Vitoria/Gasteiz, 2007ko martxoaren 21a Vitoria-Gasteiz, a 21 de marzo de 2006



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ETXEBIZITZA ETA GIZARTE GAIETAKO SAILA DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES Mª DEL CARMEN LÓPEZ DE OCARIZ LÓPEZ DE MUNAIN EUSKAL TALDE POPULARREKO LEGEBILTZARKIDEAK EGINDAKO DOKUMENTAZIO-ESKEARI EMANDAKO ERANTZUNA. GAIA: ETXEBIZITZA ETA GIZARTE GAIETAKO SAILEAN 2006KO AURREKONTUKO 3123.21.23201 001 PARTIDAREN KARGURA (PROFESIONAL INDEPENDENTEAK) EGINDAKO GASTUAK ABALATZEKO DOKUMENTUAK. CONTESTACIÓN A LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN DOCUMENTADA FORMULADA POR DÑA. Mª DEL CARMEN LÓPEZ DE OCARIZ LÓPEZ DE MUNAIN, PARLAMENTARIA DEL GRUPO POPULAR VASCO, RELATIVA A DOCUMENTOS QUE AVALEN LOS GASTOS DEL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES CON CARGO A LA PARTIDA 3123.21.23201 001, PROFESIONALES INDEPENDIENTES, DEL PRESUPUESTO 2006. Vitoria/Gasteiz, 2007ko martxoaren 21a Vitoria-Gasteiz, a 21 de marzo de 2006 ETXEBIZITZA ETA GIZARTE GAIETAKO SAILBURUA EL CONSEJERO DE VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES Javier Madrazo Lavín Donostia - San Sebastian, 1 01010 VITORIA-GASTEIZ telf. 945 01 64 04 Fax 945 01 64 07

Procesos principales en la Viceconsejería de Asuntos Sociales 12 de diciembre de 2006 1. Presentación del documento La finalidad última de este documento no es otra que alinear estratégica y operativamente las Direcciones de la Viceconsejería de Asuntos Sociales a la nueva etapa propugnada por el Departamento para los servicios sociales, etapa definida por el avance cualitativo en la configuración de un sistema público de servicios sociales sólido y coherente, basado en una nueva ley fruto de un gran pacto social y sustentado en un plan estratégico ambicioso a la vez que riguroso. Abordar en condiciones esta etapa requiere de la contribución ordenada de las diferentes personas que desempeñan tareas hasta la fecha en las distintas Direcciones, así como de la estimación de las nuevas necesidades. Así, en el documento se aportarán análisis y consideraciones sobre los procesos que debieran desarrollar los nuevos elementos, así como posibles modificaciones que pudieran plantearse en cuanto a la forma o la envergadura (en términos de dotación de recursos humanos) de la estructura con la que se cuenta. Sea como fuere, entendemos que este trabajo no es sino un paso más entre otros que se han dado, se están dando y se van a seguir dando desde diferentes perspectivas y ámbitos y que están orientados, todos ellos, a los mismos fines. El documento se elabora con apoyo de consultoría y a partir de la información aportada por las personas que trabajan en la Viceconsejería de Asuntos Sociales, buscando, en todo caso, el mayor grado de aportación y consenso por parte de las personas con responsabilidades políticas y técnicas en las distintas Direcciones y la Viceconsejería de Asuntos Sociales en general e intentando también acoger en la mayor medida posible las orientaciones y aportaciones de la Oficina para la Modernización Administrativa y la Viceconsejería (y en particular la Dirección) de Función Pública. Así, en la

procesos principales / 2 interacción con la Oficina para la Modernización Administrativa hemos intentando capturar sobre todo su filosofía y orientaciones en materia de diseño de procesos y, en general, gestión de calidad (sobre la base del modelo EFQM de excelencia). En la interacción con la Dirección de Función Pública hemos intentado profundizar y basarnos en el Nuevo modelo de organización y recursos humanos en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en sus perspectivas e instrumentos para el análisis funcional de puestos de trabajo. El documento comienza con un breve apartado en el que se intenta plasmar la identidad filosófica y estratégica de la Viceconsejería de Asuntos Sociales, o dicho de otra manera, la descripción de la función y orientación general de la Viceconsejería en el ámbito que le es propio, es decir, el de la política pública para la intervención social en la Comunidad Autónoma del País Vasco. A continuación se describen los principales procesos que tienen lugar en la Viceconsejería, esto es, fundamentalmente en el seno de sus Direcciones. 2. Principales términos utilizados Con el fin de que este documento tenga la mayor utilidad posible para la Viceconsejería de Asuntos Sociales en ulteriores pasos y trabajos a abordar en lo que tiene que ver con la mejora de sus procesos y el dimensionamiento de su estructura hemos intentado adoptar y utilizar, en la medida de nuestras posibilidades, los términos y esquemas propuestos por la Oficina para la Modernización Administrativa y la Dirección de Función Pública. En particular, el cuadro que sigue es, en casi todos sus apartados, especialmente tributario del documento titulado Nuevo modelo de organización y recursos humanos en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Proceso Denominamos proceso a un conjunto o secuencia de tareas en cuya realización están involucradas (en principio) varias personas (dicho de otra manera, varios puestos de trabajo). En este documento nos referiremos como procesos a grandes conjuntos de tareas en cuya ejecución toman parte varios puestos de trabajo (bajo la responsabilidad última de una Directora o Director) y que permiten el ejercicio de un conjunto de funciones o responsabilidades especialmente relacionadas o vinculadas entre sí.

