Ética OBLIGACIÓN MORAL

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Ética OBLIGACIÓN MORAL La acción moral puede ser vista como una conducta obligada y como un acto de deber, en donde el agente o sujeto moral se encuentra obligado a comportarse, sea en forma positiva o negativa, con relación a una norma, regla o principio de acción. La obligación moral requiere grados de libertad tanto en la elección y acción del individuo, donde el sujeto reconoce dicha obligatoriedad como razonada, argumentada y justificada. Dos aspectos esenciales constituyen la naturaleza de la obligación moral para poder distinguirla de otras formas de obligación, y lo otro dice relación a los contenidos de la obligatoriedad moral, abordemos pues estas dos interrogantes. Necesidad y Fuerza Ya hemos analizado que la conducta moral se presenta libre, consciente y obligatoria, sin embargo no debemos olvidar los alcances que hemos hecho, en su momento, a la libertad y su relación con la necesidad. Tampoco debemos entender la obligación moral como un proceso que excluye a la libertad, recordemos el aspecto negativo de toda acción moral; la negación o violación de una norma. No debemos confundir la obligación moral con una condicionante histórica social como por ejemplo; en la Grecia antigua y la visión que se tenía de los esclavos los cuales no fueron considerados hombres. Aquí no hay un contenido moral, pues los hombres de aquella época estaban obligados a pensar y sentir como lo hicieron, es decir; no tuvieron alternativa y es justamente por esto se hace imposible la obligación moral, ya que no hay libertad. Podemos encontrar una serie de ejemplos más cercanos a nuestra realidad, sin embargo los elementos claves que se deben considerar para visualizar cómo las necesidades o fuerzas externas (amenaza) o internas (pasión) desplazan a la obligación moral y la convierten en otro tipo de obligatoriedad. Cuando al sujeto o agente moral se encuentra en una situación en que se le impone una forma de comportamiento no deseado, no querido y por tanto no libre, dicha fuerza desplaza a la acción moral y la acción está sometida a una determinación, así estas formas de obligación hacen imposible la obligación moral. Libertad y Obligación Moral La libre elección en el comportamiento moral ya lo hemos analizado y hemos dejado claro que no toda libertad de elección tiene que ver con una acción moral. La libertad de elección es una condición indispensable para cumplir una obligación moral que se contrae, aquí vemos que la obligación moral nos muestra un camino a seguir pero, también nos muestra lo que no debemos elegir o hacer. Y he aquí lo de la libertad, podemos elegir y por supuesto que también, al mismo tiempo, restringimos nuestra propio rango de libertad. En el comportamiento moral positivo (cumplimiento de una promesa) estamos obligados a cumplir la regla, la norma o el principio que dirige nuestra conducta moral. Si se analiza lo expuesto en forma superficial se puede encontrar una contradicción, sin embargo debemos hundirnos para poder hacer un intento en serio de comprender lo que se nos muestra como una paradoja. La clave está en que es el propio sujeto o agente moral que restringe su libertad y con ello se reafirma su libertad, por tanto existe el grado suficiente para asumir la responsabilidad moral. Si por algún motivo, hecho o elemento la limitación de la libertad estuviera fuera del agente o sujeto moral no hay posibilidad de obligación moral. Si se elige no cumplir la norma, la regla o el principio moral, es justamente por que existe el grado de libertad para tal elección de no hacer una obligación moral. Por ejemplo; en el cumplimiento de la ley jurídica estamos obligados (fuerza externa) a cumplirla, de lo contrario hay un castigo o una pena. Por tanto, la obligatoriedad moral se da en forma libre y consciente y el elemento individual no puede olvidarse o dejarse de lado, por el hecho de que es el individuo quien reconoce como suya, ha internalizado, la regla o el principio moral y usará su libertad para decidir si la cumple o no. Carácter Social de la Obligación Moral A través del curso hemos insistido en el carácter histórico y social de la acción moral del ser humano, esto quiere decir que no debemos abstraer el sujeto o individuo de su realidad, vale decir de las relaciones sociales en que se encuentra y por tanto la obligación moral no la podemos explicar sólo desde la individualidad puesto que tiene un carácter histórico social y lo podemos observar en:

