Impuesto nacional al consumo a la telefonía móvil. Enero de 2015 Informe No. 55



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Transcripción:

Informe especial: Impuesto nacional al consumo a la telefonía móvil Coordinación de Estudios Económicos Subdirección de Gestión de Análisis Operacional Impuesto nacional al consumo a la telefonía móvil. Enero de 2015 Informe No. 55

RESUMEN El presente informe 1 muestra la evolución del valor reconocido por los responsables del impuesto nacional al consumo a la telefonía celular. El comportamiento del número de abonados de las empresas de telefonía celular guarda relación directa con el desempeño económico: es así como los años de mejor crecimiento real de la actividad económica coinciden con los años de mayor incremento en el número de usuarios de este tipo de telefonía. En efecto, los años 1997, 2004, 2005 y 2006 que registran las mejores tasas de crecimiento real del PIB, coinciden con las mayores tasas de crecimiento en el número de abonados. El año 2009 presentó la más baja tasa de crecimiento en el número de abonados (-0,5%). En 1995, los abonados en servicio sumaban 254.011 y a septiembre de 2014, según datos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el número de abonados en servicio se situó en 53.583.664. Claro tiene el 54,7% del total de abonados, le sigue Telefónica Móviles de Colombia con el 23,5%, Tigo con el 16,2%, Virgin Mobile con el 3,2% y el 2,4% restante de usuarios activos lo tienen Almacenes Éxito, Uff, UNE, Avantel y ETB. En cuanto al valor reconocido por los cuatro puntos, éste ascendió a $333.8 mil millones de pesos en el 2014, es decir, un 6,9% más que en el año anterior. El valor reconocido del sexto bimestre de 2014, cuya declaración se presentó en enero pasado en el formulario del impuesto nacional al consumo, ascendió a $55.0 miles de millones, es decir, un 6,9% menos que en el mismo bimestre del año anterior. 1 Este informe fue elaborado en la Coordinación de Estudios Económicos de la Subdirección de Gestión de Análisis Operacional DIAN por Carlos Herminio Jaime Puentes y revisado por Pastor Sierra Reyes, jefe de la Coordinación de Estudios Económicos DIAN. El uso e interpretación de las cifras y contenido de este informe es responsabilidad del lector que los realice. 2

Contenido RESUMEN... 2 valor reconocido del Impuesto nacional al consumo a la telefonía celular... 4 Introducción... 4 1. Fuentes y cobertura de la información... 5 2. Algunas cifras sobre la evolución de la telefonía celular... 5 3. Evolución del valor reconocido 2003-2014... 7 3.1 Valor reconocido en declaraciones de IVA a la telefonía celular 2003-2014... 7 3.2 Valor reconocido en declaraciones del impuesto nacional al consumo a la telefonía celular VI bimestre de 2014... 9 3

VALOR RECONOCIDO DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO A LA TELEFONÍA CELULAR INTRODUCCIÓN El parágrafo 2 del artículo 35 de la Ley 788 de 2002 estableció que a partir del 1 de enero de 2003 el servicio de telefonía móvil estaría gravado con la tarifa del 20,0%, destinando los 4 puntos porcentuales adicionales a inversión social. Posteriormente, las leyes 1111 de 2006 y 1339 de 2010 reiteraron la modificación del artículo 470 del Estatuto Tributario y volvieron a gravar con el 20% el servicio de telefonía móvil, manteniendo la destinación de los 4 puntos adicionales. Esta distribución establecida en los artículos 10 y 11 de la ley 1339 quedó sin efecto pues estos artículos fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional mediante sentencia C-133 de 2012. La ley 1607 del 26 diciembre de 2012 por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones creó el impuesto nacional al consumo para bienes y servicios incluyendo, expresamente, el servicio de telefonía móvil. El artículo 71 literalmente dice: ARTÍCULO 71 Adiciónese el artículo 512-1 al Estatuto Tributario: ARTÍCULO 512-1. IMPUESTO NACIONAL Al CONSUMO. Créase el impuesto nacional al consumo a partir del 1 0 de enero de 2013, cuyo hecho generador será la prestación o la venta al consumidor final o la importación por parte del consumidor final, de los siguientes servicios y bienes: 1. la prestación del servicio de telefonía móvil, según lo dispuesto en el artículo 512-2 de este Estatuto.( ). El artículo 72 de la mencionada ley fija la base gravable, la tarifa del servicio de telefonía móvil, el hecho generador y el destino de lo recaudado por este impuesto. Textualmente la ley dice: ARTÍCULO 72. Adiciónese el artículo 512-2 al Estatuto Tributario: ARTÍCULO 512-2. Base gravable y tarifa en el servicio de telefonía móvil. El servicio de telefonía móvil estará gravado con la tarifa del cuatro por ciento (4%) sobre la totalidad del servicio, sin incluir el impuesto sobre las ventas. El impuesto se causará en el momento del pago correspondiente hecho por el usuario. Este impuesto de cuatro por ciento (4%) será destinado a inversión social (...). Este artículo revive la distribución que se había establecido con la ley 1393 de 2010 artículo 11. Expresamente señala: ( ) Un 75% para el plan sectorial de fomento, promoción y desarrollo del deporte, y la recreación, escenarios deportivos incluidos los accesos en las zonas de influencia de los mismos, así como para la atención de los juegos deportivos nacionales y los juegos paralímpicos nacionales, los compromisos del ciclo olímpico y paralímpico que adquiera la Nación y la preparación y participación de los deportistas en todos los juegos mencionados y los del calendario único nacional. -El 25% restante será girado al Distrito Capital y a los departamentos, para que mediante convenio con los municipios y/o distritos que presenten proyectos que sean debidamente viabilizados, se destine a programas de fomento y desarrollo deportivo e infraestructura, atendiendo los criterios del sistema general de participaciones, establecidos en la ley 715 de 2001 y también, el fomento, promoción y desarrollo de la cultura y la actividad artística colombiana. El Gobierno Nacional reglamentará las condiciones de distribución de estos 4