procesos principales / 3 Competencia Puestos (y dotación) Destinatarias y destinatarios Función Tarea Carga Estructura La competencia es la capacidad legalmente reconocida para realizar alguna actividad que permite responder a alguna necesidad de alguna destinataria o destinatario (cliente, si se prefiere). Por ello, en este documento, en el apartado denominado competencia indicaremos y plasmaremos el texto legal en el que ser reconoce la capacidad y se establece imperativamente la responsabilidad de una parte de la Administración pública para la realización del proceso del que estemos hablando en cada caso. Un puesto de trabajo es un conjunto de responsabilidades (o funciones) que, en lo observable, se traduce en un conjunto de tareas que un individuo puede llevar a cabo. En nuestra descripción de procesos, en el apartado correspondiente identificaremos los diferentes puestos que toman parte en un proceso (clasificados por grandes grupos, como se verá) y la correspondiente dotación, es decir, el número de puestos (de cada tipo). Denominaremos destinatarias o destinatarios (equivalente, si se quiere, a clientes) a aquellas personas, unidades, organizaciones o, en general, agentes cuyas necesidades (eventualmente, derechos) pretende satisfacer un determinado proceso. Puede darse el caso de que un proceso desemboque en una destinataria o destinatario (cliente) interno (a la organización) o externo. Responsabilidad asumida o compromiso adquirido por parte de la Administración con relación a alguna necesidad de una destinataria o destinatario (cliente). Podríamos decir que la función es la que da sentido a las tareas que se realizan para ejercerla y que las tareas que se ejecutan para ejercer una función pueden variar en función de muy diversas circunstancias. Llamaremos tarea a cada actividad (en principio observable) mediante las que se satisface o satura una responsabilidad o función. Llamaremos carga a la valoración cuantitativa (en términos de horas/año de cada tipo de puesto) que hacemos de cada tarea. Pauta o patrón regular que se observa en la articulación o interacción entre los diferentes puestos de trabajo y que se plasma en un organigrama. Nos referiremos tanto a su forma como a su envergadura. 3. La Viceconsejería de Asuntos Sociales La identidad y funciones de la Viceconsejería de Asuntos Sociales (con sus correspondientes Direcciones) emanan del Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales.

procesos principales / 4 A partir de ese marco, en el trabajo realizado por la Viceconsejería con la Oficina de Modernización Administrativa se ha elaborado la siguiente declaración provisional de misión para la Viceconsejería: Mejorar, en el marco de las competencias propias del Gobierno Vasco, las condiciones para la calidad de vida, la igualdad, la integración y el ejercicio de la solidaridad de las ciudadanas y ciudadanos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Igualmente se ha establecido la siguiente visión (revisable): Llegar a ser, en el ejercicio de sus responsabilidades, un agente de influencia determinante en el marco de las políticas públicas vascas de bienestar social, inmigración, cooperación al desarrollo y drogodependencias por su capacidad de regulación, interlocución, mediación, innovación, servicio y facilitación de la labor del resto de agentes públicos, sociales y privados interesados y participantes. Por último, los principios por los que se rige el trabajo de la Viceconsejería de Asuntos Sociales son (sometidos a la revisión permanente por parte de la Viceconsejería y sus Direcciones) los siguientes: universalidad, equidad, prevención, colaboración interinstitucional, participación social, calidad. Obviamente son las diferentes Direcciones con sus contenidos específicos las que aportan en última instancia el contenido a la Viceconsejería. Sin embargo, al estar reunidas se produce entre ellas un efecto de sinergia que permite, mediante una adecuada planificación estratégica y coordinación de esfuerzos, multiplicar el impacto político y administrativo del trabajo que se realiza en el ámbito de la intervención social de la Comunidad Autónoma del País Vasco. 4. Los procesos en la Viceconsejería de Asuntos Sociales La mayor parte de las actividades (y por tanto de los procesos) que tienen lugar en la Viceconsejería de Asuntos Sociales se realizan en el seno de sus Direcciones. En cualquier caso, se describirá en primer lugar el proceso que tiene lugar a escala de la Viceconsejería para describir después los que funcionan en cada una de las Direcciones.

procesos principales / 5 4.1. Proceso que tiene lugar en el conjunto de la Viceconsejería Nombre del proceso: Proceso de coordinación general de la acción de la Viceconsejería. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 6: A las Viceconsejeros o Viceconsejeros del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, bajo la dependencia directa y jerárquica del Consejero titular del Departamento les corresponde, con carácter general, el ejercicio de las siguientes atribuciones: a) La representación del Departamento por delegación del Consejero. b) La programación, dirección, coordinación, impulso y supervisión de las actuaciones de la Viceconsejería y de los órganos dependientes de la misma. c) La propuesta al Consejero de la normativa y planes de actuación de la Viceconsejería. Artículo 13: A la Viceconsejería de Asuntos Sociales le corresponde, además de las que con carecer general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: a) La supervisión y dirección de la planificación y ejecución de la política de Bienestar Social, Servicios Sociales, Inmigración, Drogodependencias, Cooperación al Desarrollo, Voluntariado e Infancia. b) La planificación, promoción, coordinación y evaluación de las actuaciones de los organismos públicos y privados que actúen en el campo del bienestar y servicios sociales, así como del mantenimiento y mejora de su catálogo de prestaciones. f) La potenciación de las relaciones de colaboración con las asociaciones, fundaciones, organizaciones no gubernamentales y movimientos sociales que trabajen en el campo de los asuntos sociales, en coordinación con la Viceconsejería de Participación Ciudadana y Relaciones Institucionales. Responsable. Viceconsejero o Viceconsejera de Asuntos Sociales. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Viceconsejero o Viceconsejera. 1 Personal administrativo (SAC). 1 Asesor. 1 Consultoría. Destinatarias o destinatarios. Consejero o Consejera. Direcciones. Homólogos u homólogas (institucionales). Agentes sociales operantes en el sector. Funciones vinculadas a la competencia. Mantenimiento de la coherencia y las sinergias entre la actuación de las diferentes Direcciones en el marco de la política del Departamento. Interlocución e interrelación del Departamento con las instituciones y agentes del sector de los asuntos sociales. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función.