1. Existe obligación moral cuando las decisiones o acciones afectan a los otros, un grupo o a toda la comunidad. Aquí se encuentra el origen de la obligación moral. 2. Si bien es cierto que la norma, la regla o el principio debe ser aceptado libremente por el individuo, dicha decisión está establecida en su grupo o comunidad, por tanto no hay un vacío en la elección. Es la comunidad o el grupo el que establece los límites de lo positivo o negativo de cada norma, regla o principio moral. 3. Lo social está presente en cada acción y decisión del individuo moral (conciencia moral), a pesar que es su elección o decisión, no deja de ser hijo de tiempo, sin embargo siempre es él quien asume la responsabilidad moral de su conducta pero no se debe olvidar las ligas que tiene todo sujeto con su grupo o comunidad. La Conciencia Moral El término conciencia tiene dos sentidos para ser usado. Uno que es general y que significa el conocimiento o reconocimiento de algo, y el tener conciencia o ser conscientes es la comprensión de algo que está por suceder o sucedió, también es registrar la existencia de algo. Aquí debemos adicionar el carácter de proyección de la conciencia, puesto que puede anticipar los resultados o consecuencias de lo que va a suceder. El término específico de la conciencia moral existe sobre la base del anterior y como una especificidad de ella pero, desde la esfera moral, en breve es la comprensión del comportamiento moral e implica también una valoración y evaluación de tal conducta en conformidad a los principios, normas o reglas que dicha conciencia conoce o reconoce, registra y proyecta como obligatorias y he aquí su relación con el concepto de obligatoriedad moral. La conciencia moral es la que singulariza cada norma, que por principio es general puesto que es imposible que la norma nos diga que hacer en cada situación concreta y cotidiana. La conciencia moral al tomar razón de la situación y con ayuda, es una de las funciones, de la norma que la conoce o reconoce como parte suya, inicia el proceso de la toma de decisiones que considera adecuadas y juzga (en su fuero interno) sus propias acciones, elecciones y decisiones. La conciencia moral adquiere un rango de juez interno en que ningún acto moral puede evitar su juicio y de poder hacerlo no podríamos considerarlo una acción moral. Sin embargo como hemos ya analizado, la libertad humana no debe ser llevada al plano absoluto, la conciencia es libre pero está condicionada al tiempo y lugar que se desarrolla. La conciencia moral es el resultado del desarrollo histórico y social del ser humano, puesto que los grupos o comunidades no pueden existir sin una moral, por ello producen una moral que necesitan, que juzgan, evalúan y valoran. Así pues la conciencia se desarrolla y cambia conforme al desarrollo y cambio del ser humano. Así la conciencia de los individuos, que son parte de la comunidad, es la facultad de juzgar y valorar el comportamiento que tiene consecuencias tanto para él como para los demás. Solamente en sociedad o comunidad el individuo adquiere la conciencia moral de lo que está permitido o prohibido, la obligación o no en un sentido moral. No debemos pensar que el ser humano llegó a este estado de desarrollo de la conciencia moral desde siempre. He aquí donde la tradición y la costumbre adquieren su fuerza en los individuos. La tradición y la costumbre es actuar en forma pasiva, no escucha el dictamen de su conciencia, más bien hace caso a sus ancestros, a sus dioses. El cumplimiento de las normas, valores, principios o reglas morales es la comprensión (razón) por parte del ser humano que tiene el deber de cumplirlas. Aquí tenemos otros índices de tal conciencia moral; la vergüenza, el sentimiento de culpa y el remordimiento que están ligadas al comportamiento no debido y tales sentimientos se manifiestan en la insatisfacción puesto que se debió actuar de otro modo o forma cuando se pudo hacerlo. Así la conciencia moral ha venido adquiriendo la forma de un juez interno o voz interna que se ha desarrollado histórica y socialmente a través del tiempo y lugares, cuando la conciencia moral actúa también lo hace la comunidad conforme a principios, reglas, normas o valores que tiene como buenos. La conciencia moral es siempre comprensión de la obligación moral, y la valoración moral de las conductas de acuerdo a las normas que son libre e íntimamente aceptadas.

