MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA



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Transcripción:

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA 2 010 ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA O. Planeamiento E. R.D. N 250-2010 Año 2010 12/05/2010

PRESENTACIÓN El Manual de Organización y Funciones del Departamento de Pediatría del Hospital Regional Huacho es un documento de gestión que rige las actividades asistenciales y administrativas del personal médico asignado a su área de influencia. Siendo para toda organización, el recurso humano el más importante, es necesario contribuir a su buen desempeño mediante normas claras y específicas que le indiquen su rol en la organización. El Departamento de Pediatría es la Unidad Orgánica encargada de brindar atención integral de salud a nivel especializado, por medios clínicos, a la población pediátrica menor de 14 años en su contexto bio-psico-social, familiar y comunitario, mediante acciones de promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud del niño. 2

INDICE Presentación 2 Índice 3 CAPITULO I Objetivo y alcance del MOF 4 CAPITULO II Base Legal 4-6 CAPITULO III Criterios del Diseño 6 CAPITULO IV Estructura Orgánica y Organigrama Estructural y Funcional 7-9 CAPITULO V Cuadro Orgánico de Cargos 10 CAPITULO VI Descripción de funciones de los cargos 11-24 3

CAPITULO I OBJETIVO Y ALCANCE DEL MOF OBJETIVO DEL MANUAL El Manual de Organización y Funciones del Departamento de Pediatría al establecer la estructura orgánica y funcional del departamento y las responsabilidades, atribuciones, funciones y requisitos específicos de cada cargo tiene como objetivo contribuir al desarrollo organizacional del Hospital Regional Huacho y al logro de sus metas institucionales mediante el desempeño de su personal conocedor de sus funciones en forma eficiente y responsable. ALCANCE El alcance normativo del presente documento comprende al Departamento de Pediatría conformado por los Servicios de Medicina Pediátrica y Neonatología. Su conocimiento y aplicación por parte de su personal es de carácter obligatorio. CAPITULO II BASE LEGAL El presente Manual de Organización y Funciones se sustenta en: Ley N 26842 Ley General de Salud. Ley N 27657 - Ley del Ministerio de Salud. Ley N 27444 - Ley General de Procedimiento Administrativo Ley N 27680 Ley que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título de la Constitución Política del Perú, sobre Descentralización, que determina que los Gobiernos Regionales tienen Autonomía Política y Administrativa, en los asuntos de su competencia. Ley N 27783 Ley de Bases de la Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Ley 27867 Ley de los Gobiernos Regionales, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, así como define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución Política del Perú y a la Ley de Bases de la Descentralización. Ley 27902 Ley que modifica la Ley Orgánica de Los Gobiernos Regionales para regular la participación de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos y fortalecer el proceso de descentralización y regionalización. 4

Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Ley N 28522 Ley de Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Ley N 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Ley Nº 27209 Ley de Gestión Presupuestal del Estado. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 28425 Ley de Racionalización de los Gastos Públicos. Decreto Legislativo N 559 Ley del Trabajo Medico. Ley 27669- Ley de Trabajo del Enfermero Ley 28173 de Trabajo del Químico farmacéutico Ley 28561 Ley que Regula el Trabajo de Técnicos y Auxiliares Ley N 29465 Ley del Presupuesto de gastos año 2010 Decreto Legislativo N 276- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Decreto Supremo N 005-90-PCM- Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa. Resolución de Contraloría General N 114-2003-CG, que aprueba el Reglamento de los Órganos de Control Institucional. Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG Normas de Control Interno para el Sector Público y sus Modificatorias. Ordenanza Regional N 006-2003-GRL/CR, de fecha 26 de marzo del 2004, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Lima. Resolución Ejecutiva Regional N 012-2004-PRES de fecha 15 de enero del 2004, que aprueba la modificatoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Lima. Resolución Ejecutiva Regional N 404-2007-PRES de fecha 05 de junio del 2007, que aprueba el Reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional de Lima. Decreto Supremo N 013 2002 SA Aprueban Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N 023-2005-SA.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N 023-2006-SA y 007-2006-SA. Aprueban Modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud Resolución Ministerial N 616-2003 SA/DM. Aprueban el modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales. Resolución Ministerial N 603-2006/MINSA. Aprueban la Directiva N 007-MINSA/ OGPE V-02: Directiva para la formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional. 5

