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Versión 1 Página: 1 de 10 1 OBJETIVO Y ALCANCE 1.1 Objetivo Formular el Plan de corto plazo (anual), estableciendo los objetivos, indicadores, metas, personas responsables y el presupuesto, para operacionalizar el Plan Estratégico, todo con estrecha concordancia con las políticas del Gobierno, las políticas Institucionales y a las directrices de nuestros entes reguladores. 1.2 Alcance En este proceso participan: Consejo Directivo, Decanatura, Consejo de Decanatura, Dirección de Planificación y Desarrollo, Direcciones, Centros de Costos, Contraloría General de la República y Autoridad Presupuestaria. 2 TERMINOLOGÍA 2.1 : Cuantificación de los ingresos y gastos como expresión financiera de Plan Operativo Institucional. 2.2 Contraloría General de la República (CGR): Órgano que fiscaliza el uso de los fondos públicos que utilizan las instituciones del Estado, para mejorar la gestión de la Hacienda Pública; aprueba el presupuesto ordinario y la evaluación de la gestión institucional. 2.3 Autoridad Presupuestaria (AP): Institución que contribuye al uso racional de los recursos públicos, mediante la elaboración y seguimiento de las directrices y normativas en materia de política presupuestaria y la participación en la aprobación de la gestión institucional. 2.4 Programa de adquisiciones proyectado: Detalle de las partidas correspondientes a los rubros 01 Servicios, 02 Materiales y Suministros y 05 Bienes Duraderos, según Artículo 6 Principios de Publicidad de la Ley de Contratación Administrativa.

Versión 1 Página: 2 de 10 2.5 Sistema Avatar FI: Sistema informático utilizado en el área administrativa financiera. 2.6 Sistema de Información sobre Planes y s (SIPP): Programa de la Contraloría General de la República utilizado para incorporar el POI y el resultado de su evaluación. 2.7 Centros de Costos: Unidades administrativas y docentes, con recursos financieros asignados. 2.8 Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN): Dependencia directa de la Presidencia de la República, encargada de coordinar la acción planificadora del Estado, la preparación e impulso de políticas y la definición de acciones en procura de una mayor eficiencia en los servicios prestados por la Administración Pública, con el objetivo de orientar el desarrollo nacional. 2.9 Transferencia de Gobierno: Suma girada por el Ministerio de Educación Pública para cubrir las partidas de remuneraciones y otras transferencias corrientes, de los funcionarios administrativos y docentes. 2.10 Ingresos propios: Recursos generados por la Institución que financian las partidas no cubiertas por la Transferencia, a saber: partida 0 y 6 remuneraciones sobre las plazas autofinanciadas, 1 Servicios, 2 Materiales y Suministros y por último la partida 5 Bienes Duraderos.

Versión 1 Página: 3 de 10 3 RESPONSABILIDADES 3.1 Consejo Directivo: Revisa y aprueba el informe del Plan-. 3.2 Consejo de Decanatura: revisa y ajusta el informe del Plan-. 3.3 Decano: Presenta el informe del Plan- al Consejo Directivo. 3.4 Director de Planificación y Desarrollo (DPD): Coordina el proceso elaboración del Plan-. 3.5 Direcciones (Académica, DECAT y Administrativa Financiera): Revisan y aprueban que la formulación del Plan-, elaborados por sus Centros de Costos, que estén de conformidad con los lineamientos establecidos. 3.6 Centros de Costos: elaboran su correspondiente Plan-. 3.7 Encargado de plan presupuesto de la DPD: 3.7.1 Elabora el y el Plan Operativo Institucional. 3.7.2 Cargar el archivo de presupuesto al Sistema Avatar.FI a más tardar el primer día hábil de inicio de labores institucionales. 3.8 Jefatura del Departamento de Financiero: controlan la ejecución del Institucional. 3.9 Autoridad Presupuestaria: Ente regulador quien aprueba el Plan. 3.10 Contraloría General de la República: Ente regulador quien aprueba el Plan.

Versión 1 Página: 4 de 10 4 REFERENCIAS 4.1 Referencias internas 4.1.1 PE-01-06-02 Solicitud de Transferencia de Gobierno. 4.1.2 PA-FIN-01 Procedimiento para el Control de Ejecución Presupuestaria. 4.1.3 Plan Estratégico Institucional. 4.1.4 institucional del ejercicio económico en ejecución. 4.1.5 Ejecución Presupuestaria del ejercicio económico del año anterior. 4.2 Referencias externas 4.2.1 Ley de Administración Financiera y de s Públicos. 4.2.2 Plan Nacional de Desarrollo. 4.2.3 Normas Técnicas sobre s Públicos (N-1-2012-DC- DFOE), de la 4.2.4 Ley de Contratación Administrativa. 4.2.5 Requerimientos solicitados por a la Autoridad Presupuestaria en cada periodo. 4.2.6 Contraloría General de la República: 4.2.6.1 Certificación de Verificación de Requisitos del Bloque de Legalidad. 4.2.6.2 Modelo de Guía Interna de Verificación de Requisitos que deben cumplir los planes. 4.2.6.3 Modelo de Guía Interna para la Verificación de Requisitos que deben cumplirse en la formulación del presupuesto inicial y sus variaciones. 5 DESCRIPCION 5.1 Este procedimiento se realiza de marzo a setiembre de cada año y tiene como primer insumo el producto final del procedimiento PE-01-06-02: SOLICITUD DE TRANSFERENCIA DE GOBIERNO.

