PÁGINA 1 de 1 1. OBJETIVO Presentar los criterios técnicos y administrativos para la implementación de un sistema que permita realizar un análisis estadístico de la situación real de la accidentalidad laboral y generar, con base en los resultados, estrategias claras de intervención 2. RESPONSABLE Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) Coordinador Salud Ocupacional Jefe Inmediato Gestión Humana Hospital Infantil Universitario de San José Gestión Humana diferentes terceros Salud ocupacional de los diferentes terceros Asesor Externo (ARP) 3. DEFINICIONES Accidente: Evento no deseado que da lugar a muerte, enfermedad, lesión, daño u otra pérdida (me corte). Casi-accidente" ("near-miss"): Un incidente en el que no ocurre enfermedad, lesión, daño u otra pérdida (casi me corto Accidente de Trabajo (AT): Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. Incidente de Trabajo: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos. Accidente Grave: Aquel que trae como consecuencias la amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico, quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva. Investigación de Accidentes e incidentes: Proceso sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repetición, mediante el control de los riegos que lo produjeron.
PÁGINA 2 de 2 Causas Básicas: Causas reales que se manifiestan detrás de los síntomas; razones por las cuales ocurren los actos y condiciones subestándares o inseguros; factores que una vez identificados permiten un control administrativo significativo. Ejemplo: Se detecta que la caldera estuvo a punto de explotar por falta de mantenimiento periódico y el control es establecer un programa de mantenimiento periódico y preventivo. Causas Inmediatas: Circunstancias que se presentan justamente antes del contacto; por lo general son observables o se hacen sentir. Se clasifican en actos sus estándares o actos inseguros y condiciones sus estándares o condiciones inseguras Acto Sub estandar: Acto que realiza un trabajador de manera insegura o inapropiada y que facilita la ocurrencia de un AT (procedimiento). Ejemplo: conducir demasiado rápido, limpiar un equipo e movimiento. Condición Su estándar: Situación que se presenta en el lugar de trabajo caracterizada por presencia de riesgos no controlados que pueden generar accidentes de trabajo o enfermedad profesional. Ejemplo: Elaborado con materiales inadecuados, carencia de elementos de protección personal, falta de mantenimiento. Equipo investigador: Equipo conformado para la investigación de todos los incidentes y accidentes de trabajo integrado por: el jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el incidente, un representante del Comité Paritario de Salud Ocupacional y el responsable del programa de salud ocupacional. Cuando el accidente se considere grave o produzca la muerte, en la investigación deberá participar un profesional con licencia en salud ocupacional, propia o contratada, así como el personal o persona encargada del diseño de las normas procesos y/o mantenimiento. Comité Paritario de Salud Ocupacional-COPASO: Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una Empresa. De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional. 4. CONSIDERACIONES GENERALES El accidente de trabajo debe ser reportado a la ARP a la cual se encuentra afiliado, máximo dentro de las 72 horas siguientes a su ocurrencia. Los incidentes de trabajo, se deben reportar de forma inmediata a su ocurrencia, en el formato establecido para tal fin. Los accidentes e incidentes de trabajo, se deben investigar máximo dentro de los quince (15) días siguientes a su ocurrencia. Cuando como consecuencia del accidente de trabajo, se produzca el fallecimiento del trabajador, se debe obligatoriamente utilizar el formato suministrado por la ARP a la que se encuentre afiliado. Cuando el accidentado, sea de una Cooperativa, de un outsourcings, de una sociedad o un trabajador independiente, la responsabilidad de investigar el accidente será tanto de la cooperativa, outsourcings, o sociedad como del hospital y en el concepto técnico se dejará establecido el correctivo que le corresponde implementar a cada uno. El reporte e informe de investigación del accidente mortal y de los accidentes graves definidos en el artículo 3º de la Resolución 1401 de 2007, se debe remitir a la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado el trabajador accidentado dentro de los quince (15) días siguientes a la ocurrencia del evento.