Aunque existan diferentes tipos de conciencias, juicios y apreciaciones, la conciencia moral conlleva siempre el reconocimiento de la norma y la obligatoriedad de la conducta que denominamos moral. Sin embargo tal obligatoriedad, insistimos en este hecho, es impuesta por su misma libertad y reconocemos que tal libertad no es absoluta y tiene un fuerte componente social. Teorías de la Obligación Moral Abordemos ahora el problema del contenido mismo de la obligación moral, es decir sobre cómo debemos actuar o, también qué tipo de acción estamos obligados moralmente a realizar. Para lo cual analizaremos brevemente las teorías más importantes sobre la obligación moral. Deontología del Acto Moral El principio de esta teoría (del griego deón que significa deber) sostiene que la especificidad de cada situación (acto) impide la aplicación de una norma general para poder decidir lo que se debe hacer. Así, se origina un "intuir" especial en cómo debemos actuar o decidir sin utilizar la norma, la cual no puede ser aplicada en un caso concreto por su generalidad. Si bien es cierto que se reconoce el carácter particular, concreto y único de una situación dada en la que se ha de elegir y actuar., lo que es importante, sin embargo no significa que diferentes situaciones específicas sean tan singulares como para que no tengan rasgos o características comunes o esenciales y que por tanto no se pueda aplicar una misma norma. También esta el hecho que si no apelo a ninguna norma general no podríamos argumentar que una acción es preferible a otra. Para terminar, la moral efectiva, concreta, nos ha demostrado que un deontologismo extremo es imposible aplicarlo, puesto que cuando se pretende decidir sin recurrir a una norma, de hecho se apela a una norma general modificada, el sólo hecho de "escoger libremente" o "escoger sin reglas" ya se está aplicando una norma, a pesar que no queda claro el por qué vamos a comprometernos o cuál es el compromiso que se adquiere cuando se "escoge libremente" o "escoger sin reglas" entre las posibles alternativas, si es que hay tales alternativas. Teoría Deontológica de la Norma Existen variantes de ésta teoría, sin embargo lo principal es que ellas sostienen que lo que debemos hacer en cada acción o acto moral ha ser determinado por las normas, las cuales son válidas e independientes de las consecuencias de su aplicación. La máxima expresión de tal tesis es la teoría formal de Kant. Recordemos que para Kant la buena voluntad es lo único bueno moralmente, luego; la buena voluntad es la voluntad de actuar por deber y, por último, la acción buena moralmente es aquella que se realiza no sólo conforme al deber sino por deber. Cuándo actuamos por deber? Cuando lo hacemos en forma racional, no por conveniencia, no por temor al castigo, no por nuestras inclinaciones o intereses. Puesto que la razón es una facultad universal está en todos los hombres (homo sapiens), por tanto la buena voluntad cuando actúa lo hace por deber y universalmente, no sólo actúa para mí sino para los demás y por tanto no admite excepciones a nuestro favor. Aquí nace el concepto "a priori", puesto que la exigencia de la razón es una exigencia universal (todos los hombres) y tal exigencia se presenta como ley válida para todos los seres razonables y adopta una forma de mandato o imperativo. Todos los imperativos se presentan y señalan un deber hacer a la voluntad subjetiva (sujeto) imperfecta (hombre). Los imperativos categóricos son aquellos que declaran que una acción es objetivamente necesaria, sin que su realización esté subordinada a un fin o a una condición, de aquí que es una norma que vale sin excepción, ejemplos,; "no mates", "no robes"; "no mientas", "no quebrantes una promesa". El imperativo categórico prohíbe los actos o acciones que no pueden ser universales, razón por la cual no admite excepción alguna a favor de nadie. Los imperativos hipotéticos son aquellos que postulan una acción prácticamente necesaria si la voluntad se propone un fin y por tanto, supedita su realización a los fines trazados como condiciones, ejemplos: "si quieres x debes hacer y". La acción equis debe ser realizada sólo en tanto que se persigue con fin "y", así es su condición o su medio de realización.