Versión 1 Página: 5 de 10 5.2 La Dirección de Planificación y Desarrollo remite oficio a la Decanatura solicitándole información con relación a los aranceles para el cálculo de los ingresos de la Academia y la DECAT. 5.3 La Dirección de Planificación y Desarrollo remite oficio a la Unidad de Proveeduría solicitándole información con relación al incremento de los ingresos de las concesiones (Soda, Parqueo y Fotocopiadora). 5.4 El Encargado de Planificación y, efectúa un análisis histórico con relación a los ingresos del Impuesto al Cemento, Intereses sobre Cuentas Corrientes y Multas del Departamento de Biblioteca y Documentación, y se toman los ingresos reportados en el último informe de liquidación presupuestaria; con el objetivo de ser conservadores en la estimación de ingresos. 5.5 El Encargado de Planificación y elabora el archivo con la identificación de cada uno de los rubros correspondiente al total de los ingresos (transferencia, ingresos propios y otros), suma a la cual ascenderá el proyecto de presupuesto. 5.6 El Encargado de Planificación y elabora una propuesta de la asignación de recursos por centro de costos, obteniéndose un promedio de los gastos reportados en la última liquidación anual presupuestaria, el presupuesto asignado en el ejercicio en ejecución y el avance de lo erogado en el ejercicio económico en marcha. 5.7 La Decanatura, el Director de Planificación y el Encargado de Planificación y analizan la propuesta de la asignación de recursos por centro de costos, sólo para las partidas: 1 Servicios y 2 Materiales y Suministros. Nota: el incremento o disminución de las sumas por designar a los diferentes centros de costos, dependerá de los proyectos por atender a través de la partida 5 (Bienes Duraderos), proyectos que son definidos por la Decanatura.

Versión 1 Página: 6 de 10 5.8 La Dirección de Planificación y Desarrollo remite mediante oficio y correo electrónico, al Consejo Directivo, a la Decanatura y a las Direcciones, el monto asignado y los diversos archivos e instructivos por Centros de Costos (Anexos 6.1 al 6.10), para la elaboración del Plan-. 5.9 El Consejo Directivo, la Decanatura y las Direcciones remiten a sus diferentes Centros de Costos, el monto asignado y los diversos archivos e instructivos indicados en el punto anterior, para la elaboración del Plan - del próximo ejercicio económico; otorgándoseles un plazo prudencial de dos meses. 5.10 Los diferentes Centros de Costos llenan los formularios de conformidad con la información proporcionada por la Dirección de Planificación y Desarrollo. 5.11 Los diferentes Centros de Costos envían, al Consejo Directivo, a la Decanatura y a las Direcciones, según corresponda, los formularios con el planteamiento del Plan -, para su Visto Bueno. 5.12 El Consejo Directivo, la Decanatura y las Direcciones procederán a la devolución de los formularios a sus respectivos Centros de Costos, por el mismo medio recibido, cuando éstos no cumplan con todos los requerimientos de la formulación. 5.13 El Consejo Directivo, la Decanatura y las Direcciones remitirán los formularios y la Certificación de cumplimiento completa, mediante oficio y correo electrónico, a la Dirección de Planificación y Desarrollo, cuando cumplan con todos los requerimientos de la formulación. 5.14 La Dirección de Planificación y Desarrollo solicita a la Decanatura, mediante oficio, los proyectos a ser cubiertos por la partida de Bienes Duraderos. 5.15 La Decanatura designa los proyectos correspondientes a la partida 5 (Bienes Duraderos), de conformidad con las prioridades institucionales y lo informa a la Dirección de Planificación y Desarrollo.