procesos principales / 6 1. Tomar parte activa en las reuniones departamentales. 2. Liderar las reuniones de la Viceconsejería. 3. Realizar el seguimiento de la actuación de las Direcciones. 4. Mantener relaciones (interlocución, reuniones...) con el entorno. 5. Procesar, elaborar y distribuir información estratégica. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Reuniones departamentales: 20 h/mes (Viceconsejero/a) + 5 h/mes (personal administrativo: SAC) + 10 h/mes (asesor). 2. Reuniones de la Viceconsejería: 20 h/mes (Viceconsejero/a) + 5 h/mes (personal administrativo: SAC) + 30 h/mes (asesor). 3. Seguimiento de las Direcciones: 30 h/mes (Viceconsejero/a) + 10 h/mes (personal administrativo: SAC) + 50 h/mes (asesor). 4. Relaciones con el entorno: 60 h/mes (Viceconsejero/a) + 110 h/mes (personal administrativo) + 50 h/mes (asesor). 5. Información estratégica: 30 h/mes (Viceconsejero/a) + 10 h/mes (personal administrativo) + 90 h/mes (consultoría).

procesos principales / 7 4.2. Procesos que tienen lugar en la Dirección de Bienestar Social. Nombre del proceso: Proceso de diagnóstico, planificación y evaluación. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: c) El impulso, dirección, coordinación y control de las actividades de la Dirección, de conformidad con las instrucciones de los órganos superiores. Artículo 14: A la Dirección de Bienestar Social le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: a) La elaboración de proyectos normativos en materia de infancia, mediación familiar y protección de menores, tercera edad, discapacitados y, en general, en materia de bienestar social y servicios sociales. b) La promoción de actuaciones institucionales en el ámbito de la prevención social y comunitaria. c) La programación y elaboración de estudios sobre necesidades y recursos sociales. d) La planificación de actuaciones en el espacio socio-sanitario (...). e) La ordenación de los servicios sociales (...). p) La regulación, ordenación e implantación de servicios de mediación familiar. u) La propuesta de actuaciones destinadas a impulsar y promover la igualdad real y efectiva de las personas en el ámbito de la libertad afectivo-sexual. v) La propuesta de actuaciones y la elaboración de proyectos normativos dirigidos a eliminar las trabas que dificulten o impidan la libertad afectivo-sexual. z) El desarrollo de los sistemas de recogida metodológica de control, tratamiento de datos y documentación recibidos en los servicios sociales de base o especializados, así como actuaciones de evaluación de programas, prestaciones y servicios (...). Responsable. Directora o Director de Bienestar Social. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Directora o Director. 1 Responsable Técnico de la Dirección (técnico o técnica especialista). 5 Técnicos o técnicas especialistas. Destinatarias o destinatarios. La Viceconsejería de Asuntos Sociales. Las personas trabajadoras de la Dirección. Las personas o agentes colaboradores y proveedores de la Dirección. Las entidades o instituciones relacionadas con la Dirección. Funciones vinculadas a la competencia. Establecimiento de los objetivos y cursos de acción de la Dirección a nivel estratégico y operativo. Análisis de la realidad interna y externa y valoración de los efectos conseguidos por las actividades de la Dirección. Identificación y asignación de los recursos necesarios: materiales, humanos,

procesos principales / 8 técnicos y económicos. Cuidado de la coherencia y eficacia de las actuaciones de la Dirección. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función. 1. Elaborar informes de situación y, en su defecto, leer los diagnósticos existentes sobre los distintos ámbitos competencia de la Dirección. Es habitual que, aparte de un informe global de cada una de estas áreas se requieren diferentes informes parciales, focalizada la atención de cada uno de ellos en aspectos diferentes según el propósito final al que deban servir. 2. Elaborar planes y/o proyectos, desde planes plurianuales y de ámbito global (véase Plan de Servicios Sociales) hasta planes sectoriales, anuales u operativos. 1. Tomar parte en reuniones internas o con colaboradores o colaboradoras para la elaboración del texto de los planes insumo de los técnicos o técnicas especialistas o de las personas expertas contratadas. 2. Mantener la interacción constante con el proceso de participación y coordinación. 3. Elaborar los presupuestos anuales. 3. Desarrollar disposiciones de carácter normativo. Subproceso que se activa cuando la planificación contempla o requiere el desarrollo de una ley, decreto u orden. Bastante habitual dada la competencia reguladora que la Ley de servicios sociales otorga al Gobierno Vasco. Desarrollado conforme a la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general. Conexión importante con el proceso de participación y coordinación, tanto por requerimiento de la Ley citada (por ejemplo, trámite de audiencia), como por cultura organizacional de la Dirección y el Departamento en general. 4. Realizar el seguimiento y los ajustes de lo planificado según resultados de evaluaciones intermedias (más o menos formalizadas). 5. Evaluar cada uno de los planes. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Diagnósticos o informes de situación: 4 h/mes (Director/a) + 9 h/mes (técnico/a especialista). Consideración aparte merece el informe anual sobre la situación de los servicios sociales en la CAPV, fuente de información a su vez para muchos de los informes de situación requeridos. Su envergadura recomienda su contratación a un servicio especializado externo, que es lo que se viene haciendo hasta la fecha: 600 h/año. Observatorio de la Infancia y la Adolescencia: prevista su puesta en marca para enero de 2007, contempla un equipo de trabajo compuesto por 2 técnicos o técnicas especialistas y una persona para tareas administrativas pertenecientes a la función pública, además de una persona asesora/experta. Consideración aparte merecería todo lo relacionado con la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia, también prevista en la Ley 3/2005 de atención y protección a la infancia y adolescencia. 2. Planes y/o proyectos (sin contabilizar el tiempo del proceso de participación y coordinación que requiere esta actividad): 6 h/mes (Director/a) + 30 h/mes (técnico/a especialista). 3. Desarrollo normativo (sin contabilizar el tiempo del proceso de participación y coordinación que requiere esta actividad): 2 h/mes (Director/a) + 20 h/mes (técnico/a especialista) + 70 h/mes (letrado). 4. Seguimiento y ajustes de lo planificado: 40 h/mes (Director/a) + 6 h/mes (técnico/a especialista). 5. Evaluación y memoria: 4,5 h/mes (Director/a) + 5 h/mes (técnico/a especialista).