Decreto Supremo N 024-2001-SA Aprueban Reglamento de la Ley del Trabajo Médico, de fecha 23 de Junio del 2001. Resolución Ministerial N 640-2006/MINSA Manual para la Mejora Continua de la Calidad. Resolución Ministerial N 596-2007/MINSA Plan Nacional de Gestión de la Calidad Resolución Ministerial Nº 474-2005/ MINSA Norma Técnica de Auditoria de la Calidad de la Atención en Salud Resolución Ministerial Nº 826-2006/MINSA que aprueba las Normas para la elaboración de documentos normativos del ministerio de Salud Resolución Ministerial N 456-2007/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo. Ordenanza Regional N 14-2008-CR-RL, Aprueba los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras, correspondientes al ámbito de competencia de la Dirección Regional de Salud Lima. Resolución Directoral N 455-2009-GRL-DIRESA-HH.RSHO-OPE. Aprueba el REORDENAMIENTO del Cuadro para Asignación de Personal 2009. Ordenanza Regional N 001-2010-CR-RL, Artículo Primero numeral 2, Aprueba la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Huacho-Huaura- Oyón y Servicios Básicos de Salud. CAPITULO III CRITERIOS DEL DISEÑO Para alcanzar las metas de una organización es necesario ordenar y distribuir el trabajo, la autoridad y los recursos entre los miembros de una organización. La estructura de una organización dependerá de sus metas y recursos siendo fundamental la integración de su personal. El presente manual establece la organización del Departamento de Pediatría bajo una dirección y control con personal especializado en cada uno de lo cargos, que desempeñan actividades específicas pero que se interrelacionan entre sí, con cuyo trabajo responsable, eficaz y eficiente se logran las metas propuestas por el departamento. El presente manual en concordancia con los artículos 4,5,6, 7 y 11 de La Ley N 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tiene como finalidad lograr mayores niveles de eficiencia del personal del Departamento de Pediatría, optimizando el uso de sus recursos, para mejorar la prestación de sus servicios al público usuario, mediante una atención oportuna, y confiable, logrando la satisfacción de éste. En el diseño de la estructura orgánica prevalece el principio de especialidad; al establecer claramente las competencias, funciones y atribuciones de cada uno de los cargos, permite lograr mayor eficiencia de su personal médico y evaluar la calidad del desempeño y el grado de cumplimiento de sus funciones, y la evaluación de la gestión por resultados. 6

CAPITULO IV ESTRUCTURA ORGÁNICA, ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL ESTRUCTURA ORGÁNICA: La Estructura Orgánica del Departamento de Pediatría es la siguiente: a) Órgano de Dirección: DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA b) Órgano de Asesoría: COMITÉ DE GESTIÓN c) Órgano de Apoyo: ASISTENCIA ADMINISTRATIVA (Secretaria) d) Órgano de Línea: SERVICIO DE MEDICINA PEDIÁTRICA SERVICIO DE NEONATOLOGÍA 7

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA DIRECCION EJECUTIVA DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA SERVICIO DE MEDICINA PEDIÁTRICA SERVICIO DE NEONATOLOGÍA 8

ORGANIGRAMA FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL I SECRETARIA SUPERVISOR DE PROGRAMA SECTORIAL I SERVICIO DE MEDICINA PEDIÁTRICA SUPERVISOR DE PROGRAMA SECTORIAL I SERVICIO DE NEONATOLOGÍA 9

CAPITULO V CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS N DE ORDEN UNIDAD ORGANICA DESCRIPCION DEL CARGO TOTAL N CAP OBSERVACIONES DEPARTAMENTO DE PEDIATRIA 001 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II 1 288 Previsto 002 SECRETARIA I 1 289 003 SUPERVISOR DE PRGRAMA SECTORIAL I 1 290 Previsto 004-015 MEDICO I 12 291-302 016 SUPERVISOR DE PRGRAMA SECTORIAL I 1 303 Previsto 017-024 MEDICO I 8 304-311 TOTAL PEA 24 10

CAPITULO VI DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES DE LOS CARGOS UNIDAD ORGANICA: DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA CARGO CLASIFICADO: DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D3-05-290-1 Pág. 1 de 3 N DE CARGOS: N CAP. 1 288 D.P 1. FUNCION BÁSICA Dirección y coordinación de actividades asistenciales y administrativas del Departamento de Pediatría. Supervisar el desempeño de la labor del personal profesional asistencial y técnico. 2. RELACIONES DEL CARGO Relaciones internas Relación de dependencia: Depende directamente del Director de Programa Sectorial II, a quien reporta el cumplimiento de su función. Relación de autoridad: Tiene mando orgánico sobre los siguientes cargos: Supervisores de Programa Sectorial I de los Servicios de Medicina Pediátrica y Servicio de Neonatología, médicos asistentes, internos de medicina y secretaria. Tiene autoridad funcional sobre el resto del personal, propio o asignado, de los Servicios del Departamento de Pediatría. Relación de coordinación con personal de otras unidades orgánicas: con el personal de la Unidad de Logística, Unidad de Personal, Unidad de Estadística e Informática, Unidad de Seguros, Departamento de Enfermería, Departamento de Farmacia, Departamento de Nutrición, Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, Unidad de Epidemiología, Laboratorio, Jefe de consulta externa, Jefe de la Unidad de apoyo a la Docencia e Investigación, Jefe de Departamento de Emergencia, Jefe de Departamento de Gineco-Obstetricia, Jefe de Departamento de Cirugía, Jefe de Departamento de Anestesiología y Centro Quirúrgico, Jefe de Departamento de Diagnóstico por Imágenes. Relaciones Externas: Con médicos jefes de microrredes RSHO Con el público usuario. 3. ATRIBUCIONES DEL CARGO De representación técnica de la Dirección Ejecutiva del Hospital según competencias. De autorización de actos administrativos o técnicos a nivel del Departamento. De supervisión y control de las actividades administrativas y asistenciales en las áreas de influencia del Departamento. De convocatoria de todo el personal involucrado en la atención directa del usuario en los servicios de hospitalización, consulta externa y emergencia. 4. FUNCIONES ESPECÍFICAS 4.1 Planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades del Departamento a su cargo, en los aspectos administrativos, asistenciales y docentes. 4.2 Convocar, dirigir y participar en la formulación del plan operativo del Departamento. 4.3 Establecer metas específicas de las actividades de cada servicio de acuerdo a los atributos normados y lo producido; y realizar el monitoreo de los indicadores clave respectivos. 11

