Contrato Mínima Cuantía No. DNDA 013-2015 IFX NETWORKS COLOMBIA S.A.S. y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Bogotá, D.C., 21 de abril de 2015 E-4 RAD. 2-2015-28031 Señores IFX NETWOKS COLOMBIA S.A.S. Luis Gabriel Castellanos Marín Representante Legal Diagonal 97 No. 17 60 Piso 4 Edificio Centro Empresarial Corporativo. Bogotá. Teléfono: 3693000 Fax: 3693003 comunicaciones@ifxcorp.com Ciudad Asunto: Aceptación Oferta Servicio de 100 buzones de correo electrónico de dominio institucional derechodeautor.gov.co Proceso de Mínima Cuantía DNDA 013-2015 Apreciados Señores: La Dirección Nacional de Derecho de Autor se permite informar que la propuesta presentada por la firma IFX NETWORKS COLOMBIA SAS el 17 de abril de 2015 radicada con el No. 1-2015-27898 dentro del proceso DNDA 013-2015, cuyo objeto es Contratar la prestación del servicio de 100 buzones de correo electrónico bajo su dominio institucional derechodeautor.gov.co, con una capacidad mínima de 1 Gb para cada una de las cuentas., por valor de UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($1 696.000) M/Cte incluido I.V.A., fue aceptada por la Dirección Nacional de Derecho de Autor en los términos y condiciones allí consignados, precisando que la presente comunicación de aceptación junto con la oferta presentada por IFX NETWORKS COLOMBIA SAS constituyen para todos los efectos el contrato celebrado, con base en el cual se efectuará el respectivo registro presupuestal, conforme se estipula en el Artículo 94 literal d) de la ley 1474 de 2011.
DATOS DEL CONTRATO No. DNDA 013-2015 1. DATOS DEL CONTRATANTE CONTRATANTE Dirección Nacional de Derecho de Autor DIRECCIÓN Y TELÉFONO Calle 28 No. 13A-15 Piso 17 en Bogotá, D.C. Tel. 3418177 Ext. 121 CORREO ELECTRÓNICO Compras@derechodeautor.gov.co NIT. 800.185.929-2 REPRESENTANTE LEGAL Alberto Giancarlo Marcenaro Jiménez IDENTIFICACIÓN C.C. 79.232.368 de Bogotá CARGO Director General NOMBRAMIENTO Y Decreto de nombramiento No. 1420 del 02 de julio de POSESIÓN 2013 expedido por el Ministerio del Interior y posesionado mediante acta de fecha 15 de julio de 2013 2. DATOS DEL CONTRATISTA CONTRATISTA IFX NETWORKS COLOMBIA SAS DIRECCIÓN Y TELÉFONO Diagonal 97 No. 17 60 Piso 4 Edificio Centro Empresarial Corporativo. Bogotá. Teléfono:3693000 Fax: 3693003 CORREO ELECTRÓNICO comunicaciones@ifxcorp.com NIT. 830.058.677-7 REPRESENTANTE LEGAL Luis Gabriel Castellanos Marín IDENTIFICACIÓN C.C. 79.907.358 de Bogotá CARGO Representante legal 3. CONSIDERANDOS PROCESO SUPERVISOR DEL CONTRATO OBJETO El presente contrato se deriva del proceso de Mínima Cuantía No. DNDA 013-2015 El Coordinador de la Unidad de Sistemas o quien haga sus veces, verificarán la ejecución idónea y el cumplimiento del objeto del contrato. El supervisor deberá allegar al Grupo de Compras el informe de supervisión, una vez entregada la totalidad del objeto contractual. Adicionalmente, deben verificar que el contratista cumpla con el pago de salud, pensión y parafiscales, tal y como lo exige la normatividad vigente. Contratar la prestación del servicio de 100 buzones de correo electrónico bajo su dominio institucional derechodeautor.gov.co, con una capacidad mínima de 1
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL VALOR DEL CONTRATO FORMA DE PAGO Gb para cada una de las cuentas. Para cubrir los costos de la contratación a celebrar se cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 6315 de fecha 15 de abril de 2015 que corresponde al rubro A-20465 Servicios de Transmisión de Información por valor de $ 1 696.000 UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($1 696.000,oo) M/Cte incluido I.V.A. La Dirección Nacional de Derecho de Autor, cancelará el valor del contrato, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la habilitación de los correos y recibo a satisfacción del servicio es decir, una vez el contratista adjudicado haya realizado la configuración y entrega del panel de control de los buzones para el manejo de las cien (100) cuentas bajo el dominio derechodeautor.gov.co, la radicación en la Oficina de Radicación y correspondencia de la DNDA de la factura comercial, acompañada de la certificación que sobre el cumplimiento del contrato expida el funcionario designado por la Entidad para ejercer la supervisión del contrato y de la certificación donde se verifique el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de las obligaciones con el sistema general de seguridad social (sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes parafiscales (cajas de compensación familiar, ICBF y SENA). Sin embargo, es de aclarar que estos pagos quedan sujetos a la aprobación del PAC por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Los pagos se harán a la siguiente cuenta: NOMBRE BENEFICIARIO: IFX NETWORKS COLOMBIA SAS NIT: 830.058.677-7 BANCO: COLPATRIA S.A. TIPO DE CUENTA: CORRIENTE NUMERO DE CUENTA: 0131075006 PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA El plazo de ejecución de este contrato será de por el termino de ocho (8) meses sin exceder el 31 de diciembre de 2015, contados a partir del 01 de mayo de 2015 previa comunicación de aceptación de la oferta, expedición del Registro Presupuestal y puesto en