procesos principales / 9 Nombre del proceso: Proceso de participación y coordinación. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: a) La representación del Departamento por delegación del Consejero. c) El impulso, dirección, coordinación y control de las actividades de la Dirección, de conformidad con las instrucciones de los órganos superiores. Artículo 14: A la Dirección de Bienestar Social le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: f) La coordinación de las actuaciones, supervisión y control de la ejecución de la normativa sustantiva sobre servicios sociales (...). h) La participación en todos aquellos ámbitos con presencia institucional que afecten a competencias propias de la Dirección, así como en las actuaciones e iniciativas públicas con participación social que afecten al bienestar y a la integración social (...). j) La participación en aquellos programas y proyectos promovidos por el Gobierno que impliquen recogida y transmisión de información sobre áreas que son competencia de esta Dirección. t) El apoyo y la asistencia al Consejo Vasco de Bienestar Social y al Consejo para la promoción integral y la participación social del pueblo gitano. e ) El apoyo y la asistencia al Consejo Vasco del Voluntariado. Responsable. Directora o Director de Bienestar Social. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Directora o Director. 1 Responsable Técnico de la Dirección (técnico o técnica especialista). 4 Técnicos o técnicas especialistas: responsables de la dinamización de los procesos de participación y coordinación liderados por la Dirección; representantes técnicos de la Dirección en otros Consejos, Foros, Comisiones Interinstitucionales, Comisiones Interdepartamentales, grupos de trabajo y equipos técnicos, etc. 1 Técnico o técnica de gestión: para el desempeño de las funciones de secretaría del Consejo Vasco de Bienestar Social. 1 Personal administrativo (SAC): para todo lo que tiene que ver con las relaciones con el entorno de la Directora/Director. Destinatarias o destinatarios. Instituciones y agentes sociales que intervienen en el desarrollo de los servicios sociales. Proceso interno de diagnóstico, planificación y evaluación. Funciones vinculadas a la competencia. Participación de las personas y/o los agentes que puedan verse afectados o que se encuentren interviniendo en el sector, en la elaboración de las políticas sociales. Contraste con las instituciones y agentes sociales implicados en el desarrollo de los distintos sectores de intervención los desarrollos normativos y actuaciones gubernamentales que les vayan a afectar.

procesos principales / 10 Traslado del conocimiento y saber hacer de la Dirección a los espacios interdepartamentales e interinstitucionales para el enriquecimiento y construcción de proyectos globales. Consideración de las necesidades y aspiraciones sociales en la formulación de planes y programas compartidos. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función. 1. Intercambiar información y documentación para contraste, revisión, alegaciones, aportaciones, etc. tanto a iniciativa de la Dirección como de otras áreas y comisiones. Mantener contrastes telefónicos esporádicos. 2. Preparar y participar en reuniones presenciales de órganos interdepartamentales e interinstitucionales en los que la Dirección participa. 3. Liderar Consejos y Comisiones Técnicas propias. Coordinarse con los servicios técnicos de otras CC.AA. (esta tarea es especialmente compleja en el caso de la adopción internacional -estudio para conformidad de solicitudes de otras CC.AA. que serán tramitadas por ECAI (entidades colaboradoras para la adopción internacional) de la CAPV; solicitud de informe de conformidad para solicitudes de la CAPV que serán tramitadas por las ECAI de otras CC.AA.) 4. Gestionar la Secretaría de los Consejos: Consejo Vasco de Bienestar Social, Consejo Vasco de Voluntariado, Consejo para la Promoción Integral y Participación Social del Pueblo Gitano. 5. Asesorar y procurar asistencia técnica a asociaciones, entidades sociales, fundaciones... 6. Preparar informes técnicos para respuesta al Ararteko. 7. Colaborar en la elaboración de las respuestas parlamentarias sobre los temas competencia de la Dirección de Bienestar Social. 8. Colaborar en el mantenimiento de la página web del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales elaborando y estructurando la información a insertar. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Intercambio de documentación para contraste, revisión, alegaciones, aportaciones. Contrastes telefónicos puntuales: 40 h/mes (Director/a) + 25 h/mes (técnico/a especialista) + 1 h/mes (letrado) + 70 h/mes (personal administrativo: SAC). 2. Preparación y asistencia a reuniones presenciales: 60 h/mes (Director/a) + 50 h/mes (personal administrativo: SAC) + 20 h/mes (técnico/a especialista) + 20 h/mes (técnico/a de gestión). 3. Consejos y Comisiones Técnicas: 10 h/mes (técnico/a especialista). 4. Secretaría de Consejos: Consejo Vasco de Bienestar Social, Consejo Vasco de Voluntariado, Consejo para la Promoción e Integración Social del Pueblo Gitano: 10 h/mes (técnico/a de gestión) + 3 h/mes (personal administrativo) + 4.450 h/año (entidades externas adjudicatarias del servicio). 5. Asesoramiento y asistencia técnica: 10 h/mes (técnico/a especialista). 6. Informes técnicos para respuesta al Ararteko: 1 h/mes (técnico/a especialista) + 1 h/mes (letrado). 7. Colaboración para la elaboración de respuestas parlamentarias: 1 h/mes (técnico/a especialista) + 1 h/mes (letrado). 8. Colaboración en el mantenimiento de la página web del Departamento: 0,5 h/mes (técnico/a especialista). 9. Gestión de Registros: Incremento de la carga de técnicos o técnicas especialistas y personal administrativo para atender la gestión de: Registro General de Servicios Sociales (competencia recogida en el Decreto 373/2005, artículo 14º, apartado i. Actualmente no se está gestionando). Registro de Parejas de Hecho (competencia recogida en el Decreto 373/2005,

