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Transcripción:

VAT PACKAGE EL 1 de enero de 2010 entrará parcialmente en vigor el llamado VAT Package, que modificará las reglas de localización de las prestaciones de servicios y el procedimiento de devolución del IVA soportado en otro Estado Miembro de la UE. La Directiva 2008/8/CE tiene como objetivo gravar las prestaciones de servicio en el lugar donde se realiza el consumo. Para conseguirlo, establece una nueva regla general cuando intervienen únicamente empresarios o profesionales y generaliza el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, bien conocido por otro lado en España, en todos los Estados Miembros. Cuando prestador y destinatario son empresarios o profesionales, los servicios se localizan en el lugar de establecimiento del destinatario (); por el contrario, cuando el destinatario no es empresario o profesional, la regla general vigente sigue siendo de aplicación y se localizan en el lugar de establecimiento del prestador (B2C). Para facilitar el control de las operaciones se amplía la información que se deberá incluir en la declaración recapitulativa, que incluirá a partir de 2010 las prestaciones de servicios además de las entregas intracomunitarias de bienes. La Directiva 2008/9/CE reemplaza la Octava Directiva dando un giro copernicano al procedimiento de la solicitud de devolución del IVA, que a partir del año que viene se presentará desde el Estado de establecimiento del solicitante a través del portal habilitado por las Autoridades Fiscales. Una adecuada preparación será clave para anticiparse a los problemas que con toda seguridad originará la complejidad de la nueva legislación, cuya infracción generará importantes sanciones. VAT Company a través de la VAT Academy, iniciará la formación de empresas y profesionales aportándoles seguridad en la aplicación de la normativa del IVA. Cada vez se va extendiendo más la opinión de que las nuevas reglas contribuirán a dinamizar las transacciones comunitarias, algo que las empresas ya han empezado a detectar iniciando su adaptación para mantener su competitividad. SERVICIOS Registro de IVA y Obligaciones Declarativas Representación y Domiciliación Fiscal Recuperación de IVA Recuperación del Impuesto sobre Hidrocarburos Consultoría Fiscal Recursos y Reclamaciones VAT Academy

VAT PACKAGE LOCALIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS Las reglas generales y B2C, se complementan con las reglas especiales de localización, entre las cuales destacan las siguientes, cuando el empresario profesional o el consumidor están establecidos en el territorio de la Unión Europea. OPERACIONES EMPRESARIO O PROFESIONAL CONSUMIDOR RESIDENTE EN LA UE Servicios vinculados a inmuebles Donde se encuentre el inmueble Donde se encuentre el inmueble Servicios de intermediación por cuenta ajena Localización operación subyacente Transporte de personas Donde se realiza el transporte en función de las distancias recorridas Donde se realiza el transporte en función de las distancias recorridas Transporte de bienes (no intracomunitario) En proporción al trayecto recorrido en el territorio Transporte intracomunitario de bienes Lugar de partida Servicios culturales, artísticos, científicos, deportivos, ferias y exposiciones Donde de lleven a cabo materialmente Donde se lleven a cabo materialmente Prestaciones auxiliares al transporte Donde se presten Tasación y ejecuciones de obra sobre bienes muebles Donde se lleven a cabo materialmente Servicios de catering y restaurante (excepto a bordo de buques, trenes o aeronaves) Donde de lleven a cabo materialmente Donde se lleven a cabo materialmente Servicios de catering y restaurante a bordo de buques, trenes o aeronaves en viajes dentro de la UE Lugar de partida del transporte Lugar de partida del transporte Arrendamiento a corto plazo de medios de transporte (no superior a 30 días, 90 para buques) Donde se pongan a disposición Donde se pongan a disposición Servicios por vía electrónica prestados desde fuera de la UE Residencia o domicilio del destinatario

VAT PACKAGE Otra novedad destacada es la ampliación de la información que se debe proporcionar en los estados recapitulativos de operaciones intracomunitarias que desde 2010 incluirán las prestaciones de servicios realizadas a empresarios y profesionales en los que se deba aplicar la regla de la inversión del sujeto pasivo. EL PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE IVA A EMPRESARIOS O PROFESIONALES RESIDENTES EN EL UE PERO NO ESTABELECIDOS EN EL ESTADO DONDE SE SOPORTARON LAS CUOTAS, SE VERÁ AFECTADA POR LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES DESTACADAS: Procedimiento exclusivamente telemático que se iniciará en el portal electrónico del Estado Miembro donde resida el solicitante Ampliación del plazo de solicitud hasta el 30 de septiembre. Sistematización de la información que se debe suministrar por el solicitante. Estado Miembro de establecimiento del solicitante filtrará las solicitudes antes de enviarlas al Estado Miembro de devolución. Regulación detallada de la información adicional que los Estados Miembros de devolución pueden requerir a los solicitantes. Establecimiento de periodos de contestación a las solicitudes y el cobro de intereses en caso de retraso en la devolución.