recursos los cuales se destinarán por los Departamentos y el Distrito Capital en un 50% para cultura dándole aplicación a la ley 1185 de 2008 y el otro 50% para deporte. Adicionalmente, el parágrafo 1 del mencionado artículo le fija a la DIAN la obligación de reportar anualmente a las comisiones económicas del Congreso el valor recaudado. No obstante lo anterior, la DIAN reporta bimestralmente a la Dirección General de Presupuesto Nacional, de Crédito Público y Tesorería Nacional, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Cultura, COLDEPORTES, Congreso de la República, y a los diferentes entes de control los valores reconocidos en las declaraciones del impuesto nacional al consumo al servicio de la telefonía móvil gravado a la tarifa del 4%. El presente informe muestra la evolución del valor reconocido desde el 1 de enero de 2003 hasta la fecha y explica el comportamiento de las principales variables determinantes del reconocimiento. 1. FUENTES Y COBERTURA DE LA INFORMACIÓN Antes de que entrara en vigor la Ley 1607 de 2012, la información utilizada para establecer el valor reconocido del IVA a la telefonía móvil era la correspondiente a las declaraciones de IVA presentadas por el 100,0% de las empresas que, de acuerdo con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, prestan el servicio de telefonía móvil; en ellas se incluye un renglón denominado Total saldo a pagar (renglón 63 antes denominado HA), donde se registra el valor reconocido por el responsable en su autoliquidación. Sobre este valor se calculaban los 4 puntos porcentuales que habían fijado las Leyes 788 de 2002, 1111 de 2006 y 1339 de 2010. Este valor a pagar (HA) era el resultado de depurar el total impuesto a cargo (FU el cual incluía otras tarifas) restándole el total de impuestos descontables (GR). Con la nueva ley, la DIAN prescribió el formulario 310 Declaración Impuesto Nacional al Consumo en el cual se específica de manera clara y precisa el valor del impuesto generado por la prestación del servicio de telefonía móvil gravado a la tarifa del 4% (casilla 32 del formulario 310). De esta casilla se toma la información consignada por todos los declarantes para la presentación de este informe. Por último, se resalta el carácter estadístico de la información y, por lo tanto, esta no puede ser utilizada como prueba en procesos judiciales, de determinación de tributos, ni de otro tipo de actuación jurídica. 2. ALGUNAS CIFRAS SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA TELEFONÍA CELULAR Antes de revisar la evolución del valor reconocido a pagar de telefonía móvil celular, conviene analizar algunas cifras que ilustran el desempeño de esta actividad en los últimos años. 5