UNIDAD ORGANICA: DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA Pág. 2 de 3 CARGO CLASIFICADO: DIRECTOR DE PROGRAMA N DE CARGOS: N CAP. SECTORIAL I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D3-05-290-1 1 288-D.P 4.4 Planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades del Departamento a su cargo, en los aspectos administrativos, asistenciales y docentes. 4.5 Convocar, dirigir y participar en la formulación del plan operativo del Departamento. 4.6 Establecer metas específicas de las actividades de cada servicio de acuerdo a los atributos normados y lo producido; y realizar el monitoreo de los indicadores clave respectivos. 4.6 Elevar a la Dirección Ejecutiva informes periódicos del cumplimiento de las actividades del plan operativo institucional y de los indicadores de proceso de los Servicios de Medicina Pediátrica y Neonatología. 4.7 Evaluar las necesidades de recursos humanos, equipamiento e infraestructura del Departamento y elevarlas a la Dirección Ejecutiva para su inclusión en el proyecto de presupuesto anual. 4.8 Mejorar los procesos relacionados con una atención de calidad del paciente pediátrico con la participación del personal del departamento. 4.9 Instruir al personal del Departamento en el conocimiento de sus funciones, normas técnicas y ejecución de procedimientos técnico administrativos. 4.10 Supervisar el desempeño del personal asignado al Departamento, velando por el cumplimiento de las normas técnicas y legales para garantizar al usuario una atención oportuna, segura y eficiente. 4.11 Programar la revisión y actualización periódicas de las Guías Clínicas de Atención del Departamento para garantizar, con su implementación, uniformidad de criterios de manejo clínico, de acuerdo a los avances científicos y medicina basada en evidencias de las patologías más frecuentes que afectan a la población pediátrica. 4.12 Vigilar el control de asistencia y supervisar la permanencia del personal. 4.13 Velar por el buen uso, mantenimiento y conservación de la capacidad instalada del departamento. 4.14 Mantener un nivel óptimo de conocimientos de la especialidad en los campos de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud mediante la programación y desarrollo permanente de actividades de capacitación en servicio u otras modalidades. 4.15 Evaluar al personal médico del Departamento teniendo en cuenta los aspectos de calidad, responsabilidad, disciplina y ética en su trabajo. 4.16 Convocar y presidir las reuniones mensuales del Departamento, de evaluación de indicadores de proceso y de calidad de la atención. 4.17 Visar y/o refrendar la programación mensual de trabajo del personal asistencial profesional y técnico que labora en el Departamento, que esté de acuerdo con las necesidades de servicio y el número de recursos humanos. 4.18 Registrar los diagnósticos y codificarlos de acuerdo a la clasificación internacional de enfermedades (CIE) en los registros de atención correspondiente. 4.19 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y otros fines institucionales. 4.20 Promover la investigación científica en el campo pediátrico, teniendo en cuenta las patologías más frecuentes a nivel local. 4.21 Apoyar el desarrollo de actividades de docencia en el nivel de pregrado. 4.22 Otras funciones que le asigne el Director Ejecutivo del Hospital. 12

UNIDAD ORGANICA: DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA CARGO CLASIFICADO: DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D3-05-290-1 Pág. 3 de 3 N DE CARGOS: N CAP. 1 288-D.P 5. REQUISITOS MÍNIMOS: Educación: Mínimos exigibles: Título de Médico Cirujano. Título de Especialidad en Pediatría Constancia de Recertificación y participación en Educación Médica Continua por instituciones reconocidas. Deseables o preferibles: Maestría en Gerencia en Servicios de Salud, Administración Hospitalaria o Salud Pública. Experiencia: Tiempo mínimo de 02 años de experiencia en dirección, supervisión y organización de personal. Tiempo mínimo de 05 años en el desempeño en la especialidad de Pediatría en el área de hospitalización, emergencia y consulta externa. Tiempo mínimo de 10 años en el ejercicio de la profesión médica. Capacidades, habilidades y actitudes: Capacidades mínimas deseables: Conocimiento de idioma extranjero (nivel avanzado, intermedio o básico). Capacidad de análisis, expresión, redacción, síntesis, de dirección, coordinación técnica y de organización. Habilidades mínimas deseables: De liderazgo para el logro de los objetivos del departamento Para lograr cooperación y para motivar al personal Para utilizar equipos informáticos Actitudes mínimas y deseables: De vocación y entrega al servicio De solución a problemas del usuario con cortesía y tacto. Fomentar el trabajo en equipo. ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA Of. Planeamiento E. RD Nº 250-2010 Año 2010 12/05/2010 13