Actuar por deber es obrar conforme a la ley moral que se expresa en imperativos universales y la voluntad que así actúa, independiente de condiciones y circunstancias, intereses o inclinaciones, es una buena voluntad.. El deber se cumple por el deber mismo, por el sentimiento del deber de obedecer a los imperativos universales. La máxima fórmula de la razón kantiana es: "Obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne una ley universal" 1. Nada nos dice de los contenidos de nuestras acciones y es por ello que se llama, por lo general, el principio formal de Kant de la ley moral. Las principales objeciones que se le han hecho a esta teoría son las siguientes. Schiller, pensador alemán de la época de Kant, establecía; si se ayuda de buen agrado a un amigo, siguiendo el impulso de su corazón, no obra moralmente, pues se debe despreciar ese impulso, y hacer con repugnancia lo que ordena el deber. De tal manera, de dos acciones que persiguen el mismo fin; ayudar a un amigo, y de las cuales una acción se realiza obedeciendo un impulso o inclinación, y la otra acción, por deber, la primera acción sería moralmente mala, y la otra buena. Los problemas aumentan si hacemos una comparación de dos actos distintos por sus motivos y resultados. Un acto realizado por deber que produce un mal a otros, y una acción realizada siguiendo un impulso o inclinación que produce un bien, la consulta es: Qué debemos preferir. Los ejemplos pueden multiplicarse, sin embargo lo importante es que siguiendo la teoría formal kantiana nos encontramos con los muros rígidos de la absoluta exigencia de la universalidad que postula su teoría de la obligación moral y ésta puede darse sin problemas en un mundo abstracto donde no hay conflictos de intereses, donde los contenidos de las máximas y deberes son también abstractos, en breve; dicha idea no es para el hombre real, el de carne y hueso. Teorías Teleológicas Se denominan aquellas así del término griego télos que significa fin, puesto que la obligación moral de un acto o acción moral se considera solamente de sus consecuencias, resultados o fin. Por tanto, lo que se debe hacer estará en lo correcto cuando las consecuencias de los actos apunta al beneficio o provecho ya sea de nosotros o los demás. Si se considera el bien propio y nada más, entonces la teoría de la obligación moral se dirige hacia el egoísmo moral. La fórmula de expresión estaría en: debes hacer lo que ofrece mayor beneficio, sin considerar las consecuencias buenas o negativas para los demás. La tesis de la moral se reduce a: cada cual debe actuar según sus propios intereses o fines individualistas. Su base es la idea psicológica de que el ser humano está constituido de tal forma que siempre persigue la satisfacción de su propio interés y nada más, en breve el ser humano es un ser egoísta por naturaleza. La teoría del egoísmo psicológico falla muchas veces en la realidad, incluso en su propia idea también, no siempre responde a la realidad, puesto que falla cuando el ser humano actúa en beneficio propio pero se daña, como es el caso de la drogadicción. Ahora, si se considera, sobre todo, el bien de los otros sin que se sacrifique el bien del sujeto moral, entonces tendremos variadas formas del utilitarismo, que tienen las expresiones tal como; debes hacer lo que ofrece mayor beneficio a los demás o al mayor número de individuos. Aquí tenemos o podemos distinguir dos tipos de utilitarismos: el que se basa en el acto y aquel que se fundamenta en la norma. Utilitarismo del Acto Como ya lo analizamos, el utilitarismo establece que se debe hacer aquello que aporta los mejores resultados para el mayor número de individuos. También se analizó los problemas que tiene este principio. Veamos la siguiente situación. Se tienen dos actos que los identificaremos como X, que implica una injusticia, y Z que no implica injusticia, en que ambos resultados producen el mismo bien y que tomados desde el resultado numérico ambos son igualmente buenos, así diría un utilitarista. Sin embargo, es válido su bondad desde la versión cuantitativa pero, no considera la injusticia que resulta X. Lo anterior demuestra lo difícil que resulta calcular los efectos o consecuencias del comportamiento moral y por ello, también lo difícil que resulta no considerar la