El comportamiento de los ingresos de las empresas de telefonía, guarda relación directa con el desempeño económico: los años de mejor crecimiento real de la actividad económica coinciden con los años de mayor incremento en el número de usuarios de teléfonos celulares. En efecto, los años 1997, 2004, 2005 y 2006 que registran las mejores tasas de crecimiento real del PIB, coinciden con las mayores tasas de crecimiento en el número de abonados en servicio. En el segundo trimestre del 2014 el número de abonados en servicio se incrementó 10,3% con relación al mismo período de 2013 según el informe del mes de junio publicado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en su página web. Algunos indicadores sobre el comportamiento de la telefonía móvil Año Abonados en servicio Aumento en número de abonados en servicio Variación % abonados en servicio 2002 4,596,594 1,331,333 40.8% 2003 6,186,206 1,589,612 34.6% 2004 10,400,578 4,214,372 68.1% 2005 21,849,993 11,449,415 110.1% 2006 29,762,715 7,912,722 36.2% 2007 33,941,118 4,178,403 14.0% 2008 41,364,753 7,423,635 21.9% 2009 41,154,630-210,123-0.5% 2010 44,477,653 3,323,023 8.1% 2011 46,200,421 1,722,768 3.9% 2012 49,066,359 2,865,938 6.2% 2013 50,295,114 1,228,755 2.5% 2014* 53,583,664 3,288,550 6.5% Fuente número de abonados: Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones * Cifras de abonados a septiembre 30 de 2014. Fuente: Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Elaboró: Coordinación de Estudios Económicos - Subdirección de Gestión de Análisis Operacional - DIAN. Es importante el incremento en el número de abonados en servicio que se ha registrado desde que la telefonía móvil opera en el país. En 1995, los abonados en servicio sumaban 254.011 y al finalizar el tercer trimestre de 2014 el número de abonados llega a 53.6 millones en servicio, siendo Claro el de mayor participación. (Ver cuadro 2). Es decir que en Colombia, se podría afirmar, cada habitante tiene un celular 2. El mercado se distribuye así: 55 de cada 100 habitantes tiene servicio con el proveedor Claro; 23 de cada 100 con Telefónica Móviles; y, 22 de cada 100 lo hace a través de otros proveedores (Tigo, Uff, Une, Almácenes Éxito, Avantel, ETB, Virgin Mobile y otros). 2 De acuerdo con los datos estimados del DANE, Colombia a julio 10 de 2014, 47.677.638 habitantes. (ver:www.dane.gov.co/reloj/reloj_animado.php. Consulta realizada el 10 de julio de 2014 6

Cuadro 2 Abonados en servicio por operador a septiembre 30 de 2014 Operador Número de abonados en servicio Part. % Claro 29,290,815 54.7% Telefónica Móviles Colombia S.A. 12,581,553 23.5% Tigo 8,692,171 16.2% Virgin Mobile Nacional 1,704,763 3.2% Uff 415,300 0.8% Une 380,015 0.7% Otros 1 519,047 1.0% Total 53,583,664 100.0% Fuente: Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Elaboró: Coordinación de Estudios Económicos - Subdirección de Gestión de Análisis operacional - DIAN 1 : Incluye: Almancenes Éxito, Avantel y ETB 3. EVOLUCIÓN DEL VALOR RECONOCIDO 2003-2014 Enseguida se presentan los valores reconocidos en las declaraciones de IVA y ahora en las declaraciones del impuesto nacional al consumo por las empresas encargadas de prestar el servicio a la telefonía celular del período 2003 2013. 3.1 VALOR RECONOCIDO EN DECLARACIONES DE IVA A LA TELEFONÍA CELULAR 2003-2014 En el año 2003, dada la vigencia de la ley, sólo ingresó el valor reconocido de cinco (5) bimestres y su monto ascendió a $34.0 mil millones. En el año 2004 el valor reconocido de los cuatro puntos adicionales del IVA a la telefonía móvil creció 86,7%. (Ver cuadro 3) 7

Cuadro 3 Impuesto al valor agregado de telefonía móvil celular: valor del impuesto reconocido de los cuatro puntos porcentuales (millones de $) Período n.a: no aplica Valor reconocido Var. % Bimestres consolidados 2003 34,027 n.a I 03 -V 03 2004 63,531 86.7% VI 03 -V 04 2005 64,061 0.8% VI 04 -V 06 2006 99,901 55.9% VI 05 -V 06 2007 182,378 82.6% VI 06 -V 07 2008 192,490 5.5% VI 07 -V 08 2009 221,094 14.9% VI 08 -V 09 2010 244,913 10.8% VI 09 -V 10 2011 266,334 8.7% VI 10 -V 11 2012 294,174 10.5% VI 11 -V 12 2013 312,177 6.1% VI 12 -V 13 2014 333,831 6.9% VI 13 -V 14 Elaboró: Coordinación de Estudios Económicos - Subdirección de Gestión de Análisis Operacional - DIAN. En el año 2005, el valor reconocido creció 0,8% con relación al 2004, a pesar de que se llegó a la cifra de 22 millones de usuarios de telefonía móvil. Este menor dinamismo del recaudo en el 2005 se explica por el incremento de las importaciones gravadas. Mientras éstas crecieron 133,5% con relación al año anterior, según las declaraciones de IVA presentadas, los ingresos brutos por operaciones gravadas que constituyen la base del impuesto lo hicieron a una tasa del 52,2%, y por su parte, los impuestos descontables por importaciones crecieron 115,2%. En los dos años siguientes el valor reconocido del IVA a la telefonía celular muestra un mayor dinamismo, alcanzando en el año 2007 una tasa de crecimiento del 82,6%, hecho explicado en parte por la disminución de las importaciones gravadas y por ende menores impuestos descontables lo que genera un mayor impuesto generado y un mayor valor reconocido a pagar. En el año 2008 el crecimiento se modera y se ubica en 5,5%. En el 2009 el valor reconocido a pagar crece a un mayor ritmo (14,9%) debido, fundamentalmente, a la caída de los impuestos descontables y, especialmente, a los descontables por operaciones de importación, caída originada por la contracción de las importaciones gravadas las cuales disminuyeron 56,4%. Para el año 2010 el valor reconocido a pagar crece 10,8%. En el 2011 el valor reconocido a pagar crece 8,7%; crecimiento explicado por el aumento de los impuestos descontables los cuales se incrementaron en 24,1%, cifra superior al crecimiento del impuesto a cargo el cual fue de 13,3%. En el 2012 el impuesto a cargo creció 31,6%, mientras que el valor reconocido a pagar sólo creció 10,5%; este crecimiento se explica por el aumento de los impuestos 8