EL IVA INCORRECTAMENTE REPERCUTIDO / FACTURADO Una cuota de IVA incorrecta (operación exenta o no sujeta, tipo aplicado incorrecto, etc.) no será deducible para el destinatario si es un empresario o profesional con derecho a deducción. Si estos son no establecidos no podrán ejercer el derecho a la devolución. Una cuota de IVA correctamente repercutida no será deducible si no se está en posesión de la factura. CUANDO EL IVA ES REPERCUTIDO INCORRECTAMENTE, EXISTEN SOLUCIONES: 1 OBTENCIÓN DEL PROVEDOR DE FACTURA RECITICATIVA. 2 RECLAMACIÓN ANTE TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS 3 SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN EN LA QUE INCLUYÓ LA CUOTA INCORRECTA (DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS), QUE PODRÁ SER INSTADA POR: Sujeto pasivo que repercutió el IVA (En determinados casos) El destinatario que la soportó indebidamente y no puede deducírsela ni solicitar su devolución. En ambos casos, el IVA incorrectamente repercutido será devuelto al destinatario. PROMOCIÓN PUBLICITARIA, EVENTOS CULTURALES, RECREATIVOS, CIENTÍFICOS Y DEPORTIVOS La distinción entre actividades promocionales y eventos culturales, científicos y deportivos es esencial ya que aplican reglas de localización diferentes. Los servicios publicitarios se localizan en la sede de actividad o establecimiento permanente / domicilio del destinatario empresario o profesional. Los eventos se localizan donde se prestan materialmente sin importar quién sea el destinatario hasta el 31 de diciembre de 2010. El TJCE se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre este asunto, considerando los actos promocionales están englobados en los servicios de publicidad. La Administración tributaria española considera localizadas en territorio español las actividades promocionales que incluyen actividades culturales y recreativos cuando el destinatario empresario o profesional no está establecido. Debido a la claridad de la jurisprudencia, el debate con la Administración tributaria respecto de la regla de localización aplicable sólo puede girar entorno a la prueba. Si el evento es un acto que tiene como finalidad promocionar un producto, servicio o una marca se debe aplicar la regla de localización de los servicios publicitarios. CONTACTO VAT Company - Asesores Fiscales, S.A. Paseo de Gracia 110, 2º 2ª, 08008 Barcelona, Spain TEL.: (+34) 93 368 28 94 FAX: (+34) 93 272 04 24 vatcompany.com / spain@vatcompany.com

VAT PACKAGE - FORMACIÓN La entrada en vigor del VAT Package requerirá un reajuste en el sistema actual de organización de las empresas. Éstas deberán contar con una adecuada preparación para poder hacer frente a los problemas que indudablemente se derivarán de la aplicación de la nueva legislación. El desconocimiento de los nuevos procedimientos y una inadecuada aplicación de la normativa es un factor riesgo que comportar importantes pérdidas (falta de neutralización de IVA o sanciones). La VAT Academy está destinada a formar empresas y profesionales en la aplicación de la normativa del IVA. Los programas de formación son impartidos en la propia empresa o despacho y están adaptados a las necesidades específicas de cada cliente. Sus más de 15 años de experiencia en IVA Internacional permiten a VAT Company la aplicación del concepto one stop shop para la prestación de servicios fiscales. Este concepto incluye la identificación de errores comunes en la facturación, tramitación de todo el procedimiento de recuperación de IVA en el extranjero, así como la asistencia en inspecciones fiscales, ingresos indebidos, la confección y presentación de reclamaciones y recursos en el ámbito tributario. Todos los cambios implican alteraciones de fondo en la manera en que las empresas planifican su actividad en la UE. interpretación se transformen en duras sanciones!

VAT ACADEMY VAT PACKAGE - PROGRAMA FORMACIÓN GENERAL INTRODUCCIÓN El IVA impuesto armonizado en la UE; El IVA en el sistema tributario español (integración); CONCEPTOS GENERALES Ámbito Espacial; Operaciones sujetas a IVA; Operaciones excluidas del IVA (no sujetas); Concepto de empresario o profesional en el IVA (diferencias con otros impuestos); Autoconsumos; Concepto y delimitación entre entregas de bienes y prestaciones de servicios; Operaciones de comercio internacional. EXENCIONES Interiores; Operaciones de comercio internacional. LOCALIZACIÓN DE LA OPERACIÓN Bienes; Servicios. BASE IMPONIBLE Determinación; Modificación (rectificación de cuotas y de la deducciones). TIPO IMPOSITIVO DEDUCIONES Y DEVOLUCIONES Requisitos de deducción; Restricciones y limitaciones a la deducción; Regla de la prorrata (sectores diferenciados y regularización bienes inversión); Devolución del IVA soportado en otros Estados miembros; Modalidades de devolución (devolución mensual). COSTES Hasta 4 participantes : 1.000 * Por cada participante adicional aumenta en 200 * * Importe sin IVA Duración: 4 horas Local: Instalaciones del cliente o local a designar Sala, equipos y desplazamientos son a cargo del cliente. EL PROGRAMA SE PUEDE CAMBIAR MEDIANTE LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DEL CLIENTE Contacto: María Serrano ; Rocío Ibañez Tel: 93 3682894 Fax: 93 2720424 mserrano@vatcompany.com ribanez@vatcompany.com