REFORMA EDUCACIONAL Y LA ASISTENCIA TÉCNICA EDUCATIVA Marco Burboa y Francisco Arrau Voceros de la agrupación ATE Valparaíso 10 de diciembre
Asistencia Técnica Educativa (terceros) Tipos de instituciones validadas según naturaleza jurídica. % según naturaleza jurídica (torta) 10% Corporación, sin fines de lucro 3% Civil, sin fines de lucro 9% Civil, con fines de lucro. 3% Fundación, sin fines de lucro 21%: Persona natural 54% Comercial, con fines de lucro Tipo de persona jurídica N PERSONA NATURAL 67 21% COMERCIAL CON FINES DE LUCRO 170 54% CIVIL CON FINES DE LUCRO 29 9% CIVIL SIN FINES DE LUCRO 9 3% CORPORACION SIN FINES DE LUCRO 31 10% FUNDACION SIN FINES DE LUCRO 10 3% 316 100%
Sobre la indicación presentada respecto del fin al lucro en las ATE, se señala que: Las ATE no podrán tener vínculos con los sostenedores a quienes asesoran. Serán elegidas por los establecimientos a través de licitaciones públicas. En un plazo de 2 años deberán transformarse en Fundación o Corporación sin fines de lucro.
Lo que corresponde para regular a las ATE es: primero, prohibir los contratos con partes relacionadas. Ministro de Educación, Nicolás Eyzaguirre. 30/09/2014
La propia ley SEP solicita a los usuarios que evalúen estos servicios, para ver si permanecen autorizados por el Mineduc para ser contratados con fondos SEP. Qué autonomía u objetividad tiene esa evaluación cuando son empresas del propio sostenedor? Cristián Bellei, experto en educación Universidad de Chile.
La noción de que las escuelas reciban servicios de asesoría técnica educativa externa, ya sea de las universidades, centros académicos independientes, fundaciones, consultoras o expertos individuales, como complemento para sus proyectos de mejoramiento escolar, es una buena idea. Pero esta idea se desnaturaliza si son los propios sostenedores o empresas relacionadas las que se auto asesoran. Cristián Bellei, experto en educación Universidad de Chile.
Como agrupación ATE Nuestra propuesta desde el inicio centra sus dardos en la regulación, control y sanciones. Nos encontramos frente a un escenario de: Falta a la probidad. Poco transparencia. Ausencia competencia. Ausencia de regulación de precios. Evaluación sin validez ni objetividad.
Sobre el punto Como agrupación, nos encontramos totalmente de acuerdo con la determinación. Pero.
COLEGIO Recibe Subvenciones del Estado Subvención por cargo de mantención (ley Nº 19.532), Subvención PIE Subvención por proretención Unidad de Subvención Escolar USE Subvención Escolar Preferencial SEP CONTRATA: Productos y servicios con fondos provenientes de subvenciones estatales Contrata productos o servicios Servicios de traslado de estudiantes Servicios de compra de material de oficinas e insumos escolares Servicios de seguridad Compra de textos escolares complementarios Servicios básicos Servicios de reparación y mantención de la infraestructura Servicios de capacitación Compra de mobiliario escolar Servicios de Asesoría Técnica Educativa
Lo ocurrido con las Ates, puede ocurrir o podría estar ocurriendo con otras empresas proveedoras de servicios.
Que asegure: La transparencia en la elección. Una adecuada competencia entre los distintos oferentes. Autonomía en la elección.
Sobre el punto Como agrupación, nos encontramos totalmente de acuerdo con la determinación.
Comprendemos el sentido de ésta indicación : terminar con las malas prácticas. Diferimos de lo propuesto: pensamos que el foco está en diseñar un modelo de regulación.
una justa remuneración para todos quienes realicen un trabajo efectivo. Estamos convencidos que las ATEs requieren mayores regulaciones pero tenemos que partir en la misma condición que el proyecto ha establecido para sostenedores que reciben financiamiento del Estado, cual es que se organicen como personas sin fines de lucro, la misma condición para las Asistencias Técnicas que se ocupan de la SEP. Diputada, Yasna provoste. 20/09/2014
Debilidades de la actual regulación. Existe un marco legal insuficiente para evitar los contratos cruzados. La evaluación de los servicios de poco objetiva por la participación de sus agentes. Las ATEs no deben acreditar ninguna norma de calidad, para ser parte del registro. La evaluación se centra en el servicios, más que en el impacto.
Dije claramente cuál era la posición del Ejecutivo. Es un problema muy real, que se trata de corregir con las indicaciones de los diputados, pero a nuestro parecer hay métodos alternativos distintos a prohibir el lucro más eficaces para corregir este problema. Ministro de Educación, Nicolás Eyzaguirre.
CONCLUSIONES
Regulación + calidad Crear una instancia de diálogo formal entre el Mineduc y las Ates Acreditar un norma de calidad (ISO u otras) Evaluar el impacto, por sobre el servicio ATE. Buscar un tercero para evaluar los servicios Ate. Mantener la naturaleza jurídicas existentes. Definir protocolos claros para la adquisición de servicios, que garanticen transparencia.
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