por Traspasos de créditos presupuestarios autorizadas por el Rector y Vice Rector Administrativo (Traspasos U ). Responsable Presupuesto (DPP) Actividad El analista: 1. Obtiene del Sistema Integrado Administrativo (SIAD) el resumen de todos los traspaso U para el llenado de las formas MP2, MP4 y la CAIF. 2. Prepara hoja de cálculo en formato electrónico (preferiblemente Excel) con la información, agrupando por partida y por proyecto. 3. Elabora Exposición de Motivos y Resolución (en borrador), las entrega al Director para su revisión y cambios si los hubiere, al estar conforme entrega a la secretaria. 4. La secretaria presenta al Vicerrectorado Administrativo la Exposición de Motivos para su revisión y posterior discusión en Comisión Delegada y archiva temporalmente la Resolución (en borrador). 5. Si el Vicerrectorado Administrativo o Comisión Delegada realizan algún cambio en la Exposición de Motivos, informan a la DPP para su corrección y elaboración definitiva en dos ejemplares. Uno se envía al Vicerrectorado Administrativo para que elabore memorando a Secretaría General solicitando su incorporación en 26/33
27 Responsable Presupuesto (DPP) Procedimiento Nº 5 Modificación por Traspasos de Créditos Presupuestarios de Autorización por el Consejo Universitario Pág. 2/2 Actividad punto de agenda del Consejo Universitario y el otro es archivado temporalmente. 6. Una vez aprobada la Modificación Presupuestaria por traspaso en Consejo Universitario, Secretaría General informa a la Presupuesto vía Telefónica, indicando el número de la Sesión del Consejo Universitario y la fecha de aprobación. 7. El analista elabora las formas MP 02, MP 04 y cuadro cuenta ahorro inversión financiamiento (CAIF). 8. Solicita a la DPU el llenado del formato 3 Resumen de los Proyectos con la afectación de metas físicas y financieras del Plan Operativo Anual Institucional. 9. Envía a la DPU por correo electrónico Exposición de Motivos y Formas MP 02, y MP 04. (Ver procedimiento N P 06 de la DPU: Para Actualizar Formato 3: Resumen de los Proyectos, del POAI por Modificaciones Presupuestarias). 10. Recibe de la DPU Formato 3 Resumen de los Proyectos del Plan Operativo Anual Institucional (POAI) y anexa a las Formas MP 02, MP 04 y CAIF, inherentes a la modificación. 11. Envía a Secretaria General dos carpetas: una con la Resolución (en borrador) y Exposición de Motivos que estaban archivadas temporalmente. La otra, además de la resolución y la exposición de motivos incluye Formas MP 02, MP 04, CAIF y el formato 3 Resumen de los Proyectos del Plan Operativo Anual Institucional (POAI). 12. Recibe de Secretaría General carpeta con Resolución del Consejo Universitario donde se aprueba la Modificación Presupuestaria, con las formas MP 02, MP3, CAIF y el formato 3 Resumen de los Proyectos los soportes respectivos firmados y sellados por el Secretario (a) y el Rector(a). 13. Elabora y remite Oficio a OPSU junto con copia de la Resolución del Consejo Universitario, exposición de motivos y Formas MP 02, MP 04, CAIF y el formato Archiva original de la modificación presupuestaria, Exposición de Motivos, Resolución y todos los anexos. (Plenamente identificado y de acuerdo al orden establecido por OPSU). 27/33
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