UNIDAD ORGANICA: DEPARTAMENTO DE PEDIATRIA Pág. 1 de 2 CARGO CLASIFICADO: SECRETARIA I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: T1-05-675-1 1. FUNCION BASICA: Apoyo en la administración, trámite documentario y archivo en el Departamento de Pediatría. 2. RELACIONES DEL CARGO: Relaciones Internas: Con el Director de Programa Sectorial I, Supervisor de Programa Sectorial I jefe de servicio de Pediatría y Neonatología y todo el Personal del departamento. Relaciones Externas: Con las diversas Unidades Orgánicas del Hospital y Microrredes de la Red de Salud Huaura Oyón. 3. ATRIBUCIONES DEL CARGO: Velar por la información y custodia del archivo documentario del departamento. 4. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 4.1 Recepcionar, clasificar, Organizar, supervisar y controlar los procesos de recepción, registro, clasificación, distribución, seguimiento, archivo y conservación de la documentación que ingresa y/o egresa. 4.2 Tomar dictado y mecanografiar documentos variados. 4.3 Redactar documentos de acuerdo a instrucciones específicas. 4.4 Efectuar llamadas telefónicas y concertar citas. 4.5 Velar por la seguridad y conservación de documentos. 4.6 Mantener la existencia de útiles de oficina y encargarse de su distribución. 4.7 Orientar al público en general sobre gestiones a realizar y situación de documentos 4 8. Elaborar los pedidos de los materiales de escritorio. 4.9 Las demás funciones que le asigne el Jefe de la Oficina. 5. REQUISITOS MINIMOS: N DE CARGOS N CAP. 1 289-D.P. Educación: Tener título de secretariado ejecutivo y amplios conocimientos de Cómputo. Instrucción secundaria completa. Capacitación en Relaciones Públicas. Experiencia: Experiencia en actividades de secretariado. Capacidades, Habilidades y Actitudes: Capacitación en manejo de programas de cómputo. Capacitación en Gestión administrativa. ELABORADO POR Of. Planeamiento E. APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA RD Nº 250-2010 Año 2010 12/05/2010 14

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE PEDIATRÍA CARGO CLASIFICADO: SUPERVISOR DE PROGRAMA SECTORIAL I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D2-05-695-1 Pág. 1 de 3 N DE CARGOS: N CAP. 1 290 DP 1. FUNCION BASICA: Supervisión del cumplimiento de las actividades asistenciales programadas en el Servicio de Medicina Pediátrica en las áreas de hospitalización y consultorios externos. Supervisar la labor del personal profesional y técnico a su cargo. 2. RELACIONES DEL CARGO: Relaciones internas: Relación de dependencia: Depende directamente del Director de Programa Sectorial I, a quien reporta el cumplimiento de su función. Relación de autoridad: Tiene mando directo sobre los médicos I del servicio e internos de medicina. Tiene autoridad funcional sobre el resto del personal propio o asignado al servicio. Relación de coordinación con personal de otras unidades orgánicas: con el personal de la Unidad de Logística, Unidad de Personal, Unidad de Estadística e Informática, Unidad de Seguros, Unidad de Epidemiología, Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, Laboratorio, Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación. Relaciones externas: Con el público usuario: pacientes y familiares Con médicos de Establecimientos de Salud RSHO 3. ATRIBUCIONES DEL CARGO: De representación técnica de la Jefatura del Departamento en el área de su competencia. De autorización de actos técnicos a nivel del Servicio de Medicina Pediátrica. De control de personal que labora en hospitalización y consulta externa del Servicio de Medicina Pediátrica. De convocatoria del personal asistencial del Servicio de Medicina Pediátrica para coordinar o realizar actividades programadas. De supervisión del personal en el cumplimiento de sus funciones en el área de influencia 4. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 4.1 Convocar y dirigir reuniones del servicio para elaborar, ejecutar y evaluar el Plan Operativo del Servicio. 4.2 Monitorear mensualmente el cumplimiento de las metas del Servicio de Medicina Pediátrica en las áreas de hospitalización y consulta externa. 4.3 Supervisar el desempeño del personal asignado al servicio, con énfasis en el personal médico, velando por el cumplimiento de las normas técnicas de atención. 4.4 Formular propuestas de mejoramiento de la calidad de los procesos relacionados con la atención del paciente pediátrico a la Jefatura de Departamento. 4.5 Cumplir y velar por el cumplimiento de lo establecido en el Manual de 4.6 Organización y Funciones, Manual de Procesos y Procedimientos, Normas del Servicio y dispositivos vigentes. Área 2. de Organización RELACIONES de la Oficina DEL CARGO de Planeamiento E. 15 Relaciones internas Relación de dependencia: Depende directamente del Director de Programa