procesos principales / 11 artículo 14º, apartado w). Registro de Entidades Colaboradoras para la Adopción Internacional (competencia emanada de la Ley 3/2005, de Atención y Protección a la Infancia y a la Adolescencia, artículo 85º. No se encuentra aún activo). Censo de Entidades Voluntarias (competencia emanada de la Ley 17/1998, de 25 de junio, del voluntariado. Gestionado básicamente por contrato externo).

procesos principales / 12 Nombre del proceso: Proceso de gestión de la relación con proveedoras y proveedores. La contratación y provisión de los elementos logísticos y materiales necesarios para el desarrollo de la labor profesional de los y las trabajadoras de la Dirección corresponde en su gran mayoría a la Dirección de Servicios. No obstante, hemos reflejado aquí el proceso de gestión de la relación con proveedores y proveedoras para la provisión y/o gestión de un determinado servicio. Esta circunstancia es frecuente cuando se trata de la gestión de programas declarados como de acción directa y, por tanto, competencia de Gobierno Vasco. Está previsto que la acreditación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI) se regule también a través del concurso, con lo que seguiría un proceso parecido al descrito en estas páginas. Competencia: Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: b) La organización de los servicios internos y sistemas de trabajo de la Dirección, sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios. Artículo 14: A la Dirección de Bienestar Social le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: l) La ordenación y gestión de los programas y actuaciones de acción directa del Gobierno Vasco (...). ñ) La acreditación, control e inspección de las entidades colaboradoras de adopción internacional (...). r) El desarrollo de actuaciones, programas y campañas de sensibilización sobre la situación de la infancia y la familia en el marco de las competencias de la Dirección. x) La gestión del Servicio de Libertad Afectivo Sexual (Berdindu). Responsable: Directora o Director de Bienestar Social. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 3 Técnicos o técnicas especialistas. Destinatarias o destinatarios: Los proveedores y proveedoras de servicios. Las personas usuarias de los servicios. Funciones vinculadas a la competencia: Dotación de recursos de gestión a los servicios y programas encomendados como acción directa de la Dirección. Provisión de recursos, mayoritariamente técnicos (información), a diferentes procesos que los requieran. Garantía de la calidad e idoneidad de los proveedores seleccionados. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función: 1. Convenios: elaborar, negociar y acordar el texto; mantener la comunicación con la entidad convenida; realizar el seguimiento de los compromisos del convenio. 2. Concursos: preparar los pliegos/bases técnicas; estudiar y valorar las ofertas;

procesos principales / 13 proponer la asignación; resolver; mantener el contacto y realizar el seguimiento del trabajo encomendado; recepcionar el producto final. 3. Contratos menores: definir el pedido, aceptar el presupuesto, recepcionar y comprobar el pedido. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Convenios: 5 h/mes (técnico/a especialista). 2. Concursos: 3 h/mes (técnico/a especialista). 3. Contratos menores: 0,5 h/mes (técnico/a especialista). Desplazamiento parcial de la carga del técnico o técnica especialista a personal administrativo, de manera que de las 5 horas mensuales destinadas a los convenios (tarea 1ª) 2 pasen a ser realizadas por personal administrativo, al igual que 1 de las dedicadas a concursos (tarea 2ª).

procesos principales / 14 Nombre del proceso: Proceso de gestión de ayudas, subvenciones y becas. Competencia: Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 14: A la Dirección de Bienestar Social le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: e) La ordenación de los servicios sociales (...), así como de la normativa que regula la concesión de ayudas para actividades en el área de los servicios sociales del País Vasco (...). k) El fomento de la formación cualificada del personal que actúa en el ámbito de los servicios sociales. q) En el marco del Plan de Apoyo a las Familias con hijos e hijas aprobado por el Gobierno Vasco, la implementación (...) de ayudas a las familias y consolidación de la red de guarderías y escuelas infantiles (...). s) El fomento y promoción de planes de prevención y actuación en defensa de los y las menores (...). La promoción personal y la integración social de las personas mayores, así como de las que sufren algún tipo o grado de discapacidad. (...) las iniciativas y servicios dirigidos a los grupos y colectivos que sufren discriminación y marginación social (...). a ) El desarrollo de ayudas compensatorias e iniciativas reparadoras de carácter cultural y simbólico a quienes sufrieron privación de libertad por supuestos objeto de la Ley de Amnistía (...). f ) La promoción, apoyo y fomento del voluntariado y de las agencias del voluntariado. Responsable: Directora o Director de Bienestar Social. Comisión / Órgano colegiado designado para el estudio de las solicitudes y elevación de las propuestas de resolución. Puestos (y dotación) actualmente involucrados total o parcialmente en el proceso. 6 Técnicos y técnicas de gestión. 3 Personal administrativo: grabación en el programa M40 de los datos identificativos de cada expediente, el resultado de la valoración técnica y la propuesta de resolución; preparación de los textos para la publicación en BOPV; información y atención al público. EJIE: respuesta a las personas y/o entidades solicitantes de ayudas a través de la información contenida en la M40. Letrado/letrada para valoración y resolución de recursos. Destinatarias o destinatarios: Entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades en el área de los servicios sociales en el País Vasco. Entidades y agencias de voluntariado que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Unidades familiares residentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco que tengan a su cargo niños y niñas menores de 3 años que se encuentren matriculados en centros que ofrezcan el primer ciclo de educación infantil. Estudiantes de los centros universitarios del País Vasco que tengan la condición legal de minusvalía y que debido a su discapacidad se vean en la imposibilidad de utilizar de manera autónoma los medios normalizados de transporte.