norma. Con lo cual, la norma que es una acumulación y síntesis de experiencias anteriores, al intentar de aplicarla al ejemplo dado, podemos prever, no calcular, las posibles consecuencias del acto posible. Las limitaciones que surgen de la teoría de la obligación moral basada en el utilitarismo del acto han llevado a pensar en la importancia de la norma. Veamos brevemente que nos plantea ésta otra idea. Utilitarismo de la Norma De acuerdo a ésta teoría debemos actuar conforme a la norma o regla cuya aplicación ofrezca el mayor bien al mayor número de individuos, grupos o comunidad entera. Aquí no hay dudas, se debe aplicar la norma que tenga mayor beneficio/consecuencia para el mayor número de seres humanos. Ya hemos visto el problema de; mayor bien y mayor número. Veamos un ejemplo. En un lugar existe escasez de leche, para que todos puedan tener acceso a este alimento hay que usar el racionamiento. Así pues usaremos el principio de mayor bien y mayor número. Sin embargo, en la realidad son tantas las personas a las que hay que repartir la leche que no tocan casi nada y no es un máximo bien. Y todos los que verdaderamente necesitan la leche, tal como niños, ancianos y enfermos no pueden acceder a la cantidad mínima para satisfacer sus requerimientos, por tanto se debe hacer una modificación al principio: máximo bien (leche) a número menor (necesitados), y esto no significa echar por la borda el principio, más bien recobra su validez una vez que lo hacemos real tomando en cuenta los hechos concretos y no una aplicación en abstracto o de laboratorio. A pesar que la aplicación del principio o norma, en una situación concreta, no ofreció el máximo bien a un número mayor, si logro solucionar el problema en concreto y si logró el máximo bien para el mayor número pero, de aquellos que realmente lo requerían. Este principio tiene objeciones y es que a veces no considera los conflictos de intereses o conflictos entre normas, así tenemos por ejemplo: jamás y en ningún caso debe condenarse a un inocente, y al frente tenemos, no absuelvas a un inocente, si con ello perjudicas a la sociedad. Sin embargo, si somos veraces encontraremos que tal conflicto es una forma de ilusión. Para finalizar, diremos que la teoría de la norma en la obligación moral va a caer en un formalismo muy similar al kantiano puesto, que para salir de su generalidad (norma) debe especificar algunas condiciones pero aquí ya entre en un callejón sin salida y no puede, la norma, buscar respuestas a los casos particulares y debe salir de nuevo hacia lo general y cae en un circulo vicioso. La norma por su generalidad es vacía y no tiene contenidos para los casos concretos y por lo mismo es aplicable a todos los casos, y ya estamos en el terreno de lo formal, forma pero no contenido. Conclusiones 1. Como hemos expuesto, ya en forma machacona, la aplicación de normas, principios, reglas o valores cuando se hacen a espaldas de la realidad lo que se obtiene es justamente eso, no ver la realidad, son válidas para el mundo abstracto que fueron estipuladas. 2. La obligación moral debe ser concebida como propia del ser humano real, aquel individuo que nace, vive, se desarrolla y muere en sociedad y por tanto así como él cambia también lo harán sus obligaciones morales en conformidad a su tiempo y lugar histórico. 3. La obligación moral requiere, en mayor o menor grado, de la adhesión interna del individuo en forma libre y consciente de las normas, reglas o principios que regulan a una comunidad dada y por tanto, el sistema de normas y el contenido de la obligación moral cambian, incluso dentro de un mismo grupo o comunidad. 4. Cambia, también la forma de interiorizar o de asumir las normas en forma de deberes en cada grupo, sector o comunidad entera. 5. Toda teoría podrá señalar lo que debe hacer el ser humano en todos los tiempos y sociedades, a menos que considere la obligación moral como una función de las necesidades sociales del ser humano. http://www.loseskakeados.com