Pág. 2 de 3 UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE PEDIATRÍA CARGO CLASIFICADO: SUPERVISOR DE PROGRAMA N DE CARGOS: N CAP. SECTORIAL I 1 290 D.P CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D2-05-695-1. 4.7 Controlar la permanencia, comportamiento y trabajo del personal y proponer estímulos o sanciones necesarios 4.6 Mantener un nivel óptimo de conocimientos médicos de la especialidad, en las áreas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, mediante capacitación continua en servicio 4.7 Supervisar la elaboración, implementación y cumplimiento de las guías clínicas de atención en el área de hospitalización y consulta externa. 4.8 Realizar semanalmente rondas clínicas (visita médica conjunta de pacientes) para garantizar al usuario la atención por un equipo médico, y llevar el control del trabajo del Servicio. 4.9 Realizar semanalmente reuniones clínicas con la participación de los médicos del servicio, y de otras especialidades si fuera necesario, para discutir el enfoque clínico y manejo de aquellos casos más complejos. 4.10 Promover la lactancia materna 4.11 Supervisar los ingresos y egresos en el área de hospitalización. 4.12 Supervisar, que el contenido de las Historias Clínicas del área de hospitalización cumplan la norma técnica respectiva. 4.13 Presentar al Jefe de Departamento informes trimestrales y anuales sobre los indicadores de proceso y del funcionamiento del servicio. 4.14 Informar diariamente al Jefe del Departamento las ocurrencias habidas en los sectores: consultorios externos, hospitalización y emergencia. 4.15 Reportar a la Unidad de Epidemiología y al Jefe de Departamento las muertes infantiles y las enfermedades de notificación obligatoria. 4.16 Monitorear la estancia de los pacientes hospitalizados e informar al Jefe de Departamento si es mayor de 7 días. 4.17 Velar por el buen uso, mantenimiento y conservación de la capacidad instalada del servicio. 4.18 Informar a la Jefatura de Departamento las necesidades de recursos materiales, capacidad instalada (ambientes, instalaciones, equipos) y de personal. 4.19 Realizar reuniones de coordinación con el personal del servicio para formular soluciones o mejoras de procesos de los problemas identificados durante la atención del usuario. 4.20 Desarrollar procesos de mejoramiento continuo de la calidad con la participación del personal del servicio y la asesoría de la Unidad de Gestión de la calidad. 4.21 Integrar y asistir a los comités requeridos por el Departamento o la institución. 4.22 Registrar los diagnósticos y codificarlos de acuerdo a la clasificación internacional enfermedades (CIE) en los registros de atención correspondiente. 4.23 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y otros fines institucionales. 4.24 Promover y participar en las actividades de docencia e investigación en el servicio. 4.25 Participar activamente en los programas de capacitación del personal del servicio. 4.26 Las demás funciones que le asigne su jefe inmediato. 16

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE PEDIATRÍA Pág. 3 de 3 CARGO CLASIFICADO: SUPERVISOR DE PROGRAMA N DE SECTORIAL I CARGOS: N CAP. 1 CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D2-05-695-1 290 DP 5. REQUISITOS MINIMOS Educación Título de Médico Cirujano Título de Especialidad en Pediatría Constancia de Recertificación y participación en Educación Médica Continua por instituciones reconocidas. Estudios de Gestión o Administración de Servicios de Salud u Hospitales Experiencia Tiempo mínimo de 05 años en el desempeño de la especialidad de Pediatría Capacidades, habilidades y actitudes Capacidades mínimas y deseables: Conocimiento de idioma inglés con nivel básico Capacidad de análisis, expresión, redacción, síntesis, de dirección, coordinación técnica, de organización. Habilidades mínimas y deseables: De liderazgo para el logro de los objetivos del servicio Para lograr cooperación y para motivar al personal Para utilizar equipos informáticos Actitudes mínimas y deseables: De vocación y entrega al servicio. De solución de problemas al usuario con cortesía y tacto Fomentar el trabajo en equipo ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA Of. Planeamiento E. RD Nº 250-2010 Año 2010 12/05/2010 17