procesos principales / 15 Funciones vinculadas a la competencia: Resolución, en forma y plazo, de las solicitudes de ayuda económica que, al amparo de diferentes órdenes, se convocan anualmente al objeto de ofrecer: a la iniciativa social apoyos para la realización de programas y servicios considerados de interés para el desarrollo y la articulación de la red de servicios sociales; a las personas con rentas limitadas apoyos a la escolarización de sus hijos e hijas. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función. 1. Informar a los potenciales destinatarios y destinatarias sobre las condiciones que regulan cada una de las líneas de ayudas. 2. Recibir y estudiar las solicitudes: Preparar las solicitudes para su grabación. Grabar las solicitudes y asignarles su número de expediente (M40). Realizar una primera lectura y valoración. Requerir, si procede, documentación no aportada: generar cartas y acuses de recibo; controlar la recepción de los acuses; preparar la publicación en BOPV de las devueltas. Recibir la documentación solicitada. Estudiar cada una de las solicitudes adecuadamente presentadas. Realizar una propuesta de resolución. Levantar acta de la Comisión de Valoración. Grabar en el aplicativo informático M40 la propuesta de resolución, con puntuación y demás información significativa. Realizar ajustes conforme a la información comprobada. En algunos casos, como puede ser el de las ayudas 0-3, esta fase puede suponer cierto volumen de trabajo en la medida que hay que proceder a la comprobación del gasto real realizado (las propuestas se han realizado sobre la estimación de gasto presentada), revisión de la existencia real o no de otras ayudas para el mismo fin y, con esta información, la propuesta definitiva. 3. Preparar la documentación contable para el inicio del proceso económico-financiero, propiedad de la Dirección de Servicios (descrita y cuantificada en el proceso de gestión de la información y la documentación). 4. Informar de la resolución a las personas y/o entidades solicitantes. Comunicar vía postal individualmente a los y las solicitantes. Publicar en BOPV para información pública. 5. Realizar el 1º Pago. Dirección de Servicios. 6. Recibir, estudiar y valorar los recursos de alzada. Informar a las personas interesadas de las condiciones de presentación de los recursos. Recibir y estudiar los recursos presentados. Realizar la propuesta de resolución. Estimados: realizar el proceso contable y de pago descrito. Desestimados: comunicar argumentadamente y de forma individualizada (preparar la notificación, generar cartas, enviar y controlar los acuses de recibo, preparar la publicación en BOPV). 7. Recibir y estudiar las memorias y justificaciones económicas. Estudiar la documentación presentada. Realizar la propuesta de resolución de 2º pago. Comunicar a Contabilidad la resolución y consiguientes pagos a realizar. 8. Realizar el 2º pago. Dirección de Servicios. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Información y difusión: 5 /solicitud (personal administrativo). Nº solicitudes/año: 9.700. 2. Recepción y estudio de solicitudes: en relación a la cuantificación de esta actividad debemos hacer una distinción entre dos grandes grupos de expedientes respecto al

procesos principales / 16 grado de complejidad: Complejidad I: solicitudes que requieren la comprobación del cumplimiento de un requisito (determinado nivel de renta, existencia de discapacidad, etc.) y la justificación del gasto realizado. Complejidad II: proyectos de muy diferente origen, formato, contenido, finalidad, destinatarios,... y cuyo nexo de unión es que se refieren a proyectos que desarrollan actividades en el área de los servicios sociales. Solicitudes nivel complejidad I: 0,5 h/solicitud (técnico de gestión). Nº solicitudes/año: 8.800. Solicitudes nivel complejidad II: 3 h/solicitud (técnico/a de gestión) + 0,5 h/solicitud (personal administrativo). Nº solicitudes/año: 900. 4. Comunicación de la resolución: 10 /solicitud complejidad II (personal administrativo). Las solicitudes de complejidad I son comunicadas por EJIE. 6. Recursos de alzada: 3 h/recurso (letrado/a) + 15 /recurso (personal administrativo). Nº recursos/año: 220. 7. Memorias y justificación económica (solicitudes nivel complejidad II): 1,5 h/solicitud (técnico/a de gestión). Nº solicitudes/año: 900.