Versión 1 Página: 7 de 10 5.16 El Encargado de la Unidad de Planificación y, una vez recibida la información autorizada en el punto anterior, procederá a consolidar los datos para obtener el Proyecto de Plan. 5.17 La Dirección de Planificación y Desarrollo presenta ante el Consejo de Decanatura el proyecto del Plan, para su respectivo análisis y aprobación. 5.18 El Consejo de Decanatura analiza la información relacionada al Plan -. 5.19 Si la información requiere ajustes será devuelta a la Dirección de Planificación y Desarrollo quien deberá realizar las modificaciones necesarias y reenviarlo posteriormente al Consejo de Decanatura. 5.20 El Consejo de Decanatura aprueba el proyecto Plan - y a su vez remite el correspondiente acuerdo. 5.21 El Encargado de Planificación y elabora los diferentes documentos solicitados por la Contraloría General de la República y la Autoridad Presupuestaria, referentes al Plan, necesarios para su debida aprobación. 5.22 El Director de Planificación y Desarrollo junto con el Encargado de Planificación y, llenan los Modelos de Guías Internas para la Verificación de Requisitos que deben cumplir los planes y la formulación del presupuesto, así como la Certificación de Verificación de Requisitos del Bloque de Legalidad, los cuales quedan en el archivo de la Dirección de Planificación y. 5.23 La Dirección de Planificación y Desarrollo en el mes de setiembre, elabora el Informe Ejecutivo referente al Plan y lo envía, junto con los Modelos de Guías citadas en el punto anterior, a la Decanatura con el propósito de que ésta dependencia traslade dichos documentos ante el Consejo Directivo. 5.24 El Consejo Directivo analiza el contenido del Informe Ejecutivo y los Modelos de Guías mencionadas.

Versión 1 Página: 8 de 10 5.25 Si la información requiere ajustes será devuelta a la Decanatura para que ésta solicite a la Dirección de Planificación y Desarrollo las modificaciones correspondientes y lo reenvíe posteriormente, en el misma línea jerárquica, al Consejo Directivo. 5.26 El Consejo de Directivo aprueba el proyecto Plan - y a su vez remite a la Decanatura el correspondiente acuerdo. 5.27 La Decanatura recibe y traslada a la Dirección de Planificación y Desarrollo el acuerdo tomado por el Consejo Directivo. 5.28 El Encargado de Planificación y termina de elaborar los informes para la Contraloría General de la República y para la Autoridad Presupuestaria. 5.29 El Encargado de Planificación y incluye, en setiembre, la información del Plan -, en el Sistema de Información para s Público (SIPP). Nota: por disposición de la Contraloría General de la República toda la información relacionada con el Plan - debe ser ingresada al sistema SIPP. 5.30 La Dirección de Planificación y Desarrollo envía a la Decanatura a través de oficio, los informes del Plan -. 5.31 La Decanatura envía los informes del Plan - a la Autoridad Presupuestaria. 5.32 Las entes contralores (Contraloría General de la República y Autoridad Presupuestaria) analizan y aprueban en forma independiente el Plan - y envían a la Decanatura un Informe con la aprobación total o parcial. 5.33 Si la aprobación es parcial la Decanatura solicitará a la Dirección de Planificación y Desarrollo efectuar los ajustes al Plan ; remitiendo nuevamente dicha Dirección la información corregida a la Decanatura, para que ésta a su vez la tramite ante los entes contralores. 5.34 Una vez recibida la aprobación final, la Decanatura se lo comunicará a la Dirección de Planificación y Desarrollo

Versión 1 Página: 9 de 10 5.35 La Dirección de Planificación y Desarrollo remite a la Unidad de Proveeduría el por Programas, para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sobre lo atinente al Programa de adquisiciones proyectado. 5.36 El encargado de plan presupuesto de la DPD elabora y carga, a más tardar el primer día hábil de inicio de labores institucionales, el archivo de presupuesto al Sistema Avatar.FI para que pueda dar inicio, a principio del año, con la respectiva ejecución, las diferentes dependencias. 5.37 La Dirección de Planificación y Desarrollo enviará la parte correspondiente del Plan - aprobado, a cada uno de los Centros de Costos. 5.38 Se ejecuta el presupuesto. Ejecútese el PA-FIN-01 Procedimiento para el Control de Ejecución Presupuestaria. 6 ANEXOS 6.1 Archivo para llenar el Plan Operativo Institucional por objetivos. 6.2 Archivo del por objetivos. 6.3 Plan Nacional de Desarrollo. 6.4 Plan Estratégico Institucional. 6.5 FODA Institucional. 6.6 Políticas Institucionales. 6.7 Instructivos de Cómo elaborar: un objetivo, una meta y los indicadores? 6.8 Clasificador por objeto del Gasto.

Versión 1 Página: 10 de 10 6.9 Manual de imputaciones. 6.10 Certificaciones de cumplimiento de Jerarca y Titulares Subordinados, de las Normas Técnicas (N-1-2012-DC-DFOE) 6.11 Certificación de Verificación de Requisitos del Bloque de Legalidad. 6.12 Modelo de Guía Interna de Verificación de Requisitos que deben cumplir los planes. 6.13 Manual del Usuario SIPP 6.14 Modelo de Guía Interna para la Verificación de Requisitos que deben cumplirse en la formulación del presupuesto inicial y sus variaciones. 7 CONTROL DE CAMBIOS Versión Fecha Sección Descripción Autorizado por 1 07/12/2015 - Creación del procedimiento Israel Amador Tenorio 1 13/12/2016 5.36 Se modificó la prosa para hacer más explícito la responsabilidad de la carga presupuestaria al Sistema Avatar.FI Aval mediante oficio DPD-292-2016 Director DPD Israel Amador Tenorio Director DPD