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE PEDIATRÍA CARGO CLASIFICADO: MEDICO I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D2-05-695-1 N DE CARGOS Pág. 1 de 2 N CAP. 12 291-302-D.P 1. FUNCION BÁSICA: Brindar atención integral de salud a nivel especializado a la población menor de 14 años que demande atención en las áreas de consulta ambulatoria, hospitalización y emergencia. 2. RELACIONES DEL CARGO: Relaciones internas: Relación de dependencia: Depende directamente del jefe de servicio, a quien reporta el cumplimiento de su función. Relación de autoridad: tiene mando directo sobre los internos de medicina. Tiene autoridad indirecta sobre el resto del personal, propio o asignado al servicio. Relación de coordinación con personal de otras unidades orgánicas: Unidad de Personal, Unidad de Estadística e Informática, Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación, Unidad de Epidemiología, Laboratorio, Anatomía Patológica, médicos interconsultantes de otras especialidades. 3. ATRIBUCIONES DEL CARGO: De representación técnica de la Jefatura de Servicio en el área de su competencia. 4. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 4.1 Cumplir con la responsabilidad de la atención médica de la especialidad, en los diferentes sectores: hospitalización, consulta externa y emergencia. 4.2 Brindar atención con enfoque integral a los pacientes pediátricos, protegiendo, recuperando y rehabilitando su salud. 4.3 Promover la lactancia materna. 4.4 Participar activamente en la programación anual de las actividades del servicio. 4.5 Participar en la elaboración de Plan Operativo del Servicio para garantizar el cumplimiento de las actividades que se programen. 4.6 Cumplir con las normas técnicas de atención, normas y procedimientos del servicio y dispositivos legales vigentes. 4.7 Cumplir con las normas de bioseguridad e informar de los problemas observados para su aplicación. 4.8 Participar en el desarrollo de procesos de mejoramiento continuo de la calidad proponiendo cambios para el mejor funcionamiento del servicio. 4.9 Participar en la elaboración de las Guías Clínicas de atención y aplicar aquellas que se implementen. 4.10 Revisar el contenido de la historias clínica durante la visita médica y visarla, o en su defecto confeccionarla, así como la evolución médica de los pacientes. 4.11 Elaborar las notas de Ingreso, epicrisis e Informes de alta. 4.12 Registrar los diagnósticos y codificarlos de acuerdo a la clasificación internacional de enfermedades (CIE) en los registros de atención correspondiente. 4.13 Obtener el consentimiento informado documentado antes de realizar procedimientos invasivos o tratamientos que implique algún riesgo. 4.14 Realizar las coordinaciones necesarias para la referencia o contrarreferencia de pacientes para garantizar la continuidad de su atención en otro establecimiento de salud. 4.15 Extender certificado de defunción cuando corresponda. 4.16 Integrar los comités requeridos por la Jefatura de Departamento. 18

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE PEDIATRÍA CARGO CLASIFICADO: MEDICO I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: P3-50-525-1 N DE CARGOS 12 Pág. 2 de 2 N CAP. 291-302-D.P 4.17 Reportar al Jefe de Departamento y a la Unidad de Epidemiología los casos de enfermedades notificables. 4.18 Supervisar la labor de los internos 4.19 Informar al Jefe de Servicio de Medicina Pediátrica diariamente las ocurrencias habidas en el servicio. 4.20 Participar en las actividades de capacitación y actualización dirigidas al personal profesional, técnico e internos de medicina del servicio, así como a las reuniones administrativas convocadas por la jefatura de servicio o departamento. 4.21 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y otros fines institucionales. 4.22 Apoyar a las campañas de salud, organizadas por las microrredes, con la atención integral de los pacientes pediátricos. 4.23 Desarrollar trabajos de investigación clínica que contribuyan al cuidado de la salud del niño. 4.24 Sugerir al supervisor de programa sectorial I los pedidos de materiales y equipos médicos. 4.25 Contribuir al buen prestigio del Departamento y del Hospital mediante el cumplimiento de sus funciones y atención al usuario con calidad y calidez. 4.26 Otras funciones que le asigne su jefe inmediato. 5. REQUISITOS MÍNIMOS Educación Título de Médico Cirujano Título de Especialidad en Pediatría Experiencia Tiempo mínimo 01 año de experiencia en la especialidad de Pediatría Capacidades, habilidades, actitudes Capacidades mínimas y deseables Conocimiento del idioma inglés a nivel básico. Capacidad de análisis, expresión, redacción, síntesis, de dirección, coordinación técnica de, organización Habilidades mínimas y deseables Para lograr cooperación y motivar al personal Para utilizar equipos informáticos Actitudes mínimas y deseables De atención y servicio al paciente pediátrico De solución de problemas del usuario De trabajo en equipo ELABORADO POR APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA Of. Planeamiento E. RD Nº 250-2010 Año 2010 12/05/2010 19