procesos principales / 17 Nombre del proceso: Proceso de comunicación interna. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: b) La organización de los servicios internos y sistemas de trabajo de la Dirección. c) El impulso, dirección, coordinación y control de las actividades de la Dirección, de conformidad con las instrucciones de los órganos superiores. Responsable. Directora o Director de Bienestar Social. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Directora o Director. 1 Responsable Técnico de la Dirección (técnico o técnica especialista). 6 Técnicos y técnicas especialistas. 1 Letrado o letrada. 7 Técnicos y técnicas de gestión. 5 Personal administrativo. Destinatarias o destinatarios: Todas las personas que trabajan en la Dirección de Bienestar Social. Funciones vinculadas a la competencia. Mantenimiento de la interlocución con las personas trabajadoras de la Dirección, garantizando que todas ellas dispongan de la información necesaria para el eficiente desarrollo de las tareas encomendadas. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función: 1. Tomar parte activa en reuniones trimestrales para el seguimiento de los proyectos y trabajos desarrollados por las distintas personas de la Dirección, asignación de nuevas tareas y evaluación de lo realizado. 2. Tomar parte activa en reuniones breves con los diferentes equipos o técnicos y técnicas para el seguimiento de cada proyecto más concretamente. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Reunión trimestral: 4 h/trimestre (Director/a) + 4 h/trimestre (todos los trabajadores y trabajadoras de la Dirección). 2. Reunión semanal: 10 h/mes (Director/a) + 4 h/mes (técnicos y técnicas especialistas y de gestión).

procesos principales / 18 Nombre del proceso: Proceso de gestión de la información y la documentación. Además de lo que de forma habitual se considera incluido en este proceso, presentamos una parte específica referida a documentación contable que, si bien puede entenderse como parte del proceso de gestión económico-financiera, competencia de la Dirección de Servicios, se viene realizando en el seno de las Direcciones que gestionan ayudas económicas. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: b) La organización de los servicios internos y sistemas de trabajo de la Dirección. Responsable. Directora o Director de Bienestar Social. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 2 Personal administrativo. Destinatarias o destinatarios. Las personas trabajadoras de la Dirección. Las personas y entidades con las que mantiene relación la Dirección. El resto de procesos de la Dirección, en la medida que da soporte a todos ellos. Proceso de gestión económico-financiera (Dirección de Servicios). Funciones vinculadas a la competencia. Ordenamiento, distribución, clasificación y archivo de la documentación escrita que llega o sale de la Dirección de manera que resulte operativa para el resto de procesos y las personas trabajadoras de la Dirección. Explotación de la información contenida en el aplicativo M40 para su compatibilidad con el soporte informático utilizado en el área de Contabilidad al objeto de facilitar el desempeño de ésta. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función. 1. Mantener la base de datos de contactos, debidamente organizada, filtrada y actualizada. 2. Recibir, clasificar y distribuir la documentación procedente del Registro del Departamento, donde ha sido dada la entrada. 3. Abrir y clasificar expedientes (tarea descrita y cuantificada en el proceso de gestión de ayudas, subvenciones y becas). 4. Preparar la documentación contable para inicio del proceso económicofinanciero, propiedad de la Dirección de Servicios: Preparar los ficheros generados por el aplicativo M40 y compatibles con el programa informático utilizado en Contabilidad de todos los departamentos de Gobierno Vasco: comprobar y subsanar errores. Generar listados territorializados para presentación a la interventora. Generar listados de distribución y envío para fiscalización (envío de una muestra de expedientes solicitada). Generar listados para el pago. 5. Cerrar los expedientes y archivarlos según protocolo de archivo general. 6. Gestionar las salidas de correspondencia en conexión con el Registro del Departamento.

procesos principales / 19 Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Mantenimiento de base de datos de contactos: 1 h/mes (personal administrativo) 2. Recepción, clasificación y distribución de la documentación procedente del Registro: 20 h/mes (personal administrativo) 3. Apertura y clasificación de expedientes (descrita y cuantificada en el proceso de gestión de ayudas, subvenciones y becas). 4. Preparación de la documentación contable: 3 h/mes (personal administrativo). 5. Cierre de expedientes y archivo: 5 h/mes (personal administrativo). 6. Gestión de las salidas de correspondencia: 20 h/mes (personal administrativo).

procesos principales / 20 Nombre del proceso: Proceso de gestión del conocimiento. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: b) La organización de los servicios internos y sistemas de trabajo de la Dirección. Responsable. Directora o Director de Bienestar Social. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Directora o Director. 1 Responsable Técnico de la Dirección (técnico o técnica especialista). 6 Técnicos y técnicas especialistas. 1 Letrado o letrada. 7 Técnicos y técnicas de gestión. 5 Personal administrativo. Destinatarias o destinatarios. Todas las personas de la Dirección Funciones vinculadas a la competencia. Acceso a documentación y fuentes de información interesantes para el conocimiento en la Dirección. Desarrollo de las competencias de las personas de la Dirección. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función. 1. Leer publicaciones referentes a materias del área de bienestar social: últimos estudios, nuevas publicaciones, artículos de revistas... 2. Participar en cursos de formación, congresos, jornadas, seminarios... sobre temática específica. 3. Participar en cursos relacionados con las herramientas de trabajo (personal administrativo). Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Lectura de publicaciones: 2 h/mes (Director/a) + 2 h/mes (Técnico/a especialista) + 2 h/mes (técnico/a de gestión) + 2 h/mes (letrado/a). 2. Asistencia a cursos, congresos, jornadas, seminarios...: 2 h/mes (Director/a) + 2 h/mes (técnico/a especialista) + 2 h/mes (letrado/a) + 2 h/mes (técnico/a de gestión). 3. Asistencia a cursos sobre herramientas de trabajo: 2 h/mes (personal administrativo, incluido SAC).