MARCO LEGAL SOBRE LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES PÁGINA 3 de 3 Ley 9/79 Art. 84 Literales e y f: Registrar, notificar los AT y proporcionar a la autoridad las facilidades para la investigación de los mismos Decreto 614/84 Art. 30: Investigar los Accidentes y Enfermedades Profesionales ocurridos, determinar sus causas y aplicar las medidas correctivas Resolución 2013/86 Art. 11: COPASO debe colaborar en análisis de causas de los AT y EP y proponer medidas correctivas Resolución 1016/89 Art. 11: Investigar y analizar las causas de los AT a efectos de aplicar las medidas correctivas. Ley 100/93, Decreto 1295/94 (Capítulo VI): Organizan el Sistema General de Riesgos Profesionales, a fin de fortalecer y promover las condiciones de trabajo y de salud de los trabajadores en los sitios donde laboran. El sistema aplica a todas las empresas y empleadores Resolución 1401 de 2007: Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. 5. DOCUMENTOS RELACIONADOS Formulario de Reporte de Accidente de Trabajo Soportes de la investigación (fotos, mapas, croquis, entrevistas) 6. CONTENIDO QUÉ QUIÉN CUÁNDO PARA QUÉ CÓMO Reporte del accidentes de trabajo a la ARP Acidentado Oficina de Gestión humana Coordinadro de Área Con el fin de notificar a la ARP, sobre lo ocurrido y que esta El accidente, se debe reportar máximo dentro de autorice las 72 horas prestaciones siguientes a la económicas ocurrencia. las y asistenciales a que haya lugar Diligenciando el formato establecido para tal fin y haciéndolo llegar a la ARP, por los medios que esta tenga establecidos (correo electrónico, fax, etc.). Igualmente se debe entregar una copia del reporte a gestión humana. Reporte del incidente trabajo El reporte del incidente debe ser realizado por la persona victima del incidente Se debe llenar el reporte inmediatamente después de su ocurrencia. Para notificar al área de gestión humana y que esta a su vez lidere la investigación, para establecer las causas que lo originaron y tomar correctivos al respecto. Diligenciado el formato reporte de incidentes DGH FM - 12 y entregándolo al área de gestión humana.
PÁGINA 4 de 4 QUÉ QUIÉN CUÁNDO PARA QUÉ CÓMO Conformación del grupo investigardor Investigación del acidente o incidente de terceros Emisión de Resultados y medidas correctivas Gestión Humana Salud ocupacional del hospital y del tercero al cual pertenece el colaborador accidentado Equipo investigador Una vez se tenga conocimiento del accidente o incidente Con la finalidad de que este grupo se encargue de la investigación del accidente o incidente de trabajo reportado. Una vez se tenga Con la finalidad de conocimiento del establecer las causas accidente o básicas y formular incidente y correctivos por parte máximo dentro de de los implicados los ocho (8) días a tercero y hospital. su ocurrencia Una vez concluida la etapa de investigación Con base en los resultados de la investigación, se formulan las medidas correctivas, las cuales deben enfocarse ha evitar la ocurrencia de accidentes por la Cada vez, que ocurra un accidente o incidente de trabajo, se conformará un equipo investigador, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1401 de 2007 (jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o victima del incidente, un representante del COPASO y la persona encargada del desarrollo del programa de salud ocupacional. Cuando el accidente se considere grave o produzca la muerte del trabajador en la investigación deberá participar un profesional con licencia en salud ocupacional y un asesor de la ARP. Cuando el trabajador accidentado corresponda a una cooperativa o a un outsourcings, las dos partes intervendrán en la investigación. Se conformara un equipo investigador integrado por el jefe inmediato o supervisor del colaborador victima del accidente o incidente y el representante de salud ocupacional de las dos partes (tercero al que pertenece el colaborador y hospital), quienes realizarán la respectiva investigación, de acuerdo con el ítem establecido en el formato DGH-F-6 Investigación De Accidentes De Trabajo. Se deja por escrito en la parte final del formato Investigación de Accidentes e Incidentes Las medidas se deben definir para ser implementadas, en la fuente, el medio y el trabajador, se enumeran consecutivamente, se define el responsable de la
PÁGINA 5 de 5 QUÉ QUIÉN CUÁNDO PARA QUÉ CÓMO Seguimiento Equipo Investigador Dentro de los términos establecidos en el Plan de Acción y Recomendaciones misma causa. Para verificar que las medidas correctivas se hayan implementado implementación de estas acciones y la fecha acordada para su ejecución, y posteriormente seguimiento. A través del formato DGH-F-6 investigacion de accidentes de trabajo, item 8. plan de accion y recomendaciones
7. FLUJOGRAMA FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO DE SAN JOSÉ PÁGINA 6 de 6 INICIO TRABAJADOR ACCIDENTADO / JEFE INMEDIATO O G. HUMANA REPORTE DEL ACCIDENTE A LA ARP Y A GESTION HUMANA COLABORADOR VICTIMA DEL INCIDENTE REPORTE DEL INCIDENTE A GESTION HUMANA JEFE DE UNIDAD Y/O COORDINADOR NOTIFICAR A GESTION HUMANA SOBRE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE O INCIDENTE GESTION HUMAN, OORDINADOR DE COOPERATIVAS Y OUTSOURCING ANALIZAR LA INFORMACIÓN Y CONFORMAR INVESTIGAR EL ACCIDENE INSPECCIONAR EL ÁREA ENTREVISTAS EQUIPO INVESTIGADO IDENTIFICAR LA CAUSAS BASICAS Y LAS CAUSAS INMEDIATAS EMITIR LOS RESULTADOS FORMULAR LAS MEDIDAS CORECTIVAS HACER EL SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS CORECTIVAS FIN 8. ANEXOS: Formato Para investigación de accidentes e incidentes de trabajo DGH-F-6- Investigación de Accidentes e Incidentes de Trabajo. Formato de reporte de incidentes de trabajo DGH-FM-12