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE NEONATOLOGÍA CARGO CLASIFICADO: SUPERVISOR DE PROGRAMA SECTORIAL I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D2-05-695-1 Pág. 1 de 2 N DE CARGOS: N CAP. 1 PREVISIÓN 303 - DP 1. FUNCION BÁSICA: Supervisión del cumplimiento de las actividades asistenciales programadas en el Servicio de Neonatología en las áreas de hospitalización y consultorios externos. Supervisar la labor del personal profesional y técnico a su cargo. 2. RELACIONES DEL CARGO: Relaciones internas: Relación de dependencia: Depende directamente del Director de Programa Sectorial I, a quien reporta el cumplimiento de su función. Relación de autoridad: Tiene mando directo sobre los médicos I del servicio e internos de medicina. Tiene autoridad funcional sobre el resto del personal propio o asignado al servicio. Relación de coordinación con personal de otras unidades orgánicas: con el personal de la Unidad de Logística, Unidad de Personal, Unidad de Estadística e Informática, Unidad de Seguros, Unidad de Epidemiología, Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, Laboratorio, Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación, Servicio de Obstetricia. Relaciones externas: Con el público usuario: pacientes y familiares Con médicos de Establecimientos de Salud RSHO 3. ATRIBUCIONES DEL CARGO: De representación técnica de la Jefatura del Departamento en el área de su competencia. De autorización de actos técnicos a nivel del Servicio de Neonatología. De control de personal que labora en hospitalización y consulta externa del Servicio de Neonatología. De convocatoria del personal asistencial del Servicio de Neonatología para coordinar o realizar actividades programadas. De supervisión del personal en el cumplimiento de sus funciones en el área de influencia 4. FUNCIONES ESPECIFICAS: 4.1 Convocar y dirigir reuniones del servicio para elaborar, ejecutar y evaluar el Plan Operativo del Servicio. 4.2 Monitorear mensualmente el cumplimiento de las metas del Servicio de Neonatología en las áreas de hospitalización y consulta externa. 4.3 Supervisar el desempeño del personal asignado al servicio, con énfasis en el personal médico, velando por el cumplimiento de las normas técnicas de atención. 4.4 Formular propuestas de mejoramiento de la calidad de los procesos relacionados con la atención del neonato a la Jefatura de Departamento. 4.5 Mantener un nivel óptimo de conocimientos médicos de la especialidad, en las áreas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, mediante capacitación continua en servicio. 4.6 Supervisar la elaboración, implementación y cumplimiento de las guías clínicas de atención en el área de hospitalización y consulta externa. 4.7 Supervisar la elaboración, implementación y cumplimiento de las guías clínicas de atención en el área de hospitalización y consulta externa. 4.8 Realizar semanalmente rondas clínicas ( visita médica conjunta de pacientes) para garantizar al usuario la atención por un equipo médico, y llevar el control del trabajo del Servicio. 20

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE NEONATOLOGÍA Pág. 1 de 2 CARGO CLASIFICADO: SUPERVISOR DE PROGRAMA N DE CARGOS: N CAP. SECTORIAL I 1 CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D2-05-695-1 303 - DP PREVISIÓN 4.9 Realizar semanalmente reuniones clínicas con la participación de los médicos del servicio, y de otras especialidades si fuera necesario, para discutir el enfoque clínico y manejo de aquellos casos más complejos. 4.10 Promover la lactancia materna 4.11 Supervisar los ingresos y egresos en el área de hospitalización. 4.12 Supervisar que el contenido de las Historias Clínicas del área de hospitalización cumplan la norma técnica respectiva. 4.13 Presentar al Jefe de Departamento informes trimestrales y anuales sobre los indicadores de proceso y del funcionamiento del servicio. 4.14 Informar diariamente al Jefe del Departamento las ocurrencias habidas en los sectores: consultorios externos, hospitalización y emergencia. 4.15 Reportar a la Unidad de Epidemiología y al Jefe de Departamento las muertes neonatales y las enfermedades de notificación obligatoria. 4.16 Monitorear la estancia de los pacientes hospitalizados. 4.17 Velar por el buen uso, mantenimiento y conservación de la capacidad instalada del servicio. 4.18 Informar a la Jefatura de Departamento las necesidades de recursos materiales, capacidad instalada (ambientes, instalaciones, equipos) y de personal. 4.19 Realizar reuniones de coordinación con el personal del servicio para formular soluciones o mejoras de procesos de los problemas identificados durante la atención del usuario. 4.20 Integrar y asistir a los comités requeridos por el Departamento o la institución. 4.21 Registrar los diagnósticos y codificarlos de acuerdo a la clasificación internacional de enfermedades (CIE) en los registros de atención correspondiente. 4.22 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y otros fines institucionales 4.23 Promover y participar en las actividades de docencia e investigación en el servicio. 4.24 Participar activamente en los programas de capacitación del personal del servicio 4.25 Otras funciones que le asigne su jefe inmediato. 5 REQUISITOS MINIMOS: Educación Título de Médico Cirujano. Título de Especialidad en Pediatría. Constancia de Recertificación y participación en Educación Médica. Estudios de Gestión o Administración de Servicios de Salud u Hospitales. Experiencia Tiempo mínimo de 05 años en el desempeño de la especialidad de Pediatría, en el área de Neonatología. Capacidades, habilidades y actitudes Capacidades mínimas y deseables Conocimiento de idioma inglés con nivel básico Capacidad de análisis, expresión, redacción, síntesis, de dirección, coordinación técnica, de organización. Habilidades mínimas y deseables De liderazgo para el logro de los objetivos del servicio Para lograr cooperación y para motivar al personal Para utilizar equipos informáticos Actitudes mínimas y deseables De vocación y entrega al servicio. De solución de problemas al usuario con cortesía y tacto Fomentar el trabajo en equipo. 21