procesos principales / 21 4.3. Procesos que tienen lugar en la Dirección de Cooperación al Desarrollo. Nombre del proceso: Proceso de diagnóstico, planificación y evaluación. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: c) El impulso, dirección, coordinación y control de las actividades de la Dirección, de conformidad con las instrucciones de los órganos superiores. Artículo 15: A la Dirección de Cooperación al Desarrollo le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: g) La elaboración de proyectos normativos en materia de cooperación al desarrollo. h) El diseño de medidas necesarias para una política de cooperación al desarrollo más eficaz. i) La realización y difusión de estudios relevantes para el progreso de los países en vías de desarrollo. Responsable. Director o Directora de Cooperación al Desarrollo. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Director o Directora. 1 Personal administrativo (SAC). 4 Técnicos o técnicas especialistas. Destinatarias o destinatarios. La Viceconsejería de Asuntos Sociales. Las personas trabajadoras de la Dirección. Las personas o agentes colaboradores y proveedores de la Dirección. Las entidades o instituciones relacionadas con la Dirección. Funciones vinculadas a la competencia. Establecimiento de los objetivos y cursos de acción de la Dirección a nivel estratégico y operativo. Análisis de la realidad interna y externa y valoración de los efectos conseguidos por las actividades de la Dirección. Identificación y asignación de los recursos necesarios: materiales, humanos, técnicos y económicos. Cuidado de la coherencia y eficacia de las actuaciones de la Dirección. Mejora de forma continua de la calidad de la cooperación que impulsa la Dirección. Descripción de las tareas necesarias para satisfacer la función. 1. Elaborar el Plan Anual de actuación, en consonancia con el Plan Director (incluye la elaboración de los presupuestos). 2. Formular las Estrategias de País: diagnóstico en CAPV y en el correspondiente país. Formalizar los convenios que sirvan para las Estrategias de País. Interactúa constantemente con el proceso de participación y coordinación. Requiere la realización de 2 ó 3 viajes al país.

procesos principales / 22 3. Desarrollar disposiciones de carácter normativo. Subproceso que se activa cuando la planificación contempla o requiere el desarrollo de una ley, decreto u orden. Desarrollado conforme a la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General. Conexión importante con el proceso de participación y coordinación, tanto por requerimiento de la Ley citada (por ejemplo, trámite de audiencia), como por cultura organizacional de la Dirección y el Departamento en general. 4. Realizar el seguimiento de los convenios y ajustes de lo planificado según resultados de evaluaciones intermedias (más o menos formalizadas). 5. Realizar el seguimiento de los proyectos según los indicadores intermedios propuestos. 6. Evaluar y elaborar el informe anual sobre la actuación de la Dirección. Propuesta de distribución de la carga de dichas tareas. 1. Plan Anual de actuación: 10 h/mes (Director/a) + 7 h/mes (técnico/a especialista). 2. Estrategias de País: diagnóstico en CAPV y en el correspondiente país (contabilizado en globalidad supone un proceso compartido, en la CAPV con las entidades cooperantes que trabajan en ese país, y en el país de destino con las organizaciones que trabajan sobre el terreno, lo que pasa por 2 ó 3 viajes al año): 20 h/mes (Director/a) + 20 h/mes (personal administrativo: SAC) + 30 h/mes (técnico/a especialista). 3. Convenios que sirvan para las Estrategias de País: 4 h/mes (técnico/a especialista). 4. Desarrollo normativo (sin contabilizar el tiempo del proceso de participación y coordinación que requiere esta actividad): 1 h/mes (Director/a) + 3 h/mes (técnico/a especialista). 5. Seguimiento de los convenios y ajustes de lo planificado: 20 h/mes (Director/a) + 12 h/mes (técnico/a especialista). 6. Seguimiento de los proyectos: 3 h/mes (técnico/a especialista). 7. Evaluación e informe anual: 5 h/mes (Director/a) + 9 h/mes (técnico/a especialista).

procesos principales / 23 Nombre del proceso: Proceso de participación y coordinación. Competencia. Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Artículo 7: (...) A todos ellos o ellas (Directores y Directoras) les corresponde con carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones: a) La representación del Departamento por delegación del Consejero. c) El impulso, dirección, coordinación y control de las actividades de la Dirección, de conformidad con las instrucciones de los órganos superiores. Artículo 15: A la Dirección de Cooperación al Desarrollo le corresponde, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 7 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones: a) El apoyo y asistencia al Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo de Euskadi y a la Comisión Gestora del Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo del Tercer Mundo. c) La promoción de las relaciones con las organizaciones de Naciones Unidas en materia humanitaria y de cooperación al desarrollo. d) La promoción y colaboración en la realización de programas e iniciativas que, con objetivos coincidentes, puedan establecer otros organismos públicos o privados de la Comunidad Autónoma o situados en el exterior. f) La promoción de la coordinación entre las Administraciones Públicas vascas en materia de cooperación al desarrollo. m) La participación en todos los foros y organismos relacionados con la cooperación, tanto dentro como fuera de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de conformidad con lo que en cada caso disponga el Consejo de Gobierno. Responsable. Director o Directora de Cooperación al Desarrollo. Puestos (y dotación) involucrados total o parcialmente en el proceso. 1 Directora o Director. 4 Técnicos o técnicas especialistas: responsables de la dinamización de los procesos de participación y coordinación liderados por la Dirección; representantes técnicos de la Dirección en otros Consejos, Foros, Comisiones Interinstitucionales, Comisiones Interdepartamentales, grupos de trabajo y equipos técnicos, etc. 1 Personal administrativo (SAC): para todo lo que tiene que ver con las relaciones con el entorno del Director/Directora. Destinatarias o destinatarios. Instituciones y agentes sociales que intervienen en el desarrollo de los servicios sociales. Proceso interno de diagnóstico, planificación y evaluación. Funciones vinculadas a la competencia. Participación de las organizaciones que puedan verse afectados o que se encuentren interviniendo en el ámbito de la cooperación internacional. Seguimiento de los programas y proyectos financiados, velando por la calidad de las actuaciones. Transferencia de información al Plan Anual de Cooperación Internacional (PACI) y coordinación con la Agencia Española de Cooperación Internacional. Contraste con los departamentos gubernamentales y organizaciones de cooperación implicados en los desarrollos normativos y actuaciones que les