funcionamiento las cuenta de correo objeto del proceso. LUGAR DE EJECUCIÓN MONEDA DEL CONTRATO MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO A CARGO DEL CONTRATISTA OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El lugar de ejecución del contrato será en la sede de la DNDA ubicada en la calle 28 # 13A-15 piso 17 de Bogotá D.C. Pesos colombianos La entidad estatal es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía, tal como lo establece el Artículo 87 del Decreto 1510 de 2013 y para el presente proceso atendiendo el objeto y cuantía del mismo no se considera la exigibilidad de garantías para amparar riesgos. El futuro CONTRATISTA para efectos del cumplimiento del contrato se comprometerá a cumplir además de las obligaciones inherentes a la naturaleza del mismo y las derivadas de las disposiciones legales vigentes, las siguientes: Obligaciones generales del contratista a) Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato b) Cumplir con el objeto y obligaciones del contrato, presentando los informes sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato. c) Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato y el Director General con el fin de que el bien y/o servicio se entregue a entera satisfacción de la Entidad. d) Pagar los impuestos si a ello diere lugar. e) Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato. f) No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta. g) No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación. h) Dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de
2002 y al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. i) Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del contratista. j) Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales. k) Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato. l) Ejecutar las medidas especiales de control que le imparta el supervisor del contrato designado por la Dirección Nacional de Derecho de Autor y a desempeñar las demás actividades que sean necesarias para lograr un total y adecuado cumplimiento de sus obligaciones aunque no estén específicamente señaladas. m) Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en el contrato. n) Cumplir con las especificaciones técnicas de la propuesta. o) Informar oportunamente y por escrito al contratante, a través del supervisor del contrato los inconvenientes que afecten la ejecución del contrato. p) Cumplir con los requisitos de ley sobre la inscripción y vinculación permanente de sus empleados durante la ejecución del contrato, a los sistemas de Seguridad Social, Salud, Pensión y Riesgos Profesionales, de conformidad con lo establecido en la Ley 100 de 1993, Decreto 1703 de 2002, Decreto 2800 de 2003 y Ley 828 de 2003. q) Será por cuenta del contratista todos los salarios y prestaciones del personal a su servicio. r) Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan por causas que le sean imputables. s) Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013 y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
Obligaciones específicas del contratista a) Configurar y entregar el acceso al panel de control para la administración de 100 cuentas de correo electrónico bajo el dominio derechodeautor.gov.co b) Cada una de las cuentas debe tener una capacidad mínima de 1Gb c) Se debe contar con la posibilidad de backups mensuales programados de la información. d) Los usuarios deben poder contar con la posibilidad de ver su email, calendarios, lista de tareas, contactos y demás herramientas e información a través de un explorador de Internet. e) Debe incluir Antispam que elimine todos los correos spam o con virus. Esta herramienta contiene los filtros y listas continuamente actualizados con los correos considerados spam a nivel mundial. f) Ofrecer la posibilidad de usar el correo electrónico a través de los dispositivos Windows Handheld, además de sincronizar calendarios, contactos y archivos. g) Permitir a todo el personal de la Entidad tener la posibilidad de ver la disponibilidad de sus colegas para programar y/o cambiar reuniones, salas de conferencia y planes de proyecto h) Permitir crear y asignar listas de tareas o Cosas por hacer para luego compartirlas con los miembros de los equipos de trabajo i) Implementar tecnologías de filtrado, que ayuden a detectar y filtrar los mensajes que contienen spam o malware antes de que se envíen. j) Contar con mecanismos de autenticación como sender policy framework (SPF) y domainkeys identified mail (DKIM) k) Incluir interfaces de envío de correo electrónico mínimo el protocolo de transferencia simple de correo electrónico (SMTP). l) Generar reportes de entrega satisfactorios, mensajes rechazados, mensajes rebotados, quejas. m) Definir parámetros o implementar mecanismos para que no sean reportados en listas negras n) El uso de los buzones bajo el dominio derechodeautor.gov.co debe ser de mínimo ocho (8) meses sin exceder el 31 de diciembre
de 2015. PUBLICACIONES INDEMNIDAD El presente documento se publica en el SECOP y en la página Web de la Entidad de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013. Con la publicación de la comunicación de aceptación en el SECOP, el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta. El futuro contratista, se obliga a mantener indemne a la DNDA de toda reclamación, demanda, acciones legales o similares, originadas en reclamaciones de terceros, que tengan como causa toda acción u omisión del contratista, subcontratista o dependientes a su cargo y que con ellas haya ocasionado daños, lesiones y/o perjuicios a terceros durante la ejecución del contrato. NOTA. Los estudios previos, la oferta económica, especificaciones técnicas y demás documentos del proceso hacen parte integral de la presente aceptación de la oferta. DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR EL SUSCRITO GIANCARLO MARCENARO JIMÉNEZ Director General