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE NEONATOLOGÍA CARGO CLASIFICADO: MEDICO I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: P3-50-525-1 Pág. 1 de 2 N DE CARGOS N CAP. 8 304-311-D.P. 1. FUNCION BASICA: Brindar atención integral de salud a nivel especializado a la población neonatal que demande atención en las áreas de consulta ambulatoria, hospitalización y emergencia y al niño calificado de alto riesgo hasta los 3 años de edad en consulta ambulatoria. 2. RELACIONES DEL CARGO: Relaciones internas Relación de dependencia: Depende directamente del jefe de servicio, a quien reporta el cumplimiento de su función. Relación de autoridad: tiene mando directo sobre los internos de medicina. Tiene autoridad indirecta sobre el resto del personal, propio o asignado al servicio. Relación de coordinación con personal de otras unidades orgánicas: Unidad de Personal, Unidad de Estadística e Informática, Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación, Unidad de Epidemiología, Laboratorio, Anatomía Patológica, médicos interconsultantes de otras especialidades. 3. ATRIBUCIONES DEL CARGO: De representación técnica de la Jefatura de Servicio en el área de su competencia. 4. FUNCIONES ESPECIFICAS: 4.1. Cumplir con la responsabilidad de la atención médica de la especialidad, en los diferentes sectores: hospitalización, consulta externa y emergencia. 4.2. Brindar atención con enfoque integral a los neonatos y al paciente pediátrico de alto riesgo, protegiendo, recuperando y rehabilitando su salud. 4.3. Promover la lactancia materna. 4.4. Participar activamente en la programación anual de las actividades del servicio. 4.5. Participar en la elaboración de Plan Operativo del Servicio para garantizar el cumplimiento de las actividades que se programen. 4.6. Cumplir con las normas técnicas de atención, normas y procedimientos del servicio y dispositivos legales vigentes. 4.7. Cumplir con las normas de bioseguridad e informar de los problemas observados para su aplicación. 4.8. Participar en el desarrollo de procesos de mejoramiento continuo de la calidad proponiendo cambios para el mejor funcionamiento del servicio. 4.9. Participar en la elaboración de las Guías Clínicas de atención y aplicar aquellas que se implementen. 4.10. Revisar el contenido de la historias clínica durante la visita médica y visarla, o en su defecto confeccionarla, así como la evolución médica de los pacientes. 4.11. Elaborar las notas de Ingreso, epicrisis e Informes de alta. 4.12. Registrar los diagnósticos y codificarlos de acuerdo a la clasificación internacional de enfermedades (CIE) en los registros de atención correspondiente. 4.13. Obtener el consentimiento informado documentado antes de realizar procedimientos invasivos o tratamientos que impliquen algún riesgo. 4.14. Realizar las coordinaciones necesarias para la referencia o contrarreferencia de pacientes para garantizar la continuidad de su atención en otro establecimiento de salud. 4.15. Extender certificado de defunción cuando corresponda. 22

UNIDAD ORGANICA: SERVICIO DE NEONATOLOGÍA Pág. 2 de 2 CARGO CLASIFICADO: MEDICO I CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: P3-50-525-1 8 N DE CARGOS N CAP. 304-311-D.P. 4.16. Integrar los comités requeridos por la Jefatura de Departamento. 4.17. Reportar al Jefe de Departamento y a la Unidad de Epidemiología los casos de enfermedades notificables. 4.18. Supervisar la labor de los internos. 4.19. Informar al Jefe de Servicio de Medicina Pediátrica diariamente las ocurrencias habidas en el servicio. 4.20. Participar en las actividades de capacitación y actualización dirigidas al personal profesional, técnico e internos de medicina del servicio, así como a las reuniones administrativas convocadas por la jefatura de servicio o departamento. 4.21. Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y otros fines institucionales. 4.22. Apoyar a las campañas de salud, organizadas por las microrredes, con la atención integral de los pacientes pediátricos. 4.23. Desarrollar trabajos de investigación clínica que contribuyan al cuidado de la salud del niño. 4.24. Sugerir al supervisor de programa sectorial I los pedidos de materiales y equipos médicos. 4.25. Contribuir al buen prestigio del Departamento y del Hospital mediante el cumplimiento de sus funciones y atención al usuario con calidad y calidez. 4.26. Las demás funciones que le asigne su jefe inmediato. 5. REQUISITOS MINIMOS:: Educación: Título de Médico Cirujano Título de la Especialidad en Pediatría Experiencia: Tiempo mínimo 01 año de experiencia en la especialidad de Pediatría, con competencias en el manejo de neonato en estado crítico. Capacidades, habilidades, actitudes: Capacidades mínimas y deseables Conocimiento del idioma inglés a nivel básico. Capacidad de análisis, expresión, redacción, síntesis, de dirección, coordinación técnica de, organización. Habilidades mínimas y deseables Para lograr cooperación y motivar al personal Para utilizar equipos informáticos Actitudes mínimas y deseables De atención y servicio al paciente pediátrico De solución de problemas del usuario. De trabajo en equipo ELABORADO POR APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA Of. Planeamiento E. RD Nº 250-2010 Año 2010 12/05/2010 23