descontables los cuales se incrementaron en 90,1%, cifra superior al crecimiento del impuesto a cargo. En el año 2014 el valor reconocido creció 6,9% hecho explicado fundamentalmente, por el crecimiento presentado en el sexto bimestre de 2013 y el primer bimestre del 2014. 3.2 VALOR RECONOCIDO EN DECLARACIONES DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO A LA TELEFONÍA CELULAR VI BIMESTRE DE 2014 En enero de 2014, el valor reconocido de los cuatro puntos del impuesto nacional al consumo a la telefonía móvil celular decreció 6.9% con relación al registrado en el mismo período del año anterior al pasar de $59,1 miles de millones a $55,0 miles de millones. Este valor reconocido corresponde al sexto bimestre (noviembre-diciembre) de 2014 cuya declaración se presentó en enero pasado. Este menor crecimiento puede estar explicado por la disminución de los ingresos gravados de algunos de los oferentes tradicionales del servicio, situación que ya se había evidenciado en los bimestres anteriores (ver cuadro 4). Cuadro 4 Impuesto nacional al consumo telefonía móvil celular Bimestre noviembre-diciembre de 2013-2014 Cifras en millones de pesos CONCEPT O 2014 2015 Fechas de declaración y pago Enero Enero Valor reconocido de los cuatro puntos: impuesto nacional al consumo tarifa del 4% ley 1607 2012 59,070 54,978-6.9% Fuente: DIAN - Dirección de Gestión Organizacional - Subdirección de Gestión de Análisis Operacional - Coordinación de Estudios Económicos Elaboró: Coordinación de Estudios Económicos, 05-02-2015 Variación % A continuación se muestran las cifras de los valores reconocidos del IVA a la telefonía móvil celular (ver cuadro 5). 9

Cuadro 5 Impuesto al valor agregado de telefonía móvil celular 2014 Valor reconocido a pagar Cifras en millones de pesos Bimestre noviembrediciembre Bimestre enero- Bimestre marzo- Bimestre mayo- Bimestre julio- Bimestre Total a CONCEPT O 2013 febrero abril junio agosto septbre_octubre noviembre 2014 Fechas de declaración y pago Enero de 2014 Marzo de 2014 Mayo de 2014 Julio de 2014 Septbre de 2014 Novbre/14 Base gravable impuesto nacional al consumo, tarifa del 4% ley 1607 de 2012 1,259,839 1,432,192 1,396,854 1,370,780 1,385,492 1,283,376 8,128,535 Valor reconocido de los cuatro puntos impuesto nacional al consumo tarifa del 4% ley 1607 de 2012 59,070 57,288 55,875 54,841 55,422 51,335 333,831 Participación porcentual por bimestre 17.7% 17.2% 16.7% 16.4% 16.6% 15.4% 100.0% Fuente: DIAN - Dirección de Gestión Organizacional - Subdirección de Gestión de Análisis Operacional - Coordinación de Estudios Económicos Elaboró: Coordinación de Estudios Económicos, 19-12-2014 Impuesto al valor agregado de telefonía móvil celular 2015 Valor reconocido a pagar Cifras en millones de pesos CONCEPT O Bimestre noviembrediciembre 2014 Total a enero 2015 Fechas de declaración y pago Enero de 2015 Base gravable impuesto nacional al consumo, tarifa del 4% ley 1607 de 2012 1,374,449 1,374,449 Valor reconocido de los cuatro puntos impuesto nacional al consumo tarifa del 4% ley 1607 de 2012 54,978 54,978 Participación porcentual por bimestre n.a n.a Fuente: DIAN - Dirección de Gestión Organizacional - Subdirección de Gestión de Análisis Operacional - Coordinación de Estudios Económicos Elaboró: Coordinación de Estudios Económicos, 05-02-2015 10